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Resolución Nº 060-2016-SERFOR ─ Lineamientos para el otorgamiento de la autorización con fines de investigación científica de flora y/o fauna silvestre

颁布于 2016-04-01 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Forestry, Wild species and ecosystems
关键词
legal proceedings/administrative proceedings, research, authorization/permit, transport/storage, non-wood forest products, genetic resources, wildlife products

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. 582366 NORMAS LEGALES Lunes 4 de abril de 2016 / El Peruano Aprueban “Lineamientos para el otorgamiento de la autorización con fines de investigación científica de flora y/o fauna silvestre” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 060 - 2016-SERFOR/DE Lima, 1 de abril de 2016 VISTO: El Informe Técnico N° 014-2016-SERFOR/DGPCFFS DPR de fecha 22 de enero de 2016 emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, el Informe Técnico N° 023-2016-SERFOR/OGPP-OPR de la O cina de Planeamiento y Racionalización de la O cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Legal N° 072-2016-SERFOR/OGAJ de fecha 30 de marzo de 2016 de la O cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la referida Ley Nº 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 137 de la precitada Ley, declara de interés nacional la investigación, el desarrollo tecnológico, la mejora del conocimiento y el monitoreo del estado de conservación del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación; Que, a su vez el artículo 140 de la citada Ley, señala que la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre, otorga autorizaciones para extracción de recursos forestales y de fauna silvestre con nes de investigación cientí ca, salvo cuando se trate de especies categorizadas como amenazadas, especies consideradas en los Apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres - CITES o cuando la investigación cientí ca involucre acceso a recursos genéticos, en cuyo caso la autorización es otorgada por el SERFOR; Que, el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal y Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, han regulado el procedimiento de otorgamiento de autorizaciones con nes de investigación cientí ca de ora y/o fauna silvestre, estableciendo para tal efecto los requisitos y consideraciones para su otorgamiento, de acuerdo con los lineamientos aprobados por el SERFOR, así como las obligaciones materia de cumplimiento por parte del titular de la autorización; Que, el artículo 99 del Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, re ere que los estudios con nes cientí cos que involucren acceder al conocimiento colectivo, sobre las propiedades, usos y 582367NORMAS LEGALESLunes 4 de abril de 2016 El Peruano / características de la ora y fauna silvestre, deben contar con el consentimiento informado previo y por escrito de la comunidad, respaldado en acta que contenga el acuerdo de asamblea comunal, según sus estatutos. Asimismo precisa, que el acceso a los conocimientos colectivos con nes de aplicación comercial, deben contar con el consentimiento informado previo y por escrito de la comunidad y cumplir además con lo establecido en la Ley Nº 27811, Ley que establece el Régimen de Protección de los Conocimientos Colectivos de los Pueblos Indígenas vinculados a los Recursos Biológicos, y otras normas vinculantes; Que, asimismo el artículo 100 del citado reglamento, señala que toda investigación cientí ca en materia forestal y de fauna silvestre a realizarse dentro de tierras de comunidades campesinas o comunidades nativas, requiere de la autorización expresa de la comunidad y autorización otorgada por la autoridad correspondiente; debiendo dicha investigación ser incluida en la base de datos de las autorizaciones de investigación cientí ca, conducida por el SERFOR. Que, conforme a lo previsto en el artículo 14, del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado del Director de la Dirección de Políticas y Regulación de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora General de la O cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la O cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos aprobados por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, y Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para el otorgamiento de la autorización con nes de investigación cientí ca de ora y/o fauna silvestre”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O cial El Peruano. La Resolución y los “Lineamientos para el otorgamiento de la autorización con nes de investigación cientí ca de ora y/o fauna silvestre”, serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www. serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1362667-1

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