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秘鲁的法律

Decreto Supremo Nº 033-2009-PRODUCE ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 023-2008-PRODUCE, Reglamento de ordenamiento pesquero y acuícola para la Cuenca del Lago Titicaca

颁布于 2009-12-21 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Fisheries and aquaculture, Water
关键词
inland fisheries, freshwater fishes, aquaculture, research, stock enhancement/repopulation, non-commercial fishing, legal proceedings/administrative proceedings, inspection, size, environmental impact assessment (EIA), fishing area, access right, fishing authorization, protection of species, fishery management and conservation, authorization/permit, aquatic animals, biodiversity, freshwater pollution, pollution control

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文本

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  1. Sistema Peruano de Informacion Juridica PRODUCE Decreta Supremo que modifica Reglamento de Ordenamiento Pesquero y Acuicola para la Cuenca del Lago Titicaca (ROPA), aprobado par Decreta Supremo N° 023-2008-PRODUCE DECRETa SUPREMO N° 033-2009-PRQDUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Paqina 25 Sistema Peruano de Informacion Juridica Que, ta Ley N° 27460 - Ley de Promocton y Desarrollo de ta Aculcultura establece en e! numeral 14.2 del articulo 14 que la Direcci6n General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. habilita mediante Resoluciones a favor del Ministerio de Pesquerta. hoy de la Producci6n, areas de mar, rios y lagos naveqables, para fines de acutcuttura, areas acuatlcas que previamente habilitadas son otorgadas en conceelon para el desarrollo de ta aculculture: Que, mediante el articulo 1 del Decreta Supremo N° 023-200B-PRODUCE se aprob6 el Reglamento de Ordenamiento Pesquero y Aculco!a para la Cuenca del Laqo Titicaca (ROPA), que tiene entre sus objetivos establecer las bases para el aprovechamiento racional y sostenible de los recursos hidrobiol6gicos, desarrollo de la pesqueria y actividades acuicolas en la cuenca del lago Titicaca as! como la preservaclcn de los ecoslstemas y de ta diversidad biol6gica; Que, la Sexta Disposici6n Complementaria Transitoria del Reglamento en mencton. establece que en un plazo de sesenta (60) dias calendario la DIREPRO Puno caduca las concesiones que hubiera concedido fuera de las areas habilitadas y que los administrados cuyos derechos son caducados podran iniciar el tramite para el otorgamiento de un nuevo derecho dentro de las areas habilitadas; Que, ta Setima Dispoeicion Complementarta Transitoria del Reglamento de Ordenamlento Pesquero y Acuicola para la Cuenca del Lago Tlticaca. suspende en un plazo de ciento ochenta (180) dias calendario la presentaci6n de nuevas solicitudes de habilitaci6n de nuevas areas para actividades de acutcuttura, as! como la de areas que se encuentren en tramlte de habilitacicn: en dicho plazo el IMARPE, debe brindar mayor informaci6n sobre areas de pesca, areas de desove y otros: Que, mediante Resoluci6n Ministerial N° 113-2009-PRODUCE, se precis6 que los plazos previstos en las Disposiciones Complementarias Transitorias del Reglamento de Ordenamiento Pesquero y Acuicola para la Cuenca del Lago Titicaca (ROPA), aprobado por Decreto Supremo N° 023-2008-PRODUCE, se empfezan a computer una vez que haya transcurrido el plazo previsto para la entrada en vigencia del Reglamento; Que, con ta finalidad que e! Ministerio de la Producci6n continue con ta presentacton de solicitudes de habilitaci6n de areas acuaticas que se encuentran en tramite, antes de la entrada en vigencia del Reglamento de Ordenamiento Pesquero y Acuicola para la Cuenca del Lago Titicaca y la Direcci6n Regional de la Producci6n del Gobierno Regional de Puno con la evaluaci6n de los procedimientos administrativos de concesiones para el desarrollo de acuicultura asimismo. con el objetivo que la actividad acuicola continue con un adecuado desarrollo en armonia con la preservaci6n del ambiente y la conservaci6n de la biodiversidad, resulta necesario modificar el cttado Reqlarnento: Que, considerando que las medidas a dictarse permttiran garantizar que el ejercicio de los derechos otorgados se efectue conforme al ordenamiento legal vigente y al Interes publico resulta aplicable la excepcton prevista en e! numeral 3.2, Incise 3, del articulo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, respecto de la prepublicaci6n de los proyectos de normas legales; De conformidad con 10 establecido en el numeral 8 del articulo 118 de la Constituci6n Politica del Peru, e! Decreto Leqislativo N° 1047 - Ley de Orqanizacion y Funciones del Ministerio de la Producci6n, el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca. su Reglamento aprobado por Decreto Supremo ND 012-2001-PE Y la Ley N° 27460. Ley de Promoci6n y Desarrollo de la Acuicultura y su Reqlamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 030-2001-PE; DECRETA: Articulo 1.- Excluir de los alcances de la Septima Dispoeicicn Complementarta Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero y Acuicola para la Cuenca del Lago Tlticaca. aprobado Paqina 26 Sistema Peruano de Informacion Juridica par Decreta Supremo N° 023-2008-PRODUCE, a las solicitudes de areas que $8 encuentren en tramite de habilitaci6n. Articulo 2.- En un plaza de noventa (90) dras habiles, contados a partir del dia siguiente de ta publicacion del presente Decreta Supremo, ta Direcci6n Regional de ta Producclon del Gobierno Regional de Puna informara a la Direcci6n General de Acuicultura sabre las concesiones otorgadas para desarrollar la actividad de acuicultura y sabre los procedimientos de concesi6n en tramite, antes de ta entrada en vigencia del Reqlamento Ordenamiento Pesquero y Acutco!a para ta Cuenca del Lago Titicaca, aprobado par Decreta Supremo N° 023-2008-PRODUCE, a fin de que el Ministerio de la Producci6n dentro del ambito de su competencia dicte las medidas de ordenamtento que correspondan. Articulo 3.- Derogar la Sexta Disposici6n Complementaria Transitoria del Reglamento de Ordenamiento Pesquero y Acuicola para la Cuenca del Lago Tlticaca. aprobado por Decreto Supremo N° 023-2008-PRODUCE. Articulo 4.- EI presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Producci6n. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los velnttun dras del mes de diciembre del afio dos mil nueve. ALAN GARCIA PEREZ Presidents Constitucional de la Republica MERCEDES ARAoz FERNANDEZ Ministra de la Producci6n Paqina 27

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