跳到主要内容
Nelum
秘鲁的法律

Resolución Nº 023-2017-OSINFOR ─ Directiva para el Fraccionamiento de multas impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR)

颁布于 2017-03-15 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Forestry
关键词
afforestation/reforestation, legal proceedings/administrative proceedings, offences/penalties, institution, inspection, forest management/forest conservation, community management, Indigenous Peoples, governance

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N.0 023 - 2017 - OSINFOR Lima, 1 5 MAR. ZD17 VISTOS: El Informe N.º 010-2017-0SINFOR/05.2.2, de fecha 03 de febrero de 2017, de la Jefa (e) de la Sub Oficina de Contabilidad y Tesorería, el Proveído N. º 017-2017 0SINFOR/04.1, de fecha 1 O de febrero de 2017, del Jefe (e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal N.º 051-2017-0SINFOR/04.2, de fecha "'"-\e iy r¡0 27 de febrero de 2017, del Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; '-" ~"' ~ ~ 1· ·0 s 0 ~) CONSIDERANDO: ,. OSI FOR ) "'j :~:<-e:~ ,r:J-/1 . ~ue, mediante Decreto Legislativo N. º 1085, ~e creó el Organismo de ~:~ Superv1s1on de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, . .<;)':·-;;,~ncarg.ado a nivel naci?~al de la supervisión y fiscalización d~I aprove~hamiento :jY~·"~stern~I~ y la co~servac1on de l?s recursos forestales y de fauna silvestre, as1 como de d 1 ° 0 ~s serv1c1os ambientales provenientes del bosque; 0 1 f R ~ 1'~~DfAsr!ffr!<.l~"#<:I Que, de igual forma, en el numeral 3.5 del artículo 3º del citado dispositivo legal, señala como una de las funciones del OSINFOR, dictar en el ámbito de su competencia, las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellas que se refieran a obligaciones o derechos contenidos en los títulos habilitantes; Que, el Decreto Legislativo N.º 1246, establece nuevas disposiciones en cuanto a la simplificación administrativa, a través de la implementación progresiva de la interoperabilidad en beneficio del ciudadano, prohibición de la exigencia de documentos, EJo º"' facilidades para efectuar el pago de derechos administrativos, entre otros; ~ ~ Que, es necesario simplificar los procedimientos del OSINFOR, en cuanto al :, os NFOR ;: fraccionamiento de multas, contribuyendo con la optimización y modernización de la °"0,¡-1 ,s,«-,p5 gestión del OSINFOR, facilitando a los administrados el acceso al fraccionamiento a ~~~~;:EJo través de un trámite sencillo y ágil, apuntando a mejorar la gestión de cobranzas en la '.1-\)t º"' . 't . , :;f ~ 1nst1 uc1on; .<:] -~ ~ ~ VI B': º ~ 6 ílToR 'iJ Que, se debe tener en cuenta que el inciso 72.1 del artículo 72º del Reglamento 't¡.'*,L) \.. ;;-?>"" para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N. º 018-2015-MINAGRI , ·'NE~MIENm~ establece que las "garantías de fiel cumplimiento a favor de las ARFFS, deben mantenerse durante toda la vigencia de la concesión y servir como respaldo para, el pago de multas al titular, por haber incurrido en alguna de las conductas infractoras tipificadas en el reglamento .. "; Que, de acuerdo a lo desarrcllado en los considerandos precedentes, mediante 1 informe de vistos la Sub Oficina de Contabilidad y Tesorería, propone la Directiva de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el OSINFOR, a fin de regular una de las modalidades de cobranza establecidas por la entidad, debiendo dejarse sin efecto la Resolución Presidencial N.º 047-2014-0SINFOR, que aprueba la Directiva N.º 011 2014-0SINFOR/05.2.4; Que, que la propuesta de Directiva de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre OSINFOR, tiene como objeto establecer el procedimiento y condiciones para acceder al fraccionamiento de las multas impuestas por el OSINFOR, por la comisión de infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre, asimismo, la finalidad es o•s facilitar a los administrados el cumplimiento del pago de las obligaciones por concepto p"'<;i~\ c EJ~" · multas impuestas por el OSINFOR, por la comisión de infracciones a la legislación g o o r 'estal y de fauna silvestre, a través de la modalidad de fraccionamiento; ~ o ~ ~ s~-1 # Que, mediante proveído de vistos el Jefe (e) de la Oficina de Planeamiento y "<~sEso1<~;. resupuesto, hace suyo el Informe N. º 003-2017-0SINFOR/04.1.1-FPPL, emitido por la Jefa (e) de la Sub Oficina de Planeamiento, donde concluye que el proyecto de Directiva de Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, contempla la estructura de acuerdo a la Directiva N. º 003-2016-0SINFOR/04.1 "Documentos de Gestión del OSINFOR" aprobado por Resolución Presidencial N.º 105-2016-0SINFOR, por lo que recomienda su aprobación; Que, en el numeral 9.4 el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N.0 065-2009-PCM, se establece que es función del Presidente Ejecutivo: emitir normas, reglamentos resoluciones y directivas referidas a asuntos de su competencia; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal de vistos, ha opinado favorablemente respecto del proyecto de Directiva materia de análisis, recomendando su aprobación; Con las visaciones del Secretario General (e), de los Jefes (e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N. º 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre OSINFOR y su Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre-OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 065-2009-PCM; 2 SE RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- APROBAR la Directiva N.º 009-2017-0SINFOR/05.2 kc 1 SEJo ~Directiva para el Fraccionamiento de Multas Impuestas por el Organismo de / ;;;,'!-"'" --w,-~ upervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR y sus W , Bº -~ , nexos , la misma que forma parte integrante de la presente resqlución presidencial. \~- FCR 0 ) ~;,, , ; -x.~~'.;":/ ARTÍCULO 2º.- La Directiva aprobada en el artículo precedente entrará en ' 'R·'-'>·· vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el portal institucional de la entidad, quedando sin efecto la Directiva N.º 011-2014-0SINFOR/05.2.4, aprobada por Resolución Presidencial N.º 047-2014-0SINFOR, salvo para las solicitudes . .---~ presentadas, en trámite y/o aprobadas antes de la vigencia de la directiva aprobada, 1~::--::- <\ 'i'~\lªs cuales se regirán hasta su culminación por la Directiva N.º 011-2014 (f -~ ?SINFOR/05.2.4. v~,,º 1 ¡: R,1-~) ARTÍCULO 3º.- NOTIFICAR la presente resolución presidencial y-sus anexos '-~~"..'.V a todos los órganos y unidades orgánicas del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, para su conocimiento y cumplimiento que corresponda. ARTÍCULO 4º.- DISPONER que la Oficina de Tecnología de la Información, publique la presente resolución presidencial y sus anexos en el Portal Institucional de Organismo de S1,.1pervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre OSINFOR (www.osinfor.gob.pe). 3 Presidencia Organismo de Supervisión de los Recursos PERÚ del Consejo de Ministros Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR . . ' ·. DI R/SG/OA/009-2017 ' ' DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración "Año del Buen Servicio al Ciudadano" Fecha de Aprobación: Fecha de Publicación : DIRECTIVA Nº 009-2017-0SINFOR/05.2 FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL ORGANISMO DE SUPERVISIÓN DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE - OSINFOR OFICINA DE ADMINISTRACIÓN 2017 1 5 MAR. 2017 1 5 MAR. 7017 Pág. 1 Presidencia Organismo de Supervisión de los Recursos PERÚ del Consejo de Ministros Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración ÍNDICE DI R/SG/OA/009-2017 Fecha de Aprobación : Fecha de Publicación: 1 ~ MAR. 20·¡7 1 5 ~lAR . 20'i7 INTRODUCCIÓN ....... ........................................................................................................... 3 DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS EN EL ORGANISMO DE SUPERVISIÓN DE LOS RECURSOS FORESTALES V DE FAUNA SILVESTRE - OSINFOR ................. 4 l. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 OBJETIVO ..... .. .. .... .... .. . . .. .. .... .. .... ..... .. . .. . .... . .. .......... .................... ...... ...... 4 1.2 FINALIDAD .. ......... ..... ....... .. .... .... .... ....... .. ...... ...... ... .... .. ..... ... ......... .. ......................... 4 1.3 BASE LEGAL. ..... ...... ... ... ............... ...... ...... ...... .. .......... ... ...... ... ......... ......... ...... ..................... 4 1.4 ALCANCE ................................................. ............ ............................................. ......... .......... 5 1.5 DEFINICIONES y NOMENCLATURA ...... ............ ..................... ... ..................... ... ...... ... ... .... 5 1.6 ACRÓNIMOS ............... ............................... .. ...... .................. ........................ ...... ................. 5 11 . DISPOSICIONES ESPECIFICAS 2.1 DEUDAS QUE PODRÁN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENTO .... ........ ............ ..... . 6 2.2 DEUDAS QUE NO PODRÁN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENT0 .......... .. ............... . 6 2.3 REQUISITOS ...... ... ............................................. .................................... .... .. .. .... ...... ... ...... .. 7 2.4 PROCEDIMIENTO .................... ......... ...... ... ........................ ......... ............. .. ...................... . 8 2.5 DIFUSION y SEGUIMIENTO DE LA DIRECTIVA ... ............ ............ .................................... 11 2.6 RESPONSABILIDADES ....................... ............. ............................................. ...................... 11 ... · @ ~~~\'. ~ uo o~~~~> 111. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ................................. ............................................. ... .. 11 , ei° "'é,\ 3.1 CAUSALES DE PÉRDIDA DE FRACCIONAMIENTO ....................................... .................. 11 51~\'oR A\: 3.2 EFECTOS DE LA PÉRDIDA DE FRACCIONAMIENTO .................. ............ .. .... .................. 12 '\'-(¡;. -~'' / " ·' ;,' ~' co1N':':- :./ ........... t :.:: ~ .... ·· · ANEXOS ........ .... .... .. .... ... .................... .. .... ............ ... .... ............................. .. ... .... .. ........ ....... ... 11 Pág. 2 Presidencia Organismo de Supervisión de los Recursos PERÚ del Con.eje de Ministros Forestales y de Fauna Silvestre-OSINFOR . . ' DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración INTRODUCCIÓN DI R/SG/OA/009-2017 Fecha de Aprobación: Fecha de Publicación: 1 5 MAi~. 2017 El Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, es un Organismo Público Ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; encargada a nivel nacional, de supervisar y fiscalizar el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque otorgados por el Estado a través de diversas modalidades de aprovechamiento; de esta manera contribuye a la promoción del comercio legal de los productos madereros, a la mejora del valor económico de los recursos forestales y de fauna silvestre y, por ende a su manejo sostenible. La Directiva para el fraccionamiento de multas impuestas por el OSINFOR se ha formulado sobre la necesidad de actualizar y flexibilizar los requisitos y condiciones establecidos en la Directiva Nº 011-2014-0SINFOR/05.2.4, aprobada mediante Resolución Presidencial Nº 047-2014-0SINFOR de fecha 24 de junio del 2014, definiéndose el objeto, la finalidad, el alcance, disposiciones generales, disposiciones específicas, disposiciones complementarias y responsabilidades. La presente Directiva tiene como objeto contar con el marco normativo actualizado, flexib ilizando los requisitos, plazos y condiciones en la aplicación de esta norma, a fin de lograr que más titulares puedan acogerse a esta modalidad de pago, contribuyendo de esta manera al cumplim iento del Plan de Cobranzas de Multas del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR. Pág. 3 ' Presidencia Organismo de Supervisión de los Recursos PERÚ del Consejo de Ministros Forestales v de Fauna Silvestre -OSINFOR DIR/SG/ON009-2017 DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración Fecha de Aprobación: Fecha de Publicación: DIRECTIVA Nº 009-2017-0SINFOR/05.2 1 5 MÁR. ?.017 1 S i'iAR. 20"i7 DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL ORGANISMO DE SUPERVISIÓN DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE - OSINFOR l. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Objeto Establecer el procedimiento y condiciones para acceder al fraccionamiento de las multas impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, en adelante OSINFOR, por la comisión de infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre. 1.2 Finalidad Facilitar a los administrados el cumplimiento del pago de las obligaciones por concepto de multas impuestas por el OSINFOR, por la comisión de infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre, a través de la modalidad de fraccionamiento. 1.3 Base Legal La aplicación de la presente directiva se sujeta a lo prescrito en las siguientes normas: 1.3.1 Decreto Legislativo Nº 1085, Ley que crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre. 1.3.2 Decreto Legislativo Nº 1319, establece medidas para promover el comercio de productos forestales y de fauna silvestre de origen legal. 1.3.3 Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1085, aprobado por Decreto Supremo Nº 024 2010-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 034-2015-PCM. Decreto Supremo Nº 065-2009-PCM, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y su Reglamento. Ley Nº 27444, Ley del procedimiento Administrativo General y sus modificaciones. Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería. Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal. 1.3.9 Resolución Presidencial Nº 020-2017-0SINFOR, aprueba el Reglamento del Procedimiento Administrativo Ünico (PAU) del OSINFOR. 1.3.1 O Resolución Presidencial Nº 059-2016-0SINFOR, aprueba la Directiva Nº 010-2016 0SINFOR/05.2 Directiva para Declarar de Cobranza Dudosa u Onerosa las Deudas por concepto de Multas Impuestas por el OSINFOR. Pág. 4 Presidencia Organismo de Supervfslón de los Recursos . PERÚ del Consejo de Ministros Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR 1 DI R/SG/OA/009-2017 DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración 1.4 Alcance Fecha de Aprobación: Fecha de Publicación: r i- - - ~J ,., ... ,., ! '.J l~tlí\' !.U 11 La presente directiva es aplicable a los administrados sancionados con multas por infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre impuesta por el OSINFOR, cuyo monto mínimo adeudado sea igual o mayor a O. 17 UIT, conforme a las disposiciones establecidas en la presente Directiva. 1.5 Definiciones En adelante y para efectos de la presente directiva, se entenderá por: 1.5.1 Administrado: Persona natural o jurídica sancionada por el OSINFOR, por haber cometido infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre. 1.5.2 Fraccionamiento: Modalidad de pago que permite al administrado cancelar su multa a plazos. 1.5.3 Deuda a fraccionar: Monto de la multa impuesta actualizada con la UIT de la fecha de pago y de la cuota inicial de fraccionamiento, descontando los pagos a cuenta que hubiera efectuado. 1.5.4 Cuota inicial: Monto que constituye la primera cuota del fraccionamiento cuyo cálculo resulta de aplicar el porcentaje señalado en la presente Directiva 1.5.5 Cuotas: Monto fijo conformado por el interés y la amortización. 1.5.6 Intereses: Monto resultante del saldo de la multa a fraccionar por la Tasa de Interés de Fraccionamiento-TIF. 1.5.7 Amortización: Monto resultante de la diferencia de la cuota menos los intereses, reduciendo el saldo de la multa. 1.5.8 Tasa de Interés de Fraccionamiento: Es el equivalente a la tasa de interés legal efectiva en moneda nacional, publicada por la Superintendencia de Banca, Seguro y AFP-SBS. 1.5.9 Multa: Sanción pecuniaria, expresada en UIT, impuesta mediante Resolución Directora! en un Procedimiento Administrativo Único (PAU). 1.6 Acrónimos 1.6.1 TIF: Tasa de Interés de Fraccionamiento 1.6.2 UIT: Unidad Impositiva Tributaria. 1.6.3 TFFS: Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre. Pág. 5 Presidencia Organismo de Supervisión de los Recursos PERÚ del Consejo de Ministros Forestales v de Fauna Silvestre - OSINFOR DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR DI R/SG/OA/009-2017 Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Fecha de Aprobación: Propuesto por: Oficina de Administración Fecha de Publicación: 1 S i1ÁR. 20í7 11. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 2.1 Multas materia de Fraccionamiento 2.1.1 2.1.2 2.1.3 Las multas pendientes de pago cuyo monto adeudado sea igual o mayor a 0.17 UIT, cuando: • No hayan sido objeto de impugnación (en todos sus extremos) administrativa o judicial; o, en caso hayan sido impugnadas, se acredite el desistimiento del recurso presentado; o • Hayan sido declaradas firmes en segunda instancia administrativa o confirmadas en la vía judicial. Pago Inicial de las multas que se acojan a las modalidades de compensación. Las multas en ejecución coactiva. 2.2 Multas que no son materia de Fraccionamiento 2.2.1 Aquellas multas impuestas por el OSINFOR, que, a la fecha de la solicitud, se encuentre en trámite el recurso impugnativo o cuyo plazo de interposición aún no haya vencido. 2.2.3 Aquellas que hayan sido materia de pérdida de fraccionamiento y otras modalidades de pago. 2.3 Requisitos 2.3.1 Presentar la solicitud de acuerdo al formato establecido (Anexo 1) 2.3.2 En caso que la persona que suscribe la solicitud actúe en representación deberá indicar el número de la partida y zona registra! donde conste inscrito el poder. En caso el poder no se encuentre inscrito ante SUNARP, deberá adjuntar copia de poder otorgado mediante documento público. 2.3.3 Cuota Inicial, debiendo indicar en su solicitud el día y el número de constancia de pago. 2.3.4 Copia del acta de asamblea comunal donde acuerden acogerse a esta modalidad de fraccionamiento. 2.3.5 Presentar previamente desistimiento del recurso impugnatorio (Anexo 2) ante el órgano competente, en caso que la deuda se encuentre impugnada ante el OSINFOR, debiendo consignar en su solicitud el número de registro. 2.3.6 De ser el caso, si el administrado tiene en trámite una demanda contenciosa administrativa, acción de amparo u otro proceso judicial vinculado a la multa materia de compensación, deberá adjuntar copia fedateada del cargo de solicitud del desistimiento presentado ante el órgano competente. Pág. 6 " < Presidencia Organismo de Supervfslón de los Recursos , PERÚ del Consejo de Ministros forestales y de fauna Siivestre- OSINFOR ' ' DI R/SG/OA/009-2017 ' ~ ' < DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración 2.4 Cuota Inicial Fecha de Aprobación: Fecha de Publicación : 1 r /14 ri1 •J ·-. ..rv¡ ¡"' j i• 1\ ' /.11 El pago de la cuota inicial constituye la principal condición para otorgar un fraccionamiento, en caso de no ser aprobada la solicitud, dicho pago será considerado a cuenta de la deuda. El monto mínimo de la cuota inicial, en todos los casos señalados en el punto 2.1, es de: 10% 15% 20% Cuando la multa tenga resolución de primera instancia administrativa Cuando la multa haya sido impugnada administrativa o judicialmente Cuando la multa haya sido remitida para ejecución coactiva 2.5 Plazos de Fraccionamiento La administración podrá otorgar un fraccionamiento teniendo en consideración el factor de multa impuesta, será de acuerdo a los siguientes plazos. Por el importe resultante de la multa en el nivel V, se establece adicionalmente que la cuota mensual no será menor al 3% de la UIT. Mayor a SO UIT 60 11 Mayor a 20 hasta SO UIT 50 111 Mayor a 10 hasta 20 UIT 40 IV Mayor a 2 hasta 10 UIT 36 V Mayor a 0.17 hasta 2 UIT 24 2.6 Procedimiento para la presentación y calificación de la Solicitud 2.6.1 Inicio del procedimiento El administrado presenta la solicitud y demás requisitos ante la Mesa de Partes de la Sede Central o de las Oficinas Desconcentradas del OSINFOR. La solicitud está dirigida al Jefe de la Oficina de Administración y debe contar con la firma del administrado, en caso de no saber firmar o estar impedido, su huella digital. Pág. 7 1 Presidencia Organismo de Supervrsfón de los Recursos PERÚ del Conse¡o de Ministros Forestales v de Fauna Silvestre - OSINFOR DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración DIR/SG/ON009-2017 Fecha de Aprobación : Fecha de Publicación: Los responsables de la recepción de la solicitud, deben previamente verificar que la información contenida y la documentación adjunta reúnan los requisitos estipulados en la presente Directiva. De no encontrarse conforme, deberán solicitar su subsanación en un plazo no mayor de dos (02) días hábiles más el término de la distancia, y una vez efectuada ésta remitirla a la Oficina de Administración para el trámite correspondiente. En caso de no ser subsanada, en el plazo señalado, se tendrá por no presentada. La solicitud constituye la voluntad del administrado de acogerse a la modalidad de fraccionamiento. La solicitud y anexos que reúnan los requisitos, serán remitidos a la Oficina de Administración. 