Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA ─ Reglamento de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano
颁布于 2011-06-16 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Land and soil
- 关键词
- land-use planning, soil conservation/soil improvement, urban land, legal proceedings/administrative proceedings, environmental standards, standards, protection of environment
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55 CONSIDERANDO: Que. el articulo 160 de ra Ley de Radio y TelevisiOn Ley N" 282 78 , concordado con er articulo 40" de su Reg lamento, aprobado mediante Decreta Supremo N" 005-2005-MTC. despooe que las autonzaciones de l servicio de rad iodlfusiOn se otorgan med iante concurso ccbuce cuando Ia cantidad de frecuencias 0 canales dlsponibles en una banda y loca lidad es menor al nenerc de so liclt udes admitidas: Que . med iante Informe N" 2402-201'-MTCJ28 se da cuen ta que en Ia localidad de SAN IGNACI().SAN JO SE DELOURDES del departamento de Caiamarcadel seMCio de rad iod lfusiOn sonora en FM. er mimero de soliCitudes admilldas es superior al de frecuencias disponibles. raz6n pol' Ia cual las respectivas autoraaccees para prestar servccs de rad lOdlfusiOn eeoeranOIorgarse pol' concurso pUblico: Que. erarticulo 410 de l Regtamento ceia Ley de Rad io y Telev isiOn.establece que configurada Ia slluaei6n prevrsta en el art iculo 40" de l rmsmo ccepc legal, se e)(J>edlrtl la resolu ci6n directoral senatanec que las eoteoeeccoes de ra respectiva banda de trecoencas y localidad seran otorgadas por concurso publico; Deconformidad con 10 oecceerc per la Ley de Radio y TelevisiOn - Ley N" 28278, su Reqta mento. aproba do por Decre to Supremo N° 005- 2005-MTC, Yet Reglamenfo de orcaoeeccn y Funciones del Ministe fio de Transporte s y Com unicaciOnes . aprobado por Decretc Supremo N" 021 2007-MTC : SE RESUELVE: Articulo Unico.- Decla rar que las auiorizaciOnes para Ia prestaciOnde l servicio de radiocl!fusiOn sonora en FM en la loca lidad de SAN IGNACIQ-S AN JOSE DE LOURDES de l departamento de Cajamarca SElftin otorgadas med iante concurso publ ico , Reg ist rese . com unlquese y publlquese , MANUEL CIPRIANO PIRGQ Director General de AutoriZaciones en Telecomunicaciones 6539 16-1 Que . et "Ptan Nacc nar de Des arrollo Urbano - PER U: Terrilorio para Todos. Lineamientos de Polit ica 2006 · 2015", aprobado por Decreto Supremo N" 018-20<J6.VIVIENDA, eslablece entre sus otljetrvos especificos de ta e esuen Urbana-Terrilonal. incorporar la Zonilicaci6n EcolOglca y Ecoocmica en la planilicaci6n de Ia gestiOn urbana territorial. lortalecer Ia inst llUClOnal idad de los gobemos reg ionales y loca les . los mecamsmos e instrumentos de gesti6n urbano - temtOrial neoesanaen los aspectos econ6rmco financterO. normativos . tecnco. OfganlZabv o participativo y de informaciOn permanenle, tanto en las metropolis naeionales. ciud ades intermed l3s. Ciudades menores y ase ntamentcs rurales, como base para eI desarrol lo soste nible oenerrrtorc. y oeserroaar prog ramas de fOl1a lecm.ento de los gobiemos locales. ltlCIuyeodo cececeecco. aseteoca y ase sorla tecoca en los temas de pla nilicaciOn y gest iOn del oesarroac urbano territ orial y la corresponchente prog ramaci6n de inversicoes. Que . a nivel nacional et territorio presenta un patron de ocupaciOn del suelo. mayorilariamenle JUormal. extendM!Odo desordenadamente las cceeces. con problemas de carenca de infraestruc:tura y servccs. eeweoce de Ia auseocia de una adecuada planiflC8CiOn concertad a con los agentes que mtervenenen ddlO proceso, est como de una visiOn integral del cooJunto de circunscripciones le rriloria les en los cuales se encuenlra dividido el pals : Que, sin pequiciode la autonomia de re que goza n los Gobiernos Loca les par a aprobar sus respe ctivos Planes Urbanos de Acondicionamien to Territorial, Desarrollo Urbano . Urbano Distrilal y Eepecffico. entre cnce. es convenente establecer uoeemeotce tecmcos y expeditivos de aca nce nacicnaf. que permitan la eraocracon y apro baci6n de los Planes. garantizando Ia parl icipaci6n eernocratca de los veeocs e instiluciones de ta sociedad civ~ , as! com o de los orga nismos del cceeo-c Nacional, Regional y Loca l: En ese senbdo resulta recesarc aorccer eIReglamento de Acondicionamiento Tenitorial y Des arrollo Urbano ; De conformidad con 10 establecido en eI numeral 8 del articulo 118 de Ia Constlluci6n Politics del PerU, Ia Ley N" 29 158. Ley Orgclnics del Poder EJeCUl ivo. Ia Ley N" 27792. Ley de Organizaci6n y Fu nciones de l Mlniste no de Vrvienda. Cons trucci6n y Saneamiento. y su Regla ment o. aprobado po r Decreto Supremo N" 002-2002-V1VlENDA. DECRETA : Que, la Ley N" 27792 . Ley de OrganiZacion y Funciones de l Min isle fio de Vivienda. Construcc iOn y Saneamiento. establece que el Ministerio es el organismo redor de l sector VlVierida , Construcci6n y Saneamiento. y tiene competencia . entre ot ros . para disenar, normar Y eJecutar la pol itics naeional de acciones del sector en materia de viviend a, utbanismo,construCCiOn y saneamiento.asi com o ejefcer las competencias compartidas con los gobiemos reg ionales y loca les. en materia de urbanlSmo , desarrolo urba no y saneamiento urbano: Que . los Gobiemos Locales son Organos de gobiemo que gozan de autonomia politics . econOrnIC8 y administrativa en los asuntos de su com petencia . con suteei6n al ordenamento juridico.conlorme a 10es tablecido en el articulo II del Ti tulo Pre~mlJ'lar de Ia Ley N" 27972, Ley Orgclnics de Mun icipalidades: Que. los Gobiemos Locales asumen las competencia s y ejercen lunciooes especificas, como es la Organizaci6n de l ESpaClO FisICO y Usos del Suelo en sus respec:llVas jurisdicciones. ta cual comprende el aco ndicionamiento territorial , segun 10 es lablecido en el numeral 1 5 de l articulo 73 de ta Ley NO 27972: Reglam cnto Te rrit oria l V1V1ENDA Aprucban el Acond lcl onam lento De sarroll o Urb ano DECRETO SUPREMO N° 004-2011-VlVlENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA; CONSIDERANDO: de y Articulo 1.- Aproba ct6n de l Reglamento de A condi c ionam ien to Territorial y Desarrollo Urbano Apruebese eI Reglamento de AcondiCiOOamlento Tenilorial y Desarrollo Urbano, el cual consla de Oieciocho Gap itulos. sesenta y seis (66 )articulos , siete (7) DIspos lCiones Complementanas Finales. . tres (3) OisposiClOnes Complementanas Transltooas . una (1) DlSposiciOn Complementaria Derog aloria y dos (02)Anexos Articu lo 2.- Der og ato ria Der6guese el Decreto Supremo W 027-2003 VIVIENDA , Articulo 3.- Ref rendo EI presente Decreto Supremo sen!! refrendado por el Ministro de Vivienda. Construcci6n y Sane amiento , Dado en Is Casa de Gobiemo. en Lima. a los dieciseiS dias de l mes de jun io del ano dos m~ once. AlAN GARCiA PE:REZ Presidente Conslitucional de Is Republica JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de VlVienda. Con slrucci6n y Saneamiento REGLAMENTO DE ACO NDICIONAMIE NTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URB AN O CA PrruLOI GENERALlDAD ES Articulo 1.- Objeto EI presente Reg lamento constrtuye el marco normativo para los procedlmlentos tecnicos y adm inistratlVos que REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL deben seguir las municipalidades a nivel nacicnal. en er ejercicicde sus competencias en materia de ptanearmento y gest iOn del suelc . acondicionamiento territorial y desarrollo urbane y rural ; a fin de garan tizar : 1) La ocupacicn racional y sostenible certemtcno. 2) La reouccon de ta vutnerebihdad ante desastres. creveoccn y atencron oportuna de los nesqos y contingencias Hsico-ambentales 3) La armen ia entre er ejercicio del derecno de propiedad y el mteres publico . 4) La ccordmacicn de los diferentes niveles de gobierno nacicnaf. regional y local para facilitar la perticipacion del sector privado en la gestiOn publica local. 5) La crstrrouccn equitativa de los beneficics y cargas que se cenveo del uso del sueo. 6) La seguridad y estab ilidad jurldica para ts invers ion inmobil iaria. 7) La eficiente dotaciOn de services a la pobtecton. Articulo 2.- Fun ci 6n planif icadora ccrresccnoe a las mumcipaudades planificar el desa rrollo integral de sus circunscripcicnes, en concordance con los planes y las ccutcee nacionales. sectcnales y regiona les, promovendo las mverstones asl como ta participaci6n de fa ciudadanla, conforme al presente Reglamento. A rticulo J,- Aprobaci6n de planes Las mumcipauoaoes. en materia de aconcccnamentc territorial y desarrollo urbane y rural , aprobaran los siguientes Instrumentos: 3,1 Planes urbanos (PU), que comprenden: 1) Plan de Acondicionamiento Territorial (PAT) 2) Plan de Desarrollo Metropolitano (PDM) 3) Plan de Desa rrollo Urbano (PDU) 4) Plan Urbano Distntat (PUD) 5) Esquema de Ordenarmento Urbano (EU) 3,2 Plan Especlfico (PE) 3,3 Planeamiento Integral (PI) CA PITULO II DEL PLAN DE ACONDICIONA MIENTO TERRITORIAL Articulo 4.- Definici6n y carac tensuces de l Plan de Aco nd ici onamiento Territorial 4 ,1 EI Plan de Acondicionamien to Territorial es el instrumento tecnico- normativo de plaruflcacicn ueca integral en er ambito provincial que crenta y regula ta orqanizacion hsico-espacial de las acuvoaoes hurnanas en cuan to a la etstncuocn . [erarquta. roles y funciones de los centros poblados en los ambitos urbane y rural; Ia conservaccn y proieccon del tecursc y patrimonio natural y cultural ; et desarrollo de la inversion publica y privada en los ambitcs urbane y rural del territorio provincial: 't. ta ocupaciOn y uso planificado del terrrtorio, para lograr el mejoramiento de los n!veles y calidad de vida de la poblaci6n urbana y rural , bajo el enfoque territorial prospectivo, competrtivo y de sosten ibilidad. 4,2 La Zoni ficacion Ecol6gica y EconOmica, entre otros estudios , contribuye a la formulaci6n del Plan de Acondicionamiento Territorial , 4 ,3 EI Plan de Acond icionamiento Territorial constrtuye el componente fisico-espacial del Plan Prov incial de Desarrollo Concertado, estabieciendo: 1) EI modelo flsico-espacial para el desarrollo temtorial en base a la vision provincial de desarrol lo a largo plazo 2) EI marco de referencia para la formulaciOn y ejecucion de las pollticas de desarrollo territOrial en materias de competencia municipal. 3) Las estrategias de desarrollo territorial y lineam ientos para los planes de desarrol lo urbano , a fin de garantizar una adecuada coord inaciOn y articulaciOn de acciones. 4) La polltica general de uso y ocupacion sostenible del suelo provincial. 5) EI Sistema Urbano Provincial, a fin de definir los roles y funciones de los centros poblados que conforman et territorio provincia1. 56 6) La orqaniaacicn fisico-espacial de las actividades economtcas. socrates y politico administrativas. 7) Plan de Desarro llo Rural en et amb ito prov incial. 8) La identiflcaci6n de las areas de proteccion ambiental, eccrccrce y areas de riesgo para ta seguridad nslca arectaoas por tenomeoos de origen natural 0 generados cor er hombre, as! como la determtnaccn de las medidas espectales de orcteccion. conservacton. orevencon y reouccton de impactos negativos . 9) EI programa de inversiones y las oportunidades de negocios, para la atencton de requerimientos para el desarrollo de los elementos constitulivos del territorio provincial, 10) Los mecanrsmos de gestiOn territorial de las determinacionesadoptadasenelPlandeAcond icionamiento Territorial. 11) Los mecanismos de seguimiento y evauaccn de los resultados de la ejecuci6n del Plan de Acond icionamiento Territorial. Art iculo 5.- Marco aphcab te a los planes de aco nd lc jc nam tentc terr itorial Las crcpvestas contencas en los planes de acondicionamiento territorial se enmarcan en el Plan de Desarrollo Regional Concertado y demas instrumentos de desa rrollo territorial nacional y regional; ya su vez articulados y concordados con los Planes de Acond icionamiento Terntonal de las provincias cornoames. CA PiTULO III DEL PLA N DE DESARROLLO METROPOLITAN O Art ic ulo 6.