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秘鲁的法律

Resolución Nº 035-2013-MINAGRI ─ Modifica la Resolución Nº 030-2005-AG, que crea el Consejo Nacional del Arroz

颁布于 2013-10-21 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Cultivated plants
关键词
institution, plant production, cereals/grains/rice, legal proceedings/administrative proceedings, policy/planning, crops, agricultural commodities, governance
类别
agriculture

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文本

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  1. Normas Legales del 22.10.2013 6 Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión Créase la Comisión Multisectorial de carácter temporal encargada de elaborar la propuesta de Estrategia de Saneamiento de la Pequeña Minería y de la Minería Artesanal. Esta Comisión dependerá de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Conformación La Comisión Multisectorial estará conformada por representantes titular y alterno de: La Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá; El Ministerio de Agricultura y Riego; El Ministerio de Energía y Minas; El Ministerio del Ambiente; El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN; y, La Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria - SUNAT. De acuerdo a la temática en revisión, la Comisión Multisectorial podrá invitar a participar en sus reuniones a otras entidades públicas de los tres niveles de gobierno vinculadas con el desarrollo de actividades de pequeña minería y minería artesanal, representantes de las asociaciones o gremios mineros, así como a personas que pudieran verse afectadas con el desarrollo de dichas actividades o cuya participación pueda coadyuvar con el encargo conferido a la Comisión. Artículo 3.- Acreditación de representantes Las entidades señaladas en el artículo 2° acreditarán a sus representantes, titular y alterno, mediante comunicación escrita dirigida al Presidente del Consejo de Ministros, en un plazo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 4.- Funciones La Comisión Multisectorial desarrollará las siguientes funciones: a) Elaborar la propuesta de Estrategia de Saneamiento de la Pequeña Minería y de la Minería Artesanal. b) Elaborar el Informe Final. Artículo 5.- Instalación La Comisión Multisectorial se instalará dentro de los cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para la acreditación de los representantes. Artículo 6.- Gastos El funcionamiento de la Comisión Multisectorial no irrogará gasto al Estado. Artículo 7.- Presentación de Informe Final El Informe Final a que se refi ere el literal b) del artículo 4° de la presente Resolución Suprema, será presentado a la Comisión Permanente de Seguimiento de las Acciones del Gobierno frente a la Minería Ilegal y del Desarrollo del Proceso de Formalización conformada por Decreto Supremo N° 075-2012-PCM, modifi cado por Decreto Supremo N° 076-2013-PCM. El citado Informe Final contendrá la propuesta de Estrategia de Saneamiento de la Pequeña Minería y de la Minería Artesanal. Artículo 8.- Plazo El plazo de vigencia de la Comisión Multisectorial vencerá el 31 de marzo de 2014. Artículo 9.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Agricultura y Riego y el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente GLADYS MONICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura y Riego LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 1003117-2 AGRICULTURA Y RIEGO Modifican conformación del Consejo Nacional del Arroz a que se refieren las RR.SS. Nº 030-2005-AG y Nº 046 2009-AG RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 035-2013-MINAGRI Lima, 21 de octubre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 030-2005-AG, se constituyó el Consejo Nacional del Arroz, encargado de identifi car, analizar y proponer el marco legal y los lineamientos de política para el corto, mediano y largo plazo para el desarrollo ordenado y sostenible de la cadena productiva del arroz; Que, por Resolución Suprema Nº 046-2009-AG, se modifi có la conformación del Consejo Nacional del Arroz, y se determinó que la Secretaría Técnica estaría a cargo de la Dirección General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Informe Técnico Nº 014-2013-AG DGCA/DPC-SASH, la Dirección General de Competitividad Agraria recomienda modifi car la conformación del Consejo Nacional de Arroz, a fi n de hacerlo representativo y funcional con la fi nalidad de su constitución, debido principalmente a las actuales condiciones de producción, ubicación, conectividad comercial y que los productores de arroz actualmente se encuentran agrupados en la Asociación Peruana de Productores de Arroz - APEAR, organización gremial representativa a nivel nacional de los productores arroceros del país que sustituyó al Comité Nacional de Productores de Arroz; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación de la conformación del Consejo Nacional del Arroz constituido por Resolución Suprema Nº 030-2005-AG, modifi cado por Resolución Suprema Nº 046-2009-AG Modifícase el artículo 2 de la Resolución Suprema Normas Legales del 22.10.2013 7 Nº 030-2005-AG, modifi cado por Resolución Suprema Nº 046-2009-AG, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- Conformación El Consejo Nacional del Arroz estará conformado por: El Ministro de Agricultura y Riego o su representante, quien lo presidirá. Tres (03) representantes de los Gobiernos Regionales, uno de la Costa Norte, uno de la Selva y uno del Sur. Cuatro (04) representantes de la Asociación Peruana de Productores de Arroz - APEAR. Dos (02) representantes de la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú, uno de la Costa Norte y uno de la Costa Sur. Un (01) representante de la Asociación Peruana de Molineros de Arroz - APEMA. Un (01) representante de los Importadores de Arroz. Un (01) representante de la Asociación de Comerciantes del Mercado de Santa Anita; y, Un (01) representante de la Autoridad Nacional del Agua - ANA”. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GLADYS MÓNICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción Encargada del Despacho del Ministerio de Agricultura y Riego 1003117-3 DEFENSA Autorizan viaje de Técnico de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 584-2013-DE/MGP Lima, 21 de octubre de 2013 Visto, el Ofi cio P.500-1805 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 4 de setiembre de 2013; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Organizadora (LARS - 2013), ha cursado invitación a la Marina de Guerra del Perú, para participar en la Semana Latinoamericana de Percepción Remota (LARS - 2013), a realizarse en las instalaciones del Centro de Extensión de la Pontifi cia Universidad Católica de Chile, ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 23 al 25 de octubre de 2013; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2013, la designación y autorización de viaje de UN (1) Personal Subalterno de la Dirección de Hidrografía y Navegación, para que participe en la mencionada actividad; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 7: Representación Nacional ante Organismos Internacionales, Ítem 36, Anexo 2 (RDR), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado por Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, de fecha 15 de marzo de 2013, y conforme a la modifi cación aprobada con Resolución Suprema Nº 405-2013-DE, de fecha 12 de agosto de 2013; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Técnico 3º Hid. Daniel Pablo FLORES Tanta, para que participe en la Semana Latinoamericana de Percepción Remota (LARS - 2013), a realizarse en las instalaciones del Centro de Extensión de la Pontifi cia Universidad Católica de Chile, ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 23 al 25 de octubre de 2013; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Técnico 3º Hid. Daniel Pablo FLORES Tanta, CIP. 03900241, DNI. 09822738, para que participe en la Semana Latinoamericana de Percepción Remota (LARS - 2013), a realizarse en las instalaciones del Centro de Extensión de la Pontifi cia Universidad Católica de Chile, ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 23 al 25 de octubre de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Santiago de Chile (República de Chile) - Lima US$ 790.00 US$ 790.00 Viáticos: US$ 370.00 x 3 días US$ 1,110.00 TOTAL A PAGAR: US$ 1,900.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Técnico comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa