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Resolución Nº 037-2016-OS ─ Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras

颁布于 2016-02-24 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Energy, Mineral resources
关键词
institution, legal proceedings/administrative proceedings, inspection, energy conservation/energy production, non-governmental entity, governance, mining
类别
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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  1. ARTÍCULO 13.- ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN SE RESUELVE: ARTÍCULO 14.- CONVOCATORIA Y PUBLICACIÓN DE BASES

  2. ARTÍCULO 15.- REGISTRO DE PARTICIPANTES

  3. Artículo 1.- Aprobar la “Directiva para la Selección ARTÍCULO 16.- FORMULACIÓN, ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS E INTEGRACIÓN DE LAS BASES y Contratación de Empresas Supervisoras”, que forma parte integrante de la presente resolución. ARTÍCULO 17.- PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICA Y

  4. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente ECONÓMICA resolución en el diario o¿cial El Peruano y en el portal ARTÍCULO 18.-EVALUACIÓN DE REQUISITOS Y PROPUESTA institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe). TÉCNICA

  5. Artículo 3.- Dejar sin efecto los artículos Nos. 1 ARTÍCULO 19.- EVALUACIÓN DE PROPUESTA ECONÓMICA Y y 3, numerales 5.2, 5.3 y 5.6 del artículo 5, artículos DESIGNACIÓN Nos. 13 al 28, 30 al 36; todas las Disposiciones ARTÍCULO 20.- PROCESO DESIERTO Complementarias Transitorias del “Reglamento de ARTÍCULO 21.- IMPUGNACIÓN DE RESULTADOS Supervisión y Fiscalización de Actividades Energéticas y ARTÍCULO 22.- CANCELACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Mineras” aprobado con Resolución Nº 171-2013-OS-CD ARTÍCULO 23.- RÉGIMEN DE NOTIFICACIÓN DE LOS ACTOS DEL PROCESO y modi¿catorias; la Tercera Disposición Complementaria Final del Procedimiento de Fiscalización del Aporte por Regulación creado a favor de Osinergmin, aplicable a los TÍTULO V: DE LOS CONTRATOS DE SUPERVISIÓN sectores energético y minero, aprobado por Resolución ARTÍCULO 24.- CONTRATO DE SUPERVISIÓN de Consejo Directivo Nº 264-2014-OS/CD; así como toda ARTÍCULO 25.- GARANTÍAS CONTRACTUALES disposición que se oponga al documento aprobado en el ARTÍCULO 26.- EJECUCIÓN DE GARANTÍAS CONTRACTUALES artículo 1º de la presente resolución. ARTÍCULO 27.- ATRIBUCIONES DE LAS EMPRESAS

  6. Artículo 4.- Disponer que el documento aprobado SUPERVISORAS en el artículo 1º de la presente resolución entre en ARTÍCULO 28.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES DE LAS vigencia al día siguiente de su publicación en el diario EMPRESAS SUPERVISORAS oficial El Peruano y resulte aplicable para todos los ARTÍCULO 29.- INFORMES EMITIDOS POR LAS EMPRESAS procesos de selección que se convoquen a partir SUPERVISORAS del día siguiente de dicha publicación. Los contratos ARTÍCULO 30.- PENALIDADES suscritos y los procesos convocados bajo la vigencia ARTÍCULO 31.- EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL SERVICIO DE de disposiciones anteriormente aprobadas se regirán LAS EMPRESAS SUPERVISORAS por éstas hasta la culminación de los respectivos ARTÍCULO 32.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO DE contratos. SUPERVISIÓN Y RENOVACIÓN

  7. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia General ARTÍCULO 33.- PRESTACIONES ADICIONALES establezca los lineamientos que considere convenientes ARTÍCULO 34.- CAUSALES DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE para el desarrollo de los procesos de selección. SUPERVISIÓN

  8. Artículo 6.- En tanto culmine la adecuación a la ARTÍCULO 35.- NULIDAD Y RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE nueva estructura orgánica de Osinergmin aprobada por SUPERVISIÓN Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM, para efectos de la ARTÍCULO 36.- REGISTRO DE INHABILITACIÓN DE EMPRESAS aplicación de lo dispuesto en el numeral 3.8 del artículo SUPERVISORAS 3 de la Directiva aprobada con la presente resolución, la ARTÍCULO 37.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS presentación para la aprobación de la Gerencia General del Plan Anual de Supervisión de las Divisiones de la ANEXO 1. FORMATO DE CONVOCATORIA Gerencia de Supervisión de Energía, corresponde al profesional a cargo de cada División. TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES JESUS TAMAYO PACHECO Artículo 1.- Objetivo Presidente del Consejo Directivo Establecer los criterios para la cali¿cación y El Peruano / Martes 15 de marzo de 2016 NORMAS LEGALES 580871 clasi¿cación de las empresas supervisoras, así como el y ¿scalización a ser convocados, el Área Solicitante procedimiento para su selección, contratación y ejecución determine los requisitos mínimos a ser exigidos en las de los servicios que realizan. bases del proceso de selección. 5.2 Las empresas supervisoras-persona jurídica

  9. Artículo 2.- Ámbito de aplicación se clasi¿can de la siguiente manera, de acuerdo a las La presente Directiva es de obligatorio cumplimiento actividades para las que son contratadas: para los interesados en participar en los procesos de selección de Empresas Supervisoras que Osinergmin a) Empresas supervisoras acreditadas.- Aquellas convoca; para las Empresas supervisoras que contraten que cuentan con acreditación del organismo nacional de con Osinergmin; así como para el personal de Osinergmin acreditación o de un organismo extranjero de acreditación, que, en ejercicio de sus labores, participa en la selección y u homólogo a éste, signatario de alguno de los Acuerdos contratación de empresas supervisoras o en la supervisión de Reconocimiento Mutuo de: la International Accreditation de la ejecución contractual. Forum - IAF (Foro Internacional de Acreditación), la International Laboratory Accreditation Corporation

  10. Artículo 3.- Definiciones - ILAC (Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios) o la InterAmerican Accreditation 3.1 Área Solicitante.- División de la Gerencia de Cooperation - IAAC (Cooperación Inter Americana de Supervisión de Energía o de la Gerencia de Supervisión Acreditación); como Organismo de Inspección de Tipo A, Minera, y Secretaría Técnica de los Órganos Resolutivos, con capacidad para realizar actividades de supervisión que, para el desarrollo de las funciones a su cargo, y ¿scalización en el sector energético y minero, bajo el requieren de los servicios de supervisión y ¿scalización. ámbito de competencia de Osinergmin. Estas empresas supervisoras, a su vez pueden clasi¿carse en: 3.2 Contrato de Supervisión.- Contrato de locación de servicios, de naturaleza civil, celebrado entre a.1: Empresa supervisora acreditada de nivel A: Osinergmin y la empresa supervisora, con la ¿nalidad Brindan servicios relacionados al diseño y la construcción que provea a Osinergmin de servicios de supervisión o de instalaciones. ¿scalización. a.2: Empresa supervisora acreditada de nivel B: Brindan servicios relacionados al diseño y la construcción 3.3 Empresas Supervisoras.- Personas jurídicas de modi¿caciones y/o ampliaciones de instalaciones. o personas naturales con negocio que suscriben con Osinergmin contratos de supervisión. Se extiende sus Las empresas supervisoras acreditadas pueden alcances a los profesionales y técnicos presentados por estar conformadas por consorcios, en cuyo caso, cada las personas jurídicas para desarrollar los servicios de persona jurídica integrante es responsable solidaria supervisión y ¿scalización, así como a sus representantes. ante Osinergmin frente a cualquier acción u omisión que constituya un incumplimiento o genere algún tipo de 3.4 Osinergmin.- Organismo Supervisor de la responsabilidad. Inversión en Energía y Minería. Se extiende sus alcances b) Empresa supervisora técnica.- Aquellas en al personal que tenga a su cargo el desarrollo de labores capacidad de realizar los servicios materia de convocatoria. relacionadas a las disposiciones establecidas en la No le son exigibles las acreditaciones requeridas a las presente Directiva. empresas supervisoras acreditadas. Las empresas supervisoras técnicas pueden estar 3.5 Servicios de supervisión y fiscalización.- conformadas por consorcios integrados por personas Actividades comprendidas en los contratos de supervisión naturales o jurídicas, siendo todos los involucrados a ser realizadas por las empresas supervisoras. responsables solidarios ante Osinergmin frente a cualquier acción u omisión que constituya un incumplimiento o 3.6 Participante.- Persona jurídica o persona natural genere algún tipo de responsabilidad. inscrita en el Registro de Participantes de un proceso de selección para la contratación de una empresa 5.3 Las empresas supervisoras-persona natural con supervisora. negocio, así como los profesionales y técnicos propuestos por las empresas supervisoras-persona jurídica, se 3.7 Postor.- Persona jurídica o persona natural con clasi¿can de la siguiente manera, de acuerdo con su negocio inscrita en el Registro de Participantes y que experiencia: presenta su propuesta en un proceso de selección para la contratación de una empresa supervisora. a) Supervisor 1.- Profesionales con experiencia no menor a siete (7) años en las actividades de los sectores 3.8 Programa Anual de Supervisión.- Documento de supervisados. gestión que contiene la plani¿cación de las actividades de b) Supervisor 2.- Profesionales con experiencia con supervisión del Área Solicitante, presentado por la Gerencia por lo menos cuatro (4) años en las actividades de los de Supervisión de Energía, la Gerencia de Supervisión sectores supervisados. Minera o la Secretaría Técnica de los Órganos Resolutivos, c) Supervisor 3.- Profesionales o técnicos con por lo y aprobado por la Gerencia General para cada año. menos un (1) año de experiencia en las actividades de los sectores supervisados.

  11. Artículo 4.- Principios d) Supervisor 4.- Profesionales que hayan aprobado Los principios de acción establecidos en el Reglamento el ‘Curso Anual de Extensión Universitaria’ organizado por General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Osinergmin, preferentemente dentro del tercio superior Nº 054-2001-PCM, los principios recogidos en la Ley Nº y obtenido cali¿cación sobresaliente en el Programa 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y en la Ley de Prácticas Profesionales, a los que se contratará Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, sin proceso de selección, para realizar servicios de inspiran el desarrollo de los procesos de selección de supervisión o ¿scalización que el Área Solicitante requiera. empresas supervisoras y la ejecución de prestaciones derivadas de los contratos de supervisión, en lo que Se considera profesionales a quienes cuenten con resulten de aplicación. título profesional o grado académico. La experiencia profesional se computa considerando aquella adquirida TÍTULO II: CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN desde el grado de bachiller. Los profesionales deben DE LAS EMPRESAS SUPERVISORAS cumplir los requisitos exigidos por la ley para el ejercicio profesional.

  12. Artículo 5.- Clasificación de Empresas Supervisoras Artículo 6.- Calificación de empresas supervisoras 5.1 La clasi¿cación de empresas supervisoras Las personas jurídicas y personas naturales con permite que en función de los servicios de supervisión negocio, debidamente seleccionadas de acuerdo con 580872 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2016 / El Peruano las disposiciones de la presente Directiva, obtienen la a) Para veri¿car el cumplimiento de los requisitos cali¿cación de empresa supervisora con la suscripción del de admisibilidad e improcedencia de los recursos de contrato de supervisión que suscriben con Osinergmin. apelación que se interpongan contra los actos del Comité de Selección, luego de publicado el resultado ¿nal del TÍTULO III: DE LOS ÓRGANOS proceso de selección, y elevarlo a la segunda instancia. DEL PROCESO DE SELECCIÓN b) Para poner en conocimiento del Comité de Apelación la veri¿cación de información o documentación

