Resolución Nº 041/11/AG/SENASA/DSV - Requisitos fitosanitarios para la importación de flores frescas de Leucadendro procedentes de los Estados Unidos de América
颁布于 2011-10-27 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant protection, pests/diseases, seeds/planting material, floriculture, international trade, plant production
- 类别
- *, agriculture
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tecnicos de materi al sujeto a cua rentena posentraca vigente . 6 , tnapeccion filosanitaria en el punta de ing reso al pais. 7. EI Inspector del SENASA tcmara una muestra para ser remitkla a la Unidad del Cent ro de Diagnostico de Sanid ad Vegetal del SENASA. con et fin de descartar ta presencia de las ptaqae enunciadas en ta oectaraccn adicional del procucto. EI costo del draqnostico sera asumido per el importador. 8, EI proceso de cuarentena posentrada tenore una curacicn de ocho (08) meses. En dicho lapso, el material insta lado en el lugar de procucccn sera sometido por parte del SENASA ados (02) tnspecciones obligatoria para el seguimiento de ta cua rentena posen trada. y a una (01) mspeccicn obligatoria final para ellevantamiento de ta cuarentena posentrada . de cuyos resultados se disoondra el dest ino final del producto. Registrese. comuniquese y publiquese. JOHNY NACCHA OYOLA Director Genera l (e) de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Ag raria 710101-2 RESOLU CI6N DIRECTORAL N° 40-2011-A G-SENASA-DSV La Molina, 27 de octubre de 2011 VISTO: EI Informe W 007-201Q-AG-SENASA-DSVISARVF de fecha 03 de marzo de 2010, et cual busca estabrecer los requisites fitosanitarios para ta importaci6n de yemas de atemoya (Annona chenmola x Annona squamosa) de origen Estados Unidos (Estado de Florida ) y procedencia Estados uoccs. y: CONSIDERANDO : Que , conform e al Decr eta Legi slativo N° 1059 · Ley General de Sanidad Agraria. el ingreso at pa is como importaci6n, transite international 0 cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegeta les, anima les y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benefices. mater .ares de empaque. embalaie y aeondieionamfento. cuafquier ctrc mate rial cepaz de introducir 0 propag ar plagas y enfermedades, asi como los medios ut ilizados para transportarlos. se scjetaran a las oecceccoee que estabrezca, en el ambito de su ccmpetencia , la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria: Que , el artic ulo 12° del Reglamento de la Ley Gen eral de Sanidad Agraria. aprobado med iante Decreto Supremo N° 018-200B-AG, eeteoece que el Service National de Sanid ad Agra ria • SENASA publicara los requi srtos filo y zocsanitarics en er Diario Ofitia l EI Peru ano y se notificaran a la Organizaci6n Mundial de Comercio: Que, el articulo 38· del Decreto Supremo N° 032· 2003-AG - Reglamento de Cuarent ena Vegetal, establece que los requ isitos filosanitarios necesarios que se debe cumplir para \a importacion al pais de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados , seran aproba dos mediante Resolueion del 6rgano de linea Competente; Que, el articulo 1° de la Resoluci6n Directoral N· 09 2010-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorias de riesgo fitosanita rio, donde estan agrupadas las plantas, produdos de orgen vegetal y otros articulos reglamentados cuyo riesgo frtosanitario aumanta en forma ascendenle: Que. ante el interes de la empresa Frusetva SAC. en importar al pais yemas de atemoya (Annona eherimo/a )( Annona squamosa) de origen Estados Unklos (Estado de Florida) y procedencia Estados Unidos; la Subdi reccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inicio el respect ivo estudio con la flOalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto: Que , como resultado de dieM estudio !a Subdireccion de Cuarentena Vegetal , ha establecido los requisrto s 4 fitosanitarios necesarios para garanti zar un nivet adecuado de protecci6n al pais, minim izando los riesgos en el ingreso de plagas cua rentenarias : De conformidad con 10 depuesto en er Decreto Legislativo N° 1059, el Decreto Sup remo W 018-2008 AG, el Decreto Supremo W 032-2003-AG, el Decreto Supremo N° 00B-2005-AG, ta aesonrccn Directora t N° 09- 2010-AG-SENASA-DSV Y con er vtsacc de ta oncoe de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articu 10 Onrco.. Establecer los requ isitos filosan itarios de oecesano eumpl imiento en ra importaei6n de yemas de atemoya (Annona cherimola x Annona squamosa) de crqen Estados Unklos (Estadu de Florida) y procedencia Estados Unidos de ra siguien te manera: 1. Que e! envio cuen te con el Permiso Fitosanrtario de tmportacicn emitk:lo por et SENASA. obtenido por et importador 0 mteresado. cre ve a ra certmcaccn y embarque en el pais de origen 0 procedencia. 