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秘鲁的法律

Resolución Nº 034-2011-AG-SENASA-DSV ─ Levanta la suspensión de la importación de fibra de algodón sin cardar ni peinar de origen y procedencia de la India

颁布于 2011-10-17 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Cultivated plants
关键词
plant protection, pests/diseases, fibre crops, international trade, seeds/planting material, plant production, crops
类别
*, agriculture

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文本

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  1. Que. erarticulo 210 de Ia Decision 515 de ta Comunidad Andina de Nacicnes (CAN) prescribe que los Parses Miembros que realicen importaciones desde lerceros paises se asepuraran que las medidas sani tarias y filosan itarias que se exijan a tales «n portacones no imptquen un nivel de prolecei6n inferior at determinado por los requisrtos que se establezca en las normas comunilarias; Que. mediante Resoluci6n 1339 de la Secretaria General de ta CAN ee aprueba la Norma Sanitaria Andina para er comercioy movilizad6fl intrasubregionaly con terceroa parses de ovinos y caprinos domesticosy sus produdos . Que , el Jnforme N" 502 -2011-AG-SENASA-SCA -DSA de recna 05 de senerrore de 2011 recormenda que se publiquen los requisuos sanitarios para fa tmportacon de "I ripas saladas comest ibles de la especie ovma". siendo su origen y orocedenda Argentina; Que, ellnfonne NO 503-2011-AG-SENASA-5CA-DSA de fecna 05 de seterrore de 2011 reccrruenda que se publiquen los requisites sanitarios para la importaci6nde "Harina de Came y Hueso Ovino", serco su origen y prooedencia Argentina: De conformidad con 10 oecoeetc en er Decreta Leqtstanvc NO 1059 , e! Dec-etc Supremo N° 0 18-2008-AG, el Dec-etc Supremo NO 008~2005 ·AG, la Decision 515 de la Comunidad Andina de Nacores, la Resoluci6n 1339 de la CAN ; y con et visadc de la oncna de Asesorra Juddica: SE RESUELVE: A rticulo 1°. Establecer los requis itos san itarios eececmcce de cumptimiento obl igatorio para la importaci6n de determinadas mercancas peccaries sequn pa is de origen y procedencia, de acuerdo a los sigu ientes Anexos que forman parte integrante de ta presente Resoluci6n: a. ANEXO I : 'trees saadas comestibles de la esoece ovoa", senoc soorigen yprocecenca Argentina. b.ANEXO II : "HannadeCameyHueso Ovino", senocsuongen yprcceosroaArgentina A rticu lo 2°, Los anexos senataoos en el articulo precedente eeran pubTicados en et portal institutional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Articulo 3",- Disponer la ernisi6n de los Permisos Zoosanitarios de Irnportaci6n a partir de la fedla de publicaci6n de la presente Resoluci6n. Articu lo 4°, 8 SENASA, atraves de la Direcci6nde Sanidad Jlnirna!. podra adoptar las rnedidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el rumplimierlto de la presente norma. Registrese , comuniquese y publiquese, MIGUEL QUEVEDO VALLE Director General (e) de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 704762"1 Disponen levan ta r medl das fitosanJ tarias de suspensio n para 1a em isio n de Perm isos Fitosanitarios de Im p or tacion de fib ra de algodon sin peinar ni cardar de origeny procedencia la Ind ia RESOLUCI6N DIRECTDRAL N° 34-2011-AG-SENASA -OSV La Molina , 17 de octubre de 2011 VISTO: Ellnforme Tecnico N" 20-2011-AG-SENASA-DSV-SCVI SARVF de fecna 12 de octubre de 2011 , y. CONSIDERANDO: Que . conforme al Decreto Legisla tivo NO 1059 - Ley General de Sanidad Agraria , el ingreso al pais como importation, l ransito internacional 0 cua lquier otro re~ imen aduanero, de planlas y productos vegela les, anlmales y productos de origen animal , insumos agrarios. organ ismos beneficos, materia les de empaque. emba laje y acondicionamiento, cualquier otro malerial capaz de 11 int roducir 0 propagar