Decreto Supremo Nº 185-2019-PCM ─ Reglamento que promueve y regula la implementación voluntaria de programas de cumplimiento normativo en materia de protección al consumidor y publicidad comercial
颁布于 2019-11-27 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Agricultural and rural development
- 关键词
- consumer protection, internal trade, access-to-information
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Artículo 1.- Aprobación del Reglamento que 3.4. Proveedor: Las personas naturales o jurídicas, promueve y regula la implementación voluntaria de de derecho público o privado, que de manera habitual programas de cumplimiento normativo en materia de fabrican, elaboran, manipulan, acondicionan, mezclan, protección al consumidor y publicidad comercial envasan, almacenan, preparan, expenden, suministran Apruébase el Reglamento que promueve y regula la productos o prestan servicios de cualquier naturaleza a implementación voluntaria de programas de cumplimiento los consumidores. normativo en materia de protección al consumidor y 3.5. Consumidor: Las personas naturales o jurídicas publicidad comercial, que consta de trece (13) artículos que que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatarios forman parte integrante del presente Decreto Supremo. finales productos o servicios materiales e inmateriales, en beneficio propio o de su grupo familiar o social, actuando
Artículo 2.- Financiamiento así en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o La implementación de las acciones derivadas del profesional. presente Decreto Supremo se financia con cargo al 3.6. Indecopi: Instituto Nacional de Defensa de la presupuesto institucional del Indecopi, sin demandar Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual. recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 4. Lineamientos para la implementación
Artículo 3.- Refrendo voluntaria de programas de cumplimiento normativo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Para la implementación voluntaria de programas de Presidente del Consejo de Ministros. cumplimiento normativo, el programa de cumplimiento debe incorporar por lo menos los elementos establecidos
Artículo 4.- Publicación en el inciso 4 del artículo 112 del Código de Protección y Publícase el presente Decreto Supremo y el Defensa del Consumidor como circunstancias atenuantes Reglamento aprobado en el artículo 1 precedente, en el especiales para la graduación de las sanciones Diario Oficial El Peruano, y en la misma fecha, en el Portal administrativas, los mismos que son: del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en los Portales Institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros - El involucramiento y respaldo de parte de los (www.pcm.gob.pe) y del Instituto Nacional de Defensa principales directivos de la empresa a dicho programa. de la Competencia y de la Protección de la Propiedad - Que el programa cuente con una política y Intelectual - Indecopi (www.indecopi.gob.pe). procedimientos destinados al cumplimiento de la normativa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete - Que existan mecanismos internos para el días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve. entrenamiento y educación de su personal en el cumplimiento de la normativa. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO - Que el programa cuente con mecanismos de Presidente de la República monitoreo, auditorías y para el reporte de eventuales incumplimientos. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS - Que cuente con mecanismos para disciplinar Presidente del Consejo de Ministros internamente los eventuales incumplimientos a la normativa. - Que los eventuales incumplimientos son aislados y Reglamento que promueve y regula la no obedecen a una conducta reiterada. implementación voluntaria de programas de cumplimiento normativo en materia de protección al Estos elementos son aplicables, en lo que consumidor y publicidad comercial corresponda, a los programas de cumplimiento normativo implementados por los proveedores, los cuales además
Artículo 1. Objeto pueden incorporar otros componentes como parte de El presente reglamento tiene por objeto promover dicho programa, atendiendo a lo descrito en el numeral y regular la implementación voluntaria de programas 6.2 del presente Reglamento. de cumplimiento normativo en materia de protección al consumidor y publicidad comercial. Artículo 5. Del involucramiento y respaldo de parte de los principales directivos del proveedor a los
Artículo 2. Ámbito de aplicación programas de cumplimiento normativo El presente reglamento contiene los lineamientos para la implementación voluntaria de programas de 5.1. La implementación y ejecución de los programas cumplimiento normativo en materia de protección al de cumplimiento requiere el compromiso de respeto de consumidor y publicidad comercial. Los programas de las normas de protección del consumidor y publicidad cumplimiento normativo son de naturaleza privada y son comercial por parte de los proveedores. Los programas implementados voluntariamente por parte del proveedor. de cumplimiento deben ser aprobados por el directorio o el órgano de gobierno del proveedor, conforme a su forma
Artículo 3. Definiciones de constitución empresarial. 5.2. El proveedor es el encargado de incorporar los 3.1. Programas de cumplimiento normativo: mecanismos de vigilancia que permitan monitorear y Conjunto de políticas y procedimientos implementados detectar las posibles contingencias que puedan surgir por un proveedor a fin garantizar el cumplimiento de las en la ejecución de los programas de cumplimiento, obligaciones derivadas de las normas de protección al para aplicar los mecanismos correctivos y preventivos consumidor y publicidad comercial. necesarios de manera oportuna. Los programas de cumplimiento tienen como objetivo 5.3. El involucramiento y compromiso al que detectar y gestionar los riesgos de incumplimiento de hace mención el presente artículo debe encontrarse El Peruano / Sábado 30 de noviembre de 2019 NORMAS LEGALES 7 documentado. Para dichos efectos, puede constar en 7.1. El proveedor educa y entrena, principal pero no actas de directorio, hechos de importancia y en general, necesariamente de manera exclusiva, al personal que en documentos institucionales que demuestren un tenga contacto directo con el producto o servicio sujeto compromiso expreso o tácito por parte del directorio o al programa de cumplimiento. El proveedor podrá realizar el órgano de gobierno correspondiente del proveedor o charlas de inducción, capacitación, cursos virtuales, grupo económico, conforme a su forma de constitución entre otros, que concienticen a los trabajadores sobre empresarial. la importancia de los programas de cumplimiento y del 5.4 Los documentos donde consten el involucramiento respeto a la normativa. y compromiso de los directivos empresariales que 7.2. La existencia de mecanismos internos para la voluntariamente implementen los programas de educación y entrenamiento del personal podrá constar en cumplimiento normativo, podrán ser solicitados en el reporte del número de cursos dictados a los trabajadores cualquier momento por la Gerencia de Supervisión y por periodos, nombre de las personas encargadas de Fiscalización del Indecopi, dentro del ámbito de sus dictar el curso, contenido temático de los cursos dictados, funciones, para su posterior verificación y seguimiento; porcentaje de áreas capacitadas respecto del total de la ello sin perjuicio, de los requerimientos que cualquier empresa, evaluaciones realizadas a los trabajadores y, en órgano resolutivo pueda realizar, dentro del marco de un general, en documentos que demuestren los mecanismos procedimiento administrativo en materia de protección al utilizados para capacitar y educar a los trabajadores. consumidor o publicidad comercial. 7.3 Los documentos donde consten los mecanismos internos para el entrenamiento y educación del personal
Artículo 6 — De la existencia de una política y al que hace mención el presente artículo, podrán ser
Artículo 6. De la existencia de una política y al que hace mención el presente artículo, podrán ser procedimientos destinados al cumplimiento de las solicitados en cualquier momento por la Gerencia de estipulaciones contenidas en la normativa Supervisión y Fiscalización del Indecopi, dentro del ámbito de sus funciones, para su posterior verificación y 6.1. Las políticas y procedimientos destinados al seguimiento; ello sin perjuicio, de los requerimientos que cumplimiento de la normativa son lineamientos instituidos cualquier órgano resolutivo pueda realizar, dentro del por el proveedor, que operan como referencia en la marco de un procedimiento administrativo en materia de actuación de los distintos miembros que intervienen en protección al consumidor o publicidad comercial. la organización. 6.2. Estas políticas y procedimientos se deciden en Artículo 8. De los mecanismos para el base a los riesgos que pretende controlar el proveedor monitoreo, auditoría y para el reporte de eventuales y dependiendo de los principios y derechos aplicables; incumplimientos siendo que cada proveedor podrá identificar la tipología de riesgos aplicable al sector o actividad en la que 8.1. El monitoreo constituye una de las fases de opere, de tal manera, que le permita cumplir con toda gestión de riesgos que realiza de manera periódica el la normativa de protección del consumidor. De forma proveedor, con la finalidad de verificar y detectar, de referencial, podría considerarse como riesgos lo manera oportuna, la ejecución efectiva de los programas relacionado con: de cumplimiento, permitiendo realizar un control de daños interno. - No brindar información relevante sobre servicios o 8.2. La auditoría es la evaluación de resultados productos. realizada por el proveedor, para verificar la ejecución del - No brindar información sobre productos o servicios programa de cumplimiento, así como de la normativa. idóneos y la seguridad de los mismos. 8.3. La existencia de mecanismos de monitoreo y - No atender dentro de los plazos legales los reclamos auditoría pueden constar en informes, plan de mitigación y quejas de los consumidores. de riesgos y avances periódicos del mismo, mecanismos - Realizar actos de discriminación al consumidor. implementados para el reporte de incumplimientos - Utilizar mensajes o incentivar conductas que infrinjan o, en general, en documentos donde se pueda dejar el principio de adecuación social a través de la publicidad constancia de la evaluación de riesgos realizada y su comercial. potencial mitigación para la ejecución del programa de - No tener procedimientos correctivos para la cumplimiento, así como de la normativa. reparación o reposición del producto o ejecución del servicio. Artículo 9. De los mecanismos para disciplinar - Establecer cláusulas abusivas en detrimento de internamente los eventuales incumplimientos a la consumidores. normativa - No respetar garantías explícitas e implícitas de los En la implementación del programa de cumplimiento productos o servicios que ofrece. se incluyen mecanismos internos para disciplinar, corregir - No corregir conductas infractoras pasadas. y prevenir eventuales incumplimientos a la normativa. Para tales fines, el proveedor podrá implementar un código de 6.3. La existencia de políticas y procedimientos conducta, establecer un régimen de incentivos para los destinados al cumplimiento de la normativa puede constar trabajadores que cumplan con la normativa, así como en manuales de buenas prácticas comerciales, manuales un régimen de faltas, medidas disciplinarias o sanciones de organización y funciones, manuales de atención al a los trabajadores que incidan en incumplimientos a la cliente y, en general, en políticas internas del proveedor normativa. donde se evidencien estipulaciones destinadas a cumplir con la normativa. Artículo 10. De la determinación que los eventuales Asimismo, estas políticas y procedimientos podrán incumplimientos son aislados y no obedecen a una considerar aspectos como: mecanismos internos conducta reiterada dirigidos a la promoción de la equidad de género, la no A efectos de graduar la sanción, conforme a lo discriminación, la eliminación de estereotipos, entre otros. establecido en el numeral 4 del artículo 112 del Código 6.4. Los manuales señalados en el presente (circunstancias atenuantes especiales en la graduación artículo podrán ser solicitados en cualquier momento de las sanciones administrativas), los órganos resolutivos por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del evaluarán que el incumplimiento responda a una conducta Indecopi, dentro del ámbito de sus funciones, para su infractora aislada, tomando en cuenta aspectos como posterior verificación y seguimiento; ello sin perjuicio, el tamaño de la empresa, participación del mercado, de los requerimientos que cualquier órgano resolutivo volumen de transacciones, entre otros elementos que pueda realizar, dentro del marco de un procedimiento permitan evaluar los programas de cumplimiento en administrativo en materia de protección al consumidor o relación al sector o actividad económica en la cual se publicidad comercial. aplica.
Artículo 7. De la existencia de mecanismos Artículo 11. De la comunicación de los programas internos para el entrenamiento y educación de su de cumplimiento normativo al Indecopi. personal para el cumplimiento de la normativa La Dirección de la Autoridad Nacional de Protección 8 NORMAS LEGALES Sábado 30 de noviembre de 2019 / El Peruano del Consumidor del Indecopi resguarda la información Artículo 3.- La presente resolución suprema es de los programas de cumplimiento que los proveedores refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. le comuniquen voluntariamente, debiendo proteger la información que conforme a la normativa vigente califique Regístrese, comuníquese y publíquese. como confidencial o dato personal protegible. La Gerencia de Supervisión y Fiscalización del MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Indecopi en el marco de sus funciones, aplicando un Presidente de la República enfoque de cumplimiento normativo, de prevención y gestión del riesgo, y tutela de los bienes jurídicos VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS protegidos en sus actividades, podrá requerir Presidente del Consejo de Ministros la información necesaria que permita acreditar la incorporación de programas de cumplimiento 1831866-5 normativo en materia de protección del consumidor, por parte de aquellos proveedores que voluntariamente implementen dichos programas. Constituyen Comisión Consultiva del V Censo Nacional Económico en los años
Artículo 12. De la extensión de los programas de 2019-2020 (V CENEC), como el órgano del cumplimiento a la normativa de publicidad comercial Los proveedores pueden implementar programas más alto nivel encargado de proponer las de cumplimiento respecto de la normativa de publicidad estrategias, planeamiento, seguimiento y comercial establecida en el Decreto Legislativo Nº evaluación del Censo Nacional 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal, los cuales consideran lo señalado en el presente RESOLUCIÓN SUPREMA reglamento, en lo que resulte aplicable. La existencia N° 215-2019-PCM de programas de cumplimiento podrá constituir una circunstancia atenuante para la graduación de la sanción derivada de las eventuales infracciones al Lima, 28 de noviembre de 2019 Decreto Legislativo Nº 1044, Ley de Represión de la Competencia Desleal. CONSIDERANDO:
Artículo 13. De la suscripción de convenios Que, mediante la Ley N° 13248 - Ley de Censos, se El Indecopi podrá suscribir convenios con dispuso que a partir del año 1960 y cada cinco años se organizaciones empresariales con la finalidad de brindar levantarán los censos económicos; apoyo técnico en la implementación de programas de Que, la Ley de Organización y Funciones del cumplimiento en sectores o actividades que impacten Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, favorablemente en los consumidores o en los que se aprobada por el Decreto Legislativo N° 604, establece advierta la existencia de incumplimientos significativos. que el Instituto Nacional de Estadística e Informática Los programas de cumplimiento que se implementan (INEI) es el ente rector del Sistema Estadístico en virtud de los convenios contienen, en lo que resulta Nacional, que tiene como ámbitos de su competencia, aplicable, los elementos establecidos en el presente los levantamientos censales, estadísticas continuas, reglamento. las encuestas por muestreo, las estadísticas de población, los indicadores e índices en general, las 1831866-1 cuentas nacionales y regionales, entre otros; y, le corresponde las tareas técnicas y científicas que se desarrollan con fines de cuantificar y proyectar Otorgan licencia a Ministra del Ambiente los hechos económicos y sociales para producir las y encargan su Despacho a la Ministra de estadísticas oficiales del país; Economía y Finanzas Que, en ese marco normativo, el INEI ejecutará el V Censo Nacional Económico en los años 2019- RESOLUCIÓN SUPREMA 2020, investigación estadística que permitirá disponer Nº 214-2019-PCM de información estadística confiable y oportuna de las actividades económicas que se desarrollan en el país Lima, 27 de noviembre de 2019 y que será de gran utilidad para la toma de decisiones, formulación y evaluación de planes de desarrollo sectorial CONSIDERANDO: a nivel nacional, regional y local; Que, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Que, la señora Fabiola Martha Muñoz Dodero, N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Ministra del Ambiente, ha solicitado licencia en el ejercicio Comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se del cargo de Ministra de Estado, del 13 al 15 de diciembre crean para cumplir con las funciones de seguimiento, de 2019; por motivos personales y sin derecho a goce de fiscalización, propuesta o emisión de informes, que remuneraciones; deben servir de base para las decisiones de otras Que, en consecuencia, resulta necesario otorgar la entidades; sus conclusiones carecen de efectos licencia a la citada funcionaria, y encargar el Despacho jurídicos frente a terceros, no tienen personería del Ministerio del Ambiente mientras dure la ausencia de jurídica ni administración propia y están integradas a su titular; una entidad pública; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de Que, el artículo 37 de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica la Constitución Política del Perú; y, de la Ley 29158 – Ley del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Orgánica del Poder Ejecutivo; Consultivas están conformadas por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil de SE RESUELVE: reconocida capacidad o experiencia, designados por resolución suprema. El cargo de miembro de la Comisión
Artículo 1.- Otorgar licencia a la señora Fabiola Consultiva es honorario y de confianza, y no inhabilita Martha Muñoz Dodero, Ministra del Ambiente, en el para el desempeño de ninguna función pública o actividad ejercicio del cargo de Ministra de Estado, del 13 al 15 de privada; diciembre de 2019, por motivos personales y sin derecho Que, en ese contexto, se ha visto por conveniente a goce de remuneraciones. constituir y designar a los miembros de la Comisión
Artículo 2.- Encargar el Despacho del Ministerio Consultiva del V Censo Nacional Económico en los años del Ambiente a la señora María Antonieta Alva Luperdi, 2019-2020; Ministra de Economía y Finanzas, a partir del 13 de De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 13248 diciembre de 2019 y en tanto dure la ausencia de su - Ley de Censos; y, la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del titular. Poder Ejecutivo;