Resolución Nº 045/02/AG/SENASA - Modifica la Resolución Nº 108/01/AG/SENASA, que suspenden importación de rumiantes, ganado porcino y sus productos procedentes del Reino Unido, Irlanda, Holanda, Argentina y Uruguay
颁布于 2002-02-22 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Livestock
- 关键词
- animal health, cattle, sheep/goats, swine, animal by-products, pests/diseases, hygiene/sanitary procedures, international trade
- 类别
- *
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
RESOLUCION JEFATURAL Nº 045-2002-AG-SENASA Levantan suspensión a la importación de animales y productos procedentes del Reino Unido / Gran Bretaña e Irlanda, a que se refiere la R.J. Nº 108-2001-AG-SENASA Lima, 22 de febrero de 2002 VISTA: La Información Sanitaria del 23 de febrero de 2001: Vol. 14 - Nº 8 y la Información Sanitaria del 23 de marzo de 2001: Vol. 14 - Nº 12, enviada por la Oficina Internacional de Epizootias, en la que se comunica que no se han presentado casos de fiebre aftosa en el Reino Unido / Gran Bretaña e Irlanda, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto con el Artículo 17 del Decreto Ley Nº 25902 “Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura”, ha sido creado entre otros Organismos Públicos Descentralizados, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que tiene como uno de sus objetivos ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo señalado por el Artículo 18 inciso a) del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Dirección General de Sanidad Animal tiene entre otras funciones la de establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisión zoosanitario, tanto al comercio nacional como internacional, de animales, productos y subproductos de origen animal; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 108-2001-AG-SENASA, se suspendió la importación de rumiantes y ganado porcino vivo, así como de sus productos y subproductos, procedentes de diversos países entre los que se nombraba al Reino Unido e Irlanda; Que, la Información Sanitaria del 23 de febrero de 2001: Vol. 14 - Nº 8 y la Información Sanitaria del 23 de marzo de 2001: Vol. 14 - Nº 12, publicada oficialmente por la Oficina Internacional de Epizootias, en la que se restituye el status de libre de fiebre aftosa sin vacunación al Reino Unido e Irlanda, respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, y por el Decreto Supremo Nº 051-2000-AG - Reglamento de Importación y Exportación de Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal; y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Levantar la suspensión a la importación de animales y productos mencionados en la Resolución Jefatural Nº 108-2001-AG-SENASA, procedentes del Reino Unido / Gran Bretaña e Irlanda. Artículo 2.- Se mantendrá la suspensión para los demás países mencionados en la Resolución Jefatural Nº 108-2001-AG-SENASA, en tanto su condición sanitaria no varíe favorablemente con relación a la fiebre aftosa. Artículo 3.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA del Ministerio de Agricultura, adoptará las medidas sanitarias complementarias necesarias para el mejor cumplimiento de la presente norma legal. Artículo 4.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y entrará en vigencia en la fecha de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA CARBONELL TORRES Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria