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Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI ─ Reglamento de organización y funciones (ROF) del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI)

颁布于 2014-07-23 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Agricultural and rural development, Water
关键词
institution, legal proceedings/administrative proceedings, irrigation, agricultural development, governance, policy/planning

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文本

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  1. Normas Legales del 24.07.2014 3 De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi cada por la Ley N° 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047 2002-PCM y sus modi catorias, el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; y la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, señor Eleodoro Octavio Mayorga Alba, a la Isla Baltra y Santa Cruz, provincia de Galápagos, República del Ecuador, del 28 de julio al 02 de agosto de 2014, para los nes a que se re ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el Pliego Presupuestal N° 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora 001, de acuerdo al detalle: Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo País Viáticos por día US$ N° de días Total Viáticos US$ Eleodoro Octavio Mayorga Alba US$ 2 700.00 Ecuador 370.00 4 1 480.00 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Energía y Minas al señor Milton Martín von Hesse La Serna, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- La presente Resolución no dará no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELASQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1115150-2 AGRICULTURA Y RIEGO Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI DECRETO SUPREMO Nº 008-2014-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, habiéndose aprobado su Reglamento de Organización y Funciones con Decreto Supremo Nº 031 2008-AG; Que, por Ley Nº 30048 se modi có el Decreto Legislativo Nº 997, con relación a su denominación, estructura y funciones, y mediante la Primera Disposición Complementaria Transitoria se dispuso que el Ministerio de Agricultura y Riego presente su proyecto de Reglamento de Organización y Funciones a la Presidencia del Consejo de Ministros en un plazo no mayor a (90) noventa días hábiles, contados a partir de la vigencia de dicha Ley; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Agricultura y Riego, de conformidad con los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las Entidades de la Administración Pública” aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros; y, En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura modi cado por la Ley Nº 30048; y, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, que consta de seis (06) Títulos, setenta y cuatro (74) Artículos, una (01) Disposición Complementaria Final, dos (02) Disposiciones Complementarias Transitorias y un (01) Anexo, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Acrónimo Apruébase el uso del término MINAGRI como acrónimo del Ministerio de Agricultura y Riego, el cual será utilizado en toda comunicación, documentos o ciales, con intención de publicidad y otros nes que correspondan. Artículo 3.- Financiamiento La implementación del presente Decreto Supremo se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 4.- Publicación El Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, aprobado por el artículo 1, precedente, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo en el Diario O cial El Peruano. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Agricultura y Riego. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Normas Complementarias El Ministerio de Agricultura y Riego expedirá las normas complementarias necesarias para la adecuada aplicación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante el presente Decreto Supremo. Segunda.- Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad El Ministerio de Agricultura y Riego aprobará su propuesta de Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, conforme a la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014 PCM, y a las Directivas para la elaboración del CPE por las Entidades, expedidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir). Tercera.- Referencia en normas anteriores a Direcciones u O cinas Toda referencia en normas anteriores a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio que no formen parte Normas Legales del 24.07.2014 4 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el presente Decreto Supremo, deben identi carse con los nuevos órganos y unidades orgánicas, de acuerdo con sus funciones. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derógase el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su modi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 001-2009-AG. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1115150-1 Designan Director Zonal de La Libertad de AGRO RURAL RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 218-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 22 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 089 2012-AG-AGRO RURAL-DE de fecha 14 de junio de 2012, se designó al Ingeniero Marco Leopoldo Alaba Aguirre en el cargo de Director Zonal de La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo, la misma que se ha visto pertinente aceptar y designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, a partir de la fecha, la renuncia presentada por el Ingeniero Marco Leopoldo Alaba Aguirre al cargo de Director Zonal de La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, al Ingeniero Agrónomo Gustavo Álvaro Reyes Tello, en el cargo de Director Zonal de La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1114720-1 Designan Jefe de la Agencia Zonal Santiago de Chuco de la Dirección Zonal La Libertad de AGRO RURAL RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 219-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 22 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 068 2009-AG-AGRO RURAL-DE de fecha 03 de setiembre de 2009, se designó al Ingeniero Santos Melanio Blas Solórzano como Jefe de la Agencia Zonal de Santiago de Chuco de la Dirección Zonal de La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL; Que, es necesario dar por concluida la designación mencionada, así como designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDA, la designación del Ingeniero Santos Melanio Blas Solórzano, como Jefe de la Agencia Zonal de Santiago de Chuco de la Dirección Zonal de La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR, al Ingeniero Agrónomo José Luis Aquino Celis, como Jefe de la Agencia Zonal de Santiago de Chuco de la Dirección Zonal La Libertad del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1114720-2 AMBIENTE Designan representantes titular y alterno del MINAM ante la Comisión Multisectorial creada mediante D.S. N° 018-2014-SA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 226-2014-MINAM Lima, 23 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2014 SA, publicado en el Diario O cial El Peruano con fecha 12 de julio de 2014, se declaró de interés nacional la implementación del Riego con Secas Intermitentes en el Cultivo de Arroz bajo riego a nivel nacional para el Control Vectorial de la Malaria y se constituyó la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, encargada de cumplir funciones de emisión de informes técnicos y seguimiento de acciones relacionadas a la implementación del Riego con Secas intermitentes, la misma estará adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 2° del citado Decreto Supremo, establece que la Comisión Multisectorial estará integrada, entre otros, por un representante del Ministerio del Ambiente – MINAM; Que, asimismo, el artículo 4° de la mencionada norma establece que los integrantes de la Comisión Multisectorial deberán contar con un representante titular y otro alterno, designados mediante resolución del titular de la entidad a la que pertenecen, dentro del plazo de cinco (05) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo que designa a los representantes del Ministerio del Ambiente ante dicha Comisión;