Resolución Nº 039/06/PCM - Constituye Comisión Multisectorial para el Plan de Acción para la Protección del Medio Ambiente y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste
颁布于 2006-02-08 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Environment
- 关键词
- international agreement-implementation, institution, coastal zone management, ecosystem conservation, governance
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Constituyen Comisión Multisectorial integrada por representantes de entidades que participan en el Plan de Acción para la Protección del Medio Ambiente y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste RESOLUCION MINISTERIAL Nº 039-2006-PCM Lima, 8 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y áreas Costeras del Pacífico Sudeste, aprobado en 1981 por una Conferencia de Plenipotenciarios junto con el Convenio para la Protección del Medio Marino y la Zona Costera del Pacífico Sudeste y otros acuerdos complementarios, constituye la base para la cooperación regional entre Chile, Colombia, Ecuador, Perú y Panamá para la conservación del medio marino y costero. Dicho Plan de Acción prevé que sus Altas Partes Contratantes establecerán su correspondiente Punto Focal Nacional, encargado de asumir el cumplimiento del Plan de Acción, en sus diversas etapas; Que, la Resolución Ministerial Nº 028-84-PE encarga al Instituto del Mar del Perú - IMARPE, en armonía con sus funciones científicas sobre los recursos vivos en el mar, la oceanografía y los efectos de la contaminación y otras investigaciones que realiza, la Presidencia del Punto Focal del Plan de acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste; Que, las recomendaciones sugeridas en la XI Reunión Intergubernamental del Plan de Acción, establecen que los países miembros concreten medidas de manejo y planes de ordenamiento de los ecosistemas costeros, estableciéndose además puentes entre los Puntos Focales Nacionales y Organismos Internacionales de Financiamiento para la implementación y seguimiento del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste; Que, el mencionado Plan de Acción establece también que los gobiernos determinarán el mecanismo de coordinación entre las instituciones nacionales participantes y los puntos focales nacionales; Que, con el fin de realizar una labor concertada, se considera pertinente constituir una Comisión Multisectorial integrado por representantes de diversas entidades que participan en la ejecución del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y áreas Costeras del Pacífico Sudeste, como una instancia de concertación de actividades de investigación y capacitación científica para el manejo ambiental de la zona marino costera y el ordenamiento de los recursos, que tendrá a su cargo la coordinación y difusión de los acuerdo de dicho Plan de Acción; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 21292 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constituir una Comisión Multisectorial, adscrito al Ministerio de la Producción, como la instancia permanente de concertación de actividades de investigación y capacitación científica para el manejo ambiental de la zona marino costera y el ordenamiento de los recursos, encargada de apoyar las labores del Punto Focal Nacional para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste respecto de la implementación y seguimiento del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste, así como la difusión de los acuerdos que adopte sobre el particular y la información que genere en la realización del encargo. Artículo 2.- La Comisión Multisectorial realizará las investigaciones científicas y socioeconómicas en la zona marino costera y en las cuencas bajas hidrográficas, con la finalidad de recomendar a las entidades e instancias correspondientes, propuestas para la protección y conservación de los ecosistemas marino costero y del ordenamiento ambiental, mediante la implementación del Manejo Integrado de las Zonas Marino Costeras. Artículo 3.- La Comisión Multisectorial estará integrada por un representante titular y uno alterno, de cada una de las siguientes instituciones y/o dependencias: Instituto del Mar del Perú - IMARPE, quien lo presidirá; Ministerio de la Producción; Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Ministerio de Economía y Finanzas; Ministerio de Energía y Minas; Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ministerio de Agricultura; Ministerio de Educación; Ministerio de Relaciones Exteriores; Consejo Nacional del Ambiente - CONAM; Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA del Ministerio de Salud; Dirección General de Capitanías y Guardacostas - DICAPI de la Marina de Guerra del Perú; y, Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú. La Dirección Científica del Instituto del Mar del Perú - IMARPE actuará como Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial que se constituye por medio de la presente Resolución. Artículo 4.- La Comisión Multisectorial podrá invitar a participar, según el estudio o caso a desarrollar, a las autoridades de las siguientes entidades: Gobiernos Regionales; Municipalidades; Asamblea Nacional de Rectores; Sociedad Civil organizada (ONGs, gremios, sociedades); y, Otras instituciones públicas o privadas. Artículo 5.- La Comisión Multisectorial se organizará en Grupos Técnicos de Trabajo Especializados, de acuerdo al siguiente detalle: Grupo Nacional de Trabajo sobre Vigilancia y Control de la Contaminación en la Zona Marino Costera - CONPACSE; Grupo Nacional de Trabajo sobre Manejo Integrado de Zonas Marino Costeras; Grupo Nacional de Trabajo sobre Protección y Conservación de la Biodiversidad Marino Costera (mamíferos marinos y tortugas marinas); Grupo Nacional de Trabajo sobre Cambios Climáticos; y, Otros que surjan por acuerdo de la Autoridad General del Plan de Acción para la Protección del Medio Marino y Áreas Costeras del Pacífico Sudeste o a propuesta de la Comisión Multisectorial. Artículo 6.- Dentro de los diez (10) días hábiles de publicada la presente Resolución Ministerial, los representantes titular y alterno de los integrantes de la Comisión Multisectorial deberán ser designados mediante Resolución del Titular del Sector correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros