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Decreto Supremo Nº 031/09/MTC - Crea la Comisión multisectorial para abordar la problemática de los pueblos indígenas de la Amazonía Peruana

颁布于 2009-05-19 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Agricultural and rural development
关键词
institution, cultural heritage, traditional rights/customary rights, Indigenous Peoples, local government, governance

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文本

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  1. \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica Decreta Supremo que cree la Comisi6n Multisectorial que abordara la prcblematlca de pueblos amaz6nicos DECRETO SUPREMO N° 031-2009-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Incise 19 del articulo 2 de la Constituci6n Polltica del Peru dispone que toda persona tlene derecho a ta identidad etntca y cultural, siendo que el Estado reconoce y protege ta pluralidad etnica y cultural de la Nadon; Que, el articulo 69 del texto constitucional dispone que el Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonia con una legislaci6n adecuada: Que, asimismo. el articulo 89 del citado texto constitucional establece que las Comunidades Nativas tienen existencia legal y son personas [urfdicas. siendo autonomas en su orqanlzaclon. en e! trabajo comuna! y en e! usa y la libre dleposlcton de sus tterras. asi como en 10 economico y administrativo, dentro del marco que la ley establece: Que, ta Ley N° 27811, Ley del Regimen de Protecclon de los Conocimientos de los Pueblos Indigenas vinculados a los Recursos Biolcqicos. establece que los pueblos indigenas son pueblos originarios que tlenen derechos anteriores a la formacion del Estado peruano, mantienen una cultura propfa. un espacio territorial y se auto reconocen como tales. En estos se induye a los pueblos en aislamiento voluntario 0 no contactados, asi como a las comunidades campesinas y nativas: Que, ta ratlflcaclon del Convenlo 169 de la Orqanlzaclon tnternaclona! del Trabajo sobre Pueblos Indigenas y Tribales en Palses Independientes, aprobada por Resolucion Legislativa N° 26253 establece que el Estado peruano reconoce la contrtbucion de los pueblos indigenas a la diversidad cultural, a la armonia social, y a la conservaclon de la diversidad biolcqica: Que el numeral 3) del Articulo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orqanica del Poder Ejecutivo. establece que las comisiones multisectoriales de naturaleza permanente. son creadas con fines eepecificos para cumplir funclones de seguimiento, fiscalizacion, 0 emtelon de informes tecntcos, creandose formalmente mediante decreto supremo refrendado por el Presidents del Consejo de Ministros y los titulares de los sectores Involucrados: Que corresponde que se conforme una Comtelon Muttteectona! de naturafeza permanente para abordar la problematica de los Pueblos Amazonicos: De conforrnidad con 10 dispuesto par e! incise 8) del articulo 118 de ta Constitucion Polftica del Peru y ta Ley N° 29158 - Ley Orqantca del Poder Ejecu1ivo-; DECRETA: Articulo 1.- Conformaci6n de la Comisi6n Multisectorial Conformar la Comisfon Multisectorial entre el Estado y los representantes de la Asociacion lnteretnica de Desarrollo de la Selva Peruana - AIDESEP, cuya fund6n general es abordar la problematica de Pueblos Indigenas de la Amazonia Peruana. La citada Comisi6n Multisectorial constituira un espacio de consulta. cuya misi6n es coadyuvar al analisis y la busqueda de acuerdcs consensuados de los asuntos planteados por ta Paqina 2 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica organizaci6n representativa que la agrupa y el Estado. Dicha Comisi6n dependera de la Presidencia del Ccnsejo de Ministros. Articulo 2.- La Comisi6n Multisectorial queda conformada per los siguientes miembros: Un representante de la Presidencia del Consejo de Mintstros: Un representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Un representante del Ministerio del Ambiente: Un representante del Ministerio de Agricultura: Un representante del Ministerio de Energia y Minas: Un representante del Ministerio de Educaci6n: Un representante del Ministerio del Interior: Un representante del Ministerio de Salud; Un representante del Ministerio de Transportee y Comuntcactones: Un representante del Ministerio de Vivienda, Saneamiento y Construcci6n; y. Un representante del Instituto Nacional de los Pueblos Andinos. Amaz6nicos y Afroperuano - INDEPA. Un maximo de slete (7) representantes de ta Asociaci6n tnteretntca de Desarrollo de ta Selva Peruana - AIDESEP. Tambien podran integraran la Comisi6n Multlsectortaf: Un representante de los Presidentes Regionales de la Zona Amaz6nica; Un representante de los Alcaldes de la Zona Amazonlca: y Sin perjuicio de 10 anterior, la Comisi6n Multisectorial podra realizar coordinaciones con otros sectores del Poder Ejecutivo y organizaciones indigenas, sequn 10 requieran sus funciones. Articulo 3.- Presidente y Secretaria Tecnlca La Comisi6n Multisectorial estara presidida por el representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, en tanto que ta funcion de Secretana Tecnica, sera ejercida por el Instituto Nacional de los Pueblos Andinos, Amaz6nicos y Afroperuano - INDEPA, a traves de su representante. quien convocara a las reuniones de la comisi6n. Articulo 4.- Deelqnaclcn de repreeententee Las entidades del Poder Ejecutivo desiqnaran mediante Resoluci6n del Titular del Pliego correspondiente, un representante titular y un representante alterno, dentro del plazo de quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicaci6n del presente Decreto Supremo. EI representante de los Presidentes Regionales de la Zona Amaz6nica sera acreditado por la Asamblea Nacional de Presidentes Regionales en el plazo indicado en el parrafo precedente ante ta Prestdencla del Conse]o de Ministros. Paqina 3 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica EI representante de los Alcaldes de ta Zona Amaz6nica sera eleqido entre todos los Alcaldes de dicha zona en el plazo indicado en el primer parrafo del presente articulo y acreditado ante la Presidencia del Consejo de Ministros. La Asociaci6n lnteretnica de Desarrollo de la Selva Peruana - AIDESEP acreditara a sus representantes. mediante comunicaci6n dirigida a la Presidencia del Consejo de Ministros, en el mismo plazo previsto en el primer parrafo del presente articulo. Articulo 5.- Reglamento Interna EI Reglamento Interna de la Comisi6n Multisectorial sera aprobado par resoluci6n ministerial de ta Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 6.- Gastos de la Comisi6n Cada Pliego presupuestal asumfra los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Articulo 7.- Funciones de la Comisi6n Multisectorial La Comisi6n Multisectorial tendra como funciones especificas las siguientes: a. Abordar la Problematica de Pueblos Indigenas de la Amazonia Peruana. b. Promover e! debate y hacer e! sequimiento de las poltticas de Estado scbre Pueblos Indigenas c. Fortalecer la institucionalidad indigena en la estructura del Estado: d. Contribuir con propuestas normativas para dar un marco juridico de protecci6n de los derechos de los pueblos indigenas: e. Elaborar las propuestas de un plan de desarrollo sostenible con identidad de los pueblos indigenas: Articulo 8.- Refrendo EI presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Ambiente, el Ministro de Agricultura, la Ministra del Interior, el Ministro de Educaclon, el Ministro de Sa lud, el Ministro de Enerqia y Minas, la Ministra de ta Mujer y Desarrollo Social, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y la Ministra de Vivienda, Construcci6n y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobiemo, en Lima, a los dleclnueve dias del mes de mayo del ano des mil nueve. ALAN GARCIA PEREZ Presidents Conetttuclona! de ta Republica YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTONIO JOSE BRACK EGG Ministro del Ambiente CARLOS LEYTON MUNOZ Ministro de Agricultura Paqina 4

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