Decreto Supremo Nº 030-2012-EM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de organización y funciones del Ministerio de Energía y Minas
颁布于 2012-08-09 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Mineral resources
- 关键词
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, governance
- 类别
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Artículo 4°.- Información Modernización de la Gestión del Estado, modificada por La Empresa de Servicio de Agua Potable y la Ley Nº 27842; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Alcantarillado de Lima S.A.-SEDAPAL, informará al Ejecutivo y en aplicación de las atribuciones previstas en Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución los avances físicos y financieros de la ejecución de los Política del Perú; proyectos a su cargo, con relación a su cronograma Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios correspondientes, para efectos de las acciones DECRETA: de verificación y seguimiento a que se refiere el artículo 11° de la Ley N° 29812- Ley de Presupuesto del Sector Artículo 1º.- Modificación de distintos artículos Público para el Año Fiscal 2012. del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto
Artículo 5°.- Refrendo Supremo Nº 031-2007-EM, modificado mediante El presente Decreto Supremo será refrendado por Decreto Supremo Nº 026-2010-EM. el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Modificar los artículos 6º, 81º, 84º, 86º y 87º del Vivienda, Construcción y Saneamiento. Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve 031-2007-EM, y modificado por el Decreto Supremo Nº días del mes de agosto del año dos mil doce. 026-2010-EM en los términos siguientes: OLLANTA HUMALA TASSO “Artículo 6º.- La estructura orgánica del Ministerio de Presidente Constitucional de la República Energía y Minas es la siguiente: LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Órganos de Alta Dirección Ministro de Economía y Finanzas - Despacho Ministerial RENÉ CORNEJO DÍAZ - Despacho Viceministerial de Energía Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Despacho Viceministerial de Minas - Secretaría General 826159-1 • Oficina de Administración Documentaria y Archivo Central • Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones ENERGIA Y MINAS • Oficina de Defensa Nacional Órgano Consultivo - Comisión Consultiva Órgano de Control DECRETO SUPREMO Nº 030-2012-EM - Órgano de Control Institucional EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA • Oficina de Inspecciones • Oficina de Auditoría CONSIDERANDO: Órgano Jurisdiccional Administrativo Que, mediante Decreto Ley Nº 25962, se aprobó la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas, determinándose el - Consejo de Minería ámbito del Sector Energía y Minas, así como la estructura y funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus Órgano de Defensa Jurídica dependencias; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, - Procuraduría Pública se aprobó la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Órganos de Asesoramiento Minas y el Organigrama de la entidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2010-EM, - Oficina General de Planeamiento y Presupuesto se modificó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, entre otros aspectos, • Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperación creándose la Dirección General de Eficiencia Energética Internacional teniendo la responsabilidad del desarrollo de los procesos • Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación vinculados en primer orden con la eficiencia energética y Regional planeamiento energético; • Oficina de Presupuesto Que, resulta necesario promover el desarrollo de la industria del Gas Natural así como de las inversiones - Oficina General de Asesoría Jurídica que se requieren para incrementar el consumo de dicha - Oficina General de Gestión Social fuente de energía, con la finalidad de modificar la matriz energética; Órgano de Apoyo Que, para tal efecto resulta necesario crear al interior de la Dirección General de Hidrocarburos una - Oficina General de Administración unidad orgánica denominada Dirección de Gestión del Gas Natural, la misma que se encargará de evaluar y • Oficina de Personal emitir opinión sobre las actividades de procesamiento, • Oficina de Logística transporte y distribución del gas natural y emitir opinión • Oficina Financiera acerca de las autorizaciones para la instalación y • Oficina de Informática Normas 472454Legales del 10.08.2012 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de agosto de 2012 9 Órganos de Línea Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos y Biocombustibles; - Dirección General de Electricidad c) Evaluar y emitir informes técnicos sobre las solicitudes correspondientes a las Concesiones y/o Convenios de • Dirección Normativa de Electricidad Inversión y Autorizaciones requeridas para las actividades • Dirección de Concesiones Eléctricas relacionadas con el Procesamiento, Transporte y • Dirección de Estudios y Promoción Eléctrica Comercialización de Hidrocarburos Líquidos, Instalación de Plantas de Petroquímica básica y de las modificaciones de - Dirección General de Electrificación Rural las mismas; así como realizar el control del Cronograma de Ejecución de Inversiones referidas a la petroquímica básica; • Dirección de Proyectos d) Emitir opinión técnica respecto al establecimiento de • Dirección de Fondos Concursables servidumbre en Actividades de Transporte y Distribución de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados - Dirección General de Hidrocarburos de los Hidrocarburos y Biocombustibles; e) Mantener relaciones de coordinación con entidades • Dirección Normativa de Hidrocarburos públicas y privadas para tratar asuntos relacionados con • Dirección de Exploración y Explotación de su competencia; Hidrocarburos f) Participar en el procesamiento y análisis de la • Dirección de Procesamiento, Transporte y información estadística relacionada con su competencia, Comercialización de Hidrocarburos y Biocombustibles en coordinación con la Dirección General de Eficiencia • Dirección de Gestión del Gas Natural Energética; g) Realizar las demás funciones que se le asigne.” - Dirección General de Eficiencia Energética
Artículo 2º.- Creación de Unidad Orgánica - Dirección General de Minería dependiente de la Dirección General de Hidrocarburos. • Dirección Normativa de Minería Incorporar los artículos 87º-A y 87º-B en el Reglamento • Dirección Técnica Minera de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y • Dirección de Promoción Minera Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007- EM, y modificado por el Decreto Supremo Nº 026-2010- - Dirección General de Asuntos Ambientales EM en los términos siguientes: Energéticos
Artículo 87º-A.- La Dirección de Gestión del Gas • Dirección Normativa de Asuntos Ambientales Natural se encarga del proceso de promoción de las Energéticos inversiones y del uso del gas natural a nivel nacional, • Dirección de Gestión Ambiental Energética así como de analizar e informar acerca de las solicitudes referidas a los procesos de concesiones, autorizaciones y - Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros servidumbres al respecto. • Dirección Normativa de Asuntos Ambientales Artículo 87º-B.- La Dirección de Gestión del Gas Mineros Natural tiene las funciones y atribuciones siguientes: • Dirección de Gestión Ambiental Minera a) Promover la inversión privada nacional y extranjera en el procesamiento, transporte, distribución,
Artículo 81º.- La Dirección General de Hidrocarburos comercialización y uso del Gas Natural; está constituida por los siguientes órganos: b) Analizar y evaluar la información técnica, económica y financiera relacionada al procesamiento, transporte, - Dirección Normativa de Hidrocarburos distribución y comercialización del Gas Natural; - Dirección de Exploración y Explotación de c) Evaluar y emitir opinión sobre las solicitudes Hidrocarburos correspondientes al procesamiento, transporte, distribución - Dirección de Procesamiento, Transporte y del Gas Natural, así como para autorizar la instalación y Comercialización de Hidrocarburos y Biocombustible operación de ductos para transporte y distribución del Gas - Dirección de Gestión del Gas Natural. Natural; d) Evaluar y emitir opinión respecto a las solicitudes
Artículo 84º.- La Dirección de Exploración y de servidumbre en los procedimientos relativos al Gas Explotación de Hidrocarburos es la encargada de evaluar Natural; y analizar los aspectos técnicos referidos a los procesos e) Mantener relaciones de coordinación con entidades de exploración y explotación de hidrocarburos líquidos, públicas y privadas para tratar asuntos relacionados con así como las autorizaciones y servidumbres en el ámbito su competencia; de su competencia. f) Coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales, empresas concesionarias de distribución de gas y demás
Artículo 86º.- La Dirección de Procesamiento, entidades públicas la ejecución de obras de distribución Transporte y Comercialización de Hidrocarburos y del Gas Natural y su administración, operación o Biocombustibles es la encargada de la promoción de las mantenimiento; inversiones para la utilización de Combustibles Líquidos, g) Promover y/o ejecutar actividades de educación y así como de analizar y emitir opinión técnica acerca de capacitación de consumidores que incluirán programas las solicitudes referidas a los procesos de concesiones, de desarrollo de usos productivos del Gas Natural; autorizaciones y servidumbres al respecto, en los aspectos h) Coordinar con otras instituciones públicas y privadas de competencia del Sector y en coordinación con las otras los aspectos relacionados con zonas para la distribución entidades competentes. del Gas Natural; i) Proponer normas en aspectos referentes al Gas
Artículo 87º.- La Dirección de Procesamiento, Natural; Transporte y Comercialización de Hidrocarburos y j) Participar en el procesamiento y análisis de la Biocombustibles tiene las funciones y atribuciones información estadística relacionada con su competencia, siguientes: en coordinación con la Dirección General de Eficiencia Energética; a) Promover la inversión privada nacional y extranjera k) Proponer las resoluciones directorales en el ámbito en Combustibles Líquidos, Petroquímica básica, de su competencia; Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos y l) Realizar las demás funciones que se le asigne. Biocombustibles; b) Analizar y evaluar la información técnica, Artículo 3º.- Adecuación del CAP y MOF económica y financiera relacionada al Procesamiento Facúltese al Ministerio de Energía y Minas a adecuar, de y Comercialización de los Combustibles Líquidos, conformidad con el presente Decreto Supremo, el Cuadro Normas 47245510 Legales del 10.08.2012 Lima, viernes 10 de agosto de 2012 NORMAS LEGALES para Asignación de Personal y el Manual de Organización designe en su reemplazo a la señora abogada Susana y Funciones, los que deberán ser presentados en un plazo Tatiana Cervantes Castro, resultando pertinente emitir el máximo de noventa (90) días calendario a la instancia acto correspondiente; correspondiente para su aprobación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley
Artículo 4º .- Publicación de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y El presente Decreto Supremo deberá ser publicado en Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www. su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- minem.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario 2008-JUS; Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en Estando a lo acordado; la Ley Nº 29091 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM. SE RESUELVE:
Artículo 5º.- Vigencia Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del El presente Decreto Supremo entrará en vigencia al señor abogado Federico Fernando Álvarez Neyra, como día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Arequipa, dándosele las gracias por
Artículo 6º .- Refrendo los servicios prestados. El presente Decreto Supremo será refrendado por el Artículo 2º.- Designar a la señora abogada Susana Ministro de Energía y Minas. Tatiana Cervantes Castro, como Procuradora Pública Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judicial de Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve Arequipa. días del mes de agosto del año dos mil doce. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y OLLANTA HUMALA TASSO por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Presidente Constitucional de la República Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República 826159-2 JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros JUSTICIA Y DERECHOS EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos HUMANOS 826159-5 PRODUCE RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 123-2012-JUS Lima, 9 de agosto de 2012 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 361-2012-PRODUCE VISTO, el Oficio Nº 1735-2012-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Lima, 8 de agosto de 2012 Estado; CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1047 se aprobó Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad Producción determinándose su ámbito de competencia, de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del funciones y estructura orgánica básica; Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional Que, por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones Constitucional, órganos administrativos e instancias de del Ministerio de la Producción; similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, conforme lo establecido en la Septuagésima Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 29812, mencionado, establece que es atribución del Consejo Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer Fiscal 2012, se faculta al Ministerio de la Producción, la designación de los Procuradores Públicos del Poder aprobar mediante Resolución Ministerial sus documentos Ejecutivo; de gestión para mejorar la eficiencia y eficacia de sus Que, el artículo 25º del Decreto Legislativo Nº procesos internos; 1068 antes acotado, estipula que la designación de los Que, mediante Resolución Ministerial Nº 343-2012- Procuradores Públicos culmina, entre otras razones, por PRODUCE, publicado el 24 de julio de 2012 en el término de la designación; Diario Oficial El Peruano, se aprobó el Reglamento de Que, mediante Resolución Suprema Nº 061-2007- Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de la JUS, de fecha 16 de marzo de 2007, se designó al Producción; señor abogado Federico Fernando Álvarez Neyra, como Que, mediante Resolución Ministerial Nº 301-2012- Procurador Público Anticorrupción Descentralizado del PRODUCE del 18 de junio de 2012, se designó a la señora Distrito Judicial de Arequipa; Juana Lourdes Bernal Alva, en el cargo de Directora de la Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Técnica Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa Administración del Ministerio de la Producción; que el citado Consejo ha propuesto dar por concluida Que, en consecuencia, resulta pertinente dar la designación del señor abogado Federico Fernando por concluida la designación efectuada mediante Álvarez Neyra, como Procurador Público Anticorrupción Resolución Ministerial Nº 301-2012-PRODUCE, y Descentralizado del Distrito Judicial de Arequipa y que se designar al Director General de la Oficina General de