2. EIenvio oecera ven ir acompaf'iado de un Cert ificado Fitosanitario cncrar de! pais de origen, en er coer se ccoscne: 2.1 Declaracion adicional: 2.1.1 EI material provene de lugares de producci6n autorizadas por la Orqamzacon National de Proteccion Fitosanitana del pais de origen . 2.1.2 Producto fibre: Ceroplastes rubens. Maconellicoccus hirsufus y Parthenolecanium persicae, 2.2 Tratamiento de pre emoarque: methidathion 0.4 %0 + aceite agricola 10 %0 0 cualesquiera Olros productos de acclcn equiv aiente . 3. Si el materia l tmpcrtaco viene con susnatc. Elste oeoera ser un mecc estern. cuya cond ici6n sera cert iflcada par \a Orqamzacicn Nacional de Protecci6n Fitosan itaria ONPF del pais de orgen , 4. Los erwases seran nuevcs y de primer uso, libre de tierra y de cualqu ier material extraFio al producto 5. EI impo rtador cetera center con su Reg istro de Importadores , !u9ares de producci6n v respcnsables tecniccs de material sujeto a cuarentena posent rada viqen te. 6. Inspecci6n fitosamtana en er punto de ingreso at pais, 7. EI Inspector del SENASA tomara una muestra para ser rem itida a la Unidad del Centro de mecnoeucc de Sanidad Vegetal del SENASA, con el nn de cescertar la presencia de las plagas enunciadas en fa declaraci6n adicional del prcdccto. EI costa del diagn6st ico sera asumido por el irnpc rtaccr. B. El proce so de cua renlena posentrada tenore una duracicn de seis (06) meses En dicho lapso, el material instalado en el lugar de produccion sera sometido por parte del SENASA a euatro (04) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada . y a una (01) inspeccf6n obliga toria final para allevantamien to de la cuarentena posen trada . de cuyos resu ltados se dispondra el destino final del producto. Registrese, comuniquese y publiquese JOHNY NACCHA OYOLA Director General (e) de Sanidad Vegetal Servieio National de Sanidad Agraria 710101· 5 RESOLU CI6N D1RECTORAL N° 41-2011-AG-SENASA-DSV La Mol ina, 27 de octubre de 2011 VISTO: El ln forme ARP N" 25-20 1O-AG-SENASA-DSV-SARVF de techa 25 de mayo de 2010 , el cual buses establecer REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL los requisites eceaonencs para ta importaci6n de acres eescas cortadas de Jeucadendro (Leucadendron spp.) de origen '1procedencia Estados uncos. '1: CONSIDERANDO: Que , conforme al Decreto legislat ivo NO 1059 - Ley General de Sa nidad Agraria . er ingreso al pa is como ImportatiOn , tranSIlO Intemaconat 0 cualq uler ctro regi men aduanero, de plantas '1 productos vegetales, ammeles y produ ctos de ougen anima l. msumcs agrarios , organismos benefices . mate rialesde empaque , embalaJe y acond icionamiento, cualquier otro material caeaz de introducir 0 propagar pIagas '1 enfermedades, asi como los medics utilizados para transportarlos . se suje taran a las drspossciones que establezca, en el amb ito de su competencia . la Autoridad Naeional en Sanidad Agraria : Que , er art icu lo 120 del Reg lamento de re ley General de Sanidad Agraria. aprobado medi ante Decreta Supremo N° 018-2008-AG . establece que el Servicic Nacronar de Sanidad Agrari a - SENASA pubhcara los requisites fito y zcosemtancs en el Diane Oficia l EI Peruano y se nonncaran a la Organizaci6n Mundial de ccmercrc: Que, er articulo 38" del Decreto Supremo W 032 2003-AG • Reglamento de Cuarentena Vegetal. establece que los requisitos tnosannaros necesanos que se debe cumplir para la importaci6n al pais de plan tas, productos veaetees '1 otros arncnos reglamentados, seran acrceeecs mediante Resolucc n de l Organ o de linea Compe tente : Que, er articulo 1° de Ia Resoluci6n Dlrectoral N° 09-201Q-AG-SENASA~DSV, establece cinco categOlias de nesgo filos anllano , donde estan agrupadas las plantas, produdos de origen vegeta l y otrO$ arncnos reglamen tados cuyo liesgo fitosanlta no aumenta en forma asoeooeme: Que , ante el interes de Ia empresa Florisert SAC. en importa r al pais fIores frescas cortadas de Ieucadendro (Leucadendrotl spp.) procedente de Estados Unidos : la Subdirecci()n de Ana~Sis de Riesgo y VlQifancia Frtosanrtaria del SENASA, inici6 el rescecwc eenee con la fina lidad de establecer los requisites fitosanrtariOS para la importaci6n del mencionado ercccco. Que, como resultado de dieM estudio la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal. ha establecido los requis rtos ntosaeearos necesarios para garantiZar un nivel adecuad o de protecci6n al pais, minimiZando los riesgos en el mgreso de plagas cuarentenaflas; De conformid ad con 10 dispuesto en el Decreto l egislativo N° 1059, el Decreto Supremo N° 018-2008 AG , el Decreto Supremo N° 032 -2003·AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Resoluci6n Directoral N° 09-2010.AG.SENASA-DSV '1 con el visado de la o rlcina de Asesoria Juridica: SE RESUELVE: Art icul o Un Ico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de nores frescas cortadas de leucadendro (Leucadendron spp .) de or-igen y proce<lerlcia Estados Unidos de la siguiente manera: 1. Que el env io cuente con el PermlSo Frtosanrtario de fmportaci6n emltido par el SENASA, obtenido par el ir'nportador 0 interesado, previa a la certrficaci6n '1 embarque en el pais de origen 0 procedencia . 2 , EI enviodeberavenira~anadode un Certlficado Fltosanrtario oficial del pais de origen. en el cua l se conSIQI1e 2.1 Dedaraci6n adiciona l: 21 .1 Producto libre: Oligonychus coffeae, Aonidie lla auran/ii, Cacoecimorph a pt'OfIubanB, Epiphyas postvittana. Maconellicoccus hirsutus, Paria/aria pittospori, Pooudaulacaspis coc1<eretti y Thrips palmi. 3 Los productos estaran contenidos en envases nuevos y de primer uso, 5 4 , Inspecei6n btcsaoeana en el punto de ingreso al pais. Registrese, comuniquese y publ ique5e. JQHNY NACCHA OYOLA Director Genera l (e) de Sanidad Vegeta l Servicio Nacional de Sanidad Agraria 710101-6 Establecen requisitos fitosanitarlos de necesarlo cumplimiento en la lmportaci6n de granos de chia de origen y procedencla Paraguay RESOLUCION D1RECTORAl N" 38·2011·AG-SENASA-DSV l a Molina, 27 de octubre de 2011 VISTO: EllnformeARP N° 26-20 11·AG-SENASA-DSV-SARVF de fecha 21 de setiernbre de 2011, ercual busca eerececer los requis.tos fitosanitarios para la importaci6n de granos de cere (Salvia hispanica ) de onqen y proceden cia Paraguay. '1; CONSIDERANDO: Que , conforme al Decret o Leqislauvo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, e l ingr eso al pa is como importaci6 n, transito internacio nal 0 cualq uier otro regimen aduanero, de plantas y prod uctos veaete'es. animales '1 productos de origen an imal, insumos agra rios ,orga nrsmos benefices . mate rialesde enceque. embalaje y acondicionamiento, cua lquier cue mate rial capaz de introducir 0 propagar plagas y enrermeeaees. asr como los medias ut ilizados para transporta rlos , se suieta ran a las disposiciones que esteeezca . en er ambito de su corceteoe a. ta Autoridad Nacional en San idad Agraria; Que , el articulo 12" del Reglamento de la Ley General de SanidadA9raria , aprobado mediante Decreto Supremo NO 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicara los requisltos fito y zoosanit arios en el Diaria Oficial EI Peruano y se notificanln a la Organizac i6n Mundial de Comercio: Que, el articulo 38' del Decreto Supremo N° 032 2003-AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal , establece que los requisitos fitosa nitarios necesarios que se debe cumplir para la importaci6n al pais de plantas, productos vegetales y otros articulo s reglamentados, senln aprobados median te Resoluci6n del 6rgano de Linea Competente; Que, el articulo 1° de la Resoluci6n Directoral N° 09-20 1Q-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorias de nesgo fitosanrtario , doMe estan agrupadas las plantas , productos de origen vegetal y otros articulos reglamen tados cuyo riesgo fitosanllario aumenta en forma ascenclente: Que , ante el interes de la empresa Exportadora Agricola Organica SAC. en ir'nportar al pais granos de ch ia (SaMa hispanica): Ia Subdirecci6n de Ana lisis de Riesgo y VlQilancia Fltosanitaria de la Duecci6n oe Sanidad Vegetal del SENASA, inici6 el respect ivo estudlO con Ia finalidad de establecer los requisltos frtosanlt ariOS para Ia importaci6n del mencionad o produdO: Que . como resultado de diChO estud io Ia Subdlreco6n de Cuare ntena \Iegeta l, ha estableci:lo los requisltos frtosanila rios necesarios para garanbZar un nivel adecuado de protecci6n al pais , minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentena rias; De confOOTlidad con 10 dispuesto en el Decreto Legislativo NO 1059 , el Decreto Supremo NO 018-2008 AG , el Decreto Supremo N° 032·2003-AG. el Decreto Supremo NO 008-2005-AG, la Resoluci6n Directoral N° 09-201Q-AG-SENASA-DSV Y con el visado de la Oficina de Asesoria Juridica : REAL TIME EIRL