2.6.2 Calificación de la solicitud Una vez recibida la solicitud completa, la Oficina de Administración, tiene un plazo máximo de quince días (15) hábiles para atender el pedido, debiendo cotejar que cumpla con la documentación requerida en la presente Directiva. La Sub Oficina de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración es la responsable de la calificación. En el caso de solicitudes de fraccionamiento de cuota inicial para acceder a la compensación de multas, la evaluación y calificación se realizará en conjunto con la solicitud de compensación . 2.6.3 Aprobación de la solicitud En caso que lo solicitado cumpla con las condiciones estipuladas en la presente, la Sub Oficina de Contabilidad y Tesorería de la Oficina de Administración proyectará la Resolución Jefatura! que aprueba el fraccionamiento. El proyecto de Resolución Jefatura!, será derivado a la Oficina de Asesoría Jurídica para el visado correspondiente, conjuntamente con la solicitud y sus anexos. Con los visados de la Sub Oficina de Contabilidad y Tesorería y la Oficina de Asesoría Jurídica, se remitirá la Resolución Jefatura! a la Oficina de Administración para su firma. La Resolución Jefatura! de aprobación consignará: • Nombre o Razón Social del administrado. • Número de documento nacional de identidad o número de RUC del administrado. • Nombre y número de DNI del representante legal, cuando corresponda. • Número de título habilitante. • Número y fecha de la Resolución Directora! de sanción que impuso la multa materia de fraccionamiento. • Monto de la deuda a fraccionar. • Monto de la cuota inicial • Plazo del fraccionamiento • Tasa de interés aplicable Pág. 8 Presidencia Organismo de Supervfslón de los Recursos PERÚ del Conseso de M1n1Stros Forestales y de Fauna Silvestre -OSINFOR ' ' ... · DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración DIR/SG/ON009-2017 Fecha de Aprobación: Fecha de Publicación: 1 :; iii\I~. ?.017 1 :i i~AR . 20·¡7 • Incorporará un anexo del cronograma de pagos, donde detalla el monto de las cuotas mensuales y sus fechas de vencimiento. La Resolución Jefatura! deberá ser notificada al administrado conforme a ley, así como remitida a la Sub Oficina de Contabilidad y Tesorería para su actualización en el Módulo de Recaudación de Caja, a la Dirección de Línea correspondiente y a la Oficina Desconcentrada encargada. En caso, la emisión de la deuda materia de fraccionamiento se encuentre en ejecución coactiva , con la emisión de la Resolución Jefatura! de aprobación se suspenderá el procedimiento, conforme al inciso g) del artículo 16º del T.U.O de la Ley N° 26979. Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008 JUS y su Reglamento. 2.7 Vencimiento La segunda cuota vencerá según la fecha de la Resolución de Fraccionamiento. • Las resoluciones emitidas durante la primera quincena del mes vencerán el día 15 del mes subsiguiente. • Las resoluciones emitidas durante segunda quincena del mes vencerán el día 30 del mes subsiguiente, de acuerdo al plazo aprobado en el cronograma. 2.8 Imputación y prelación de pagos Se tendrá en cuenta lo sigu iente: • El pago efectuado se imputará en primer lugar al interés del fraccionamiento, en segundo lugar a la cuota de amortización. • De existir cuotas vencidas no canceladas los pagos que se realicen se imputarán en primer lugar a la cuota más antigua pendiente de pago, observando lo establecido en el párrafo anterior. 2.9 Seguimiento El seguimiento del cumplimiento del fraccionamiento es realizado por la Oficina de Administración con el apoyo de la Sub Oficina de Contabilidad y Tesorería y las Oficinas Desconcentradas. 2.1 O Responsabilidades El cumplimiento de la presente Directiva es de responsabil idad de los siguientes órganos: • La Oficina de Administración. • Las Oficinas Desconcentradas. • La Oficina de Asesoría Jurídica. • La Sub Oficina de Contabilidad y Tesorería • La Sub Oficina de Administración Documentaria y Archivo. Pág.9 Presidencia Organismo de Supervisión de los Recursos PERÚ del Consejo de Ministros Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración 111. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 3.1 Causales de pérdida del fraccionamiento DI R/SG/ON009-2017 Fecha de Aprobación: Fecha de Publicación: 1 :i i1AR. 20í7 1 :- i1AR. 20í7 La pérdida del fraccionamiento se producirá cuando el administrado incurra en cualquiera de las siguientes causales: • Cuando no se cumpla con pagar el íntegro de cuatro (04) cuotas siguientes a la fecha de su vencimiento. Se entenderá por no pago, el pago parcial de la cuota correspondiente. • Si una o más cuotas vencidas constituyen el saldo para cancelar la deuda total, se le otorgará un plazo máximo de tres (03) meses adicionales para considerar la pérdida del fraccionamiento. • Cuando el administrado haya interpuesto recurso administrativo, demanda contenciosa administrativa, acción de amparo u otras acciones ante organismos administrativos o judiciales, respecto a la multa materia de fraccionamiento. • Cuando se determine, por control posterior, que alguno de los datos o documentación proporcionada por el deudor o su representante, es falsa o que se han omitido datos, documentación o circunstancia que hubiese determinado su otorgamiento. 3.2 Efectos de la pérdida del fraccionamiento Producida alguna de las causales anteriormente señaladas, la Oficina de Administración , sin necesidad de requerir el pago de las cuotas atrasadas, declarará la pérdida del fraccionamiento, emitiendo la Resolución Jefatura! de pérdida. La pérdida produce los siguientes efectos: El saldo de la deuda impaga se actualizará, en base al valor de la UIT vigente en la fecha que se declare la pérdida • Se transfiere la deuda a coactiva para que se inicie el procedimiento de cobranza correspondiente, debiendo indicar el saldo de deuda materia de cobranza. Pág. 10 Presidencia Organismo de Superv/slórl de los Recurs~~ PERÚ del ConseJo de Ministros Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR DI R/SG/OA/009-2017 DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración ANEXOS Anexo 1: Formato de Solicitud de Fraccionamiento Fecha de Aprobación : Fecha de Publicación: Sr( a). Jefe de la Oficina de Administración del OSINFOR, respetuosamente me presento: Solicito fraccionamiento de la siguiente multa: Copia del poder del representante (en caso de no estar inscrito en SUNARP) DECLARACIÓN JURADA 1 5 M.4R, 2017 Declaro bajo juramento, que la información que he consignado en el presente es veraz . Manifiesto, que lo mencionado responde a la verdad de los hechos y tengo conocimiento, que, si lo declarado es falso, estoy sujeto a los alcances de lo establecido en el artículo 438º del Código Penal , que prevén pena privativa de libertad de hasta 04años, para los que hacen una falsa declaración, violando el principio de veracidad, así como para aquellos que cometan falsedad, simulando o alterando la verdad intencionalmente . Firma Huella digital Pág. 11 Pres1denc1a Organismo de Supervísíón de los Recursos PERÚ del Consejo de Ministros Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR DIRECTIVA PARA EL FRACCIONAMIENTO DE MULTAS IMPUESTAS POR EL OSINFOR Aprobado por: Presidencia Ejecutiva Propuesto por: Oficina de Administración DIR/SG/ON009-2017 Fecha de Aprobación : Fecha de Publicación: 1 ~I Mt\~ ' 2017 1 ~ MAR. 2017 Anexo 2: Formato de Solicitud de Desistimiento de Recursos Impugnativos Sr(es) de: O o1R-EccioN-DE SUPERVISION DE CONCESIONES FORESTALES y DE FAUNA SILVESTRE (Para el caso de ( L~ eclJ ~;;g de Recon~ider~~i~L---------·---·--·----·--·--www-------·----·--·--www----··www 1 D DIRECCION DE SUPERVISION DE PERMISOS y AUTORIZACIONES FORESTALES y DE FAUNA SILVESTRE (Para el : S.?~'?. 9.i: ~ curso 9 e Re~onsideración) -------------···-------------------· OTRIBUNAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE (Para el caso de Nulidad o Recurso de Apelación) So licito el desistimiento de mi Recurso: O Reconsideración 0Apelación (ma rcar con X la opción) Así como de cualquier otro medio impugnatorio interpuesto contra : Adjunto la siguiente documentación : (marcar con X la opción) O Nº de Registro del Recurso Administrativo de Reconsideración, Nulidad o Apelación objeto del Desistimiento O copia del poder del representante (en caso de no estar inscrito en SUNARP) Firma del solicitante Huella digital Pág. 12

Resolución Nº 023-2017-OSINFOR ─ Directiva para el Fraccionamiento de multas impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) · Nelum