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秘鲁的法律

Resolución Nº 021/10/INRENA - Aprobación de los coeficientes de rendimiento de cualquier especie maderable

颁布于 2010-01-27 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Forestry
关键词
institution, legal proceedings/administrative proceedings, policy/planning, forestry protection measures, timber extraction/logging, timber, standards, internal trade, international trade, protection of species, forest management/forest conservation, biodiversity, governance
类别
*

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文本

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  1. Sistema Peruano de Informacion Juridica Precisan que la Direcci6n General Forestal y de Fauna Silvestre es la instancia competente para aprobar el coeficiente de rendimiento de cualquier especie maderable, obtenido conforme a metodologias oficiales aprobadas par R.J. N° 1S9-2008-INRENA RESOLUCION MINISTERIAL N° 0021-2010-AG Lima, 27 de enero de 2010 VISTO Paqlna 15 Sistema Peruano de Informacion Juridica EI Memorandum W 2275-2009-AG-DGFFS(DPFFS) de fecha 22 de diciembre de 2009, emitido par la Direcci6n General Forestal y de Fauna Silvestre, recomendando la aprobaci6n del coeficiente de rendimiento de cualquier especie maderable, cuando se acredite que este. ha sido obtenido de conformidad a las metodologias oficiales aprobadas par la Resoluci6n Jefatural NO 159-20D8-INRENA . y: CONSIDERANDO Que. los artrculos 55 y 56 del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre aprobado par Decreta Supremo W 014-2001-AG, establecen que corresponde al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) fijar las condiciones tecnicas y administrativas para realizar el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales. asi como la transformaci6n primaria de los productos forestales y su comercializacion: as! como aprobar. mediante Resoluci6n Jefatural, las medidas y caractertsticas necesarias para la extracci6n de ejemplares de la flora silvestre; los formatos de los contratos de concesfon. autorizaciones y permisos forestales: los documentos impresos que se utilicen en la administraci6n y control forestal; los terminos de referencia para la elaboraci6n de los planes de manejo; y otros lineamientos tecnicos necesarios para lograr el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales: Que, por Ley W 29376, se precisa que las funciones otorgadas por ta ley W 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, al que fue Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) son ejercidas por el Ministerio de Agricultura 0 los gobiernos regionales dentro del marco de sus competencias: Que, el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Supremo W 031-200B-AG, establece que la Direcci6n General Forestal y de Fauna Silvestre, es el 6rgano tecnico encargado de la gesti6n y administraci6n de los recursos forestales y de fauna silvestre, en el ambito de su competencia; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 075-200B-INRENA se aprueba el coeficiente de perdida por defecto natural de arbol en pie a madera rolliza igual a! 29% y el coeficiente de rendimiento de madera rolliza a madera aserrada para todo uso igual a! 52% de la especie caoba (Swietenia macrophylla), as! como el coeficiente de rendimiento de madera rolliza a madera aserrada para todo uso de la especie cedro (Cedrela odorata) igual a 52%; Que, por otro lado el articulo 4 de la Resoluci6n Jefatural N° 159-2008-INRENA aprueba la "Metodologia para determinar el factor de perdida por defectos del arbol en pie a madera rolliza (troza)" y la "Metodologia para determinar el coeficiente de rendimiento de madera rolliza (troza) a madera aserrada" que seran de uso oficial a nivel nacional: Que, del 21 at 23 de abril de 2009, se lIev6 a cabo el II Taller Latinoamericano del Proyecto ITTO - CITES, para asegurar que el comercio internacional de las especies maderables. incluidas en los apendices de la Convenci6n sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), sea consistente con su manejo sostenible y conservaci6n: "Expertencias en la aplicaci6n de coeficientes de rendimiento para el control y monitoreo de la actividad maderera", concluyendo que los coeficientes de rendimiento, incluyen un rango de variabilidad y un nivel de confianza, por 10 que se recomend6 aplicarlos de manera flexible; Que, mediante Informe Tecnico N° 117-2009-AG-DGFFS( DPFFS) de fecha 30 de octubre de 2009, emitido por la Direcci6n de Promoci6n Forestal y de Fauna Silvestre de la Direcci6n General Forestal y de Fauna Silvestre, se recomienda: i) en concordancia con las recomendaciones del II Taller Latinoamericano del Proyecto ITIO - CITES, que en los casos que el administrado acredite un rendimiento mayor se podra aprobar el mismo, siempre y cuando se realice previamente una verificaci6n ftsica y/o documentaria; ii} que ta certificaci6n forestal en cadena de custodia otorqada a las plantas de transformaci6n sea reconocida como sustento del rendimiento Indicado. previa evaluaci6n y aprobaci6n por parte de ta instancia tecnica competente: Paqlna 16 Sistema Peruano de Informacion Juridica Que, si bien es cierto. las instituciones especializadas en el sector, han determinado que el rendimiento y perdida de madera objeto de aprovechamiento (sin distinci6n de especie) pueden variar dependiendo del caso concreto, resulta necesario precisar que par la naturaleza de sus funciones, la Direcci6n General Forestal y de Fauna Silvestre, es la instancia tecnica competente para aprobar el coeficientes de rendimiento, siempre y cuando estos hayan side obtenidos en estudios desarrollados con las metodoloqfas aprobadas par la Resolucion Jefatural N° 159-2008-INRENA, pudiendo esta. contar para tal fin, con el apoyo de una instituci6n cientrfica 0 academica designada par esta: De conformidad con el Decreto legislativo NO 997, Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Agricultura y el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerto de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo NO 031-200B-AG, SE RESUELVE: Articulo 1.- EI coeficiente de rendimiento de cualquier especie maderable, distintos a los fijados por norma expresa, sera aprobado por la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre, siempre y cuando se acredite que este haya side obtenido por un estudio tecnico desarrollado bajo las metodologias oflciales aprobadas por la Resoluci6n Jefatural NO 159 2008-INRENA. Articulo 2.- La acreditacion del estudio tecnico desarrollado bajo las metodologias oficiales a que se contrae el articulo 1 de la presente Resolucion. se Ilevara a cabo mediante un informe tecnico favorable que emlta la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre 0 una instituci6n cientrfica 0 acederntca designada por esta, elaborado luego de realizar la verificaci6n "in situ", Articulo 3.- Reconocer como sustento del rendimiento para las especies maderables, a la certificacion forestal en cadena de custodia otorgada a las plantas de transformaci6n, siempre y cuando esta haya side debidamente validada por la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre, de conformidad al proceso citado en el articulo anterior. Articulo 4.- Dejar sin efecto las disposfciones administrativas que se opongan a 10 establecido en la presente Resolucion. Articulo 5.- Publicar en el portal electr6nico institucional del Ministerio de Agricultura www.minaq.qohpe.Ia "Metodologia para determinar el factor de perdida por defectos del arbol en pie a madera rolliza (troza)" y la "Metodologia para determinar el coeficiente de rendimiento de madera rolliza (troza) a madera aserrada", aprobadas mediante Resolucion Jefatural NO 159-2008-INRENA: Articulo 6.- Encargar a la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre y a las Administraciones Tecnicas Forestales y de Fauna Silvestre a nivel nacional. realizar las labores de difusi6n e informacion sobre 10 dispuesto en la presente Resoluci6n Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. ADOLFO DE CORDOVA VELEZ Ministro de Agricultura Paqlna 17

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