plagas y en ferrnedades. eer como los medics unuzacos pa ra transportarlos. se suie taran a las dispos iciones que establezca , en el amb ito de su comoetencla, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria ; Que , er articulo 47" del Regtamento de Cuarenta Vegetal , aprobado por Decreto Supremo N° 032-2oo3-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA puede estebiecer medidas de emergencia, como rasuspension de lOS permisos fitosanitanos de importaci6n o los requisrtos fitosanitarios viqentes. basta que se establezcan las medidas litosanilarias que aseguren al pais manlener un adecuado nivel de protecci6n ntosannane: Que, mediante s esciocoo Diredoral NO 26-2011-AG SENASA-DSV, se rescivio suspender temporameote ta importaci6n de libra sin peinar n! cardar de algOO6n e hilados de algod6n considerados en las sub partidas arancelarias 5205 .12.00.00; 520513.0000; 520522.00.00: 520523.00.00: 5205.24,00.00; 5205.2£.00.00 de orqeny proceoenca India: Que, a ueves de la mendonada Resolud6ll , se dispuso que en un plazo maximo de 120 dias calendario, contados a partir de lapubficaccnde la Resolud6n Deectoral NO 26-2011 AG-5ENASA-DSV, las areas competentes de la DirecciOn de Sanidad Vegetal del SENASAefedOen la reevaluaci6n de los riesgos fitosanilarios asociados a los croouctos indicados en los Articulos 1° Y2"de dicna Resoucon Que , dentro del plazo contemplado en la Resclucon Directoral NO 26-2011 -AG-SENASA-DSV, las areas competentes de la Direcci6n de Sanidad Vegelal del SENASA. han proced ido a ta evafuacion correspondieme. emmenoc et Informe Tecmco del veto. conciuyenco que : (i) no se identifica ninguna plaga con potencial cuarentenario que pudiese seguir la via de entrada en fibra sin peinar ni career del aiqcoon en lOS bnaoos de alqodon procedente de ta India a! Peru: v. (ii) exrste un riesgo de mtrcouccen de pfagas reglamentadas en envies importados que ingresarian como ecompenentes del material de acondicionamiento 0 mala limpieza y oocaccnservacon de los contenedores que lransportan los envies: por 10 que, establecen las med idas litosanitarias necesarias para garanlizar un nivel adecuado de protecci6n al pais; Que , el Articulo 12" del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decre to Supremo N° 018-2008"AG , establece que el SENASA publicara los requis itos lito y zoosanitarios en e( Diario Ofidal EI Peruano y se notificaran a la Organizaci6n Mund ial de Comercio: Que , et Articulo 38°del Decrelo Supremo N"032-2003 AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal , establece que los requisitos litosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importaci6n al pais de planlas, productos vegelales y olros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resoluti6n del Organo de Linea Competente ; Que , es importante precisar que , entre las med idas fitosanitarias dietaminadas por la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal se encuentra la de continuar con el procedimiento de inspecciOn fitosanitaria de los envios considerados en las sub partidas arancelarias 5205,12, 5205 .13,5205.22,00,5205.23.00 ,5205.24.00 ,5205.26.00. de origen y procedentia de la India, incluidas en el Anexo I de fa ResoluciOn Diredoral N° 09-2010-AG-5ENASA-DSV, hasta el cumplimiento del plazo estipulado en la ResolutiOn Oirectoral N° 026-20 11-AG-SENASA-DSV ; De conlormklad con 10 dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059, el Decre to Supremo NO 018-2008-AG, el Decre to Supremo NO 032·2003·AG , el Decrelo Supremo N° 008-2005 -AG, la Resoluti6n Directoral NO 09-2010 AG-SENASA-DSV r con el visado de la Subd irecci6n de Cuarentena Vegeta y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articu lo 1°, Levantar la medida fitosan ilaria de suspensi6n para la emis ion de Permisos