  13. Artículo 7.- Comité de Selección falsa o inexacta presentada por parte de algún postor, u otra causal de nulidad, en tanto no haya sido suscrito el 7.1 El Área Solicitante que requiere contratar los contrato. servicios de supervisión y ¿scalización solicita a la c) Para declarar desierto un proceso de selección Gerencia General la conformación de un Comité de cuando el ganador o los siguientes en orden de mérito en Selección permanente o de un Comité de Selección el resultado ¿nal no suscriban el contrato. ad-hoc, sustentando su pedido con el Programa Anual de Supervisión. Asimismo, acompaña a su pedido la Artículo 8.-Comité de Apelación disponibilidad presupuestal correspondiente. 7.2 El Comité de Selección tiene a su cargo la 8.1 El Comité de Apelación tiene a su cargo la convocatoria y conducción del proceso de selección de resolución de los recursos de apelación interpuestos empresas supervisoras. contra los actos del Comité de Selección; así como 7.3 El Comité de Selección es designado por resolución declarar la nulidad de o¿cio de los actos del Comité de de Gerencia General, con la siguiente conformación: dos Selección según lo establecido en la presente Directiva. (02) representantes titulares y dos (02) suplentes del 8.2 El Comité de Apelación es designado por Área Solicitante, un (01) representante titular y un (01) resolución de Gerencia General para los procesos de suplente de la Gerencia de Administración y Finanzas. selección de cada Área Solicitante, con la siguiente Necesariamente un representante titular y su suplente del conformación: un (01) representante titular y suplente Área Solicitante debe ser abogado. de la Gerencia General, un (01) representante titular y 7.4 Los integrantes titulares solo pueden ausentarse suplente de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Jefe de por razones justi¿cadas, en cuyo caso actúan los Logística y su suplente. suplentes. Los motivos de la ausencia se informan a los 8.3 Los integrantes titulares solo pueden ausentarse demás integrantes del Comité de Selección, quienes, por razones justificadas, en cuyo caso actúan los de encontrar injusti¿cada la ausencia lo comunican a la suplentes. Los motivos de la ausencia se informan a los Gerencia General a efectos que disponga las acciones demás integrantes del Comité de Apelación, quienes, que correspondan para determinar responsabilidad, de encontrar injustificada la ausencia lo comunican a la si la hubiere. Asimismo, los integrantes del Comité de Gerencia General a efectos que disponga las acciones Selección solo pueden ser removidos por la Gerencia que correspondan para determinar responsabilidad si General en caso fortuito o fuerza mayor, por cese en el la hubiere. Asimismo, los integrantes del Comité de servicio u otra situación justi¿cada mediante documento Apelación solo pueden ser removidos por la Gerencia debidamente motivado. Los integrantes del Comité de General en caso fortuito o fuerza mayor, por cese Selección no pueden renunciar al cargo encomendado. en el servicio u otra situación justificada mediante 7.5 En caso de ausencia de un representante titular, documento debidamente motivado. Los integrantes éste es reemplazado por su correspondiente suplente, del Comité de Apelación no pueden renunciar al cargo respetándose la conformación indicada en el numeral 7.3 encomendado. de la presente Directiva. Una vez efectuado el reemplazo, 8.4 En caso de ausencia de un representante titular, el representante titular puede reincorporarse al comité de éste es reemplazado por su correspondiente suplente, selección como representante suplente. En caso que la respetándose la conformación indicada en el numeral 8.2 ausencia se haya producido en un proceso de selección de la presente Directiva. Una vez efectuado el reemplazo, conducido por un comité de selección permanente, el representante titular podrá reincorporarse al Comité de el reemplazo del representante titular, así como su Apelación como representante suplente. reincorporación, si fuere el caso, opera únicamente 8.5 Lo resuelto por el Comité de Apelación es para dicho proceso de selección, quedando intacta la irrecurrible. conformación del Comité de Selección permanente en todos los demás procesos de selección futuros y en los TÍTULO IV: DEL PROCESO DE SELECCIÓN que se encuentren en ejecución en los que no operó la suplencia. Artículo 9.- Impedimentos, incompatibilidades y 7.6 El Comité de Selección invita como veedor de los prohibiciones de los postores procesos de selección a un (01) representante del órgano de control interno de Osinergmin. 9.1 No pueden participar ni ser postores en los 7.7 Los Comités de Selección son autónomos procesos de selección que Osinergmin convoca para la respecto a la organización, conducción y ejecución de contratación de empresas supervisoras, las personas los actos realizados durante sus labores. El Comité jurídicas o personas naturales que incurran en alguno de de Selección puede solicitar el apoyo del personal de los siguientes supuestos: Osinergmin o la contratación de terceros, para un mejor u oportuno desempeño de sus labores durante el proceso a) Mantengan vínculo como cónyuge o conviviente de selección. o relación de parentesco hasta el cuarto grado de 7.8 Todos los acuerdos del Comité de Selección consanguinidad y segundo de a¿nidad con los miembros se entienden adoptados por decisión unánime, salvo del Consejo Directivo; o con trabajadores de Osinergmin; discrepancia expresa y fundamentada de uno de sus o con terceros que tengan participación directa o indirecta miembros, en cuyo caso los acuerdos son adoptados por en el proceso de selección. mayoría simple. Los miembros del Comité de Selección b) Se encuentren entre las personas impedidas de son solidariamente responsables de que la selección contratar con el Estado, de acuerdo con la normativa de se realice conforme a las disposiciones de la presente contrataciones públicas. Directiva y de la normativa aplicable, salvo que hayan c) Tengan sentencia condenatoria con calidad de cosa señalado en el acta correspondiente su voto discrepante. juzgada por la comisión dolosa de un delito. 7.9 Los actos del Comité de Selección únicamente d) Hayan sido sancionadas con inhabilitación para pueden ser impugnados por los postores luego de ejercer profesionalmente por los colegios profesionales, publicado el resultado ¿nal, mediante la interposición de por una autoridad administrativa o por sentencia judicial un recurso de apelación. con calidad de cosa juzgada. 7.10 Las labores del Comité de Selección luego de e) Hayan sido sancionados con inhabilitación para la publicación del resultado ¿nal, se extienden en los ejercer la función pública mediante decisión administrativa siguientes supuestos: ¿rme. El Peruano / Martes 15 de marzo de 2016 NORMAS LEGALES 580873 f) Hayan sido despedidas por causa justa o hayan sido medie un proceso de selección, siempre que el monto sancionadas con destitución por una entidad del Estado. total del contrato no exceda el quince por ciento (15%) del g) Se encuentren inscritas en el Registro de valor presupuestado en el respectivo Programa Anual de Inhabilitación de Empresas Supervisoras. Supervisión, de acuerdo con lo siguiente: h) Los titulares de acciones o participaciones, directores, directivos y apoderados de los agentes a) Ante una situación de emergencia, derivada de supervisados; así como su cónyuge o conviviente o acontecimientos ocasionados por la naturaleza, o que quienes tengan relación de parentesco hasta el cuarto generen peligro para la seguridad u orden público, cuya grado de consanguinidad y segundo de a¿nidad, incluso atención no se encuentre bajo los alcances de algún hasta seis (6) meses después a la conclusión de la contrato de supervisión vigente. La exoneración de relación con los agentes supervisados. proceso de selección se aprueba estrictamente para los servicios de supervisión necesarios para prevenir los 9.2 Cuando la convocatoria al proceso de selección efectos de los eventos próximos a producirse como para tenga por objeto brindar servicios respecto de atender los requerimientos generados como consecuencia determinados agentes supervisados por Osinergmin, directa del evento producido. identi¿cados en las Bases, adicionalmente a los supuestos b) Ante una situación de desabastecimiento del servicio mencionados en el numeral precedente, no podrán ser de supervisión, ante la ausencia inminente de dicho servicio postores, las personas naturales o jurídicas que incurren debido a la ocurrencia de una situación extraordinaria en alguno de estos supuestos: e imprevisible que compromete la continuidad de las funciones de Osinergmin. La exoneración de proceso a) Mantengan una relación contractual con los agentes de selección se aprueba estrictamente por el tiempo o supervisados materia de la convocatoria o con empresas cantidad necesaria para resolver la situación y llevar a del mismo sector que pertenezcan a su grupo económico, cabo el proceso de selección correspondiente. excluyendo aquellas en que tengan la calidad de usuario del servicio; 10.2 En caso la exoneración solicitada exceda del b) Hayan tenido una relación contractual con los agentes quince por ciento (15%) del valor presupuestado en el supervisados materia de la convocatoria o con empresas del respectivo Programa Anual de Supervisión, se requiere mismo sector que pertenezcan a su grupo económico, en los autorización mediante Resolución de Presidencia del seis meses previos a la convocatoria, excluyendo aquellas en Consejo Directivo, siendo de aplicación las disposiciones que tengan la calidad de usuario del servicio. establecidas en el numeral precedente. c) Tengan algún conÀicto de interés respecto del 10.3 Para efectos de solicitar la exoneración de agente supervisado materia de la convocatoria. proceso de selección de empresas supervisoras, el Área Solicitante debe sustentar las situaciones de emergencia 9.3 Para efectos de a) y b) del numeral precedente, se o de desabastecimiento, así como precisar los servicios considera que pertenece a su grupo económico cuando: y tiempo que resultan necesarios para cubrir dichas situaciones. ņ Posea más del treinta por ciento (30%) del capital 10.4 Aprobada la exoneración, procederá la de otra empresa, directamente o por intermedio de una contratación de forma directa, debiendo considerarse que tercera; en ningún caso puede contratarse con personas naturales ņ Más del treinta por ciento (30%) del capital de dos o y jurídicas que incurran en los supuestos de impedimento, más empresas pertenezca a una misma persona directa incompatibilidad o prohibición previstos en la presente o indirectamente; Directiva. ņ En cualesquiera de los casos anteriores, cuando la 10.5 A efectos de la contratación directa, podrá indicada proporción del capital, pertenezca a cónyuges considerarse a los postores que resultaron aptos en entre sí o a personas vinculadas hasta el cuarto grado de anteriores procesos de selección convocados con objetos consanguinidad o segundo de a¿nidad; similares. ņ El capital de dos o más empresas pertenezca, en 10.6 La exoneración se circunscribe a la omisión del más del treinta por ciento (30%) a socios comunes de proceso de selección, lo que no exime al Área Solicitante dichas empresas. de que los actos preparatorios y los contratos de supervisión que se suscriban cumplan con los requisitos 9.4 Los contratos que se celebren en contravención y formalidades que se hubiese exigido de haberse de lo dispuesto en los numerales precedentes son nulos, llevado a cabo el proceso, tales como la determinación sin perjuicio de las acciones civiles y penales a las que de los requerimientos técnicos, de las condiciones de la hubiere lugar. prestación del servicio, y del valor referencial; así como 9.5 Si durante la ejecución de un contrato de la presentación de una garantía de ¿el cumplimiento, de supervisión, derivado de un proceso de selección en que ser el caso. no haya sido de aplicación el numeral 9.2 de la presente Directiva, Osinergmin requiere a la empresa supervisora, Artículo 11.- Requerimientos técnicos y Bases del un servicio relacionado a un agente supervisado con el proceso de selección cual hubiese tenido un vínculo contractual en los tres (3) meses previos a la suscripción del contrato de supervisión 11.1 El Área Solicitante es la responsable de de¿nir (excepto en las que tenga la calidad de usuario), o con con precisión y remitir al Comité de Selección para la el cual mantuviese algún conÀicto de interés, la empresa elaboración de las Bases del proceso de selección lo supervisora debe comunicar inmediatamente tal situación siguiente: a Osinergmin a efectos de que esta entidad disponga las acciones que considere convenientes. a) Los requerimientos técnicos; 9.6 Los impedimentos, incompatibilidades y b) Las penalidades a que se re¿ere el artículo 30 de la prohibiciones establecidos en el presente artículo se presente Directiva, los incumplimientos que las generan, mantienen durante la vigencia del contrato, se extienden su forma de cálculo y mecanismo para su aplicación. por tres (3) meses posterior a la culminación del contrato, c) La propuesta de los criterios técnicos y económicos y alcanzan a los representantes de las personas jurídicas para la evaluación respectiva, dentro del marco de lo que postulen o sean contratadas como Empresas previsto en los artículos 18 y 19 de la presente Directiva. Supervisoras, así como a los profesionales o técnicos que sean presentados por ésta en su propuesta técnica o 11.2 El Comité de Selección puede efectuar reemplazados posteriormente. consultas al Área Solicitante sobre los alcances de los requerimientos técnicos y, de ser el caso, sugerirle

  14. Artículo 10.- Exoneración del proceso de selección modi¿caciones. Cualquier modi¿cación a ser incluida en las Bases respecto de los requerimientos técnicos 10.1 La Gerencia General autoriza por excepción la proporcionados por el Área Solicitante debe contar con la contratación directa de empresas supervisoras sin que conformidad de ésta. 580874 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2016 / El Peruano 11.3 El Comité de Selección aprueba las Bases, 16.3 Las Bases integradas que contienen la absolución considerando las disposiciones de la presente Directiva. de consultas se publican en el portal de Osinergmin. 16.4 De no formularse consultas a las Bases dentro

  15. Artículo 12.- Expediente técnico del plazo establecido en el calendario, se consideran integradas de manera automática. 12.1 El Expediente Técnico se inicia con el 16.5 La formulación, absolución de consultas y la requerimiento del Área Solicitante, y contiene la integración de las Bases se efectúan dentro del plazo información presentada por los postores, la emitida por los establecido para ello en el calendario. Comités durante el proceso de selección, y los contratos de supervisión que se suscriban. Artículo 17.- Presentación de Propuestas Técnica 12.2 En los casos de exoneración, se conforma y Económica también un Expediente Técnico, que incluye la solicitud formulada por el Área Solicitante, la documentación que 17.1 La presentación de las propuestas técnica y la sustenta, la resolución que la aprueba, y los informes económica se realiza en acto público, contando por del Área Solicitante relacionados a personas jurídicas lo menos con la presencia del Comité de Selección y o personas naturales con negocio seleccionados, y notario público. Los participantes, sus representantes o los contratos que se suscriban. Este expediente debe apoderados que concurran al acto público a presentar considerar los documentos a que se re¿ere el numeral propuestas deben acudir con su documento de identidad 24.2 de la presente Directiva. vigente. 12.3 Una vez efectuada la designación, se permite 17.2 Las personas naturales con negocio, pueden el acceso al Expediente Técnico, salvo la información presentar sus propuestas de manera personal, o través cali¿cada como secreta, con¿dencial o reservada por la de su apoderado adjuntando carta poder simple. normativa de la materia. 17.3 Las personas jurídicas, pueden presentar 12.4 Culminadas las funciones del Comité propuestas por medio de su representante legal adjuntando de Selección o del Comité de Apelación, cuando copia simple del documento registral vigente que consigne corresponda, el Expediente Técnico es remitido a la dicho cargo, o mediante apoderado acreditado con carta Gerencia de Administración y Finanzas para su custodia, poder simple suscrito por el representante legal a la que de conformidad con la normativa de la materia. se adjunta el documento registral vigente que acredite su cargo. El documento registral a que se re¿ere el presente

