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秘鲁的法律

Decreto Supremo Nº 016-2019-PCM ─ Crea la Ventanilla Única Digital del Sector Minería

颁布于 2019-09-18 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Mineral resources
关键词
institution, legal proceedings/administrative proceedings, capacity building, authorization/permit, investment, governance
类别
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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文本

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  1. 12 NORMAS LEGALES Jueves 19 de setiembre de 2019 / El Peruano de Infraestructura Educativa – PRONIED, lo cual ha sido EDUCACION verificado por la Unidad de Recursos Humanos; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Designan Directora de Sistema contratación administrativa de servicios, modificado Administrativo II de la Unidad de Recursos por la Ley N° 29849; su Reglamento aprobado por Humanos del Programa Nacional de Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 065-2011-PCM; el Manual de Infraestructura Educativa - PRONIED Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, aprobado con Resolución RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modificado con Nº 123-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU; y el Reglamento Interno de Servidores Civiles del Lima, 18 de setiembre de 2019 Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, aprobado por Resolución Directoral VISTOS: Ejecutiva N° 331-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED; con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la El Expediente N° 0046030-2019, el Informe N° Oficina General de Administración, y de la Unidad de 757-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGA-URH de la Recursos Humanos; Unidad de Recursos Humanos, y; SE RESUELVE: CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, Artículo 1.- Aceptar con efectividad al 19 de setiembre se creó el Programa Nacional de Infraestructura de 2019, la renuncia formulada por el señor abogado Julio Educativa – PRONIED, con el objeto de ampliar, Antonino La Rosa Sánchez Bayes al cargo de Director mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos infraestructura educativa pública de Educación Básica Humanos de la Oficina General de Administración y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y del Programa Nacional de Infraestructura Educativa Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o – PRONIED, dándosele las gracias por los servicios equipamiento de la misma, cuando corresponda, de prestados.. manera concertada y coordinada con los otros niveles Artículo.2.-.Designar a partir del 19 de setiembre de de gobierno, y en forma planificada, articulada y 2019, a la señora licenciada Jane Cecilia Córdova Jiménez regulada, en el marco de las políticas sectoriales de en el cargo de Directora de Sistema Administrativo II de la educación en materia de infraestructura educativa, Unidad de Recursos Humanos de la Oficina General de a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la Administración del Programa Nacional de Infraestructura educación del país; Educativa – PRONIED. Que, mediante la Resolución Ministerial N° Artículo.3.-.Encargar a la Unidad de Recursos 408-2017-MINEDU, se aprobó el Cuadro para Asignación Humanos, las acciones de personal correspondientes. de Personal Provisional del Programa Nacional de Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones Infraestructura Educativa – PRONIED y a través de la la publicación de la presente resolución en el portal Resolución Ministerial N° 619-2018-MINEDU, se aprobó el institucional del Programa Nacional de Infraestructura reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Educativa – PRONIED (www.pronied.gob.pe). Provisional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, en el cual el cargo de Director Regístrese, comuníquese y publíquese. de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, se ELIZABETH MILAGROS AÑAÑOS VEGA encuentra calificado, como directivo superior de libre Directora Ejecutiva designación y remoción; Programa Nacional de Infraestructura Educativa Que, el literal f) del artículo 9 del Manual de PRONIED Operaciones del PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modificado 1808584-1 mediante Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU, establece que la Dirección Ejecutiva tiene la función de designar y/o encargar las funciones de los cargos ENERGIA Y MINAS directivos del PRONIED, así como aprobar las demás acciones de personal; Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva Decreto Supremo que crea la Ventanilla N° 054-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED, se designó al Única Digital del Sector Minería señor abogado Julio Antonino La Rosa Sánchez Bayes en el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la DECRETO SUPREMO Unidad de Recursos Humanos de la Oficina General de N° 016-2019-EM Administración del Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED; EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Que, la citada persona ha presentado renuncia al cargo antes señalado, la cual resulta pertinente aceptar; CONSIDERANDO: Que, al encontrarse vacante el cargo de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización Humanos de la Oficina General de Administración, resulta de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano necesario designar al titular; en proceso de modernización, en sus diferentes Que, mediante la Hoja de Trámite N° 0046030, la instancias, dependencias, entidades, organizaciones Dirección Ejecutiva, solicita se designe a la señora y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión licenciada Jane Cecilia Córdova Jiménez en el cargo pública y construir un Estado democrático, descentralizado de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad y al servicio del ciudadano; de Recursos Humanos de la Oficina General de Que, el artículo 3 del Reglamento del Sistema Administración; Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, Que, la señora licenciada Jane Cecilia Córdova aprobado por Decreto Supremo Nº 123-2018-PCM, Jiménez, cumple con los requisitos para el cargo de Director señala como el primer principio del Sistema Administrativo de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos de Modernización de la Gestión Pública, la orientación al Humanos de la Oficina General de Administración, de ciudadano; asimismo, el literal d) del artículo 7 precisa acuerdo a lo establecido en el Clasificador de Cargos del como uno de los medios de este sistema administrativo, Ministerio de Educación, aplicable al Programa Nacional la coordinación interinstitucional;

  2. El Peruano / Jueves 19 de setiembre de 2019 NORMAS LEGALES 13 Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del Texto Único Legislativo Nº 1211, Decreto Legislativo que aprueba Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1211, Decreto medidas para el fortalecimiento e implementación de Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento servicios integrados y servicios y espacios compartidos. e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos, aprobado mediante Decreto Artículo 2.- Refrendo Supremo Nº 044-2019-PCM, define a la cadena de El presente Decreto Supremo es refrendado por trámites como la relación que existe entre procedimientos el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de administrativos o servicios prestados en exclusividad Energía y Minas, la Ministra del Ambiente, el Ministro de en función a los requisitos exigidos para su realización Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de y que deben realizarse en más de una entidad para su Cultura y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. culminación, afectando los intereses, obligaciones o derechos de los administrados; Artículo 3.- Financiamiento Que, asimismo, el dispositivo indicado en el párrafo La implementación de lo establecido en el presente precedente, define en su artículo 8, a la ventanilla única Decreto Supremo se financia con cargo al presupuesto como la articulación de dos o más entidades públicas institucional del Ministerio de Energía y Minas, sin para brindar sus servicios y trámites de manera parcial demandar recursos adicionales al Tesoro Público. o totalmente integrada, a través de cadenas de trámites, con la finalidad de mejorar la calidad de la atención a las Artículo 4.- Publicación personas naturales y jurídicas; El presente Decreto Supremo es publicado en el Diario Que, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www. Funciones del Ministerio de Energía y Minas, en su peru.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de artículo 4 señala que el Ministerio de Energía y Minas Energía y Minas (www.gob.pe/minem); del Ministerio ejerce competencias en materia de energía, que del Ambiente (www.gob.pe/minam); del Ministerio de comprende electricidad e hidrocarburos, y de minería. Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/ Asimismo, el artículo 8 de la citada Ley, señala entre vivienda); del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) sus funciones específicas la de promover la inversión y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www. sostenible y las actividades del sector; otorgar y gob.pe/minjus). reconocer derechos a través de autorizaciones, permisos, licencias, contratos y concesiones en el Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho sector; y, promover el desarrollo de la competitividad en días del mes de setiembre del año dos mil diecinueve. electricidad, hidrocarburos y minería; Que, para el inicio de operaciones de la Ventanilla MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Única Digital, el Ministerio de Energía y Minas, en su Presidente de la República calidad de Entidad Administradora de la Ventanilla Única Digital del Sector Minería ha gestionado y obtenido el SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE compromiso de cinco Entidades Participantes: (i) Instituto Presidente del Consejo de Ministros Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; (ii) Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones LUCÍA DELFINA RUÍZ OSTOIC Sostenibles - SENACE; (iii) Superintendencia Nacional Ministra del Ambiente de Bienes Estatales – SBN; (iv) Ministerio de Cultura, y; (v) Superintendencia Nacional de los Registros Públicos LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS – SUNARP, para implementar una Ventanilla Única Ministro de Cultura Digital que brinde al inversionista del sector minería un canal único para gestionar los permisos y autorizaciones FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO necesarios de forma rápida y transparente; Ministro de Energía y Minas Que, mediante Oficios N° 0953-2019/MINEM-SG y N° 1108-2019/MINEM-SG, la Secretaria General del VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministerio de Energía y Minas remite a la Secretaría Ministro de Justicia y Derechos Humanos de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros el informe técnico para sustentar la creación de MIGUEL LUIS ESTRADA MENDOZA la Ventanilla Única Digital del Sector Minería; Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Que de acuerdo al informe N° 018-2019-SSCAC- JSN emitido por la Secretaría de Gestión Pública de la 1808817-5 Presidencia del Consejo de Ministros sobre la creación de la Ventanilla Única Digital del sector minería, se concluye que la propuesta presentada por el Ministerio de Energía y Minas cumple los criterios que justifican su creación, al JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS evidenciar pluralidad de entidades, servicios y trámites, la articulación y complementariedad de los mismos, Designan Director General de la Dirección la eficiencia y eficacia proveniente de la integración de General de Derechos Humanos trámites e impacto en la mejora de la productividad y optimización de los procesos, por lo que se encuentra RESOLUCIÓN MINISTERIAL justificada conforme a lo establecido en el marco legal Nº 0362-2019-JUS vigente; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión 17 de septiembre de 2019 Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con los incisos 8) del artículo 118 de la CONSIDERANDO: Constitución Política del Perú, y el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Director de Programa Sectorial IV, Nivel F-5, Director DECRETA: General de la Dirección General de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Artículo 1.- Creación de la Ventanilla Única Digital Que, resulta necesario designar al profesional que del Sector Minería desempeñará dicho cargo; Créase la Ventanilla Única Digital del Sector Minería, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, en adelante VUD-MINEM en el ámbito del Ministerio de Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley Energía y Minas. que regula la participación del Poder Ejecutivo en el El MINEM como entidad administradora y las nombramiento y designación de funcionarios públicos; entidades participantes realizan las acciones necesarias la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del para la implementación y operación de la VUD-MINEM en Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto el marco de lo dispuesto en el Reglamento del Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento

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