Resolución Nº 008-2012-AG-SENASA-DSV ─ Reconoce a la Brigada Canina de Sanidad Vegetal
颁布于 2012-03-29 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- plant protection, integrated pest management-IPM/pest management strategies, pests/diseases
- 类别
- agriculture
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FQDER EJEOJTI va AGRICUI.TURA Reconocen y aprueban a la Brigada Canina de Sanidad Vegetal como herramienta no intrusiva en la actividad de inspecci6n fitosanitaria del Sistema de Cuarentena Vegetal RESQLUCION D1RECTORAL N° OOOB-20 12-AG-SENASA -DSV 29 de marzo de 2012 VISTO: El Informe N° D01Q-2012-AG-SE NASA-DSV-SGV GMOSTAJO de fecl1a 14 de marza 2012 , emitido par la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal de ta Direcci6n de Sanidad Vegetal del SENASA '/: CONSIDERANDQ : Que. en el marco del Plan Estrateqico 2008·2022 del Service Nacional del Sanidad Agraria - SENASA, er Gobierno Peru ano aprueba el "Progr ama de Desarrollo de la SanfdadAgra ria e Inocufdad Agroalimenlaria" financiado por elBanco Interamericano de Desarrollo- BID, sequn er Contralo de Prestamc N" 2045fOC-PE, el cual uene. entre ctrce . et componente: "Control y Erradicaci6n de Moscas de la fruta (Cerati tis capitat a y Anaat repha spp.j en las regiones de lima,Ancash y la Libertad". Atraves de este componen te, se propene la ejecuci6n de un proyecto piloto para tatormacicnde la Brigada Canina para su empleo en las acdones de cuarentena vegetal; Que, la citada actividad se desarroll6 durante el aec 2011, demostrandose su aplicab ilidad en las inspecciones fitosanitarias que se realizan en los Puestos de Control , para evuar el ingreso y posterio r reinfestaci6n de las 1 plagas reglamen tadas en el pais (moscas de la fruta) hacia areas que se vienen trabajando en su contro l y en facHitar el reconocimiento de las areas declar adas como libres de Moscas de la Fruta. como son las Regiones de Tacna y Moquegua: Que, et articulo 10 de la ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto legislative 1059, tiene como uno de sus objetivos er de orevenir, comroiar y erradicar las plagas y enfermedades en vegetales y animales que representan riesgo para la vida , la salud de las personas y los animales y ta preservac on de los vegetales; Que , el articulo 60 de la ley General de Sanidad Agra ria dispone que la movuzaccn de plantas, productos veqetales animales, productos de origen animal y ctrcs productos reglamentados, cuando consti tuya riesgo, sera requlada. para 10 cuar. la Autoridad Nacicnal en Sanidad Agraria establecera las medidas fito y zoosanitarias especlficas: Que, et articulo 9" de la ley General de Sanidad Agra ria dispone que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictara las medidas fIlo y zoosanila rias para ra prevencion, er control 0 la erradicaci6n de plagas y enfermedades, dicha medidas seran de cumplimien to obligato rio; Que, er numera l 11,1 del articulo 11° de ra ley General de Sanidad Agraria dispone que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria pocra inspeccionar en cualquie r momento er estado sanjtano de plantas, productos veqetales. animales, productos de origen animal , insumos agrarios, nacionales 0 importados y otres productos regulados, incluyendo las condiciones de los materialesde empaque. embalaje, acondicion amiento , medios de transporte , infrae structura y equipos sin excepcicn : Que, ta seu-oe Dispcsiccn Complementaria Final de la l ey General de Sanidad Agraria faculta a la Autoridad Nacic nat en Sanidad Agraria para dictar las normas , disposiciones. directives y medidas que sean necesanas para complementar, especifica r 0 precisar el contenido normativo de la ley en menci6n, su Reglamento 0 disposicones complementarias 0 que se requieran para su mejor aphcaclcn: Que, er incise a del articulo 260 de l Reglamen to de Organizaci6n y Funcrones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-AG, dispone que la Drrecccn de Sanidad Vegetal es quien eetemece y conduce er Sistema de Control Cuarentenarc. orientado a prevenir el ingreso de plagas reglamen tadas en envies materia de impcrtaccn. transite mternecrcnet y baca areas reqlamentadas: Que, mediante lnforme N° 0010·2012·AG·SENASA· DSV-SCV-GMOSTAJO la Subclirecci6n de Cuarentena Vegetal de ta tnreccon de Sanidad Vegetal reccrmenda se emita una disposici6n legal que regule el empleo de fa Brigada canine en las accones de cuarentena veqetal: De conformidad con et Decreto Leqrslativc N° 1059 Y el pee-etc Supremo N° 00B·2005-AG Y modificatoria , y con erveeoc de la Subdirecci6n de Cuarentena Vegetal y de la oncina de Asesorra Junoica: SE RESUElVE: Articulo 1°.· Reconocer y aprobar a ta Brigada Canina de Sanidad Vegetal como terramenta no intrusiva en fa actividad de tnspecoon fitosanitana del Sistema de Cuarentena Vegeta l. La Bnqada Canina de Sanidad Vegetal sera ccncucca por ta Subclirecci6n de Ouarentena Vegetal de la Direcci6n de Sanidad Vegetal. Articulo :zo.