Decreto Supremo Nº 026-2010-EM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de organización y funciones del Ministerio de Energía y Minas
颁布于 2010-05-27 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Mineral resources
- 关键词
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, governance
- 类别
- metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Articulo 1.- Modificaci6n de distintos articulos del Reglamento de Orqanfzaclon y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobada par Decreta Supremo N° 031-2007- EM. Modificar e! Contentdo, e! literal j) del articulo 4, la Estructura Orqanica estableclda en e! articulo 6, articulo 7, los literales c) y e) del articulo 11, los articulos 15, 20, 23, 24, 25, 26, 29, 37, 38, Y63, los Iiterales a), b), c), d) Y g) del articulo 64, los literales e) e i) del articulo 71, los articulos 79,80, 81,82, 83, 84, 85, 86 Y 87, los articulos 88 y 89 que se refenran a la Direcci6n General de Eficiencia Enerqetica y los articulos 115 y 116 del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007 -EM, en los terminos siguientes: "REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL MINISTERIO DE ENERGI<\ Y MINAS CONTENIDO TITULO PRIMERO Disposiciones Generales (Arts, 1 al 5) TiTULO SEGUNDO De la Estructura Orqanica y Funciones (Arts, 6 a1112) Capitulo I De la Estructura Orqanica (Art, 6) Capitulo II De la Alta Direcci6n, (Art 7 al 22) Del Despacho Ministerial Del Despacho Viceministerial de Enerqla. Del Despacho Viceministerial de Minas De la Secretaria General Capitulo III De la Comisi6n Consultiva (Art,23 al 26) Capitulo IV Del 6rgano de Control lnstitucional (Art, 27 at 34) Capitulo V Del 6rgano Jurisdiccional Administrativo (Arts, 35 al 36) Paqina 31 Sistema Peruano de Informacion Juridica Capitulo VI Del Organa de Defensa Juridica (Arts. 37 al 38) Capitulo VII De los Orqanos de Asesoramiento (Arts. 39 al 51 ) De la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto. De la Oficina General de Asesoria Juridica De la Oficina General de Gesti6n Social Capitulo VI De los Organos de Apoyo (Arts. 52 al 62) De la Ofidna General de Administraci6n Capitulo VII De los Orqanos de Linea (Arts. 63 a1112) De la Direcci6n General de Electricidad De la Dtrecclon General de Electrificaci6n Rural De la Direcci6n General de Hidrocarburos De la Direcci6n General de Eflciencia Enerqetica De la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Enerqeticos De la Direcci6n General de Mineria De la Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros TITULO TERCERO De las Relaciones Interinstitucionales (Arts. 113 al 114) TiTULO CUARTO De los Organismos Publicos (Arts. 115 a1116) TiTULO QUINTO Del Regimen laboral (Art. 117) TiTULO SEXTO Del Regimen Economico (Art. 118) ANEXO"
"Articulo 4.- EI Ministerio de Energia y Minas tiene las siguientes funciones generales: ( ... ) l. Formular y aprobar los planes sectoriales e institucionales de su competencia. (...)"
"Articulo 6.- La estructura orqanica del Ministerio de Energia y Minas es la siguiente: 6rganos de Alta Direcci6n Paqina 32 Sistema Peruano de Informacion Juridica - Despacho Ministerial - Despacho Viceministerial de Energia - Despacho Viceministerial de Minas - Secreta ria General * Oficlna de Administraci6n Documentaria y Archivo Central * Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones * Oficina de Defensa Nacional Organa Consultivo - Comisi6n Consultiva Organa de Control - Organa de Control tnstttuctonal * Oficina de Inspecciones * Oficina de Auditoria Organa Jurisdiccional Administrativo - Consejo de Mineria Organa de Defensa Juridica - Procuradurta Publica 6rganos de Asesoramiento - Oflcina General de Planeamiento y Presupuesto * Oficina de Planeamfento. lnversiones y Cooperaclon tntemactonal * Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinaci6n Regional * Oficina de Presupuesto - Oficina General de Asesorta Juridica - Oficina General de Gesti6n Social Orqano de Apoyo - Oficina General de Administraci6n * Oficina de Personal * Oficina de Loqistica * Oficina Hnanclera * Oficina de Informatica Organos de LInea - Dtrecclon General de Electricidad * Direccion Normativa de Electricidad * Direcclon de Concesiones Electrtcas Paqina 33 Sistema Peruano de Informacion Juridica * Direcci6n de Estudios y Promoci6n Electrlca - Direcci6n General de Electrificaci6n Rural * Direcci6n de Proyectos * Direcci6n de Fondos Concursabtes - Direcci6n General de Hidrocarburos * Direcci6n Normativa de Hidrocarburos * Direcci6n de Exploraci6n y Explotaci6n de Hidrocarburos * Direcci6n de Procesamiento, Transporte y Comerctatlzaclon de Hldrocarburos y Biocombustibles - Direcci6n General de Eficiencia Enerqetica - Direcci6n General de Mineria * Direcci6n Normativa de Mineria * Direcci6n Tecntca Minera * Direcci6n de Promoci6n Minera - Direcci6n General de Asuntos Ambientales Enerqeticos * Direcci6n Normaiva de Asuntos Ambientales Enerqetlcos * Direcci6n de Gesti6n Ambiental Enerqetlca - Direcci6n General de Asuntos Ambientales Mineros * Direcci6n Normativa de Asuntos Ambientales Mineros * Direcci6n de Gesti6n Ambiental Minera "CAPiTULO II DE LA ALTA DIRECCION
Articulo 7.- La Alta Direcci6n es el maximo nivel de decision del Ministerio de Energia y Minas. Esta constituida por el Despacho Ministerial, el Despacho Viceministerial de Enerqla, el Deepacho Viceministerial de Minas y la Secretarta General."
"Articulo 11.- EI Viceministro de Energia tlene las funciones y atrtbuclones siquientes: (. ..) c. Proponer y supervisar los Planes del Sector Energia. (. ..) e. Coordinar y supervisar la elaboraclon del balance enerqetlco nactonal y las prcyec ciones sobre las perspectivas enerqetlcas naclonalee. (...)"
"Articulo 15.- EI Secretario General tiene las funciones y atribuciones siguientes: (. ..) rn. Realizar las acciones relacionadas con el C6digo de Etica de la Funci6n Publica en el Ministerio de Energia y Minas. Paqina 34 Sistema Peruano de Informacion Juridica n. Realizar las demas funciones que 58 Ie asigne."
"Articulo 20.- La Oficina de Administraci6n Documentarta y Archive Central tiene las funciones y atribuciones siguientes: ( ...] f. Planificar, orqantzar. dirigir, coordinar. ejecutar y controlar las actividades archivisticas a nivel institucional. ( ... ) i Desarrollar e implementar medidas orientadas a la conservaci6n del acervo documentario del Ministerio de Energia y Minas. j. Desarrollar las actividades relacionadas con el proceso de transferencia y eliminaci6n de documentos en coordinaci6n con el Archivo General de la Nadon. k. Realizar las demas funclones que 58 te asiqne." "DE LA COMISION CONSULT1VA
Articulo 23 .- La Comisi6n Consultiva del
"Articulo 24.- La Comisi6n Consultiva esta conformada por profesionales, especialistas 0 representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad 0 experiencia Sus miembros son designados por Resoluci6n Suprema."
"Articulo 25.- La Comisi6n Consultiva se reline a solicitud del Ministro. EI cargo de miembro de la Comisi6n Consultive es .
"Articulo 26 .- La Comisi6n Consultiva tiene .
"Articulo 29.- EI 6rgano de Controllnstitucional del Ministerio de Energia y Minas tlene las funciones y atribuciones siguientes: a. Ejercer el control interne posterior a los actos y operaciones de la entidad sobre la base de los Iineamientos y cumplimiento del Plan Anual de Control, a que se refiere el articulo 7 de la Ley. est como el control externo a que se refiere el articulo 8 de la ley, por encargo de la Contralorta General; b. Efectuar auditorias a los eetados tlnancteros y preeupuestartos de la entldad. as! como a la gesti6n de la misma, de conformidad con los lineamientos que emita la Contraloria General. Alternativam ente, estas auditorias podran ser contratadas por la entidad con Sociedades de Auditoria Externa, con sujeci6n al articulo 5 del Reglamento de las Sociedades de Auditoria, conformantes del Sistema Nacional de Control. vigente; c. Ejecutar las labores de control a los actos y operactones de la entidad que disponga la Contraloria General. Cuando estas labores de control sean requertdas por e! Ministro y tengan e! caracter de no programadas. su ejecuci6n se efectuara de conformidad con los Iineamientos que emita la Contraloria General; d. Ejercer el control preventivo en la entidad dentro del marco de 10 eetablecldo en las dispcsiciones emitidas por la Contralorta General, con e! propostto de contribuir a la mejora de la gesti6n, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior; Paqina 35 Sistema Peruano de Informacion Juridica e. Remitir los Informes resultantes de sus labores de control tanto a la Contraloria General como al Ministro, cuando corresponds, contorme a las disposiciones sabre la materia; f. Actuar de afieio cuanoo en los aetos y operaciones de la entidad 5e adviertan indicios razonables de i1egalidad. de omisi6n 0 de incumplimiento, informando al Ministro para que 58 adopten las medidas correctlvas perttnentes: g. Recibir y atender las denuncias que formulen los servidores, funcionarios publlcos y ciudadania en general, sobre aetos y operaciones de la entidad, otorqanoole el trarntte que corresponda a su merito. conforme a las disposiciones emitidas sabre la materia: h. Fcrrnular. ejecutar y evaluar e! Plan Anual de Control aprcoado por la Contrator!a General, de acuerdo a los Iineamientos y disposiciones emitidas para el efecto; L Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que implemente la entidad como resultado de las labores de control, comprobando y calificando su materializaci6n efectiva. conforme a las diaposiciones de la materia; l. Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloria General para la ejecuci6n de las labores de control en el ambito de la entidad. Asimismo. el Jefe del OCI y el personal de dicho 6rgano colaboraran, por disposici6n de la Contraloria General, en otras labores de control, por razones operativas 0 de especialidad; k. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la entidad por parte de las unidades orqanicas y personal de esta: I, Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su aprobaci6n correspondtente: m. Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que Ie formule la Contraloria General: n. Cautelar que la publicidad de los Informes resultantes de sus acciones de control se realice de conformidad con las disposiciones de la materia: o. Cautelar que cualquier modificaci6n del Cuadro para Asignaci6n de Personal, asl como de la parte correspondiente del Reglamento de Organizaci6n y Funciones, relativos al DCI se realice de conformidad con las disposiciones de la materia: p. Promover la capacltacton permanente del personal que conforma e! OCI, incluida la Jetatura. a traves de la Escuela Necronal de Control de la Contrarorta General 0 de cualquier otra Instituci6n universitaria 0 de nivel superior con reconocimiento oficial en temas vinculados con el control qubemarnental, la Administraci6n Publica y aquellas materias afines a la gesti6n de los diversos 6rganos de linea del Ministerio: q. Mantener ordenados. custodlados y a dlsposfcton de la Contralorta General durante diez (10) aries los informes de control, papetes de trabe]o, denunctas recibidas y los documentos relativos a la actividad funcional de los OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector publico. EI Jefe del OCI aooptara las medidas pertinentes para la cautela y custodia del acervo documental; r. Cautelar que e! personal del OCI de cum plimiento a las normae y prtncipios que rigen la conoucta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores publicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia; Paqina 36 Sistema Peruano de Informacion Juridica S. Mantener en reserva la informacion c1asificada obtenida en el ejercicio de sus actividades; 1. Otras que establezca la Contralorla General. Adlctonatmente at curnplimiento de las runclones asignadas, e! Organa de Control Institucional ejercera las atribuciones que Ie confiere el Articulo 15 de la Ley Orqanica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General." "Capitulo IV ORGANO DE DEFENSA JURiOICA
Articulo 37.- La Procuraduria Publica a cargo de los asuntos juridicos del Ministerio de Energla y Minas es el organa encargado de efectuar la defensa de los derechos e intereses del Ministerio ante los 6rganos jurisdiccionales, constitucionales. administrativos. arbitrales y de concluaclon. contorme a las normae del Sistema de Defense Juridica del Estado. Esta a cargo de un Procurador Publico que depende jerarqutcamente del Despacho Ministerial. Mantiene relaciones de coordinaci6n con el Consejo de Defensa Juridica del Estado. los 6rganos del Ministerio. Organismos Publicos del Sector y con otras entidades aflnes a su competencia".
"Articulo 38.-la Procuraduria Publica tiene las siguientes atribuciones y funciones: a. Representar y defender los derechos e intereses del Ministerio ante los 6rganos jurisdiccionales. administrativos. Ministerio Publico, Policia Nacional, instancias arbitrales. Centres de Conciliaci6n y otros de naturaleza similar, en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante 0 parte civil; b. Ejercitar en los procesos y procedimientos, los recursos legales que sean necesarios en defensa de los derechos e intereses del Sector; c. Solicitar, a toda Instituci6n Publica, la informacion. documentos. antecedentes, informes necesarios y la colaboraci6n para la defensa juridica del Estado. fundamentando su pedido en cede caso; d. Transigir, conciliar 0 desistir de las demandas. conforme a los requisitos y procedimientos dispuestos por el Reglamento de la Ley del Sistema de Defensa Juridica del Estado. Para dicho etecto. sera necesaria la expedici6n de la Resotuclon Autoritativa del Titular de la entidad, previa informe precisando los motivos de la solicitud; e. Mantener actualizada la base de datos de los procesos y procedimientos existentes, que permita una correcta toma de decisiones: f. Informar periodicamente al Despacho Ministerial sobre las actividades desarrolladas. suministrando los datos referentes a los procesos y procedimientos en tramite y formulando suqerencias para e! mejor desenvolvimiento de la defense: g. Realizar las demas funciones senaladas en la Ley del Sistema de Defensa Juridica del Estado, asi como en las normas complementarias y conexas."
"Articulo 63.- La Direcci6n General de Electricidad es e! 6rgano tecntco normative encargado de participar en la tormulaclon de la pclltica enerqettca en e! ambito del Subsector Electricidad; proponer y/o expedir, sepun sea el caso. la normatividad necesaria del Subsector Electricidad; promover el desarrollo de las actividades de generaci6n, transmieion. distribuci6n y comercializaci6n de energia electrtca: y coadyuvar a ejercer el rol concedente a nombre del Estado Paqina 37 Sistema Peruano de Informacion Juridica para el desarrollo sostenible de las actividades electricas. Depende [erarquicamente del Viceministro de Enerqia."
"Articulo 64.- La Direcci6n General de Electricidad tiene las funciones y atribuciones siguientes: a) Participar en la formulaci6n y evaluaci6n de la oorrtrca del sector enerqetico en el ambito de su competencta: b) Elaborar el programa de obras e inversiones en el sector electrtco de conformidad con el Plan Nacional Enerpetico. c) Participaren la elaboraci6n de los Planes Enerqeticos. en coordinaci6n con la Direcci6n General de Eficiencia Enerqetlca: d) Establecer las pollticas y criterios para la elaboraci6n del Plan de Transmisi6n, revisar y aprcbar e! Plan de Transmisi6n y conducir las acetones que desarrolla el Ministerio para la implementaci6n del programa de obras de transmisi6n y sub transmisi6n, de conformidad con las normas vigentes. ( ... ) g. Fomentar el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos enerqeticos y el desarrollo de nuevas tecnologias para su utilizaci6n en las actividades efectrfcas:"
"Articulo 71.- La Direcci6n de Estudios y Promoci6n Electrica tiene las funciones y atribuciones siguientes: ( ...] e. Fomentar el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos enerqeticos y el desarrollo de nuevas tecnologfas para su utilizaci6n en las actividades electricas: ..) i. Recopilar y procesar la informaci6n relacionada con el ejercicio de las actividades electricas del pais, en coordinaci6n con la Direcci6n General de Eficiencia Enerqetica: ( .. .)"
"Articulo 79.- La Direcci6n General de Hidrocarburos es e! 6rgano tecnlco normativo encargado de participar en la formulaci6n de la politica enerqetica en el ambito del Subsector Hidrocarburos; proponer y/o expedir la normatividad necesaria del Subsector Hidrocarburos; promover las Actividades de Exploraci6n, Explotaci6n, Transporte, Almacenamiento, Refinaci6n, Procesamiento. Distribuci6n y Comercializaci6n de Hidrocarburos; y ejercer el rol conce:lente a nombre del Estado para las actlvldades de Hldrocarburos, sequn le corresponda. Depende [erarqulcamente del vlcemlnlstro de Energia.
Articulo 80.- La Direcci6n General de Hidrocarburos tiene las funciones y atribuciones siguientes: a) Participar en la tormufaclon y evatuaclon de la politica del sector enerqetlco en el ambito de su competencta: b) Promover las inversiones en el subsector hidrocarburos Paqina 38 Sistema Peruano de Informacion Juridica c) Promover y difundir la transterencla de tecnoloqfa en e! Sector, para e! incremento de su competitividad y productividad; d) Formular y proponer las normas tecnicas y legales relacionadas al Subsector Hidrocarburos. promoviendo su desarrollo sostenible y tecnttlcaclon: e) Coordinar con los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades publlcas y privadas los asuntos relacionados con el desarrollo sostenible de las actividades del Subsector Hidrocarburos: f) Evaluar y emitir opinion sabre solicitudes de concesfones y autonzactones para desarrollar Actividades de Transporte, Almacenamiento. Reflnacion. Procesamiento. Petroqulmica. Distribuci6n y Comercializaci6n de Hidrocarburos; g) Efectuar el seguimiento al cumplimiento de los compromisos de las consideraciones establecldas en los Contratos de Concesi6n y Convenios en materia de Hidrocarburos; h) Evaluar las solicitudes de imposici6n de servidumbre en las Actividades de Hidrocarburos; i) Participar en la formulaci6n de los Planes y Balances Enerqeticos. en coordinaci6n con la Direcci6n General de Eficiencia Enerqetlca: j) Elaborar el Libro de Reservas de Hidrocarburos: k) Recopilar y participar en el procesamiento y anal isis de la informaci6n estadistica del Subsector Hidrocarburos, en coordtnaclon con la Direcci6n General de Eflciencia Enerqetica: I) Expedir Resoluciones Directorales en el ambito del Subsector de Hidrocarburos: m) Realizar las demas funciones que se Ie asigne.
Articulo 81.- La Direcci6n General de Hldrocarburos esta constituida por los siquientes 6rganos: - Direcci6n Normativa de Hidrocarburos - Direcci6n de Exploraci6n y Explotaci6n de Hidrocarburos - Direcci6n de Procesamientc, Transporte y Comercializaci6n de Hidrocarburos y Biocombustibles
Articulo 82.- La Direcci6n Normative de Hidrocarburos es la encargada de elaborar. evaluar. proporer y actualizar las normas correspondientes al Subsector Hidrocarburos, con el fin de asequrar el normal desarrollo de las actlvldades en e! Subsector Hidrocarburcs y Biocombustibles.
Articulo 83.- La Direcci6n Normativa de Hidrocarburos tiene las funciones y atribuciones siguientes: a) Elaborar proyectos de norm as, asi como analizar y emitir opinion en asuntos normatlvos, aspectos legales del Subsector Hidrocarburos y otras vinculadas con estas actividades; Paqina 39 Sistema Peruano de Informacion Juridica b) Analizar en forma permanente y comparada la legislaci6n nacional e internacional relacionada con e! Subsector. proponfendo provectos para actualizar la normattvldad: c) Elaborar, evaluar y proponer procedimientos relacionados con las funciones y actividades desarrolladas en la Direcci6n General de Hidrocarburos: d) Participar en la elaboraci6n vto modificaci6n de Contratos. Concesiones y Convenios del Subsector de Hidrocarburos; e) Elaborar y actualizar el compendia de norm as del Subsector Hidrocarburos: f) Evaluar e informar sabre la apftcaclon de la normative viqente en e! Subsector g) Realizar las oemas funciones que 58 Ie asigne.
Articulo 84.- La Direcci6n de Exploraci6n y Explotacion de Hidrocarburos es la encargada de evatuar y analizar los aspectos tecntcos retertdos a los procesos de exploraclon y explotacion de hidrocarburos, ast como las autorizaciones y servidumbres en el ambito de su competencia.
Articulo 85,- La Direccion de Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos tiene las funciones y atribuciones siguientes: a) Elaborar el libro Anual de Reservas: b) Analizar y evaluar la informacion tecnica. economica y financiera relacionada a las Actividades de Explcraclon y Explotacion de Hidrocarburos: c) Evaluar y ernitir opinion tecnlca sobre las solicitudes de aprobaclon de proyectos de contratos y modificaciones para la Exploracicn y Explotacion de Hidrocarburos; d) Emitir opinion tecnica respecto al establecimiento de servidumbre para operaci6n en Actividades de Explcraclon y Explotacion de Hidrocarburos: e) Evaluar las solicitudes de devoluclon antlctpada de IGV y aprobaclon de la lista de bienes y servicios de las Actividades de Exploracion y Explotacion Hidrocarburos: f) Promover la explotacion racional de Yacimientos de Hidrocarburos; g) Mantener relaciones de coordinacion con entidades publicae y privadas para tratar asuntos relactonados con su competencla: h) Participar en el procesamiento y analisis de la Informacion estadtstica y publtcacion del informe estadtstlco anual: i) Realizar las demas funciones que se Ie asiqne.
Articulo 86,- La Dtreccton de Procesarnientc, Transporte y Comerclaftzaclon de Hidrocarburos y Biocombustibles es la encargada de la promocion de las inversiones para la utilizaci6n de Combustibles liquidos y Gas Natural, asi como de araltzar y emitir opini6n tecnlca acerca de las solicitudes referidas a los procesos de concesiones, autorizaciones y servidumbres al respecto. en los aspectos de competencla del Sector y en coordtnaclon con las otras enttdades competentes.
Articulo 87,- La Direccion de Procesamiento. Transporte y Comercializacion de Hidrocarburos y Biocombustibles tiene las funciones y atribuciones siguientes: Paqina 40 Sistema Peruano de Informacion Juridica a) Promover la inversion privada naclonal y extranjera en Combustibles Llquidcs, Gas Natural, Petroquimica, otros Productos Derivados de los Hidrocarburos y Biocombustibles; b) Analizar y evaluar la informacion tecntca. economics y financiera relacionada al Proceeamtento y Comerclattzaclon de los Combustibles Liquidus, Gas Natural. Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos y Biocombustibles: c) Evaluar y emitir informes tecntcos sobre las solicitudes correspondientes a las Concesiones y/o Convenios de Inversion y Autorizaciones requeridas para las actividades relacionadas con el Procesamtento. Transporte y Comercializaci6n de Hidrocarburos Llquidos. Gas Natural, Distrlbucion de Gas Natural, tnstalaclon de Plantas de Proceeamtento de Gas Natural y Plantas Petroqulmicas y de las modificaciones de las mismas: asl como realizar el control del Cronograma de Ejecuci6n de Inversiones; d) Emitir opini6n tecnica respecto al establecimiento de servidumbre en Actividades de Transporte y Distribuci6n de Gas Natural; e) Mantener relaciones de coordinaci6n con entidades cuencas y privadas para tratar asuntos relacionados con su competencia; f) Participar en el procesamiento y analisis de la informaci6n estadtstica relacionada con su competencia. en coordinaci6n con la Direcci6n General de Eficiencia Enerqetica; g) Realizar las demas funciones que se Ie asigne. DIRECCION GENERAL DE EFICIENCIA ENERGETICA
Articulo 88.- La Dlrecclon General de Eflciencia Enerqetlca. es e! orqano tecnlco normativo, encargado de proponer y evaluar la polltlca de eficiencia enerqetica y las energias renovables no convencionales. promover la formaci6n de una cultura de uso racional y eficiente de la enerqta. asl como, de conducir la planificaci6n enerqetica. Asimismo. es la encargada de proponer y expedir sequn sea el caso. la normatividad necesaria en el ambito de su competencia. Depende jerarquicamente del Viceministro de Energia.
Articulo 89.- Son funciones de la Direcci6n General de Eficiencia Enerqetica: a. Proponer la politica del sector enerqetico en concordancia con las politicas de desarrollo nacional. b. Proponer la polltica 00 eficiencia enerqetlca. que incluya las medldas promoctonates y regulatorias que sean neceeartas en relaci6n a la producci6n, transports, transformaci6n, distribuci6n, comercializaci6n de los recursos enerqeticos y el consumo en los sectores residencial. productivo, servlclos, publico y transporte: as! como de las energias renovables: c. Formular y proponer normas tecnico legales relacionadas con el ambito de su competencte: d. Realizar diagn6sticos de eficiencia enerqetica para determinar el potencial existente y coordinar la realizaci6n del inventario de recursos renovables; e. Promover la culture del usa raclona! y eflciente de los recursos enerqetlcos para impulsar e! desarrollo sostenible del pais: f. Disenar y proponer programas de Eficiencia Enerqetica: Paqina 41 Sistema Peruano de Informacion Juridica g. Impulsar el mercado de eficiencia enerqetica y de las energias renovables: h. Promover el desarrollo de programas de investigaci6n cientifica y tecnol6gica aplicada al usc eficiente de la energla y las energlas renovables; i. Medir 10$ resultados de las acetones de promoclon de la etlclencla enerqetlca y las energias renovables: j. Coordinar, supervisar y consolidar la recopilaci6n de informacion estadlstica del sector enerqetico. asi como elaborar y mantener la base de datos correspo ndiente en coordinaci6n con las Direcciones de Linea. k. Analizar y evaluar la informacion tecnica. economica y financiera, asi como recopilar. procesar y analizar la informaci6n estadistica vinculada a la eficiencia enerpetlca y las energias renovables y calcular de manera peri6dica los valores de los indicadores de eficiencia enerqetica; I. Formular e! Plan Enerqetico y los planes eepeclflcos que 10 soporten y comptementen: m. Elaborar el Balance Enerqetlco n. Conducir, promover y/o ejecutar las actividades encargadas al Ministerio de Energla y Minas mediante la Ley de Promoci6n del Uso Eficiente de la Energia y su Reglamento. en el ambito de su competencia. o. Realizar las demas funciones que se Ie asigne." 'TiTULO CUARTO DE LOS ORGANISMOS PUB L1COS
Articulo 115.- Los Organismos Publicos adscritos al Ministerio de Energla y Minas se rigen par sus respectivas leyes y por sus Reglamentos de Organizaci6n y Funciones, en el marco de la polltica del Sector dictada por el Ministerio. Cuentan can autonomla administrativa y funcional. constltuvendo un Plieqo Presupuestal.
Articulo 116.- Son Organismos Publicos adscritos al Ministerio de Energla y Minas los siguientes: - Instituto Geol6gico, Minero y Metalurqico - INGEMMET. - Instituto Peruano de Energia Nuclear -IPEN."
Articulo 2.- Inclusi6n de articulos en el Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Energia y Minas. Incluir los artlculos 22-A y 22-B a fin de regular las funciones del Gabinete de Asesores. del Ministerio de Energla y Minas, en los terminos siguientes:
Articulo 22-A.- Gabinete de Asesores. La Alta Direcci6n cuenta can un Gabinete de Asesores can el objeto de obtener asesorta especializada para la conducci6n estrateqica de las pollticas a su cargo, as! como para realizer las coordtnaclones can el Poder Leqislativo. Uno de los asesores. es deeiqnado como Jete del Gabinete de Asesores mediante Resotuclon Ministerial.
Articulo 22-8.- Las funciones del Gabinete de Asesores son: Paqina 42 Sistema Peruano de Informacion Juridica a. Brindar asesoramiento especializado a la Alta Direcci6n para la conducci6n estrateqica de las pollticas sectorlales. b. Coordinar con el Poder Legislative las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Ministerio. C. Realizar otras funciones que 58 Ie asigne.
Articulo 3.- Derogaci6n de diversas normas del Reglamento de Organizaci6n y Funciones del Ministerio de Energia y Minas. Der6guense los literales 0) del articulo 4, f) del articulo 40: e) del articulo 43 : literal 0) del articulo 64; a), b) y c) del articulo 71; del Reqlamento de Orqanizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas. aprobado par el Decreta Supremo N° 031-2007-EM.
Articulo 4.- Adecuaci6n de Documentos de Gestion. Facultese al Ministerio de Energfa y Minas a adecuar, de conformidad COl el presente Decreto Supremo, e! Cuadro para Asiqnacion de Personal y e! Manual de Organizaci6n y Funciones. los que deberan ser presentados en un plazo maximo de noventa (90) dias calendario a la instancia correspondiente para su aprobaci6n.
Articulo 5.- Presupuesto. La implementaci6n del presente Decreto Supremo se efectuara con cargo al presupuesto asignado al Ministerio de Energfa y Minas y no irroqara mayores gastos al Tesoro Publico.
Articulo 6.- Pubtlcaclon. EI presente Decreto Supremo debera ser publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Energla y Minas (www.minem.gob.pe)elmismodladesupublicaci6neneIDiarioOficiaIEIPeruano.de conformidad con 10 dispuesto en la Ley N° 29091, Y su Reglamento. aprobado mediante Decreto Supremo N° 004 -2008 -PCM.
Articulo 7.- Vigencia EI presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicaci6n en el Diario Oficial.
Articulo 8.- Refrendo EI presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete dias del mes de mayo del arto dos mil dtez. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energia y Minas Paqina 43