Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE ─ Crea la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP) del Ministerio de la Producción
颁布于 2014-12-18 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Fisheries and aquaculture
- 关键词
- institution, legal proceedings/administrative proceedings, governance
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Artículo 1°.- Autorización de la transferencia y otros niveles de gobierno que realizan actividades financiera de recursos directamente recaudados del vinculadas a su ámbito de competencia. pliego a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Que, conforme al numeral 5.2 del artículo 5 del citado Hidrología del Perú - SENAMHI. Decreto Legislativo, corresponde al Ministerio de la Autorizar la Transferencia Financiera de la Fuente de Producción dictar normas y lineamientos técnicos para Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, a favor del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología la gestión de los recursos del Sector, así como para el del Perú – SENAMHI, como aporte institucional para la otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, implementación de estaciones hidrométricas a fin de fiscalización y ejecución coactiva; promover la inversión en centrales hidroeléctricas, Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo hasta por el monto de S/. 500 000.00 (Quinientos Mil N° 004-2014-PRODUCE, el Ministerio de la Producción y 00/100 Nuevos Soles), quedando prohibido, bajo aprobó el Plan Nacional para la Diversificación Productiva, responsabilidad, destinar los recursos autorizados por la cuyo Eje 2, denominado “Adecuación de regulaciones y presente disposición a fines distintos para los cuales son simplificación administrativa”, reconoce la importancia transferidos, de acuerdo al siguiente detalle: de dictar disposiciones relativas al fortalecimiento de la El Peruano Viernes 19 de diciembre de 2014 540365 simplificación administrativa de los procedimientos a Artículo 8.- Publicación cargo del Ministerio de la Producción; El presente Decreto Supremo será publicado en Que, en este sentido, las tecnologías de la el Diario Oficial del Peruano, así como en el Portal del información y comunicaciones permiten brindar al Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal del ciudadano un mejor servicio por parte del Estado, por Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). lo que resulta necesaria la creación de la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP), como mecanismo Artículo 9.- Refrendo para fortalecer la simplificación administrativa a través El presente Decreto Supremo es refrendado por el de la automatización progresiva de los procedimientos Ministro de la Producción. administrativos en el citado Sector; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118 de DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS la Constitución Política del Perú; la Ley N° 27658, Ley FINALES Marco de Modernización de la Gestión del Estado; y, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Primera.- El presente Decreto Supremo entrará en vigencia a los cuarenta y cinco (45) días hábiles DECRETA: posteriores a su publicación en el diario oficial El Peruano.
Artículo 1.- Objeto Segunda.- El Ministerio de la Producción regulará Créase la Ventanilla Única del Sector Producción mediante Resolución Ministerial las acciones, estrategias (VUSP) a fin de fortalecer la simplificación administrativa y proyectos que fueran necesarios para la organización y a través de la automatización progresiva de los el funcionamiento de la VUSP. procedimientos administrativos y de los servicios a Tercera.- Los procedimientos integrados a la cargo del Sector Producción, así como establecer las VUSP no modifican los procedimientos integrados a la disposiciones para su implementación y funcionamiento. Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) ni a la Ventanilla Única de Acuicultura (VUA), así como a otros
Artículo 2.- Ámbito de Aplicación instrumentos de simplificación de similar objetivo. El presente Decreto Supremo es de aplicación al Cuarta.- La incorporación de los procedimientos y Ministerio de la Producción, así como a las entidades, servicios a la VUSP se dispondrá mediante Resolución programas y proyectos adscritos al Sector, respecto de Ministerial del Ministerio de la Producción. los procedimientos administrativos y servicios que llevan Quinta.- Los procedimientos o servicios no a cabo. automatizados del Ministerio de la Producción o de las demás entidades, programas y proyectos adscritos
Artículo 3.- Objetivo de la VUSP al Sector, conforme a lo previsto por el artículo 2 del La VUSP tiene como objetivo reducir costos y acortar presente Decreto Supremo, se tramitarán según lo plazos de atención en los procedimientos administrativos establecido en el Texto Único de Procedimientos y servicios que correspondan al Sector Producción y a Administrativos (TUPA) respectivo, salvo disposición otros sectores, de ser el caso, a través de la simplificación legal distinta. e integración de éstos. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho
Artículo 4.- Trámites que comprende la VUSP días del mes de diciembre del año dos mil catorce. La VUSP comprende a los procedimientos administrativos y servicios automatizados que se OLLANTA HUMALA TASSO encuentran a cargo del Ministerio de la Producción y Presidente Constitucional de la República demás entidades, programas y proyectos adscritos al Sector, conforme a lo previsto por el artículo 2 del presente PIERO GHEZZI SOLÍS Decreto Supremo. Ministro de la Producción
Artículo 5.- Lineamientos 1179791-2 Los lineamientos para el logro del objetivo de la VUSP son los siguientes: Eliminan el procedimiento excepcional a) La automatización e incorporación a la VUSP de los para la asociación o incorporación procedimientos administrativos y servicios del Ministerio de definitiva de PMCE del recurso la Producción y demás entidades, programas y proyectos Anchoveta aprobado mediante Decreto adscritos al Sector, conforme a lo previsto por el artículo 2 del presente Decreto Supremo. Supremo N° 006-2010-PRODUCE b) La integración de los procesos intrainstitucionales e e incorporan disposiciones en el interinstitucionales a efectos de lograr la interoperatividad de la VUSP. artículo 16 del Reglamento del Decreto c) La gestión compartida y distribuida de los servicios Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Límites y medios electrónicos que conforman la VUSP. Máximos de Captura por Embarcación, d) La mejora continua de la VUSP. e) El aprovechamiento de soluciones y de la aprobado por Decreto Supremo Nº 021- infraestructura desarrollada e implementada que pueda 2008-PRODUCE ser compartida. DECRETO SUPREMO
Artículo 6.- Implementación de la VUSP Nº 014-2014-PRODUCE La implementación de la VUSP se realizará de manera progresiva a través de la automatización e integración de EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA los procedimientos administrativos y servicios. La VUSP será administrada por el Ministerio de la CONSIDERANDO: Producción. Que, el Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre
Artículo 7.- Recursos para el desarrollo e Límites Máximos de Captura por Embarcación establece implementación de la VUSP un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a La aplicación de lo dispuesto por el presente la extracción de los recursos Anchoveta y Anchoveta Decreto Supremo, así como la automatización de los Blanca (engraulis ringens y anchoa nasus) destinada al procedimientos administrativos y servicios, se financiará Consumo Humano Indirecto, con el fin de mejorar las con cargo a los presupuestos institucionales de las condiciones para su modernización y eficiencia; promover unidades orgánicas involucradas, sin demandar recursos su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, adicionales al Tesoro Público. empleo e ingresos; y, asegurar un aprovechamiento