Resolución Nº 041-2014-PRODUCE ─ Procedimiento para el pesaje de recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo, así como sus descartes y residuos en balanzas industriales instaladas en desembarcaderos, muelles o empresas que prestan servicio de pesaje
颁布于 2014-11-25 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- equipment, registration, marine fisheries, fishing vessel, landing, non-governmental entity, inspection, contracts, data collection/reporting, internal trade, fishery management and conservation
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Normas Legales del 03.12.2014 27 conforme lo establece el Decreto de Urgencia Nº 058 2011. Artículo 2.- Formalizar la designación del señor EPIFANIO GONZALES GAVILÁN y de la señora LIZ ROCIO HERVACIO JACINTO, como representantes titular y suplente, respectivamente, del gremio de la MYPE ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Uniformes y Prendas Complementarias para la Policía Nacional del Perú, conforme lo establece el Decreto de Urgencia Nº 058-2011. Artículo 3.- Remitir copia autenticada de la presente Resolución Ministerial al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, al Ministerio del Interior y a la Sociedad Nacional de Industrias. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario O cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1172126-1 Aprueban formatos de inspección de las actividades pesqueras y acuicolas, y formatos de fiscalización de inspectores así como los instructivos para su llenado y procesamiento RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 040-2014-PRODUCE/DGSF Lima, 25 de noviembre de 2014 VISTOS: El Informe Nº 00014-2014-PRODUCE/DFI-jgallegos acornejo y el Memorando Nº 4965-2014-PRODUCE/DFI, de la Dirección de Fiscalización de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 100º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción, por intermedio de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, así como de las dependencias regionales de pesquería y otros organismos a los que se le delegue dicha facultad, llevará a cabo el seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, para cuyo efecto implementara los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones asumidas por los usuarios; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2013 PRODUCE, se aprobó el Reglamento del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, con el objetivo de establecer los principios, obligaciones y procedimientos de las actividades de supervisión de competencia del Ministerio de la Producción; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 348 2007-PRODUCE, quedan modi cados los formatos de Reporte de Ocurrencias, su correspondiente Noti cación y Actas de Inspección, de Decomiso, de Donación, de Incineración y de Devolución de Recursos Hidrobiológicos al Mar, consignadas en el anexo de la Norma de Muestreo de Recursos Hidrobiológicos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 257-2002-PE, de acuerdo a los formatos de los Anexos 3 y 4, respectivamente, que forma parte de la presente resolución ministerial. Que, el literal c) del numeral 2 de la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 006-2014-PRODUCE, establece que la Dirección General de Supervisión y Fiscalización aprobará los formatos de inspección para el desarrollo de las funciones de seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras y acuícolas; Que, mediante el memorando del visto, la Dirección de Fiscalización remite la nueva estructura de los formatos de supervisión y los formatos de fiscalización de inspectores y los instructivos para el llenado y procesamiento de los mismos; los cuales resultan conveniente aprobar; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1047, Ley Orgánica del Ministerio de la Producción, se aprobó la nueva estructura orgánica del Ministerio de la Producción; y por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, estableciéndose que la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, es el órgano de línea del Despacho Viceministerial de Pesquería del Ministerio de la Producción, que tiene por función la supervisión y scalización del cumplimiento de la normativa aplicable a las actividad pesqueras y acuícolas, así como del cumplimiento de las condiciones establecidas en el respectivo título, otorgado por el Ministerio de la Producción, para el acceso a dichas actividades económicas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343 2012-PRODUCE; y el Decreto Supremo Nº 006-2014 PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de los formatos de inspección de las actividades pesqueras y acuícolas. Apruébense los formatos de inspección de las actividades pesqueras y acuícolas que en Anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, forman parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Aprobación de los formatos de scalización de inspectores. Apruébense los formatos de scalización de inspectores así como los instructivos para el llenado y procesamiento de los mismos, que en Anexos 7, 8, 9 y 10, forman parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del 01 de enero del año 2015. Artículo 4.- Publicación La presente resolución será publicada en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, y sus anexos en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESUS ELOY BARRIENTOS RUIZ Director General de Supervisión y Fiscalización 1171793-1 Aprueban Directiva “Procedimiento para el pesaje de recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo, así como sus descartes y residuos en balanzas industriales de plataforma de acero inoxidable o balanzas industriales de plataforma camionera, instaladas en desembarcaderos pesqueros artesanales, muelles o empresas que prestan servicio de pesaje” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 041-2014-PRODUCE/DGSF Lima, 25 de noviembre de 2014 VISTOS: El Memorando Nº 1388-2014-PRODUCE/DTS, del 13 de noviembre de 2014, la Dirección de Tecnología para la Supervisión de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, y; Normas Legales del 03.12.2014 28 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 53.2 del artículo 53º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2010-PRODUCE, modi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2010 PRODUCE; el Ministerio de la Producción se encuentra facultado para dictar normas para determinar los equipos e instrumentos de pesaje de precisión para el registro del peso de la captura desembarcada y de los descartes y residuos de los recursos hidrobiológicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2013 PRODUCE, se aprobó el Reglamento del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, con el objetivo de combatir las actividades ilegales de extracción, desembarque, producción, procesamiento y comercialización de recursos hidrobiológicos de sus descartes y residuos, así como las actividades ilegales en el ámbito acuícola; Que, las actividades del Programa de Vigilancia y Control de las actividades pesqueras y acuícolas en el ámbito nacional, se realizan en lugares para la descarga en las plantas de procesamiento pesquero para consumo humano directo, en las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiológicos y en las plantas de harina residual de recursos hidrobiológicos; se encuentra controlar la recepción o descarga de recursos hidrobiológicos, registrándose el peso de dichos recursos por destino especí co y el peso de los descartes y residuos que generen; controlar la recepción de los descartes y/o residuos de recursos hidrobiológicos debidamente pesados, provenientes de las plantas de procesamiento de productos pesqueros para consumo humano directo; y controlar la recepción o descarga de recursos hidrobiológicos, registrándose el peso de dichos recursos por destino especí co y el peso de los descartes y residuos que se generen para la elaboración de harina residual; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 083-2014 PRODUCE, se establecieron los requisitos técnicos y procedimientos para el pesaje de los recursos hidrobiológicos, sus descartes y residuos, y el registro de los resultados; Que, en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la mencionada Resolución Ministerial, el numeral 1 se dispuso que la Dirección General de Supervisión y Fiscalización aprobará por Resolución Directoral, el procedimiento para el pesaje en muelles y desembarcaderos pesqueros artesanales; y en el numeral 4 señala otras disposiciones complementarias que fueran necesarias para la correcta implementación de la Resolución Ministerial; Que, mediante el Memorando del visto, la Dirección de Tecnología para la Supervisión, remite el procedimiento para el pesaje de recursos hidrobiológicos, destinados al consumo humano directo, así como sus descartes y residuos, en balanzas industriales de plataforma de acero inoxidable o balanzas industriales de plataforma camionera, instaladas en desembarcaderos pesqueros artesanales, muelles o empresas que prestan servicio de pesaje; el mismo que resulta conveniente aprobar; Que, de conformidad con lo establecimiento en el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343 2012-PRODUCE, y la Resolución Ministerial Nº 083 2014-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de directiva Apruébese la Directiva Nº 017-2014-PRODUCE/ DGSF; “Procedimiento para el pesaje de recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo, así como sus descartes y residuos en balanzas industriales de plataforma de acero inoxidable o balanzas industriales de plataforma camionera, instaladas en desembarcaderos pesqueros artesanales, muelles o empresas que prestan servicio de pesaje”. Artículo 2.- Deróguese la directiva Deróguese la Directiva Nº 016-2014-PRODUCE/ DGSF; “Procedimiento para el pesaje de los recursos hidrobiológicos en muelles o desembarcaderos pesqueros artesanales y de los descartes y residuos, en balanzas industriales de plataforma camionera”. Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución será publicada en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal Institucional, y la directiva que aprueba, en el Portal Institucional. Artículo 4.- Vigencia La presente Resolución y la Directiva que aprueba entraran en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESÚS ELOY BARRIENTOS RUÍZ Director General de Supervisión y Fiscalización 1171794-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Filipinas, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0911/RE-2014 Lima, 2 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Simposio sobre las Prioridades del Foro de Cooperación Económica Asia Pací co (APEC) 2015 y la Reunión Informativa de Altos Funcionarios (ISOM, por sus siglas en inglés) del mencionado Foro, se llevarán a cabo en la ciudad de Legazpi, Isla de Luzón, República de Filipinas, del 8 al 9 de diciembre de 2014; Que, las mencionadas reuniones dan inicio a la Presidencia Filipina en el Foro de Cooperación Económica Asia Pací co (APEC), y tienen como propósito discutir y aprobar las ideas fuerza alrededor de las cuales girarán las prioridades políticas y económicas de la Presidencia Filipina y las iniciativas que ella llevará a los Comités y Grupos de Trabajo APEC, para ser desarrollados el año 2015; Que, la participación peruana en las citadas reuniones está orientada a rea rmar nuestra presencia en la región Asia Pací co, así como a tener un rol activo en el desarrollo de la agenda del Foro con miras al fomento del crecimiento sostenido de nuestra economía, la cooperación técnica y los esfuerzos dirigidos a reducir la pobreza y lograr la inclusión social; Que, del 7 al 10 de diciembre de 2014, se sostendrán reuniones bilaterales de consulta y de coordinación a nivel de Altos Funcionarios, con las economías que anteceden y suceden al Perú en la Presidencia del APEC 2016: China 2014, Filipinas 2015 y Vietnam 2017, así como con los Directores de Programas de la Secretaría Ejecutiva del APEC; Teniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAC) N.° 6360 y (GAC) N.° 6391, del Despacho Viceministerial, de 20 y 21 de noviembre de 2014, respectivamente; y los Memoranda (AFE) N.° AFE0297/2014, de la Dirección de APEC y Foros Especializados, de 5 de noviembre de 2014, y (OPR) N.° OPR0405/2014, de la O cina de Programación y Presupuesto, de 28 de noviembre de 2014, que otorga certi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi cada por la Ley N.º 28807; y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047 2002-PCM, modi cado por Decreto Supremo N.º 056 2013-PCM; la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modi catorias; la Ley N.º 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;