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秘鲁的法律

Resolución Nº 017/10/AG/SENASA/DSA - Requisitos sanitarios para la importación de carne de canguro procedente del Australia

颁布于 2010-06-02 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

research.laws.repealedOn

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Food and nutrition
关键词
food safety and quality, meat, game, processing/handling, international trade, hygiene/sanitary procedures
类别
*

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Sistema Peruano de Informacion Juridica Establecen requisitas sanitarios especificos de cumplimiento obligato rio en la importaci6n de Carne de Canguro, de origen y procedencia Australia RESOLUCION DIRECTORAL N° 017-2010-AG-SENASI+DSA La Molina, 2 de junio de 2010 VISTO: Ellnforme N° 297-2010-AG-SENASA-SCA-DSA: v. CQNSIDERANDQ: Que, el articulo 12 del Decreta Leqislativo N° 1059 - Decreta Leqislativo que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, expresa que el ingreso al pais, como importaci6n, transite lntemaclonal a cualquier a1ro regimen aduanero de plantas y productos veqetales, animales y productos de origen animal. insumas agrarios, organismos benefices. materiales de empaque, embalaje y acondlclonamfento, cualquier otro material capaz de tntroductr a propaqar plagas y entermedades, asi como los medios utilizados para transportartoe. se sujetaran a las disposiciones que establezca en el ambito de su competencia el Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA; Que. asi tambien el articulo 9 de la referida norma establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA dlctara las medidas fito y zooeanltartas para la prevencton, e! control 0 la erradlcaclon de plagas y entermedades. Dichas medidas seran de cumplimiento obliqator!o par parte de los prcpie1arios u ocupantes, bajo cualquier titulo, del predio a establecimiento respective. y de los propietarios a 1ransportistas que se trate: Que, e! articulo 12 del Reglamento de la Ley General de Sanidad Aqraria. aprobado mediante Decreta Supremo N° 018-2008-AG, establece que los requisites fito y zoosanltanos se publican en el Diario Oficial EI Peruano: Paqina 3 Sistema Peruano de Informacion Juridica Que. el articulo 28 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Aqraria, aprobado mediante Decreta Supremo N° 008-2005-AG, estabtece que la Direcci6n de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios: Que. el articulo 21 de la Decision 515 de la Comunidad Andina refiere que "un Pais Miembro que realice importaciones desde terceros paises se asequraran que las medidas sanitarias y fitosanitarias que 58 exljan a tales importaciones no impliquen un nivel de protecci6n inferior al determinado par los requisites que se establezca en las normas comunitarias": Que, e! lnforrne N° 297-2010-AG-SENASA-5CA-DSA recomfenda que se publiquen los requisites sanitarios para la importaci6n de Carne de Canguro, siendo su origen y procedencia Australia; De conformidad con 10 dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059, el Decreto Supremo N° 018-2008-AG, e! Decreto Supremo N° 008-2005-AG, la Decision 515 de la CAN; Y con la vtsaclon del Director General de Asesoria Jurfdica: SE RESUELVE Articulo 1.- Establecer los requisites sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importaci6n de Carne de Canguro, teniendo como origen y procedencia Australia; de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucton. Articulo 2.- Disponer la emisi6n de los Permisos Zoosanitarios de Importaci6n a partir de la fecha de publicaci6n de la presente Resolucion Articulo 3.- EI Servicio Nacional de Sanidad Agraria -SENASA a traves de la Direcci6n de Sanidad Animal, podra adoptar las medidas sanitarias complementarias a fin de garantizar el cumplimiento de la presente norma, Registrese, comuntquese y publtquese. GlEN F. HALZE HODGSON Director General Direcci6n de Sanidad Animal Servlco Naclonal de Sanidad Agraria REQUISITOS SANITARIOS DE IMPORTACION DE CARNE DE CANGURO REFRIGERADA 0 CONGELADA PROCEDENTE DE AUSTRALIA La carne de canguro estara amparada por un Certificado Sanitario de Exportaci6n emitido por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Bosques (DAFF) de Australia, en donde conste el curnplimiento de los slqutentes requisites: Que: 1, La carne deriva de canguros nacidos. criados y beneficiados en Australia, Los canguros no tueron rnuertos a causa de un programa de erradtcacton par ertermedad, ni provinieron de reqiones bajo cuarentena oficial. Paqina 4 Sistema Peruano de Informacion Juridica 2. La carne deriva de canguros beneficiados en concordancia con el Estandar Australiano para la Producclon Hiqiertica de Carne de Animales de Caza para e! Consume Humane y con 81 C6digo de Practlcas de Australia para el sacrificio humane de Canguros. 3. La carne fue procesada y empacada en un establecimiento de exportaci6n aprobado par e! AQIS y SENASA, 81 que al memento de la inspecci6n post mortem no 58 encontraba en una region en cuarentena aficial durante los 60 dias previos al embarque y dentro de un radio de diez (10) kllometros. 4. La carne fue objeto de inspecci6n post mortem bajo supervision veterinaria y es apropiada en todas sus formas para el consumo humano. 5. La carne fue empacada en envases que contenian la marca de aprobacion oficial de Australia, la que identifica el establecimiento de origen. Los envases tienen la fecha de envasado, la especie animal y los requisitos de almacenamiento. 6. La carga fue cargada y transportada en container sellado bejo supervision oflcial y que cumple con los requerimientos higienicos de Australia y Peru. PARAGRAFO I. EI producto fue transportado a temperaturas apropiadas de refrigeraci6n 0 conqelacion. sepun sea el caso. II. A su lIegada al Peru. el producto podra ser sometido a los controles y examenes que determine el SENASA. los cuales seran con cargo a los usuaries. III. Los presentee requlsltos no exime del cumplimiento de las exiqencias solicitadas par otras Instituciones competentes del Peru. ESTOS REQUISITOS SANITARIOS, OEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN AUSTRALIA, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS SANITARIOS EMITIDOS POR LOS SERVICIOS VETERINARIOS INCLUYAN LAS EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS. DE NO COINCIDIR LA CERTIFICACION CON ESTOS REQUISITOS LA MERCANCIA SERA DEVUELTA AL PAIS DE ORIGEN, SIN LUGAR A RECLAMO. Paqina 5

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