Decreto Supremo Nº 016/08/EM - Normas para facilitar actividad promotora de exploración geotérmica
颁布于 2008-03-14 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Energy
- 关键词
- energy conservation/energy production, renewable energy, institution, non-governmental entity, legal proceedings/administrative proceedings, authorization/permit, fees/royalties, contracts, governance
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Articulo 3"._ Pago de Derechos Los montes que se dejaron de pagar at Estado en raz6n del articulo 1°, seren abonados luego de la ecjuocecion de la Buena Pro con los recursos cbteraoos del prcceso a Dictan norm as para facilitar actividad que se renere el articulo anterior. promotora de explcreclcn geotermica Articulo 4°._ Procedimientos en trarnlte por parte de entidades publicae EI presente Decreto Supremo sera de aplicaci6n a los especial izadas procedimientos que se encuentren en tremte a la fecha de su publicaci6n. DECRETa SUPREMO Articulo 5°._ Refrendo y vigencia N° 016-2008-EM EI presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energla y Minas y entrara en vigencia desde EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA el dla siguiente de su publicaci6n. CONSIDERANDO: Dado en la Casa de Gobiemo, en Lima, a los catorce dlas del mes de marzo del aiio dos mil ocho. Que, mediante Ley N° 26848, se aprob6 la Ley Orqanlca de Recursos Geotennicos, en cuyo Titulo ALAN GARCfAPEREZ Preliminar se establece que el Estado promueve el racional Presidente Constitucional de la Republica desarrollo de los recursos geotennicos con la finalidad de asegurar el abastecimiento de energla necesaria para el JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energla y Minas crecimiento econ6mico, el bienestar de la poblaci6n y la eficiente diversificaci6n de las fuentes de energla del pals y cautela el desarrollo de las referidas actividades, su 176585-4 acceso y Iibre competencia, de acuerdo a ley; Que, la Nonna III del Titulo Preliminar de la referida Ley Organica de Recursos Geotennicos, dispone que el Ministerio de Energla y Minas, en representaci6n del Estado, es el encargado de elaborar, proponery aplicar la polltica del subsector, asl como dictar las oemae nonnas pertinentes; Que, la misma Ley, concordante con la Ley Omenca del Sector Energla y Minas, terreien establece que eI Estado promueve las inversiones en la actividad geotennica de exploraci6n la misma que es de utilidad publica, siendo necesario para cumplir dicho rol promotor disponer medidas que hagan viable eI desarrolloy cumplimientodel programade exploraci6n de recursos geotennicos por parte de entidades especializadasdel Estado, de manera tal que elsector privado puedadisponerde infonnaci6ncertera que oriente inversiones eficienles en la actividad de explotaci6n geotennica; De confonnidad con el inciso 8) del articulo 118° de la Constituci6n Polltica del Peru; DECRETA:
Articulo 1°._Requisitos de entidades publlcas La solicituda que se refiere el articulo 76° del Reglamento de la Ley Orqenlca de Recursos Geotennicos, aprobado par el Decreto Supremo N" 072-2006-EM, debera estar acompaiiada, cracememe, de los requisitos comprendidos en los numerales 76.1 a 76.11 y el requisito a que se refiere eI numeral 76.13 del indicado articulo, cuando dicha solicitud sea presentada por entidadesespecializadasdel Estadoa las que no sera de aplicaci6n 10 dispuesto en el articulo 120" del mencionado Reglamento.
Articulo 2°._ Informes scbre trabajos de Exploraci6n Los informes sobre trabajos de Exploraci6n relacionadas con Autorizaciones otorgadas a favor de entidades publlcas que hayan cumplido el Cronograma de ejecuci6n de trabajo, pod-an ser objeto de los procesos de promoci6n de la inversi6n privada de acuerdo con las nonnas y procedimientos con que cuenla PROINVERSI6N.