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秘鲁的法律

Decreto Supremo Nº 006-2009-MINAM ─ Precisa la denominación de la Comisión Nacional sobre el Cambio Climático

颁布于 2009-03-27 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Air and atmosphere
关键词
institution, climate change, legal proceedings/administrative proceedings, environmental planning, international agreement-implementation, policy/planning, governance

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文本

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  1. Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .Iuridica AMBIENTE Precisan denominaci6n de la Comisi6n Nacional sabre el Cambia cllmatlcc y adecuen su tunclcnamfentc a las dfepcelclonee del D. Leg. N° 1013 Y a la Ley Orqanfca del Poder EjecutivQ DECRETO SUPREMO N° 006-2009-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluci6n Suprema N° 359-93-RE se crea la Comisi6n Nacional sabre los Cambios Climaticos con e! objetivo de coordinar con 10$ dlversos sectores publicoe y privadoe concernidos en la materia, respecto a la implementaci6n de la Convenci6n Marco sabre Cambios Cltmaticos: Que, la Ley N° 26410 - Ley de Creaci6n del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM estableci6 entre sus funciones la de presidir las Comisiones Nacionales de los Convenios sobre Cambio Ctimatico. Diversidad Biol6gica y Fondo para el Medio Ambiente Mundial, en coordinaci6n con las entidades del sector publico y prtvado: Que, mediante Resoluci6n Suprema W 085-96-RE, se transfiri6 al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, la presidencia de la Comisi6n Nacional de Cambios Cltmaticos mencionada: Que, el literal j) del articulo 7 del Decreta Leqislativo N° 1013, que aprueba ta Ley de Creacton. Organizaci6n y Funciones del Ministerio del Ambiente, establece como funci6n especifica del Ministerio del Ambiente implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respecttvas comisiones naclonafes: Paqina 11 Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .Iuridica Que, asimismo. el numeral 1) de la Tercera Disposici6n Complementaria Final del menclonado Decreto Leqislativc, eetablece la fusion del Conse]o Nactona! del Ambients - CONAM con el Ministerio del Ambiente, siendo este ultimo el ente Incorporante: sefialando edemas que tada referenda hecha al CONAM 0 a las competencias a funciones y atribuciones que este venia ejerciendo, una vez culminado e! proceso de fusion, se entendera como etectuada al Ministerio del Ambients: Que, el numeral 3) del Articulo 36 de la Ley N° 29158 - Ley Orqanfca del Poder Ejecutivc, establece que las comisiones multisectoriales de naturaleza permanente. son creadas con fines especificos para cumplir funciones de seguimiento. fiscalizacicn. 0 emisi6n de informes tecntcos. creandose formal mente mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los sectores lnvolucrados: Que, en ese sentido, es necesario que el Ministerio del Ambiente asuma. en el marco legal e instltuctonal vlqente. ta prestdencta de ta Comision Nactona! sobre e! Cambro Ctlmatlco: Que, el Peru es uno de los parses adheridos al tratado internacional denominado Convenci6n Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico. raz6n por la cual es conventente preclear la denomlnaclon de la Comfston per la relacton con dicho tratado: De conformidad con 10 dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orqantca del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo N° 1013 - Ley de Creaci6n, Organizaci6n y Funciones del Ministerio del Ambients: DECRETA: Articulo 1.- Precision Precisese que el nombre de la Comisi6n es Comisi6n Nacional sobre el Cambio Climatico. contorme a ta Convenctcn Marco de las Naclones Unidas sobre el Camblo Olirnatico. Articulo 2.- Adecuaci6n Adecuese el funcionamiento de la Comisi6n Nacional sobre el Cambio Climatico. a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N" 1013 - Ley de Creacion. Organizaci6n y Funciones del Ministerio del Ambiente y a la Ley N" 29158 - Ley Orqanica del Poder Ejecutivo. Articulo 3.- Funciones de la Comisi6n La Comisi6n Nacional sobre Cambia Climatico tiene par funci6n general realizar el seguimiento de los diversos sectores publicos y privados concernidos en la materia. a traves de la implementaci6n de ta Convenctcn Marco sabre e! Cambia Ctlmattco. as! como el disefio y promoci6n de la Estrategia Nacional de Cambia Climatico. cuyo contenido debe orientar e informer en este tema a las estrateqtas. planes y proyectos de desarrollo nactonales, sectoriales y regionales, Asimismo. la Comisi6n Nacional queda facultada a proponer las funciones especificas a ser consignadas en el Reglamento de la Comision. Articulo 4.- Conformacion Adecuese la conformaci6n de la Comisi6n Nacional sabre el Cambio Cflmatico, conforme al siguiente detalle: Un representante del Ministerio del Ambients, quien ta presldtra. Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. Un representante del Ministerio de Economfa y Finanzas. Paqina 12 Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .Iuridica Un representante del Ministerio de la Producci6n. Un representante del Ministerio de Agricultura. Un representante del Ministerio de Energia y Minas. Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Un representante del Ministerio de Vivienda, Construcci6n y Saneamiento. Un representante del Ministerio de Salud. Un representante del Ministerio de Educacion. Un representante del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI Un representante del Conse]o Nactonal de Ciencia, Tecnologia e Innovaci6n Tecnoloqica CONCYTEC. Un representante dellnstituto de Investigaciones de la Amazonia Peru ana - IIAP. Un representante dellnstituto Geofisico del Peru - IGP. Un representante del Instituto del Mar del Peru - IMARPE. Un representante del Fondo Nacional del Ambiente - FONAM. Tambien la podran conformar: Un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales. Un representante del Consejo Nacional de Decanos de los Colegios Profesionales del Peru; v, Un representante de la Confederaci6n Nacional de Instituciones Empresariales Privadas CONFIEP. La Comisi6n, sequn 10 estime conveniente, podra invitar a participar a otros organismos publtcos, organismos de la sociedad civil y organismos internacionales que apoyen el mejor cumplimiento de su finalidad y funciones. quienes podran participar en las sesiones con voz perc sin voto. Articulo 5.- Secretario La funci6n de secretario de la Comisi6n se encontrara a cargo del Viceministerio de Desarrollo Eetrateqico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambtente, quien desiqnara a su representante conforme a 10 establecido en el articulo 6 del presente Decreto Supremo. Articulo 6.- Deelqnaclon de repreeententee Las entldades del Poder Ejecutivo deslqnaran mediante Resoluci6n del Titular del Pliego correspondiente, un representante titular y un representante alterno, dentro del plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicaci6n del presente Decreto Supremo. Paqina 13 Itl peruono Sistema Peruano de Informacion .Iuridica Las demas entidades acreditaran a un representante titular y altemo. mediante comunicaci6n dirigida al Ministro del Ambiente, en un plaza de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicaci6n del presente Decreta Supremo. Articulo 7.- Reglamento Interne EI Ministerio del Ambients. a propuesta de la Comision. aprobara mediante Resoluci6n Ministerial del Ministerio del Ambiente, el Reglamento Interna de dicha Comisi6n. Articulo 8.- Gastos de la Comisi6n Cada Pliego presupuestal asumira los qastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de su representante. Articulo 9.- Derogatoria Dejese sin efecto cualquier norma que se oponga a 10 establecido en el presente Decreto Supremo. Articulo 10.- Refrendo EI presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros del Amblente, Relaciones Extenores. Enerqfa y Minas, Comercto Exterior y Turismo, Economia y Finanzas. Agricultura, Salud, Produccion, Educacion. Transportes y Comunicaciones y Vivienda, Cons1rucci6n y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobiemo, en Lima, a vetntlstete dras del mes de marzo del ano dos mil nueve. ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ANTONIO JOSE BRACK EGG Minis1ro del Ambiente JOSE ANTONIO GARCiA BELAUNDE Minis1ro de Relaclones Exteriores PEDRO SANCHEZ GAMARRA Minis1ro de Enerqfa y Minas MERCEDESARAOZFERNANDEZ Minis1ra de Comercio Exterior y Turismo LUIS CARRANZA UGARTE Minis1ro de Economia y Finanzas CARLOS LEYTON MUNOZ Minis1ro de Agricultura OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccton JOSE ANTONIO CHANG ESCOBEDO Paqina 14

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