Resolución Nº 019-2014-VIVIENDA ─ Guía de Métodos para Rehabilitar o Renovar Redes de Distribución de Agua Potable
颁布于 2014-02-17 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Water
- 关键词
- water supply, pollution control, potable water, freshwater pollution, concession
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Normas Legales del 19.02.2014 17 “ANEXO I CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DEL CIRCUITO DE MANEJO CON EL QUE DEBEN DE CONTAR LAS ESCUELAS DE CONDUCTORES (…) 1. CONSIDERACIONES GENERALES DEL CIRCUITO DE MANEJO. El área perimetral destinada para el circuito de manejo deberá estar ubicada sobre un terreno llano pavimentado, que garantice la correcta visibilidad de los postulantes durante todo el recorrido, no debiendo ocasionar impactos negativos en el tránsito y la circulación vehicular. (…) 2. COMPONENTES.- (…) (…) 2.1.1 Tramo en Tangente o Recto: la longitud mínima a considerar dependerá de la distancia de visibilidad o distancia de adelantamiento y el tiempo de reacción de parada, según lo establecido en el Manual de Carreteras Diseño Geométrico DG - 2013. (…)” Artículo 2.- Mención al Manual de Diseño Geométrico de Carreteras Toda mención que se haga al Manual de Diseño Geométrico de Carreteras - DG 2001 en el Anexo I de la Resolución Directoral N° 3634-2013-MTC/15, se entenderá referida al Manual de Carreteras - Diseño Geométrico DG 2013. Artículo 3.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral, en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009 JUS. Artículo 4.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 1051739-1 VIVIENDA Aprueban “Guía de Métodos para Rehabilitar o Renovar Redes de Distribución de Agua Potable” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 019-2014-VIVIENDA Lima, 17 de febrero de 2014 CONSIDERANDO Que, mediante la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento, se declara a los servicios de saneamiento como servicios de necesidad y utilidad pública y de preferente interés nacional, cuya nalidad es proteger la salud de la población y el ambiente; Que, el artículo 2 de la citada Ley establece que la prestación de los servicios de saneamiento comprende la prestación regular de servicios de agua potable, alcantarillado sanitario y pluvial y disposición sanitaria de excretas, tanto en el ámbito urbano como en el rural; Que, el literal a) del artículo 11 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, prevé que corresponde al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento formular, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar la política nacional y acciones del sector en materia de saneamiento y evaluar permanentemente sus resultados, adoptando las correcciones y demás medidas que correspondan; Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es competencia del Ministerio formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; para lo cual, dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; Que, de acuerdo con lo indicado en el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, este Ministerio es el Ente Rector de los asuntos de vivienda, urbanismo, desarrollo urbano, construcción de infraestructura y saneamiento, para lo cual formula, aprueba, dirige, evalúa, regula, norma, supervisa y ejecuta las políticas nacionales en estas materias; Que, del mismo modo, el artículo 32 de la norma mencionada, prevé que corresponde a la Dirección Nacional de Saneamiento del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, proponer los lineamientos de política, planes, programas y normas concernientes a los servicios de saneamiento básico; Que, mediante Informe Nº 023-2013-VIVIENDA/ VMCS-DNS-DN, la Dirección de Normas de la Dirección Nacional de Saneamiento, propone la aprobación de la “Guía de Métodos para Rehabilitar o Renovar Redes de Distribución de Agua Potable”, la cual tiene por objetivo difundir y promover los principales criterios y métodos para la rehabilitación o renovación de las redes de distribución de agua potable; con la nalidad de contribuir al desarrollo del sector saneamiento, dinamizar la inversión de los prestadores de servicios de saneamiento y mejorar la calidad del servicio brindado; y, De conformidad, con la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo Nº 023-2005-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Guía de Métodos para Rehabilitar o Renovar Redes de Distribución de Agua Potable”, la cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La Guía aprobada en virtud del artículo precedente, es de alcance nacional, y de cumplimiento para toda entidad pública o privada, involucrada directa o indirectamente en la formulación y ejecución de programas o proyectos que comprendan la rehabilitación o renovación de las redes de distribución de agua potable. Artículo 3.- Encargar a la Dirección Nacional de Saneamiento realizar las acciones que resulten necesarias para la edición, diagramación, impresión y distribución de la Guía aprobada en el artículo primero de la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la Guía aprobada en el artículo primero de la presente resolución en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (http://www.vivienda.gob. pe), el mismo día de su publicación en el Diario O cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1051943-1 USUARIO Rectángulo