跳到主要内容
Nelum
秘鲁的法律

Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM ─ Medidas de ecoeficiencia para el sector público

颁布于 2009-05-14 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Environment, Water
关键词
environmental planning, environmental standards, energy conservation/energy production, waste management, waste domestic sources, waste prevention, solid waste, bioenergy, transport/storage, data collection/reporting, monitoring, policy/planning, standards, protection of environment, water shortage/drought, waterworks

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. \1] permU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica AMBIENTE Medidas de Ecoeficiencia para el Sector Publico DECRETO SUPREMO N" 009-2009-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante el numeral 7.5 del articulo 7 de la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico para e! Afia Fiscal 2009, modificado par el Decreta de Urqencia N° 017-2009, $8 determine que las entldades publicae disponqan, a traves de sus respectlvas Oficinas Generales de Administraci6n la adopci6n de Medidas de Ecoeficiencia tales como ahorro de consumo de energia, agua y papel, asi como 9a5t05 de combustible en sus vehfcufos. entre otras, las cuales deben ser aprobadas centro del primer 1rimestre de cada ana y ser publicadas en el portal institucional de la entidad, asi como sus resultados de manera mensual; Que la implementaci6n de las Medidas de Ecoeficiencia perrnitiran mejorar la calidad del servicio publico, ahorrar recursos materiales. enerqla y permitiran minimizar la generaci6n de residuos. 10 que se traducira en la Iiberaci6n de recursos econ6micos que pueden destinarse a los fines primordiales del desarrollo sostenibfe: Paqina 2 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica Que las crecientes "necesidades" de los seres humanos de las actuales y futuras qeneraciones y las mayores "limitaciones" del ambients para satisfacerlas obligan a la adopcion de patrones de producci6n y consumo sostenibles, que se fortalezcan con poltticas publicae firmes y con una gesti6n publica consecuente con el modele de desarrollo sostenible: Que, final mente y de acuerdo con 10 establecido en el numeral 7.5 del articulo 7 de la Ley N° 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ana Fiscal 2009, modificado par el Decreta de Urgencia N° 017-2009, el proyecto normative cuenta con la opinion previa favorable del Ministerio de Economfa y Finanzas: De conformidad con 10 dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118 de la Constituci6n Polttica del Peru y ta Ley N° 29158, Ley Orqanica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Objeto EI objeto del presente Decreto Supremo es aprobar Medidas de Ecoeficiencia que tienen como efecto el ahorro en el Gasto Publico, de acuerdo con 10 establecido en el numeral 7.5 del articulo 7 de la Ley N° 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Anc Fiscal 2009. Articulo 2.- Definicion de Medidas de Ecoeficiencia Las Medidas de Ecoeficiencia son acciones que permiten la mejora continua del servicio publico, mediante e! usa de menos recursos as! como ta qeneracion de menos impactos negativos en el ambiente. EI resultado de la implementaci6n de las medidas se refleja en los indicadores de desempeno. de economia de recursos y de minimizaci6n de residuos e impactos ambientales. y se traducen en un ahorro econ6mico para el Estado. Articulo 3.- Ambito de aplicaclon Las Medidas de Ecoeficiencia que se aprueban por el presente dispositivo son de apftcacton obligatoria en todas las enttdades del sector publico, y su cumplimiento es obliqacion de todas las personas que prestan sus servicios al Estado, independientemente de su regimen laboral ode contrataci6n. Articulo 4.- Medidas de Ecoeficiencia Las Medidas de Ecoeficiencia en las entidades del sector publico son: 4.1 Primera Etapa. 4.1.1 Ahorro de papel y materiales conexos. a) Impresi6n de documentos par ambas caras de la hoja del papel que se utilice, con la excepci6n de aquellos documentos que la Secretaria General de cada instituci6n determine a traves una directiva interna especifica en la materia. De ser posible se imprfmira ados (02) paqinas por care, as! como ta irnpresion de los membretes de las entidades s610 en la version final del documento. b) Reutilizaci6n de papeles en documentos preliminares 0 de borrador. c) Utilizaci6n con mayor frecuencia de la comunicaci6n electr6nica en reemplazo de la escrita. sobre todo en documentos preliminares. d) Evitar la impresi6n innecesaria de comunicaciones electr6nicas. e) Utilizar el modo "borrador" en la impresi6n de los documentos de trabajo que sea indispensable imprimir. Paqina 3 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica f) Promover el escaneado de todos los documentos recibidcs en Mesa de Partes a fin que sean compartidos par las dependencias que 10 requieran en forma de archivo digital, evitando el fotocopiado sucesivo del mismo documento. 4.1.2 Ahorro de energia. a) Limpieza peri6dica de luminarias y de ventanas; el periodo de limpieza sera establecido par ta Oficina General de Adminis1raci6n, de cada entidad, debiendo llevar un reqistro de $U cumplimiento: asimismo, establecera una frecuencia mayor de limpieza de ventanas destinadas para iluminaci6n natural durante el dla. b) Disposici6n de los puestos de trabajo para un mejor aprovechamiento de la luz y ventilaci6n natural. c) Optimizaci6n de las horas de funcionamiento de oficinas con luz natural. d) Optimizaci6n del uso de ventiladores. e) Opfimlzaclon del uso de aire acondtclonado de acuerdo a las tndtcactones del fabncante. el mantenimiento preventive y la utilizaci6n s610 en ambientes que reunan las condiciones de carga termica y hermeticidad. 1) Racionalizar la iluminaci6n artificial en horas nocturnas. g) Apagar los equipos efectricos y electr6nicos cuando no se tenga prevista su ionmediata utilizacion. h) La Oficina General de Administraci6n de cada instituci6n estabfecera mecanismos tecntcos y orqaniaacionales para que los equipos se apaguen automatlcamente para qarantizar e! ahorro enerqetico. i) Disponer avisos scbre e! buen usa de la enerq!a en ta tnstltucton. j) Uso de la funci6n "protector de pantalla" estatico con fondo negro. 4.1.3 Ahorro de agua. a) Control de fugas de agua en las instalaciones internas y servicios sanitarfos: la Oficina General de Administraci6n de cada instituci6n dispondra una evaluacion rapida para la identificacion de fuqas y adoptara las medldas correcttvas Inmediatas. b) Disponer avisos sobre el buen uso de los servicios en todos los puntos de agua de la instituci6n. c) En caso de observar alguna avena en las instalaciones sanitarias as! como cualquier forma de perdida de agua, el personal comunfcara mediante correo electr6nico el hecho a la Oficina General de Administraci6n de cada entidad para su lnmedtata reparacton. d) Riego de jardines en horas de baja intensidad solar. 4.1.4 Segregaci6n y reciclado de residuos s6lidos. Paqina 4 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica a) Para lograr la ecoeficiencia las entidades del sector publico deberan implementar las operaciones de seqreqacion en fuente, a fin de aqrupar residues con caractertstlcas y propfedades similares. realizando como minima la segregaci6n de: Papeles: Cartones; Plasttcos: Cartuchos de tinta y toners de impresfon: Alurninio y otros metales: Vidrios: y, Otros a consideraci6n de la entidad. b) La Oficina General de Administraci6n. de cada entidad dispondra las medidas necesarias para la segregaci6n, recolecci6n y almacenamiento temporal interno de los residues. mediante colocaci6n de contenedores diferenciados. c) los materiales segregados seran entregados a entidades 0 empresas recicladoras debidamente registradas ante la autoridad competente. y cuya relaci6n se publicara en el portal institucional del Ministerio del Ambiente - MINAM. 4.2 Segunda Etapa. 4.2.1 Uso de larnparas ahorradoras y de dispositivos que maximicen ta lumtnoeldad. La Oficina General de Administraci6n de cada instituci6n diepondra que las lamparas a adquirirse en 10 sucesivo a la publicaci6n del presente Decreto Supremo sean ahorradoras, asimismo las luminarias deben ser de maxima eficiencia. 4.2.2 Implementar progresivamente dispositivos ahorradores de agua en los servicios higienicos. 4.2.3 Implementar el uso de gas natural en vehiculos, maquinaria. calderos. entre otros. de acuerdo con 10 establecido en el Decreto Supremo N° 009-2006-EM. 4.2.4 Implementar progresivamente el uso de energias alternativas ecol6gicas. Articulo 5.- Gradualidad en la implementaci6n de las Medidas de Ecoeficiencia Durante el primer ano fiscal de vigencia del presents Decreto Supremo, se prtonzara ta implementaci6n de las Medidas de Ecoeficiencia de la primera etapa definidas en el articulo 4 del presente Decreto Supremo. Las Medidas de Ecoeficiencia de ta Segunda Etapa podran ser lmplementadas durante e! primer atio en funci6n del presupuesto institucional de cada entidad, siendo obligatoria su implementaci6n a partir del segundo ano fiscal de vigencia de este dispositivo de acuerdo al presupuesto tnstltuctona! de cede plieqo presupuestal. Articulo 6.- Reporte de resultados La Oficina General de Administraci6n de cada entidad reportara, cada ultimo dia de mes, en su paqina lnsfituclonal las medldas tmplementadas y los resultados alcanzados e inforrnara at MINAM. Articulo 7." lmplementaclcn de las Medidas de Ecoeficiencia La Oficina General de Administraci6n diepondra la implementaci6n de las Medidas de Ecoeficiencia de acuerdo a los siguientes pasos: 7.1 Linea base. Paqina 5 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica 7.1.1 cede instituci6n establecera una LInea Base que perrnita determlnar e! nivel de consumo de recursos y de impactos ambientales que genera. La LInea Base debe contemplar el consumo y gasto mensual de energia, combustibles, aqua. papel y materiales afines del ejercicio inmediato anterior a la emisi6n del presente dispositive hasta la fecha de su publicaci6n en el Diario OfidaI EI Peruano. 7.1.2 EI MINAM elaborara una Linea Base General de las entidades publicae que publicara en su portal instttuclonal. Asimismo publicara los formatas con los indicadores que las entidades tomaran en cuenta para la implementaci6n de las Medidas de Ecoeficiencia asi como para el reporte de resultados. 7.2 Diagn6stico de oportunidades de ecoeficiencia. EI diaqncstico de oportunidades, sequn la naturaleza, funciones e infraestructura de cada entidad. establecera los rubros en los que es posible reducir el consumo de recursos y minimizar la qeneracion de residues e impactos ambientales. sin afectar la calidad del servicio. EI diaqnostico define hasta que grade las Medidas de Ecoeficiencia de la respectiva entidad se alinean con el desarrollo sostenible. 7.3 Buenas practlcas. Las buenas practices institucionales para la ecoeficiencia se constituyen en una serie de medidas que permitan el cambio de comportamiento de los servidores publtcos. as! como de la socledad en su conjunto en su relacton con el Estado. Para ta impfementaclon de las buenas practices debe disenarse una estrategia de difusion y sensibllizacion cuyos lineamientos generales seran publicados en la paqina institucional del MINAM. 7.4 Plan de Ecoeficiencia Institucional. EI Plan de Ecoeficiencia Institucional es el documento que contiene el conjunto de Medidas de Ecoeficiencia identificadas como viables en el diaqnostico de oportunidades, las que incluyen tnnovaclones tecnoloqtcas y orqantzacionalee para prestar un mejor servicio publico. EI ahorro de recursos debera contemplar el reciclaje y reuse del aqua, previa evaluacion de viabilidad costa beneficio para su implementacion y con la Autorizacion Sanitaria correspondiente de la Dfreccion General de SaIud Ambients! - DIGESA 7.5 Monitoreo de las Medidas de Ecoeficiencia Implementadas las Medidas de Ecoeficiencia de la primera etapa, mensual mente se evaluara e! impacto de las mismas elaborandose la estadtettca correspondlente. Los Indicadores de monitoreo se publtcaran en el portal institucional del MINAM, y seran revisados anualmente. Articulo 8.- Informe de ecoeficencia. EI MINAM, en e! informe anual scbre el estado del ambiente, inforrnara los logros que ta qestion publica viene alcanzando en materia de ecoeftciencia. En el informs respectlvo se etectuara e! reconocmlento publico de las entidades que hayan logrado los mayores logros en la ecoeficiencia. y se mencionara a las entidades que han tenido la menor participacton en la misma. La informacion correspondiente sera publicada en el portal institucional del MINAM y en el portal del Estado Peruano. Articulo 9.- Difusi6n y Sensibilizaci6n Dentro de los quince (15) dfas posteriores a la emfsion del presente Decreto Supremo. el MINAM publicara en su paqina institucional y brindara a los Sectores las piezas qraficas de la estrategia de difusion y sensibilizacion para la ecoeftciencia en el Sector Publico. con la finalidad de homogenizar la accton y evitar duplicidad del qasto. Las Oficinas de Comunicaciones. 0 los orqanos que hagan sus veces, se encarqaran de la implementacion de la estrategia de difusion y Paqina 6 \1] perUlU10 Sistema Peruano de Informacion .luridica sensibilizaci6n en sus sedes institucionafes con cargo a su propio presupuesto. sin perjuicio de las actividades adlctonales que dlsponqan los titulares de pliego para este fin. La estrategia de difusi6n y sensibilizaci6n Incluira eventos de capacitaci6n para la identificaci6n y difusi6n de todas las medidas y actividades que conlleven a la ecoeficiencia. Articulo 10.- Financiamiento Los pliegos presupuestales. para la implementaci6n de las Medidas de Ecoeficiencia aprobadae mediante ta preeente Decreta Supremo, se sujetan a su preeupuesto lnetttuclonal. sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 11.- Refrendc EI presente Decreta Supremo sera refrendado par el Ministro del Ambients. DISPOSICI6N COMPLEMENTARIA TRANSITORIA untca., EI plazo para el desarrollo de la Linea Base en cada instituci6n sera de treinta (30) dias utiles contados a partir de la publicaci6n del presente Decreto Supremo. Dado en ta Case de Gobierno, en Lima, a los catorce dias del mes de mayo del afio dos mil nueve. ALAN GARCIA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica ANTONIO JOSE BRACK EGG Ministro del Ambiente Paqina 7

Decreto Supremo Nº 009-2009-MINAM ─ Medidas de ecoeficiencia para el sector público · Nelum