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秘鲁的法律

Ley Nº 28010 - Ley General de Vacunas

颁布于 2003-06-20 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
法令
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
General
关键词
public health, hygiene/sanitary procedures, risk assessment/management, vaccination, policy/planning

在哪里阅读

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Artículo 1º.- De la declaración titulación de comunidades nativas y Declárase las actividades de vacunación obligatoria para campesinas la Salud Pública Nacional por su elevado impacto en la prevención y control de las enfermedades prevenibles por DECRETO SUPREMO vacunación. Nº 061-2003-PCM

  2. Artículo 2º.- Del ente responsable MODIFICAN EL ARTÍCULO 7º DEL DECRETO El Ministerio de Salud en su calidad de ente rector es el SUPREMO Nº 116-2002-PCM EN EL EXTREMO responsable de establecer la sectorización y el calendario RELATIVO AL PLAZO PARA QUE LA COMISIÓN de vacunación, así como de vigilar su cumplimiento. MULTISECTORIAL ENCARGADA DE ESTUDIAR LA PROBLEMÁTICA DE TITULACIÓN,

  3. Artículo 3º.- De la provisión de fondos DEMARCACIÓN, LINDERAMIENTO, La provisión de fondos necesarios, que asegure la ad- DELIMITACIÓN Y REGISTRO DE COMUNIDADES quisición de vacunas, jeringas y equipos de cadena de NATIVAS Y CAMPESINAS PRESENTE EL frío, de acuerdo al cronograma y esquemas de vacuna- INFORME FINAL AL PRESIDENTE DEL ción, se efectuarán con cargo a las asignaciones aproba- CONSEJO DE MINISTROS das al Ministerio de Salud, en las respectivas leyes anuales del presupuesto. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

  4. Artículo 4º.- Del fondo rotatorio Las adquisiciones, materia de esta Ley, que efectúe el CONSIDERANDO: Ministerio de Salud se harán con fondos rotatorios finan- ciados por organismos nacionales o internacionales o me- Que, mediante Decreto Supremo Nº 116-2002-PCM, se diante cualquier otro mecanismo que asegure dicho propó- conformó una Comisión Multisectorial encargada de estudiar la sito. problemática de titulación, demarcación, linderamiento, delimi- tación y registro de Comunidades Nativas y Campesinas, así

  5. Artículo 5º.- De la inafectación de derechos arance- como de sus territorios, a fin de evitar a futuro enfrentamientos larios entre las comunidades o entre éstas y los colonos; Para el programa de vacunación del Ministerio de Sa- Que, por Decreto Supremo Nº 119-2002-PCM se modi- lud las vacunas, jeringas y equipos de cadena de frío que ficó la conformación de la citada Comisión Multisectorial, la

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