  16. Artículo 13.- Etapas del proceso de selección numeral deberá haber sido expedido con una antigüedad El proceso de selección consta de las siguientes no mayor a treinta (30) días calendario a la presentación etapas: de propuestas. 17.4 En el caso de consorcios, las propuestas son a) Convocatoria presentadas por el representante legal común del b) Publicación de las Bases consorcio, su apoderado; o el representante o apoderado c) Registro de participantes de uno de los integrantes del consorcio. La representación d) Formulación y absolución de consultas e integración de cada integrante del consorcio, se realiza conforme de las Bases a los numerales precedentes, según sea el caso; y en e) Presentación de Propuestas Técnica y Económica cualquiera de ellos se exige la presentación de copia f) Evaluación de Requisitos y Propuesta Técnica simple de la promesa formal de consorcio. g) Evaluación de Propuesta Económica y Designación. 17.5 Los interesados deben presentar sus propuestas técnicas y económicas, en la forma, modo y oportunidad

  17. Artículo 14.- Convocatoria y Publicación de Bases establecidos en las Bases del proceso de selección. La convocatoria al proceso de selección debe 17.6 Toda propuesta técnica debe incluir una realizarse considerando el Anexo 1 de la presente Declaración Jurada del postor de no encontrarse incurso Directiva, y se publica en un diario de circulación nacional en los supuestos de impedimentos, incompatibilidades y en el portal de Osinergmin. y prohibiciones previstos en el artículo 9 de la presente Las Bases del proceso de selección se publican en Directiva. el portal de Osinergmin el mismo día de la convocatoria. 17.7 El Comité de Selección denegará de plano las propuestas que no contengan la documentación

  18. Artículo 15.- Registro de participantes relacionadas a la representación o la Declaración Jurada a que se re¿ere el numeral precedente. 15.1 Los interesados que deseen participar en 17.8 El postor responde por la veracidad de la un proceso de selección de Empresas Supervisoras información contenida en la Declaración Jurada, así como deben registrarse como participantes conforme a las en la propuesta técnica. disposiciones establecidas en la Convocatoria. En el caso de consorcio, basta que se registre uno de sus Artículo 18.-Evaluación de Requisitos y Propuesta integrantes. Técnica 15.2 No pueden registrarse como participantes quienes se encuentren incursos en los impedimentos, 18.1 El Comité de Selección veri¿ca el cumplimiento incompatibilidades y prohibiciones establecidas en el de los requisitos mínimos requeridos en las Bases. De artículo 9 de la presente Directiva. no cumplir alguno de dichos requisitos, corresponde la 15.3 El registro de participantes es electrónico y descali¿cación del postor. gratuito. Se inicia desde el día siguiente de la convocatoria 18.2 La evaluación técnica considera un puntaje hasta el día previo a la presentación de propuestas, de de 100 puntos, siendo 80 el mínimo puntaje que debe forma ininterrumpida. obtener un postor para no ser descali¿cado. 15.4 Los interesados que se registren como 18.3 Los factores de evaluación obligatorios en la participantes se adhieren al proceso de selección en el evaluación técnica y sus márgenes de puntaje, a ser estado en que se encuentra. incorporados en las Bases, son:

  19. Artículo 16.- Formulación, absolución de consultas a) Experiencia del postor en la actividad que es e integración de las Bases objeto de la convocatoria: Hasta 40 puntos. Se cali¿ca considerando el monto facturado acumulado por el 16.1 A través de consultas los interesados podrán postor durante un periodo de hasta diez (10) años a la solicitar la aclaración de cualquiera de los extremos de fecha de presentación de propuestas, por un monto las Bases. acumulado de hasta tres (3) veces el valor referencial 16.2 La absolución de consultas por parte del Comité de la contratación. Se acredita mediante contratos y su de Selección se incorporan a las Bases quedando éstas respectiva conformidad por la prestación efectuada o integradas, constituyendo las reglas de¿nitivas del mediante comprobantes de pago cuya cancelación se proceso de selección. acredite documental y fehacientemente con un máximo El Peruano / Martes 15 de marzo de 2016 NORMAS LEGALES 580875 de diez (10) servicios prestados a uno o más clientes, técnico mínimo. En el mismo acto público, el Comité sin establecer limitaciones por el monto o el tiempo del de Selección evalúa las propuestas económicas de los servicio ejecutado. postores que cali¿caron en la evaluación técnica. b) Experiencia profesional en la especialidad del 19.2 Las propuestas económicas que excedan el personal propuesto para la prestación del servicio, incluido valor referencial son devueltas al postor por el Comité el Jefe de Proyecto: No menor a 40 puntos. El tiempo de de Selección en el mismo acto público, considerándose experiencia se acredita con constancias o certi¿cados. como no presentadas. 19.3 La evaluación económica se lleva a cabo Cuando el postor sea una persona natural con asignando un puntaje de 100 a la propuesta de precio negocio, la experiencia que acredite en la actividad, a más bajo y otorga a las demás propuestas puntajes que se re¿ere el literal a) del presente numeral, puede inversamente proporcionales a sus respectivos precios, también acreditarla como experiencia profesional en la según la siguiente fórmula: especialidad, a que se re¿ere el literal b) del presente numeral. Pi= Om*PMOE Cuando el postor sea un consorcio, solo se considera Oi la experiencia de aquellos integrantes del consorcio que ejecutan conjuntamente el objeto materia de la i= Propuesta convocatoria según la promesa formal de consorcio. Pi: Puntaje de la Propuesta económica i 18.4 Adicionalmente, pueden ser incluidos en las Om: Propuesta económica de monto o precio más Bases los siguientes factores de evaluación: bajo PMOE: Puntaje máximo de la Propuesta económica a) Cumplimiento del servicio: Se evalúa en función (100) al número de certi¿cados o constancias que acrediten Oi: Propuesta económica i que el servicio se efectuó sin que se haya incurrido en penalidades, no pudiendo ser mayor de diez (10) servicios. 19.3 La evaluación económica recibe una ponderación Tales certi¿cados o constancias deben referirse a los de veinte por ciento (20%) para efectos del resultado ¿nal. servicios que se presentaron para acreditar la experiencia 19.4 En el mismo acto público se procede a determinar del postor en la actividad objeto de la convocatoria. Se el puntaje total de las propuestas, que es el promedio aplica la siguiente fórmula: ponderado de la evaluación técnica y la evaluación económica, que se obtiene con la aplicación de la PCP= PF x CBC siguiente fórmula: NC PTPi= C1PTi+C2PEi Donde: PTPi: Puntaje del postor i PCP = Puntaje a otorgarse al postor. PTi: Puntaje de evaluación técnica de postor i PF = Puntaje máximo al postor. PEi: Puntaje por evaluación económica del postor i NC = Número de contrataciones presentadas para C1: Coe¿ciente de ponderación para la evaluación acreditar la experiencia del postor. técnica (80%) CBC=Número de constancias de servicios prestados C2: Coe¿ciente de ponderación para la evaluación sin penalidades. económica (20%). b) Mejoras en equipamiento: Se evalúa en función de 19.5 El Comité de Selección designa como Empresa los equipos adicionales a los previstos como requisitos Supervisora al postor que obtenga el mayor puntaje en el mínimos en las Bases. proceso de selección. En caso de empate, se designa al postor que obtuvo el mejor puntaje técnico. De mantenerse 18.5 La evaluación técnica recibe una ponderación de el empate se decidirá por sorteo en dicho acto público. ochenta por ciento (80%) para efectos del resultado ¿nal. 19.6 En caso el postor ganador haya presentado 18.6 Si el Comité de Selección, antes de la etapa de una propuesta económica por un monto inferior al 10% evaluación económica y designación, toma conocimiento del valor referencial, resulta de aplicación la garantía o tiene algún indicio que en las propuestas obra algún prevista en el inciso b) del numeral 25.3 del artículo 25 documento sobre cuya veracidad o exactitud existe de la presente Directiva, sin perjuicio de la garantía de ¿el duda razonable, solicita a la Gerencia de Administración cumplimiento, en caso corresponda. y Finanzas que efectúe la inmediata ¿scalización. No 19.7 El resultado ¿nal, que contiene el orden de mérito se considera información falsa o inexacta los errores obtenido en el proceso por los postores que cali¿caron en materiales que no incidan en la cali¿cación del postor. la evaluación técnica y cuya propuesta económica fuera La ¿scalización a cargo de la Gerencia de Administración evaluada, se entiende noti¿cado mediante su publicación y Finanzas no suspende la continuidad del proceso de en el portal institucional de Osinergmin, que deberá selección. Los resultados de la ¿scalización son remitidos efectuarse en la misma fecha del acto público. al Comité de Selección. 19.8 Si con posterioridad a la etapa de evaluación 18.7 En caso se veri¿que la presentación de económica y designación y antes de la suscripción del información o documentación falsa o inexacta por parte contrato, el Comité de Selección toma conocimiento o tiene de algún postor, el Comité de Selección procede a su algún indicio que en las propuestas obra algún documento descali¿cación, sin perjuicio de las acciones penales o sobre cuya veracidad o exactitud existe duda razonable, civiles que correspondan. La sola a¿rmación de la entidad solicita a la Gerencia de Administración y Finanzas o institución emisora de un documento sobre la falta de que efectúe la inmediata ¿scalización. No se considera veracidad o autenticidad de éste, resulta mérito su¿ciente información falsa o inexacta los errores materiales que para la descali¿cación del postor por parte del Comité de no incidan en la cali¿cación del postor. Esta ¿scalización Selección; sin perjuicio de la posibilidad de veri¿car este a cargo de la Gerencia de Administración y Finanzas hecho por otros medios. suspende la suscripción del contrato, conforme a lo 18.8 Los resultados de la evaluación técnica son previsto en el numeral 24.6 del artículo 24 de la presente difundidos en el acto público de la evaluación de Directiva. Los resultados de la ¿scalización son remitidos propuestas económicas y designación. al Comité de Selección. 19.9 En caso no se veri¿que la presentación de

