Resolución Nº 034/98/PE - Declaración jurada y convenio previstos por la Resolución Nº 068/98/PE
颁布于 1998-02-16 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- marine fisheries, fishing vessel, legal proceedings/administrative proceedings, equipment, fishing gear/fishing method, mesh, fishery management and conservation
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pag. 157412 capmrano~ Lima, martes 17de febrerode 1998 Aprueban modelos de declaraci6n ju rada y convenio de garantfa de cabal cumplimiento de obligaciones conte nidas en la R.M. Nil 068-98-PE RESOLUCIONDmECTORAL N"034-98-PEIDNE Lima, 16 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante ResoluCi6n Ministerial N" 068-98-PE, de feeha 13 de febrero de 1998, se establece que los armadores de embarcaCiones pesqueras con capacidad de bodega entre los 32.6 m3 y 110 m3, podran dedicarse a partirdel dia siguiente de la publicaci6n de la Resoluci6n indicada hasta el 30 de junio de 1998 a laactividad extractiva de recursos hidrobiol6gicos para consume hu mano direeto, distinto a los autorizados en sus correspon dientes permisos de pesca, con excepCi6n de los reeursos anchoveta, sardina y merluza, cualquiera que fuera su destino. Que el inciso a) del Articulo 2"de la citada Resoluci6n dispone que para dedicarse a las actividades extractivas referidas en el considerando anterior, las embarcaciones pesqueras deben contar con permiso de pesca otorgado por el Ministerio de Pesqueria de conformidad al Deereto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento. Asimismo, los incisos d) y e) establecen que los armadores deberan presentarDeclaraCi6nJurada en laque se seiiale que cuentan con cajas con hielo 0 sistema CSW cuyo uso es obligatoriodurante las faenas de pesca y suscribirante la Direcci6n Nacional de Extracci6n del Ministerio de Pesqueria, DireccionesRegionales ySubregionales segUn corresponda, un convenio en el que se garantice el tiel y cabal cumplimientode cada una de las obligaciones conte nidas en la presente norma; Que en el mismo articulo a que se hace referencia en el considerando precedente, se contiere a la Direcci6n Nacional de Extracci6n del Ministerio de Pesquerfa la facultsd de aprobar mediante Resoluci6n Direetorallos modelos de Declaraci6n J urada y convenio a que se retie ren los incisos d) y e) del citado articulo; De conformidad a 10 establecido en la Resoluci6n Ministerial N" 068-98-PE; SE RESUELVE: Articulo lO.-Aprobar el modelo de Declaraci6n Jura da y Convenio a suscribirse ante la Direeci6n Nacional de Extracci6n del Ministerio de Pesqueria, Direcciones Re gionales y Subregionales de Pesqueria segUn correspon da, por el que se garantiza el tiel y cabal cumplimiento de cada una de las obligaciones contenidas en la Resoluci6n Ministerial N" 068-98-PE, los mismos que en anexo for man parte integrante de la presente Resoluci6n. Articulo 2".- Los armadores y empresas que deseen acogerse a 10dispuesto en la Resoluci6n Ministerial N° 068-98-PE deberan presentar a la Direcci6n Nacional de Extracci6n del Ministerio de Pesqueria, Direcciones Re gionales y Subregionales de Pesqueria segun correspon da: a) Solicitud dirigida al Director Nacional de Extrac cion Lima,martes 17de febrerode 1998 pag. 157413 b) Declaraci6nJurada en la que se senaleque cuentan con cajas con hielo 0 sistema CSW para la preservaci6n de los recursos hidrobiolegicos, cuyo uso es obligatorio du rante las Caenas de pesca. c) Original y tres copias del Convenio, segUn modelo del anexo, debidamente llenadoy suscritos por la persona natural 0 representante legal de la persona jurfdica po seedora de la embarcaci6n pesquera. d) Copia simple del documento en que consten los poderes para representar a la persona jurfdica, debida mente inscrito en el Registro correspondiente. En caso de personas naturales copia simple de su Libreta Electoral. Articulo 3".- Los usuarios podran recabar una copia del convenio, en la Oficina de TrAmite Documentario del Ministeriode Pesqueria, Direceiones Regionales ySubre gionales de Pesqueria, segUn corresponda. Registrese. comuniquese y pubHquese. CLAUSULAPRIMERA: ANTECEDENTES La suscripci6n del presente Convenio se realiza en base a las disposiciones establecidas en la Resoluci6n Ministerial W 068-98-PE de fecha 13 de Cebrerode 1998. a traves del cual el Ministerio de Pesquerfa dispone que losarmadores de embarcaciones pesqueras concapacidad de bodega entre los 32.6 m3 y 110 m3. podran dedicarse a partir del dia siguiente de la publicaci6n de la Resoluci6n indicada hasta el 30 de junio de 1998 a la actividad extractiva de recursos hidrobio16gicospara consume hu manadirecto, distinto a los autorizadosen suscorrespon dientes permisos de peSC8. con excepci6n de los recursos anehoveta, sardina y merluza, cualquiera que fuera su destino. CLAUSULASEGUNDA: OBJETO LUIS SHIMABUKUROMIYASATO Director Nacional de Extracei6n DECLARACIONJURADA RESOLUCION MINISTERIALN" 068-98-PE CONVENIO DE GARANTIADE FIEL Y CABAL CUMPLIMIENTO DE LAS OBUGACIONES CONTENIDAS EN LA R.M. N" 068-98-PE POR EL QUE SE DISPONE LAEXTRACCION DE RECURSOSBlDROBIOLOGICOSPARA CONSUMOBUMANODIRECTO,DISTlNTOS ALOSAUTORIZADOS EN SUS CORRESPONDIENTES PERMISOS DE PESCA., CONEXCEPCION DE LOS RECURSOS ANCB(}VETA., SARDINAYMERLUZA, CUALQUIERA QUE FUERASU DESTINO Por la presente, yo ...................................• identifica do Libreta Electoral N°............y domicilio legal en ...........................departamento................ ....• provincia ........... distrito representante y/o propietario de laCs) embarcaci6n(es) con mimero de matrfcula y capacidad de bodega ..........m3. declaro bBjojuramentocontar con cajas plas ticas y utilizar hielo como medio de preservaci6n de los recursos hidrobiol6gicos durante las faenas de pesca autorizadas mediante Resoluci6n Ministerial W068-98 PE. en virtud de la cual he suscrito el convenio cerres pondiente. La suscripci6n del presente Convenio genera a cargo del armador y/o la empresa pesquera las siguientes obli gaciones: CLAUSULATERCERA: OBUGACIONES E1 presente Convenio tiene por objeto garantizar el fiel y cabalcumplimientode las obligaciones a cargode los armadores y/o empresas pesqueras comprendidas en la R.M. W 068-98-PE de fecha 13 de febrero del presente ano. a) Contar con permiso de pesca otorgado por e1Minis terio de Pesqueria, de conformidad al Decreto Ley W 25977 - Ley General de Pesca y su Reg1amento. b) Estar inc1uidas en el Anexo I del Decreto Supremo W 008-97-PE 0 haber sido incorporadas al indicado anexo, mediante la Resoluci6n correspondiente. c) Utilizar en las faenas de pesca, redes de cerco con tamano minima de malla de 11hpulgadas (3S mm.) 0 el aparejo de pesca denominado espinel 0 palangre. d) Las actividades extractivas autorizadas en el Articulo 1° de Ia Resoluci6n precitada, se efectuaran fuera de la franja costera de las cinco (5) millas marinas y las operaciones de pesca deberan cumplir con las tallas minimas de extracci6n y demas especificas dicta das por el Ministerio de Pesqueria. e) Contar con cajas con hielo 0 sistema CSW para la preservaci6n de los recursos hidrobiolcgicos, cuyo uso es obligatorio durante las faenas de peSC8. oBrindar las facilidades que e1caso requiera, paraque los inspectores acreditados por la Direcci6n Nacional de Extracei6n del Ministerio de Pesquerfa, Direcciones Re gionales ySubregionales de Pesqueria, efectuenen forma a1eatoria las inspecciones tecniC8srequeridas con1afina Iidad de verificar 10 referente al incise d); asi como las labores de seguimientoy control dispuestas por el Articu lo5°de la Resoluci6n Ministerial~68-98-PE.dentro del ambito de sus respectivas competencias y jurisdiceiones. ........ de de 1998 NOMBRE Y APELLIDOS DEL DECLARANTE L.E.W HUELLA DIGITAL Conste por el presente documento, el Convenio que celebran de una parte el MINISTERIO DE PESQUE· RIA con RUC N° 13137196. con domicilio en representa do por el Director .. ........................................... a quien en adelante se deno minara"EL MINISTERIO". y de otra parte el armador o empresa con RUC W domici Iio en representada por identificado con Libreta Electoral W con poder inscrito en de los Registros PUblicosde representante de la(s) embarcaci6n(es) con matricu1a W . capacidad de bodega m3. a quien en adelante se Ie denominara"ELARMADOR" o"LAEMPRESA". en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULACUARTA: COMPROMISO GENERAL EI armador y/o la empresa asume el compromise de efectuar las faenas de pesca conforme al principio de pesca responsable que rige el Derecho Pesquero, en tal sentido, se compromete a asegurar la conservaci6n y racional explotaci6n de los recursos hidrobiol6gicos obje to del presente convenio. CLAUSULAQUINTA: COMPROMISOSESENC~S a) E] armador y/o la empresa declara asumir como compromiso esencial de este convenio, el acogimiento a 18 pag. 157414 capmumo~ Resoluci6n Ministerial N"068-98-PE de fecha 13de febre ro de 1998, y las condiciones establecidas en la misma. b) El armador y/o empresa declara asumir como com promiso esencial, que el incumplimiento de las obligacio nes contenidas en el presente convenio, dara lugar a la suspensi6n total de sus efectos juridicos a partir del dia siguiente de la notificaci6n que efectue la Direcci6n Na cional de Extracci6n del Ministerio de Pesqueria 0 las Direcciones Regionales y Subregionales de Pesqueria, segun corresponda. CLAUSULASEXTA: PLAZO DE DURACION El presente Convenio tendra como plazo de duraci6n, la vigencia de la Resoluci6n Ministerial N" 068-98-PE citada en la Clausula Primera del presente convenio. CLAUSULASEPTIMA: RESOLUCION Las partes expresamente acuerdan que el presente Convenio podra resolverse automaticamente y de pleno derecho, conforme a 10 establecido en el Articulo 1430"del C6digo Civil, en el supuesto de que" EL ARMADOR" 0 "LA EMPRESA" incumpla con alguna de las obligaciones y compromisos que se generan con la suscripci6n del presente documento y que se encuentran detalladas en las clausulas precedentes. Las partes declaran su plena conformidad con cada una de las clausulas comprendidas en el presente Conve nio, el mismo que se suscribe en original y tres copias a los ........ dias del mes de de mil novecientos noven tiocho. Lima, martes 17 de febrero d'e 1998 POR EL MINISTERIO DE PESQUERIA Director 1781 POR LA EMPRESA