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秘鲁的法律

Decreto Supremo Nº 090/09/EM - Modifica el Decreto Supremo Nº 052/07/EM, Reglamento de licitaciones de suministro de electricidad

颁布于 2009-12-17 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Energy
关键词
energy conservation/energy production, renewable energy, hydropower generation, transport/storage, authorization/permit, internal trade, contracts

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Articulo 1.- Modificaci6n del articulo 14 del Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad Modifiquese el articulo 14 del Reglamento de Llcttaclones de Suminis1ro de Electricidad, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2007-EM, de acuerdo a 10 siguiente:

  2. "Articulo 14 - Precio Maximo para la Adjudicaci6n EI OSINERGMIN veriflcara que no se admitan Ofertas que superen el precio maximo, con excepci6n de aquellas Ofertas referidas a proyectos hidroelectrtcos que. no obstante estar originariamente por encima del precio maximo. dejan de superarlo al aplicarse el factor de descuento a que se refiere el numeral 4.6 del articulo 4 de ta Ley N° 28832. EI precio maximo sera hecho publico y registrado en acta s610 en caso que no hubiera Ofertaa suficientes para cubrir el total de la demanda Hcttada y que a! menos una de las Ofertas recibidas haya superado el precio maximo. Para estos efectos. se consideraran a las Ofertas referidas a proyectos hidroelectricos que hayan superado el precio maximo luego de aplicado el factor de descuento."

  3. Articulo 2.- Se agrega ultimo parrato al articulo 15 del Reglamento de Licitaciones de Suministro de Electricidad Aqrequese como ultimo parrato del articulo 15 del Reqlarnento de Licitaciones de Suministro de Electricidad aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2007-EM, el siguiente texto:

  4. "Articulo 15,- Evaluaci6n de Ofertas y Adjudicaci6n de Buena Pro ( ...) En todos los casos. los Precios Firmes corresponderan a las Ofertas de los que resulten Adjudicatarios de la Buena Pro. aun en los casos de Ofertas referidas a proyectos hidroelectricos que estaban por encima del precio maximo antes de la aplicaci6n del factor de descuento."

  5. Articulo 3.- calcuto de los costos marginales EI Comite de Operaci6n Econ6mica del Sistema efectuara los calculos para determinar los costas marqtnales de corto plazo y ta diferencia entre los costos variables de operaclon en que incurran las centrales y tales costos marginales, conforme 10 dispuesto en los numerales 1,1, 1.2 Y 1,3 del Articulo 1 del Decreto de Urgencia W 049-2008, asi como, para determinar los costos variables adicionales con respecto a los Precios de Energia en Barra en que incurran las centrales para atender los retires sin contrato conforme 10 dlepuesto en e! Articulo 2 del Decreto de Urqencia Paqina 56 Sistema Peruano de Informacion Juridica N° 049-2008. EI reeuttado de estes calcufos seran remitidos a OSINERGMIN quien los empleara para efeetos del cumplimiento del Decreta de Urgencia N° 049-2008.

  6. Articulo 4.- Arbitraje sabre monto indernnizatorio En los contratos de conceston defini1iva suscritos a! amparo de la Ley de Conceslones Electricas. la controversia que pueda surgir respecto al monto de la indemnizaci6n que deba ser pagada par el Estado al ex concesionario como consecuencia de la aplicaci6n del articulo 105 de ta Ley de Conceelones Electrtcas, puede ser eomettda a arbitraje, de acuerdo at Decreta Leqislativo N° 1071, Decreta Leqislativo que norma el Arbitraje.

  7. Articulo 5.- Refrendo y vlqencla EI presente Decreta Supremo sera refrendado por el Ministro de Energfa y Minas y entrara en vigenefa a partir del dla siguiente de su publicaef6n en el Diario Oficial EI Peruano. DISPOSICION TRANSITORIA untca.. Procesos de licitaci6n que se encuentren en curso Las Licitaciones convocadas par los Dfstribuidores al amparo de la Ley N° 28832 que se encuentren en curso a ta fecha de publicacion del presente Decreta Supremo, se adecuaran a 10 dispuesto en los artlculos 1 y 2 de la presente norma. Dado en ta Casa de Gobierno, en Lima, a los dtectelete dias del rnes de dlctembre del ana dos mil nueve. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constituefonal de la Republica PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energia y Minas Paqina 57

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