Decreto Supremo Nº 026/95/ITINCI - Reglamento de uso turístico de los recursos naturales en el Camino Inca dentro del Santuario Histórico de Machupicchu
颁布于 1995-10-02 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Wild species and ecosystems
- 关键词
- protected area, management/conservation, protection of habitats, tourism, biodiversity
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Reglamento de Uso turfstico y conser vaclon de los recursos naturales en el Camino Inca dentro del Santuario Hist6 rico de Machupicchu DECRETa SUPREMO N° 26·95·ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 001-81-AA de fecha 8 de enero de 1981 se establecio el Santuario Historico de Machupicchu como Area Natural Protegida por el Estado; Que, mediante Decreto Ley N° 25902 se crea el Insti tuto Nacional de Recursos Naturales y por Decreto Supre mo N° 055-92-AG se Ie encarga proponer las politicas, planes y normas para la adecuada gestion y manejo de las unidades que componen el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas; Que, en observancia del Reglamento de Unidades de Conservacion, aprobado por Decreto Su premo N° 160-77 AG es procedente aprobar el Reglamento de Uso Turistico Page 134550 Lima. martes 3 de octubre de 199~ y Conservacion de los Recursos Naturales en el Camino Inca dentro del Santuario Historico de Machupicchu; Con las opiniones favorables del Viceministro de Tu rismo y del Jefe del INRENA; y, De conformidad con los Decretos Leyes N°s. 21147, 25902 y 25831, Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Inter nacionales; DECRETA: Articulo 1°. Aprobar el Reglamento de Uso Turistico y Conservacion de los Recursos Naturales en el Camino Inca dentro del Santuario Historico de Machupicchu, el mismo que consta de cinco (5) titulos, veintidos (22) articulos, cuatro (4)disposiciones complementarias y tres (3) disposiciones transitorias, Articulo 2".- Publicar el indicado Reglamento en el Diario Oficial EI Peruano, el mismo que entrara en vigen cia a partir del dia siguiente de su publicacion. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y cinco. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica LILLIANA CANALE NOVELLA Ministra de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ABSALON VASQUEZ VILLANUEVA Ministro de Agricultura REGLAMENTO DE usa TURISTICO Y CONSERVACION DE RECURSOS EN EL CAMINO INCA DENTRO DEL SANTUARIO mSTORICO DE MACHUPICCHU TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1°. EI presente Reglamento regula el Uso Turistico y la Conservacion de los Recursos Naturales y Culturales en el Camino Inca dentro del Santuario Histo rico de Machupicchu. Articulo 2".- Para fines del presente Reglamento, la maxima autoridad que ejerce las funciones de adminis tracion y control del Camino Inca, es el Comite de Admi nistracion y Control del Camino Inca-CACCI, de acuerdo a 10 establecido por el Titulo III del presente Reglamento. Articulo 3°. Para efectos del presente Reglamento se define: a. CAMINO INCA.· Es el tramo comprendido entre el km, 88, Qoriwayrachina 0 el km, 77, Chillca; comopuntos usuales de accesoe inicio de la Caminata, hasta la llegada ala ciudadela de Machupicchu. Para determinar con mayor precision el ambito del Camino Inca, se mencionan como referencia los siguien tes lugares, ubicados dentro del mismo: Llactapata, Llu lluchapampa,AbradeWarmiwadusqa, Runjuraqay, Aya marka, Phuyupatamarka, Widaywayna, Intipunku ycomo meta, la ciudadela de Machupicchu. b. CAPACIDAD DE CARGA.· La soportabilidad de un area determinada respecto a la afluencia humana sin que se produzca deterioro de los recursos naturales y arqueologicos por sobreutilizacion. c. FICHA DE REGISTRO.- Es el formato que cada visitante individual 0 en grupo organizado a traves de una Agencia Autorizada debe llenar y firmar en la Oficina de CACCI,el cual seraverificado en el Puesto de Supervision de Huayllabamba, punto en el que confluyen las dos vias principales de acceso, d. TURISTA.