Resolución Nº 006/09/AG/DGFFS - Saldos exportables del cupo nacional del año 2008 de especimenes de fauna silvestre provenientes del medio silvestre y de la cría en granjas
颁布于 2009-07-02 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Wild species and ecosystems
- 关键词
- wild fauna, birds, reptiles, international trade, ranching/captive breeding, protection of species, biodiversity
- 类别
- *
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er p~ruOltO Sistema Peruano de Informacion .luridica RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 006-2009-AG-OGFF$ Lima, 2 de julio de 2009 VISTO: EI Informe N° 319-2009-AG-DGFFS-DGEFFS de fecha 11 de mayo de 2009, emitido per la Direcci6n de Gestion Forestal y de Fauna Silvestre, e! cue! recomfenda establecer e! saldc exportable del cupo nacional para especfmenes de Fauna Silvestre del ana 2008 y ampliar su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2009: CONSIDERANDO Que, mediante Decreta Ley N° 21080 del 21 de enero de 1975, el Peru aprob6 la suscripci6n de la Convenci6n para el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre - CITES, cuyo obietivo principal es la conservaci6n y utilizaci6n sostenible de las especies de fauna y flora silvestre incluidas en los Apendices de dicha convencton contra su explotacion excesiva a traves del comercio internacional; Que. de acuerdo a la Resolucion Conf. 14.7 emitida en el marco de la Decimo Cuarta Reunion de la Conferencia de las Partes de la Convencion CITES realizada en La Haya entre el 03 at 15 de junio de 2007, cualqufer parte puede decidir excepcionalmente autorizar la exportacton en un ana de especimenes obtenidos en un ana anterior con arreglo al cupo correspondiente, siempre que el cupo para el ana en curso no aumente para incluir los especimenes del ana precedents: Que, el articulo 12 del Reglamento para la lmplementacion de la Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) en el Peru aprobado por Decreto Supremo N° 030-2005-AG, Y modificado por el Decreto Supremo N° 001 2008-MINAM, que eetablece que e! Ministerio de Agricultura es ta Autoridad Administrativa CITES Peru para los especimenes de las especies de fauna y flora silvestres incluidos en los Apendices I, II 0 III de la Convencion. que se reproducen en tierra incluyendo toda la Clase Anfibia y la flora acuatlca emerqente: Que, elliteral m) del articulo 58 del Reglamento de Orqanizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2008-AG, establece que la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre tlene como funcion ejercer ta Autoridad Administrativa de ta Convencion sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres CITES: Que, con carte N° 038-JAA, de fecha 19 de dlctembre de 2007, ta Autoridad Cientifica CITES - Peru emite opinion sobre el cupo de exportacion referente a los especimenes de Podocnemis unifilis provenientes de la Reserva Pacaya Samiria, en la cual manifiesta que la exportaclon de la cantidad asiqnada como cupo de exportactcn (13810 eepecrmenes) no perjudicara ta supervivencia de ta especte. Que con Carta N° 037-2008-INRENA-J-IFFS-IANP de fecha 6 de febrero de 2008, se comunfco e! cupo de exportacion de especrmenes de Fauna Silvestre con vigencia haste el 31 de diciembre del mismo afio. el mismo que fue informado a la Secretaria CITES; Que, el informe N° 319-2009-AG-DGFFS-DGEFFS, de fecha 11 de mayo de 2009, concluye que existen saldos exportables de especimenes de Fauna Silvestre correspondientes al cupo asignado al ana 2008: y se recomienda la ampliacion del pertodo de utilizacion de los mencionados saldos durante el ana 2009; Paqina 8 er p~ruOltO Sistema Peruano de Informacion .luridica Que, sequn a 10 serialado en el informe vista en el parrato precedente, y en aplicaci6n a 10 dispuesto par La Resoluctcn Cent. 14.7, resulta procedente ampliar el plaza del cupo nactonal de exportaci6n de especlmenes de Fauna Silvestre asignados para el ana 2008; En usc de las facultades conferidas par el literal m) del articulo 58 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado par Decreta Supremo N° 031 2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Determinar los saldos exportables del cupo nacional de exportaci6n de espectmenes de Fauna Silvestre del ano 2008, obtentdos del media silvestre (w), sequn el detalle del Anexo I que forma parte integrante de la presente Resoluci6n. Articulo 2.- Determinar los saldos exportables del cupo nacional de exportaci6n de especimenes de Fauna Silvestre del aria 2008, obtenidos de la cria en granjas (r) en un numero de 3538 especimenes vivos de Podocnemis unifilis. Articulo 3.- Autorizar la exportaci6n de los saldos a los que se refieren los Articulos 1 y 2 de la presente Resoluctcn haste e! 31 de diciembre de 2009. Registrese. comuniquese y publiquese. GUSTAVO SUAREZ DE FREITAS CALMET Director General Forestal y de Fauna Silvestre (e) ANEXO I Saldo aspecre Ncmbre ccmun Exportable del Especlmenes cupc 2008 Clase Mammalia Pieles y Pecari tajacu "sajino' 22428 productos de Cuero' Pieles y Tayassu pecari "huangana" 23890 produclos de cuero' Clase Aves Aratinga mitrata "lora mascara roja" 422 vivos Aratinga weddellii 'tore cabeza negra" 1050 vivos Brotogeris cyanoptera "pihuieho ala azul" 1250 vivos Brotogeris sancnthomae 'pihuicho trente amarilla" 950 vivos Brotogeris versicolurus 'pihuicho ala amarilla" 1050 vivos Forpus coelestis 'perico esmeraloa' 150 vivos Clase Reptilia Iguana iguana "iguana" 500 vivos 1 Procedentes de la ceza de Subsistencia 2 Procedentes del Calendario de Caza Comereial Paqina 9