Ley Nº 28526 - Modifica la Ley Nº 28271, Ley que regula los pasivos ambientales de la actividad minera
颁布于 2005-05-23 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 法令
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Mineral resources, Water, Waste and hazardous substances
- 关键词
- freshwater pollution, effluent waste water/discharge, pollution control, mining, erosion, soil pollution/quality, environmental standards, soil rehabilitation, soil conservation/soil improvement, standards, protection of environment, waste management
- 类别
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Articulo 1°.- Modificaciones Modificanse los ar1iculos 5°, 6°, 7° y 8°, y la Pri- mera Disposici6n Complementaria y Final de la Ley N° 28271. que regula los pasivos amb,entales de la actividad minem, de acuerdo a los siguientes textos-
"Articulo 5°.- Atribuci6n de responsabilidades Los responsables de pasivos ambientales que no desarrollen operaciones minerns y mantienen el derecho a la titularidad de concesion, deberan pre- sentar el Plan de Cierre de Pasivos Ambientales El Esto.do s61o asume la torea de remediaci6n por aquellos pasivos cuyos respons.nbles no pueden ser identificados En caso de que el titular de una concesi6n vigente la perdiera por cualquiera de las causales de extinci6n establecidas en la Ley General de Mineria, mantiene la responsabil1dad por los pasivos ambientales www.leyesdelperu.com Pagina 1 de 4 Ley Nro.28526: Modifica la Ley que regula los pasivos ambientales de la actividad m1nera
Articulo 6°.- Presentaci6n del Plan de Cierre de Pasivos Ambientales Los responsables de la remediaci6n de pasIvos ambientales a que se refiere el articulo preceden- le, real,zan los estud,os. acciones y obras co- rrespondientes para controlar, mitigar y eliminar, en lo posible, las riesgos y efectos contaminantes y dall1nos a la poblaci611 y al ecos1stema en gene- ral Estos estudios tendr8n coma referencia los limites maximos permisibles o estflndares de ca- lidad establecidos por las autoridades ambienta- les competentes, seglln corresponda, pma lo cual presentaran su Plan de c,erre de Pasivos Am- bientales. conforme a las Guias sabre Cierre de Pasivos Ambientales aprobadas par la Direcc16n General de Asuntos Ambienlales Mineros del Mi- nisterio de Energfn y l\·linas, con op1ni6n de las Ministerios de Agriculture y de Salud.
Articulo 7".· Plazo de presentaci6n y de ejecu- ci6n del Plan de Cierre de Pasivos Ambienta- les Los responsables de la remediaci6n de pasivos ambientales, a que se reflere el artfculo 5-0 de esta Ley. presentan el Plan de C,erre de Pasivos Am- bientales, dentro del plaza mElximo de un afio a partir de la vigencia del reglamento de la presente Ley. siempre que no hayan sido incluidos. previa y expresamente, en otros instrumentos de ges- ti6n ambiental. Sin perJuicio de las medidas de postcierre que se establezcan. el plazo para la eJecuci6n del Plan de Cierre de Pasivos Ambientales no sera mayor a tres afios, despues de aprobado por la D1rec- ci6n General de Asuntos Arnb1entales r.,,11neros, y excepcionalrnente y s6Io cunndo la magnitud de los pasivos amb,entales lo amerite el plazo puede ser mayor, liasta un mt'lxirno de dos nflos adicio- nales. seg(rn lo apruebe dicho orgarnsmo Al termino del plazo aprobado para la ejecuci6n del Plan de C1erre de Pasivos Amb1entales, la Di- recc1611 Regional de Energia y Minas respec11va. en coord1naci6n con la Direcci6n General de rvli- neria del Ministerio de Energia y Minas, realizara una auditoria integral para verificar el cumplimien- to de las medidas establecidas y se emItira, se- g(rn corresponda. la respectiva resoluci6n de apro- baci6n del Plan de Cierre de Pasivos Ambrentales ejecutado. sin perjuicro de las medidas de post- cIerre que deben seguir eJecutandose. www.leyesdelperu.com Pagina 2 de 4 Ley Nro.28526: Modifica la Ley que regula los pasivos ambientales de la actividad m1nera
Articulo 8°.- Fiscalizaci6n, control y sancio- nes Los D1recciones Regionoles de Energia y rv·linas (DREM) de los r;ob1ernos Reg,onales, en coordi- naci6n con la Direcci6n General de M1neria, den- tro de su jurisdicci6n, tienen a su cmgo la fiscali- zacion y el control del cumplimiento de las obliga- c,ones asumidas por los responsables del Plan de c,erre de Pasivos Amb,entales. conforme al procedimiento establecido en la Ley de Bases de la Descentral1zaci6n y en la Ley Organ,ca de Go- biernos Reg1onales En caso de incumplimiento en la presentaci6n de los respectivos Planes de Cierre de Pasivos Arn- bientales. el Ministerio de Energia y Minas apl1ca a las responsables de la rernediaci6n de las pasi- vos arnbientales una rnulta de hasta seisc1en1as (600) UIT sin perJu1cio de las demas d1spos1cio- nes sabre infrncciones y sanciones que se esta- blezcan en el reglamento de la presente Ley, DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES 'PRIMERA.- Obligaciones del Estado Las obligaciones que asume el Estado en virtud del artfculo 5° de la presente Ley, estan lirnitadas Uni- camente a la remediac16n de los pasivos ambien- tales El Ministerio de Energia y Minas promueve la par- ticipaci6n de 1erceros en la remediaci6n de los pa- s1vos ambientales m1neros a su cargo, mediante el empleo de diversas modalidades, para su maneJo y control," www.leyesdelperu.com Pagina 3 de 4 Ley Nro.28526: Modifica la Ley que regula los pasivos ambientales de la actividad m1nera
Articulo 2'.- Anadido Af'lc:tdese una Tercera Disposici6n Complementaria y Final de la Ley N' 2827 L que regula los Pasivos Am- bientales de la Actividad Min era. de acuerdo al siguiente texto "TERCERA.- lmpedimentos para solicitar nuevos petitorios mineros Transcurndos seis (6) anos de la vigencia de la aprobaci6n de los respectivos Planes de Cierre de Pasivos Ambientales, los responsables de su re- mediac16n que no cuenten con la resoluci6n de apro- baci6n de su ejecuc16n, a que se refiere el articulo 7' de la Ley N' 28271, Ley que Regula los Pasivos Ambienlales de la Actividad Minera. quedan impe- didos de solicitar nuevos petitorios mineros y de explotar alguna unidad minera coma concesiona- rio o adquiriente.·'
Articulo 3°.- De la reglamentaci6n El Poder EJecutivo, en un plazo no mayor de ciento cincuenta { ·J 50) dias contados a prniir de la vigencia de la presente Ley, aprueba mediante decreto supremo el respectivo reglamento De 1gual modo, el Min1sterio de Energia y Minas, para efectos de la aprobaci6n de las Guias a que se ref1ere el articulo 6° de la Ley N" 28271, Ley que Regula las Pasivos Ambientales de la Actividad Mi- nern, cuenta con un plaza no mayor de ciento ochen- ta (180) d ias. Camuniquese al senor Presidente de la Rep(1blica para su promulgaci6n. En Lima, a los ve1nt1nueve dias del mes de abril de dos mil cinco. ANTERO FLORES-ARAOZ E Presidente clel Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPLIBLICA POR TANTO Manda se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno; en Lima. a los veinti- tres dias del mes de mayo del afio dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Canstitucianal de la Republica CARLOS FERRERO Presidente del Conseja de Ministros 09727 ••• www.leyesdelperu.com Pagina 4 de 4