- Aquella persona 0 personas nacionales oextranjeras que con fines de recreacion yesparcimiento, aventura y deporte, cultura e instruccicn y en general de simple contacto con la naturaleza, se ha llenado la Ficha de Registro debidamente, declara conocer y acatar el presente Reglamento. e. CAMINATA.· Desplazamiento pedestre que reali zan una 0 varias personas en forma ordenada y organiza da, confines de recreacion, aventura 0 simple contacto con la naturaleza. f. TURNO PARA LA CAMINATA.- Es el mimero de registro en orden cronologico, que determina la fecha de ingreso del grupo 0 persona individual al Camino Inca. . g. PUESTO DE SUPERVISION EN HUAYLLA BAMBA.- Punto en el que confluyen las dos vias de ingreso al Camino Inca, en el cual se validara la Ficha de Registro. h. AGENCIAAUTORIZADA.· Empresa de servicios turisticos que cuenta con la autorizacion especifica del Ministerio de Industria, Turismo, Integraciony Negocia ciones Comerciales Internacionales -MITINCI- 0 de la Direccion Regional de Industria y Turismo - CTAR de la Region Inka, conforme a la normatividad vigente. i. GUIAESPECIALIZADO.- Persona calificada que, debidamente autorizada por el MITINCI 0 la Direccion Regional de Industria y Turismo -CTAR-, proporciona a los Turistas orientacion e informacion sobre el Camino Inca. Asimismo, es la persona que debe brindar los servi cios de conduccion y asistencia a los Turistas durante la Caminata. El Guia Especializado es el responsable del Grupo durante la Caminata. j. GRUPO(S).- Conjunto de participantes que en for ma particular 0 a cargo de una Agencia Autorizada y contando conel equipo mfnimo, se desplazan a 10 largo del Camino Incaen una fecha determinada yen un numero no mayor de 50 personas, comprendiendo esta cifra a los Turistas, Guias Especializados y Personal de Apoyo. Estos Grupos podran ser de dos clases: . Grupos organizados a traves de una Agencia Autori zada. Grupos de Turistas independientes. k. PERSONAL OFICIAL.- Personas autorizadas por el CACCI, encargadas de supervisar la actividad general dentro del Camino Inca. Este personal esta conformado por los guardaparques. I. PERSONAL DE APOYO.- Personas que contra tadas como auxiliares por usuarios particulares 0 Agen cias Autorizadas. Se considera Personal de Apoyo para efectos del presente Reglamento a los porteadores, carpe res, botiquineros, cocineros, ayudantes de cocina, pasto res y otros. Es requisito obligatorio que estos sean mayo res de 18 ados de edad. m. ANIMAL DE CARGA.- Se define para efectos del presente Reglamento, unicamente a los auquenidos con capacidad para llevar carga en ellomo. n. EQUIPO MINIMO.- Es el que garantiza la alimen tacion, abrigo y seguridad de los usuarios. o.DESECHOSBIODEGRADABLES.- Desperdicios que con el adecuado manejo y en condiciones naturales, son capaces de descomponerse sin producir impacto nega tivo en el medio ambiente. p. DESECHOS CONTAMINANTES.· Desperdicios de productos industriales, envase y otros no biodegrada bles (plasticos, vidrios, papel, carton, latas, combustibles, baterias y similares). q. MITINCI.· Ministerio de Industria, Turismo, Inte gracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. r. CACCL- Es el Comite de Administracion y Control del Camino Inca. s, DNT.· Es la Direccion Nacional de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negocia ciones Comerciales Internacionales. t. CTAR.· Es el Consejo Transitorio de Adminis tracion Regional. . u. VIT.- Esla Unidad Impositiva Tributaria. v. INRENA.- El Instituto Nacional de Recursos Natu rales. w. INC.- Instituto Nacional de Cultura de Cusco. TITULO II DE LOS OBJETIVOS DEL REGLAMENTO Articulo 4°. Son objetivos especificos del presente Reglamento: a. Salvaguardar la integridad del recurso Camino Inca, dictando las normas y pautas necesarias para su conservaeion y mantenimiento, que sean congruentes con estos objetivos. b. Salvaguardar la integridad de Turistas, Guias Es pecializados, Personal Oficial y Personal de Apoyo mien tras se encuentren en la ruta de Camino Inca. c. Conservar y mantener adecuadamente los recursos arqueo16gicos, naturales y el ecosistema en el que esta inmerso el Camino Inca. d. Facilitar la mejor y mas adecuada partieipacion empresarial privada para que convierta al recurso Cami Lima, rnartes 3 de octubre de 1995 pag. 134551 Articulo go.-La Ficha de Registro, sera provista por el CACCI, determinara el Turno para Ia caminata y consignara la siguiente informacion: a. Numero de Turno y Ficha de Registro de los usua rios independientes y/o del 'Grupe para la Caminata con sello de ingreso al Camino Ica. b. Nombre de la Agencia Autorizada y rnimero de autorizaci6n, cuando corresponda. c. Nombres y apellidos del Guia Especializado y nume ro de autorizacion. d. Nombre de las personas que conforman el Grupo. e. Nacionalidad, edad, documento de identidad y do micilio de los Turistas integrantes de cada Grupo. f. Numero de Personal de Apoyo por Grupo. Articulo 10°. La Ficha de Registro aque se refiere el articulo anterior constituye el unico documento de auto rizacion para el ingreso al circuito. Esta ficha debera presentarse al ingreso del Camino Inca, en el Puesto de Supervision de Huayllabamba, y sera el unico documento necesario para la Caminata. Sera mostrado al Personal Oficial, si este 10solicitare, Se establecera, ademas, un control de salida del Cami no Inca, ala llegada a la ciudadela de Machupicchu, en el cual debera presentarse la Ficha de Registro. Asimismo en este lugar el usuario podra emitir sugerencias yeven tualmente quejas respecto al Camino Inca. Articulo 11°, Las Agencias Autorizadas, atenderan a los Turistas que requieran de sus servicios para realizar la Caminata dentro del Camino Inca, contemplando los siguientes aspectos, que constituyen requisitos para la obtencion de la autorizacion de operacion, a. Registrar a sus Guias Especializados y Personal de Apoyo. Los Guias Especializados, para ejercer su profe si6n deberan estar debidamente reconocidos por la Direc ci6n Regional 0 por la Asociaciono Gremio de GUlas de la localidad, segUn delegacion expresa de la Direccion Na cional de Turismo; b. Contar con equipos necesarios para todas las perso nas que integran un Grupo, incluyendo Turistas, Guias Especializados y Personal de Apoyo; Articulo 12".-Ninguna persona debera cargar mas de 20 kilos de peso. La alimentacion del Personal de Apoyo, correra a cargo de la Agencia Autorizada 0 el Grupo independiente contratado. Articulo 13°. Sin perjuicio de 10 dispuesto en los articulo precedentes, los usuarios del Camino Inca debe ran: a. Acatar el presente Reglamento y facilitar las Iabo res del Personal Oficial del CACCI colaborando con la vigilancia y conservaci6n de la ruta. b. Eliminar los Desechos Biodegradables utilizando sistemas que no alteren los recursos naturales 0 cultura les existentes, ni contaminen el medio ambiente ademas de evacuar del Camino los Desechos Contaminantes. c. Conservar y cooperar en el mantenimiento del Ca mino Inca, evitando realizar actos que puedan daiiar dicho Camino. Articulo 14°. Para todos los efectos, la Agencia Auto rizada es responsable solidaria de las infracciones come tidas contra el presente reglamento por las personas que integran sus Grupos. En caso de grupos independientes, estes contaran con la informacion necesaria respecto a las normas y restric ciones dentro del Camino Inca, de manera que cualquier infracci6n cometida sera de su responsabilidad. Articulo 15°. EI Guia ESpeclalizado es el respon sable de cada Grupo. Ademas debera cumplir y hacer cumplir el presente reglamento mientras dure la Cami nata. Articulo 16".-EI CACCI podra limitar el ingreso a las rutas de Caminata, en funci6n a las siguientes conside raciones: a. Seguridad de los visitantes por razones de fuerza mayor, debidamente fundamentadas; b. Falta de equipo minimo indispensables 0 deterioro del mismo, tal como carpas, equipo de primeros auxilios, balsas para desperdicios, material para iluminaci6n y cocinas de combustion; C. Condiciones de salud no apropiadas para la Cami nata por parte de algUn usuario en particular, que debera ser comprobada por un especialista medico 0 por el Guia TITULom DE LA AUTORlDAD, CONTROL Y ADMINISTRACION DEL CAMINO INCA no Inca en un rroducto de 6ptima calidad y rentabilidad permitiendo e mejor provecho y mas eficiente uso, po niendo en practica los conceptos de conservaci6n y uso sustentable del Camino Inca y su area de influencia. e. Normar la administraci6n de los recursos econ6mi cos asignados y/o generados por el Camino Inca, aSIcomo el uso y empleo de los mismos. f. Apoyar a las poblaciones locales, procurando el maximo de ocupaci6n y beneficios y en general todos los efectos positivos que puedan determinar una mejora en la calidad de vida, minimizando los impactos negativos, ecol6gicosy culturales, teniendo en cuenta asimismo, los requerimientos ambientales y de habitat para la supervi vencia de la flora y fauna. g. Propender a la educacion y difusi6n de la cultura y conocimiento sobre los monumentos arqueol6gicos y los recursos naturales que se encuentran en la ruta, asf como la croaci6n de una conciencia ecol6gica en los usuaries. Articulo 5°.- La autoridad y responsabilidad sobre el Camino Inca, conforme a la legislaci6n vigente, resulta compartida por el INRENA del Ministerio de Agricultura; el INC del Ministerio de Educaci6n; la DNT del MITINCI, y la Direccion Regional de Industriay Turismo del CTAR, los mismos que conformaran el CACCI. Articulo 6".- EI CACCI esta conformado por: a. Un representante del INRENA, quien 10presidira, con voz y voto. b. Un representante del INC, con voz y voto. c. Un representante del MITINCI, nombrado por la DNT, que a su vez podra ser el Director Regional de Industria y Turismo CTAR, con voz y voto. d. Un miembro del Sector Privado por APTAE, con voz yvoto. Articulo 7".- Son funciones del CACCI: a. Cumpliry hacercumplirel presente Reglamento, en coordinaci6n con la Policfa Eco16gicay la Poliefa de Turis mo, emitiendo las directivas necesarias. b. Administrar los recursos propios generados por el Camino Inca, recomendando las partidas para su censer vacion y funcionamiento,llevando el control y archivo de la Ficha de Registro y las estadisticas correspondientes, responsabilizandose de no exceder la Capacidad de Car gao C. Organizar el servicio en el Camino Inca, controlando el recorrido, dirigiendo las brigadas de servicio de emer gencia, ejerciendo control e inspeccionando perma nentemente, observando el desenvolvimiento de las accio nes, contando para estos fines con la presencia del perso nal oficial del CACCI. d. Velar por la conservaci6n y mantenimiento de los complejos arqueol6gicos e hist6ricos que se encuentran en Ia ruta, am como del Camino Ince, e. Velar por los recursos de flora y fauna y los ecosiste mas existentes en la ruta y en el entorno del Camino Inca. f. Llevar un registro de ocurrencias, levantar aetas por infracciones cometidas e imponer las sanciones corres pondientes dispuestas en este Reglamento. g. Controlar el ingreso, llevando un registro de la Capacidad de Car~a maxima establecida, reportando cualquier irregulandad. . h. Remitir a la Direcci6n Regional de Industria y Turismo del CTAR de manera inmediata, copia de las actas de infracciones, i. Velar por la seguridad de los usuarios dentro del Camino Inca. .j. Efectuar los trablijos de seiializaci6n requeridos a fin de ofrecer las garantias necesarias para la seguridad de losusuarios, asl comoefectuarlas obras de infraestructura basica en las zonas de campamento a 10largo de la ruta y la preservaci6n y mantenimiento de las mismas. TITULO IV DEL USO TURlSTICO DEL CAMINO INCA Articulo SO.- Las actividades turisticas permitidas a 10largo del Camino Inca son las siguientes: caminatas, campamentos, fotografia, contemplaci6n de la naturaleza y de los monumentos arqueol6gicos y otros que no contra digan los objetivos del'presente Reglamento~ ---c~ ..;"... Pag, 134552 <E{P~ruano~ Lima, martes 3 de octubr: de i :195 Especializado. Esta situaci6n no impedira el ingreso a los demas miembros del Grupo; d. Otras condiciones de excepci6n a criterio de el CACCI, las que deberan ser fundamentadas; Articulo 17".- La Agencia Autorizada sera responsa ble del cumplimiento de las disposiciones vigentes sobre la seguridad de los Turistas y Personal de Apoyo que conforman su Grupo. Para ello debera: a. Llevar un botiquin de primeros auxilios. b. Coordinar con los servicios de auxilio de rescate que implemente el CACCI, el cual contara con un sistema de comunicaci6n adecuado para casos de emergencia. c. Asegurarse que las personas que integren el Grupo reunan las condiciones fisicas minimas necesarias para el desarrollo de la Caminata, segun los requisitos de el CACCI determine previamente en la ciudad del Cusco y bajo la responsabilidad de los usuarios mediante un documento firmado. d. Cualquier otro equipo necesario para poder realizar la Caminata. Articulo 18°. Esta contemplado dentro de este Re glamento el usa de auquenidos para el transporte de la carga de los Turistas dentro del Camino Inca. Articulo 19°. Este Reglamento no contempia el uso del Camino Inca con fines de investigaci6n, culturales 0 cientificos. TITULO V DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES CAPITULO I De las Infracciones Articulo 20°. Constituyen infracciones al presente Reglamento la acci6n u omisi6n que contravenga las disposiciones vigentes, y en especial: a. No acatar el presente Reflamento y obstaculizar el trabajo del Personal Oficial de CACCI a 10largo de ruta del Camino Inca. b. Acceder a zonas no autorizadas. c. Realizar acciones diferentes a las informadas al CACCI y para las cuales nose cuenta con autorizaci6n especifica, salvo en caso que se presentara alguna emer gencia. d. Extraer especimenes de flora y fauna, asi como lena u otros materiales del Camino Inca para hacer fogatas u otros fines. e. Realizar alteraciones en los monumentos ar queol6gicos. f. Ingresar al Camino Inca algun implemento de caza, pesca 0 arma de fuego. g. Organizar, propiciar 0 ejecutar eventos de corte turistico y/o recreativo sin previa autorizaci6n y conoci miento del CACCI, asi como hechos que atenten contra la vida 0 moral publica. h. Dejar Desechos Contaminantes en el trayecto del Camino Inca. i. Destruir 0 alterar la sefializacion oficial existente en el Camino Inca. CAPITULO II De las Sanciones Articulo 21°. Las infracciones al presente Regla mento seran sancionadas con la reparaci6n del dano para restablecer en 10posible, los bienes a una situaci6n simi lar a la preexistente al dana causado. En todos los casos debera existir algun medio de prueba de la existencia del dano causado, para 10cual se debera levantar un acta. Las sanciones por infracciones en agravio al Patrimo nio Cultural de la Naci6n seran impuestas de acuerdo al Articulo 30° de la LeyN° 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Naci6n. Articulo 22°. En ningun caso el Personal Oficial podra imponer sanciones a los usuarios del Camino Inca, salvo en casos de delito flagrante. Dicho personal debera identificar al infractor y comuniear el hecho a CACCI, quien tomara las medidas administrativas del caso 0 iniciara las acciones judiciales correspondientes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Queda prohibida la instalaci6n de cual quier tipo de anuncio publicitario en las rutas del Camino Inca. Segunda.- Se ha establecido para el Camino Inca la cantidad de 400 personas como ingreso maximo por dia (Capacidad de Carga maxima). Esta cifra incluye Turis tas, Guias Especializados y Personal de Apoyo. Tercera.- EI CACCI en un plazo de 30 dias despues de aprobado el presente Reglamento, debera establecer los requisitos minimos para efectuar la Caminata, los cuales deberan ser debidamente comunicados al publico en ge neral. Dicho reglamento requerira previa opini6n favora ble del INRENA y la DNT. Cuarta.- Cualquier asunto no previsto en el presente Reglamento, se complernentara mediante directivas erni tidas por el CACCI. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- En tanto no se determinen mas areas de campamento, los visitantes al Camino Inca podran utili zar iinicamente las areas actualmente en uso. Segunda.- En cuanto no se habiliten los nuevos regis tros a que se refiere el presente Reglamento, el Personal de Apoyo que opera en la actualidad podra seguir laboran do dentro del Camino Inca. Tercera.- No podra impedirse bajo ninguna circuns tancia el ingreso al Camino Inca de Turistas, Personal de Apoyo 0 Guias Especializados, en tanto no se establezcan las normas complementarias al presente Reglamento.