Resolución Nº 074/10/MEM - Procedimiento para convocatoria, evaluación, registro y selección de evaluadores externos y de evaluación de los instrumentos de gestión ambiental
颁布于 2010-03-03 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Mineral resources
- 关键词
- mining, minerals, authorization/permit, contracts, environmental impact assessment (EIA), concession, institution, legal proceedings/administrative proceedings, inspection, environmental audit, environmental standards, fees/royalties, standards, protection of environment, governance
- 类别
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Articulo 1.- Aprobar el procedimiento para evaluar. registrar, y seleccionar a los Evaluadores Externos. asi como del proceso de evaluaci6n de los instrumentos de gesti6n ambientaL
Articulo 2.- Aprobar el Formato de Solicitud para la inscripci6n de evaluadores externos de los instrumentos de gesti6n ambiental a cargo de la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energia y Minas, Registrese, comuniquese y publfquese. FELIPE A. RAMIREZ DELPINO Director General Asuntos Ambientales Mineros PROCEDIMIENTO PARA CONVOCATORIA, EVAlUACION, REGISTRO Y SElECCION DE EVAlUADORES EXTERNOS Y DE EVAlUACION DE LOS INSTRUMENTOS DE GESTION AMBIENTAL Aspectos Generales
Articulo 1.- Objeto de aplicaci6n la presente Resoluclon Dlrectoral ttene por objetc regular el procedimiento para evaluar, registrar, y seleccionar a los Evaluadores Externos. a que se refiere el reglamento de la Cuarta Disposici6n Complementaria y Transitoria del Decreto legislativo N° 1040, Decreto Supremo N° 073-2009-EM -Reglamento para la contratacion de evaluadores externos en la evaluaci6n de los lnstrumentos de gesti6n amblenta! a cargo de la Dtrecclon General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energia y Minas, Del Procedimiento de Convocatoria y Solicitud Paqina 32 Sistema Peruano de Informacion Juridica
Articulo 2.- De la Convocatoria La Direcci6n General de Asuntos Amblentales Mineros, de acuerdo a sus necesfdades. reatlzara las convocatorias de inscripci6n de pcstulantes para el Sistema de Evaluadores Externos a traves de la paqina web del Ministerio de Energia y Minas, el Diario Oficial EI Peruano y otro diario de circulaci6n nacional
Articulo 3.- De la Solicitud de inscripci6n de Evaluadores Externos lode persona natural que cumpla con los requisites del Decreta Supremo N° 073-2009-EM puede solicitar inscribirse como evaluador extemo de la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros, debiendo lIenar previamente el Formato de Solicitud, adjuntar la documentaci6n que acredite el cumplimiento de requisttos y el pago del TUPA respectivo. Del Procedimiento de Evaluaci6n e Inscripci6n de Evaluadores Externos
Articulo 4.- Del plazo para la evaluaci6n de solicitudes La evaluaci6n de las solicitudes de los postulantes se hara en el plazo de 15 dias habiles de vencldo e! plazo estabtecldo en la convocatona.