Fitosanitarios de Importaci6n de fibra de algod6n sin peinar ni cardar de origen y procedentia la India Articu lo 2",- Levantar la medida fitosanrtaria de suspensi6n de fas importaciones de los productos considerados en el Articulo 2° de la ResoluciOn Directoral N° 26-20 11-AG-SENASA-DSV. Articulo 3°, Disponer se realicen las inspecciones litosanitarias obligatorias a los envios considerados en el Articulo 2" de la Resoluci6n Diredoral NO 26 -2011-AG SENASA-DSV, hasla la culminaciOn del plazo estipulado en el articul04"de laResolutiOn, luegodel cual, de no deteClarse problemas litosanrtarios, los productos contemplados en las partidas sef\aladas seran considerados como Categoria de Riesgo Fitosanitaria (CRF) 1 de acuerdo a la Resoluti6n Directoral N° 09-2010-AG-SENASA-DSV. REAL TIME EIRL 12 Arti culo 4°. t coos los productos considera dos en ta Resotuc en puectcrat NO 26-2011-AG- SENASA-DSV deben wmplir los procedimientos contemplados en el Reglamento de Cuarenlena Vegetal. Registrese. comuniquese y publiquese JORGE BARRENECHEA CABRERA OirectOf General OirecciOn de Sanidad Vegetal seraee Nacional de Sanidad Agraria Dan por concJui da encargatu ra y encarganfunctonesde laAdminls t racion Loca l del Agua Maldonado RESOlUCI6N J EFAT\JRA l N° 718-20 11-ANA Lima , 18 de cctuore de 2011 CONSIDERANDO : Que. sequn el Reglamentode Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional de! Agua . aprobad o por Decreto Sup remo NO 06-20 10·AG, las Adminislra ciones locales de! Agua son unidades orqanlcas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectrvos ~mbilos terntonales: Que medi ante Resol uciOn Je fatural NO 011-201Q-ANA . se encargo las funcion es de la Administracion l ocal del Agua Maldonado. al sew Jorg e Cardo zo Suarez ; Clue, 50 ha visto por conveneree. dar par concluida la referida encargatura y en ccoeecoeoca encargar al nuevo proleSIOIlal que asuma las ftn:iones de la ctada Administraci6n local del Agua: Clue. conforme a 10 establecid o en la Primera Disposi06n CompIementaria Transitoria . del Reglamento de Orgamzaci6n yF~s de Ia AutoOdad Naoonal (Set Agua . aprobado con Decetc S!.JpremoIII" OQ6..201Q-AG. Ia Jelatura de la entidad esta facullada trarlSltonameflte para encargar mediante ResoluciOn Jelaual las !undones de las Administraaones l oca les del Agua ; De confOlTTlidad con 10 dispuesto en la ley III" 27594 , ley que Regula la Participaci6n del Poder EjecUtrvo en el Nombramiento y DeSignaci6n de FUIlOOnanos Publicos y el artiwlo 11° del Reglamento de Organizaei6n y Funoones (ROf) de la Autoridad Naciona l del Agua . apro bado per Deaelo Supremo III"OQ6..201Q-AG. SE RESUE lVE; Articulo Pr imero .- Dar por concluida. a partir de la fecha, la enca rgalura de funciones en la Adminis traci6n l ocal del Agua Maldonado, que lue olorgada al senor Jorge Cardozo Suarez mediante la Resoluci6n Je faturat NO 0 11-2010-ANA, dandosele las gracia s por los seN ia os prestados. A rti cu lo Segundo.- Encargar, a partir de la lecha , las lunciones de la Administraci6n local del Agua Maldonado. al senor l u is Arma rido Nieto Ramos. Registrese. comunlquese y publiquese. HUGO EDUARDO JARA FACU NDO .leI. Autoridad Nadooal del Agua DEFENSA AUlorizan vlajes de pe rsona l m llit ar de la Mari na a Mexico y Ca nada. en com ls io n de serv lcios RESOlUCI6N SUPREMA N-494-2011-OElMGP lima , 18 de oclubre de 2011 Visto et onere P,2OQ- 1474 del Director General del Personal de ta Marina . de lecha 15 de agosto de 2011; CONSIDERANDO: Que . las Conlefeneias Navales Interamencanas Especia lizadas de Telecomunicaciones Navales . benen por linalidad analizar y recomendar las normas de estandartzaciOn de los Sistemas de Comunicaeiones Navales Inlerameficanos; asi como, la implemernaci6n de medias de c:omunicaciones que penniten inlerconectar los