Decreto Supremo Nº 020-2020-EM ─ Reglamento de Procedimientos Mineros
颁布于 2020-08-07 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Mineral resources
- 关键词
- mining, exploration, soil pollution/quality, institution, concession, legal proceedings/administrative proceedings, registration, contracts, authorization/permit, data collection/reporting, access-to-information, sustainable development, business/industry/corporations, labour, governance, pollution control
- 类别
- *, metals-base, metals-precious, minerals-critical
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Artículo 1.- Formalizar la aprobación del Plan y eficiencia; Operativo Institucional (POI) Multianual 2021-2023 del Que, con Decreto Supremo Nº 018-92-EM se Pliego 010: Ministerio de Educación, el mismo que como aprobó el Reglamento de Procedimientos Mineros, que Anexo forma parte integrante de la presente resolución. rige la tramitación de los procedimientos mineros que
Artículo 2.- La Oficina de Planificación Estratégica y siguen los interesados ante los órganos jurisdiccionales Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, administrativos contemplados en el Título Décimo a través de la Unidad de Planificación y Presupuesto, es Segundo del Texto Único Ordenado; el órgano encargado de conducir, asesorar y evaluar la Que, el actual Reglamento de Procedimientos Mineros reprogramación del Plan Operativo Institucional aprobado tiene la finalidad que los interesados cuenten con una mediante la presente resolución; así como efectuar el sola norma que establezca y regule los procedimientos respectivo seguimiento y evaluación de su cumplimiento. administrativos que se deben tramitar para obtener
Artículo 3.- Los Jefes y/o Directores de los órganos, diversas autorizaciones en la actividad del sector unidades orgánicas y dependencias de la Sede Central; minero; asimismo, busca modernizar y simplificar los Escuelas de Régimen Especial; Dirección Regional de procedimientos mineros a fin de promover las inversiones Educación de Lima Metropolitana; Unidades de Gestión en el sector; siendo oportuno adecuar los procedimientos Educativa Local de Lima Metropolitana y Programas a los cambios normativos introducidos en el Texto Único Nacionales, según corresponda, que forman parte del Ordenado de la Ley General de Minería, al Texto Único Pliego 010: Ministerio de Educación, deberán remitir con Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento carácter de declaración jurada los informes de ejecución Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo de metas de acuerdo a los plazos, que para ello defina la Nº 004-2019-JUS, y demás normativa vigente sobre Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de procedimientos administrativos; resultando necesaria, Planificación Estratégica y Presupuesto. por tanto, la aprobación de un nuevo Reglamento de
Artículo 4.- Durante la etapa de ejecución, las Procedimientos Mineros; actividades operativas aprobadas no constituyen por sí Que, mediante Resolución Ministerial Nº solas, sustento suficiente para ser ejecutadas, debiéndose 350-2018-MEM-DM, publicada el 17 de setiembre observar para su cumplimiento, los requisitos esenciales y de 2018, el Ministerio de Energía y Minas dispuso la las formalidades establecidas por la normatividad vigente. publicación del proyecto del nuevo Reglamento de
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Procedimientos Mineros, y su Exposición de Motivos, Resolución y su anexo, en el Sistema de Información en su portal institucional, con la finalidad de recibir las Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal opiniones y sugerencias de la ciudadanía en general por Institucional del Ministerio de Educación (https://www.gob. un periodo de veinte (20) días hábiles contados a partir del pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente día siguiente de su publicación; conforme a lo dispuesto Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; Que, habiéndose recabado opiniones y sugerencias, Regístrese, comuníquese y publíquese. y tras el análisis de los aportes recibidos durante el periodo de publicación de la propuesta normativa, CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO corresponde aprobar el texto definitivo del Reglamento de Ministro de Educación Procedimientos Mineros; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 1875925-1 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; ENERGIA Y MINAS DECRETA: Decreto Supremo que aprueba el Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Reglamento de Procedimientos Mineros Procedimientos Mineros Apruébase el Reglamento de Procedimientos DECRETO SUPREMO Mineros, compuesto de veintisiete (27) capítulos, ciento Nº 020-2020-EM veintiún (121) artículos, nueve (09) Disposiciones Complementarias Finales, dos (02) Disposiciones EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Complementarias Transitorias, y doce (12) Anexos. CONSIDERANDO: Artículo 2.- Publicación de Anexos Los anexos que forman parte del Reglamento Que, conforme a los artículos 4 y 5 de la Ley Nº aprobado en el artículo 1 precedente, se publican en 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 15 (www.gob.pe/minem) el mismo día de su publicación en el Quinta.- Derogatoria de artículos, Disposiciones diario oficial El Peruano. Complementarias y Disposiciones Transitorias del Decreto Supremo Nº 03-94-EM
Artículo 3.- Refrendo y vigencia Deróganse los artículos 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, El presente Decreto Supremo es refrendado por el 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 52, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, Ministro de Energía y Minas y entra en vigencia al día 86, 87, 97, 99, 100, 103, 105, 125, 126, 150, la Primera y siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. Cuarta Disposiciones Transitorias, así como la Segunda, Tercera y Cuarta Disposiciones Complementarias del DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único TRANSITORIAS Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, aprobado por Decreto Primera.- Procedimientos administrativos en Supremo Nº 03-94-EM. trámite Los procedimientos administrativos que se encuentren Sexta.- Derogatoria del Decreto Supremo Nº 003- en trámite continúan rigiéndose por las disposiciones 2016-EM bajo las cuales fueron iniciados, con excepción de las Derógase el Decreto Supremo Nº 003-2016-EM disposiciones del presente Reglamento que sean más que modifica diversos artículos del Reglamento de beneficiosas a los administrados. Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM y modifica y actualiza el Texto Único de Segunda.- Certificado de Devolución Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Las causales de inadmisibilidad, cancelación y reducción Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038- de derechos mineros previstos en el Reglamento de 2014-EM. Procedimientos Mineros, permiten solicitar la devolución del pago efectuado a través de la emisión de un Certificado Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete de Devolución conforme al Reglamento de los Títulos días del mes de agosto del año dos mil veinte. pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES LUIS MIGUEL INCHAÚSTEGUI ZEVALLOS Primera.- Vigencia de la Primera Disposición Ministro de Energía y Minas Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 037- 2017-EM Manténgase la vigencia de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 037- REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS MINEROS 2017-EM, que modifica el Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92- CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES EM, así como su Segunda Disposición Complementaria Modificatoria. Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2.- Glosario de términos Segunda.- Modificación del Texto Único de Artículo 3.- Acrónimos Procedimientos Administrativos Artículo 4.- Aplicación del Texto Único Ordenado de la El Ministerio de Energía y Minas, el Instituto Geológico Ley del Procedimiento Administrativo General Minero y Metalúrgico – INGEMMET y los Gobiernos Artículo 5.- Del expediente administrativo Regionales deberán incluir en sus respectivos Textos Únicos de Procedimientos Administrativos – TUPA, CAPÍTULO II - PROCEDIMIENTO DE ÁREAS DE NO los requisitos de los procedimientos establecidos en el ADMISIÓN DE PETITORIOS Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado por la presente norma, que les correspondan. Artículo 6.- Solicitud de áreas de no admisión de petitorios para prospección minera DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Artículo 7.- Aprobación del área de no admisión de DEROGATORIAS petitorios mineros
Artículo 8.- Tratamiento de los estudios de prospección Primera.- Derogatoria del Reglamento de Artículo 9.- Procedimiento respecto de la ANAP Procedimientos Mineros aprobada Derógase el Decreto Supremo Nº 018-92-EM, que aprueba el Reglamento de Procedimientos Mineros y CAPÍTULO III - SISTEMA DE DERECHOS MINEROS todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en Y CATASTRO – SIDEMCAT el presente Reglamento.
Artículo 10.- Del Sistema de Derechos Mineros y Segunda.- Derogatoria del Decreto Supremo Nº Catastro – SIDEMCAT 001-2015-EM Artículo 11.- Administración del SIDEMCAT Derógase el Decreto Supremo Nº 001-2015-EM, que Artículo 12.- Contenido del SIDEMCAT aprueba disposiciones para procedimientos mineros que Artículo 13.- Sustento de la información del SIDEMCAT impulsen proyectos de inversión. Artículo 14.- Acceso a la información del SIDEMCAT
Artículo 15.- Remisión de la copia de resoluciones de Tercera.- Derogatoria del Decreto Supremo Nº 35- títulos, extinciones, modificaciones y otros, emitidos por los 94-EM Gobiernos Regionales a la Dirección de Catastro Minero Derógase el Decreto Supremo Nº 35-94-EM, que establece procedimiento para cumplir con lo dispuesto en CAPÍTULO IV - PROCEDIMIENTO ORDINARIO el Artículo 12 de la Ley General de Minería, en cuanto a PARA CONCESIONES MINERAS protección de los derechos prioritarios.
Artículo 16.- Determinación de competencias en base Cuarta.- Derogatoria de artículos y Disposición a la constancia o calificación del administrado al inicio del Final del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM procedimiento Deróganse los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 6A, 7, 8, 9, Artículo 17.- Competencia en caso de administrado 10, 11, 12, 13, 13A, 14, y la Primera Disposición Final del no acreditado como PPM o PMA pero que reúna las Decreto Supremo Nº 084-2007-EM, que regula el Sistema condiciones del artículo 91 de la LGM de Derechos Mineros y Catastro – SIDEMCAT y modifica Artículo 18.- Determinación de competencia territorial normas reglamentarias del procedimiento minero para para petitorios ubicados en dos (2) o más jurisdicciones adecuarlas al proceso de regionalización. de gobiernos regionales 16 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano
Artículo 19.- Funciones del Gobierno Regional como Artículo 65.- Requisitos de la renuncia de área de integrante del SIDEMCAT derecho minero
Artículo 20.- Presentación de petitorios de concesión Artículo 66.- Aprobación o denegatoria de la renuncia minera de área de derecho minero
Artículo 21.- Código único de petitorios de concesión Artículo 67.- Renuncia de derechos y acciones del minera peticionario
Artículo 22.- Registro de ingreso de petitorios de concesión minera CAPÍTULO IX - CAMBIO DE SUSTANCIA DE
Artículo 23.- Generación de código único de petitorio DERECHO MINERO de concesión minera
Artículo 24.- Comprobación de la vigencia de la Artículo 68.- Cambio de sustancia de derecho minero constancia de PPM o PMA
Artículo 25.- Verificación de los supuestos del artículo CAPÍTULO X - DENUNCIA POR INTERNAMIENTO 91 de la LGM
Artículo 26.- Rechazo Artículo 69.- Denuncia por internamiento
Artículo 27.- Inadmisibilidad
Artículo 28.- Petitorio de concesión minera en zona de CAPÍTULO XI - SUSTITUCIÓN frontera y en franja de traslape
Artículo 29.- Determinación del pago en moneda Artículo 70.- Sustitución nacional
Artículo 30.- Requisitos del petitorio de concesión CAPÍTULO XII - ACUMULACIÓN DE CONCESIONES minera MINERAS
Artículo 31.- Presentación y trámite del petitorio de concesión minera Artículo 71.- Acumulación de concesiones mineras
Artículo 32.- Reducción y cancelación del petitorio de Artículo 72.- Título de la concesión de acumulación concesión minera
Artículo 33.- Publicación de avisos y notificación de CAPÍTULO XIII - DIVISIÓN Y MODIFICACIÓN DEL advertencias TÍTULO DE CONCESIÓN
Artículo 34.- Abandono
Artículo 35.- Respeto de área y extensión mínima Artículo 73.- División de derecho minero disponible Artículo 74.- Modificación del título de concesión
Artículo 36.- Obligación de respeto
Artículo 37.- Contenido del título de concesión minera CAPÍTULO XIV - SOCIEDAD LEGAL
Artículo 38.- Contenido de la publicación del título de concesión Artículo 75.- Sociedad Legal por pluralidad de titulares
Artículo 76.- Capital inicial de la Sociedad Legal CAPÍTULO V - REMATE DE ÁREAS SIMULTÁNEAS Artículo 77.- Sociedad Legal por área superpuesta
Artículo 39.- Simultaneidad CAPÍTULO XV - DISPOSICIONES GENERALES EN
Artículo 40.- Superposición de petitorios simultáneos LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO
Artículo 41.- Petitorios simultáneos ante el INGEMMET DE CONCESIÓN DE BENEFICIO, AUTORIZACIÓN DE y el Gobierno Regional FUNCIONAMIENTO, AUTORIZACIÓN DE BENEFICIO,
Artículo 42.- Precio base CONCESIÓN DE LABOR GENERAL, CONCESIÓN
Artículo 43.- Acto de remate DE TRANSPORTE MINERO, Y AUTORIZACIÓN DE
Artículo 44.- Del acta de remate y la adjudicación de ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN la buena pro MINERA
Artículo 45.- Devoluciones Artículo 78.- De la coordinación con la Dirección
Artículo 46.- Depósito de la oferta y cancelación General de Minería o Gobierno Regional
Artículo 47.- Segundo postor y abandono del área Artículo 79.- Observación, requerimiento y simultanea apercibimiento
Artículo 48.- Único postor asistente al acto de remate Artículo 80.- Cancelación, reducción, improcedencia y
Artículo 49.- Inasistencia de postores nulidad
Artículo 81.- Opinión posterior de la Dirección General CAPÍTULO VI - FRACCIONAMIENTO Y DIVISIÓN de Minería
Artículo 50.- Fraccionamiento y división de concesiones
Artículo 51.- Fraccionamiento de petitorios CAPÍTULO XVI - CONCESIÓN DE BENEFICIO
Artículo 52.- Formación de expedientes
Artículo 53.- Traslado de estado de pagos Artículo 82.- Presentación de la solicitud de la
Artículo 54.- Inscripción de concesiones divididas o concesión de beneficio fraccionadas Artículo 83.- Publicación de avisos, oposición y obras preliminares CAPÍTULO VII - AGRUPAMIENTO Artículo 84.- Aprobación del proyecto, otorgamiento del título de concesión de beneficio y autorización de
Artículo 55.- Requisitos de la Unidad Económica construcción Administrativa (UEA) Artículo 85.- Solicitud de Autorización de
Artículo 56.- Subsanación de requisitos y abandono funcionamiento de la concesión de beneficio y de su del procedimiento modificación
Artículo 57.- Aprobación de la UEA y supuestos de Artículo 86.- Aprobación de la diligencia de inspección nulidad de verificación y autorización de funcionamiento
Artículo 58.- Efectos de la aprobación expresa o ficta Artículo 87.- Modificación de la concesión de beneficio
Artículo 59.- Conformación de la UEA Artículo 88.- Informe Técnico Minero – ITM para
Artículo 60.- Procedimiento de inclusión y exclusión concesión de beneficio de concesiones mineras de la UEA y otras modificaciones Artículo 89.- Excepción a la modificación de la
Artículo 61.- Exclusión de oficio de concesiones concesión de beneficio mineras de la UEA constituida Artículo 90.- Acumulación de concesiones de beneficio
Artículo 62.- Constitución de la UEA Artículo 91.- División de concesión de beneficio
Artículo 63.- Inscripción de resolución de la UEA Artículo 92.- Autorización de beneficio de minerales para productores mineros artesanales CAPÍTULO VIII - RENUNCIA Artículo 93.- Modificación de la autorización de beneficio de minerales para productores mineros
Artículo 64.- Renuncia de área de derecho minero artesanales El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 17 CAPÍTULO XVII - CONCESIÓN DE LABOR CAPÍTULO XXVII - EXTRAVÍO DE EXPEDIENTES GENERAL
Artículo 94.- Otorgamiento de concesión de labor Artículo 121.- Reconstrucción de expediente general DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES CAPÍTULO XVIII - CONCESIÓN DE TRANSPORTE MINERO DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Artículo 95.- Otorgamiento de concesión de transporte minero
Artículo 96.- Modificación de la concesión de ANEXOS transporte minero
ANEXO I Concesión de beneficio (régimen CAPÍTULO XIX - PROCEDIMIENTO PARA general y pequeño productor minero) AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN ANEXO II Modificación de la concesión de beneficio (régimen general y pequeño Artículo 97.- Autorización de actividades de exploración productor minero) Artículo 98.- Informe que determina el área del ANEXO III ITM para modificación de la concesión proyecto comprendido en la Ley Nº 29785 de beneficio (régimen general y Artículo 99.- Autorización de actividades de exploración pequeño productor minero) de aprobación automática ANEXO IV Excepción de autorización de Artículo 100.- Autorización de actividades de modificación de concesión de beneficio exploración de evaluación previa ANEXO V Autorización de actividades de beneficio Artículo 101.- Excepciones a la autorización de para la minería artesanal actividades de exploración ANEXO VI Concesión de transporte minero
ANEXO VII Autorización de las actividades de CAPÍTULO XX - PROCEDIMIENTO PARA explotación (incluye aprobación del plan AUTORIZAR ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN de minado y botaderos) Artículo 102.- Autorización de las actividades de ANEXO VIII Modificación de la autorización de explotación que incluye aprobación del plan de minado actividades de explotación y botaderos ANEXO IX ITM para modificación de la autorización Artículo 103.- Modificación de la autorización de de actividades de explotación actividades de explotación ANEXO X Excepción para autorización de Artículo 104.- Informe Técnico Minero – ITM para actividades de explotación autorización de actividades de explotación ANEXO XI Autorización de funcionamiento de la Artículo 105.- Excepciones a la modificación de la concesión de beneficio y su modificación autorización de actividades de explotación (régimen general y pequeño productor Artículo 106.- Actividad minera continua minero)
ANEXO XII Glosario de Términos Técnicos CAPÍTULO XXI - SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN, BENEFICIO, LABOR GENERAL Y TRANSPORTE MINERO REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS MINEROS Artículo 107.- Suspensión de actividades de CAPÍTULO I explotación, beneficio, labor general y transporte minero Artículo 108.- Comunicación de suspensión de DISPOSICIONES GENERALES actividades de explotación, beneficio, labor general y transporte minero Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación Artículo 109.- Comunicación del levantamiento de la El presente Reglamento tiene por objeto establecer suspensión de actividades de explotación, beneficio, labor y regular los procedimientos mineros contenidos en la general y transporte minero Ley General de Minería cuyo Texto Único Ordenado Artículo 110.- Comunicación a las Autoridades de fue aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, y fiscalización minera es aplicable a las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado que tramitan procedimientos CAPÍTULO XXII - OPOSICIÓN mineros ante el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, la Dirección General de Minería - DGM o Artículo 111.- Oposición por mejor derecho sobre los Gobiernos Regionales - GORE, según corresponda, petitorios mineros para obtener concesiones y diversas autorizaciones en Artículo 112.- Requisitos de oposición las actividades del sector minero. Artículo 113.- Traslado En adelante, al Reglamento de Procedimientos Artículo 114.- Actuación de pruebas Mineros se le denominará “Reglamento”. Lo dispuesto en Artículo 115.- Oposición a petitorio de Beneficio el presente Reglamento es de aplicación nacional y de cumplimiento obligatorio. CAPÍTULO XXIII - PARALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA Artículo 2.- Glosario de términos Para los fines del presente Reglamento, los siguientes Artículo 116.- Paralización de la actividad minera términos se definen como: CAPÍTULO XXIV - MEDIO IMPUGNATORIO Y Agencia de Promoción de la Inversión Privada AGOTAMIENTO DE VÍA ADMINISTRATIVA – PROINVERSIÓN: Organismo público, técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Artículo 117.- Instancias administrativas Finanzas, encargado de ejecutar la política nacional de Artículo 118.- Acción contencioso administrativa promoción de la inversión privada. CAPÍTULO XXV - NOTIFICACIÓN Y EFICACIA DE Autoridades de Fiscalización Minera: Organismos LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS que supervisan y fiscalizan las actividades del sector minero. En las actividades de la mediana y gran minería, Artículo 119.- Notificación la supervisión y fiscalización se realiza a través del OEFA, el OSINERGMIN y SUNAFIL, según sus competencias. CAPÍTULO XXVI - RECUSACIÓN Y ABSTENCIÓN Adicionalmente, son Autoridades de Fiscalización Artículo 120.- Recusación y abstención Minera, los Gobiernos Regionales, en las actividades de 18 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano la pequeña minería y minería artesanal, a través de las beneficio, labor general, transporte y/o almacenamiento Gerencias o Direcciones Regionales de Energía y Minas. de minerales y donde las instalaciones o componentes de la labor estén directamente vinculados entre sí. Certificación ambiental: Resolución emitida por la autoridad competente a través de la cual se aprueba Artículo 3.- Acrónimos el estudio ambiental, certificando que el proyecto Para los fines del presente Reglamento, se señalan propuesto ha cumplido con los requisitos de forma y los siguientes acrónimos: fondo establecidos en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA. Asimismo, ANAP: Área de no admisión de petitorios constituye el pronunciamiento de la autoridad competente IGN: Instituto Geográfico Nacional respecto de la viabilidad ambiental del proyecto minero, IMI: Informe Multianual de Inversiones en su integridad, determinando todas las obligaciones del INEI: Instituto Nacional de Estadística e titular derivadas del estudio ambiental y sus modificatorias Informática y de las actuaciones desarrolladas en el procedimiento ITM: Informe Técnico Minero seguido para su aprobación. LGM: Ley General de Minería cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Expediente: Conjunto de documentos en formato Decreto Supremo Nº 014-92-EM físico, ordenados cronológicamente que han sido PROINVERSIÓN: Agencia de Promoción de la generados durante el desarrollo del procedimiento Inversión Privada administrativo. PMA: Productor minero artesanal PPM: Pequeño productor minero Expediente virtual: Conjunto de documentos en SBS: Superintendencia de Banca, formato y/o formularios electrónicos, relacionados con Seguros y AFP un mismo procedimiento administrativo, que han sido SIDEMCAT: Sistema de Derechos Mineros y generados durante el desarrollo del procedimiento Catastro administrativo, ingresados vía el sistema Intranet o SUNARP: Superintendencia Nacional de los Extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas. Registros Públicos UEA: Unidad Económica Administrativa Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – TUO LPAG: Texto Único Ordenado de la Ley INGEMMET: Organismo público, técnico especializado, del Procedimiento Administrativo adscrito al Ministerio de Energía y Minas, que tiene General, aprobado por Decreto como objetivo, entre otros, conducir el procedimiento Supremo Nº 004-2019-JUS ordinario minero, incluyendo la recepción de petitorios, el otorgamiento de concesiones mineras y su extinción Artículo 4.- Aplicación del Texto Único Ordenado según las causales fijadas por la ley, ordenando y de la Ley del Procedimiento Administrativo General sistematizando la información georeferenciada mediante Conforme al artículo II del Título Preliminar del TUO el Catastro Minero Nacional, así como la administración y LPAG, la referida Ley contiene normas comunes para las distribución del derecho de vigencia y penalidad. actuaciones de la función administrativa del Estado y, regula todos los procedimientos administrativos desarrollados, Organismo de Evaluación y Fiscalización incluyendo los procedimientos especiales, siendo aplicable Ambiental – OEFA: Organismo público, técnico a los procedimientos regulados en el presente Reglamento. especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente, que es el ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Artículo 5.- Del expediente administrativo Fiscalización Ambiental y se encarga de la fiscalización, supervisión, evaluación, control y sanción en materia 5.1 Los procedimientos administrativos regulados en ambiental, respecto de las actividades de la mediana y la presente norma, se realizan por medio virtual o físico, gran minería. según corresponda. Las modalidades de presentación de escritos se rigen por el TUO LPAG. Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y 5.2 El administrado, tiene derecho de acceso al Minería – OSINERGMIN: Organismo público, encargado expediente conforme a las disposiciones establecidas en de supervisar el cumplimiento de las disposiciones legales el artículo 171 del TUO LPAG. y técnicas referidas a la seguridad de la infraestructura, 5.3 La Dirección General de Minería, el Gobierno sus instalaciones y la gestión de seguridad de sus Regional y el INGEMMET, deben evaluar el expediente operaciones. considerando todos los documentos presentados por el administrado hasta antes de culminado el procedimiento. Servicio Nacional de Certificación Ambiental para 5.4 Los terceros que deseen presentar escritos, deben las Inversiones Sostenibles – SENACE: Organismo hacerlo por medio físico, en caso no se tenga habilitada la público, técnico especializado, adscrito al Ministerio del presentación por medio virtual. Ambiente, es la autoridad competente encargada de 5.5 En los procedimientos a cargo de INGEMMET, revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental los expedientes son de acceso público a través del Detallados regulados en la Ley Nº 27446, Ley del Sistema SIDEMCAT. Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. CAPÍTULO II Sistema de Derechos Mineros y Catastro - SIDEMCAT: Sistema a cargo de la Dirección de Catastro PROCEDIMIENTO DE ÁREAS DE NO ADMISIÓN DE Minero del INGEMMET y se encuentra integrado por PETITORIOS información de los derechos mineros, por el Catastro Minero Nacional, por el pre-catastro, por el catastro Artículo 6.- Solicitud de áreas de no admisión de de áreas restringidas a la actividad minera y por la petitorios para prospección minera información relativa al cumplimiento del pago del derecho de vigencia y su penalidad. 6.1 Para efectos de lo dispuesto en el artículo 25 de la LGM, el INGEMMET presenta una solicitud a la Dirección Superintendencia Nacional de Fiscalización General de Minería del Ministerio de Energía y Minas Laboral – SUNAFIL: Organismo técnico especializado, identificando la cuadrícula o conjunto de cuadrículas adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordenadas UTM WGS84, la extensión del área en responsable de promover, supervisar y fiscalizar el la que efectuará trabajos de prospección minera y el cumplimiento del ordenamiento jurídico socio-laboral y el plazo respectivo, así como los montos de las partidas de seguridad y salud en el trabajo. presupuestales debidamente financiadas que garanticen la realización de dichos trabajos. Unidad Minera: Área donde se realiza o se proyecte 6.2 Simultáneamente, el INGEMMET identifica en el realizar actividades mineras de exploración, explotación, Catastro Minero Nacional el área solicitada, suspendiendo El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 19 inmediatamente la admisión de petitorios mineros en petitorios. PROINVERSIÓN puede solicitar en el plazo de dicha área. quince (15) días calendario toda la información adicional 6.3 Si la solicitud es denegada u objeto de desistimiento, en relación a los trabajos de prospección y estudios el INGEMMET publica su libre denunciabilidad. realizados, la cual INGEMMET deberá proporcionar en 6.4 Cuando el INGEMMET publique de libre un plazo no mayor de quince (15) días calendario de denunciabilidad los derechos mineros extinguidos, no presentada la solicitud. incluye las áreas sobre las cuales ha solicitado la no Recibida la información, PROINVERSIÓN la remite admisión de petitorios. al Ministerio de Energía y Minas para que el proyecto 6.5 Las concesiones y petitorios mineros que reviertan sea incorporado a su Informe Multianual de Inversiones al Estado, también pueden ser materia de no admisión de – IMI. Ocurrido ello, PROINVERSIÓN determina en petitorios. el plazo máximo de noventa (90) días calendario de 6.6 Las áreas publicadas de libre denunciabilidad recibida la comunicación de su incorporación al Informe que se refiere el presente artículo, pueden peticionarse Multianual de Inversiones – IMI y el Informe de Evaluación a partir del primer día hábil, luego de vencido el mes correspondiente, si se encargará del respectivo proceso inmediatamente posterior a su publicación. de promoción de la inversión privada, aprobándolo mediante acuerdo de su Consejo Directivo ratificado Artículo 7.- Aprobación del área de no admisión de por Resolución Suprema, refrendada por el Ministro/a petitorios mineros de Energía y Minas y publicada en el Diario Oficial El Peruano. De no producirse el acuerdo y publicación de su 7.1 Si la cuadrícula o conjunto de cuadrículas ratificación en dicho plazo o comunicar que el área no es cuentan con área libre, se expide el Decreto Supremo de interés, INGEMMET procede a incluirlo en la relación correspondiente, indicando el plazo dentro del cual deben de la(s) área(s) de libre denunciabilidad en su debida efectuarse los trabajos de prospección y ordenando su oportunidad. transcripción a los Registros Públicos para su inscripción. 9.2.2 Para la aplicación del literal b) del artículo 25 7.2 En caso la cuadrícula o conjunto de cuadrículas de la LGM, PROINVERSIÓN presenta una solicitud al solicitadas por INGEMMET se encuentren superpuestas Ministerio de Energía y Minas con copia al INGEMMET, a petitorios o concesiones mineras prioritarias, el acompañando el acuerdo de su Consejo Directivo. La INGEMMET reduce el área solicitada. evaluación y determinación del área se efectúa conforme 7.3 En caso se advierta la existencia de otros lo regulado en la presente norma, tramitándose el petitorios o concesiones mineras en parte de la misma correspondiente Decreto Supremo con el voto aprobatorio cuadrícula o conjunto de cuadrículas, se deben respetar del Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro/a de las áreas prioritarias, lo que debe constar en el Decreto Energía y Minas. Supremo que autoriza los trabajos de prospección y en su 9.2.3 PROINVERSIÓN suscribe en representación del inscripción correspondiente. Estado los contratos que se deriven de la ejecución del proceso de promoción de la inversión privada en las áreas Artículo 8.- Tratamiento de los estudios de a que se refieren los literales a) y b) del artículo 25 de la prospección LGM. El Consejo Directivo del INGEMMET, bajo 9.2.4 Los contratos que se suscriban bajo el marco responsabilidad, adopta las medidas necesarias a fin del proceso de promoción de la inversión privada, en que los resultados de los estudios de prospección sean aplicación de los literales a) y b) del artículo 25 de la ofrecidos en venta al público por treinta (30) días calendario, LGM, deben incluir el derecho de exploración del optante antes de su publicación de libre denunciabilidad, salvo o adquirente en las áreas respectivas, el que debe que hubieran sido materia de encargo a PROINVERSIÓN. ejercerse conforme a los permisos y autorizaciones sobre la materia. Artículo 9.- Procedimiento respecto de la ANAP 9.2.5 La Dirección General de Minería, otorga las aprobada autorizaciones de actividades de exploración en estas áreas a los adquirentes u optantes, cumplidos los 9.1 Vencido el plazo otorgado para la realización de los requisitos aplicables. trabajos de prospección o culminados estos antes de dicho 9.2.6 Para los efectos del otorgamiento de plazo, y cumplido el procedimiento señalado en el numeral concesiones mineras sobre dichas áreas al ganador de la siguiente, las áreas concedidas deberán rematarse en buena pro, basta la comunicación que PROINVERSIÓN pública subasta, dentro de los tres (03) meses siguientes, dirija al INGEMMET estableciendo los resultados de dicho en cuadrículas de cien (100) hectáreas identificadas proceso o, en su caso, el cumplimiento de lo establecido con coordenadas UTM WGS84, de conformidad con en el respectivo contrato, procediendo el INGEMMET las normas contenidas en el capítulo V del presente a mérito de la referida comunicación a otorgar las Reglamento. Los recursos que se obtengan por el pago concesiones mineras a los adquirentes o a quienes del precio de las áreas subastadas constituirán recursos ejerzan la opción, previo pago por éstos del derecho de propios del INGEMMET para el mantenimiento del vigencia correspondiente al año en curso, del derecho de Sistema de Concesiones y Catastro Minero. Por el mérito trámite y la presentación de los respectivos petitorios en del acta de adjudicación, el adjudicatario podrá formular el formato vigente y conforme al Sistema de Cuadrículas petitorios de concesión minera en el plazo de sesenta (60) oficializado por la Ley Nº 30428, Ley que oficializa el días naturales, contado a partir de la suscripción del acta Sistema de Cuadrículas Mineras en Coordenadas UTM de adjudicación. Vencido dicho plazo, las áreas sobre las WGS84, teniéndose a la vista los correspondientes que no se hubiere formulado petitorio serán publicadas de informes técnico y legal. No se requiere la publicación libre denunciabilidad. El petitorio se tramitará con arreglo de carteles, sin perjuicio del respeto a derechos mineros a las normas aplicables al procedimiento. prioritarios, lo que constará en el título, con el cual culmina Las áreas que no fueron adjudicadas en pública el procedimiento administrativo especificado en el artículo subasta, deben publicarse de libre denunciabilidad 25 de la LGM; dicho acto no es recurrible, dando mérito a fin que puedan ser peticionadas en el Sistema de a las inscripciones correspondientes en los Registros Cuadrículas. Públicos. 9.2 Para efectos de lo dispuesto en los literales a) y b) 9.2.7 En los casos señalados en los literales a) y b) del artículo 25 de la LGM, debe observarse el siguiente del artículo 25 de la LGM, PROINVERSIÓN comunica procedimiento: al INGEMMET y al Ministerio de Energía y Minas que no se suscribió o se resolvió el contrato de opción o de 9.2.1 Para la aplicación del literal a) del artículo 25 transferencia. El Ministerio de Energía y Minas por única de la LGM, el INGEMMET con una anticipación de ocho vez puede evaluar la decisión de encargar nuevamente (8) meses al vencimiento del plazo de prospección o con a PROINVERSIÓN la incorporación al proceso de anterioridad a este plazo si hubiera culminado los trabajos promoción de la inversión privada, dentro del plazo de de prospección, debe proporcionar toda la información seis (6) meses siguientes a la comunicación recibida; a PROINVERSIÓN, sobre los trabajos de prospección vencido el plazo sin que el Ministerio de Energía y Minas y estudios realizados en las áreas de no admisión de se pronuncie, el INGEMMET procede a publicar de libre 20 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano denunciabilidad el área respectiva en el mes más próximo c. Carta Nacional elaborada por el Instituto Geográfico a los previstos en el artículo 104 del Decreto Supremo Nº Nacional (IGN). 03-94-EM. La información obtenida por PROINVERSION durante el desarrollo del proceso de promoción debe ser Artículo 13.- Sustento de la información del entregada al INGEMMET. SIDEMCAT CAPÍTULO III 13.1 La información que contiene el SIDEMCAT, se sustenta en los expedientes administrativos de formación SISTEMA DE DERECHOS MINEROS de título de las concesiones mineras, de beneficio, labor Y CATASTRO – SIDEMCAT general y transporte minero, así como los expedientes de derecho de vigencia y penalidad y otros cuya información Artículo 10.- Del Sistema de Derechos Mineros y sea recogida en el SIDEMCAT. Catastro – SIDEMCAT 13.2 Asimismo, contiene información del registro de pagos del derecho de vigencia y penalidad, registro de 10.1 El SIDEMCAT está a cargo de la Dirección de los Certificados de Devolución que sean objeto de crédito Catastro Minero del INGEMMET y se encuentra integrado y aquella relacionada a la administración del derecho de por información de los derechos mineros, por el Catastro vigencia y penalidad. Minero Nacional, por el pre-catastro, por el catastro 13.3 Adicional y diferenciadamente contiene de áreas restringidas a la actividad minera y por la información proporcionada por otras entidades públicas, información relativa al cumplimiento del pago del derecho advirtiendo en su caso el carácter referencial. de vigencia y su penalidad, entre otros. 13.4 La información de titularidad de los petitorios y 10.2 El SIDEMCAT permite acceder a información concesiones mineras del SIDEMCAT es referencial y debe en tiempo real, con la finalidad que el procedimiento ser verificada en los Registros Públicos, prevaleciendo administrativo minero responda a los principios de esta última. certeza, simplicidad, publicidad, uniformidad y eficiencia. 13.5 Las entidades generadoras de la información que contiene el SIDEMCAT, deben proporcionarla en la Artículo 11.- Administración del SIDEMCAT forma que se establezca mediante Directivas que expida el INGEMMET. 11.1 El INGEMMET administra el SIDEMCAT aprobando las directivas correspondientes para su Artículo 14.- Acceso a la información del SIDEMCAT organización, estandarización del software e interconexión Los administrados acceden a la información de los con los Gobiernos Regionales. derechos mineros a través del SIDEMCAT. 11.2 Los términos y la regulación de los procedimientos a seguir para el acceso, ingreso, actualización, Artículo 15.- Remisión de la copia de resoluciones mantenimiento y control de calidad del SIDEMCAT y de títulos, extinciones, modificaciones y otros, módulos que lo conforman son igualmente normados a emitidos por los Gobiernos Regionales a la Dirección través de directivas que debe expedir el INGEMMET. de Catastro Minero 11.3 El INGEMMET en base a la información del Adicionalmente al ingreso de información en el SIDEMCAT, realiza la publicación nacional de libre SIDEMCAT, el Gobierno Regional debe remitir por correo denunciabilidad o aviso de retiro según corresponda de electrónico o cualquier otro medio digital a la Dirección de los petitorios y concesiones mineras del régimen general, Catastro Minero del INGEMMET, lo siguiente: de PPM y PMA; y elabora el Padrón Minero Nacional. 11.4 El Gobierno Regional tiene acceso a la 15.1 Copia de las Resoluciones y certificados de información contenida en el SIDEMCAT que corresponde consentimiento de títulos de concesión minera, divisiones, a su Región. Sólo en base a dicha información emite los acumulaciones, renuncia parcial y extinciones declaradas, informes técnicos y legales que sustentan las resoluciones dentro de la primera quincena del mes siguiente de su que expida en los procedimientos administrativos mineros consentimiento. a su cargo, en lo que respecta a la presente norma. 15.2 Copia de las Resoluciones que modifiquen la extensión de área de los derechos mineros bajo Artículo 12.- Contenido del SIDEMCAT su jurisdicción, dentro de la semana siguiente a su El SIDEMCAT contiene datos gráficos y alfa expedición. numéricos de derechos mineros a nivel nacional, la imagen de los expedientes que se digitalicen, así como CAPÍTULO IV otros datos relevantes para la toma de decisiones en los procedimientos administrativos mineros, entre otros: PROCEDIMIENTO ORDINARIO PARA CONCESIONES MINERAS 12.1 Datos alfanuméricos: a. Nombre y Código Único del derecho minero Artículo 16.- Determinación de competencias en b. Sustancia base a la constancia o calificación del administrado al c. Demarcación política (distrito, provincia, inicio del procedimiento departamento) d. Extensión 16.1 Es requisito para la presentación de petitorios e. Datos de la Carta Nacional de concesión minera, así como para el inicio de los f. Zona geográfica procedimientos de competencia del Gobierno Regional, g. Coordenadas UTM del derecho minero referidas al señalados en la presente norma, que el administrado datum WGS84 cuente con la constancia de PPM o PMA, vigente, h. Nombre del peticionario expedida por la Dirección General de Formalización i. Condición del peticionario reportada por la autoridad Minera. que emite la calificación de PPM-PMA 16.2 En caso de pluralidad de peticionarios, si uno j. Registro de pagos de derecho de vigencia y de ellos no se encuentra calificado como PPM o PMA y penalidad no reúne las condiciones del artículo 91 de la LGM, el k. Registro de los Certificados de Devolución emitidos petitorio debe ser presentado ante el INGEMMET. objeto de crédito. 16.3 Los administrados sujetos al régimen general, l. Registro de PPM y PMA, reportado por la autoridad deben presentar sus petitorios de concesión minera ante que emite la calificación de PPM-PMA. cualquiera de las mesas de partes del INGEMMET. 16.4 Si en el transcurso del trámite de un procedimiento 12.2 Datos gráficos: iniciado por un PPM o PMA, éste pierde dicha condición, el Gobierno Regional continúa conociendo del trámite a. Demarcación regional en cuadrículas. hasta su culminación. b. Cuadrículas que se ubican en dos (2) o más 16.5 Si en el transcurso del trámite iniciado en el circunscripciones regionales y porcentaje de ubicación. INGEMMET, el solicitante adquiere la condición de PPM El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 21 o PMA, el INGEMMET continúa conociendo del trámite por la expedición de resoluciones y la información hasta su culminación. que corresponda, de acuerdo a las disposiciones de la presente norma y directivas que expida el INGEMMET. Artículo 17.- Competencia en caso de administrado m. Llevar los Registros de Ingreso de Petitorios e no acreditado como PPM o PMA pero que reúna las Ingreso de escritos y recursos. condiciones del artículo 91 de la LGM n. Publicar en el Diario Oficial El Peruano la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiera aprobado 17.1 Únicamente el administrado que reúne las el mes anterior. condiciones del artículo 91 de la LGM y que además no o. Conceder los recursos impugnativos en los se encuentra acreditado como PPM o PMA, puede ejercer procedimientos que son de su competencia. la opción de presentar sus petitorios de concesión minera p. Ejercer las atribuciones que expresamente le sean al Gobierno Regional o al INGEMMET determinando así asignadas. la competencia de la autoridad respecto de cada petitorio que presente, conforme a las reglas señaladas en el Artículo 20.- Presentación de petitorios de presente artículo concesión minera 17.2 La verificación de las condiciones del artículo 91 de la LGM, es efectuada por el Gobierno Regional 20.1 Las sedes de los Gobiernos Regionales que conforme lo establece el presente Reglamento. reciban y tramiten los petitorios de concesión minera 17.3 Si en el transcurso del trámite del petitorio de deben estar interconectadas al SIDEMCAT. concesión minera presentado ante el Gobierno Regional, 20.2 Los petitorios presentados ante Mesa de Partes el administrado deja de reunir las condiciones del artículo del INGEMMET y de los Gobiernos Regionales, deben ser 91 de la LGM, el Gobierno Regional continúa conociendo ingresados obligatoriamente al SIDEMCAT, para generar: del trámite de dicho petitorio hasta su culminación. a. El Código Único de Petitorio Minero. Artículo 18.- Determinación de competencia b. La constancia o cargo de su recepción; y, territorial para petitorios ubicados en dos (2) o más c. La foja diaria correspondiente al Registro de Ingreso jurisdicciones de gobiernos regionales de Petitorios. 18.1 Si un petitorio de concesión minera se ubica entre 20.3 La generación del Código Único de Petitorio, dos o más regiones, es competente el Gobierno Regional determina la fecha, hora de presentación y sirve para donde se ubica la mayor parte del área, de acuerdo establecer la prioridad del petitorio de concesión minera, a la Cartografía Digital Censal elaborada por el INEI. siendo requisito para su existencia; se realiza en el Igual regla se aplica para el inicio de los procedimientos SIDEMCAT, por la Mesa de Partes de la Oficina respectiva. mineros a cargo del Gobierno Regional como integrante 20.4 La solicitud del petitorio de concesión minera del SIDEMCAT que establece el presente Reglamento, recibida por el Gobierno Regional, en el día de su que sean de competencia regional. presentación debe ser escaneada y las imágenes de 18.2 El INGEMMET identifica en el SIDEMCAT cada uno de sus folios ingresadas al SIDEMCAT o las cuadrículas que se ubican en dos (2) o más remitir las copias al INGEMMET por correo electrónico, circunscripciones regionales, identificando además al fax o cualquier otro medio digital, bajo responsabilidad, Gobierno Regional competente sobre cada cuadrícula, en con la finalidad de verificar los datos consignados en el función a donde se ubique la mayor parte de la cuadrícula SIDEMCAT e ingresarlos al Sistema de Cuadrículas. o área, de acuerdo a la Cartografía Digital Censal 20.5 La Dirección de Catastro Minero del INGEMMET elaborada por el INEI. genera un reporte de graficación en el Sistema de Cuadrículas, según corresponda y además un plano Artículo 19.- Funciones del Gobierno Regional catastral minero y de áreas restringidas a la fecha de como integrante del SIDEMCAT formulación del petitorio minero, el cual forma parte del Las funciones del Gobierno Regional como integrante expediente, remitiéndolos a la Dirección de Concesiones del SIDEMCAT y de acuerdo a las reglas de competencia Mineras o al Gobierno Regional competente para su establecidas en el presente Reglamento, son las anexado y pronunciamiento que corresponda respecto de siguientes: cada una de las superposiciones advertidas. a. Tramitar y expedir resoluciones conforme a ley en Artículo 21.- Código único de petitorios de el proceso relativo a los petitorios de concesión minera concesión minera formulados. 21.1 El código único de petitorio de concesión b. Tramitar y resolver sobre los recursos de oposición minera está conformado por un conjunto de letras y/o a la solicitud de petitorio de concesión minera, bajo su números cuyos dos (2) primeros dígitos corresponden competencia. a la identificación del Gobierno Regional, los cinco (5) c. Tramitar y resolver sobre simultaneidad, remates, siguientes a números correlativos empezando del 00001 cambio de nombre, cambio de sustancia, sustitución, y los dos (2) últimos al año calendario. fraccionamiento, reducción, renuncia parcial o total de los 21.2 Los dos primeros dígitos del código único derechos mineros. de petitorio de concesión minera para cada Gobierno d. Constituir sociedades legales. Regional son los siguientes: e. Declarar el abandono, cancelación, rechazo, inadmisibilidad, nulidad y caducidad de los petitorios, así GOBIERNO REGIONAL (2) PRIMEROS DÍGITOS como la extinción por causal establecida por Ley. f. Otorgar el título de las concesiones mineras. AMAZONAS 51 g. Declarar la caducidad y nulidad de concesiones ANCASH 52 mineras, así como la extinción por causal establecida por APURÍMAC 53 ley. h. Tramitar y resolver sobre la renuncia, cambio de AREQUIPA 54 sustancia, acumulación y división. AYACUCHO 55 i. Tramitar y resolver las denuncias por internamiento CAJAMARCA 56 que presenten PPM o PMA. j. Informar a la Dirección General de Minería sobre las CALLAO 57 infracciones que cometan los Peritos nominados, en el CUSCO 58 ejercicio de la función. HUANCAVELICA 59 k. Informar a la Dirección General de Formalización Minera y al INGEMMET, sobre el uso indebido de las HUÁNUCO 60 Constancias de PPM y PMA. ICA 61 l. Ingresar al SIDEMCAT del INGEMMET la información contenida en el petitorio de concesión minera, la generada JUNÍN 62 22 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano LA LIBERTAD 63 administrado se encuentra o no dentro del rango de PPM o PMA. Este reporte contiene la información y parámetros LAMBAYEQUE 64 que establece la Dirección General de Minería y que LIMA 65 ingresa al SIDEMCAT para su expedición. LORETO 66 25.3 Si a la fecha de presentación del petitorio MADRE DE DIOS 67 de concesión minera ante el Gobierno Regional, el MOQUEGUA 68 administrado y, en su caso, cada uno de los administrados PASCO 69 no se encuentran en los supuestos del artículo 91 de la LGM se declara el rechazo del petitorio. PIURA 70 PUNO 71 Artículo 26.- Rechazo SAN MARTÍN 72 La Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET o el Gobierno Regional, según corresponda, rechaza los TACNA 73 petitorios de concesiones mineras en los que: TUMBES 74 UCAYALI 75 a) Se haya omitido adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho de vigencia efectuado en las LIMA METROPOLITANA 76 instituciones financieras privadas autorizadas. b) El pago en soles por derecho de vigencia sea menor Artículo 22.- Registro de ingreso de petitorios de al 95% de lo que corresponda pagar. concesión minera c) El pago en dólares americanos por derecho de vigencia se haya efectuado en forma incompleta. 22.1 El INGEMMET y los Gobiernos Regionales d) Se haya omitido indicar la fecha y número de la deben llevar un Registro de Ingreso de Petitorios en el constancia de pago por derecho de trámite realizado ante SIDEMCAT para efectos de determinar la prioridad en la la propia entidad, o dichos datos sean inexistentes o se presentación de petitorios de concesión minera. haya omitido adjuntar la copia de la constancia de su pago 22.2 La recepción de los petitorios de concesión en las instituciones financieras autorizadas. minera se efectúa en estricto orden de llegada de los e) Se peticionen cuadrículas fuera de las que corresponde administrados a las Oficinas respectivas. a la circunscripción regional conforme al SIDEMCAT. Si 22.3 Si antes de iniciarse las actividades en las una o más cuadrículas del petitorio de concesión minera oficinas del INGEMMET o del Gobierno Regional, hubiere solicitado se ubican fuera de la circunscripción regional dos (2) o más personas solicitando petitorios de concesión donde se ha presentado, se procede a declarar el rechazo minera, el encargado de la Mesa de Partes les asigna a de dichas cuadrículas, prosiguiéndose el trámite respecto de todos ellos la misma fecha y la hora inicial de recepción de las demás cuadrículas. petitorios, en el SIDEMCAT. f) Se haya omitido indicar el número del certificado de 22.4 Las horas hábiles para la recepción de petitorios devolución o el número sea inexistente en el ámbito nacional y regional son de 08:15 a 16:30 g) Si a la fecha de presentación del petitorio horas. de concesión minera ante el Gobierno Regional, el administrado y, en su caso, cada uno de los administrados Artículo 23.- Generación de código único de no cuenta con calificación de PPM o PMA o no reúne las petitorio de concesión minera condiciones del artículo 91 de la LGM Al recibir los petitorios de concesiones mineras los encargados de la Mesa de Partes del INGEMMET y de los Gobiernos Regionales deben ingresar al SIDEMCAT y Los petitorios de concesión minera que adolecen de generar el código único de petitorio de concesión minera, alguna omisión o defecto, con excepción de los incursos aun en los casos en que, de la lectura de la solicitud o de en las causales de inadmisibilidad o rechazo, pueden ser la revisión de la documentación, se desprenda que se ha subsanados dentro del plazo de diez (10) días hábiles, incurrido en error u omisión de alguno de los requisitos previa notificación, bajo apercibimiento de rechazo. señalados en la LGM el presente Reglamento. Artículo 27.- Inadmisibilidad Artículo 24.- Comprobación de la vigencia de la Son declarados inadmisibles por la Dirección de constancia de PPM o PMA Concesiones Mineras del INGEMMET o el Gobierno Recibido el petitorio de concesión minera o la solicitud Regional según corresponda, y no son ingresados al para iniciar un procedimiento administrativo minero, el Sistema de Cuadrículas o se retiran de él, según sea INGEMMET o Gobierno Regional verifica la vigencia de la el caso y se extingue, sin constituir antecedente o título Constancia de PPM o PMA del administrado y, en su caso, para la formulación de otros, los petitorios de concesiones de cada uno de los administrados, para lo cual accede mineras en los que: al SIDEMCAT. El reporte de comprobación generado a la fecha de presentación debe ser agregado al expediente. a) No se hubieran consignado las coordenadas UTM WGS84 correspondiente del área solicitada. Artículo 25.- Verificación de los supuestos del b) No se hubiera identificado correctamente la artículo 91 de la LGM cuadrícula o de la poligonal cerrada del conjunto de cuadrículas por error en las coordenadas UTM WGS84. 25.1 Recibido el petitorio de concesión minera, el c) Exista falta de colindancia por un lado dentro del Gobierno Regional verifica que el administrado y, en su conjunto de cuadrículas solicitadas. caso, cada uno de los administrados, se encuentren en d) Se exceda el área máxima establecida por la LGM. los supuestos del artículo 91 de la LGM. e) El petitorio se ha formulado sin cumplir con lo 25.2 Con tal objeto el Gobierno Regional debe establecido por los artículos 65 y 68 de la LGM. acceder al SIDEMCAT y generar los siguientes reportes f) Sean peticionados por extranjeros en zona de de verificación a la fecha de presentación, los cuales son frontera cuya solicitud de autorización ante la Dirección agregados al expediente: General de Minería sea expresamente desaprobada o que, transcurridos seis (6) meses de dicha solicitud, se a. El reporte de verificación de titulares y extensión acojan al silencio negativo y consideren su solicitud como de derechos que contiene la información con que denegada y consentida o se apruebe el desistimiento de cuenta el INGEMMET, la cual se actualiza en base a las su solicitud. comunicaciones que recibe de los Registros Públicos. g) Sean formulados en áreas de no admisión de Si el solicitante es una persona jurídica, debe presentar petitorios. La inadmisibilidad y archivo corresponde a las una Declaración Jurada señalando que se encuentra cuadrículas superpuestas totalmente o parcialmente al conformada según el numeral 1 del artículo 91 de la LGM. área suspendida. b. El reporte de verificación de la capacidad instalada h) Sean formulados en área urbana, conforme de producción y/o beneficio, que determina si cada al artículo 3 del Decreto Supremo Nº 008-2002- El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 23 EM, Reglamento de la Ley Especial que Regula el de la Resolución de calificación de pequeño productor Otorgamiento de Concesiones Mineras en Áreas Urbanas minero o productor minero artesanal, de ser el caso. y de Expansión Urbana. i. Indicar el número del Asiento y/o Partida Registral donde obra la inscripción registral de la persona jurídica y Artículo 28.- Petitorio de concesión minera en la vigencia y alcances del poder de su representante legal zona de frontera y en franja de traslape o apoderado, de ser el caso. Por excepción, en los casos en que por razones de j. Número de Certificado de Devolución de Derecho frontera o en las franjas de traslape en las zonas 17, 18 y de Vigencia, fecha de caducidad y titular, si el pago de 19 de la Carta Nacional quede un espacio libre de forma derecho de vigencia se efectúa por dicho medio. y extensión que no permita establecer la unidad básica La verificación inmediata es efectuada por la Dirección de medida superficial de la concesión minera a que se de Derecho de Vigencia del INGEMMET. refiere el artículo 11 de la LGM, pueden solicitarse áreas menores o mayores de cien (100) hectáreas, cuya forma 30.2 A la solicitud debe acompañarse los siguientes puede ser de una poligonal cerrada. documentos: Artículo 29.- Determinación del pago en moneda a. Copia de la constancia de pago del derecho de nacional vigencia en las cuentas autorizadas por INGEMMET, El pago del derecho de vigencia en moneda correspondiente al primer año. La verificación inmediata nacional se determina utilizando el tipo de cambio venta es efectuada por INGEMMET. correspondiente al último día hábil anterior a la fecha de b. Si la persona jurídica aún no se encuentra inscrita, pago que publique la SBS en el Diario Oficial “El Peruano”. se debe adjuntar copia del cargo de presentación de la escritura pública de constitución en la que conste la fecha Artículo 30.- Requisitos del petitorio de concesión de ingreso al Registro, la cual debe ser de fecha y hora minera anterior a la presentación del petitorio. c. Copia del carné de extranjería de cada uno de los 30.1 El petitorio se presenta por escrito en original peticionarios o representantes, de corresponder y en su y una copia (cargo del administrado), señalándose lo caso del apoderado común. siguiente: d. La autorización con firma del(los) titular (es) del Certificado de Devolución, si este fuera de un tercero. a. Datos generales del solicitante: nombres, apellidos, e. Declaración jurada del peticionario indicando que nacionalidad, estado civil, domicilio, número del la persona jurídica está compuesta únicamente por Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería, peruanos, incluyendo sus cónyuges, en caso el petitorio Registro Único de Contribuyente - RUC y el correo se encuentra dentro de los cincuenta (50) kilómetros de electrónico, así como los nombres, apellidos, número del la frontera. Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería f. Compromiso previo en forma de Declaración Jurada y nacionalidad del cónyuge, de ser el caso. del peticionario, la cual integra la solicitud de petitorio, Si el petitorio fuere formulado por dos (2) o más personas, mediante el cual se compromete a procurar: se indica además, sus porcentajes de participación que sumen el 100%, los nombres, apellidos, domicilio, número i) Enfoque de Desarrollo Sostenible del Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería Contribuir al desarrollo sostenible de la población y Registro Único de Contribuyente - RUC del apoderado ubicada en el área de influencia de la actividad minera, común, con quien el INGEMMET o Gobierno Regional procurando de manera conjunta con ella, el desarrollo y el competente se entenderá durante la tramitación del petitorio. fortalecimiento de la institucionalidad local, principalmente Si el petitorio fuere formulado por una persona jurídica, y la articulación con los proyectos de desarrollo se señala adicionalmente el número de la partida registral productivo, que conlleven a la diversificación económica y oficina registral donde conste inscrita, los datos de su y la sostenibilidad local más allá de la vida útil de las representante legal o apoderado, incluyendo su correo actividades mineras. electrónico y el asiento registral de inscripción de su designación. ii) Excelencia Ambiental y Social En el caso que la persona jurídica aún no se encuentre Realizar las actividades mineras en el marco de la inscrita en la SUNARP, debe señalar la oficina registral, el política ambiental del Estado, en su interdependencia con año y número de título de la presentación de la escritura el entorno social, buscando la gestión social y ambiental pública de constitución. con excelencia y el uso y manejo responsable de los Si el peticionario fuera una persona jurídica y el petitorio recursos naturales para impulsar el desarrollo sostenible. se encuentra dentro de los cincuenta (50) kilómetros de la frontera, debe acompañar, además, una Declaración iii) Cumplimiento de Acuerdos Jurada indicando que está compuesta únicamente por Cumplir con los compromisos sociales asumidos en peruanos, incluyendo sus cónyuges. convenios, actas, contratos y estudios ambientales. El domicilio señalado debe estar dentro de la capital de la provincia, de Lima o de las sedes de los órganos iv) Relacionamiento Responsable desconcentrados, cuando se presente el petitorio al Respetar a las personas e instituciones, autoridades, INGEMMET, o de la sede del Gobierno Regional cuando cultura y costumbres locales. Promover acciones que se presente ante dicha entidad. fortalezcan la confianza entre los actores involucrados b. Nombre del petitorio; con la actividad minera, a través del establecimiento y c. Distrito, provincia y departamento donde se vigencia de procesos participativos y favoreciéndose encuentra ubicado el petitorio; la prevención y gestión de conflictos y la utilización de d. Clase de concesión, según se trate de sustancias mecanismos alternativos de solución de conflictos. metálicas o no metálicas; e. Identificación de la cuadrícula o conjunto de v) Empleo Local cuadrículas colindantes al menos, por un lado, o de la Fomentar preferentemente la contratación de personal poligonal cerrada, en coordenadas UTM WGS84 y zona. local, para realizar labores de la actividad minera o f. Extensión superficial del área solicitada, expresada relacionada con la misma, según los requerimientos del en hectáreas; titular en las diversas etapas del ciclo minero, pudiendo g. Fecha y número de la constancia de pago por brindar para el efecto las oportunidades de capacitación derecho de trámite realizado ante la propia entidad o requeridas. presentar la copia de la constancia de pago del derecho de tramitación realizado en las instituciones financieras vi) Desarrollo Económico autorizadas. Las verificaciones inmediatas son efectuadas Contribuir al desarrollo económico local y/o regional a por la oficina de administración. través de la adquisición preferente de bienes y servicios h. Número de la constancia expedida por la Dirección locales y/o regionales en condiciones razonables de General de Formalización Minera o presentar la copia calidad, oportunidad y precio para ambas partes, y la 24 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano promoción de iniciativas empresariales que busquen la Artículo 33.- Publicación de avisos y notificación diversificación de las actividades económicas de la zona. de advertencias vii) Diálogo Continuo 33.1 Todos los petitorios de concesiones mineras Mantener un diálogo continuo y oportuno con las deben publicarse por una sola vez en el Diario Oficial “El autoridades regionales y locales, la población del área Peruano’’ y en el diario encargado de la publicación de los de influencia de la actividad minera y sus organismos avisos judiciales de la capital del departamento en donde representativos, bajo un enfoque intercultural, se ubica el área solicitada. De ubicarse el petitorio en más proporcionándoles información transparente, oportuna de un departamento, la publicación debe realizarse sólo y accesible sobre sus actividades mineras mediante en el departamento donde está la mayor área del petitorio. el lenguaje y los medios de comunicación adecuados, 33.2 El diario encargado de la publicación de los de modo que permita el intercambio de opiniones, avisos judiciales de la capital del departamento, mantiene manifestación de sugerencias y participación de todos los su vigencia y validez para que el peticionario efectúe la actores involucrados, de conformidad con las normas de publicación en el diario indicado. Toda variación del diario, participación ciudadana aplicables. comunicada por la Corte Superior a INGEMMET opera para los avisos que se expidan después de recibida dicha 30.3 El enunciado de los principios no responde comunicación. Los petitorios de concesiones mineras a un orden jerárquico, destacando su interrelación y ubicadas en el departamento de Lima se publican complementariedad, así como su integralidad para únicamente en el Diario Oficial “El Peruano”. procurar alcanzar el desarrollo sostenible de las 33.3 Las publicaciones deben contener la siguiente poblaciones de las áreas de influencia mineras, los cuales información: Nombre y código del petitorio, titular, zona, son incorporados en medidas concretas en la certificación coordenadas UTM WGS84 de los vértices de la cuadrícula ambiental respectiva. o conjunto de cuadrículas solicitadas, extensión, departamento, provincia y distrito donde se ubica, fecha Artículo 31.- Presentación y trámite del petitorio de y hora de presentación. concesión minera 33.4 Simultáneamente a la notificación al peticionario, la Dirección de Concesiones Mineras procederá a la 31.1 El procedimiento es de evaluación previa y notificación de la advertencia de superposición parcial sujeto a silencio administrativo negativo, con un plazo sobre el nuevo petitorio de concesión minera a los de treinta y siete (37) días hábiles de presentada la titulares de petitorios o concesiones mineras anteriores solicitud. cuyas áreas se encuentren ubicadas en parte de la 31.2 Si el petitorio reúne los requisitos exigidos por misma cuadrícula o conjunto de cuadrículas peticionadas, el presente Reglamento, la Dirección de Concesiones regulada en el artículo 121 de la LGM. Mineras o el Gobierno Regional competente, dentro del plazo de siete (07) días hábiles siguientes a la presentación Artículo 34.- Abandono del petitorio notifica al peticionario adjuntando los avisos El abandono debe ser declarado por el INGEMMET para su publicación. o Gobierno Regional. Para tal efecto, verificado el 31.3 La publicación debe realizarse dentro de incumplimiento de los plazos señalados en las normas del los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de procedimiento aplicable al título en formación, se remite notificación del aviso correspondiente. Dentro de los el expediente al superior jerárquico con el proyecto de sesenta (60) días calendario siguientes a la fecha de Resolución respectiva, de ser el caso. publicación, el administrado debe entregar las páginas enteras en las que conste la publicación de los avisos al Artículo 35.- Respeto de área y extensión mínima INGEMMET o Gobierno Regional que tiene a su cargo el disponible procedimiento. 31.4 Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes 35.1 Para efectos del artículo 12 de la LGM, las a la recepción de la publicación de los avisos, de no áreas de los derechos mineros formulados al amparo de mediar oposición a la solicitud de concesión minera, la legislaciones anteriores a la Ley que oficializa el Sistema Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET o el de Cuadrículas Mineras en Coordenadas UTM WGS84, Gobierno Regional competente, emite los dictámenes Ley Nº 30428, deben ser respetadas obligatoriamente por técnico y legal correspondientes, y eleva el expediente las concesiones mineras que se soliciten bajo el sistema para el otorgamiento del título de concesión minera. de cuadrículas UTM WGS84. En los títulos de estas 31.5 El Presidente Ejecutivo del INGEMMET o el últimas se deben consignar las coordenadas UTM PSAD Gobierno Regional competente en su caso, con los 56 de los vértices que definen el área a respetar, además dictámenes técnico y legal favorables, otorga el título del nombre, código único y extensión en hectáreas de los de la concesión minera, no antes de treinta (30) días derechos mineros prioritarios. calendario de efectuada la última publicación del aviso de 35.2 No se otorgan títulos de concesión minera petitorio minero. La Resolución expedida de título debe cuando el área disponible en la cuadrícula, a la fecha ser notificada al peticionario. de su formulación, sea menor a una (01) hectárea, procediéndose a su cancelación. Artículo 32.- Reducción y cancelación del petitorio de concesión minera Artículo 36.- Obligación de respeto Conforme a los artículos 64, 114 y 120 de la LGM: 36.1 En caso de petitorios cuyas cuadrículas comprenden 32.1 Si durante la tramitación de un petitorio de terrenos ocupados por monumentos arqueológicos concesión minera se advirtiese que se superpone o históricos, proyectos hidroenergéticos e hidráulicos parcialmente sobre otro anterior, la Dirección de establecidos por normas nacionales, Red Vial Nacional, Concesiones Mineras del INGEMMET o Gobierno oleoductos, gasoductos, poliductos, cuarteles, puertos u Regional comunica al peticionario la reducción de su obras de defensa nacional o Instituciones del Estado con pedimento o el respeto del área del petitorio o la concesión fines de investigación científico - tecnológico, en el título de minera anterior. concesión se indica la obligación de respetar la integridad de 32.2 Si la superposición fuera total, se ordena la las referidas construcciones e instalaciones. cancelación del petitorio. 36.2 El trazo de los ductos de proyectos energéticos 32.3 Para fines del artículo 14 de la LGM, en el caso y de hidrocarburos debe ser puesto a consideración del de petitorios de concesiones mineras por sustancias no Ministerio de Energía y Minas, adjuntando el estudio o metálicas, la información sobre superposición a tierras informe técnico sustentatorio con el plano que indique las rústicas de uso agrícola debe obtenerse del Sistema de coordenadas UTM WGS84 de la poligonal del trazo, el cual Información Catastral Rural – SICAR. Si la superposición es aprobada por Resolución Ministerial, incorporándose fuera parcial a dichas áreas se ordena el respeto, y si fuera dichas coordenadas en el Catastro Minero Nacional. total se procede a la cancelación de la(s) cuadrícula(s) 36.3 Las cuadriculas de los petitorios mineros que se correspondiente(s). formulen a partir de la publicación de la citada Resolución El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 25 Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, que se conjunto de cuadrículas en el mismo día y hora, se remata superpongan a dichas áreas, son inadmisibles. el área superpuesta entre los peticionarios, para lo cual 36.4 Los petitorios que se encuentren en trámite se debe notificar a todos ellos, convocándolos al remate a la publicación de la Resolución Ministerial de no del área, con una anticipación de no menor de cinco (5) admisibilidad de petitorios, deben respetar dichas áreas. días hábiles. 36.5 Una vez precisado el trazo definitivo del ducto, por 39.2 Si todos los petitorios de concesiones mineras Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas se simultáneos corresponden a PPM y/o PMA, el trámite levanta la no admisión de petitorios; estas áreas pueden de simultaneidad y su solución se encuentra a cargo del peticionarse a partir del primer día hábil, luego de vencido Gobierno Regional respectivo. el mes inmediatamente posterior a la publicación de dicha 39.3 Si todos los petitorios de concesiones mineras Resolución. El ducto y su trazo definitivo deben ser puestos simultáneos corresponden al régimen general, el trámite en conocimiento del INGEMMET y respetado de pleno de simultaneidad y su solución se encuentra a cargo del derecho por las concesiones mineras que se otorguen, INGEMMET. debiendo además constar dicha afectación en sus títulos. 39.4 Si los petitorios de concesiones mineras simultáneos corresponden a PPM y/o PMA y a peticionarios Artículo 37.- Contenido del título de concesión del régimen general, el trámite de simultaneidad y su minera solución se encuentra a cargo del INGEMMET. 39.5 El Director de Concesiones Mineras para cada 37.1 El título de la concesión minera debe contener el caso y en forma expresa, puede delegar en todo o en código único, nombre del derecho, fecha y hora de formulación, parte, las actuaciones que correspondan ejecutar para hectáreas, sustancia, titular, distrito, provincia, departamento llevar a cabo el acto de remate. y, en su caso, la identificación de las áreas de los petitorios o 39.6 Si se dispusiera la concurrencia de los concesiones mineras anteriores con coordenadas UTM PSAD peticionarios en distintas sedes del INGEMMET, los 56, que deben ser respetadas por el nuevo concesionario, las encargados de sus órganos desconcentrados, en el cuales no integran la concesión minera. acto del remate, comunican la presencia y las ofertas al 37.2 El título de concesión minera otorga a su titular INGEMMET, mediante los medios de comunicación que el derecho al aprovechamiento de los recursos naturales se estimen pertinentes y suscriben el acta del remate concedidos, conforme al artículo 19 de la Ley Nº 26821, conjuntamente con los postores concurrentes a dichas Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los sedes que deseen hacerlo. Recursos Naturales. Para iniciar y/o realizar actividades mineras de Artículo 40.- Superposición de petitorios exploración y/o explotación el concesionario debe obtener simultáneos previamente la autorización de actividades respectiva, conforme lo regula el presente Reglamento. 40.1 En el caso de petitorios simultáneos sobre áreas 37.3 El título de concesión no autoriza por sí mismo que requieran o no de opinión previa de la autoridad a realizar las actividades mineras de exploración ni sectorial competente, se procede a convocar a remate explotación, sino que previamente el concesionario debe: el área simultánea y solicitar la opinión que corresponda, salvo que exista superposición total a dichas áreas. a. Contar con la certificación ambiental emitida por la 40.2 Las áreas simultáneas solicitadas sobre áreas autoridad ambiental competente. urbanas o de expansión urbana se rigen por la Ley Nº b. Gestionar la aprobación del Ministerio de Cultura de 27015, Ley Especial que regula el otorgamiento de las declaraciones, autorizaciones o certificados que son Concesiones Mineras en Áreas Urbanas y de Expansión necesarios para el ejercicio de las actividades mineras. Urbana, y su Reglamento. c. Obtener el permiso para la utilización de tierras mediante acuerdo previo con el titular del predio o la Artículo 41.- Petitorios simultáneos ante el culminación del procedimiento de servidumbre. INGEMMET y el Gobierno Regional d. Obtener la autorización de actividades de exploración Si se presentan petitorios de concesiones mineras o explotación de la Dirección General de Minería o del simultáneos sobre la misma cuadrícula o conjunto de Gobierno Regional correspondiente, entre otros. cuadrículas, en el mismo día y hora, entre petitorios presentados ante INGEMMET y ante el Gobierno Regional, Esta precisión debe constar en el título de la concesión la Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET minera. remata el área superpuesta entre los peticionarios, para lo cual el INGEMMET debe notificar a los peticionarios y Artículo 38.- Contenido de la publicación del título al Gobierno Regional, siguiéndose además de lo previsto de concesión en las normas reglamentarias aplicables, las siguientes Para efectos de lo dispuesto en el artículo 124 de la reglas: LGM, el INGEMMET o el Gobierno Regional competente, bajo responsabilidad, dentro de los primeros quince (15) a. El Gobierno Regional remite al INGEMMET, días calendario de cada mes, publica en el Diario Oficial dentro de los siete (07) días hábiles de presentados, los “El Peruano’’ la relación de las concesiones mineras cuyos expedientes de estos petitorios mineros. Previo al envío títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato el Gobierno Regional debe determinar si el petitorio no anterior. Dicha relación contiene la siguiente información: adolece de alguna causal de rechazo o inadmisibilidad, que determine su extinción. a. Nombre de la concesión minera; b. El INGEMMET señala la fecha y hora para llevar a b. Código Único; cabo el remate. c. Nombres y apellidos o denominación social del c. Todos los peticionarios deben efectuar los depósitos titular; previstos para la simultaneidad - base del remate, seriedad d. Coordenadas UTM WGS84 precisando el sistema de oferta y, en caso obtenga la buena pro, la oferta geodésico de la concesión otorgada; ganadora - en la cuenta autorizada por el INGEMMET. e. Código y nombre de los petitorios o concesiones d. La devolución de los montos pagados con motivo mineras, cuyo respeto se hubiera consignado en el título. del procedimiento de simultaneidad está a cargo del f. Número y fecha de la Resolución de otorgamiento INGEMMET. del título. e. El monto de la oferta pagada corresponderá en partes iguales al INGEMMET y al Gobierno Regional. CAPÍTULO V f. Las actuaciones y extinciones que corresponden al trámite de simultaneidad, la adjudicación al siguiente postor REMATE DE ÁREAS SIMULTÁNEAS y el requerimiento de pago de la oferta, corresponden ser declaradas y resueltas por el INGEMMET. Artículo 39.- Simultaneidad g. Resuelta la simultaneidad el INGEMMET remite los 39.1 Si se presentan petitorios de concesiones expedientes que correspondan al Gobierno Regional para mineras simultáneos sobre la misma cuadrícula o su archivo o continuación del trámite según corresponda. 26 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano Artículo 42.- Precio base en la Carta Oferta, aun cuando el petitorio de concesión minera haya sido objeto de transferencias; para este fin la 42.1 El depósito del 10% del precio base del remate a oficina de administración accede a través del SIDEMCAT que se refiere el artículo 128 de la LGM, debe efectuarse a la información de la Carta Oferta, de las constancias de en moneda nacional, en no menos de veinticuatro (24) pago, boletas de depósito bancario y otras que requiera. horas de la hora señalada para el remate, en las cuentas Los gastos administrativos que genere dicho depósito son bancarias autorizadas para remate por el INGEMMET o el de cargo del beneficiario. Gobierno Regional a cargo del trámite de la simultaneidad. 45.3 Si no se hubieran proporcionado los datos 42.2 El comprobante del depósito debe entregarse a la bancarios para la devolución, la misma se efectúa en autoridad que tiene a su cargo el acto de remate, al inicio todos los casos al titular que participó como postor, en del mismo o en fecha anterior. la cuenta bancaria de su titularidad que señale ante la La omisión o defecto en el depósito o en la entrega oficina de administración. del comprobante, constituye causal de abandono del área 45.4 La omisión o error en el señalamiento de la entidad simultánea. bancaria, el número de cuenta, código interbancario y titular de la cuenta, no son defectos que constituyen Artículo 43.- Acto de remate causal de abandono y las precisiones respecto de ellos se tramitan ante la oficina de administración. 43.1 Con la presencia de los convocados que 45.5 La devolución del pago en exceso, en el asistan en el lugar, día y hora señalados, el Director de precio base, seriedad de oferta y oferta efectuadas por Concesiones Mineras o el Gobierno Regional de ser los postores, se solicitan y tramitan ante la oficina de el caso, inicia el acto de remate recibiendo el sobre de administración. cada peticionario, su apoderado o representante legal, el mismo que debe contener lo siguiente: Artículo 46.- Depósito de la oferta y cancelación a. La Carta Oferta, suscrita por el peticionario, su 46.1 El ganador de la buena pro, dentro de los dos (2) apoderado o representante legal, y el importe ofertado en días hábiles siguientes a la fecha del remate, consigna en números y letras; y, la cuenta del INGEMMET o del Gobierno Regional cuando b. El comprobante del depósito, en la cuenta que corresponda, el monto de su oferta menos los depósitos señale el INGEMMET o el Gobierno Regional cuando correspondientes del precio base del remate y la garantía corresponda, por el valor del 20% de su oferta, como de seriedad de oferta, y presenta al INGEMMET o el garantía de seriedad de la oferta. Gobierno Regional competente según corresponda, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha 43.2 La oferta y garantía de seriedad de oferta deben de efectuado el pago, un escrito adjuntando la copia de la efectuarse en moneda nacional. constancia de pago correspondiente. 43.3 La omisión o defecto de cualquiera de los 46.2 El área común correspondiente a los petitorios requisitos señalados en los incisos a. y b., constituye de los postores que hubieran participado en el remate, sin causal de abandono del área simultánea. obtener la buena pro, es cancelada por la Dirección de 43.4 Adicionalmente en la Carta Oferta debe indicarse Concesiones Mineras o el Gobierno Regional de ser el caso. la entidad bancaria, el número de cuenta del titular postor 46.3 Las copias de las constancias de pago del depósito en el acto de remate y, código interbancario, en el cual la del precio base del remate, de la garantía de seriedad oficina de administración efectuará las devoluciones que de oferta y del monto de la oferta que se presenten, se correspondan. anexan a los expedientes respectivos, no procediendo el 43.5 Los concurrentes convocados deben desglose para la devolución que corresponda. identificarse. Sus apoderados o representantes legales deben acreditar sus facultades para representar a los Artículo 47.- Segundo postor y abandono del área convocados en el acto de remate, mediante poder para simultanea las personas naturales y la inscripción correspondiente Si el ganador de la buena pro no efectúa el pago de su para las personas jurídicas. oferta o no la acredita en la forma y los plazos señalados en el artículo anterior, pierde los depósitos efectuados Artículo 44.- Del acta de remate y la adjudicación por el precio base y la seriedad de oferta, procediendo de la buena pro el Director de Concesiones Mineras o en su caso el Gobierno Regional a declarar el abandono del área 44.1 Los sobres recibidos deben ser abiertos y, luego simultánea y adjudicar la buena pro al postor que haya de verificarse su contenido conforme al artículo anterior, hecho la siguiente oferta más alta. Este último dentro se da lectura a las ofertas realizadas, adjudicándose el de los cinco (5) días hábiles siguientes, debe efectuar área al postor que haya presentado la oferta más alta. el pago del monto de su oferta y presentar la copia de 44.2 En el supuesto en que dos (2) o más propuestas la constancia de su pago a la Dirección de Concesiones empaten, el otorgamiento de la buena pro se efectúa a Mineras o en su caso el Gobierno Regional competente, través de sorteo en el mismo acto, igualmente se procede bajo los apercibimientos señalados en este artículo. La en caso se produzca el empate de las propuestas misma regla se aplica sucesivamente. inferiores para determinarse en dicho acto el orden de las ofertas de los postores. Artículo 48.- Único postor asistente al acto de 44.3 De todo lo actuado debe elaborarse un acta en remate la que se indique al adjudicatario y las ofertas inmediatas Si al acto de remate solo asistiera uno de los inferiores que se hubiesen formulado. convocados, se deja constancia del hecho y se entiende 44.4 El acta es suscrita por el Director de Concesiones que los demás han hecho abandono respecto del área Mineras o el que hubiese sido delegado, por el simultánea de su petitorio. adjudicatario y por los convocados concurrentes. En tal caso, el INGEMMET o Gobierno Regional debe declarar la inexistencia de la simultaneidad, la pérdida del Artículo 45.- Devoluciones importe del 10% del precio base del remate que hubieran depositado y presentado los convocados que no asistieron 45.1 Las sumas abonadas por el postor ganador del y el abandono del área simultanea correspondiente, remate se reservan en depósito como garantía de fiel disponiendo la continuación del trámite del petitorio del cumplimiento y como parte del monto de su oferta. Las único asistente. sumas depositadas por los demás postores deben ser devueltas, luego que se haya realizado la consignación Artículo 49.- Inasistencia de postores respectiva del ganador y se haya dejado constancia que la resolución que tiene por pagada la totalidad de la oferta 49.1 En el caso que al acto del remate no se quedó consentida o ejecutoriada. presentaren postores, el INGEMMET o Gobierno Regional 45.2 La devolución en todos los casos se efectúa a cargo del trámite lo declara desierto y en abandono las mediante el depósito en la cuenta bancaria señalada áreas simultáneas de dichos petitorios. El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 27 49.2 El aviso de retiro o la publicación nacional de libre 55.1 La constitución de la Unidad Económica denunciabilidad que corresponda, procede conforme a la Administrativa (UEA) es un procedimiento de evaluación LGM y a la Ley Nº 30428, Ley que oficializa el Sistema de previa sujeto a silencio administrativo positivo. Cuadrículas Mineras en Coordenadas UTM WGS84. 55.2 La solicitud de la UEA debe presentarse ante el INGEMMET y cumplir con los siguientes requisitos: CAPÍTULO VI a. Indicar el nombre y clase de sustancia de la UEA. FRACCIONAMIENTO Y DIVISIÓN b. Indicar el distrito, provincia y departamento donde se ubica la UEA. Artículo 50.- Fraccionamiento y división de c. Indicar el centro del círculo mediante coordenadas concesiones UTM WGS84. El fraccionamiento de concesiones inscritas a que se d. Indicar la relación de las concesiones mineras y refiere el último párrafo del artículo 11 de la LGM procede denuncios con auto de amparo que integran la UEA, sus cuando se produce el quiebre de la colindancia entre códigos únicos, extensión y la clase de sustancia de cada cuadrículas o de la poligonal cerrada, rigiéndose por las una de ellas. mismas reglas que la división, sin requerirse publicación de e. Indicar los datos de inscripción registral (número avisos. de asiento, partida registral y Oficina Registral) de las Las nuevas concesiones producto del fraccionamiento, concesiones mineras y denuncios con auto de amparo que tendrán la antigüedad del título de la concesión original integran la UEA y de su titularidad o calidad de cesionario, para fines del cumplimiento de sus obligaciones. así como de los de su representante o apoderado. f. Adjuntar copia del plano de la UEA a escala Artículo 51.- Fraccionamiento de petitorios adecuada, que grafique el radio del círculo de la UEA y El INGEMMET o Gobierno Regional dispone el el perímetro de cada una de los integrantes e indique el fraccionamiento de los petitorios que comprendan un nombre de la UEA, nombre del titular, distrito, provincia y conjunto de cuadrículas, cuando exista superposición en departamento, clase de sustancia, el área de cada una alguna de ellas que quiebre la colindancia por un lado de de las concesiones mineras y denuncios que la integran. dicho conjunto de cuadrículas, o cuando se renuncia a g. Indicar la fecha y número de la constancia de pago una (1) o más cuadrículas, que quiebren la colindancia del del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o conjunto de cuadrículas. adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho de trámite realizado en las instituciones financieras Artículo 52.- Formación de expedientes autorizadas. 52.1 Previo los informes técnico y legal y declarada la Artículo 56.- Subsanación de requisitos y procedencia del fraccionamiento, se ordena al administrado abandono del procedimiento que, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, La solicitud de la Unidad Económica Administrativa indique la fecha y número de la constancia de pago UEA que se presente con omisión de los requisitos realizado ante la propia entidad, por las copias certificadas indicados en el artículo anterior, debe ser observada por del expediente completo del petitorio o concesión original la Dirección de Concesiones Mineras dentro de un plazo en número suficiente para confeccionar los expedientes de de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha cada uno de los derechos fraccionados. de su presentación, otorgándose al titular un plazo de 52.2 La autoridad asigna el código único quince (15) días hábiles para su subsanación. Vencido correspondiente que es el mismo del derecho original dicho plazo sin que el administrado hubiese subsanado seguido de una letra mayúscula. la observación, se declara el abandono de la solicitud, 52.3 Aprobado el fraccionamiento de petitorios, cada archivándose el expediente, sin perjuicio que el titular uno de los expedientes que se originen, debe seguir el pueda solicitar nuevamente la constitución de la UEA. procedimiento ordinario en el estado en que se encuentre hasta el otorgamiento del título de concesión minera. Artículo 57.- Aprobación de la UEA y supuestos de nulidad Artículo 53.- Traslado de estado de pagos 57.1 El Presidente Ejecutivo del INGEMMET aprueba 53.1 Solo procede otorgar el título de acumulación, la constitución de la UEA dentro de los treinta (30) días división o fraccionamiento si los derechos han cumplido hábiles de presentada la solicitud. con el pago del derecho de vigencia y/o penalidad del Habiendo transcurrido el plazo previsto sin que la ejercicio anterior. Dirección de Concesiones Mineras hubiere observado 53.2 El estado del cumplimiento de pago del derecho la solicitud de constitución de (UEA), ésta se tiene por de vigencia y penalidad, se mantiene tanto en la concesión aprobada de manera ficta. original como en las concesiones divididas, fraccionadas La aprobación antes indicada permite al titular cumplir y/o acumuladas. con las obligaciones de Ley, respecto de sus concesiones 53.3 Las deudas de las concesiones originales deben mineras agrupadas. ser pagadas en su totalidad para tener por pagado 57.2 El INGEMMET puede solicitar la nulidad de el derecho de vigencia y/o penalidad de éstas y de las oficio del agrupamiento ante el Consejo de Minería, con concesiones originadas de su división, fraccionamiento o posterioridad a su aprobación ficta, únicamente respecto acumulación. de las concesiones mineras que se encuentran en 53.4 Las deudas de vigencia y/o penalidad se cualquiera de los siguientes casos: distribuyen entre las concesiones originales y/o acumuladas, divididas o fraccionadas, de acuerdo a su a. Cuando el área de las concesiones mineras que se extensión, consignándolo en el Padrón Minero. encuentren parcialmente fuera del círculo sea mayor al 30% del área total de las concesiones. Artículo 54.- Inscripción de concesiones divididas b. Cuando la suma de las áreas de las concesiones o fraccionadas mineras exceda la superficie del círculo. La inscripción de cada una de las concesiones fraccionadas c. Cuando no sean de la clase para la cual ha sido o divididas se efectúa en una nueva partida registral, debiendo solicitada la Unidad Económica Administrativa UEA. hacer la anotación marginal correspondiente en la partida de d. Cuando no se acredite titularidad sobre los derechos la concesión original, en la cual se inscribe simultáneamente a agrupar. la Resolución de su reducción. Artículo 58.- Efectos de la aprobación expresa o CAPÍTULO VII ficta La aprobación expresa o ficta de la constitución de la AGRUPAMIENTO Unidad Económica Administrativa (UEA), autoriza al titular Artículo 55.- Requisitos de la Unidad Económica a cumplir con las obligaciones de Ley como agrupamiento, Administrativa (UEA) a partir del ejercicio de su aprobación. 28 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano Artículo 59.- Conformación de la UEA parcial de una concesión formulada en cuadrículas sea La Unidad Económica Administrativa (UEA) debe procedente, el área retenida no puede ser menor a una conformarse con concesiones mineras de un mismo cuadrícula de cien (100) hectáreas y el área disponible administrado, incluidas las concesiones mineras obtenidas no puede ser menor a una (01) hectárea. Los derechos por cesión minera inscrita en los Registros Públicos. mineros anteriores a la Ley Nº 30428 deben mantener el sistema en el cual fueron formulados. Artículo 60.- Procedimiento de inclusión y 64.3 En el caso de concesiones mineras que no se exclusión de concesiones mineras de la UEA y otras hubieran formulado en cuadrículas, el área retenida no modificaciones puede ser menor a una (01) hectárea. 60.1 La inclusión y exclusión de concesiones mineras Artículo 65.- Requisitos de la renuncia de área de de una UEA es un procedimiento de evaluación previa derecho minero sujeto a silencio administrativo positivo. La renuncia de área de derecho minero debe 60.2 Dictada la resolución de constitución de la UEA presentarse ante el INGEMMET o el Gobierno Regional o producida la autorización ficta, se pueden incluir dentro competente y cumplir con los siguientes requisitos: de la UEA nuevas concesiones mineras cesionadas y/o adquiridas, así como excluir de esta aquellas concesiones a. Solicitud con firma legalizada del titular y de su mineras que la hayan integrado. cónyuge, en su caso. Si la renuncia fuera formulada 60.3 La solicitud de inclusión y/o exclusión debe por una persona jurídica debe indicar los datos de su presentarse ante el INGEMMET y cumplir con los representante o apoderado, así como la partida registral siguientes requisitos: en la cual se encuentren inscritos en los Registros Públicos las facultades del representante o apoderado 1. Inclusión: firmante de la solicitud. b. Identificar el área a renunciar y la que se retiene. a) Indicar los datos de inscripción registral (número c. Copia del certificado negativo de carga y de asiento, partida registral y Oficina Registral) de las gravámenes que determinen si la concesión está o no concesiones mineras y denuncios con auto de amparo a hipotecada, cesionada, bajo contrato de opción o de incluir en la UEA, de su titularidad o calidad de cesionario, explotación y, de ser el caso, adjuntar la autorización así como de los de su representante o apoderado. inscrita en los registros públicos de sus beneficiarios, b) Copia del plano de la UEA reformada. respecto a la renuncia. c) Indicar la fecha y número de la constancia de pago d. Indicar la fecha y número de la constancia de pago del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho de trámite realizado en las instituciones financieras de trámite realizado en las instituciones financieras autorizadas. autorizadas. 2. Exclusión: Artículo 66.- Aprobación o denegatoria de la renuncia de área de derecho minero a) Copia del plano de la UEA reformada. b) Indicar la fecha y número de la copia de la 66.1 El INGEMMET o el Gobierno Regional debe constancia de pago del derecho de trámite realizado pronunciarse expresamente sobre la renuncia total o parcial ante la propia entidad o adjuntar la constancia de pago del área de la concesión dentro de un plazo no mayor de del derecho de trámite realizado en las instituciones treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha de financieras autorizadas. presentación de la solicitud. Si la resolución fuese aprobatoria, debe indicar la nueva área de la concesión minera. 60.4 El trámite para la modificación de la UEA se 66.2 Sólo puede denegarse la solicitud de renuncia del rige por lo dispuesto en las disposiciones que regulan su área de una concesión cuando se perjudiquen derechos conformación. de terceros o no cumpla con los requisitos establecidos en las normas reglamentarias. Artículo 61.- Exclusión de oficio de concesiones 66.3 Con la Resolución que se expida, la Oficina mineras de la UEA constituida Registral correspondiente procede a inscribir la nueva El INGEMMET de oficio deja constancia de la área de la concesión o la renuncia del área total de la exclusión de los derechos que integran la UEA en base misma, en la partida de dicha concesión. a la información del SIDEMCAT, donde incorpora la información sobre titularidad remitida por SUNARP o Artículo 67.- Renuncia de derechos y acciones del presentada por el administrado, que reporte la pérdida de peticionario titularidad del derecho que integra la UEA. La exclusión surte efectos desde la fecha en que se haya producido la 67.1 La renuncia de derechos y acciones del pérdida de titularidad. peticionario es un procedimiento de evaluación previa sujeto a silencio administrativo positivo. Artículo 62.- Constitución de la UEA 67.2 Esta renuncia debe presentarse ante el La constitución de la UEA no supone la vigencia de las INGEMMET o el Gobierno Regional competente y cumplir concesiones mineras que la integran. con los siguientes requisitos: La UEA constituida solo tiene efectos para el cumplimiento de las obligaciones de producción e a. Solicitud del titular. En caso la solicitud sea inversión de las concesiones mineras que la integran. formulada por una persona jurídica debe indicar los datos de su representante o apoderado, así como la partida Artículo 63.- Inscripción de resolución de la UEA registral en la cual se encuentren inscritos en los Registros La Resolución que apruebe o modifique, según sea Públicos las facultades del representante o apoderado el caso, la UEA, puede ser inscrita en la partida de las firmante de la solicitud. concesiones objeto de agrupamiento, ante la SUNARP. b. Indicar la fecha y número de la constancia de pago del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o CAPÍTULO VIII adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho de trámite realizado en las instituciones financieras RENUNCIA autorizadas. Artículo 64.- Renuncia de área de derecho minero 67.3 En el caso de petitorio presentado por varias 64.1 La renuncia de área es un procedimiento de personas, la renuncia de una o más de ellas beneficia a evaluación previa sujeto a silencio administrativo positivo. los demás peticionarios en partes iguales. 64.2 Procede la renuncia total o parcial del área de una 67.4 El INGEMMET o el Gobierno Regional debe concesión minera o petitorio minero. Para que la renuncia pronunciarse expresamente sobre la renuncia del cotitular El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 29 dentro de un plazo no mayor de quince (15) días hábiles d. Indicar los datos de inscripción registral (número de contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. asiento, partida registral y Oficina Registral) de cada una de las concesiones, de ser el caso. CAPÍTULO IX e. Indicar la fecha y número de la constancia de pago del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o CAMBIO DE SUSTANCIA DE DERECHO MINERO adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho de trámite realizado en las instituciones financieras Artículo 68.- Cambio de sustancia de derecho autorizadas. minero La Dirección de Concesiones Mineras o el Gobierno El cambio de sustancia debe presentarse ante el Regional tramitan y resuelven las denuncias por INGEMMET o el Gobierno Regional competente. internamiento. 68.1. El cambio de sustancia de no metálica a 69.3 El relacionamiento topográfico a que se refiere metálica es un procedimiento de evaluación previa sujeto el artículo 141 de la LGM comprende el levantamiento a silencio administrativo positivo, tiene un plazo máximo topográfico de las labores materia de la denuncia, de evaluación de treinta (30) días hábiles de presentada rigiéndose por el Reglamento de Peritos Mineros y sus la solicitud, para lo cual debe cumplir los siguientes normas complementarias. requisitos: 69.4 Es de aplicación, en lo que corresponda, lo dispuesto en la actuación de pruebas del procedimiento a. Solicitud del titular. En caso la solicitud sea de oposición que regula el presente Reglamento. El formulada por una persona jurídica debe indicar los datos pago de la planilla corresponde ser efectuado por el de su representante o apoderado, así como la partida denunciante, y el apercibimiento por su falta de pago o la registral en la cual se encuentren inscritos en los Registros de su incremento, origina el abandono del procedimiento. Públicos las facultades del representante o apoderado 69.5 La desocupación prevista en el artículo 142 de la firmante de la solicitud. LGM opera respecto de las labores mineras efectuadas b. Indicar la fecha y número de la constancia de pago en la concesión minera invadida. La desocupación es del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o constatada por un perito minero y el pago de la planilla adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho de gastos corresponde ser efectuado por el denunciante. de trámite realizado en las instituciones financieras autorizadas. CAPÍTULO XI 68.2. El cambio de sustancia de no metálica a SUSTITUCIÓN metálica de derechos mineros superpuestos a las áreas reguladas por la Ley Nº 27015, Ley Especial que Regula Artículo 70.- Sustitución el Otorgamiento de Concesiones Mineras en Áreas Urbanas y de Expansión Urbana, es un procedimiento de 70.1 El procedimiento para ejercer el derecho de evaluación previa sujeto a silencio negativo, y, tiene un sustitución a que se refiere el segundo párrafo del artículo plazo máximo de evaluación de treinta (30) días hábiles 36 de la LGM, es de evaluación previa sujeto a silencio de presentada la solicitud. administrativo negativo, con un plazo de cuarenta y seis El titular debe cumplir los requisitos señalados en el (46) días hábiles de presentada la solicitud, conforme al numeral 68.1 del presente artículo. artículo 143 del TUO de la LGM 68.3. El cambio de sustancia de metálica a no metálica 70.2 Las personas afectadas tienen el derecho a es un procedimiento de evaluación previa sujeto a silencio sustituirse en el expediente respectivo, dentro de un plazo negativo, y tiene un plazo máximo de evaluación de treinta de noventa (90) días hábiles de efectuada la publicación (30) días hábiles de presentada la solicitud. del aviso. Si la persona afectada no hiciese uso de El titular debe cumplir los requisitos señalados en el este derecho en el plazo antes señalado desaparece el numeral 68.1 del presente artículo. impedimento. 68.4. El trámite de cambio de sustancias de derechos 70.3 La solicitud debe presentarse ante el INGEMMET superpuestos a áreas urbanas o de expansión urbana o el Gobierno Regional competente y cumplir con los se rige por la Ley Nº 27015, Ley Especial que Regula el siguientes requisitos: Otorgamiento de Concesiones Mineras en Áreas Urbanas y de Expansión Urbana, y su Reglamento. a. Indicar los nombres, apellidos, domicilio en la capital de la provincia de la sede de la dependencia competente CAPÍTULO X ante quien la presente, DNI, RUC, correo electrónico y firma del solicitante. DENUNCIA POR INTERNAMIENTO b. En caso el procedimiento sea iniciado por una persona jurídica, debe indicar los datos de su Artículo 69.- Denuncia por internamiento representante o apoderado, así como la partida registral 69.1 La denuncia por internamiento es un en la cual se encuentren inscritos en los Registros procedimiento de evaluación previa sujeto a silencio Públicos las facultades del representante o apoderado administrativo negativo, con un plazo de noventa (90) días firmante de la solicitud. hábiles de presentada la solicitud, conforme al artículo c. Adjuntar copia de la prueba pertinente. 141 del TUO de la LGM. La denuncia es improcedente d. Indicar la fecha y número de la constancia de pago si el denunciado no cuenta con autorización de inicio de del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o actividades mineras. adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho 69.2 La denuncia debe presentarse por el titular de trámite realizado en las instituciones financieras afectado ante el INGEMMET o el Gobierno Regional autorizadas. competente y cumplir con los siguientes requisitos: 70.4 El procedimiento se rige por el artículo 143 de la a. Indicar los nombres, apellidos, domicilio en la capital LGM. El INGEMMET o el Gobierno Regional competente de la provincia de la sede de la dependencia competente dicta la Resolución de manera inmediata producido el ante quien la presente, su DNI, RUC y firma del solicitante. acuerdo, o al vencimiento del plazo de treinta (30) días b. En caso la denuncia sea formulada por una persona hábiles de la actuación de pruebas. jurídica debe indicar los datos de su representante o apoderado, así como la partida registral en la cual CAPÍTULO XII se encuentren inscritos en los Registros Públicos las ACUMULACIÓN DE CONCESIONES MINERAS facultades del representante o apoderado firmante de la solicitud. Artículo 71.- Acumulación de concesiones mineras c. Indicar el nombre y código único de la concesión minera afectada y la concesión minera del presunto 71.1 La acumulación es un procedimiento de infractor. evaluación previa sujeto a silencio administrativo positivo, 30 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano con un plazo de treinta y siete (37) días hábiles de 72.6 Las obligaciones de producción o inversión, así presentada la solicitud. como las declaraciones juradas de la acumulación, son 71.2 Solamente pueden acumularse concesiones exigibles al año siguiente al de su consentimiento. Antes mineras con título inscrito que sean colindantes o del consentimiento se entiende que las obligaciones son superpuestas de un mismo titular y sustancia; y que exigibles individualmente. hayan cumplido con el pago del derecho de vigencia y/o penalidad del año anterior. CAPÍTULO XIII 71.3 La solicitud de acumulación debe presentarse ante el INGEMMET o el Gobierno Regional competente y DIVISIÓN Y MODIFICACIÓN DEL TÍTULO DE cumplir con los siguientes requisitos: CONCESIÓN a. Indicar la información y presentar la documentación Artículo 73.- División de derecho minero que se exige en el artículo 30 del presente Reglamento, con excepción de lo establecido en el literal f. del inciso 73.1 La división es un procedimiento de evaluación 30.2 del citado artículo 30. previa sujeto a silencio administrativo positivo, con un plazo b. Indicar el nombre y código único de cada una de las de treinta y siete (37) días hábiles de presentada la solicitud. concesiones mineras a acumular, así como la extensión Solamente pueden dividirse concesiones mineras con título superficial de la acumulación. inscrito y que hayan cumplido con el pago del derecho de c. Indicar los datos de inscripción registral (número de vigencia y/o penalidad del año anterior. asiento, partida registral y Oficina Registral) de cada una 73.2 Las concesiones mineras pueden ser divididas de las concesiones mineras a acumular. en cuadrículas no menores de 100 hectáreas conforme al d. Adjuntar copia del Certificado negativo de carga y Sistema de Cuadrículas en que fueron solicitadas. En el gravámenes que determine si las concesiones están o caso de las concesiones mineras solicitadas bajo sistemas no hipotecadas, cesionadas o bajo contrato de opción, anteriores al Decreto Legislativo Nº 708 o conforme el explotación de cada una de las concesiones y, de ser artículo 12 de la Ley Nº 26615, Ley del Catastro Minero el caso, adjuntar la autorización de sus beneficiarios Nacional, las áreas a dividir no pueden ser menores de mediante documento simple. una (1) hectárea. e. Adjuntar copia del plano de la acumulación en 73.3 La solicitud de división debe presentarse ante el coordenadas UTM WGS84. INGEMMET o el Gobierno Regional competente y cumplir f. Indicar la fecha y número de la copia de la constancia con los siguientes requisitos: de pago del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o adjuntar la constancia de pago del derecho a. Indicar la información y presentar la documentación de trámite realizado en las instituciones financieras que se exige para el petitorio de una concesión minera, autorizadas. con excepción del Compromiso previo en forma de Declaración Jurada del peticionario. 71.4 El trámite de la acumulación de concesiones b. Indicar los datos de inscripción registral (número mineras se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 26615, de asiento, partida registral y Oficina Registral) de la Ley del Catastro Minero Nacional, y la Ley Nº 30428, concesión a dividir y el nombre de los derechos mineros Ley que oficializa el Sistema de Cuadrículas Mineras en que se van a originar con sus respectivas coordenadas Coordenadas UTM WGS84 y sus normas reglamentarias UTM WGS84 de las cuadrículas o conjunto de cuadrículas, 71.5 Si la solicitud reúne los requisitos exigidos por o poligonales cerradas. el presente Reglamento, la Dirección de Concesiones c. Adjuntar copia del Certificado negativo de carga Mineras o el Gobierno Regional competente, dentro y gravámenes que determine si la concesión está o del plazo de siete (07) días hábiles siguientes a la no hipotecada, cesionada o bajo contrato de opción, presentación de la solicitud notifica al titular adjuntando explotación y, de ser el caso, adjuntar la autorización de los avisos para su publicación por una sola vez en el sus beneficiarios mediante documento simple. Diario Oficial “El Peruano”. d. Adjuntar copia del plano de la división en 71.6 Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes coordenadas UTM WGS84. a la recepción de la publicación de los avisos, de e. Indicar la fecha y número de la copia de la no mediar oposición a la solicitud, la Dirección de constancia de pago del derecho de trámite realizado Concesiones Mineras del INGEMMET o el Gobierno ante la propia entidad o adjuntar la constancia de pago Regional competente, emite los dictámenes técnico y del derecho de trámite realizado en las instituciones legal correspondientes, y eleva el expediente para el financieras autorizadas. otorgamiento del título. 73.4 El trámite de la división de concesiones mineras Artículo 72.- Título de la concesión de acumulación se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 26615, Ley del Catastro Minero Nacional, y en la Ley Nº 30428, Ley 72.1 La Resolución que aprueba el título de la que oficializa el Sistema de Cuadrículas Mineras en acumulación sólo surte efectos respecto a la cancelación Coordenadas UTM WGS84 y sus normas reglamentarias. y el archivo de las concesiones mineras acumuladas, a 73.5 Si la solicitud reúne los requisitos exigidos por partir de la fecha en que quede consentida o ejecutoriada. el presente Reglamento, la Dirección de Concesiones 72.2 Cuando la acumulación comprenda parcialmente Mineras o el Gobierno Regional competente dentro el área de una concesión original, esta queda reducida al del plazo de siete (07) días hábiles siguientes a la área restante. presentación de la solicitud, notifica al titular adjuntando 72.3 La hipoteca, cesión, contrato de opción, cargas, los avisos para su publicación por una sola vez en el gravámenes o medidas judiciales anotados en los Diario Oficial “El Peruano”. Registros Públicos respecto a las concesiones mineras 73.6 Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes integrantes de la acumulación, también recaen en el a la recepción de la publicación de los avisos, de no nuevo título. mediar oposición a la solicitud de concesión minera, la 72.4 La nueva concesión, producto de la acumulación, Dirección de Concesiones Mineras del INGEMMET o el tendrá la antigüedad del título acumulado más antiguo Gobierno Regional competente, emite los dictámenes para fines del cumplimiento de sus obligaciones. técnico y legal correspondientes, y eleva el expediente 72.5 Los permisos y autorizaciones en las concesiones para el otorgamiento del título. mineras acumuladas aplican al nuevo título, de acuerdo a los alcances de los permisos y autorizaciones emitidos. Artículo 74.- Modificación del título de concesión Los derechos adquiridos de las concesiones que conforman la acumulación, como los otorgados mediante 74.1 El INGEMMET o el Gobierno Regional procede contratos de garantías y medidas de promoción a la en un solo acto a modificar el título de la concesión original inversión o transferencia, no se verán afectados por la y otorga título sobre cada una de las áreas divididas. La acumulación aprobada, siempre y cuando se realicen las Resolución indicada sólo surte efecto a partir de la fecha modificaciones al contrato, de corresponder. en que quede consentida o ejecutoriada. El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 31 74.2 La hipoteca, cesión, contrato de opción, Regional competente y debe cumplir con los siguientes cargas, gravámenes o medidas judiciales anotadas en requisitos: los Registros Públicos respecto a la concesión minera dividida, recae en cada uno de los títulos. a. Indicar los nombres, apellidos, domicilio en la capital 74.3 Las nuevas concesiones producto de la división de la provincia de la sede de la dependencia competente tendrán la antigüedad del título de la concesión original, ante quien la presente, DNI, RUC, correo electrónico y para fines del cumplimiento de sus obligaciones. firma del solicitante. 74.4 La formación de los expedientes divididos b. En caso el procedimiento sea iniciado por una se rige por las disposiciones del procedimiento de persona jurídica, debe consignar los datos de su fraccionamiento. representante, así como la partida registral en la cual se encuentren inscritas en los Registros Públicos las CAPÍTULO XIV facultades del representante o apoderado firmante de la solicitud. SOCIEDAD LEGAL c. Indicar los datos de la inscripción registral de las concesiones mineras. Artículo 75.- Sociedad Legal por pluralidad de d. Indicar la fecha y número de la constancia de pago titulares del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho 75.1 La constitución de sociedad legal a que se de trámite realizado en las instituciones financieras refiere el artículo 186 de la LGM, es un procedimiento de autorizadas. evaluación previa sujeto a silencio administrativo positivo. Debe presentarse ante el INGEMMET o el Gobierno 77.2 El INGEMMET o el Gobierno Regional competente Regional competente y cumplir con los siguientes dicta la resolución de constitución de sociedad legal requisitos: dentro del plazo de treinta (30) días hábiles de presentada la solicitud. a. Indicar los nombres, apellidos, domicilio en la capital 77.3 El capital social inicial corresponde a la suma de de la provincia de la sede de la dependencia competente una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) efectuando los ante quien la presente, DNI, RUC, correo electrónico y ajustes para determinar la participación de los socios en firma de todos los titulares. partes iguales. b. En caso el procedimiento sea iniciado por una 77.4 La titularidad respecto de las labores mineras persona jurídica, debe consignar los datos de su efectuadas sobre el área superpuesta corresponde sin representante, así como la partida registral en la cual costo a la nueva concesión que se constituye sobre el se encuentren inscritos en los Registros Públicos las área superpuesta, manteniéndose sobre las labores facultades del representante o apoderado firmante de la mineras las servidumbres gratuitas no exclusivas a favor solicitud. de quien las hubiera efectuado. c. Datos registrales de la titularidad y los porcentajes 77.5 El titular de la nueva concesión sobre el área de participación de cada uno de los titulares en la partida superpuesta y quienes efectuaron las labores acordarán registral del derecho minero. las condiciones de utilización de la servidumbre y en d. Indicar capital social inicial, número de su caso la contribución al mantenimiento de dichas participaciones en que está dividido, valor de cada labores; en caso de desacuerdo las controversias pueden participación, cantidad de participaciones que corresponde resolverse en el fuero arbitral o en su defecto en el Poder a cada socio y proponer al gerente. Judicial. e. Indicar la fecha y número de la constancia de pago 77.6 Aquel que realizó labores mineras en un área del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o sobre la cual se constituyó una sociedad legal, no está adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho obligado a abonar compensación alguna a los demás de trámite realizado en las instituciones financieras socios por los minerales extraídos anteriormente. autorizadas. Igualmente está impedido de solicitar compensación si en la operación se hubieran producido pérdidas. 75.2 El INGEMMET o el Gobierno Regional competente dicta la resolución de constitución de sociedad legal CAPÍTULO XV dentro del plazo de treinta (30) días hábiles de presentada la solicitud. DISPOSICIONES GENERALES EN LOS 75.3 El INGEMMET o Gobierno Regional competente PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE constituye la sociedad legal de acuerdo a la información CONCESIÓN DE BENEFICIO, AUTORIZACIÓN DE de los Registros Públicos en caso la solicitud no sea FUNCIONAMIENTO, AUTORIZACIÓN DE BENEFICIO, firmada por todos los titulares. El capital social inicial está CONCESIÓN DE LABOR GENERAL, CONCESIÓN determinado por el monto de los derechos pagados al DE TRANSPORTE MINERO, Y AUTORIZACIÓN DE momento de formular el petitorio, efectuando los ajustes ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN para determinar la participación de los socios en números MINERA enteros. Artículo 78.- De la coordinación con la Dirección Artículo 76.- Capital inicial de la Sociedad Legal General de Minería o Gobierno Regional Previo al inicio del procedimiento administrativo, el 76.1 En el caso de sociedades legales, para los fines titular de actividad minera puede mantener una reunión de del artículo 193 de la LGM, el Presidente del INGEMMET coordinación de forma virtual o física, con los profesionales o el Gobierno Regional determina en su Resolución el de la Dirección General de Minería o al Gobierno Regional capital inicial de la sociedad, el valor de cada participación según corresponda, a efectos de informar sobre las y la cantidad de participaciones que corresponde a cada principales características y alcances de su proyecto, socio. recibiendo comentarios y observaciones en la misma 76.2 Para la determinación del capital social inicial se reunión. Asimismo, en el trámite del procedimiento considera el monto de los derechos pagados al momento administrativo, cuando se requiera aclarar observaciones de formular el petitorio, efectuando los ajustes para y/o requerimientos. determinar la participación de los socios en números enteros. Artículo 79.- Observación, requerimiento y apercibimiento Artículo 77.- Sociedad Legal por área superpuesta 79.1 Dentro del plazo máximo de quince (15) días 77.1 La constitución de sociedad legal por aplicación hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud, del artículo 115 de la LGM, es un procedimiento de la Dirección General de Minería o Gobierno Regional evaluación previa sujeto a silencio administrativo positivo. competente, notifica al administrado en un solo acto y por Debe presentarse ante el INGEMMET o el Gobierno única vez, la(s) observación(es) y requerimiento(s), bajo 32 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano apercibimiento de tener por no presentada la solicitud. 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. El administrado cuenta con un plazo de veinte (20) días 2. Memoria descriptiva de la planta de beneficio y de hábiles para absolver la(s) observación(es) y/o cumplir sus instalaciones y/o componentes accesorios y auxiliares con lo requerido. de acuerdo al Anexo I del presente Reglamento. 79.2 Para el caso de las solicitudes de concesión 3. Copia del cargo de presentación del instrumento de de beneficio, labor general o transporte minero, gestión ambiental que sustente el proyecto; o, el número el apercibimiento decretado es el abandono del de la resolución que aprueba el instrumento de gestión procedimiento. ambiental y del informe que la sustenta. 4. Documento que acredite que el solicitante es Artículo 80.- Cancelación, reducción, propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) improcedencia y nulidad del 100% de las acciones y derechos del predio para utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) donde se realizará 80.1 Si durante el trámite de las solicitudes de la actividad de beneficio, para lo cual debe presentar lo concesión de beneficio, labor general o transporte siguiente: minero, la Dirección General de Minería o Gobierno Regional advierte que la solicitud o petitorio presentado a) Para terrenos superficiales que se encuentren se superpone a otro petitorio anterior o concesión de inscritos en la SUNARP: igual naturaleza en forma total, declara la cancelación total y el archivo definitivo de la solicitud presentada. Si la i. Número de la partida registral y oficina registral superposición es parcial ordena al solicitante la reducción donde conste inscrito el derecho de propiedad sobre el de área de su solicitud. terreno superficial. 80.2 Si durante el trámite de las solicitudes de ii. En caso que el solicitante no sea el propietario concesión de beneficio, labor general o transporte del terreno superficial, además del requisito anterior, minero, la Dirección General de Minería o Gobierno debe presentar copia del testimonio de escritura pública Regional advierte que la solicitud o petitorio presentado mediante la cual el propietario autoriza al solicitante el uso se superpone a otro petitorio anterior o concesión de del terreno superficial donde se desarrollará el proyecto. diferente naturaleza en forma total o parcial, la Dirección iii. En caso que el solicitante sea el propietario de General de Minería o Gobierno Regional verifica si un terreno superficial que se encuentra inscrito en el nuevo petitorio o solicitud afecta o no el derecho a SUNARP, y su derecho de propiedad aún no se encuentre explorar, explotar u otro derecho concedido al primer inscrito, además del requisito i), debe presentar copia del peticionante o al titular de concesión otorgada. En este testimonio de escritura pública donde acredite el tracto caso, el solicitante debe acreditar el acuerdo con el titular sucesivo que corresponda. de la concesión de naturaleza diferente, sobre el uso del área de dicha concesión, siempre que no impida o dificulte b) Para terrenos superficiales que no se encuentren la actividad minera de sus titulares o concesionarios, de inscritos en la SUNARP: acuerdo con lo establecido en el numeral 4) del artículo 37 de la LGM. i. Certificado de búsqueda catastral emitido por la 80.3 Si las solicitudes de concesión de beneficio, SUNARP del área donde se desarrollará el proyecto, en labor general o transporte minero, son formuladas por el que conste que no existe superposición parcial o total a personas inhábiles para el ejercicio de la actividad minera, predios de terceros. estas deben ser declaradas improcedentes. En caso ii. Copia del título de propiedad que acredite la calidad corresponda, el Consejo de Minería en aplicación de lo de propietario de quien afirme que lo es, acompañada de dispuesto en el artículo 63 de la LGM, declara la nulidad la declaración jurada acerca de su autenticidad suscrita del título otorgado. por el propietario. iii. En caso el solicitante no sea el propietario del Artículo 81.- Opinión posterior de la Dirección terreno superficial, debe presentar copia del testimonio General de Minería de escritura pública que autoriza al solicitante el uso del Son válidas las autorizaciones de inicio/reinicio de terreno superficial donde se desarrollará el proyecto, actividades de exploración, explotación, otorgamiento de otorgado por quien acredita tener título de propiedad. la concesión de beneficio, autorización de funcionamiento de concesión de beneficio y autorización de beneficio c) En caso de terrenos superficiales de Comunidades que se emitan cumpliendo con los requisitos aprobados Campesinas o Nativas, el solicitante debe indicar, además, para cada procedimiento; sin embargo, en caso la el número de la partida registral y la oficina registral donde Dirección General de Minería advierta alguna causal conste inscrita la Comunidad Campesina o Nativa como de nulidad después de otorgada la autorización emitida persona jurídica. por el Gobierno Regional competente, corresponde a d) En caso, que el proyecto minero se ubique en la Dirección General de Minería comunicar al Gobierno terrenos de dominio del Estado, el solicitante debe Regional la referida causal de nulidad, a fin de que el acreditar tener la autorización de uso de dichos terrenos, Gobierno Regional ordene la paralización inmediata otorgado por la Superintendencia Nacional de Bienes de la actividad minera autorizada y eleve el expediente Estatales – SBN, Gobierno Regional o entidad pública al Consejo de Minería, a fin de que declare de oficio la correspondiente, de conformidad a las normas legales del nulidad del acto administrativo correspondiente. Sector competente. CAPÍTULO XVI 82.2 Evaluado el cumplimiento de los requisitos, la Dirección General de Minería o Gobierno Regional, en CONCESIÓN DE BENEFICIO el plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud, o cumplidos los plazos Artículo 82.- Presentación de la solicitud de la de absolución de observaciones y/o cumplimiento de concesión de beneficio requerimientos a que se refiere el numeral 79.1 del artículo 79 del presente Reglamento, emite el acto 82.1 El solicitante de una concesión de beneficio debe administrativo que dispone se expidan los avisos de presentar una solicitud a la Dirección General de Minería solicitud de concesión de beneficio a favor del solicitante o Gobierno Regional, a través del formulario electrónico para su publicación. vía extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas, con los requisitos exigidos en los literales a), b), c), Artículo 83.- Publicación de avisos, oposición y e) y f) del numeral 30.1 y los literales a) y f) del numeral obras preliminares 30.2 del artículo 30 del presente Reglamento, indicando la capacidad instalada de tratamiento del proyecto. 83.1 La Dirección General de Minería o Gobierno Regional entrega al solicitante los avisos de solicitud de Asimismo, debe consignar y/o adjuntar los siguientes concesión de beneficio dentro de los cinco (5) días hábiles de documentos: expedidos los avisos, para su publicación dentro de los diez El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 33 (10) días hábiles siguientes de su entrega, en el Diario Oficial a. Otorga el título de concesión de beneficio; “El Peruano” y en el diario encargado de la publicación de b. Autoriza la construcción de la planta de beneficio los avisos judiciales de la capital del departamento donde se y sus demás componentes, tales como, depósitos de encuentre ubicada el área del proyecto, bajo apercibimiento relaves y/o plataformas o pads de lixiviación, otros de declarar el abandono de la solicitud. sistemas de lixiviación, pozas de soluciones y de 83.2 Las publicaciones deben contener la siguiente contingencia, depósitos de ripios, depósitos de residuos información: Nombre del derecho, titular, extensión, un sólidos y sus componentes auxiliares, de acuerdo con el resumen del(los) proceso(s) minero(s) metalúrgico(s) a proyecto aprobado. desarrollar, identificando el depósito de relaves y/o pad de lixiviación y su denominación, capacidad instalada de La Dirección General de Minería o Gobierno Regional tratamiento en TM/día, coordenadas UTM WGS84 de los puede autorizar la construcción por etapas, en caso así vértices de la poligonal cerrada y zona, departamento, sea requerido por el solicitante. provincia y distrito donde se ubica, y el plano de ubicación 84.2 El acto administrativo que otorga el título de del proyecto de la concesión de beneficio solicitada. concesión de beneficio y autoriza la construcción de la 83.3 El solicitante debe entregar las páginas planta de beneficio y sus demás componentes se emite enteras en las que conste la publicación de los avisos previa presentación y evaluación de: a la Dirección General de Minería o Gobierno Regional, según corresponda, dentro del plazo de los quince (15) 1. La copia del certificado de inexistencia de restos días hábiles siguientes a la fecha de la publicación, bajo arqueológicos - CIRA o plan de monitoreo arqueológico – apercibimiento de declarar el abandono de la solicitud. PMA del área del proyecto. 83.4 La oposición puede ser interpuesta, únicamente, 2. La copia de la autorización de la autoridad en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, contado competente, en caso el proyecto a ejecutarse afecte a partir de la última publicación de los avisos mencionados carreteras u otro derecho de vía, o la declaración jurada en el numeral 83.1 del presente artículo. La oposición del titular de actividad de no afectación. se tramita con arreglo a las normas sobre la materia, 3. El número de la Resolución que aprueba el contenidas en la LGM y el presente Reglamento. instrumento de gestión ambiental y del informe que la 83.5 Si vencido el plazo señalado en el numeral sustenta. 83.4, no se ha interpuesto oposición al procedimiento, el solicitante puede iniciar obras preliminares, comunicando La autorización comprende la ejecución de pruebas previamente a la Dirección General de Minería o Gobierno pre operativas/comisionamiento que no deben exceder de Regional, y señalando el número de la Resolución que un mes, las cuales deben estar incluidas en el cronograma aprobó el instrumento de gestión ambiental; asimismo, de obra y deben culminar antes de la inspección de las obras preliminares deben encontrarse incluidas en verificación de la construcción referida en el artículo 85 el instrumento de gestión ambiental aprobado y contar del presente Reglamento. con las autorizaciones de las autoridades sectoriales 84.3 En los casos en que el proyecto requiera de la competentes cuando corresponda. En caso la Dirección explotación de canteras para extracción de material del General de Minería o Gobierno Regional tome préstamo con fines de relleno y construcción, estas pueden conocimiento de alguna denuncia respecto al inicio de ser consideradas como componentes de la concesión obras que no califican como obras preliminares, debe de beneficio, para lo cual deben presentar la información comunicar la referida denuncia a las Autoridades de técnica establecida en el procedimiento de autorización de fiscalización minera. actividades de explotación, contenida en el Anexo VII del 83.6 Son obras preliminares: movimientos de tierra, presente Reglamento; además, deben estar contenidas en el preparación de terrenos para módulos y edificaciones instrumento de gestión ambiental respectivo, a fin de que la auxiliares, oficinas administrativas, campamentos, referida actividad esté sujeta a la fiscalización correspondiente. accesos, preparación de material de cantera, talleres de 84.4 La Resolución que otorga el título de la concesión mantenimiento, laboratorio, garitas de control, almacenes de beneficio debe contener el nombre del derecho, titular para la etapa de construcción, estacionamientos, canales minero, hectáreas otorgadas, Coordenadas UTM WGS84, o cunetas para obras de instalaciones auxiliares, muros capacidad instalada de tratamiento, identificar el o los para aislar áreas de trabajo, instalaciones eléctricas procesos de beneficio, los componentes accesorios y la preliminares, excavaciones para cimentación y demarcación política (distrito, provincia, departamento). depósito temporal de material excedente y orgánico; el La autorización de construcción de la planta de beneficio Ministerio de Energía y Minas puede ampliar el listado y sus componentes, debe establecer la obligación de de obras preliminares mediante Resolución Ministerial, respeto contemplada en el artículo 36 del presente incorporándolo como anexo del presente Reglamento. Reglamento y disponer se remita copia a las Autoridades 83.7 En caso el solicitante haya iniciado obras de fiscalización minera y SENACE. preliminares y no obtenga la autorización de construcción 84.5 El procedimiento de solicitud de concesión de respectiva, se encuentra obligado a ejecutar el cierre de beneficio es de evaluación previa, tiene un plazo máximo las referidas obras preliminares, conforme al instrumento de evaluación de noventa (90) días hábiles, sujeto al ambiental aprobado. silencio administrativo negativo. 83.8 No procede la ejecución de obras preliminares en caso se determine que el ámbito geográfico del Artículo 85.- Solicitud de Autorización de proyecto se encuentra dentro de los alcances de la Ley Nº funcionamiento de la concesión de beneficio y de su 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos modificación indígenas u originarios, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 85.1 El titular de una concesión de beneficio solicita a la Dirección General de Minería o Gobierno Regional Artículo 84.- Aprobación del proyecto, la autorización de funcionamiento de la concesión de otorgamiento del título de concesión de beneficio y beneficio, comunicando la culminación de las obras de autorización de construcción construcción e instalación de los componentes de la concesión de beneficio otorgada o de la modificación 84.1 La Dirección General de Minería o Gobierno aprobada, así también la ejecución de pruebas pre Regional, luego de recibidas las publicaciones de los operativas/comisionamiento, y solicita la realización avisos conforme lo dispone el artículo anterior, y en caso de la inspección de verificación, a través del formulario de no mediar oposición, evalúa los aspectos técnicos electrónico vía extranet del portal web del Ministerio de de la solicitud de concesión de beneficio, y en un plazo Energía y Minas, con los requisitos exigidos en los literales máximo de veinte (20) días hábiles, o cumplidos los a) del numeral 30.1 del presente Reglamento. plazos de absolución de observaciones y/o cumplimiento Asimismo, debe consignar y/o adjuntar los siguientes de requerimientos a que se refiere el inciso 79.1 del documentos: artículo 79 del presente Reglamento, emite el informe técnico favorable que aprueba el proyecto de concesión 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. de beneficio, y mediante acto administrativo: 2. Informe final de obra y/o instalaciones 34 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano 3. Certificado de Aseguramiento de la Calidad de la 2. Copia de la Resolución que otorga la autorización Construcción y/o instalaciones (CQA), suscrito por su de vertimiento de aguas residuales tratadas vigente, supervisor de obra o quien haga sus veces (en caso de otorgada por la Autoridad Nacional del Agua. Cuando PPM). en el instrumento de gestión ambiental se contemple 4. Planos de obra terminada (as built). la recirculación, reutilización o reúso para el mismo fin 5. Número de la Resolución que aprueba el plan de para el cual le fue otorgado el derecho de uso de agua cierre de minas e informe que la sustenta o el cargo de no se requiere la presentación de la Resolución de presentación del referido plan, adjuntando la garantía autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas, preliminar ni de documento adicional alguno vinculado con la recirculación, reutilización o reúso de dichas aguas. 85.2 Revisada la solicitud, se designa al inspector y se ordena la realización de la diligencia de inspección de 86.3 En el caso de la autorización de funcionamiento verificación de la culminación de las obras de construcción por modificación de la concesión de beneficio, que no e instalación de los componentes de la concesión de requiere de una nueva licencia de uso de aguas, ni de beneficio, que se realiza dentro de los quince (15) días una nueva autorización de vertimiento o modificar las hábiles siguientes a la fecha de la solicitud, conforme a existentes, el titular de actividad minera puede iniciar los términos de referencia aprobados por Resolución operaciones desde la fecha en que solicita la inspección Ministerial Nº 183-2015-MEM-DM o el dispositivo que la a la Dirección General de Minería o Gobierno Regional sustituya. correspondiente, siempre que no se trate de depósitos 85.3 La diligencia de inspección tiene por finalidad de relaves y/o plataformas o pads de lixiviación, verificar que la construcción e instalación de la planta pozas de operación (grandes eventos), PLS, barren y de beneficio y de sus componentes, se ejecutaron sedimentación; y, haya previamente cumplido con lo conforme al proyecto aprobado, en la resolución de título establecido el numeral 85.1 del presente Reglamento. de la concesión de beneficio, por la Dirección General 86.4. En caso la Dirección General de Minería de Minería o Gobierno Regional; o que cumpla con las o Gobierno Regional determine que la información condiciones técnicas para iniciar operaciones y con los presentada para solicitar la inspección es incompleta, aspectos técnicos y normativos referidos a la seguridad y notifica al titular de actividad minera para que paralice salud ocupacional minera, e impacto ambiental. las actividades que haya iniciado como consecuencia de 85.4 Si durante la inspección se determinan la aplicación del supuesto del numeral 86.3 del presente diferencias/cambios significativos/ajustes entre la artículo. ingeniería aprobada en la autorización de construcción 86.5 Cuando el proyecto se ejecute por etapas, y lo construido, que no hayan sido comunicados con la Dirección General de Minería o Gobierno Regional posterioridad a la autorización de construcción, el inspector autoriza el funcionamiento de la etapa con inspección incluye en el acta de inspección las observaciones y/o favorable. recomendaciones, que deben ser absueltas y/o cumplidas 86.6 El procedimiento de autorización de por el titular de actividad minera en el plazo otorgado, el funcionamiento de concesión de beneficio es de evaluación cual no puede exceder de 20 días, previo a la autorización previa, tiene un plazo máximo de evaluación de treinta de funcionamiento. (30) días hábiles, sujeto al silencio administrativo positivo. 85.5 Culminada la diligencia de inspección de verificación de la construcción de obras e instalaciones Artículo 87.- Modificación de la concesión de del proyecto aprobado, conforme lo establece el inciso beneficio 85.3 del presente artículo, los inspectores de la Dirección General de Minería o Gobierno Regional y el solicitante 87.1 El titular de la actividad minera puede iniciar un o sus representantes suscriben el acta de inspección. El procedimiento de modificación de concesión de beneficio acta de inspección favorable constituye el informe con el en los siguientes casos: que el administrado solicita ante la autoridad competente la licencia de uso de agua y la autorización de vertimiento 1. Para la instalación y/o construcción de instalaciones de aguas residuales tratadas, en caso corresponda. adicionales, que incluyen depósitos de relaves y/o 85.6 Cuando la construcción del proyecto se ejecute plataformas o pads de lixiviación y sus recrecimientos, por etapas, el administrado solicita la inspección con ampliación de la capacidad instalada y la ampliación correspondiente a cada etapa, para lo cual resulta de área de la concesión de beneficio; de aplicación lo dispuesto en el primer párrafo del 2. Para la instalación y/o construcción de instalaciones presente artículo, debiendo presentar adicionalmente el adicionales, que incluyen depósitos de relaves y/o cronograma estimado de construcción de las siguientes plataformas o pads de lixiviación y sus recrecimientos, etapas. y/o mejora de procesos con ampliación de la capacidad instalada y sin ampliación de área aprobada; Artículo 86.- Aprobación de la diligencia de 3. Para la instalación y/o construcción de instalaciones inspección de verificación y autorización de adicionales, que incluyan depósitos de relaves y/o funcionamiento plataformas o pads de lixiviación y sus recrecimientos, y/o mejoras de procesos sin modificar la capacidad instalada 86.1 Cumplida la diligencia de inspección de aprobada y sin ampliación de área de la concesión de verificación, la Dirección General de Minería o Gobierno beneficio. Regional, previo informe favorable, emite el acto administrativo en el cual resuelve: 87.2 El procedimiento de modificación de concesión de beneficio es de evaluación previa, tiene un plazo máximo 1. Aprobar la Inspección de Verificación de la de evaluación de noventa (90) días hábiles, sujeto al construcción de obras e instalaciones del proyecto silencio administrativo negativo para el procedimiento de aprobado; modificación con ampliación de área, como el punto 1 del 2. Autorizar funcionamiento de la concesión de numeral 87.1; y, sujeto al silencio administrativo positivo beneficio otorgada o de la modificación aprobada, para el procedimiento de modificación sin ampliación de conforme a la inspección favorable. área, cómo los puntos 2 y 3 del numeral 87.1 del presente artículo. 86.2 El citado acto administrativo se expide dentro 87.3 Si la solicitud de modificación implica la ampliación de los quince (15) días hábiles siguientes de concluida de la capacidad instalada y la ampliación del área de la la inspección, previa presentación de la siguiente concesión de beneficio, según el caso 1 del inciso 87.1 información: del presente artículo, el titular de la actividad minera debe presentar una solicitud a la Dirección General de Minería o 1. Copia de la Resolución que otorga la licencia de Gobierno Regional, a través del formulario electrónico vía uso de agua para fines mineros, en caso el instrumento extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas, de gestión ambiental presentado no cuente con la opinión con los requisitos exigidos en los literales a), c), e) y f) técnica favorable de disponibilidad hídrica; y, del numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento, El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 35 e indicar, de ser el caso, la ampliación de la capacidad 4. Número de la Resolución que aprueba el instrumento instalada de tratamiento de la concesión de beneficio. de gestión ambiental y del informe que la sustenta. Asimismo, debe consignar y/o adjuntar los siguientes documentos: 87.5 Si la solicitud de modificación es sin modificar la capacidad instalada aprobada y sin ampliación de área de 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. la concesión de beneficio, según el caso 3 del numeral 87.1 2. Copia de la constancia de pago del derecho de del presente artículo, el titular de la actividad minera debe vigencia, en caso de ampliación de capacidad instalada. presentar una solicitud a la Dirección General de Minería 3. Memoria descriptiva de la planta de beneficio y de o Gobierno Regional, a través del formulario electrónico sus instalaciones y/o componentes principales y auxiliares vía extranet del portal web del Ministerio de Energía y de acuerdo al Anexo II del presente Reglamento. Minas, con los requisitos exigidos en los literales a) y c) 4. Copia del cargo de presentación del instrumento de del numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. gestión ambiental que sustente el proyecto; o, el número Asimismo, debe consignar y/o adjuntar los siguientes de la resolución que aprueba el instrumento de gestión documentos: ambiental y del informe que la sustenta. 5. Documento que acredite que el solicitante es 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) 2. Memoria descriptiva de la planta de beneficio y de del 100% de las acciones y derechos del predio para sus instalaciones y/o componentes principales, y auxiliares utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) donde se realizará de acuerdo al Anexo II del presente Reglamento. la actividad de beneficio, conforme a los documentos 3. Número de la Resolución que aprueba el instrumento requeridos en el punto 4 del numeral 82.1 del artículo 82 de gestión ambiental y del informe que la sustenta. del presente Reglamento. La Dirección General de Minería o Gobierno Regional La Dirección General de Minería o Gobierno Regional, luego de evaluar el cumplimiento de los requisitos del luego de evaluar el cumplimiento de los requisitos señalados proyecto de modificación de la concesión de beneficio anteriormente emite el acto administrativo que dispone se señalados en los numerales 87.4 y 87.5, y considerando expidan los avisos para su publicación, dentro de los plazos para estos efectos los plazos establecidos en el numeral señalados en el inciso 82.2 del artículo 82. Posteriormente, 84.1 del artículo 84 del Reglamento, emite previo informe el titular de la actividad minera publica los avisos y entrega técnico favorable, el acto administrativo que resuelve: las publicaciones del aviso, conforme a los plazos dispuestos en el artículo 83 del Reglamento, y de no mediar oposición, 1. Aprobar el proyecto de modificación de concesión la Dirección General de Minería o Gobierno Regional evalúa de beneficio. los aspectos técnicos del proyecto de modificación de la 2. Aprueba la ampliación de la capacidad instalada, concesión de beneficio, previa presentación de: de ser el caso. 3. Autoriza la construcción y/o instalación del proyecto a. Copia del certificado de inexistencia de restos de modificación y sus demás componentes. arqueológicos - CIRA o plan de monitoreo arqueológico – 87.6 En la evaluación de los procedimientos de PMA del área del proyecto. modificación de concesión de beneficio, se debe tener en b. Copia de la autorización de la autoridad competente, cuenta, de ser el caso, las siguientes disposiciones: en caso el proyecto a ejecutarse afecte carreteras u otro derecho de vía, o la declaración jurada del titular de 1. Es de aplicación lo dispuesto en los artículos 82 al actividad de no afectación. 84 y el Anexo II del presente Reglamento. c. Número de Resolución que aprueba el instrumento 2. Excepcionalmente, el titular minero puede realizar de gestión ambiental y del informe que la sustenta. obras preliminares desde la fecha de presentación de la solicitud, siempre que se encuentre en los supuestos de Cumplida la evaluación técnica y considerando los modificación de la concesión de beneficio sin ampliación plazos establecidos en el numeral 84.1 del artículo 84 del de área, referidos en los supuestos 2 y 3 del numeral 87.1 Reglamento, la Dirección General de Minería o Gobierno del artículo 87. Regional, emite, previo informe técnico favorable, el acto 3 La Dirección General de Minería o Gobierno Regional administrativo que resuelve: puede autorizar la construcción en más de una etapa, en caso el titular de la actividad minera así lo solicite. 1. Aprobar el proyecto de modificación de concesión de beneficio, 87.7 Las modificaciones de la concesión de 2. Aprueba la modificación de área de la concesión beneficio dispuestas en el artículo 87 deberán seguir el de beneficio, indicando las coordenadas UTM procedimiento señalado en los artículos 85 y 86 para su correspondientes. funcionamiento. 3. Aprueba la ampliación de la capacidad instalada, de ser el caso. Artículo 88.- Informe Técnico Minero – ITM para 4. Autoriza la construcción y/o instalación del proyecto concesión de beneficio de modificación y sus demás componentes. 88.1 El titular de la actividad minera no requiere iniciar un 87.4 Si la solicitud de modificación comprende la procedimiento de modificación de concesión de beneficio, ampliación de la capacidad instalada aprobada, sin siempre que el proyecto de modificación cuente íntegramente ampliación de área de la concesión de beneficio, según con la conformidad del informe técnico sustentatorio, el caso 2 del numeral 87.1 del presente artículo, el titular otorgada por la autoridad ambiental, conforme al artículo de la actividad minera debe presentar una solicitud a la 131 del Reglamento de Protección y Gestión Ambiental para Dirección General de Minería o Gobierno Regional, a través las Actividades de Explotación, Beneficio, Labor General, del formulario electrónico vía extranet del portal web del Transporte y Almacenamiento Minero, aprobado por Ministerio de Energía y Minas, con los requisitos exigidos Decreto Supremo Nº 040-2014-EM o el que haga sus veces, en los literales a) y c) del numeral 30.1 del artículo 30 del correspondiendo para estos efectos la presentación del presente Reglamento e indicar la ampliación de la capacidad Informe Técnico Minero, y solo es aplicable en los siguientes instalada de tratamiento de la concesión de beneficio. casos: Asimismo, debe consignar y/o adjuntar los siguientes documentos: 1. Modificar la capacidad instalada para instalaciones adicionales y/o mejora tecnológica de procesos sin 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. ampliación de área; 2. Copia de la constancia de pago del derecho de 2. Instalaciones adicionales sin modificación de la vigencia. capacidad instalada y sin ampliación de área. 3. Memoria descriptiva de la planta de beneficio y de sus instalaciones y/o componentes principales, y auxiliares 88.2 El titular de la actividad minera debe presentar de acuerdo al Anexo II del presente Reglamento. ante la Dirección General de Minería o Gobierno Regional 36 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano una solicitud a través del formulario electrónico vía y Minas puede incorporar y/o modificar supuestos de extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas, excepción mediante Resolución Ministerial; y, debiendo consignar y/o adjuntar según corresponda los 2. Cuente con alguno de los instrumentos de gestión siguientes documentos: ambiental aprobado: estudio de impacto ambiental (EIA), informe técnico sustentatorio (ITS), modificación del 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. estudio de impacto ambiental (MEIA), estudio de impacto 2. Fecha y número de la constancia de pago del ambiental semi detallado (EIAsd), memorias técnicas derecho de vigencia, en caso de ampliación de la detalladas (MTD) o plan ambiental detallado (PAD). capacidad instalada. 3. Número de Resolución que da conformidad al Dichas modificaciones, son aprobadas por el Gerente informe técnico sustentatorio y del informe que la sustenta. General del titular de actividad minera o el órgano que 4. Memoria descriptiva conforme el Anexo III del haga sus veces para aquellos casos que no cuenten con presente Reglamento. Gerente General, dentro de la Unidad Minera o Unidad de 5. Copia de la Resolución que otorga la licencia de Producción. uso de agua que cubra el requerimiento de la ampliación, expedida por la autoridad competente, de lo contrario, sino 89.2 En los casos señalados en el numeral 89.1 del se requiere la licencia de uso de aguas, debe presentar el presente artículo, el titular de la actividad minera, a través del balance de agua como sustento. formulario electrónico vía extranet del portal web del Ministerio 6. Copia de la Resolución de autorización de de Energía y Minas, comunica a la Dirección General de vertimiento de aguas residuales tratadas vigente, otorgada Minería o al Gobierno Regional el inicio de las obras en el por la Autoridad Nacional del Agua, en caso corresponda plazo de cinco (5) días hábiles, debiendo consignar y/o de acuerdo a lo señalado en el punto 2 del inciso 86.2 del adjuntar según corresponda los siguientes documentos: artículo 86 del presente Reglamento. 1. Memoria descriptiva, especificaciones técnicas y 88.3 La Dirección General de Minería o Gobierno planos de ubicación en coordenadas UTM WGS84 de los Regional, luego de verificar el cumplimiento de los componentes auxiliares y/o instalaciones adicionales de requisitos y evaluados los aspectos técnicos del proyecto la concesión de beneficio, correspondientes al proyecto presentado, emite el informe técnico favorable y el acto de modificación. administrativo correspondiente, de ser el caso, en el plazo 2. Número de Resolución que aprueba el instrumento de máximo de veinte (20) días hábiles de presentado el gestión ambiental dentro del cual se encuentra el proyecto de Informe Técnico Minero, resolviendo lo siguiente: modificación y los componentes auxiliares y/o instalaciones adicionales de la concesión de beneficio materia de 1. Dar la conformidad del Informe Técnico Minero. comunicación; o número de Resolución que da conformidad 2. Aprueba la modificación de la capacidad instalada a la memoria técnica detallada (MTD), en su caso. de la concesión de beneficio, de ser el caso. 3. Acta del Gerente General o el órgano que haga sus 3. Autoriza la construcción y el funcionamiento del veces para aquellos casos que no cuenten con Gerente proyecto de modificación de la concesión de beneficio y General, que aprueba la modificación de la concesión de demás componentes. beneficio, materia de la comunicación. Asimismo, el titular 4. Dispone remitir copia a las Autoridades de de la actividad minera debe poner en conocimiento a las fiscalización minera y al SENACE. Autoridades de Fiscalización Minera, el Acta que aprueba la modificación de la concesión de beneficio adjuntando 88.4 El titular de la actividad minera debe comunicar los documentos 1 y 2 del presente inciso. a la Dirección General de Minería y a las Autoridades de fiscalización minera; o, al Gobierno Regional, 89.3 La Dirección General de Minería o Gobierno la culminación de la construcción del proyecto de Regional, luego de revisar la comunicación y la información modificación de la concesión de beneficio, dentro de los presentada, tiene por presentada dicha comunicación. tres (3) días hábiles siguientes a la finalización. Dicha comunicación tiene carácter de Declaración Jurada. Artículo 90.- Acumulación de concesiones de 88.5 El titular de actividad minera debe contar con beneficio el Certificado de Aseguramiento de la Calidad de la Construcción y/o Instalaciones (CQA), suscrito por su 90.1 La acumulación de concesiones de beneficio es supervisor de obra o quien haga sus veces, el informe un procedimiento de evaluación previa sujeto a silencio final de obra y los planos de obra terminados (as built). administrativo positivo. 88.6 En los casos que OSINERGMIN verifique que la 90.2 La acumulación de concesiones de beneficio, construcción se ha efectuado con cambios significativos debe ser solicitada por el titular de la actividad minera, respecto del proyecto de ingeniería aprobado, procede mediante una solicitud a través del formulario electrónico a paralizar las operaciones y comunica este hecho a la vía extranet del portal web del Ministerio de Energía Dirección General de Minería. La misma regla se aplica y Minas, a la Dirección General de Minería o Gobierno para los proyectos con conformidad de Informe Técnico Regional, con los requisitos exigidos en los literales a), Minero de competencia de los Gobiernos Regionales. b), c), e) y f) del numeral 30.1 del artículo 30 del presente 88.7 El procedimiento de modificación de la concesión Reglamento; además, debe indicar la capacidad instalada de beneficio vía Informe Técnico Minero es de evaluación de tratamiento del proyecto de acumulación, que resulta previa sujeto a silencio administrativo positivo, y en caso de la sumatoria de las capacidades instaladas de las de vencimiento del plazo máximo, se tiene por aprobada concesiones de beneficio a acumular. Las concesiones la solicitud, sin perjuicio que la Dirección General de de beneficio a acumular deben ser de un mismo titular Minería o Gobierno Regional emita el respectivo acto minero y sus áreas deben ser colindantes por lo menos, administrativo conforme al numeral 88.3. por un lado. Asimismo, debe consignar y/o adjuntar, según Artículo 89.- Excepción a la modificación de la corresponda, los siguientes documentos: concesión de beneficio 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. 89.1 El titular de actividad minera se encuentra 2. Relación de concesiones de beneficio a acumular. exceptuado de la obligación de iniciar un procedimiento 3. Información de la partida electrónica registral y la de modificación de concesión de beneficio o de solicitar la Oficina Registral en la cual se encuentra inscrita cada una conformidad de un Informe Técnico Minero, siempre que de las concesiones de beneficio a acumular. el proyecto de modificación: 4. Copia del certificado negativo de cargas y gravámenes de cada una de las concesiones de beneficio 1. Comprenda los supuestos listados en el Anexo IV o la autorización de sus acreedores. del presente Reglamento, que se ubican dentro del área 5. Memoria descriptiva del proyecto de acumulación del instrumento de gestión ambiental vigente y dentro del que contenga un inventario detallado de los componentes área de la concesión de beneficio; el Ministerio de Energía de las concesiones de beneficio que se acumulan. El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 37 90.3 Verificado el cumplimiento de los requisitos de a través del formulario electrónico vía extranet del portal presentación de las solicitudes de acumulación de concesión web del Ministerio de Energía y Minas, a la Dirección de beneficio, así como el pago por derecho de vigencia, General de Minería o Gobierno Regional, con los requisitos correspondiente, la Dirección General de Minería o el exigidos en los literales a), c) e) y f) del numeral 30.1 Gobierno Regional, emite en el plazo de treinta (30) días del artículo 30 del presente Reglamento, y debe indicar hábiles de presentada la solicitud, la Resolución de aprobación la capacidad de tratamiento del proyecto, conforme al de la acumulación que otorga un nuevo título de concesión de artículo 91 de la LGM. beneficio, anteponiendo al nombre de la nueva concesión el Asimismo, debe consignar y/o adjuntar según término “Acumulación”, disponiendo la cancelación y archivo corresponda los siguientes documentos: de las concesiones de beneficio que fueron acumuladas. Consentida dicha Resolución se comunica al INGEMMET 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. para su incorporación al Catastro Minero Nacional. La 2. Número de la Resolución que aprueba el instrumento resolución indicada únicamente surte efecto, a partir de la de gestión ambiental y del informe que la sustenta. fecha en que quede consentida o ejecutoriada. 3. Memoria descriptiva de la planta de beneficio y de sus instalaciones y/o componentes principales y auxiliares Artículo 91.- División de concesión de beneficio de acuerdo al Anexo V del presente Reglamento. 4. Documento que acredite que el solicitante es 91.1 La división de la concesión de beneficio es un propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) procedimiento de evaluación previa sujeto a silencio del 100% de las acciones y derechos del predio para administrativo positivo. utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) donde se realizará 91.2 La división de la concesión de beneficio debe ser la actividad de beneficio, conforme al punto 4 del numeral solicitada por el concesionario de beneficio a la Dirección 82.1 del artículo 82 del presente Reglamento. General de Minería o al Gobierno Regional, adjuntando 5. Copia del certificado de inexistencia de restos los requisitos exigidos en los literales a), b), c), e) y f) del arqueológicos – CIRA o el plan de monitoreo arqueológico numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento; – PMA, según corresponda. además, debe indicar la capacidad de tratamiento de 6. Número de la Resolución que aprueba el plan de la nueva concesión de beneficio que se restará de la cierre de minas e informe que la sustenta, o el cargo de capacidad instalada de la concesión de beneficio matriz. presentación del referido plan, adjuntando la garantía 91.3 El titular minero debe presentar la solicitud de la preliminar. división de la concesión de beneficio con título inscrito, 7. Copia de la Resolución que otorga la licencia de uso consignando y/o adjuntando según corresponda los de agua y/o de la Resolución que otorga la autorización siguientes documentos: de vertimiento de aguas residuales tratadas, sólo cuando 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. corresponda. 2. Indicar el nombre, la extensión, ubicación y coordenadas UTM WGS84 de las áreas divididas. 92.2 Verificado el cumplimiento de los requisitos 3. Información de la partida electrónica registral y establecidos en el inciso 92.1, la Dirección General de la Oficina Registral en la cual se encuentra inscrita la Minería o Gobierno Regional, autoriza el beneficio de concesión de beneficio a dividir. minerales, en un plazo que no exceda los treinta (30) días 4. Memoria descriptiva y estudio técnico por cada hábiles de presentada la solicitud. una de las áreas del proyecto de división, incluyendo la 92.3 El procedimiento de autorización de beneficio de memoria descriptiva, el estudio técnico de la concesión de minerales para productores mineros artesanales es de beneficio a dividir, que comprenda un inventario detallado evaluación previa sujeto a silencio administrativo negativo. de las instalaciones y/o componentes principales y auxiliares de la concesión de beneficio a dividir y de la(s) Artículo 93.- Modificación de la autorización de nueva(s) concesión(es) de beneficio a constituirse. beneficio de minerales para productores mineros 5. Indicar el número de la resolución que aprueba el artesanales instrumento de gestión ambiental. 6. Copia del certificado negativo de cargas y 93.1 El productor minero artesanal debe presentar una gravámenes de la concesión de beneficio a dividir o la solicitud de modificación de la autorización de beneficio autorización de sus acreedores. de minerales a través del formulario electrónico vía 91.4 Verificado el cumplimiento de los requisitos de extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas, presentación de la solicitud de división de concesión de a la Dirección General de Minería o Gobierno Regional, beneficio, así como el pago por derecho de vigencia, con los requisitos exigidos en los literales a), c), e) y f) del correspondiente, la Dirección General de Minería o Gobierno numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento, y Regional, en un solo acto emite, en el plazo de treinta (30) debe indicar la capacidad de tratamiento del proyecto a días hábiles de presentada la solicitud, la Resolución que modificar, conforme el artículo 91 de la LGM. aprueba la división de área, la reducción del área de la Asimismo, debe consignar y/o adjuntar según concesión de beneficio matriz y aprueba el nuevo título de corresponda los siguientes documentos: concesión de beneficio del área dividida, señalando para cada caso, la nuevas capacidades instaladas correspondientes 93.1.1 Para ampliar la capacidad instalada o instalación a cada una de las concesiones de beneficio. Consentida y/o construcción de componentes, que impliquen nuevas dicha Resolución se comunica al INGEMMET para su áreas (incluye depósitos de relaves y/o plataformas (PAD) incorporación al Catastro Minero Nacional. La Resolución de lixiviación): indicada sólo surte efecto, a partir de la fecha en que quede consentida o ejecutoriada. 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. 91.5 La hipoteca, cesión, contrato de opción, cargas, 2. Número de la Resolución que aprueba el instrumento gravámenes o medidas judiciales anotadas en los de gestión ambiental y del informe que la sustenta. registros públicos respecto a la concesión de beneficio 3. Memoria descriptiva del proyecto de modificación dividida, recae en cada uno de los títulos. de la autorización de beneficio y de sus instalaciones y/o 91.6 Las nuevas concesiones producto de la división componentes principales y auxiliares de acuerdo al Anexo tienen la antigüedad del título de la concesión original, V del presente Reglamento, sólo en los aspectos que para fines del cumplimiento de sus obligaciones. corresponda. 91.7 La formación de los expedientes divididos 4. Documento que acredite que el solicitante es se rige por las disposiciones del procedimiento de propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) fraccionamiento. del 100% de las acciones y derechos del predio para utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) donde se realizará Artículo 92.- Autorización de beneficio de la actividad de beneficio, conforme al punto 4 del numeral minerales para productores mineros artesanales 82.1 del artículo 82 del presente Reglamento. 5. Copia del certificado de inexistencia de restos 92.1 El productor minero artesanal debe presentar arqueológicos – CIRA o el plan de monitoreo arqueológico una solicitud de autorización para beneficio de minerales – PMA, según corresponda. 38 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano 6. Copia de la Resolución que otorga la licencia de solicita la labor general, para la realización de una Junta uso de agua y/o la Resolución que otorga la autorización de Concesionarios, la que tiene lugar, en primera citación, de vertimiento de aguas residuales tratadas, sólo cuando dentro de un plazo no mayor de quince (15) días hábiles corresponda. de efectuada la citación y, en segunda citación, de un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles. 93.1.2 Para ampliar la capacidad instalada 94.3 La Junta es presidida por la Dirección General (instalaciones y/o construcción de componentes de Minería o el Gobierno Regional, y en ella se adoptan adicionales y/o mejora de procesos) sin ampliación de los acuerdos concernientes a la ejecución de la obra y área; o, para adicionar instalaciones sin modificar la el aprovechamiento de los servicios. Para decidir sobre capacidad instalada aprobada y sin ampliación de área: la ejecución de la obra, es necesaria la concurrencia y el voto favorable de por lo menos las dos terceras (2/3) 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. partes de los concesionarios mineros de la zona de 2. Número de la Resolución que aprueba el instrumento influencia, calculando cada voto por hectárea concedida. de gestión ambiental y del informe que la sustenta. Los demás acuerdos se toman por mayoría simple. 3. Memoria descriptiva del proyecto de modificación 94.4 La Dirección General de Minería o Gobierno de la autorización de beneficio y de sus instalaciones y/o Regional, previa aprobación de la ejecución de obras por la componentes principales y auxiliares de acuerdo al Anexo Junta de Concesionarios, otorga el título de concesión de V del presente Reglamento, sólo en los aspectos que labor general, en un plazo que no exceda los quince (15) corresponda. días hábiles contados desde la aprobación de la ejecución de 4. Copia de la Resolución que otorga la licencia de obras por la Junta de Concesionarios. La citada resolución uso de agua y/o la Resolución que otorga la autorización es puesta en conocimiento a las Autoridades de fiscalización de vertimiento de aguas residuales tratadas, sólo cuando minera para los fines de sus competencias. corresponda. 94.5 El procedimiento de otorgamiento de concesión de labor general es de evaluación previa, tiene un plazo 93.2 Verificado el cumplimiento de los requisitos máximo de evaluación de noventa (90) días hábiles, establecidos en los párrafos anteriores, la Dirección sujeto a silencio administrativo positivo. General de Minería o Gobierno Regional, autoriza la modificación de la autorización de beneficio de minerales. CAPÍTULO XVIII 93.3 El procedimiento de modificación de autorización de beneficio de minerales para productores mineros CONCESIÓN DE TRANSPORTE MINERO artesanales es de evaluación previa, tiene un plazo máximo de evaluación de treinta (30) días hábiles de Artículo 95.- Otorgamiento de concesión de presentada la solicitud, sujeto a silencio administrativo transporte minero negativo para la modificación con ampliación de área, como el punto 93.1.1 del numeral 93.1; y, sujeto a silencio 95.1 El solicitante de una concesión de transporte administrativo positivo para la modificación sin ampliación minero debe presentar una solicitud a la Dirección General de área, como el punto 93.1.2 del numeral 93.1 del de Minería o Gobierno Regional, con los requisitos presente artículo. exigidos en los literales a), b), c), e) y f) del numeral 30.1 y los literales a) y f) del numeral 30.2 del artículo 30 del CAPÍTULO XVII presente Reglamento. Asimismo, debe consignar y/o adjuntar según CONCESIÓN DE LABOR GENERAL corresponda los siguientes documentos: Artículo 94.- Otorgamiento de concesión de labor 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. general 2. Número de la resolución que aprueba el instrumento de gestión ambiental y del informe que la sustenta. 94.1 El solicitante de una concesión de labor general 3. Documento que acredite que el solicitante es debe presentar una solicitud a la Dirección General de propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) Minería o Gobierno Regional, con los requisitos exigidos del 100% de las acciones y derechos del predio para en los literales a), b), c) y f) del inciso 30.1 y los literales utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) donde se realizará a) y f) del numeral 30.2 del artículo 30 del presente la actividad de transporte minero, conforme el punto 4 del Reglamento, con tantas copias como titulares vayan a ser numeral 82.1 del artículo 82 del presente Reglamento. beneficiados. 4. Memoria descriptiva del sistema de transporte Asimismo, debe consignar y/o adjuntar según minero, longitud, diámetro, capacidad y velocidad de corresponda los siguientes documentos: transporte en caso corresponda, así como el presupuesto y cronograma respectivo. 1. Número de recibo de pago del derecho de trámite. 5. Plano de ubicación detallado indicando coordenadas 2. Memoria descriptiva, que indique la longitud de UTM WGS84 de los vértices del área superficial del proyecto. la labor general, área de influencia, plazo y calendario 6. Copia del certificado de inexistencia de restos de ejecución de la obra, el o los servicios a prestar, arqueológicos - CIRA o el plan de monitoreo arqueológico condiciones de aprovechamiento de los minerales en las - PMA, según corresponda. concesiones que atraviesa, relación entre el concesionario 7. Ingeniería detallada de las obras civiles del y los de la zona de influencia, régimen de mantenimiento, sistema de transporte minero y de las instalaciones régimen de utilización de la labor por el y/o los distintos electromecánicas, conforme el Anexo VI del presente concesionarios, disposición de las sustancias minerales Reglamento. en las aguas que se alumbran, limpieza de desmonte, sistema de ventilación, desagüe, iluminación y forma 95.2 La Dirección General de Minería o Gobierno como se almacena el desmonte en la superficie. Regional luego de evaluar los aspectos técnicos legales 3. Plano en coordenadas UTM WGS84 a escala 1/500 de la solicitud, expide el acto administrativo que aprueba y a curva de nivel, con indicación de las concesiones el proyecto de la concesión de transporte minero, autoriza mineras que atraviese, nombre de ellas y de sus titulares, la construcción del sistema de transporte, otorga la domicilio de ellos, con la proyección horizontal de las concesión de transporte y autoriza su funcionamiento, obras a ejecutarse. dentro de los noventa (90) días hábiles siguientes a 4. Planos de cortes longitudinales y transversales la fecha de su presentación; además, el referido acto necesarios para la interpretación de las características de administrativo se debe poner en conocimiento de las la obra y de las rocas que la socaven. Autoridades de fiscalización minera. 95.3 Sin perjuicio del procedimiento establecido, el 94.2 Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a informe final de obra, las condiciones de seguridad y la fecha de presentada la solicitud, la Dirección General ambientales de la construcción del sistema de transporte de Minería o Gobierno Regional notifica a los titulares y componentes del proyecto son materia de fiscalización de las concesiones mineras en favor de los cuales se por las Autoridades de fiscalización minera. El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 39 95.4 El procedimiento de otorgamiento de concesión 97.1 El solicitante de una autorización de actividades de transporte minero, es de evaluación previa sujeto a de exploración debe presentar una solicitud a través del silencio administrativo negativo. formulario electrónico vía extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas, a la Dirección General de Artículo 96.- Modificación de la concesión de Minería o Gobierno Regional, correspondiente. transporte minero 97.2 La autorización de actividad de exploración es de aprobación automática o de evaluación previa, en mérito 96.1 El solicitante de una modificación de la concesión a las conclusiones que se encuentren contenidas en el de transporte minero debe presentar una solicitud a la informe que determina el área del proyecto comprendido Dirección General de Minería o Gobierno Regional, con en la Ley Nº 29785. los requisitos exigidos en los literales a), b), c), e) y f) del numeral 30.1 y el literal f) del numeral 30.2 del artículo 30 Artículo 98.- Informe que determina el área del del presente Reglamento; y, consignar y/o adjuntar, según proyecto comprendido en la Ley Nº 29785 corresponda, los siguientes documentos: Previo al inicio del trámite de autorización de actividades de exploración, el solicitante debe presentar 1. Con ampliación de área: ante la Dirección General de Minería o Gobierno Regional una solicitud indicando las coordenadas UTM WGS84 de a) Número del recibo de pago por derecho de trámite. los vértices que encierran el área de influencia directa del b) Constancia de pago del derecho de vigencia, proyecto de exploración, contenido en su instrumento de correspondiente al área ampliada. gestión ambiental aprobado, a efecto que la autoridad c) Número de la Resolución que aprueba el instrumento emita el informe que determine preliminarmente si el de gestión ambiental y del informe que la sustenta. ámbito geográfico de la actividad de exploración a d) Documento que acredite que el solicitante es ejecutarse se encuentra dentro de los alcances de la propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) Ley Nº 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los del 100% de las acciones y derechos del predio para pueblos indígenas u originarios, reconocido en el Convenio utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) correspondiente 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y al área ampliada donde se realizará la actividad de su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 001- transporte, conforme al punto 4 del numeral 82.1 del 2012-MC. La solicitud es atendida en un plazo no mayor a artículo 82 del presente Reglamento. diez (10) días hábiles. e) Memoria descriptiva del proyecto de modificación de la concesión de transporte minero, indicando la Artículo 99.- Autorización de actividades de longitud ampliada del sistema de transporte, cronograma exploración de aprobación automática y presupuesto correspondiente al área ampliada. f) Plano de ubicación detallado indicando coordenadas 99.1 La autorización de las actividades de exploración UTM WGS84 del área superficial del proyecto y del área está sujeta a un procedimiento de aprobación automática, ampliada. en caso que la Dirección General de Minería o Gobierno g) Copia del certificado de inexistencia de restos Regional determine mediante el informe preliminar que el arqueológicos - CIRA o el plan de monitoreo arqueológico ámbito geográfico que abarca el área de influencia directa - PMA según corresponda, del área ampliada. del proyecto de exploración, no se encuentra dentro de los alcances de la Ley Nº 29785 y su Reglamento aprobado 2. Sin ampliación de área: con Decreto Supremo Nº 001-2012-MC. 99.2 El solicitante debe presentar su solicitud a) Número del recibo de pago por derecho de trámite. conforme está prescrito en el numeral 97.1 del artículo b) Plano de ubicación detallado indicando coordenadas 97 del presente Reglamento, y conjuntamente con su UTM WGS84 del área superficial del proyecto. solicitud los requisitos exigidos en los literales a) y c) del c) Número de la Resolución que aprueba el instrumento numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. de gestión ambiental y del informe que la sustenta. Asimismo, debe consignar y/o adjuntar según d) Memoria descriptiva que indique el sistema de corresponda, los siguientes documentos: transporte y su longitud, cronograma y presupuesto correspondiente a la modificación. 1. Número del recibo de pago por derecho de trámite. 2. Nombre y código de la(s) concesión(es) minera(s) 96.2 La Dirección General de Minería o Gobierno donde se desarrollará el proyecto. Regional luego de evaluados los aspectos técnicos 3. Número de la Resolución que aprueba el instrumento legales de la solicitud de modificación, previo informe de gestión ambiental y del informe que la sustenta. técnico favorable, expide el acto administrativo que 4. Ubicación en coordenadas UTM WGS84 de los aprueba el proyecto de modificación de la concesión de vértices del área superficial del proyecto de exploración. transporte minero, aprueba la ampliación de área de la 5. Programa de trabajo. concesión de transporte minero, de ser el caso y autoriza 6. Copia del certificado de inexistencia de restos su funcionamiento, dentro de los cuarenta y cinco (45) arqueológicos – CIRA o el plan de monitoreo arqueológico días hábiles siguientes a la fecha de su presentación; – PMA, según corresponda. además, el referido acto administrativo se debe poner en 7. Declaración Jurada del titular de actividad minera conocimiento de las Autoridades de fiscalización minera. donde conste que es propietario del predio o que está 96.3 Para efecto de los procedimientos de modificación autorizado por el(los) propietario(s) del 100% de las de la concesión de transporte minero, es de aplicación lo acciones y derechos del predio para utilizar el(los) terreno(s) dispuesto en el numeral 95.3 del artículo 95 del presente superficial(es) donde se realizará la actividad de exploración. Reglamento. 96.4 El procedimiento de modificación de la concesión 99.3 La Dirección General de Minería o el Gobierno de transporte minero es de evaluación previa, sujeto a Regional emite una constancia de aprobación automática silencio administrativo negativo para el procedimiento de en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles. modificación con ampliación de área como el punto 1 del numeral 96.1; y, sujeto a silencio administrativo positivo Artículo 100.- Autorización de actividades de para el procedimiento de modificación sin ampliación exploración de evaluación previa de área, cómo el punto 2 del numeral 96.1 del presente artículo. 100.1 En caso que la Dirección General de Minería o Gobierno Regional determine preliminarmente que el CAPÍTULO XIX ámbito geográfico que abarca el área de influencia directa del proyecto de exploración se encuentra dentro de los PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZACIÓN DE alcances de la Ley Nº 29785 y su Reglamento aprobado ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN con Decreto Supremo Nº 001-2012-MC, la autorización de Artículo 97.- Autorización de actividades de actividades de exploración está sujeta a un procedimiento exploración de evaluación previa. 40 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano 100.2 El plazo máximo de evaluación del presente CAPÍTULO XX procedimiento es de treinta (30) días hábiles sujeto a silencio administrativo negativo. PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZAR ACTIVIDADES 100.3 El solicitante debe presentar una solicitud a DE EXPLOTACIÓN través del formulario electrónico vía extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas, a la Dirección General Artículo 102.- Autorización de las actividades de Minería o Gobierno Regional, debiendo presentar, los de explotación que incluye aprobación del plan de requisitos exigidos en los literales a) y c) del numeral 30.1 minado y botaderos del artículo 30 del presente Reglamento. Asimismo, debe consignar y/o adjuntar según 102.1 El solicitante de la autorización de inicio corresponda los siguientes documentos: o reinicio de actividades de explotación que incluye aprobación del plan de minado y botaderos, y de nuevos 1. Número del recibo de pago por derecho de trámite. tajos, debe presentar una solicitud a través del formulario 2. Nombre y código de la(s) concesión(es) minera(s) electrónico vía extranet del portal web del Ministerio de donde se desarrollará el proyecto. Energía y Minas, a la Dirección General de Minería o 3. Número de la Resolución que aprueba el instrumento Gobierno Regional, con los mismos requisitos exigidos en de gestión ambiental y del informe que la sustenta. los literales a) y c) del numeral 30.1 del artículo 30 del 4. Ubicación en coordenadas UTM WGS84 de los presente Reglamento. vértices del área superficial del proyecto de exploración. Asimismo, debe consignar y/o adjuntar, según 5. Programa de trabajo. corresponda, los siguientes documentos: 6. Copia del certificado de inexistencia de restos arqueológicos – CIRA o el plan de monitoreo arqueológico 1. Número del recibo de pago por derecho de trámite. – PMA, según corresponda. 2. Nombre y código de la(s) concesión(es) minera(s) 7. Declaración Jurada del titular de actividad minera dónde se desarrollará el proyecto. donde conste que es propietario del predio o que está 3. Número de la Resolución que aprueba el instrumento autorizado por el(los) propietario(s) del 100% de las de gestión ambiental y del informe que la sustenta. acciones y derechos del predio para utilizar el(los) 4. Número de la Resolución que aprueba el plan de terreno(s) superficial(es) donde se realizará la actividad cierre de minas e informe que la sustenta, o cargo de de exploración. presentación del referido plan, adjuntando la garantía preliminar. 100.4 La Dirección General de Minería o el Gobierno 5. Información técnica de acuerdo a los parámetros Regional, previo informe técnico favorable, emite el acto establecidos en el Anexo VIII del presente Reglamento. administrativo que autoriza el inicio de las actividades Las autorizaciones de explotación pueden incluir el de exploración, señalando el nombre y código de las chancado primario teniendo como único objeto el traslado concesiones mineras donde se desarrollará el proyecto; como parte del plan de minado, ubicados en áreas del además, el referido acto administrativo se pone en proyecto donde se realiza la explotación. conocimiento de las Autoridades de fiscalización minera. 6. Documento que acredite que el solicitante es propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) Artículo 101.- Excepciones a la autorización de del 100 % de las acciones y derechos del predio para actividades de exploración utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) donde se ubicarán todos los componentes del proyecto tales como tajos, 101.1 El titular de actividad minera se encuentra bocamina(s), depósito de desmonte y mineral, cantera(s) exceptuado de la obligación de iniciar un procedimiento de material de préstamo, campamento(s), taller(es), de autorización de actividades de exploración minera, en polvorín, vías de acceso, enfermería, entre otros, los casos que: conforme a los documentos requeridos en el punto 4 del numeral 82.1 del artículo 82 del presente Reglamento. 1. El proyecto de modificación de la actividad de 7. Copia del certificado de inexistencia de restos exploración, se ubique en la misma área efectiva de la arqueológicos - CIRA o el plan de monitoreo arqueológico- actividad de exploración que cuenta con autorización o PMA, según corresponda. que dicha actividad de exploración hubiere iniciado antes 8. Copia de la autorización de la autoridad competente, del Decreto Supremo Nº 020-2012-EM; y cuente con en caso que el proyecto a ejecutarse afecte carreteras u la declaración de impacto ambiental (DIA) o estudio de otro derecho de vía. En caso de no afectación, el titular impacto ambiental semidetallado (EIAsd) o ficha técnica de la actividad minera debe presentar una Declaración ambiental (FTA) aprobados. Jurada y plano de ubicación de los componentes mineros 2. El proyecto de exploración esté ubicado en el y su distancia a las vías cercanas al proyecto. área efectiva de un proyecto minero de explotación, que tengan certificación ambiental, autorización de inicio o 102.2 El procedimiento de autorización de explotación reinicio de actividades y plan de minado o para el caso de es de evaluación previa sujeto a silencio administrativo actividades continuas, la aprobación del plan de minado negativo. esté aprobado por el Gerente General de la empresa 102.3 Evaluado el cumplimiento de los requisitos minera o quien haga sus veces en aquellos casos que no establecidos en el numeral 102.1 del presente cuenten con Gerente General. artículo, la Dirección General de Minería o el Gobierno 3. El proyecto de exploración, se sustente en la Regional correspondiente, aprueba el plan de minado, modificación de la declaración de impacto ambiental (DIA) botaderos y componentes auxiliares y autoriza el inicio y/o estudio de impacto ambiental semidetallado (EIAsd) de las actividades de explotación o su reinicio, en las vía informe técnico sustentatorio – ITS; y se encuentre concesiones mineras donde se ubica el proyecto minero ubicado dentro del área efectiva del proyecto y cuente con de explotación, dentro de los treinta (30) días hábiles autorización de actividad de exploración. siguientes a la fecha de su presentación. 102.4 Sin perjuicio del procedimiento establecido, 101.2 En los supuestos mencionados en el presente el informe final de obra, las condiciones de seguridad artículo, el titular de actividad minera debe comunicar y ambientales de las labores mineras, instalaciones y a la Dirección General de Minería o Gobierno Regional componentes del proyecto son materia de fiscalización según corresponda, y a las autoridades de fiscalización por las Autoridades de fiscalización minera competente. ambiental, respecto al inicio de las actividades de 102.5 El titular de la actividad minera debe comunicar exploración, dentro del plazo de tres (3) días hábiles al OSINERGMIN y OEFA o al Gobierno Regional, la contado desde el inicio de las mismas, precisando la culminación de las obras de desarrollo y preparación, excepción aplicable. La Dirección General de Minería dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la o Gobierno Regional tiene por presentada dicha finalización. comunicación; y anexa la comunicación de corresponder, 102.6 En los casos en que el proyecto requiera de la al expediente que autorizó el inicio de actividades de explotación de canteras de sustancia no metálica para exploración. material del préstamo con fines de relleno y construcción, El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 41 estas pueden ser consideradas como componentes del 1. Número del recibo de pago por derecho de trámite. plan de minado en trámite, para lo cual deben presentar 2. Nombre y código de la(s) concesión(es) minera(s) la información técnica establecida en el procedimiento de dónde se desarrollará la modificación. autorización de actividades de explotación, contenida en 3. Número de la Resolución que aprueba el instrumento el Anexo VII del presente Reglamento, además deben de gestión ambiental y del informe que la sustenta. estar contenidas en el instrumento de gestión ambiental 4. Número de la Resolución que aprueba el plan de respectivo, a fin de que la referida actividad esté sujeta a cierre de minas e informe que la sustenta, o, cargo de la fiscalización correspondiente. presentación del referido plan, adjuntando la garantía preliminar. Artículo 103.- Modificación de la autorización de 5. Información técnica de acuerdo a los parámetros actividades de explotación establecidos en el Anexo VIII del presente Reglamento, en lo que corresponda. 103.1 El titular de la actividad minera debe iniciar 6. Copia de la autorización de la autoridad competente, un procedimiento de modificación de autorización de en caso que la modificación a ejecutarse afecte carreteras explotación en los siguientes casos: u otro derecho de vía. En caso de no afectación el titular de la actividad minera debe presentar una Declaración 1. Cambio del método de explotación superficial a Jurada y plano de ubicación de los componentes mineros subterráneo o viceversa. y su distancia a las vías cercanas al proyecto. 2. Ampliación del límite final del tajo y/o nuevas bocaminas que no se encuentren dentro de los supuestos 103.4 Evaluado el cumplimiento de los requisitos del ITM. establecidos, la Dirección General de Minería o el Gobierno 3. Construcción de un nuevo depósito (desmonte, Regional correspondiente, modifica la autorización de material inadecuado, etc.), ampliación y/o su recrecimiento actividades de explotación dentro de los treinta (30) que no se encuentre dentro de los supuestos del ITM. días hábiles siguientes a la fecha de su presentación. El referido procedimiento es de evaluación previa sujeto a 103.2 Para los casos de modificación de la autorización silencio administrativo negativo. de actividades de explotación, cuyos componentes se 103.5 Para efectos del procedimiento de modificación ubiquen en nuevas áreas o amplíen las áreas autorizadas, de autorización de explotación es de aplicación lo el titular de la actividad minera debe presentar una establecido en los incisos 102.4 al 102.6 del artículo 102 solicitud a través del formulario electrónico vía extranet del presente Reglamento. del portal web del Ministerio de Energía y Minas, a la Dirección General de Minería o Gobierno Regional, con Artículo 104.- Informe Técnico Minero – ITM para los mismos requisitos exigidos en los literales a) y c) del autorización de actividades de explotación numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. Asimismo, deben de consignar y/o adjuntar los 104.1 El titular de la actividad minera no requiere siguientes documentos: iniciar un procedimiento de modificación de autorización de actividades de explotación siempre que el proyecto de 1. Número del recibo de pago por derecho de trámite. modificación cuente íntegramente con la conformidad del 2. Nombre y código de la(s) concesión(es) minera(s) informe técnico sustentatorio, otorgada por la autoridad donde se desarrollará la modificación. ambiental y únicamente es aplicable en los siguientes 3. Número de la Resolución que aprueba el instrumento casos: de gestión ambiental y del informe que la sustenta. 4. Número de la Resolución que aprueba el plan de 1. Modificaciones fuera del área del plan de minado cierre de minas e informe que la sustenta, o, cargo de aprobado, y presentación del referido plan, adjuntando la garantía 2. Modificaciones de la altura y/o extensión no mayor o preliminar. igual al 20% del depósito de desmonte y/o tajo. 5. Información técnica de acuerdo a los parámetros establecidos en el Anexo VIII del presente Reglamento, 104.2 El titular de la actividad minera debe presentar en lo que corresponda. ante la Dirección General de Minería o Gobierno Regional 6. Documento que acredite que el solicitante es una solicitud a través del formulario electrónico vía propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) extranet del portal web del Ministerio de Energía y Minas, del 100% de las acciones y derechos del predio para debiendo consignar y/o adjuntar según corresponda los utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) donde se siguientes documentos: ubicarán todos los componentes del proyecto tales como tajos, bocamina(s), depósito de desmonte y mineral, 1. Número del recibo de pago por derecho de trámite. cantera(s) de material de préstamo, campamento(s), 2. Número de la resolución que da conformidad al taller(es), polvorín, vías de acceso, enfermería, entre informe técnico sustentatorio y del informe que la sustenta. otros, conforme a los documentos requeridos en el 3. Memoria descriptiva conforme el Anexo IX del punto 4 del numeral 82.1 del artículo 82 del presente presente Reglamento. Reglamento. 4. Copia del certificado de inexistencia de restos 7. Copia del certificado de inexistencia de restos arqueológicos - CIRA o el plan de monitoreo arqueológico arqueológicos - CIRA o el plan de monitoreo arqueológico- - PMA aprobado por la autoridad competente, respecto al PMA, según corresponda. área donde ejecutará el proyecto, cuando corresponda. 8. Copia de la autorización de la autoridad competente, 5. Documento que acredite que el titular de la actividad en caso que el proyecto a ejecutarse afecte carreteras u minera es propietario o que está autorizado por el(los) otro derecho de vía. En caso de no afectación el titular propietario(s) del 100% de las acciones y derechos de la actividad minera debe presentar una Declaración del predio para utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) Jurada y plano de ubicación de los componentes mineros donde ejecutará la construcción y funcionamiento del y su distancia a las vías cercanas al proyecto. recrecimiento del depósito de desmonte y/o tajo, conforme a los documentos requeridos en el punto 4 del numeral 103.3 Para los casos de modificación de la autorización 82.1 del artículo 82 del presente Reglamento. de actividades de explotación, cuyos componentes no 6. Copia de la autorización de la autoridad competente, impliquen nuevas áreas a autorizar, el solicitante debe en caso que el proyecto a ejecutarse afecte carreteras u presentar una solicitud a través del formulario electrónico otro derecho de vía. En caso de no afectación el titular vía extranet del portal web del Ministerio de Energía de la actividad minera debe presentar una Declaración y Minas, a la Dirección General de Minería o Gobierno Jurada y plano de ubicación de los componentes mineros Regional, con los mismos requisitos exigidos en los y su distancia a las vías cercanas al proyecto. literales a) y c) del numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. 104.3 La Dirección General de Minería o Gobierno Asimismo, debe consignar y/o adjuntar según Regional luego de verificar el cumplimiento de los corresponda los siguientes documentos: requisitos y evaluado los aspectos técnicos del proyecto 42 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano presentado, emite un informe técnico favorable y el acto del predio para utilizar el(los) terreno(s) superficial(es) administrativo correspondiente, resolviendo lo siguiente: donde se ubicarán los componentes del proyecto materia de la comunicación, según lo establecido conforme al 1. Da la conformidad del Informe Técnico Minero. punto 4 del numeral 82.1 del artículo 82 del presente 2. Aprueba la modificación del plan de minado. Reglamento, cuando corresponda. 3. Autoriza la modificación de las actividades de 3. Número de Resolución que aprueba el instrumento explotación. de gestión ambiental dentro del cual se encuentran el o los componentes materia de la comunicación; o número 104.4 El titular de la actividad minera debe comunicar de Resolución que da conformidad a la Memoria Técnica al OSINERGMIN y OEFA o al Gobierno Regional la Detallada (MTD), en su caso. finalización de la construcción del proyecto de modificación 4. Acta del Gerente General o el órgano que haga sus de la autorización de actividades de explotación, dentro de veces, en el caso de no contar con Gerente General que los tres (03) días hábiles siguientes a la finalización. Dicha apruebe la modificación de la autorización de actividades comunicación tiene carácter de Declaración Jurada. de explotación. 104.5 En los casos que el OSINERGMIN verifique que la construcción se ha efectuado con cambios significativos Asimismo, el titular de la actividad minera debe poner respecto del proyecto de ingeniería aprobado; o el OEFA en conocimiento de la autoridad de fiscalización minera, verifique que la construcción se ha efectuado con cambios el Acta que aprueba la modificación de la autorización de significativos respecto del Informe Técnico Sustentatorio actividades de explotación. aprobado, pueden paralizar las operaciones y comunicar 105.4 La Dirección General de Minería o Gobierno este hecho a la Dirección General de Minería. Regional, luego de revisar la comunicación y la información 104.6 El procedimiento de modificación de la presentada, de ser el caso, tienen por presentada dicha autorización de actividades de explotación, vía Informe comunicación y dispone se remita copia a las Autoridades Técnico Minero es de evaluación previa sujeto a silencio de fiscalización minera; asimismo, anexa la comunicación, administrativo positivo y tiene un plazo máximo de veinte de corresponder al expediente que autorizó el inicio de (20) días hábiles de presentado la solicitud, caso contrario actividades de explotación. se tiene por aprobada la solicitud, sin perjuicio que la Dirección General de Minería o Gobierno Regional emita Artículo 106.- Actividad minera continua el respectivo acto administrativo conforme al numeral 104.3. 106.1 Se considera como actividad minera continua, aquella actividad de explotación iniciada antes de Artículo 105.- Excepciones a la modificación de la la vigencia del Decreto Supremo Nº 046-2001-EM, autorización de actividades de explotación publicado en el Diario Oficial El Peruano el 26 de julio de 2001, norma que a la fecha se encuentra derogada. En 105.1 El titular de la actividad minera se encuentra este caso, el Plan de Minado y todas sus modificatorias exceptuado de la obligación de iniciar un procedimiento son aprobados por la Gerencia General o el órgano que de modificación de la autorización de las actividades de haga sus veces dentro de la Unidad Minera o Unidad de explotación o de solicitar la conformidad de un Informe Producción, conforme al artículo 29 del Reglamento de Técnico Minero, siempre que el proyecto de modificación: Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2016-EM o norma que la 1. Comprenda uno o más componentes listados en reemplace. el Anexo X del presente Reglamento; y que estos se 106.2 Si las actividades consideradas como actividad encuentren dentro del área del proyecto aprobado en minera continua requieren de cambio en el método de el instrumento de gestión ambiental vigente; pudiendo explotación superficial a subterráneo o viceversa, total incorporar y/o modificar supuestos de excepción mediante o parcial, o la incorporación de nuevos tajos y nuevos Resolución Ministerial; y, botaderos, el titular de actividad minera debe solicitar la 2. Cuente con alguno de los instrumentos de gestión autorización correspondiente a la Dirección General de ambiental aprobado: estudio de impacto ambiental (EIA), Minería o Gobierno Regional, conforme al procedimiento informe técnico sustentatorio (ITS), modificación del señalado en el artículo 103 del presente Reglamento. estudio de impacto ambiental (MEIA), estudio de impacto ambiental semi detallado (EIAsd) o memorias técnicas CAPÍTULO XXI detalladas (MTD), o plan ambiental detallado (PAD). SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN, 105.2 La incorporación, modificación, reubicación BENEFICIO, LABOR GENERAL Y TRANSPORTE y/o sustitución de instalaciones y/o componentes MINERO auxiliares de las actividades de explotación, así como las modificaciones no contempladas en los artículos Artículo 107.- Suspensión de actividades de 103 y 104 del presente Reglamento, son aprobadas por explotación, beneficio, labor general y transporte la Gerencia General del titular de actividad minera o el minero órgano que haga sus veces en caso de no contar con La suspensión de actividades mineras de explotación, Gerente General dentro de la Unidad Minera o Unidad beneficio, labor general y transporte minero, es la de Producción, conforme el Anexo 1 del Reglamento de interrupción temporal de las actividades de una unidad Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, aprobado por minera o de parte de ella, dispuesta por el titular de Decreto Supremo Nº 024-2016-EM y modificatorias. actividad minera, conforme a lo establecido en el artículo 105.3 En los casos señalados en el numeral 105.1 del 7 y el capítulo 5 del Título II del Reglamento para el Cierre presente artículo, el titular de la actividad minera, a través de Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005- del formulario electrónico vía extranet del portal web del EM. Ministerio de Energía y Minas, comunica a la Dirección General de Minería o Gobierno Regional el inicio de las Artículo 108.- Comunicación de suspensión de obras en el plazo de cinco (5) días hábiles, debiendo actividades de explotación, beneficio, labor general y consignar y/o adjuntar los siguientes documentos: transporte minero El titular de actividad minera debe comunicar la 1. Especificaciones técnicas y planos de ubicación suspensión de actividades ante la Dirección General en coordenadas UTM WGS84 de las instalaciones y/o de Minería o el Gobierno Regional, conforme a sus componentes auxiliares de las actividades de explotación, competencias, consignando y/o adjuntando según así como las modificaciones no contempladas en corresponda, la siguiente información: los artículos 103 y 104 del presente Reglamento, correspondientes al proyecto de modificación materia de 1. Número de la Resolución que aprueba el instrumento comunicación. de gestión ambiental y del informe que la sustenta. 2. Documento(s) que acredite(n) que el solicitante es 2. Número de la Resolución que aprueba el plan de propietario o que está autorizado por el(los) propietario(s) cierre de minas e informe que la sustenta, adjuntando el El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 43 escrito mediante el cual cumplió con constituir la garantía d. Adjuntar copia de la prueba pertinente. correspondiente. e. Indicar la fecha y número de la constancia de pago 3. Informe de los motivos que sustenten la solicitud de del derecho de trámite realizado ante la propia entidad o suspensión de la(s) actividad(es) minera(s). adjuntar la copia de la constancia de pago del derecho 4. Informe detallado de las actividades que se de trámite realizado en las instituciones financieras implementarán en la etapa de suspensión temporal de autorizadas. las actividades, conforme al plan de manejo ambiental previsto en el estudio de impacto ambiental, sin perjuicio 112.3. No procede la oposición contra los petitorios de las medidas complementarias que pudieran haberse mineros por afectación de predios u otros derechos establecido como parte del plan de cierre de minas o las distintos al que otorga el título de concesión minera, que determine la Dirección General de Minería o Gobierno resolviéndose de plano sin más trámite, después de Regional, conforme a sus competencias. presentadas las publicaciones dentro del plazo de Ley. Artículo 109.- Comunicación del levantamiento Artículo 113.- Traslado de la suspensión de actividades de explotación, beneficio, labor general y transporte minero 113.1 El INGEMMET o Gobierno Regional corre traslado de la oposición una vez presentadas las 109.1 El titular minero debe comunicar el levantamiento publicaciones de los avisos de petitorio minero en el plazo de suspensión de actividades ante la Dirección General de Ley, dentro de los siete (07) días hábiles de emitido el de Minería o Gobierno Regional, conforme a sus informe legal. competencias, consignando y/o adjuntando la siguiente 113.2 Al absolver el traslado de la oposición, la otra información: parte ofrece las pruebas a que hubiere lugar. 1. Informe técnico respecto al estado situacional de las Artículo 114.- Actuación de pruebas operaciones que garantice el reinicio de las actividades conforme a lo establecido en el Reglamento de Seguridad y 114.1 La actuación de prueba de relacionamiento en las Salud Ocupacional en Minería, aprobado mediante Decreto oposiciones presentadas por titulares de derechos mineros Supremo Nº 024-2016-EM y modificatorias; adicionalmente, un con coordenadas UTM WGS84 definitivas, contra petitorios informe que describa las actividades y/o medidas ambientales formulados en el Sistema de Cuadrículas o de acuerdo al implementadas durante el periodo de suspensión. artículo 12 de la Ley Nº 26615, Ley de Catastro Minero 2. Copia del cargo que acredite la vigencia de la Nacional, se efectúa por el INGEMMET o Gobierno Regional garantía del plan de cierre de minas. competente mediante un relacionamiento en gabinete. 3. El cargo de presentación ante el órgano competente, 114.2 Caso contrario, de requerirse una diligencia de de la reprogramación del cronograma del plan de cierre campo el INGEMMET debe designar al perito dentro de un de minas o la aprobación del mismo. plazo que no exceda de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha en que se corre traslado de la oposición. Artículo 110.- Comunicación a las Autoridades de 114.3 Dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes fiscalización minera a la fecha de realización de la diligencia, el Perito debe La suspensión así como el respectivo levantamiento presentar su Informe. de suspensión, son puestos en conocimiento de las 114.4 El pago de los gastos de actuación de las Autoridades de fiscalización minera para la supervisión o pruebas debe efectuarse por el titular del derecho minero fiscalización respectiva. más reciente, en la cuenta que señale el INGEMMET dentro de un plazo no mayor de siete (7) días hábiles CAPÍTULO XXII contado a partir de la notificación de la planilla de gastos correspondiente a los honorarios del perito, bajo OPOSICIÓN apercibimiento de declararse en abandono el derecho minero más reciente. El monto se entrega al perito una Artículo 111.- Oposición por mejor derecho sobre vez que la operación pericial cuente con opinión favorable petitorios mineros del Área Técnica del INGEMMET. El titular de una concesión minera con título definitivo 114.5 Si la diligencia pericial se frustra por causa puede oponer su mejor derecho a cualquier petitorio imputable a quien pagó la planilla de gastos, ésta se minero que se haya formulado sobre todo o parte de incrementa en 30% debiéndose pagar dentro de los siete un área, cualquiera sea el título o antecedente que se (7) días hábiles de notificada. Si nuevamente se frustra invoque respecto de ellos. El interesado debe seguir la diligencia por causa imputable a quien pagó la planilla el procedimiento de oposición que regula el presente incrementada, se hace efectivo el apercibimiento de Reglamento. abandono indicado en el párrafo precedente. 114.6 En el caso que el titular del derecho minero Artículo 112.- Requisitos de oposición más reciente obtuviera resolución favorable, el opositor le reintegra la suma que hubiere pagado por concepto 112.1 La oposición es un procedimiento de evaluación de gastos de actuación de pruebas. Para el efecto, el previa sujeto al silencio administrativo negativo, que titular del derecho minero más reciente puede solicitar puede formularse hasta antes de la expedición del título la expedición de copias certificadas de los actuados de concesión y se resuelve en un plazo de sesenta y siete pertinentes a fin de accionar ante el Poder Judicial por la (67) días hábiles , de conformidad a los artículos 146 y suma abonada, con arreglo a las normas sobre Proceso 147 del TUO de la LGM de Ejecución contenidas en el Código Procesal Civil. 112.2. La oposición referida al artículo 144 de la LGM se presenta ante el INGEMMET o Gobierno Regional que Artículo 115.- Oposición a petitorio de Beneficio tiene a su cargo el expediente, y debe cumplir con los siguientes requisitos: 115.1 La oposición a la solicitud de concesión de beneficio, debe presentarse y tramitarse ante la Dirección a. Indicar los nombres, apellidos, domicilio en la capital General de Minería o Gobierno Regional, con arreglo a lo de la provincia de la sede de la dependencia competente dispuesto en el numeral 83.4 del artículo 83 del presente ante quien la presente, su Documento Nacional de Reglamento y se adecua en lo que corresponda a las Identidad - DNI, Registro Único del Contribuyente - RUC normas contenidas en el presente Capítulo. y firma del solicitante. 115.2 El procedimiento de oposición a la concesión de b. Indicar los datos de inscripción registral (número beneficio es de evaluación previa, tiene un plazo máximo de asiento, partida registral y Oficina Registral) de la de evaluación de treinta (30) días hábiles. persona jurídica y su representante o apoderado, en caso 115.3 Procede la oposición contra petitorios de el opositor sea una persona jurídica. concesión de beneficio, labor general o transporte minero c. Indicar el nombre y código único del petitorio al que por afectación del mismo derecho, afectación de predios u se opone y los de su concesión o petitorio afectado. otros derechos distintos al que otorga dicho título. 44 NORMAS LEGALES Sábado 8 de agosto de 2020 / El Peruano CAPÍTULO XXIII notificaciones defectuosas y su saneamiento, se rigen por lo dispuesto en el Capítulo III Eficacia de los actos PARALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA administrativos, del Título I denominado Régimen Jurídico de los actos administrativos, del TUO LPAG. Artículo 116.- Paralización de la actividad minera Capítulo XXVI 116.1 La Dirección General de Minería o Gobierno Regional, según corresponda, de presumir la falsedad RECUSACIÓN Y ABSTENCIÓN de las declaraciones, los documentos y la información proporcionada por el administrado, en los procedimientos Artículo 120.- Recusación y abstención administrativos correspondientes al otorgamiento de En el caso de una recusación contra alguna concesión de beneficio, autorización de beneficio, labor autoridad del INGEMMET, la Dirección General de general, transporte minero, y autorización de actividades Minería, el Consejo de Minería o el Gobierno Regional de exploración y explotación minera, y sus respectivas con competencia en los procedimientos del presente modificaciones, informe técnico minero, producto de Reglamento; o, que estas se abstengan por encontrarse la fiscalización posterior otorga al administrado un comprendidas en alguna de las causales de abstención plazo de diez (10) días hábiles para que presente sus referidas en el artículo 99 del TUO LPAG o en el artículo descargos, vencido el plazo y con el respectivo descargo 100 de la LGM, el superior jerárquico resuelve y determina o sin él, se procede a la evaluación, y de comprobarse quién debe ser el reemplazante, conforme al artículo 152 fraude o falsedad en la declaración, información o en de la LGM para la recusación; y las normas del TUO la documentación presentada por el administrado en LPAG para la abstención. el procedimiento administrativo seguido, la Dirección General de Minería o Gobierno Regional ordena la CAPÍTULO XXVII paralización de la actividad minera; y, eleva el expediente al Consejo de Minería para que declare de oficio la nulidad EXTRAVÍO DE EXPEDIENTES del acto administrativo correspondiente; sin perjuicio de lo establecido en el numeral 34.3 del artículo 34 del TUO Artículo 121.- Reconstrucción de expediente LPAG. Si se extraviase un expediente o parte de lo actuado 116.2 La Resolución que ordena la paralización por en él, la autoridad que ejerza jurisdicción sobre el mismo parte de la Dirección General de Minería o Gobierno ordena de oficio su reconstrucción. Para este efecto, se Regional y la nulidad del acto administrativo es puesta en solicita las copias de los documentos que se encuentran conocimiento de las Autoridades de fiscalización minera digitalizados en el SIDEMCAT o expediente virtual del para los fines de su competencia. Ministerio de Energía y Minas, así como los que obren en Consentida o firme la resolución, el titular de la actividad poder de otras autoridades mineras y del interesado, para minera deberá proceder con el retiro o desmantelamiento su reconstrucción, prevaleciendo aquellas digitalizadas en de las obras, instalaciones o infraestructura que instaló o el SIDEMCAT o expediente virtual del Ministerio de Energía edificó. y Minas. En lo que le fuera aplicable, se siguen las reglas contenidas en el artículo 140 del Código Procesal Civil CAPÍTULO XXIV conforme al numeral 164.4 del artículo 164 del TUO LPAG. MEDIO IMPUGNATORIO Y AGOTAMIENTO DE VÍA DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS ADMINISTRATIVA FINALES Artículo 117.- Instancias administrativas Primera. - Las áreas de denuncios y concesiones mineras extinguidos que, habiendo sido formulados u 117.1Contra lo resuelto por el Presidente Ejecutivo otorgados hasta el 14 de diciembre de 1991, se encuentren de INGEMMET, la Dirección de Concesiones Mineras, superpuestas por razón de coexistencia entre metálicos, la Dirección General de Minería o el Gobierno Regional, carboníferos y no metálicos, no son susceptibles de corresponde la interposición de recurso de revisión al nuevo petitorio cuando los otros denuncios o concesiones Consejo de Minería, dentro de los quince (15) días hábiles continúen vigentes o, cuando la superposición se de notificada la Resolución. Con la Resolución de última haya producido por cualquier otra circunstancia con instancia se agota la vía administrativa. concesiones vigentes. 117.2 Contra la Resolución del INGEMMET o Gobierno Segunda.- Para fines del artículo 12 de la LGM, si Regional que otorga el título de la concesión minera se advierte la existencia de denuncios y concesiones corresponde la interposición de recurso de revisión dentro vigentes solicitadas antes del 15 de diciembre de 1991, de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de que no cuentan con coordenadas UTM definitivas, publicación de la relación de títulos otorgados, el cual es conforme la Ley Nº 26615, Ley de Catastro Minero resuelto en última instancia administrativa por el Consejo Nacional, en parte de la misma cuadrícula o conjunto de Minería. de cuadrículas peticionadas, se consigna en el título de 117.3 Vencido el plazo sin que medie impugnación, las nuevas concesiones el nombre, hectáreas, código el acto administrativo queda firme. El INGEMMET, el único, distrito, provincia, departamento de los derechos Ministerio de Energía y Minas y Gobierno Regional, según prioritarios para su respeto. No se requiere oposición para corresponda, deja constancia que el acto administrativo que se respeten dichos derechos prioritarios. no ha sido impugnado. Tercera.- Son inadmisibles los petitorios mineros que se hubieran solicitado al amparo del artículo 12 de la Ley Artículo 118.- Acción contencioso administrativa Nº 26615, Ley del Catastro Minero Nacional: El procedimiento administrativo concluye con la Resolución expedida en última instancia administrativa a. En los que no se hubiera identificado correctamente por el Consejo de Minería del Ministerio de Energía y el área por error en las coordenadas UTM. Minas, la misma que puede contradecirse en el Poder b. Se superpongan total o parcialmente a áreas de no Judicial mediante la acción contencioso administrativa. admisión de denuncios o petitorios mineros. Cuarta.- Mediante Resolución de Presidencia de CAPÍTULO XXV INGEMMET se aprueban los formularios electrónicos e NOTIFICACIÓN Y EFICACIA DE LOS ACTOS instrucciones para solicitar la conformación de una Unidad ADMINISTRATIVOS Económica Administrativa (UEA), la inclusión o exclusión de derechos mineros de la UEA, así como la acumulación Artículo 119.- Notificación y división de concesiones mineras, entre otros, que se La eficacia de los actos administrativos, la obligación publican a través del portal web del INGEMMET, dentro de o dispensa de notificar, las modalidades de notificación los 30 días hábiles de publicado el presente Reglamento. y su prelación, los plazos para emitir la notificación Quinta.- Los formularios electrónicos correspondientes y su contenido, la vigencia de las notificaciones, las a los procedimientos de la Dirección General de Minería El Peruano / Sábado 8 de agosto de 2020 NORMAS LEGALES 45 y los Gobiernos Regionales a que se hace referencia DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS en el presente Reglamento se aprueban por Resolución TRANSITORIAS Directoral de la Dirección General de Minería dentro del plazo de 30 días hábiles de publicado el presente Primera.- En el caso de los procedimientos de reglamento. otorgamiento de concesión de beneficio en trámite con Sexta.- Las operaciones periciales para procedimientos autorización de construcción de la planta de beneficio mineros, referidos en la LGM y normas reglamentarias y demás componentes, cuyos titulares mineros hayan deben ejecutarse por peritos mineros nominados por la comunicado la culminación de la construcción, según su Dirección General de Minería y de acuerdo al Reglamento cronograma aprobado, se adecuarán al procedimiento de de Peritos Mineros vigente. autorización de funcionamiento con silencio positivo. Las Autoridades de fiscalización minera, deben Segunda.- En todos los casos es de aplicación a los informar a la Dirección General de Minería sobre derechos mineros de que trata la Ley Nº 30428, cuyas el incumplimiento de las normas dispuestas en el coordenadas UTM PSAD 56 no hubieran sido objeto Reglamento de Peritos Mineros. de transformación a coordenadas UTM WGS84, la Séptima.- Respecto de los derechos mineros metodología oficializada por Decreto Supremo Nº 024- anteriores al Decreto Legislativo Nº 708, se considera lo 2016-EM. siguiente: La metodología de transformación se aplica a las coordenadas UTM PSAD 56 una vez que éstas adquieran a. Son inadmisibles los denuncios formulados a partir la condición de definitivas, para los fines de su inscripción del 15 de diciembre de 1991 y hasta el 21 de setiembre registral. de 1992. La transformación que regula el presente artículo se b. En los denuncios mineros formulados hasta el 14 aprueba por Resolución de Presidencia de INGEMMET de diciembre de 1991, que se superpongan parcialmente y se publica en su portal web y en la del Ministerio de a otro denuncio minero anterior, se ordena la reducción a Energía y Minas, corriendo nuevo plazo de observación, una poligonal cerrada señalándose las coordenadas UTM previsto en la Ley Nº 30428. de los vértices. c. Se procede al fraccionamiento cuando exista 1876188-1 superposición a un derecho minero prioritario o renuncia parcial que quiebre la continuidad del área, siempre que el área fraccionada sea no menor a una (1) hectárea. Otorgan concesión definitiva para d. En todos los casos las áreas menores a una (1) desarrollar la actividad de transmisión de hectárea son canceladas y se retiran del Catastro Minero energía eléctrica en la “Línea de Transmisión Nacional, consentida o ejecutoriada que sea la resolución. e. Cuando los denuncios resulten inubicables, la Aguaytía - Pucallpa 138 kV (Segundo cancelación es resuelta por el Presidente Ejecutivo del Circuito)” a favor de Terna Perú S.A.C., INGEMMET. ubicada en el departamento de Ucayali f. El INGEMMET continúa teniendo competencia para proseguir y concluir el trámite de los denuncios mineros RESOLUCIÓN MINISTERIAL formulados con anterioridad al Decreto Legislativo Nº Nº 191-2020-MINEM/DM 708, así como el procedimiento relativo a la obtención de coordenadas UTM definitivas de acuerdo a la Ley Nº Lima, 31 de julio de 2020 26615 - Ley del Catastro Minero Nacional. Por excepción, aquellos actos administrativos VISTOS: El Expediente Nº 14388819 sobre la solicitud realizados por las ex-Jefaturas Regionales de Minería, de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar Direcciones y Organismos Regionales de Minería y la la actividad de transmisión de energía eléctrica en el ex-Dirección de Concesiones Mineras, entre el 15 de proyecto “Línea de Transmisión Aguaytía – Pucallpa diciembre de 1991 y el 22 de abril de 1992, respecto de los 138 kV (Segundo Circuito)”, presentada por la empresa denuncios formulados antes del 15 de diciembre de 1991, Terna Perú S.A.C. (en adelante, TERNA); y, los Informes tienen validez cuando dichos actos se hayan realizado Nº 067-2020-MINEM/DGE-DCE y Nº 276-2020-MINEM/ de conformidad con las normas preexistentes, hayan OGAJ elaborados por la Dirección General de Electricidad cumplido con lo señalado en la Ley y sus dispositivos y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente; reglamentarios y no perjudiquen intereses de terceros. CONSIDERANDO: Octava.- Los titulares de actividades mineras continúas en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días Que, con fecha 05 de septiembre de 2017, el Ministerio calendario a partir de la entrada en vigencia del presente de Energía y Minas en representación del Estado peruano Reglamento, deben presentar a la Dirección General de y TERNA suscribieron el Contrato de Concesión SGT Minería o Gobierno Regional; y, a las Autoridades de “Línea de Transmisión Aguaytía – Pucallpa 138 kV fiscalización minera, la siguiente información: (Segundo Circuito)”, mediante el cual este último se obliga a diseñar, financiar, suministrar los bienes y servicios a) Relación y descripción de los componentes de la requeridos, construir, operar y mantener dicho proyecto; unidad minera o unidad de producción. Que, mediante el documento con registro Nº b) Plano de ubicación de la concesión minera 2961699 de fecha 31 de julio de 2019, TERNA solicita el y la poligonal que encierran los componentes de la otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar unidad minera o unidad de producción, debidamente la actividad de transmisión de energía eléctrica en el georeferenciado en coordenadas UTM WGS84. proyecto “Línea de Transmisión Aguaytía – Pucallpa c) Relación de concesiones mineras o UEAs en las 138 kV (Segundo Circuito)”, ubicado en los distritos cuales vienen desarrollando actualmente su actividad. de Alexander Humboldt, Irazola, Neshuya y Padre d) Memoria descriptiva de las operaciones mineras. Abad, de la provincia de Padre Abad; y, los distritos de Campoverde, Callería y Yarinacocha, de la provincia de Dicha información tiene como finalidad servir de base Coronel Portillo; ambas provincias del departamento de para la evaluación de posteriores solicitudes de cambio en el Ucayali; método de explotación superficial a subterraneo o viceversa Que, conforme al Informe de Vistos, la Dirección total o parcial o la incorporación de nuevos tajos o nuevos General de Electricidad, de acuerdo a sus competencias, botaderos que el titular de actividad minera requiera tramitar verifica el cumplimiento de lo establecido en el Decreto y actualizar la información con la que cuenta la Dirección Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su General de Minería o Gobierno Regional. Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº Novena.- A partir de la entrada en vigencia del presente 009-93-EM; por lo que recomienda otorgar la concesión Reglamento OSINERGMIN se encuentra habilitado definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de para modificar y actualizar su escala de infracciones y energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión sanciones de seguridad minera. Aguaytía – Pucallpa 138 kV (Segundo Circuito)”;