Articulo 5.- Etapas del procedimiento de evaluaci6n 5.1 Evaluaci6n de requisitos de presentaci6n a) Se veriffcara que el formato de solicitud se enc uentre debidamente lIenado y firmado. se adjunte la documentaci6n sustentatoria establecida en los arttculos 5 y siguientes del Decreto Supremo N° 073-2009-EM Y el pago por derecho de tramtte de acuerdo al TUPA b) De faltar alguno de los requisitos de presentaci6n, se notltlcara al solicitante otorqanoole un plazo de 2 dtas habiles para hacer la subsanaci6n. c) De no presentar la documentaci6n completa 0 no subsanar las observaciones dentro del plazo dispuesto. se tendra por no presentada la solicitud. No se devolvera el monto por derecho de tramite. 5.2 Evaluaci6n de la documentaclon y el curnplimiento de requieitos de tendo a) Cumplidos los requisites de presentaci6n, se procedera a revisar y evaluar la documentaci6n sustentatoria. asi como los datos consignados en el formato de solicitud. Debe consignarse obligatoriamente con caracter de declaraclon jurada, la relaclon de las empreeas mineras 0 consultoras a las que ha prestado servicios en los ultimos 5 anos. A etectos de determinar incompatibilidades se conslderaran los urtrrnos 3 enos. b) EI puntaje maximo en cuanto a la especialidad y estudios es de 5 puntos: EI titulo profesional se califica can 3 puntas. Los estudios de Post Grado concluidos sin titulo, obtenidcs en la eepecialidad requertda, se califican can 1 punta. EI titulo de Post Grado en la especialidad requerida se califica con 2 puntas. En el caso de diplomados 0 curses de especlaltzaclon en las materias requendas contorme al articulo 5 numeral 5.3 del Decreto Supremo N° 073-2009-EM, no menores a 1 semestre academico. se califica con 0.5 punta por cada diplomado. EI puntaje por concepto de diplomados 0 cursos no sera mayor a 1 punto. Paqina 33 Sistema Peruano de Informacion Juridica c) Para e! casa de la experlencla profesional en materia minera ambiental, e! puntaje maximo es de 5 puntas. La experiencia profesional se acredita con constancias 0 certificados a partir del grade de bachiller. A la acreditaci6n de 5 arias de experlencta profesional te corresponde una calificaci6n de 3 puntas y par cada ana de experiencia adicional 0.5 punta. 5.3 De la prueba objetiva sobre normatividad ambiental EI puntaje maximo sera de 5 puntas en la prueba objetiva. a) Todo profesional que obtenga un puntaje minima de 7 puntas de la suma de las evaluaciones antertores. pasara una prueba con preguntas objetivas de la parte general de la normatividad de evaluaci6n ambiental minera. b) Los resultados de los examenes seran publicadcs en la Web del Ministerio.
Articulo 6.- De la inscripci6n de evaluadores Culminado el proceso de evaluacion. los profesionales que obtengan un punta]e mayor 0 igual a 10 puntos seran registrados en el Sistema de Evaluadores Externos a cargo de la DGAAM a traves de la Resoluci6n Directoral correspondiente y publicados en la paqina Web del Ministerio. Cualquier persona podra observar la inscripci6n dentro del plazo de 15 dias habiles siguientes a la publicaci6n, s610 si se acredita que el postulante omiti6 0 false6 informaci6n ante la DGAAM que al momenta de su evaluacion. hubiese lIevado a su descalificaci6n. La DGAAM se pronunclara luego de revisada la documentaci6n sustentatoria. Del Procedimiento y Plazos de Evaluaci6n Externa
Articulo 7.- De la participaci6n de los evaluadores externos La evaluaci6n ambiental con evaluadores externos s610 se eoncera a los Estudios de Impacto AmbientaL Estudios de Impacto Ambiental Semidetallado y sus modificaciones.
Articulo 8.- De los plazos de evaluaci6n ambiental con Evaluadores Externos EI plazo maximo que tienen los evaluadores externos para realizar la re visi6n del estudio ambiental y emitir su primer informe de evaluaci6n ante la Direcci6n General es de 20 dias catendarto y s! fuera la revision de levantamiento de observaclonee. e! plaza maximo sera de 15 dtas calendario contados a partir de la entrega del expediente al evaluador externo.
Articulo 9.- De la coordinaci6n y modalidades de la evaluaci6n externa La Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros desiqnara a un profesional como coordinador del grupo evaluador quien propondra al Director la modalidad de evaluaci6n. Para la evaluaci6n externa de un Estudio de Impacto Ambiental. Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado y sus modlflcaclonee. se tenore dos modalidades: 9.1 Evaluaci6n Parcialmente tercerizada Es la evaluaci6n a cargo de profesionales de la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros y evaluadores externos. 9.2 Evaluacion Totalmente tercenzada Es la evaluaci6n a cargo de evaluadores externos y un profesional perteneciente a la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros quien coordlnara y supervisara la evaluaci6n. Paqina 34 Sistema Peruano de Informacion Juridica
Articulo 10.- De las Modalidades de evaluaci6n de los Estudios Ambientales EI titular minero decide 81 modo de evaluacton de sus Estudics Amblentates a propuesta de la autoridad. Las tres modalidades son: ,0 aI a " ao " " w ms '" '00 165 '00 '"' ate d;as hiitiles ,~ 00 va uaclon aClua E·,aluacionParc;almentetercerizada va uaClon ot.lm~nt. ter""nZ"'la EI'aluaci6n DGAAM D LevantaminelO de ob'e...... ac;onesTitular Minero D Mo~aljdad <10 evaluac;on d@IEIAsd Modalidad 5 10 15 20 25 30 35 40 45 50 55 ED 65 70 dio; habltes EvOluad6n aclual Evaluation Pa,c,almenlete,cerizaaa Evaluac,on Totalmenlete,cerizada I I I Evaluaci6nDGAAM D Levanlamineto de o~servacione, Tit,,'ar Minero D Nota: Tabla y tiempos referenciales, no se consideran los plazos relacionados con Participaci6n Ciudadana ni con el del pronunciamiento de otros sectores como Agricultura, SERNANP, etc.
Articulo 11.- De la asignaci6n de la modalidad de evaluaci6n extern a De considerarse la evaluaci6n parcial 0 totalmente tercerizada. la Direcci6n notificara al titular a efectos que dentro del plazo de 10 dias habiles acepte acogerse a la modalidad propuesta y abone en la cuenta especial designada, el monto del arancel correspondtente. Transcurrido el plazo sin que se acoja 0 deposite el arancel se entenoera que el titular opta por la evaluaci6n a cargo de la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros.
Articulo 12.- De las actividades a cargo del coordinador del grupo evaluador Acogido el titular a la modalidad de evaluacion. el coordinador del grupo orqanizara al grupo de traba]o. convocara a reuniones. visitas de campo cuando se requieran, y aeiqnara las tareas a realizar.
Articulo 13.- De la selecci6n de evaluadores extern os registrados EI coordinador de grupo, establecera las materias y las profesiones necesarias para evaluar el estudio. Se revisara el sistema de evaluadores externos vigente y se procedera a seleccionar a los evaluadores inscritos de acuerdo con 10 dispuesto por el articulo 12 del Decreto Supremo 073- 2009-EM Y sequn las especialidades requeridas para la evaluacion. Se tendran en cuenta los siguientes criterios: 12,1 S610 se asiqnaran dos estudios como maximo par mes a cada evaluador externo. siempre y cuando haya culminado can sus evaluaciones anteriores en el tiempo acordado. Paqina 35 Sistema Peruano de Informacion Juridica 12.2 La evaluaci6n del servicto provisto par los Evaluadores Externos 58 realizara una vez concluida la evatuaclon del instrumento de qestion ambiental asignado, 0 en casa de evaluactones mayores al ana, al finalizar cada ana del servlclo. Se evatuara el oesernpeno de los evaluadores siguiendo los criterios establecidos par la DGAAM y servlra como base para la renovaci6n 0 las futuras contrataciones que 58 puedan realizar.
Articulo 14.- De la evaluaci6n inicial La evaluaci6n del Resumen Ejecutivo y del Plan de Participaci6n Ciudadana de los estudios ambientales sepun corresponds. estara a cargo exclusivamente de los profesionales de la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros.
Articulo 15.- De las tareas a realizar por los evatuadoree extemce EI evaluador externo es responsable de efectuar la evaluaci6n del estudio encargado, del levantamiento de observaclones. hasta el temlno del procedimiento administrativo del estudio en evaluaci6n, aSI como de asistir a las reuniones con los coordinadores de grupo que la Qirecci6n General de Asuntos Ambientales Mineros convoque.
Articulo 16.- De las evaluaciones en tramlte Los titulares mineros que hayan presentado sus solicitudes de evaluaci6n de EIA EIAsd y sus modificaciones pod ran acogerse a este procedimiento luego de registrados los primeros evaluadores extemos, siempre y cuando sus tramltes esten en la etapa de evaluaci6n inicial y no se haya emitido el primer informe con observaciones tecnicae y legales, (*) Ver Gratico, publicado en el Ciario Oficial "EI Peruano" de la fecha. Paqina 36