  20. Artículo 19.- Evaluación de Propuesta Económica información o documentación falsa o inexacta, el Comité y Designación de Selección lo comunica al Área Solicitante a efectos que continúe con la suscripción del contrato. 19.1 En acto público, se difunden los resultados de la 19.10 En caso se veri¿que la presentación de evaluación técnica, procediendo el Comité de Selección información o documentación falsa o inexacta, el Comité a descali¿car a los postores que no alcanzaron el puntaje de Selección lo pondrá en conocimiento del Comité de 580876 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2016 / El Peruano Apelación, a ¿n de que, de ser el caso, declare la nulidad - Tener un plazo mínimo de vigencia de sesenta (60) de la cali¿cación del postor y los actos posteriores, sin días calendario, contados desde la fecha de presentación perjuicio de conservar aquellos actos no afectados con el de la impugnación. vicio. Asimismo, se comunica a la Gerencia de Asesoría Jurídica para las acciones penales o civiles que ameriten. La Carta Fianza presentada sin cumplir con alguno de La sola a¿rmación de la entidad o institución emisora de estos requisitos, se considera como no presentada. La un documento sobre la falta de veracidad o autenticidad Carta Fianza será custodiada y, de ser el caso, ejecutada de éste, resulta su¿ciente para que el Comité de Apelación por la Gerencia de Administración y Finanzas. declare la nulidad de la cali¿cación del postor; sin perjuicio e) La ¿rma del impugnante o de su representante. En de la posibilidad de veri¿car este hecho por otros medios. el caso de consorcios bastará la ¿rma del representante 19.11 La decisión del Comité de Apelación de declarar común señalado como tal en la promesa formal de la nulidad se comunica por conducto notarial al postor y consorcio. es irrecurrible. f) Autorización de abogado.

  21. Artículo 20.- Proceso desierto 21.3 La omisión de los requisitos de admisibilidad señalados en el numeral precedente, a excepción del 20.1 El proceso de selección o ítem que se hubiera previsto en los literales d) y e) del numeral 21.2, debe ser convocado se declara desierto por las siguientes causas: subsanada por el apelante dentro del plazo máximo de dos (02) días hábiles contado desde el día siguiente a que el a) Cuando no se hayan presentado propuestas. Comité de Selección efectúa la noti¿cación a través del b) Cuando ninguna de las propuestas presentadas portal de Osinergmin. El plazo otorgado para la subsanación cumpla los requisitos de las Bases. suspende los plazos del procedimiento. Transcurrido el c) Cuando por causa imputable a la ganadora del plazo sin que se subsane la omisión, el Comité de Selección proceso de selección o las siguientes en el orden de declara inadmisible el recurso de apelación y los recaudos mérito en el resultado ¿nal no se suscriba el Contrato de se ponen a disposición del apelante. Supervisión. 21.4 La omisión del requisito previsto en los literales d) y e) del numeral 21.2, genera que el recurso sea declarado 20.2 Si la declaratoria de desierto obedece a que no inadmisible de plano por el Comité de Selección, sin se presentaron propuestas o ninguna de las presentadas mayor trámite y los recaudos se ponen a disposición del cumplió los requisitos de las Bases, el Comité de apelante. Selección requiere al Área Solicitante la evaluación de los 21.5 El Comité de Selección declara improcedente el requerimientos efectuados y, de ser el caso, efectuar las recurso de apelación en los siguientes supuestos: modi¿caciones a que hubiera lugar, previamente a que dicho Comité convoque nuevamente. a) Sean interpuestos fuera de los plazos establecidos 20.3 En caso se declare desierto el proceso de en la presente Directiva. selección o ítem, el nuevo proceso de selección es b) El que suscribe el recurso no sea un postor o su conducido por el mismo Comité de Selección. representante legal. c) No exista conexión lógica entre los hechos

  22. Artículo 21.- Impugnación de resultados expuestos en el recurso y el petitorio del mismo. d) Sean interpuestos contra un acto no impugnable. 21.1 Solo cabe interponer recurso de apelación contra e) Sea interpuesto por el ganador del proceso de el resultado ¿nal del proceso. El plazo para interponer selección. recurso de apelación es de tres (03) días hábiles f) Sean interpuestos por una Empresa Supervisora siguientes a la publicación del resultado ¿nal, y el plazo inscrita en el Registro de Inhabilitación de Empresas máximo para pronunciarse es de quince (15) días hábiles Supervisoras a que se re¿ere el artículo 36 de la presente siguientes a la presentación del recurso, y cinco (05) Directiva. días hábiles para su noti¿cación. El plazo para resolver podrá ser ampliado por el Comité hasta por quince (15) 21.6 El Comité de Apelación puede continuar de o¿cio días hábiles adicionales, por decisión fundamentada del la revisión del resultado, pese al desistimiento del recurso Comité de Apelación. presentado, si del análisis de los hechos considera que 21.2 Son requisitos de admisibilidad del recurso de podría afectarse intereses de terceros o el interés general. apelación los siguientes: En este caso podrá limitar los efectos del desistimiento al interesado y continuar el procedimiento. a) Identi¿cación del impugnante, debiendo consignar 21.7 Si el recurso se declara fundado en todo o en el nombre, su denominación o razón social y registro parte, o se declara la nulidad, o que carece de objeto único de contribuyente. En caso, haya variado de emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto, o no se representante o apoderado, deberá acreditarse conforme resuelve o no se noti¿ca el recurso dentro de los plazos a lo establecido en los numerales 17.2 al 17.4 del artículo establecidos, se devuelve la Carta Fianza al postor. 17 de la presente Directiva. 21.8 Si el recurso se declara improcedente, infundado b) Petitorio, que comprende la determinación clara y o si el postor se desiste de éste, Osinergmin ejecutará la concreta de lo que se solicita. Carta Fianza. En caso el recurso se declare inadmisible c) Fundamentos de hecho o derecho que sustenten se devuelve la Carta Fianza, de haber sido presentada. su petitorio. d) Garantía de impugnación, consistente en el original Artículo 22.- Cancelación del proceso de selección de una Carta Fianza que debe contener necesariamente Osinergmin puede cancelar el proceso de selección los siguientes requisitos: de Empresas Supervisoras por razones de caso fortuito o fuerza mayor, cuando desaparezca la necesidad - Ser emitida por una empresa bajo la supervisión de la de contratar o cuando persistiendo la necesidad, el Superintendencia de Banca y Seguros y Administradoras presupuesto institucional asignado deba destinarse a Privadas de Fondos de Pensiones o estar considerada en otros propósitos. La cancelación se formaliza mediante la última lista de bancos extranjeros de primera categoría Resolución de Gerencia General y se publica en el portal que periódicamente publica el Banco Central de Reserva institucional de Osinergmin. del Perú. - Indicar que es irrevocable, solidaria, incondicional Artículo 23.- Régimen de notificación de los actos y de realización automática a favor de Osinergmin por del proceso el tres por ciento (3%) del valor referencial del proceso convocado, o del ítem materia de impugnación, si fuera 23.1 Todos los actos emitidos por el Comité de el caso. Selección y el Comité de Apelación son noti¿cados - Indicar la razón social del postor o postores en caso a través del portal institucional de Osinergmin, salvo de consorcios. disposición distinta prevista en la presente Directiva. El Peruano / Martes 15 de marzo de 2016 NORMAS LEGALES 580877 23.2 La noti¿cación efectuada a través de publicación 24.7 Una vez suscrito el contrato, la ¿scalización en el portal institucional, surte efectos desde ese mismo posterior a la documentación presentada por el ganador día, computándose los plazos a partir del día hábil durante el proceso de selección y de la presentada para siguiente. Todos los plazos del proceso se entienden en la suscripción del contrato se realiza de la misma manera días hábiles. en que Osinergmin efectúa la ¿scalización posterior de los procesos regidos por la normativa de contratación TÍTULO V: DE LOS CONTRATOS DE SUPERVISIÓN pública, en lo que corresponda.

  23. Artículo 24.- Contrato de Supervisión Artículo 25.- Garantías contractuales 24.1 El Contrato de supervisión está conformado por 25.1 El Contrato de Supervisión contiene las garantías el documento que lo contiene, las Bases integradas del que deben otorgarse para asegurar su adecuada proceso de selección y las propuesta ganadora; así como ejecución y cumplimiento. los documentos que establezcan obligaciones para las 25.2 Las garantías contractuales consisten en partes derivados del proceso de selección. Carta Fianza incondicional, solidaria, irrevocable y de 24.2 Una vez consentida la designación, el ganador del realización automática en el país, al solo requerimiento proceso de selección deberá presentar al Área Solicitante, de Osinergmin, bajo responsabilidad de las empresas dentro de los quince (15) días hábiles posteriores, los que las emiten, las que deberán encontrarse bajo la siguientes documentos que constituyen requisitos para la supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros y suscripción de los Contratos de Supervisión: Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de a) Pólizas de seguro vigentes que las Empresas primera categoría que periódicamente publica el Banco Supervisoras contratarán directamente, las que deberán Central de Reserva del Perú. Las Cartas Fianza serán consistir en Seguro de Accidentes Personales, Seguro custodiadas y, de ser el caso, ejecutadas por la Gerencia de Salud y, cuando corresponda según lo indicado en las de Administración y Finanzas. Bases, el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo, 25.3 La Empresa Supervisora seleccionada está ante los diversos peligros en los que estén expuestos en obligada a presentar las siguientes garantías, a efectos el desarrollo de sus funciones y por el plazo que dure de suscribir el Contrato de Supervisión: el contrato. Las características mínimas de los seguros deberán sujetarse a lo establecido en la bases de cada a) Garantía de ¿el cumplimiento: Cuando el monto del proceso de selección. Contrato de Supervisión supere el cincuenta por ciento b) Certi¿cado médico de los profesionales que (50%) del límite máximo establecido para una Adjudicación realizarán las labores de supervisión. El examen será por Simpli¿cada para Servicios en las normas presupuestarias cuenta de la Empresa Supervisora y se realizará conforme anuales. El monto de esta garantía es equivalente al diez a las especi¿caciones indicadas en las Bases del proceso por ciento (10%) del monto del Contrato de Supervisión, de selección. y debe tener vigencia hasta treinta (30) días calendario c) Declaración Jurada Actualizada de no contados desde el día siguiente de la fecha de término estar incurso en alguna causal de impedimento, del contrato. incompatibilidad o prohibición prevista en la presente b) Garantía por el monto diferencial de propuesta: Directiva, similar a la presentada conjuntamente con Cuando la propuesta económica es inferior al valor su propuesta técnica. Para los supuestos de procesos referencial en más del diez por ciento (10%) de éste en de selección convocados bajo los alcances del el proceso de selección, para la suscripción del contrato numeral 9.2 del artículo 9 de la presente Directiva, se el postor ganador debe presentar una garantía adicional requerirá adicionalmente una declaración jurada de no por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) tener vínculo contractual vigente con ningún Agente de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta Supervisado por Osinergmin del subsector materia de económica. Dicha garantía debe tener vigencia hasta la convocatoria, excluyendo aquellas empresas con treinta (30) días calendario contados desde el día quien tengan la calidad de usuario del servicio. siguiente de la fecha de término del contrato. d) Garantías, según corresponda.

  24. Artículo 26.- Ejecución de garantías contractuales 24.3 El Área Solicitante otorga al ganador un plazo no Las garantías contractuales se ejecutarán a simple mayor a cinco (5) días hábiles para subsanar cualquier requerimiento de Osinergmin, en los siguientes supuestos: defecto u omisión en los documentos que constituyen requisitos para la suscripción del contrato. Vencido 26.1 La garantía de ¿el cumplimiento y la garantía dicho plazo, si el ganador del proceso de selección no por el monto diferencial de propuesta se ejecuta, en su cumple con los requisitos o si no suscribe oportunamente totalidad, sólo cuando la resolución del contrato por parte el contrato por motivos imputables a éste, pierde de Osinergmin debido a causa imputable a la Empresa automáticamente la designación efectuada, quedando Supervisora ha quedado consentida, o cuando en sede habilitado Osinergmin para contratar, siguiendo como judicial se declare procedente la decisión de resolver el orden de prelación el orden de mérito, con el postor que contrato. El monto ejecutado corresponde íntegramente a haya ocupado los siguientes puestos. Osinergmin, independientemente de la cuanti¿cación del 24.4 Para el caso de supervisores 4, previamente a daño efectivamente irrogado. la suscripción del contrato, el Área Solicitante veri¿ca el 26.2 La garantía de ¿el cumplimiento y, de ser cumplimiento de los requisitos establecidos en los literales necesario, la garantía por el monto diferencial de a), b) y c) del numeral 24.2 de la presente Directiva. propuesta, se ejecutan cuando transcurridos tres (3) días 24.5 En tanto cumplan con los requisitos exigidos en calendario de haber sido requerida por Osinergmin, la las Bases de los procesos de selección, una Empresa Empresa Supervisora no hubiera cumplido con pagar el Supervisora podrá contratar con más de un Área íntegro de las penalidades a su cargo establecidas en la Solicitante. liquidación ¿nal del Contrato de Supervisión, debidamente 24.6 Osinergmin suspende la suscripción de consentida o ejecutoriada. Esta ejecución será solicitada contratos de supervisión con la Empresa Supervisora por un monto equivalente al citado saldo de penalidades a que esté incursa en una ¿scalización por la presunta cargo de la Empresa Supervisora. presentación de información falsa o inexacta, o que 26.3 La garantía de ¿el cumplimiento y la garantía ha sido noti¿cada de una presunta causal de nulidad, por el monto diferencial de propuesta se ejecutan, en su en ambos casos relacionadas a cualquier proceso de totalidad, cuando se encuentre cuestionada judicialmente selección o contratación vigente con Osinergmin, en que la resolución del contrato y la Empresa Supervisora no la esté involucrada como postor, contratista o miembro de hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento. un consorcio que tenga la calidad de postor o contratista, Contra esta ejecución, la Empresa Supervisora no tiene hasta que se determine si corresponde o no declarar la derecho a interponer reclamo alguno. De serle favorable nulidad. el resultado del proceso judicial, y siempre que no existan 580878 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2016 / El Peruano deudas a cargo de la Empresa Supervisora, el monto supuestos de reemplazo el fallecimiento o incapacidad ejecutado le será devuelto a éste sin dar lugar al pago sobreviniente que impida el desarrollo del servicio de de intereses. supervisión. 28.4 Realizar previamente a la realización del servicio,

  25. Artículo 27.- Atribuciones de las Empresas la revisión o evaluación exhaustiva de la documentación Supervisoras o información relacionada con la unidad o instalación a Las Empresas Supervisoras, de acuerdo al marco supervisar o ¿scalizar, y las acciones de coordinación legal vigente y a las especi¿caciones contenidas en el previas con el agente supervisado cuando corresponda. contrato de supervisión suscrito con Osinergmin, tendrán, 28.5 Guardar reserva sobre la información o entre otras, las siguientes facultades: documentación de propiedad o en relación a los agentes supervisados por Osinergmin a la que haya accedido 27.1 Realizar inspecciones, con o sin previa por la prestación del servicio. En ese sentido, si en el noti¿cación. ejercicio de las facultades otorgadas, las Empresas 27.2 Requerir a los agentes supervisados por Supervisoras tuvieran acceso a información que reúna Osinergmin la exhibición o presentación de documentos, las características de secreto comercial, industrial o a cualquier otra información que pudiera ser cali¿cada como incluyendo libros contables, facturas, recibos, con¿dencial conforme a la normativa de la materia, deben comprobantes de pago, registros magnéticos/electrónicos informar de tal hecho al Área Solicitante. Esta obligación y en general todo lo necesario para el desarrollo del de reserva se mantiene aún después del vencimiento del servicio materia del contrato. Contrato de Supervisión. 27.3 Llevar a cabo los actos necesarios para 28.6 Absolver dentro del plazo que establezca el Área obtener o reproducir los documentos o archivos físicos o Solicitante, las observaciones y requerimientos que le magnéticos/electrónicos y demás que recojan, contengan formule sobre los informes presentados. o representen algún hecho, actividad o su resultado, que 28.7 Identi¿carse ante los agentes supervisados sean pertinentes al objetivo de la supervisión contratada como Empresa Supervisora contratada por Osinergmin, por Osinergmin. presentando la credencial correspondiente. 27.4 Tomar muestras, efectuar pruebas, analizar las 28.8 Devolver a la fecha de conclusión del servicio características de los equipos, revisar las instalaciones contratado, todos los documentos, informes, material y, en general, llevar a cabo cualquier diligencia que audiovisual o electrónico, notas y toda información conlleve al cumplimiento del servicio contratado por relacionada a la supervisión y ¿scalización realizada Osinergmin. Las diligencias dentro de las instalaciones de durante todos sus periodos contractuales, indistintamente los agentes supervisados están sujetas al cumplimiento de la causa de la culminación de su contrato. de condiciones de seguridad que prevé la normativa de 28.9 Disponer de equipos y demás instrumentos la materia. necesarios para el cumplimiento e¿ciente de los servicios 27.5 Registrar declaraciones de las personas que de supervisión o ¿scalización contratados. puedan brindar información relevante sobre el objeto de 28.10 Usar los implementos de seguridad que la supervisión contratada por Osinergmin. correspondan durante la prestación del servicio; mantener 27.6 Instalar equipos en las instalaciones de los durante la vigencia del contrato de supervisión, la vigencia agentes supervisados o en las áreas geográ¿cas y cobertura de las pólizas de seguros establecidas en vinculadas a la actividad objeto de la supervisión dicho contrato; así como cumplir con las disposiciones de contratada por Osinergmin, con la ¿nalidad de realizar seguridad y salud en el trabajo previstas en la normativa monitoreos, siempre que no di¿culte las actividades o la de la materia y el contrato de supervisión. prestación de los servicios de los agentes supervisados. 28.11 Levantar las actas de inspección, en presencia 27.7 Simular el rol de usuarios, cliente, potencial del personal de los agentes supervisados con quien se entienda la diligencia, permitiéndoles consignar en dichas usuario o cliente o tercero, entre otros, a ¿n de lograr actas las observaciones que consideren pertinentes; y, de el cumplimiento del objeto del servicio de supervisión ser el caso, consignar en ellas la negativa a ¿rmarla. Los contratado por Osinergmin. aspectos mínimos que debe contener el acta son: lugar, 27.8 Imponer las medidas administrativas a las que fecha, hora de inicio y ¿n de la diligencia, nombre de los expresamente la habilite el contrato de supervisión, que participantes, hechos constatados; así como los que se resulten necesarias ante la veri¿cación de algún hecho prevean en la normativa aplicable. que lo amerite. 28.12 En caso concluya la vigencia de la acreditación 27.9 Emitir observaciones y recomendaciones a las o similar otorgada a las Empresas Supervisoras de Nivel que expresamente la habilite el contrato de supervisión. A y Nivel B, remitir a Osinergmin la prórroga o renovación de la acreditación otorgada, en un plazo no mayor a los

  26. Artículo 28.- Obligaciones contractuales de las dos (02) días hábiles contados desde la fecha en la que Empresas Supervisoras concluyó la referida vigencia. En tanto las Empresas Las Empresas Supervisoras tienen las siguientes Supervisoras no cuenten con una acreditación vigente, no obligaciones: podrán ejecutar el servicio para el que fueron contratadas en calidad de Empresas Supervisoras de Nivel A o B. 28.1 Realizar en forma oportuna los servicios de supervisión o ¿scalización requeridos por Osinergmin, en Las Bases del proceso de selección y el contrato el marco del contrato de supervisión. podrán establecer obligaciones adicionales a las 28.2 Emitir los informes técnicos relacionados al enunciadas precedentemente. cumplimiento o incumplimiento del agente supervisado respecto de las obligaciones legales, contractuales Artículo 29.- Informes emitidos por las Empresas o de disposiciones emitidas por Osinergmin, según Supervisoras corresponda. Se incluye en esta obligación, la de reportar a Osinergmin aquellos aspectos relevantes que, aunque no 29.1 Las Empresas Supervisoras contratadas están sean materia del contrato de supervisión, sean detectados obligadas a presentar informes a Osinergmin de acuerdo por la Empresa Supervisora durante la prestación de sus a los requerimientos de cada Área Solicitante. El Informe servicios y dada su relevancia correspondan ser puestos tendrá carácter de Declaración Jurada y será suscrito por a conocimiento de Osinergmin. Para el cumplimiento de quien efectuó el servicio y remitido por el representante legal de la Empresa Supervisora. esta obligación debe observarse lo previsto en el artículo 29.2 Los informes no tienen carácter vinculante para 29 de la presente Directiva. Osinergmin. 28.3 Realizar los servicios de supervisión o 29.3 Los informes deben contener una descripción ¿scalización con las personas propuestas en el proceso detallada de los hechos constatados, que evidencien de selección. Solo se permite su reemplazo luego de el cumplimiento o acrediten el incumplimiento de la suscrito el contrato de supervisión, previa conformidad de normativa o de las disposiciones contractuales materia de Osinergmin, con personas que reúnan los requisitos que supervisión, y deben acompañar toda la documentación fueron materia de la propuesta técnica, sin perjuicio de la sustentatoria recabada. aplicación de las penalidades respectivas. No con¿guran 29.4 Al personal de las Empresas Supervisoras que El Peruano / Martes 15 de marzo de 2016 NORMAS LEGALES 580879 suscriba los informes, así como a sus representantes 33.3 El costo de los adicionales se determina sobre la legales, le son aplicables las disposiciones del artículo 425 base de las condiciones que originaron el contrato. del Código Penal, previsto para funcionarios y servidores públicos. Artículo 34.- Causales de resolución del contrato de supervisión

  27. Artículo 30.- Penalidades 34.1 Sin perjuicio de las acciones civiles y penales 30.1 Osinergmin impone las siguientes penalidades a que correspondan, de ser el caso, Osinergmin podrá la Empresa Supervisora: resolver el contrato de supervisión en caso las Empresas Supervisoras incurran en los siguientes supuestos: a) Penalidad por mora ante el incumplimiento del plazo en la realización de actividades o entrega de a) Ejecutar el servicio con personal no autorizado por informes u otra documentación. Esta penalidad se aplica Osinergmin. automáticamente y se calcula con la siguiente fórmula: b) Realizar la supervisión con profesionales no hábiles en el colegio profesional correspondiente. Penalidad diaria = 0.10 x M c) Ser inscrito en el Registro de Inhabilitación de FxP Empresas Supervisoras. d) Acumular por penalidades un importe equivalente al Donde: diez por ciento (10%) del monto del contrato. e) Coludirse con los administrados bajo cualquier F: Para plazos menores o iguales a 60 días: F = 0.40. circunstancia que pueda originar el otorgamiento de Para plazos mayores a 60 días: F = 0.25. derechos o bene¿cios a éstos, que no son conformes al M: Monto de la prestación materia de retraso. ordenamiento jurídico. P: Plazo en días en que debía cumplirse la prestación. f) Presentar información falsa o documentación inexacta a Osinergmin, haya o no obtenido un bene¿cio b) Penalidad por reemplazo del personal presentado como consecuencia de ello. en la propuesta técnica. Esta penalidad se aplica g) Realizar servicios de supervisión para los que no ha automáticamente y se inicia con 3 UIT para el primer sido contratado. reemplazo, 4 UIT para el segundo reemplazo, 5 UIT para h) No guardar reserva sobre la información obtenida el tercer reemplazo, y así sucesivamente. en la supervisión. c) Otras penalidades que se prevean en las Bases del i) No usar los implementos de seguridad que proceso de selección. correspondan al realizar el servicio de supervisión. j) Incumplir las disposiciones sobre condiciones de 30.2 Las penalidades se deducen de los pagos a seguridad y salud en el trabajo, establecidas por la efectuar a la empresa supervisora y, de ser el caso, del normativa de la materia o en el contrato de supervisión. monto resultante de la ejecución de la garantía de ¿el k) No haber efectuado la comunicación a que se cumplimiento o la garantía por el monto diferencial de refiere el numeral 9.5 del artículo 9 de la presente propuesta. Directiva. l) Incurrir durante la ejecución del contrato de

  28. Artículo 31.- Evaluación de la calidad del servicio supervisión en las causales previstas en los numerales de las Empresas Supervisoras 9.1 o 9.2 del artículo 9 de la presente Directiva. Al ¿nalizar el periodo contractual, el Área Solicitante m) En el caso de las Empresas Supervisoras de entregará a la Empresa Supervisora una Constancia de Nivel A y Nivel B; no remitir a Osinergmin la prórroga o Prestación de Servicios, que incluya el porcentaje de renovación de la acreditación o similar obtenida, en un penalidades impuestas respecto del valor del contrato plazo no mayor a los dos (02) días hábiles contados aplicadas durante su ejecución. desde la fecha en la que concluyó la referida vigencia. Las Bases pueden establecer causales adicionales.

  29. Artículo 32.- Plazo de duración del Contrato de Supervisión y renovación.- 34.2 El Contrato de Supervisión podrá resolverse, sin responsabilidad de ninguna de las partes, por 32.1 La duración de los contratos con las Empresas mutuo acuerdo, para lo cual se requiere que las partes Supervisoras es determinado en las Bases del proceso de suscriban un documento en el que conste la fecha selección, no pudiendo exceder de un (1) año. en la que se hace efectiva la resolución. En dicho 32.2 Los contratos de supervisión pueden ser supuesto, corresponde al Área Solicitante evaluar las renovados por periodos no mayores a un (1) año. Para consecuencias que genera a Osinergmin acordar la efecto de las renovaciones, no debe haberse aplicado a resolución contractual. la empresa supervisora penalidades superiores al tres por 34.3 Osinergmin podrá resolver el Contrato de ciento (3%) del monto del contrato. Supervisión en caso se produzca la Reducción del 32.3 El plazo máximo de los contratos de supervisión, Programa Anual de Supervisión, o cuando se veri¿que un incluidas las renovaciones, no puede exceder de cinco (5) supuesto de caso fortuito o fuerza mayor. años, a excepción del caso de los Supervisores 4 que no puede exceder de dos (2) años. Artículo 35.- Nulidad y Resolución de Contrato de Supervisión

  30. Artículo 33.- Prestaciones adicionales 35.1 Sin perjuicio de las acciones civiles y penales 33.1 La Gerencia General puede autorizar la a las que hubiere lugar, Osinergmin puede declarar la ejecución de prestaciones adicionales hasta por nulidad de o¿cio o resolver el contrato de supervisión. el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto 35.2 Osinergmin declara la nulidad de o¿cio de un del contrato original para alcanzar la ¿nalidad del contrato de supervisión cuando éste se ha perfeccionado contrato de supervisión suscrito, cuando se produzcan en contravención con la normativa que rige el proceso circunstancias sobrevinientes que no pudieron preverse. de selección o sin cumplir los requisitos para contratar. Para efectos de dicha autorización, la Gerencia Para tal efecto, la Gerencia de Administración y Finanzas General aprueba la modi¿cación del Programa Anual comunica el presunto vicio a la Empresa Supervisora de Supervisión, previo sustento del Área Solicitante por conducto notarial, a ¿n de que exprese las razones de las circunstancias sobrevinientes que no pudieron que considere conveniente a su derecho, en un plazo no preverse, así como del mayor número de prestaciones mayor a siete (7) días hábiles, y evalúa lo expuesto por la similares a las contratadas que se requieren para Empresa Supervisora. De veri¿carse la causal imputada, alcanzar la ¿nalidad del contrato de supervisión la Gerencia General procede a declarar la nulidad del suscrito, y la respectiva disponibilidad presupuestal. contrato. 33.2 En caso se apruebe la contratación de 35.3 Osinergmin puede resolver el contrato de prestaciones adicionales, la Empresa Supervisora debe supervisión cuando la Empresa Supervisora incurra en aumentar de forma proporcional las garantías que hubiese alguna causal de resolución de contrato prevista en la otorgado. presente Directiva o en las Bases del respectivo proceso de 580880 NORMAS LEGALES Martes 15 de marzo de 2016 / El Peruano selección. Para tal efecto, el Área Solicitante lo comunica Valor [Monto en números y letras, en Soles, incluido todos los a la Empresa Supervisora por conducto notarial, a ¿n de que exprese las razones que considere conveniente a su referencial tributos aplicables] derecho, en un plazo no mayor a siete (7) días hábiles, y evalúa lo expuesto por la Empresa Supervisora. De Calendario del Publicación de [dd/mm/aaaa] veri¿carse la causal imputada, la Gerencia General proceso convocatoria Publicación en diario y en http://www. procede a resolver el contrato. osinergmin.gob.pe 35.4 La declaración de nulidad así como la resolución contractual es comunicada a la Empresa Supervisora por Publicación de Bases [dd/mm/aaaa] conducto notarial. Publicación en http://www.osinergmin. 35.5 En caso se declare la nulidad o se resuelva el gob.pe contrato, siempre que exista la necesidad de culminar con la ejecución de las prestaciones derivadas de éste, sin perjuicio Registro de [dd/mm/aaaa] que la nulidad o la resolución se encuentre cuestionada participantes Registro electrónico: [identificación de judicialmente, Osinergmin puede contratar con alguno de proceso]@osinergmin.gob.pe los postores considerados en el resultado ¿nal. Para estos efectos, el Área Solicitante debe determinar las prestaciones Formulación de De: [dd/mm/aaaa] pendientes y el precio de estas, debidamente sustentados. Consultas A: [dd/mm/aaaa] De existir disponibilidad presupuestal, Osinergmin invita Remisión electrónica: [identificación de a los postores que participaron en el proceso de selección proceso]@osinergmin.gob.pe para que en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles mani¿esten su intención de ejecutar las prestaciones Absolución de [dd/mm/aaaa] pendientes por el precio y condiciones señalados en el Consultas e Publicación en http://www.osinergmin. documento de invitación. De presentarse más de una Integración de Bases gob.pe aceptación a la invitación, Osinergmin contratará con aquél postor que ocupó una mejor posición en el orden de Presentación de Acto público: [dd/mm/aaaa], [hh:mm prelación en el proceso de selección. Propuestas técnica y horas] económica Sede Osinergmin: [dirección]

  31. Artículo 36.- Registro de Inhabilitación de Empresas Supervisoras.- Difusión de Acto público: [dd/mm/aaaa], [hh:mm resultados de horas] 36.1 Se inscriben en el Registro de Inhabilitación de Empresas Supervisoras: Evaluación Técnica, Sede Osinergmin: [dirección] Evaluación de a) La descali¿cación del postor por presentar propuesta económica, información falsa y/o inexacta. designación y b) La declaración de nulidad de la cali¿cación del publicación de postor por presentar información falsa y/o inexacta. resultado final: c) La declaración de nulidad del contrato de supervisión. Consentimiento de la [dd/mm/aaaa] d) La resolución del contrato de supervisión. designación Publicación en http://www.osinergmin. gob.pe 36.2 El órgano a cargo de los actos indicados en el numeral precedente, debe comunicarlo el mismo Plazo de [plazo máximo 1 año], pudiendo ser renovado por períodos día a la Gerencia de Administración y Finanzas a contrato no mayores a un año, hasta por 5 años, por necesidades del efectos de que realice la inscripción en el Registro servicio, previa suscripción de adenda. de Inhabilitación de Empresas Supervisoras. La inscripción debe efectuarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes de producida la resolución o [Lugar, dd/mm/aaaa] declarada la descalificación o nulidad. 36.3 La inscripción en este Registro constituye un Comité de Selección de Empresas Supervisoras impedimento para: Resolución de Gerencia General Nº [número]-OS/GG a) Participar y ser postor en un proceso de selección de 1355770-1 Empresa Supervisora que se convoque en los siguientes tres (3) años de su inscripción en el Registro. b) Ser contratada como Empresa Supervisora por los siguientes tres (3) años de su inscripción en el Registro. 36.4 La inscripción en este Registro constituye una causal de descali¿cación de los procesos de selección de Empresas Supervisoras que se encuentren en trámite a la fecha de la inscripción en el Registro.

  32. Artículo 37.- Solución de Controversias Cualquier controversia relativa a la validez o ejecución del Contrato de Supervisión es discutida en la vía judicial, bajo la competencia territorial de los jueces y tribunales de la ciudad de Lima.

  33. Anexo 1. Formato de Convocatoria CONVOCATORIA El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin convoca al siguiente proceso de selección: Identificación Proceso de Selección Nº [número]-[año]-Osinergmin-[Área del proceso Solicitante] Objeto del Contratación de Empresas Supervisoras [Persona Jurídica/ proceso Persona Natural con negocio] que brinden servicios de [supervisión/fiscalización] a [Área Solicitante].

Resolución Nº 037-2016-OS ─ Directiva para la Selección y Contratación de Empresas Supervisoras · Nelum