Resolución Nº 035/07/PRODUCE - Programa de vigilancia y control pesquero 2007
颁布于 2007-01-31 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, inland fisheries, policy/planning, inspection
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Sistema Peruano de Informacion Jurfdica PRODUCE Aprueban el "Programa de Vigilancia y Control Pesquero 2007" RESOLUCION MINISTERIAL N° 035-2007 -PRODUCE Lima, 31 de enero de 2007 Vistos: ellnforme Tecnico N° 001-2007-PRODUCE/DIGSECOVI-dif-prm de la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia, el Informe N° 024-2007-PRODUCE/OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificaci6n y Presupuesto, el Informe Tecnico N° 010-2007-PRODUCE/OPIR de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Racionalizaci6n de la Oficina General de Planificaci6n y Presupuesto y, el Informe N° 013 2007-PRODUCE/OGAJ-MUYLP; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27779 se cre6 el Ministerio de la Producci6n, cuya funci6n consiste en formular, aprobar y supervisar la polftica aplicable a las actividades extractivas y productivas de los sectores de Pesqueria y de Industria, promoviendo su competitividad y el incremento de la producci6n, asi como el uso racional de los recursos y la protecci6n del medio ambiente; Que, la Ley General de Pesca, aprobada por Decreto Ley N° 25977, en su articulo 1 establece que la finalidad del Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Producci6n) es promover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuente de alimentaci6n, empelo e ingresos y de asegurar el aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiol6gicos, optimizando los beneficios econ6micos; Que, la politica de desarrollo sectorial se orienta a promover, entre otros, el adecuado equilibrio entre el desarrollo socioecon6mico, la conservaci6n y el uso sostenido de los recursos hidrobiol6gicos y la preservaci6n del medio ambiente, conforme a los principios y normas de la Constituci6n Polftica del Peru, y del C6digo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y dernas disposiciones aplicables; Que, el articulo 100 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, establece que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Producci6n), por intermedio de la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia, asi como de las Direcciones Regionales de Pesqueria (hoy Direcciones Regionales de la Producci6n), llevara a cabo el control y vigilancia de las actividades pesqueras, para cuyo efecto lrnplernentaran los mecanismos necesarios para el estricto cumplimiento de las obligaciones por parte de los usuarios; Pagina 14 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica Que, mediante Informe Tecnico de vistos, la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia, recomienda implementar el "Programa de Vigilancia y Control Pesquero 2007", cuyo costa asciende a UN MILLON SESENTA Y DOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 062 000,00), el mismo que sera ejecutado mediante la modalidad de encargo a traves de las Direcciones Regionales de Producci6n -DIREPRO de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurimac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huanuco, Ica, Junin, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martin, Ucayali, Tumbes, Lima Provincias y Tacna, durante el periodo febrero - diciembre 2007; Que el referido Programa, tiene por objetivo lograr que las acciones de vigilancia y control pesquero se realicen a nivel nacional de manera eficiente y eficaz en cumplimiento a la normatividad legal pesquera, especialmente las que regulan la extracci6n, procesamiento, comercializaci6n y transporte de los recursos hidrobiol6gicos; asi como de las normas que regulan las actividades maritimo y continental, y de protecci6n al medio ambiente, con la participaci6n de las Direcciones Regionales de Producci6n de los Gobiernos Regionales en el ambito de sus competencias, para tal efecto, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificaci6n y Presupuesto mediante el Informe N° 024-2007-PRODUCE/OGPP-Op, ha opinado que existe disponibilidad presupuestal para atender el costa del mencionado Programa con cargo al presupuesto aprobado al Pliego 038 Ministerio de la Producci6n, para el presente ana fiscal; Que, estando a 10 solicitado por la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia y de conformidad con 10 previsto en la Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producci6n, N° 27789, el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de la Producci6n, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE, la Ley N° 27867 - Ley orqanlca de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001 PE, la Ley N° 28411 -Ley del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley N° 28927 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Afio Fiscal 2007; Contando con el visado del Viceministerio de Pesqueria, las Direcciones Generales de Seguimiento, Control y Vigilancia, de Asesoria Juridica, de Planificaci6n y Presupuesto y, de Administraci6n; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el "Programa de Vigilancia y Control Pesquero 2007", que se ejecutara mediante encargo a los Gobiernos Regionales y/o Direcciones Regionales de la Producci6n, sequn corresponda, de: Amazonas, Ancash, Apurimac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huanuco, Ica, Junin, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martin, Ucayali, Tumbes, Lima Provincias y Tacna, durante el periodo febrero - diciembre 2007, hasta por un monto de UN MILLON SESENTA Y DOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 062000,00), el mismo que en Anexo I, forma parte integrante de la presente Resoluci6n Ministerial. Articulo 2.- Aprobar el Texto del Convenio de Cooperaci6n Interinstitucional a suscribirse entre el Ministerio de la Producci6n y los Gobiernos Regionales de: Amazonas, Ancash, Apurimac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huanuco, Ica, Junin, La Libertad, Lambayeque, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martin, Ucayali, Tumbes, Lima Provincias y Tacna, para la ejecuci6n del Programa al que se refiere el articulo precedente, el mismo que en Anexo II, forma parte integrante de la presente Resoluci6n Ministerial. Articulo 3.- Delegar en la persona del Director General de la Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia, la facultad de suscribir, en representaci6n del Ministerio de la Producci6n, los Convenios de Cooperaci6n Institucional que corresponde. Articulo 4.- La Direcci6n General de Seguimiento, Control y Vigilancia (DIGSECOVI), asi como la Oficina General de Administraci6n (OGA) y la Oficina General de Planificaci6n y Presupuesto (OGPP) del Ministerio de la Producci6n, quedan facultadas para adoptar las Pagina 15 Sistema Peruano de Informacion Jurfdica acciones dentro de sus competencias para facilitar y verificar el cumplimiento de los objetivos y metas del "Programa de Vigilancia y Control Pesquero 2007", asi como, de la utilizaci6n racional de los recursos presupuestales y financieros asignados. Articulo 5.- EI egreso que demande el cumplimiento de la presente Resoluci6n Ministerial, sera afectado al Presupuesto aprobado al Pliego 038: Ministerio de la Producci6n para el Afio Fiscal 2007, con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, hasta por el monto consignado en el articulo 1 de la presente resoluci6n. Registrese, comuniquese y publfquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producci6n Pagina 16