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秘鲁的法律

Resolución Nº 063-2009-AG-SENASA-DSV ─ Requisitos fitosanitarios para la importación de fruta fresca de vid procedente de Argentina

颁布于 2009-12-11 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Food and nutrition, Cultivated plants
关键词
food safety and quality, hygiene/sanitary procedures, fruits/edible nuts, viticulture/oenological practices, international trade, plant protection, pests/diseases, seeds/planting material, plant production
类别
*, agriculture

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Sistema Peruano de Informacion Juridica AGRICULTURA Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de fruta fresca de vid procedente de Argentina RESOLUCION DIRECTORAL N° 63-2009-AG-SENASA-DSV La Molina, 11 de diciembre de 2009 VISTO: Paqma 2 Sistema Peruano de Informacion Juridica EI ARP N° 08-2009-AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 17 de febrero de 2009, e! cue! busea establecer los requisites fitosanitarios para la importaci6n de fruta fresca de vid (Vitis vinifera L) de origen y procedencia Argentina: y. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreta Leqialativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso at pais como lmportaclon. transite lntemaclonal 0 cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benefices. materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier atro material capaz de tntroduclr 0 propaqar plaqas y enfermedades, asi como los medias utilizados para traneportartos, se sujetaran a las disposiciones que establezca. en el ambito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12 del Reglamento de la ley General de Sanidad Agraria. aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2008-AG, establece que el SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial EI Peruano y se notiftcaran a la OMC; Que, ante el lnteres en importar a! pais frutos frescos de vid (Vitis vinifera l.) procedente de Argentina, la Subdirecci6n de Analieis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inici6 el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importaci6n del menclonado producto: Que, como resultado de dicho estudio la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protecci6n al pais, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con 10 dispuesto en el Decreto legislativo N° 1059, el Decreto Supremo N° 018-2008-AG, e! Decreta Supremo N° 032-2003-AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, ta Resoluci6n Directoral N° 34-2007-AG-SENASA-DSV Y con el visto bueno del Director General de Asesoria Jurtdica: SE RESUELVE: Articulo untce.. Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de fruta fresca de vid (Vitis vinifera l.) procedente de Argentina de la siguiente manera: 1. Que el envio cuente con el Permiso Fitosanitario de Importaci6n emitido por el SENASA, obtenidc por el importador a lnteresado. previa a la certltlcaclon y ernbarque en el pais de origen a procedencia. 2. EI envio debera venir acompafiado de un Certificado Fitosanitario oficial del pais de onqen, en e! cua! se consiqne: 2.1 Declaracion adicional: Producto libre de: Brevipalpus obovatus Panonychus ulmi. Drepanothrips reuteri, Frankliniella australis, Naupactus xanthoqraphus, Parthenolecamum perstcae, Planococcus ficus y Guignardia bidwellii. 3. los envies solo podran inqresar a! pais par los Puestos de Control Maritima y Aereo del Callao. Otros puntos de ingreso seran evaluados y autorizados por el Organo de linea Competente. 4. los envaees seran nuevas y de primer uso. Libra de tierra y de cualquier material extrafio al producto. Paqma 3 Sistema Peruano de Informacion Juridica 5. Inspecci6n fitosanitaria en el punta de ingreso al pais. Reqfstrese, comuntquese y publiquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Direcci6n de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria Paqma 4

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