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秘鲁的法律

Decreto Supremo Nº 103-2012-EF ─ Reglamento de la Ley Nº 29337, Ley que establece disposiciones para apoyar la competitividad productiva

颁布于 2012-06-27 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

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关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Agricultural and rural development
关键词
agricultural development, financial agricultural measures, non-governmental entity, agricultural commodities, credit, legal proceedings/administrative proceedings, institution, governance

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  1. APEl lDO YNOu:lRE GRADO FECHAllE FECHA ","SO """93,POlK, W1ll~M l}(lW. S SARG 1RA 24,llJLIO "G'''''' 94,C.I.Pl.E ,OlM. RJASON III SAA:l, lAA 24JUI,() 9"G05TO 9S,SCOTT. SlJIE ADAWN SAA:llAA """" "00""96.1.lll.ETTE,.KlSET.H IE LVIN JA. ceo 24J.JlIO '<00"" 97.OONZAl.£l AYA1A, MV" see '" """" 17AGOSTO98,FA.W:;ll;f , IAN M ...,,; "" """" """""9'H IXlfE, lAYlOAA. ...,,; "" """" 17AGOSTOlIXU£VOY, RYAN ¥ """" """" 17 AGOSTO101.GLMR. R:lN.I.I.DR nc.SlI'. """" " seosro1(12.K:N:S,lSAlAH ae.. "...., eesosro 103.&:lI'ER, .o5F{H SN(j, ,11\o\ "...., """""l GUIEDflA..Kl5t ae.. "...., eeeosro lQ5.P1TTS, FEOOE "".. "...., es.eosro l~l.SON. GIlBERT lMm£W C,,,,,. ....to """""lD7ll1JELO, REt.I)OAHU """em eecosto """""lC8.lEE, ERe POl:lN3 \'ION ...,,; "" eeoosro """""l09.GONlAl£Z, llEJrUAloIfl """" , ...to 7SElEloIHll G,BEE, WJCUS SN(j, lAA teoosro '!£IT"" A rti c:: u lo ZO,- Pcoer en cooodmiento del Presidenle del Consejo de Minis tros la peeseme resoIuci6n. a fin que de ccenta al Congreso de Ia RepUblICa en el plazo a que se contrae er Articulo S· de Ia Ley 27856, mcdrtcada par Ley NO 28899. Regislrese, comlSllquese y publiquese. JOSE ANTO NIO URQU IZQ MAGG IA Minisl ro de Oelensa 807223-1 Deslgnan responsable de renli tir ofertas de e m pl eo del Ins tltuto Gcograflco Naci onal a1 Mlnlste r lo de T rabajo y Promocl6 n del Em plco RESOLUCION J EFATURAL NO 145-2012 ·IGN/OGA-UPER Surquillo . 11 de junio de 20 12 Visto; La Resoluci6n de Presidencia Ejecu tiva N" 107 2011-SERVIR -PE del 14 de senerrore de 2011, CONSI DERANDO: Que , de acuerdo a ta ley N° 27292. su Reglamento aprobado con Decre to Supremo N" OO5-0ElSG y el Decreta Supremo N° 034-2oo8·PCM que aprueba le c euncecon de Organismos Publicos , er Instituto Geogri!lfico Nacional es un organismo publi co ejecutor del Sector Defense. con personerla jur ldlca de derecho publi co interno, Goza de autonomla tecnica, admini strativ a y econ6mica . constituye un pliego pres4puestal del 5ector Defensa: Que , la Unica DiS~Siei6n Complementaria Final del Decreto Supremo N 065-2011·PC M, que establece modificaCiones al Reglamento del Regi men de ContrataCi6n Adm lnistr atlva de 5ervitios - CAS , aprobado por eI Decreto Suprem o N" 075-2008-PCM, dispone que la autoridad NaCionat del Servicio Civil (SERVIR), aproba ri!l el modele de con vocatOria y de cootrato administrativo de servicos, los mismos que ser~n publ icados en el por1al instilueional de SERVIR y en el Portal del Estado pen"ano: Que . conforme a 10 dlspuesto por el artlrolo z.o de Ia Resoluoon de Presidencia Ejecut iva N" 107-2011-SERVIR PE del 14 de 5ellembre de 20 11, se apr0b6 el modek> de convocatoria pa ra la contra laei6n Adrninistrativa de 5ervieios. que incluye la obligatiOn de las entid ades pUblieas de publiear las convoca torias para la conlrataci6n de personal CAS en el 5ervicio Naciona l del Empleo a cargo del Minislerio de Trabajo y Prornoci6n del Empleo: Que. eI articulo 1° de Ia Resolud6n de Presidencia E;eo.wva NO 17G-2011- SERVlR-PE del 29 de diciembre de 2011 , dispone que el iniciode la vigencia de la ResoIuci6n de Presidencia EiewliYa NO 107-2011-SERVIR--PE opera a partir del 28 de Febrero de 20 12, 8 Que . el arti culo z.o del Decreto Supremo N° 0 12 - 2004 TR del 20 de octubre de 2004, prescribe que leoeecnec rcn del responsable de remitir las ere-tee de empleo a! Ministerio de Trabajo y Promoci6n del Empleo . debe realizarse med iante rescnccn del t itular de Ia entidad y pub licarse en erOlano Oflo aI EI Peruano; Que . en tal sennoo. resuta necesanc des ignar a! funcionario que se encargari!l de remilir las ofertas de emcee del tnstnuto Geogri!lfioo National. de ecoerec a los termroos del considerando anterior: Que, el inciso -g- del art icu lo 9" del Deoeic Supremo NO 005 - DEISG, que ecoeee el Reglamenlo de la Ley del In5tltulO Geo!lrafico NaClOnllI. establece que una de las funeiooes de Ia Je falur a del IGN es: "" .OeSignar funeionanos en de lemlinadas tareas eececaces... "; De oonformidad a 10 erscoestc par la Ley NO 27292, su Reg lamenl O ap«lbado mediante Dea-e to Supremo NO 005 DElSG, el peoetc Supremo NO 012 -2004- TR.J en uso de las atribuciones conferidas por la ResolUCi6n :suprema N" 536-2011-DEiSGdel 16 de noviembre de 2011: SE RESUELVE: Artic::ulo Unieo.· DeSignar al Jefe de Ia Unidad de Personal, como responsable de rernilJr las ofertas de emcee del Insllluto Geogralico Nacional al Ml"listerio de Trabajo y Promoci6n del Empleo. conforme a 10 expuesto en Ia parte coosceauva de la poeseote resooceo. Registrese, comunlquese y publ iquese. PEDRO ARTURO CHOCANO OCHOA Jefe eeuosunec Geogralico Naciona l 806 577 ·1 ECONOIIIIA Y FINANZAS Aprueban Reglamento de la Ley que es ta b lece Dts post cto ne s pa ra a poyar la Compet tt tv tdad Producttva DECRET O SUPREMO N° 103-2012 ·EF EL PRESI OENTE DE LA REPUBliCA CONSIDERANDO: Que ,la Ley N" 29337,ley que esramece Disposicones para epoyar la ccmceeuveao Produetiva, aprob6 medidas con er objeto de mejorar la com petitividad de cadenas proouc nves. mediante el desarrollo. adepta cic n, meora 0 transferencia de tecnclogta en zonas conoe la inversi6n privada sea insu ficiente para roqrare! desarrollo competitive y sostenibie de la cac ene productive: Que , med iante Dec reto Supremo N° 192-2009-EF se aprob6 el Reglamento de ra l ey N° 29337. cuyas disposiciones resulta necesarc adualizar con el fin de promover el creeimiento econ6mi co con inc lusi6n social. por 10que resulta nece sario adoptar medidas destinadas a elevar la oompetitividad y productividad : Que . en ese sentid o, resulta necesario aproba r un nuevo Reglamento de la Ley N" 29337 . Ley que establece DlsposlCiones para apoyar la Competltlvidad Productlva, que laCilite el desarrollo produdivo y promueva la oompelit ividad de las cadenas produdivas: De oonform idad con 10 dispuesto en el numeral 8) del art iculo 118 de Ia Constituci6n PoUlica del Peru: DECRETA: Articulo 1°, A pr obac:: i6n del R&fIla mento Os Ia l ey N° 29337, Ley que es tableee Dis po$leiOnes p411lJapoyar la Competitividad Produetiva. Apruebese el Reglamenlo de la ley N" 29337. Ley que eslablece Oisposiciones para apoyar la Competillvidad Produdlva, compueslo porcuatro capilulos. tr&'e artieutos y cualro OispostCior'les COrnplementarias Finales, Arti<::ul o 2".• Vigenela 8 presente Decreto Supremo enlrara en vigencia a partir del dla Siguienle de su publiea06n. REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL Arti cul o 3°. Disposi ciOn derogatoria Der6guese et Decreto Supremo N° 192-2009-EF que aprob6 el Reglamenlo de la Ley N° 29337 , Ley que estabiece Disposic iones para apoyar la Competltividad Productive. salvo para los supuestos estabrecioos en la cuana Disposiccn Ccmptementana Final del Reglamenlo que se aprueba con la presen te norma. en los que se indica que el precttsdc Reglamenlo rescue de ecncecroo Arti cul o 4°. Refrendo EI presente Decreta Supremo sera refrendado por el Ministro de Econom!a y Finanzes Dado en la Casa de Gobiemo, en Lima, a los ve inlis iele dlas del mes de junio del ana dos mil doce. OUANTAHUMAlA TASSO Presidente Constitucional de la Republica LUIS MIGUELCASTILLARUBIO Minist ro de Economia y Finanzas Reglamento de la Ley N° 29337, Ley que estabfece dis pos icio nes para apoyar la co mpetit iv idad producti va Capitulo I Disposi ci ones Generales Arti cul o 1". Objeto EI presente Reglamento tiene por objeto establecer los procedimienlos y la metodologia para la implementaci6n, ejecuci6n y evaluaci6n de las Iniciativas de APOrO a la Ccmpetrtividad Prooucuva a Que se renere la ey N° 29337. Ley Que establece dispostccnes para apoyar le compelilividad producttva. Art iculo 2". Referencias Para efectcs de 10 dispuesto por la l ey NO 29337, Ley Que establece disposiciones para apoyar la competilividad producliva , la presente norma y aquellas Que a su amparo se emilan, se unnaaran las referencias siguientes: 2,1 Ley: l ey NO 29337, Ley Queestablece otsposiciones para apoyar la competitividad produetiva. 2.2 Reglamento: Se reflere a la presenle norma, Reglamento de la Ley N" 29337. Ley Que establece disposiciorles para apoyar fa compelilividad productiva. 2,3 SNIP: Sistema Nacional de Inversi6n Publica, 2,4 Direcci6n General de Poli lica de Inversiones JOGPI): 6rgano del Minislerio de Economia y Finanlas a lraves del cual, dicho Minislerio ejercerc'i las funciones establecidas en la l ey, 2,5 Oficina de Programaci6n e Inversiones (OPI): 6rgano de los Gobiemos Regionales y de los Gobiemos Locales, designados como tales para fines del Sistema Nacional de Inversi6n Publica. Arti cul o 3".- Ambito de Aplicaci6n La Ley, el Reglamenlo y las normas que a su amparo se emitan, son de aplicaci6n a los Gobiemos Regionales y Gobiemos Locales Art iculo 4",- Definiciones Para efeetos de 10 dispuesto por la Ley, la presenle norma y aquellas Que a su amparo se emitan, se aplicartm las definiciones siguientes: 4,1 Malisis Costo Beneflcio: Es una evaluaci6n que se realiza para identificar, cuantificar y valorar tanto los costos como los benefieios pertinentes generados por la implementaci6n de una IniCiativa de Apoyo a la Competil ividad Producl iva. 4,2 Agenles econ6micos organizados (AEO): Las personas naturales organizadas y las personas jurldicas conformadas bajo cualquier modalidad permitida por el ordenamienlo legal. Para efeclos de 10 estableCido en la Ley y en el presente reglamento, las personas naturales organizadas deberan ser representados por una Junta Directiva integrada como min imo por un presidente , un secrelario r un tesorero , los cuales seran acreditados mediante e aeta de la asamblea general de constituci6n , certificada por un notario 0 en su defecto por el Juez de Pal de la jurisdicci6n correspondiente. 9 4.3 Aportes de los beneficiaries: Los reccrsos finaneieros y no noenoercs que, dentro de los costcs de inversi6n toter de la Propuesta Produetiva. seran aportacos per los beneficiaries. l os recursos no financieros estaran constnutoos cor valonzaciones de mane de obra. mfraestructura. equipos. bienes y services de los que disponen los benencrartcs para la Propuesla Producttva. 4,4 Beneflcianos: Agenles econ6micos organizados que reciben er connancamrento de una inroauva de Apoyo a la Competitividad srooucuve . 4,5 Cadena Productiva: Sistema que agrupa a los aclores econ6micos interrelacionados por el mercado y Que pamcipan arucctaoameoteen acnvcaoes que generan valor, airececor de un bien 0 service, en las fases de prevision de insumos, producci6n, conservaci6n , IransformaCi6n, induslrializaci6n , comercializaci6n y el consumo final en los mercaoos intemos y externos. 4.6 comne Evaluador: instance del proceso de concurso de una PROCOMPIlE que se encarga de reviser. evaluar y selecconar por categorias, las Propuestas Prcductivas presentadas por los AEO. Dicno ccmne ceo-a ser sustituido per una eouoao privada especauzaoa en proyeetos de inversi6n. 4.7 Fases de la Iniciativa de Apoyo a la Compelilividad Prcductiva . Las rases de una Iniciativa de Apoyo a la Competitividad Prooucuva son: Aotonzaccn. tmpternentacicn y Ejecuci6n. 4.8 Iniciativa de Apoyo a la Compelilividad Productiva (PROCOMPITE) : Es er connanctamento no reembclsabte otorgado a las Propuestas Prcductivas de los benencranos. mediante procesos concursables, por los Gobiemos Regionales 0 Locales para mejorar ta compel ilividad de las cadenas crcoocuvee. No puede ccnsiderar ta entrega direeta en dinero m gastos de operaci6n y mantenmuento de ninguna erase. 4.9 Propuesla Produetiva: Es el Plan de Ne9°cios que presentan los AEO para soficitar er connanctamento de ta PROCOMPIlE, mediante el cuat se «remmcan los bienes 0 services del negocio. la tecnologia a ulilizar, las actividades a realizar, el presupuesto de inversion y operaci6n y se sustenta la rentabnoao financiera y sostenornoac del neqooo. Las Propuestas Productivas nenen el caracter de pelici6n de grada . en et marco de 10 dispueslo per la Ley N" 27444, l ey del Procedimiento Administrativo Genera!. 410 Operador Privado: Persona natural 0 jurid ica con esceceueecco en ta etaboraccn. ejecuci6n 0 ambos, de propuestaa producnvas encargado de apoyar a los AEO en el desarrollo de sus Propuestas Prcductivas. Es contratado por el Gobiemo Regional 0 Local. en el marco, de la PROCOMPIlE. 4.11 Sistema de Informaci6n PROCOMPITE - 81· PROCOMPIlE: Aplicativo informatico que conl iene la informaci6n de las PROCOMPITE aulorizadas , con la finalidad de permitir su seguimfenlo y monitoreo Capitulo II Disposi ci ones Especificas Articul o 5",- Recursos de las Ini ciati vas de Apoyo a la Competitivid ad Produ cti va (PROCOMPll El 5.1 Previamente a la autorizaci6n de las PROCOMPITE, mediante Acuerdo del Consejo Regional 0 del Concejo Municipal, el Gobiemo Regional 0 Gobierno l ocal, segun sea el caso, deterrnina el impor1e que sera desl inado al coflnanciamiento de las propuestas productivas que, a su amparo, se presenten. Dicho importe no podra exceder del 10% de los recursos presupuestados para los gaslos destinados a proyectos, con excepti6n de los recursos provenientes de las fuentes de financiamiento de operaciones oficiales de credilo y donaciones y lransferencias . 5.2 De los recursos antes sefialados , podra utilizarse hasla el 10% del monto total asignado a cada PROCOMPIlE para la asislencia lecnica en la elaboraci6n de las propueslas productivas, la implementaci6n de la PROCOMPIlE, induyendo las acciones vinculadas a ta convocatoria y la seleccion y seguimiento de las propuestas productivas, Art iculo 6°. Clas ificaci6 n de las PROCDMPITE Las PROCOMPITE se dasifican conforme a 10 siguiente: Categorla A Aquellas Que cofinancian propuestas productivas presentadas por como min imo 25 socios, con montes de inversion total de haste SI. 200 000, 00; en las que se ha oennncaoc ceoenas productrvas en las que ta invers ion privada es insu ficienle . Categoria B: Aquelt as que cofinancian propuestas preductivas con montes de inversion total mavores a Si. 200 000 .00; en las que se ha identifica do y priorizado tos subsectores y las correspondientes cadenas productivas que presentan restricciones 0 -coeuos de botella " que cbstaconzan su desarrollo competitive y sostenmre. debido a la insuflciencia de fa inversion pnvaca . Los t er enc anos de esta calegoria de PROCO MPl lE son organizaciones de productores,en sus diferenle smodali dades de crqantzacicn. consunsoos bajo ra forma de personas juridicas. conrorrne a la Ley Gene ral de Sociedades 0 al Codigo Civil. Articulo 7".- Destino del cofinanciamiento de las nncranvas de Apoyo a la Co mpe tit ividad Product iva 7.1 Los Gobiemos Regionales '1 Gobiemos Locales pueden cofinanciar croou estes productivas median te el desarrollo.eoectecon.rnejora 0 nansiereocade tecncloq Ia. Pueden consicera r fa trans ference de equipos. mequmana. tntraestructura . insumos. matertales '1 services. 7.2 B rrcoto de comerctameoto de una propuesta procucnva se determnara de acuerdo a los limites siguientes En las PROCOMPllE de la Calegoria A: Hasta e180% del monte de inversi6n total oodra ser connanctaoo POf el Gobiernc Regional 0 Local EI salco del monto de inversion total correspondera ser financiado por las AEO, En las PROCOMPllE de la Categoria B: Hasta e150% del mente de inversi6n total podra ser connanctaoo per el Gobiemo Regional 0 Local , tenendo como tope maximo la suma de Si . 1 000000,00 7.3 Los Gobiemos Regionales '1 Gobiemos Locales podran cesuoar. como maximo, hasta er 50% de tos recursos a que se refiere et numeral 5,1 del articulo 5° precedente. para el cofinanciamienlo de las propueatas oroductivas que corres pondan a las PROCOMPITE de la Cateqorta A Lo dispuesto en er preseote numeral no sera de aplicaci6n para los Gobiemos Locales cuyo 10% de los recursos presupuestados para los gaslos destinados a proyeclos sea igua l 0 menor a las 120 UIT. Capitulo III Autorizaci6n, fmplementeclon y Ejecu cion Articulo 8°. Fase de Autorizaci6n Determinado e! monto, la OPI precede a autcnzar la PROCOMPITE conforme a 10 siguiente: 8.' La autorizacion de una PROCOMPITE se real iza anles de su implementaci6n y ejecuci6n y esta a cargo de la Oficina de Programacion e Inversiones (OPI) del Gobiemo Regional 0 Gobiemo Local, fa cuaf evalua que se haya sustentado los costos y los bene ficios de la PROCOMPITE. Dicho susten lo es presenlado POfla Gerencia de Desarrollo Econ6mico. 0 la que haga sus veces . EI plazo maximo porel que se puede autorizar una PROCO MPITE es de 2 arios . 8.2 Adicionalmente, para el caso de las PROCOMPITE de la Categoria B. el Gobiemo Regional 0 Local. a traves del 6rgano de Desarrollo Econ6m ico 0 el que haga sus veces , idenlifica las zonas con ventajas comp arati vas y potencialidades. 8.3 La inform aci6n sei'ialada en el articulo 6° y en los numerales 8.1 y 8,2 del presente Reglamento debera presenlarla una IOstancia del Gobiemo Regional 0 Local a la OPI. 8.4 La OPI. al aulorizar una PROCO MPITE, debera sei'ialar los criterios de elegibilidad y selecci6n que deberan cumpl ir las prepueslas productivas para ser cofinanciadas, los cuales consistiran como minimo, en 10 siguienle: a) Criterios de elegibilidad : Ejecutarse en la zona identificada como "con inversi6n privada insufici ente ", No recibir algun cofinanciamiento del Estado para financiar la ejecuci6 n del mismo plan de negocio; y, Contribuir a la sostenibi lidad de la cadena productiva. b) Criterios de selecci6n: Solicitar el menor monto de cofinanciamienlo de la PROCOMPITE 10 Demostrar rentabnoao financera privada: y. Demcsnar soslen ibilidad del negocio. 8.5 Luego de aotcru aoa una PROCO MPIT E, la OPI tiene un plazc maximo de quince (15) dlas habiles para inform er al Min isterio de Economia y Fmanzas . mediante el regislro de 1a PROCOMPlTE en el Sistema de Informaci6n PROCOMPlTE - SI-PROCOMPITE. De no reanaarse er reqrstro antes eeneecc. el Gobierno Regional o Gobiemo Local no podra realizer la convccatona de ra PROCOMPllE. La Direcci6n General de Polilica de tnverslones, pordra et Sistema de rorormacon PRQCO MPITE - St PROCOMPI TE a disposiccn de los Gobiemos Regionales y Gobiemos Locales, 8.6 De conformidad con e! articulo 3" de la Ley, la PROCOMPITE autonzaoa uene un ptaeo maximo de ejecuci6n de dos (2) enos,ccnta cos a partir de ta pubncacon de ta fisla de propues las producuves qanadora s. Articulo 9".- Fase de Im plementac i6n 9.1 La Fase de Implementaci6n de la PROCO MPllE se inicia con la elaboraci6 n de las Bases y la publicaci6n de la ccovocetcoe. 9.2 Las Gerencias de Desarrollo Ecooonucc 0 ta que hagan sus veces. elaboran y aprueban las Bases del Concurso, 9.3 Una vez autcrizada una PRQCOMPITE. ta oner-e de retaoones pubncas 0 ta que haga sus veces del Gobiemo Regional 0 Gobiemo local reepecttvc, prccedera a electuar la convocato-ta pub lica, en los paneles u ctros medios locales y regionales de mayor arcance publico , debiendo mdicarse en ella las fechas de convocatona publica, el periodo del concurso, el monlo de presupuesto asignado para el concu rso '1 los ptezos para la presentaci6n de los requisites neceserios por parte de los AEO tales como soucnuc. Propuest a Prooucnva . cntencs de elegibilidad y eeleccion. entre circe. 9.4 La PROCOMPIlE autonzada se lmolementara med iante concurso . para 10 coer el Gobierno Regional 0 Gobiemo Local respectwo. cispondra ta conrorrnaccn de un ccrrete Evaiuador de las Propuestas Prcouctivas que particparan de la ccovccetorte. el cual estara integ rado par: EI Jefe del area de ce sancuc econorracc 0 quien haga sus veces , quien 10 preside , EI Jete del area de desarrollo social 0 quien haga sus veces. quien actuara como secetenc recmco. Un representante de los productores organizados de la zona . Para las PROCOMPITE de la Categorla B, se ind uira , "' r rofesional con experiencia en proyectos de inversion . En e presente caso , el Presidente del Comite Evaluador tendra voto dirimenle. 9.5 Son funciones del Com rte Evaluador: Revisar. evaluar y seleccionar las Propuestas Productivas. Presenlar al Gobiemo Regional y Gobiemo Local la relaci6n de Propuestas Productivas selecci onadas para su aprobaci6n, 9.6 Los Agenles Economicos Organizados (AEO) presentaran sus Propuestas Product ivas . indicando de manera especifica los equipos, maquin arias , insumos. materi ales '1 servicios que se reque riran para el desarrollo del negocio; debiendo sei'ialarse expresamenle aquello que sera cofinanciado por e! Gobiemo Region al 0 Gobiemo Local y aquello que sera cofinanciado con los aporles de 10sAEO. 9.7 EI Gobiemo Regional 0 Gobierno Local , mediante Resolu cion de Presidencia 0 Alca ldla, segun corresponda, aprobara la relaci6n de Propuestas Productivas que recibiran cofinanciamiento de acuerdo con los recursos disponibles de la PRQCOMPITE convocada, para 10 cual debera observar la relaci6n presenta da por el Comite Evaluadof . 9.8 Las decisiones del Comite Evaluador asi como las aprobaciones que realice el Gobiemo Re~ion al 0 Gobiemo Local respecto a las Propuestas Productlvas son inimpugnables, par su caracter de petiti6n de gracia. 9.9 Los procedimientos correspondienles a la Fase de Implemenlacion pueden ser desarrollados POf una entid ad privada especial izada en desarrollo productivo seleccionada 11 y contratada por erGobierno Regional 0 Gobierno Local, en et marco de la PROCOMPIlE autcnzaca Art iculo 10',- Pase de Ejecuci 6n Los Gobiemos Regionales 0 Locales precederan a acquire los equipos. maqumanas. insumos . materiales ylo contratar los servicios, de ser 1,11 case , descntos en la propuesta Producliva de las iniciativas ganadoras . Las adquisiccnes que se reancen en 1,11 marco de la ley, se suje tan a 10dispuesto par fa ncrmanvoao de ccntrataciones de! Estado . Articulo 11°. Entrega de los btenas y serv ic ios a los AEO ganad ores 11.1. A la culminaci6n del proceso de adquisici6n de ceres a que 51,1 hace referenca en et articulo precedente. se prccecera en un plaza que no exceda los 10 dias nebiles. a efectuar la enlrega de los equipos, maquinarias, insumas V materiales a los AEO , debiendo para el etecto firmarse las aetas V documentos respectivos donde se estableceran las obligaciones de los beneficiaries relacionadas con 1,11 prop6sito V uso para 1,11 que fueron solicitadas, de confonnidad con el numeral 1.4,5 de la Directive N" 004-20021SBN 'Prccedsmentc para 1,11 A~a V ta Baja de los Brenes Muebles de Propiedad Estatal V su Recepci6n por la Superintendencia de Bienes Nacionales' , aprobada med iante la Resoluci6n N" 021-2002-SBN. 0 normativa que ta susntcve. 112 . En 1,11 caso de los services. 1,11 pago a los proveedores se etectuara conforme a Ia programaci6n establecida en la propuesta productiva, sin exceoer 1,11 plazo estatsecoo para ta PROCOMPITE, contra ra emrsron de los respecuvos comprobantes de pago. Art iculo 12°. Seg uim iento de las Propuesta s Procucnvas EI Gobiemo Regional 0 Local. reanzara 1,11 seguimiento a Ia ejecuci6n de las Prcpuestas Produetivas que seleccione, con 1,11 objetivo de detenninar si los bienes V servicios cesnnaoos estan curnpjendo sus metes V propositos para los que fueron sonotacos. En case contrario . 1,11 Gob iemo Regional 0 Local implementara las meccas correcnvas que correspcndan . Articulo 13°. De los Operadcres Pri vados Una vez autorizada la PROCOMPITE V antes de la Convocatoria respective, los Gobiemos Regiona les V Gobiemos l ocales. a na ves de los Operadores Privados que se prevean en la PROCOMPllE. podran realizer acnvoaoes de capaci taci6n . asistenca tecnica V provision de infonnaci6n relacionada a la articulacion de cadenas prolluctivas regionales 0 locales , a favor de los potenceles beneficiaries de las PROCOMPIlE. Capit ulo IV Disp osi ci ones Complementa rias Finales Primera.* Evaluaci on de impacto EI Min isterio de Economia V Finanzas, a traves de la Direcd6n General de Poli tica de Inversiones, realizara anualmente una evaluaci6n de resultados ylo impacto de una muestra de las PROCOMPIlE autorizadas, teniendo en cuenta las propuestas prolluet ivas cofmanciadas V el desemper'\o del negocio durante su operaci6n , en tenn inos de su rentabilidad y sostenib ilidad financiera . Segunda.- Co ordinac ion Interinstitucional De considerarlo pert inente , los Gobiemos Regionales y l ocales pollran asociarse mediante un convenio. con la finalidad de !Ievar a cabo los concursos haciendo sinergias y economias de escala , En consecuencia, toda referencia hecha a los Gobiemos Regiona les y Gob iemos Locales en la Ley, 1,11 presente Regla mento y las normas complementarias que se emitan, se entendera hecha a la asociaci6n de estos . Los Gobiemos Regiona les VGobiemos Locales pollran celebrar convenios con insti tuciones publ icas 0 privadas para la elaboracion de los estudios susten tatorios de las Prepues!as Preductivas de las AEO u etras actividades necesarias para 1,11 desarrollo de las PRQCOMPITE que autorice. conforme a la norma tividad vigente . Tercera.- Disp osi ciones Co mplementa rias EI Min isterio de Economia V Finanzas, a traves de la Direcci6n General de Polit ica de Invers iones , en un plazo no mayor de neinta (30) eras haoiles contaoos a partir de la publica cion del presente Reglamento. aprcbara las disposiciones complementarias que resu lten necesarias. c uarta .. Dispos iei6n Transitoria A la entrada en vigencia del presente Reqtamento. los Gobiemos Re~ionales y l ocales. sequn 1,11 eeteco de las PROCOMPIl en tramne. deberan adopter las acetones siguientes: ESTAOO DE PROCOW'ITE ACC16N Anlesde Alltorizackln AdeCuaf ta PAOCOMPITE a las disposJcioIles del presente Reglarmnto, Antes de ConvocalOria Adecuar ta PROCOMPITE a lasdispos;ciones del presente Aegla rmnto Posterior a la Convocaloria y antes de la carceer la ccwocatcoa 0 prasentaci6nde las proplJElstasprooucti'las I~mentaf Ia PRClCO MPITE conlarrre a Reglarrento aprobado porceeee sccerc N' 192·2!'109-EF,La cancelaci6n sa reaea rmdoa nle Acuerdo de ccosec Regiona l 0 del COIlCBjo Muricipal. sag lin sea e!caw. Poslerior a til prasa nlacl6n de las prOP\ll!stas lr~mentar Ia PROCOMPITE proouctrllas, conlorrre al Reglarrento aprobado px oeeec S~emo N' tg2·2009-EF. 807669-1 Aprueban Indice s d e Dis tribuci6n de la Regal ia Mine ra correspon d ientes a l m es d e mayo de 20 12 a ap licar a los Gob ie rnos Locales. Gobiernos Regio nales y Universidades Nacionales RESOLU CI6N MINI STERIAL N" 455-201 2-EF /15 Lima , 26 de iumo de 2012 CONSIDERANDO: Que , la lev N°28258 - Ley de Regalia Minera, modificada cor las t evee N° 28323 y W 29788 , establece ta Regalia Minera , su consutuoon, determinacion. acmmetraccn. distribuci6n y utilizacion; Que . 1,11 numeral 2.1 de! articulo 2" de la Lev N" 28258 l ey de Regalia Minera, senara que la Regalia Minera es la contraprestacon econonuca que los sujetos de la activ idad minera pagan at Estado por la explotaci6n de los recursos minerales meMlicos Vno meta licos : Que. 1,11 numeral 8.2 del articulo 8° de la Ley W 28258 - Ley de Regalia Minera. ser'iala que 1,11 Ministerio de Econom ia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados per concepto de Regalia Minera en 1,11 plazo maximo de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dla de pago de la Regalia Minera; Que , 1,11 numeral 16.5del articulo 16° del Reglamento de la Lel de Re1:alla Minera aprobado por Decreto Supremo N° 1 7-2004 · F Y nonnas mod if icalorias, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas detenninara los indices de distribucion de la regalia minera del ultimo mes ylo del ultimo trimestre, segun sea 1,11 caso .losque seran aprobados mensualmente a traves de una Resoluci6n Ministerial; Que . 1,11 literal b) del numeral 15.5 del articulo 15° de la Ley N" 28411. l ey General del Sistema Nacional de Presupuesto. en concordancia con 10 dispuesto en !a Tercera Disposici6n Complementaria Final de ta Resoluci6n Ministerial N" 223-2011-EFI43. que aprueba 1,11 Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Min isterio de Economia V Finanzas, establece Que los Indices de Distribuci6n de la Regalia Minera son aprobados per el Ministerio de Economia y Finanzas medianle Resolucion Ministerial sobre la base de los ctl lculos que para tal efeeto formu le la Direcci6n General de Descentfalizaci6n Fiscal VAsuntos Sodales de este ministerio, segun lOS crilerios estableCidos en 1,11 marco legal correspondiente; Que. sobre la base de la informacion proporcionada por eI InstltutoNacional de Estadislica 1,1 Inf00l18tica-INEImediante el REAL TIME EIRL