niveles de Comando Operaciooal. a lin de agiliZar el intercambio de inlormaciOn entre las Marinas Quecontorman la Rec:llnteramencana de TeIeeomunicaciones Navaes: Que . Ia seeetaoa de la Red Interamencana de Telecoml.nicaaones Navales. ha wrsado invitaciOn para Que una delegaciOn de la Marina de Guerra del Peru . partiCipe en Ia VIII Conferencia Interameocana de Telecomunicaoones Navales (ClTN VIII). a realizarse en ta ciudad de verecue. Estados Unidos Mexicanos. del 23 al 28 de ocIubre de 201 1, Que . la Marina de Gue rra del Peru. na considerado dentro de sus pnondades par a el ano 201 1, la designatiOn y autorizaciOnde viaJede dos (2) Olici ales para que participen en la mencionada ccnrerence: Que . el Citado viaje se e ncuerera incluido en er Rubro 4: Actividad es Operacionales. Item 42. Anex o 1 (RO), mediante ResoluCi6n Suprema N" 252-20 11-DE de lecha 22 de junio de 2011. que mod il ica et Plan Anua l de Comisiones at Exterior prcneaoc del Sector Defensa Mo Fiscal 2011, ap robado eon Resol ucion Suprema NO 01s-.-2011-DEISG de l 13 de enero de 2011 y sus mocmcatones: Que, en ccnsecuenoe. resuna converuente para los intereses instltucionales, autoriz ar el viaje ar exterior en Comisi6n de servcc del Capil.an de Navlo Richa rd Edison VAlENZUELA Gallegos y del 'teoeote secuocc 5erglO DAVIS Vega. para que partiCipen en la VIii Conlefenoa InterameriCana de Telecomunicaciones Navales (CITN VIII). a reenzarse en Ia ciudad de Veracruz, Estados uoecs Mexicanos. del 23 al28 de octubre de 2011; por wanto los conocimienlos y experiencias a adquir'irSe reduridaran en benelicio de ta Segulidad Naciooal dentTO del ambtto de competencia de la Marina de Guerra del Peru: De conlormidad eonIa l ey III"27619 - Ley que regula la autorizaci6n de via,es a! exterior de servidores y IunQonariOs p(lblicos.1aley 11I"29605· Ley de OrganizaciOn y Funciones del Ministeno de Defensa y su Regtamento, aprobado por el Decre lo S!.Jpremo III" oo1-2011-OEI de fedla 29 de marzo de 2011.la Ley III"29626 - l ey de Presupuesto del 5edor PUblico para el Afto Fiscal 2011. eI Decreto Supremo III" 047-2002-PCM de feeha 5 de junic de 2002 y el Reglamenlo de Viajes al Ex:terior del Persona l Militar y Civi l del 5edor Defensa. aprobado pot el Decre to S!.JpremoN" 002-2004 DEISG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modllicatonas; SE RESUElVE: Articul o 1°. Autorizar el viaje al exterior en Com isi6n de Servicio del Capit~n de Navlo Richard Edison VALENZUELA Gallegos , CIP. 0189 0475 , ON!. 09538243 y del Tenient e Segundo Sergio DAVIS Vega . CIP. 01014134, ON!. 43307115, para Que participen en la VIII ConferenCia Intera mericana de Telecomunicaciones Navales (CITN VIII) , a realizarse en la ciudad de Veracrtlz, Estados Unidos Mexicanos. del 23 al 28 de octubre de 20 11. Articulo r .- EI Millisterio de Delens a - Marina de Guerra del Peru , eleetuar~ los pagos que correspondan, de acuerdo a los coneeptos siguientes: Pasajes: Lima - Veraauz(MEXICO)- Lima USS, 1.207,0Ih 2 personiIS = uss. 2.414.00{h:iJye TWAI Yliticos : US$. 220.00.6 dias. 2 personiIS Articulo 3".- EI Ministro de Defensa Quec:la lao.Mtado para variar Ia fedla de inicio y tffinino de Ia autorizaci6n a que 50 refiere el Artiwlo 1°, Sill exceder eltolal de dias autoriz ados; y sin varia r Ia actividad para la w al se autoriza el viaje . ri el nombre de los partici pantes. Articulo 4°. los Oficiales c:omisionados . deberan cumplir con 10 dlsptJesto en eI Articulo 6" del Decreto Supremo III" 047·2002-PCM de lecha 5 de jonio de 2002 , relaoonado con la sustenlaei6n de viaticos A rti cul o 5°. EI Olicial Supelior, deber~ eumplir con presentar un informe dela llado ante el TIlular de la Entidad, descn biendo las acciones rea liZadas y los resultados REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL