Decreto Supremo Nº 017/10/EM - Modifica el Decreto Supremo Nº 010/10/EM, que reglamenta el Decreto de Urgencia Nº 116/09, sobre promoción del suministro del servicio público de electricidad en zonas urbano marginales
颁布于 2010-03-27 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Energy
- 关键词
- energy conservation/energy production, subsidy/incentive, transport/storage, legal proceedings/administrative proceedings
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
Sistema Peruano de Informacion Juridica ENERGIA Y MINAS se modifica el Decreta Supremo N° 010-2010-EM que emilio normas complementarias al Decreta de Urgencia N° 116-2009 DECRETO SUPREMO N° 017-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que. mediante 81 Decreta Supremo N° 01Q...2010-EM, 58 reglament6 e! Decreta de Urgencia N° 116-2009, a traves del cual 58 dictaron disposiciones para promover el suministro del Servicio Publico de Electricidad en las zonas urbano marginales del pais, con la finalidad de que mas sectores de la poblaci6n tengan acceso al usc de la energia como media para lograr mayor productividad econ6mica; Que, el citado Decreta Supremo estableci6 las nonnas complementarias necesarias para la implementaci6n del mecanisme de financiamiento dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 116- 2009, senalando. entre otros. en el numeral 3.4 del articulo 3, que la devoluci6n de la contribuci6n reembolsable, dentro de bs alcances de dicho Decreto de Urgencia, estarta sujeta a la tasa de lnteres establecida en el articulo 176 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas: Que, a fin de cumplir los objetivos establecidos en el Decreto de Urgencia antes mencionado, es necesario modificar el numeral 3.4 del articulo 3 del Decreto Supremo N° 010- 201 D-EM, en orden a establecer una tasa de interes preferencial a los flnanciamientos que sean otorgados, con la finalidad de facilitar la implementaci6n del mecanisme creado IDr el Decreto de Urgencia N° 116-2009, Y lograr que mas empresas. tanto estatales como privadas. logren cumplir con las obliqaciones contempladas en la Ley de Concesfones Electricas. en beneficio de la poblaci6n: De conformidad con el incise 8) del articulo 118 de la Constituci6n Polltica del Peru; DECRETA: Articulo 1.- Modificaci6n del articulo 3 del Decreto Supremo N° 010-2010-EM. Modifiquese los numerales 3.4 del articulo 3 del Decreto Supremo N° 010-201 O-EM, los que queoaran redactados de la siguiente manera: "3.4 La devoluci6n de la contribuci6n reembolsable, dentro de los alcances del Decreto de Urqencia N° 116-2009, estera sujeta a la tasa de lnteres legal mas doscientcs (200) puntos baslcos y se realtzara al plieqo Mlnlsterlo de Energia y Minas de conformidad a la norrnatividad viqente que Ie fuera apllcable", Articulo 2.- Vigencia y refrendo EI presente Decreto Supremo entrara en viqencia al dfa siquiente de su publicacion en e! Diario Oflcial EI Peruano y sera refrendadc per e! Ministro de Energia y Minas, Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete dlas del mes de marzo del ario dos mil otez. Paqina 20 Sistema Peruano de Informacion Juridica ALAN GARciA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energia y Minas Paqina 21