Ley Nº 30664 - Deroga el Decreto Legislativo Nº 1344, que optimiza servicios brindados en el marco de la Ley de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, y el Decreto Legislativo Nº 1345, que complementa y optimiza el Marco normativo para los productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos químicos especializados
颁布于 2017-09-28 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 法令
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Food and nutrition, Cultivated plants, General
- 关键词
- drugs, public health, food safety and quality, nutrition, medicinal plants, good practices
- 类别
- agriculture
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Artículo 3. Restitución de las normas derogadas o modificadas por el Decreto Legislativo 1344 Restitúyese la vigencia de las normas con sus modificatorias y derogatorias vigentes hasta la dación del Decreto Legislativo 1344, Decreto Legislativo que optimiza servicios brindados en el marco de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, siguientes: 3.1. Numeral 2 del artículo 4 de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. 3.2. Numerales 1 y 3 del artículo 6 de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. 3.3. Artículo 11 de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. 3.4. Numeral 5 del artículo 15 de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. 3.5. Artículo 16 de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. Asimismo, restitúyese la vigencia de las demás normas derogadas o modificadas en forma tácita por el Decreto Legislativo 1344, Decreto Legislativo que optimiza servicios brindados en el marco de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios.
Artículo 4. Restitución de las normas derogadas o modificadas por el Decreto Legislativo 1345 LEY Nº 30664 Restitúyese la vigencia de las normas modificadas o derogadas en forma tácita por el Decreto Legislativo EL PRESIDENTE DEL CONGRESO 1345, Decreto Legislativo que complementa y optimiza DE LA REPÚBLICA el marco normativo para los productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos químicos POR CUANTO: especializados. EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; POR TANTO: Ha dado la Ley siguiente: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión LEY QUE DEROGA del Pleno del Congreso realizada el día cuatro de mayo de dos mil diecisiete, de conformidad con lo dispuesto por el EL DECRETO LEGISLATIVO 1344, artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno DECRETO LEGISLATIVO QUE OPTIMIZA SERVICIOS que se publique y cumpla. BRINDADOS EN EL MARCO En Lima, a los veintiocho días del mes de setiembre DE LA LEY 29459, LEY DE LOS PRODUCTOS de dos mil diecisiete. FARMACÉUTICOS, DISPOSITIVOS MÉDICOS LUIS GALARRETA VELARDE Y PRODUCTOS SANITARIOS; Y EL DECRETO Presidente del Congreso de la República LEGISLATIVO 1345, DECRETO LEGISLATIVO MAURICIO MULDER BEDOYA QUE COMPLEMENTA Y OPTIMIZA EL MARCO Tercer Vicepresidente del Congreso de la República NORMATIVO PARA LOS PRODUCTOS 1570954-5 COSMÉTICOS, PRODUCTOS DE HIGIENE DOMÉSTICA Y PRODUCTOS QUÍMICOS ESPECIALIZADOS; Y RESTITUYE LA VIGENCIA DE LAS NORMAS DEROGADAS Y MODIFICADAS POR DICHOS DECRETOS
Artículo 1. Derogación del Decreto Legislativo 1344 Derógase el Decreto Legislativo 1344, Decreto Legislativo que optimiza servicios brindados en el marco de la Ley 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios.
Artículo 2. Derogación del Decreto Legislativo 1345 Derógase el Decreto Legislativo 1345, Decreto Legislativo que complementa y optimiza el marco