Resolución Nº 056-2012-JUS ─ Modifica la Resolución Nº 292-2007-JUS, que crea el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social (PRONELIS)
颁布于 2012-02-23 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Agricultural and rural development
- 关键词
- institution, education, human rights, capacity building, poverty, governance
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de febrero de 2012461474 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Modifican R.M. N° 292-2007-JUS mediante la cual se creó el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social - PRONELIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0056-2012-JUS Lima, 23 de febrero de 2012 VISTO, el Ofi cio Nº 105-2012-JUS/DNAJ de la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que, el Numeral 2 del Artículo 26º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que el Derecho a la Educación que goza toda persona debe tener por objeto el fortalecimiento del respeto a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales, favoreciendo la comprensión, tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; Que, según el Decreto Supremo Nº 027-2007 PCM, constituye una Política Nacional de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional el promover la inclusión social, política y cultural de los grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados por motivos económicos, culturales o de ubicación geográfi ca, garantizando el respecto de sus derechos; Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos señala que es función de este Ministerio promover y difundir los Derechos Humanos, postulando políticas de acceso a la justicia con énfasis en las personas en condición de vulnerabilidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 292-2007 JUS se creó el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social - PRONELIS con la fi nalidad de promover en la población en situación de mayor vulnerabilidad social el conocimiento de sus derechos, garantizándole el acceso a la justicia de manera efectiva; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0645-2008 JUS se aprobaron las actividades de capacitación jurídica que se realizarían en el marco del PRONELIS así como se incorporó a estudiantes de Derecho de las Universidades del país para la realización de dichas actividades; Que, es necesario rediseñar el PRONELIS con el objeto que esta actividad de capacitación jurídica sea más dinámica, descentralizada, inclusiva y sostenible que garantice su vigencia al margen de las limitaciones presupuestales; para ello, debe modifi carse la Resolución Ministerial Nº 292-2007-JUS, así como dejarse sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0645-2008-JUS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 292-2007-JUS, conforme al siguiente texto: NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de febrero de 2012 461475 “Artículo 1º.- Crear dentro del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos el Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social - PRONELIS con la fi nalidad de acercar a la población más vulnerable, el conocimiento de los Derechos Constitucionales y los Derechos Humanos. El PRONELIS se articulará con los demás servicios que brinda el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.” Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 292-2007-JUS, conforme al siguiente texto: “Artículo 2º.- Constituyen objetivos del Programa Nacional de Enseñanza Legal para la Inclusión Social PRONELIS, los siguientes: a) Difundir el conocimiento de los Derechos Constitucionales y los Derechos Humanos en la población de mayor vulnerabilidad. b) Fortalecer el Estado Constitucional de Derecho a través de un efectivo conocimiento de las distintas instituciones del Sistema de Justicia y los diversos mecanismos de acceso a la justicia. c) Generar en la población benefi ciaria un clima de confi abilidad en las instituciones públicas a las cuales recurrir para acceder a la justicia, en casos de vulneración o amenaza de vulneración de los derechos constitucionales. d) Promover la proyección y responsabilidad social de la comunidad universitaria en las Facultades de Derecho de las Universidades del país, así como promover en los profesores y estudiantes de Derecho valores de compromiso y responsabilidad social hacia los sectores más vulnerables. e) Facilitar el acceso a la justicia a la población de mayor vulnerabilidad a través de los servicios de justicia brindados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.” Artículo 3º.- Modifíquese el Artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 292-2007-JUS, conforme al siguiente texto: “Artículo 5º.- Las actividades de difusión y capacitación jurídica desarrolladas en el marco del PRONELIS podrán ser realizadas por profesores de las Facultades de Derecho públicas y privadas y por estudiantes de Derecho del cuarto año en adelante, los que serán previamente acreditados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. También podrán intervenir los abogados de los sectores público y privado interesados en apoyar las actividades del PRONELIS, conforme la acreditación que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos les otorgue. Las actividades de capacitación jurídica a que se refi ere el presente artículo serán brindadas de manera gratuita (ad honórem). Excepcionalmente se brindará la difusión a cargo de promotores legales de base en la población objetivo cuando se advierta la necesidad de su cobertura en defecto de aquella mencionada en el párrafo anterior.” Artículo 4º.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 0645-2008-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 756826-1