- La Brigada Can ina estara conformada por equ ipos oetectores toecectcr-cote y perro) quenes ocdran desarrollar sus operaciones en puestos de control internos y externos , lugares de producci6n , centros de ecccc. empaque 0 ebastecrmento. almacenes. lugares de certificaci6n fitosani taria y otros que disponga el SENASA, Art ic ulo 3°,- EI inspector del SENASA podra erectuer las inspecciones fitosanitar ias utilizando como elemento de apoyc canes pertenecentes a la Brigada Canine. para to coer lOS aomsustraoos no deberan entorpecer, impedir o vlclentar el desarrollo de sus actividades. Reqls trese . comuniquese y pubhquese . JORGE BARRENECHEACABRERA Director General Direcci6n de Sanidad Vegetal Servicio Nac cnat de Sanidad Agraria 771315·1 JUSfICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban Directiva sobre "Reglas para la tramitaclon de los pedidos de offctalteacfon de eventos academicos de contenldo juridico" RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 06-2012-JUS Lima , 29 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Art iculo 1° de la Resotuci6n Viceministerial W 005-20 12·JUS dej6 sin efecto la Resoluci6n Viceministerial N" 232·2001 -JUS, que aprob6 la Directiya N" 001· 2OO1-JUSNM • "Lineamientos para la Ofidalizaci6n de Eyentos de Caracler JUfidico solicitados pOf Instituciones Publicas y Priyadas, asi como para la Autenticad6n de los Certificados de los EYentos Of icializados "; Que, por Articulo 2° de la Resoluci6n Viceministerial N" 005·2012-JUS se dispuso que la Direcci6n Nacional de Asuntos Juridicos elabore un proyeclo de DireC!iya que establezca las reglas para la tramitaci6n de las solicitudes de oficializad6n de eyentos academicos de conlenido juridico, teniendo en consideraci6n que dict1assolicitudes expresan el ejercido del derecho de petici6n graciable de los administrados: Que . el Literal f) del Articulo 93° del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo N° 019·2001-JUS, dispone que la Direcci6n de Difusi6n LegistatiYa- 6rgano de linea de la Dlrecci6n Nacional de Asuntos Juridicos- tlene 2 ta tunccn de eronr opimcn para otorgar caracter cncet a los eventos de contenido jurldico, cuanoo to sorotan instituciones pubticas y pnvadas: Que , los pedidos de oficiahzacon de eventos de contenido juridico tormuraocs por las instituccnes publicas o priYadas expresan e! ejercicio del derecho de petici6n graciable requtaoc en el Articulo 11:ZO de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrative General: Que ,!a importancia que subyace en cectarar etca racter 'cnc er de los eventos de ccntenoc jcrrocc conueva a que er Estado eoeuce. caso ocr caso. ta frascenoencra y el interes publico inherente a la realizaci6n de dichcs eventos: Que,contorrre a fcexpuestc. resuea necesariocontarccn una DirectiYa de apjcacion a los 6rganos correspondientes del MiniSteriode Justice y Derecnos Humanos, que regule la tramiiaci6n de las solicitudesque los administrados tcrmuen en ejercicio de su derecho de petici6n gradabte- para la caceneecon de eventos academicos de contenoo jurld ico organizados por ellos a! amparo de la funcon publica preve ta en el Lrteral f) del Articulo 93" del Reglamento de omeoeeccn y Funcones de dictlo MiniSterio; De contormioao con 10 dispcestc ocr ta Ley N" 29158 , Ley Organics del Poder Ejecutivo : la Ley N" 29809 , Ley de Organizaci6n y Funcicnes del Ministerio de Jusnca y Derechcs Humanos; y, el Decreto Supremo N° 019 2001·JUS , que aprueba el Reglamento de Organizaci6n y Funcicnes del Ministerio de Justicia. SE RESUELVE: Art iculo u mc o., Aprobar la rnrecnva N° 003-2012 JUSNM-DNAJ sobre ' Reqlas para la tramitaci6n de los ceooce de cncieueeccn de eventos aceoermcos de contenido [urtdico".que como anexo forma parte integrante de la presente Reeotucon. Registrese , comuniquese y publiquese. EDAA. RIVAS FRANCHINI Vicemin istra de Just icia DIRECTIVA N° 003·2012-JUSNM·DNAJ REGLAS PARA LA TRAMITACION DE LO~ PEDIDOS DE OF ICIALIZAgb~~~~1~6~~~951~gADEMICOS DE Formulada per: Direcci6n Nacional de Asuntos Juridicos Tipo de pnecuva : rnrecnva General I. OBJETIVO Las disposiciones conten idas en Ia presente Directiva tienen por finalidad eetemecer reg las para la frartutacicn de las solicitudes de ofidalizaci6n de eventos acaoemicos de contenido juridico que formulen inst ituciones pUblicas o priyadas. II. BASE LEGAL 2.1 Articulo 7" (Literal j) de la ley N° 29809 - Ley de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Justicia . 2.2 Articulo 93" (Literal f) del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N" 019·2001-JUS. 2.3 Articulos 106° Y 112°de la Ley N° 27444 -ley de l Procedim iento Adm inistratiYo General . ilL AlCANCE 3,1 La presente DirectiYasera aplicada por los 6rganos correspond ientes del Ministerio de Juslicia y Derechos Humanos en los casos en que instituciones pUblicas 0 priYadas soliciten la ofidalizaci6n de eYentos academ icos de contenido ju ridico organizados por eHas at amparo de la funci6n pUblica preYista en el Literal f) del Articulo 93° de! Reglamento de Organizaci6n y Funciones de dicho Ministerio. REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL