Resolución Nº 035-2010-AG-SENASA-DSV ─ Requisitos fitosanitarios para la importación de flores frescas de Lirio procedentes de Chile
颁布于 2010-07-21 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant protection, pests/diseases, seeds/planting material, floriculture, international trade, plant production
- 类别
- *, agriculture
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文本
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Sistema Peruano de Informacion Juridica AGRICULTURA Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumptlmlento en la importaci6n de ffores frescas cortadas de lirio de origen y procedencia Chile RESOLUCION DIRECTORAL N° 35-2010·AG-5ENASA·DSV La Molina. 21 de julio de 2010 VISTO: Ellnforme N° 005-2009-AG-SENASA-DSVfSARVF de fecha 28 de enero de 2010, el cual busea estabtecer los requieitos fitosani1arios para la importaci6n de flares frescas cortadas de lirio (Iris spp.) de origen y procedencla Chile: v CONSIDERANDO: Que. conforme al Decreta Leqislativo N° 1059 - Ley General de Sanidad Agraria. el ingreso al pais como tmportacton. transite tntemaclonal a cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos veqetalee, animales y productos de oriqen animal, insumos agrarios, organismos benefices. materiales de empaque. embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir 0 propagar plagas y enfermedades, asi como los medios utilizados para transportarlos, se suietaran a las disposiciones que establezca, en el ambito de su competencia. la Autoridad Naclona! en Sanidad Agraria; Que, en el Articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreta Supremo N° 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Paqina 8 Sistema Peruano de Informacion Juridica Agraria publicara los requisites fito y zoosanitarios en el Diane Of idaI EI Peruano y 58 notiftcaran a la Orqanizacion Mundial de Comerclo: Que, ante el lnteres de importar al pais flores frescas cortadas de lirio (Iris spp.) procedente de Chile; la Subdirecci6n de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, inici6 el respective estudlo con la flnalidad de eetablecer los requisites fttosanttanos para la tmportaclon del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protecci6n al pais. minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenartas: De conformidad con 10 dispuesto en el Decreto legislativo N° 1059, el Decreto Supremo N° 01B-200B-AG, el Decreto Supremo N° 032-2003-AG, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Resoluci6n Directoral N° 09-2010-AG-SENASA-DSV Y con el visto bueno del Director General de Asesoria Jurtdica: SE RESUELVE Articulo umco.. Establecer los requisites fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importaci6n de flores frescas cortadas de Iirio (Iris spp.) de origen y procedencia Chile de la siguiente manera: 1. Que el envto cuente con el Permiso Fitosanitario de Importaci6n emitido por el SENASA obtenido por el importador 0 interesado. previa a la certificaci6n y embarque en el pais de origen 0 procedencia. 2. EI env!o debera venit acompanado de un Certificadc Fttoeanttano oflcial del pais de origen. en el cual se consigne: 2.1 Declaraci6n adicional: 2.1.1 Producto Iibre: Botrytis gladiolorum 3. los productos estaran contenido en envases nuevos y de primer uso. 4. Inspecci6n fitosanitaria en el punta de ingreso al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Direcci6n de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria Paqina 9