- Definici On y ca rac ter ls t ica s del Plan de Desarroll o Metropolita no 6.1 EI Plan de Desarrollo Metropolitanoesel instrumento tecnico-normawc que orienta la ceencn terncrrer y er desarrollo urbane de las areas metropolitanas.conrcrmaoas cor junsdicco nes distntales. cuyas mterretaciones forman una continuidad flsica, social y economics. con una poblaci6n total mayor a 500,000 nabitantes. 6,2 EI Plan de Desarrollo Metropolrtano forma parte del componente fisico-espacial del Plan Provincial de Desarrollo concertaoo. En case que el area metropolitana involucre mas de una provincia , e! Plan de Desarrollo Metropolitano se cons tituye tambien en et componente flsico-espacial de los Planes Provinciales de Desarrollo Concertado respectfvos. Articulo 7.- Obje to de l Plan de Desa rro llo Metropo litano EI Plan de Desarrollo Metropolitano tiene como objeto mejorar las condiciones de vida de ra poblacion , incremen tar 0 diversdlcar el aprovechamiento de potenciatoades socares 0 naturales , elevar los r uveles de productividad de los bienes y services con Ia inserclon en los f1ujos economrcos nacionales e mtemacicnales. en concordancia con el Plan de Ordenamiento Territorial Regional , estableciendo: 1) EI marco de referencia comun , que contribuya a fortalecer y mejorar la eficacia de las acciones territoriales y urbanas de las municipalidades que conforman el area metropolitana. 2) La visiOn de desarrol lo expresada en el modelo de desarrollo urbano del area metropolitana , que contiene la organizacion fisico-espacial y la definicion de las clases de suelo . 3) Lineamientos de politica, estrateg ias, objetivos y metas del desa rrollo. 4) Estructuracion del Area Metropolitana compuesta por la identlflcaciOn de i!lreas homogeneas y por la clas ificaciOn de suelo ,de acuerdo al capitulo VIIde! presente reglamen to, para orientar las areas para !nteNenciones urban isticas . 5) EI Sistema Vial y de transporte del i!lrea metropolrtana , 6) Areas de proteccion , conservaci6n , prevencion y reduccion de riesgos, 0 recuperacion y defensa del medio ambiente. 7) La de limitaciOnde i!lreas Que requieran de Planes de Desarrollo Urbano, Esquemas de Ordenamiento Urbano yfo Planes Especificos. Dlcha delimitacion de areas puede comprender el ambito de mi!ls de un distri to , 8) Los programas, proyectos y acciones sectoriales, 9} Los mecanismos de gesti6n municipal conjunta entre los Gobiernos Locales del area metropolitana 10} Los mecanismos de seguimiento 'I evaluaci6n de los resultados de la ejecuci6n del Plan de Desarrollo Metropo litano, en forma coordinada por los Gobiemos Locales del Area Metropolitana . Articulo 8.- Ambito de apli caci6n del Plan de Desarr ollo Metropolitano EI Plan de Desarrollo Metropolitano es ecnceee. de acuerdo al Reg lamento de la Ley de Demarcaci6n 'I Organizaci6n Territorial, a las ciudades 0 conglomerados urbanos con mas de 500,000 habitantes . Se podra adoptar el mecan ismo asociativo de la Mancomunidad Municipal , para fa aprobacion . ceencn . sequsniento 'I eveluacion de! Plan de Desarrollo Metropol itano. Las Municipalidades Distritales de las areas rrenoccnteoes desarrollaran et correspondien te Plan Urbano DistritaL Articul o 9,- A rea ex cluida de co nta r co n Plan de Acondicio namiento Territorial En el caso del Area Melropolitana conrormaoa per los embitos jurisdiccionales de !a Provincia de Lima 'I de ta Provincia Constitucional del Cal lao, no se requiere de Plan de Accndiconarmentc Territorial . s610 Ie corresponde et Plan de Desarrollo Metropolitano, al coat se incorpora los contenidos que correspondan a un Plan de Acondicionamiento Territorial , de ser necesano. Este Plan debe ser formulado 'I aprobado por la Municipalidad Metropolitana de Lima 'I por la Municipalidad Provincial del Callao , para 10 coer pocran conrcrmar ta Mancomunidad Municipal Metropoli tana. que incluya a las municipalidades oistntales respectivas. CAPiTULO IV DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO Art iculo 10,- Definic i6n 'I caractensncas del Plan de Desarr ollo Ur bano 10.1 EI Plan de Desarrollo Urbano es er mstrumentc tecreco-normauvc que orienta el desarrollo urbane de las ciudades 0 conglomerados urbancs con poblaci6n entre 20,001 'I 500,000 habitantes, '110 ciudades capitales de provinc ia, en ccncorcanca con er Plan de Aconcccnamento Territorial '110 el Plan de Desarrollo Metropohtano de ser ecucece. 10.2 En e! caso que estes eucaoes ccntormen conurbaciones 0 conglome rados urbanos . el Plan de Desarrollo Urbano debe comprender la totalidad del area involucrada , aun cuando esta corresponda a mas de una jurisdicci6n munic ipal. En este caso podra adoptar el mecanisme asoctanvc de ta Mancomunidad Municipal para fa aprcbaccn, ceeucn. sequirrnentc 'I eveluacion del Plan de Desarrollo Urbano . 10.3 EI Plan de Desarrollo Urbano forma parte del componente fisico-espacial del Plan Provincial '110 Distrita l de Desa rrollo Concertado, segun correspond a. A rt iculo 11,- Contenido del Plan de Desarroll o Ur bano EI Plan de Desarrollo Urbano estaoece. 10 siguiente 1) EI modele de desa rrollo urbane de! Ambito de Intervenci6n del plan que contribuya a fortalecer 'I mejorar los mveles de eficac ia de las acciones territoriales 'I urbanas de las municipa lidades que la conforman . 2) Linea mientos de pounce 'I estrateqias de desarrollo oreano. 3) La ceemceccn del soec. para cr-entar las mtervenciones urbanrsucas. 4) La zonificaci6n de usos del suelo urbano 'I de su area circundante, asl como su normativa . 5) EI plan vial 'I de transporte 'I su normativa respectiva . 6) La sectorizaci6n urbana 'I la determinaci6n del nivel de servicio , la localizaci6n 'I dimensionamiento de los equipamientos de educaci6n, salud , seguridad , recreaci6n , otros usos 'I olros servicios complementarios. acorde con los requerimien tos actuales y futuros de la poblaci6n. 7) La proyecci6n de la demanda de nuevas unidades de vivienda para determinar las areas de expansi6n urbana '110 programas de densificaci6n, de acuerdo a las condiciones 'I caracteristicas ex islentes . 57 8) La del imitaci6n de areas que requieran de Planes Especfficos. 9) Los requerimientos actua les 'I futuros de saneamiento. ambiental 'I de infraestructura de servclos basiccs. 10) La preservacion de las areas e inmuebles de valor bistoricomonumental; 11) La identificaci6n de areas de protecci6n , conservaci6n, prevenci6n 'I reducci6n de riesgos, 0 recuperaci6n 'I defensa del medio ambiente . 12) La programac i6n de aceiones para la protecei6n 'I ccnservacon ambiental 'I la de mitigaci6n de uesastres. 13) EI Programa de lnversrones Urbanas 'I la oennncacion de las oportunidades de neqocios. a fin de promover las nversrones y afcanaar er modele de desarrollo urbano prevrstc en el Plan. 14) Los mecanismos de gesli6n urbana respecto de las determinaciones adoptadas en el Plan de Desarrollo Urbano . 15) Los mecamsmos de secoimeotc 'I evauacon de los resultados de la ejecucrco del Plan de Desarrollo Urbano . Articul o 12.- Entidades respon sables de la formulaci6n , apro bac i6 n 'I ejecuc i6 n de acciones de l Plan de Desarrollo Urbano Corresponde a las Muniq:lalidades Prcvncaes ta formulaci60, aprobaci6ny eeccccn de las accones del Plan de DesarrolloUrbano. Las Munidpalidades Distritalese1aboran e! Plan Urbano Distrital 'I ejercen er control del cumplimiento del Plan de Desarrollo Urbano, dentro de su jurisdicci6n. Las Municipalidades Provincialesejercen este control en el ambito del Cercado. La soceoao civil participa en lode el peoceso de acuerdo a los mecanismos senejecos en la Ley N"27972 , Ley omeoce de Municipalidades, 'I Ia Ley N" 26300, Ley de los Derecnos de sertccecco 'I ControlCiudadanos. CAPiTULO V DEL PLAN URBANO DISTRITAL Art ic ulo 13.- Definici 6n de Plan Urbano Distri lal EI Plan Urbano Distrital es el inslrumen to tecruco normative mediante er cuat se oesarrouan disposicones del PDM 'I del PDU, en los distntos que penenecen a Areas Metropo litanas 0 a areas conorbacas. Articul o 14.- Contenido del Plan Urban o Distrital EI Plan Urbano Distrital debe considera r los siguienles aspectos: 1) La compatibilidad oeuncce de Usos para uorcacon de actividades urbanas en las zonas resoencraes. cornercares e industriales del distrito 2) Los retires de las edificaciones . 3) La dotaci6n de estacionamientos en zonas comerc ialesy residenciales . 4) Las eecceccree relatives ar ornate 'I mobil iario urbane. 5) Identificaci6n de las areas pubtcas aetas para la inversion privada Articul o 15.- Entidades res pcneeores para ta tormutactcn y apro bac i6 n del Plan Urbano Distrital Ccrrespcnde a las Munic ipahdades Oistritales la formulaci6ny aprcbaclon de su Plan Urbano DistritaL CAPITULO VI DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO URBAN O Articul o 16.- Definic i6n 'I caracteri sti cas del Esqu ema de Ordenamiento Urbano 16.1 EI Esquema de Ordenamiento Urbano es el instrumento tecnico--normativo, para promover 'I orientar el desarrollo urbano de los centros poblados entre 2,501 'I 20,000 habitantes , en concordancia al Plan de Acondicionamiento Territorial , el Plan de Desa rrollo Melropolitano 0 el Plan de Desarrollo Urbano , segun corresponda, estableciendo las condiciones basicas de desarrollo, incluyendo las areas de expansiOn urbana 16.2 EI Esquema de Ordenamiento Urbano forma parte del componente fisico--espacial de! Plan Distrita l de Desarrollo Concertado. Artfcul o 17.- Co ntenido del Esquema de Ordenamiento Urbano EI Esquema de Ordenamiento Urbano establece 1) EI esquema de zonificaci6n V vias , incluyendo las areas de expansi6n urbana. 2) uccecon de tas amenazaa y mapa de riesgos para ta mitigaci6n y crevenccn de oesastres y defirucon de areas de proteccion. orevencion y reducci6n de rtesqos: eer como para la recuperacicn. ccnservaciony detensade medio ambienle. 3) Localizaci6n y dimensionamiento del equipamienlo de recreecicn . salud, educaci6n y olros uses . 4) Programa de Inversiones urbanas e idenlificaci6n de oportunidades de oecccce. Arti cul o 18.- Entidades responsables Corresponde a las Municipalidades oetrneres ejecular las acciones de promoci6n V control dirigidas al cumplimiento del Esquema de Ordenamiento Urbano centre del Ambilo de tntervenccn del Plan Oislrilal de Desarrollo concertaco. Las Municipalidades Provinciales fisca lizan el cumplimien to de las normasen et ambitoprovincial. DEL ~t:~T~i~E~IFICO Articul o 19.- Definici on y caracter is ticas del Plan Especi fico 19 1 EI Plan escecrncc es et Instrumento tecnico normative cuyo objetivc es cornplementar ta planificaci6n urbana de las localidades, facililando la actuaci6n u operaci6n urtlan islica . en un area urbana a de expansi6n urbana, cuyas dimens iones y condiciones, ameriten un tralamienlo inlegral especial: 1. Por su calidad bistonca, monumental . cultural 0 arquitectcnica. zonas de valor paisajtsnco natural, de interes turlsticc 0 de conservacion: 2. Por ser areas de recuperaci6n , protecci6n 0 de ccnservacon de areas naturales . zonas urbanas con niveles de riesgo medio 0 alto: ylo 3, Para oplimiza r el uso de las mismas. y generar los estrmuios a los propietarios e mversicnistas para tacnar los procesos de desarrollo umanrsuco. 19 2 EI Plan escecrncc se oesarroua en acueltas areas idenlif icadas y delimitadas en el Plan de Desarrol lo Metropol ilano ylo Plan de Desarrollo Urbano , como Zonas de Reglamentaci6n Especial , a fin de ser intervenidas mediante acetones de reajuste de sueios. de reurbanizacion . de renovacion urbana, entre otras . a naves de las Unidades de Gestion Urbanlstica 19 3 Los proyectos de renovaccn urbana de crectce tugurizados localizados dentro de las areas deslinadas para Planes Especlficos, se rigen por 10 senalado en ta Ley N" 29415. Ley de Saneamienlo Fisico-Legal de Predios Tugurizados con Fines de Renovaci6n Urbana y el Decreto Legislativo N° 696 - Ley de Promoci6n a la Inversi6n Privada en Acciones de Renovaci6n Urbana, V sus respectivos Reglamentos Articul o 20.- Requisi tos y responsables de la propuesta de Planes Especificos 20,1 Para el eSlablecimienlo de las areas deslinadas para Planes Especl ficos, deberan tener en cuenta el modeio de desarrollo urtlano y ta Clasificaci6n General del Suelo. establecido en el PDM 0 POU 20 2 En aquel las areas identificadas V delimitadas en el PDM V'o el PDU para Planes Especl flCOS, corresponde a las Municipalidades Provinciales su lormulaci6n y aprobaci6n . En estos casos, asi como en los no prev istos en el PDM ylo PDU. los planes especilicos pueden ser propuestos para su aprobaci6n ante las municipalidades provinciales . por las municipalidades dislrita les respectivas ylo personas nalurales 0 jurldicas de derecho privado a publico inleresadas en su desarrol lo, medianle la conformaci6n de Unidades de Gesti6n Urbanistica . 20,3 Para los casas no previslos en el PDM y/o PDU. en la solicitud de Plan Especifico se debe considerar el 58 cambio de zon ificaci6n de la zona 0 area a intervenir, a Zona de Reglamen taci6n Especial-ZRE . Eslas solicitudes eeran alendidas oespues de Iranscurridos dos (02) anos de haberse aprobado el POM y PDU. Arti cu lo 21.- Contenido del Plan Especifi co EI Plan eececmccdebe consioerar, por 10 menos. los siquientes aspectos: 1) La del imitaci6n y caracterrstcas del area. 2) Los objelivos del Plan respecto de: z.a) La opt imizaci6n del uso del suelo y de la prop iedad predial; y, 2.b) La ootacon errcneccn 0 mejorarmento de los escecce y services cccucce. est como la ceuceo del entoroo. 2.c) zcnmceceo y Vias . mostrandosu inlegraci6n a las zonas de usos de suelo Vel plan vial de su entorno. 2.d) Delimil aci6n de Unidades de Gesti6n Urbanislica. 2.e) Las etapas de desarrollo del Plan, los proyectos de ejecuci6n y su financiamiento . 2.f) ccnetence de ta consura publica vecinal a los propietarios de los predios que conforman el emmto del Plan Especffico. as! como a los crcpetaros de los inmuebles veclncs , en los casos no prevtetcs en el PDM y/o PDU. Se consceran inmuebles vecinos aque llos que comparten el frenle de manzana del area male ria de la soucnuc. 'rreranoose de inmueb les que comparten la misma via local, se consiceran como inmuebles vecnos aquetlcs que esten ubcacos en ambos frentesde rnanzana. Articu lo 22.- Del reaju st e de suelos EI ReaJusle de Suelos es un mecanismo de gesli6n de suelo para el desarrollo urbano, en areas de expansi6n urbana, Consisle en la acumulaci6n de parcelas rcsucas de distinlos propietarios , previo acuerdo de los mismos , conlormando una forma de organizaci6n con persooerra jundica . para luego proceder al proceso de habilitaci6n urbana medianterasubd ivisi6n del suelo en lotes urbanos y la ejecuci6n de cbras de eccesbnceo. de distnbuclcn de agua y recolecci6n de desaque, de dislribuci6n de energia e iluminaci6n publ ica. Es aplicab le, en casos de parcelas rusucas cuyas formas 0 dimensiones individuales dificultan la ccteccn usee de tas areas de apcrte, ta incorporacon de las obras de caracter provincial 0 la subdivision de totes. entre ofros. en los proyectos de habilitaci6n urbana por inicial iva de un solo cropetario. Este mecanisme es aplicable en las Unidades de Gesti6n Urban istica de acuerdo a 10 senataoc en los articulos 54 a159 del presente Reglamenlo . CA PiTULO VIII DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL Art ic ulo 23.- Co ncepto , contenido y form a de apro bac io n 23.1 EI Planeamiento Integral es un instrumento tecnico-normativo mediante el cual se complementan 10 dispuesto por el PDM ylo el POU, en los procesos de habililaci6n urbana V en la parcelaci6n 0 Independ izaci6n de terrenos rUslicos. Comprende la red de vias V los usos de la lolalidad del predio, asl como una propuesla de inlegraci6n a la trama urbana mas cercana, y segun 10 establecido en el Reglamenlo Nacional de Edil icaciones· RNE. 23.2 Los planeamienlos integrales son aprobados por las municipalidades distritales, en los casos que establece el Reglamento Nacional de Edificaciones-RNE , como cond iciOn previa para la aprobaci6n de los proyeclos de habililaciones urbanas eslablecidas en la Lev N" 29090 , Lev de Regulaci6n de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y sus reglamentos . 23.3 En las localidades que carezcan de PDU. el Planeamiento Integral debera proponer la zon ificaci6n y vias S610 en estos casos debera aprobarse, mediante Ordenanza Munk:ipal, por la Municipalidad Provincial correspondienle siguiendo el procedim iento eSlablecido para la aprobaci6n de los PDU, en concordancia con las funciones V competencias eSlablecidas en la Lev NO 27972 , ley Organ ica de Municipalfdades. CAPiTULO IX DELIM ITACION DEL A MBITO DE INTERVENCIQN DE LOS PLANES DE DESARROLLO URB ANO Y CLAS IFICACION GENERA L DEL SUELO Articulo 24,- Determinaci 6n del ambito de interv en ci 6n En los PDM, PDU y EU la determinacion del Ambito de Intervencon debe conscerar : et area urbana del centro oobtado. las areas requeedas para su expans i6n urbana y su ambito de infiuencia geo-econ6mica inmediata, que incluye las areas rurales y de protecci6n del entcmo. A rt iculo 25.- Fun ci ones de la clas if icac i6 n general del su elo Para fines de oroenar el uso y ocupaci6n sosrenciedel sueo. con visi6n de largo clazo. en los PDM, PDU 0 EO, se establece una cesacecoo general del suelo del ambrto de totervencion de estos instrumentos, cuyas funciones son: 1) Promover el uso intensivo del suelo consolidado 0 en proces o de consoroaciony comrcier ta expansion urbana . 2) Plan ificar y programar los procesos de expansion urbana de manera temorana (corte plazc ). 3) Protege r las areas rurales de borde : y 4) o nentar el crecim iento de las ciudades y los centros oobtedos. Articulo 26,- Clas ificaci6 n ge neral del suelo La cieemcecrcn general del suelo es la siguiente : 26.1 Are a Urbana: Area ubicada dentro de una jurisdiccion municipal destinada a usos urbanos. ssta consuuoa por areas ocupadas con actividades urbanas, con services de agua , alcantarillado, etectoncacion. vias de comunicaci6n y transpone . EI Area Urbana , contempla la siguiente sub ceencecon. como mecioas de prevencion y reducci6n de riesgos : 1) Area Urbana apta para su consonoeccn. la que se puede densificar. 2) Area Urbana con restricciones para su consom econ. la que presenta niveles de riesgo muy alto y que por Ia naturaleza de su ocupaci6n (consolidado) deben ser sujetas a cemceccn como zonas de reqlarrentaconespecial. 3) Area Urbana en situaccn de alto riesgo no mrtigable . sujeta a carncaccn como zona de reqtamentacron especial para fines de paulatin a desocupaci6n. 26.2 Area de Expansi6n Urbana. Esfa constrtuido por areas dest inadas para el crecimiento de la ciudad. Se sub cresnce en: 1) Area de Expansion Urbana tnmeoiata. consutuoo por et conjunto de areas factibles a ser urbanizadas en el corto plazo, y ser anexadas al area urbana , Cuenla con factibilidad de services de agua , alcanlari llado. erecmncacicn. transporte y vias de comun icaci6n y estan calificadas como suelo urbanizable , Pueden estar contiguas o separadas del Area Urbana, 2) Area de Expans i6n Urbana de ReseNa : Constituido por areas con cond iciones de ser urbanizadas en et mediano y largo plazo , delimitandose como areas de reseNa para el crec imien to urbano , pudiendo ubicarse contigua 0 separada del Area Urbana. Estas areas debe ran contar con factibitidad de seNicios de agua , alcantaril lado, electrificaci6n y vias de comunicaci6n para el transporte , seguridad y prevenci6n de riesgos, para su respectivo horizonte temporal de ocupaci6n. 26.3 Area rural. Area no habilrtada como urbana en la coal se desarrollan actividades agrlcolas, ganaderas, foreslales y adividades analogas. ubicada fuera del Area Urbana y de Expansi6n Urbana, No incluye terrenos eriazos, No es apta para el uso umana por 10 que no puede ser habilitaeta. 26.4 Ar ea de pro tec ci6 n: Area en la que ocurre pOf 10 menos una de las circunstancias siguientes : 1) Se encuentra ubicado en zona no ocupada por edificaciones, considerada de alto riesgo no mitigable. 2) Se encue ntra ubicado en area de reseNa natural 0 area protegida 59 3) Se encuenlra ubicado en yacimientos arqueol6gicos o paleontol6gicos. 4) Se encuentra ubicado en zona que tiene recursos hidricos , como cabeceras de cuenca , lagos y rios . 5) Se encuentra bajo unregimen especial de crcreccon incompatible con su treoercrmecon urbana de acueroc at Plan de Acondicionamiento Territorial y de escetasuperior 0 planes vto leqislacion sectorial perunente, en razonde sus valcres paisejlsticos. historicos. arqueoloqicos. cientrncos. ambientafes. culturales y aqrlcclas. 6) Se encuentre considerado como incompatible con el mode le de desa rrollo territorial y/o urbano acopta dc , 0 sujeto a limitaciones 0 servidumbres para la protecci6n del dom inic publico , CAPiTULO X DE LA PREVENCIQN Y REDUCCIQN DE RIESGOS EN EL DESARROLLO URBANO Art ic ulo 27.- Incorpora ci 6n de l anali sis de riesg os en la formulaci6n del PDU En los procesos de rormutacion de PDU. PDM ylo EU, en forma ccrnpiementanamente a las normas vigentes en maleria de oetensa Civil . se debe Incorporar et anausis de riesgos con er objetivo de reducirtos. ccnsiderandc los procesos siguientes : 27.1 Identificaci 6n , eva luac i6n y localizac i6n de los peligros : Local iza y evama la probable c currencta de un tenomero. de origen natural 0 generado por ra actividad humane, que pueca provocer canes y ceenoes en un determinado contextesocial. temporal ynstcc-escecet Los peligros se crasmcan sequn su origen en Naturales e Inducidos por el Hombre: a) Los pelig ros naturales son aquellos gene rados por los fen6menos de formaci6n y transformaci6n continua del planeta, score los cuaies er ser humano no puede actuar ni en su ccurrencia ni en su magni tud, Se subdividen en geol6gicos. meteorol6gicos u oceanoqraficos. b) Los peligros inducidos per la actividad humana son aquellos generados por la inleracci6n del hombre con la naturaleza en el desarrollo de sus aclivid ades , tanto por los procesos insost enibies de usc y ocupaci6n del terri torio como por los accidentes tecnciocccs. indus triales 0 qurrmcos. est como los problemas de ccntamoacion 0 degradaci6n ambientaL Luegode ta identificaci6n de los peligros , estes ceoeran ser clas ificados sequn su origen, frecuencia, intensidad y ocurrencia de peligros multiples : se elabora un mapa de identificaci6n de peligros, detallando su toceueaooo: y, se identifican las medidas estructuraes y no estructurales para miliga r el peligro Ioeouncaco. 27.2Anali si s de Vulnerabi lidad : Se eva ioe la debil idad que presenta una sociedad, I rente a las amenazas que la afectan y su capacidad de recupe raci6n luego de la afectaci6n. Se debe evaluar la vulnerabilidad social, ambiental y econ6mica , a) La vulne rabilidad social consiste en la incapacida d de una comun idad para adaptarse a los efectos de un determinado cambio exlremo, repent inG 0 gradual en su medio fisico . Cont iene dimension es demog raficas, culturales, socia les y polilicas, b) La vulnerabilidad amb iental mide el grade de res istencia del med io natural que siNe de sustento para la vida de la poblaci6n de los centros poblados anle la ocurrencia de una amenaza 0 pelig ro c) La vulnerabilidad econ6mica se refiere a la fragilida d del sistema econ6mico local para eJecutar acciones que asegu ren la calidad de fa infraestructura publica y privada, 10que luego de un desastre se traduce en la reducci6n de los activos fisicos, financieros y naturales Del analis is realizado, se debera elaborar el mapa de vulner abilidad, clasiflcando los nive les de susceptibilidad identificados: e, idenlificar las medidas estructurales y no estruc turales para reducir los niveies de vulnerabilidad, 27,3 An ali sis de Riesgo : Define la magnrtud de las pen:lidas directas , en todo el ambito de InteNenci6n de los PDU, PDM '110 EU, para programar las medidas de prevencion 'I mitigaciOn con ta finalidad de disminuir et impacto del peliqro. EI riesgo, es una funci6n comprendida por ei peligro 'I la vulnerabilidad. En esta etapa se analizan los peligros identificados 'I la vulnerabilidad existente, definiendo las zonas de neecc . determinando sr son 0 no posibles de mitigar. l as zonas de mas altos niveles de riesqo. corresponden a los sectores cruces. Se debe definir las medidas estructuraes y no estructuraes a ejecutar a corte. medianoy largo plazo. Articul o 28,- EI riesg o co mo variable de anauets EI riesgo se constituye en una de las variables de enanee para establecer: 1) las directrices 'I parametres para ra clasjficacion del sue10 'I ta zomncacon. 2) los mecanismos para la reubicaci6n de los asentamientos humanos localizados en zonas de alto riesgo para la salud e integridad de sus habitantes 'I estrategias para ta traosrormacion de estas zonas de alto riesgo, 'I evitar eu nueva ccocecrcn. 3) roentmcacion de sectores crtticos para la «nervenccn. 4) Normas especiales 0 pautas tecnicas para la reducci6n de la vulnerabilidad Articul o 29,- Asignaci6n de fondos para prevenci6n de desastres los gobiernos locales,de acuerco con sus ccecnceoes '110 IImites presupuestaoos para estos fines, deben asignar foncos para aumentar ta capacidad de sobrepcnerse a la ocurrencia de desastres de alto impacto. Estos fondos pueden aplicarse ados modalidades: 1, Fondos con posibilidad de financiar acciones de prevencon 'I mitigaci6n de nesqos: 'I, 2, Fondos cnentados a la etenccn de las emerqencias. ta rehabntaccn '110 ta reccnstruccicn . CAPiTULO XI DE LA ZONIFICACI6N Articul o 30,- Defini ci 6n de zonificaci6n La zcn ficacicn es et instrumento iecoc c de gesti6n urbana que conuene el conjunto de normas tecncas urbantsucas para la requlacion del usc 'I la ocupaccn del suelo en el ambito de Intervenci6n de los PDM. POU 'I EU, en funci6n a los cbjetrvcs de desarrollo sostenible 'I a 1a capacidad de soporte del sueto, para localizar actividades 60 con fines soc raesy eccncmicos.comovivienda. recreacrcn. proteccicn 'I equipamento: as! como ta crcooccon industrial, comerco. transportes 'I ccmunicacicnes. Articulo 31,- Objeto de la zonificaci6n la zonificaci6n regula el ejercicio del oerechc de propiedad predial respecto del uso 'I ocupaci6n que se le puede dar at memo. Se concrete en pianos de zcomcecc o Urbana, Reglamento de zcnmcacon (parametres urbanlsticos y arquitectonicos para cada zona); 'I er Indice de Usos para la Ubicaci6n de Actividades Urbanas Ninguna norma puede establecer restricciones al uso de suelo no consideradas en la zcmncacton. Articulo 32,- cieemeecieo de las zonas de uso del suero 32.1 De acuerdo con las caractertsticas determinadas en los estudios correspondientes se ccnsfqnaran las siguientes zonas de uso del suelo: 1) Residencial (R) : son areas urbanas destinadas predominantemente at uso de vivenoa, cucenoc tclerar acemas otros usos compatibles. l os planes de zonificaci6n consignan: Zona de Oensidad Alta (ROA), Zona de Densidad Media (ROM), 'I Zona de Densidad Baja (ROB). 2) Vivienda-Taller (11-R): son areas urbanas destinadas predominantemente al uso de vivienda de usc mixto (vivienda e industria elemental 'I ccmplementariasj: es t como servcios coerc es complementarios 'I comerco local. las actividades economicas que se oesarrouen tendran ruveles de operaclon perrnisibles con er uso residenciaL 3) Industrial (I): son las areas urbanas destinadas predominantemente a la ubicaci6n 'I funcionamiento de estauecm eotcs de traosrormacon de productos. los pianos de zcnmcaccn consignan: Zona de Industria Pesada (14), Zona de Gran Industria (13), Zona de Industria Liviana (12), 'I Zona de Industria Elemental (11). 4) Comercial (C): son las areas urbanas destinadas fundamentalmente a la ubicaci6n 'I funcionamiento de establecimientosde compra-venta de productos 'I servicios. los pianos de zonificaci6n consignan: Zona de ccmercc Especiafzado (GE), Zona de comercc Metropolitano (GM), Zona de Comercio zcnet (Gll; Zona de Comercio Vecinal (e V) EI comercio local no se senara en los otanos de zonificaci6n, su localizaci6n es definida en los procesos de habilrtaci6n urbana. 5) Pre Urbana (PU): son las zonas 0 extensiones inmediatas al area urbana: en conde. pueden ser habilitadas para granjas 0 huertas . Corresponden a las areas de expansionurbana inmediata. 6) Zonas de Recrea c i6n Pub lica (ZRP): son areas que sa encuentran ubrcaoas en zonas urbanas 0 de expansion urbana destinadas fundamental-nente a la reajzaccn de actividades recreanvas actives 'Ito pasivas, tales como Plazas, Parques,Campos Depcrtivos. Juegos Infantiles y simuares. 7) Usos Especiales (OU): son areas urbenas destinadas fundamentalmente a ta habilitaci6n y funcionamien lo de inslalaciones de usos especiaies no clasmcaocs antenormente. tales como: Centros cfvicos. dependencies administrativas del Estado, cutturales. le rminales terrestres, ferroviarios, maritimos , aerecs, estabrecmentcs institucionales recreeeoteuvce del sector pnvado. nacionat0extrarqero establecmuentos religiosos, asilos, orfe linalos , grandes oomplejos deport ivos y de espectaculcs. eeteocs. cotiseos , zccecrccs. establecimientos de seguridad y de las fuerzas armadas; y Servicios Pubjccs como instalaciones de produeei6n ylo almacenamien to de energia eiecmce. gas, teiefoma. comunicaciones, agua potable y de tratamiento san itario de aguas servidas . Estas zonas se regiran par los parametros corresponoientes a ra zcnntcacon resoenctar o comercial predominante en su entcmo. 8) Servlclcs Pubficos Complementa rios; son las areas urbanas deslinadas a la habili laci6n y funcionamiento de instalaciones dest inadas a Educaci6n (E) y Salud (H). Para Educaci6n los pianos de zcne cecc o consqnan: Educaci6n Baslca (E1), Educaci6n Superior Tecnol6gica (E2), Educaci6n Superior Universilar ia (E3) y Educaci6n Superior Post Grado (E4). Para Salud los planas de zonificaci6n cons ignan: Posta Medica (H1), Centro de Salud (H2), Hospital General (H3) y Hospital Especializado (H4). Estas zonas se recnan por los parametres correspondientes a la zonificaci6n residencial a comercial predominante en su entcmo. 9) Zona de Regla mentaci 6n Especial (ZRE): son areas urbanas y de expansion urbana, con 0 sin construccicn, que poseen caractertsncas parncula res de orden fisico , ambien ta!, social 0 economfcc , que eeran desarrolladas urban isticamente mediante Planes Especificos para mantener 0 rnejcra r su proceso de desarrollo urbano-arnbienta! las areas de protecci6n se incluyen en esta zonif icaci6n. 10) Zona Monum ental (ZM): constiluyen un tipo especifico deZRE,en donde se Iocalizan bienes inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Naci6n , Las inlervenciones en esle tipo de zonas se rigen segun 10 dispuesto en la ley N° 28296 , Ley General del Patrimonio Cultural de la NaciOn, 11) Zona Agricol a (ZA ): consfi tuida par las areas rura /es , 32,2 En las Areas de Expansi6n Urbana de Reserva no se C!!plica la zonifica ci6n hasta que no sean c1asificadas como Areas de Expansi6n Urbana Inmediata , Articulo 33.- De la iden tificac i6n de usos de l sue lo V co mpatib il idad con zonas urbanas la identificaci6n de los usos del suelo V (a compatibil idad con las distintas zonas urbanas se efectua segun el PDM, PDU Y EU aplicando las denominaciones V caracter isticas aprobadas pOf cada munici palidad Metropo litana 0 Provincial , de acuerdo con el Cuadro Resumen de Zonificaci6n Urbana (Cuadro: Anexo NO 1), Articulo 34.- Ubicaci6n de las areas urban as, las de expans i6n ur bana, las des ti nadas para zonas de recre aci 6n pu bli ca, usos especiales y servic ios pub licos complementa r ios 34.1 En las areas urbanas y de expansiOn urbana, las areas destinadas para zonas de recreaci6n publ ica, usos espec iales V servicios publicos complementarios programados en el PDM, PDU a EU se ubican en los Pianos de Zonificaci6n como Areas de Reserva para fines 61 de equipamiento uroano. Estas areas se caicutan en base a los requenmientos establecidcsen er PDM, PDU 0 EU. 34.2 La localizaci6n de los equipamientos programados en los planes y esquemas. asi como de los trazos vialese intercarnbios vares contenidos en los pianos de zonmcaccn son referenciales. Los provectos de habilitaciOn urbana Vlo de umoaoes de gesti6n uroanrstca establecen su uocaccn exacts y defjnitiva, eespetando en ra sclucion la demanda proyectada en el PDM, PDU 0 EU. Arti culo 35.- De los requer imientos para fines de eq uipa miento 351 En las areas urbanas V de expansion urbana , los requerimientos para fines de equipamien to que se oetermmeo en el PDM , PDU 0 EU, fcrmaran parte de los programas de Inversion pub lica. Las areas de aoorte gratuito producto de las habilitaciones urbanas seran consceracos como parte de las Areas de Reserve para fines de Equipamiento urbane. 35,2 La diferencia de area, producto de desccntar las Areas de Aporte de la Habnnacrones urbanas de las Areas de Reserva para fines de equipamiento urbano selialadas en los pianos de zcnmcacon sobre terrenos de prop iedad prwada. seran materi a de expropiacon ylo de inversion bajo la modalidad de participaci6n de la inversi6n privada que la Municipalidad conside re con ver uente. deb iendo eetemece rse un plazo para su ejecuci6n acoroe con ra programaci6n de ejecuci6n de metes del Plan. Los procesos de expropiaci6n se suietaran a 10 estabiecoc en los arucurcs 940 y 95" de la Ley N° 27972, Ley Orqamca de Munlcipalidades, y ra Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones. CAPiTULO XII PROGRAMA DE INVERSIONES URBANA S Art ic ulo 36.- Definici 6n de programa de inversi one s urban as EI Prog rama de lnverstones Urbanas es el instrumento de gesti6n econ6mico-financiera que perm ite promover las invers iones pubhcas vprivadas , para alcanzar los objet ivos denncce en er Plan ce Accrsnclonamentc Territorial, en el Plan de Desarrollo Metropolilano, en e! Plan de Desarrollo Urbano ylo en el Esquema de Ordenamiento Urbano, Articulo 37.- Co mpos ic i6n del prog rama de inversiones urbanas 37.1 El Programa de Inversiones Urbanas esta compuesto por et listado de aeeiones (proyectos y actividades] pnoritanas y estrateqicas de Inversion , en et ambito de intervenci6n de los PAT, PDM , PDU 0 EU, Y comprende : 37.1.1 EI Programa Priorizado de Inversiones, que constiluye una !ista corta de acciones para su ejecuci6n en el corto plazo, altamente priorrtarios para el desarrollo econ6mico y social de la ciudad 0 centre poblado , identificando la unidad formula dora responsable del Proyecto de Inversi6n Publica; 37.1.2 EI Banco de Proyectos de mediano y largo plazo , que comprende una Iista de aeeiones complementarias pero prioritar ias para el desarrollo econ6mico y SOCial de la ciudad a centro poblado. Esta Iista debe ser ingresada en los registros de la Oficina de Programaci6n de Inversiones de la Municipa lidad que corresponda. 37,2 Asim ismo, el Programa de Inversiones UrtJanas cont iene: 1. Los montos de inversi6n de cada una de las acciones programadas: 2. la fuente de financiamiento de cada aeemn: 3. Las entid ades publicas ylo privadas responsables de cada una de las acciones, 4. Fichas de cada proyeclo que contengan su descripci6n tecnica--econ6mica. Art ic ulo 38.- Obligaci6n de incorporar los progra mas de inversi6n urbana en instrumentos de ges ti6n 38,1 las accione s de los programa s de inversi6n urbana, contenidos en los PAT. POM, PDU 0 EU, deben ser inccrporados cbhqatona 'I prcqresivamente. en er Plan ocereuvoxncer. Presupuesto Particoativo. PlanOperative Institucional (POI), 'I en el Presupuesto Anual Inicial de Apertura (PtA) de las Municipalidades Metrcpcatana . Provincial '110cemter. segun ccrrespcnda 38.2 los proyectos del prog rama de eversrcnes cecensercesucneccs por la enema de Programaci6n de roverstones de la Municipalidad. en et marco del Sistema Nacional de Inversi6n PUblica, Arti cul o 39.- Restrlcclones. Ninguna persona nalural 0 juridica , ni enlidad publica . cueoe reauzar cores ni actuaciones ureanrsucas que no se ejusten a las previsiones 'I contenidcs de los PAT, POM, POU 0 EU. incfuyendo el Plan Especifico. CAPiTULO XIII PROCEDIMIENTO DE APROBACI6N DE l OS PLANES Articul o 40.- Entidades compete ntes para la aprobac i6n de pl anes 40.1 Corresponde a las Municipalidades Provincia les la aprcbacion de: 1. Plan de Acondicionamiento Terrilorial (PAT) 2. Plan de Desarrollo Metropolitano (POM) 3, Plan de Desarrollo Urbano (POU) 4. Esquema de Ordenamiento Urbano (EU) 5, Plan Especifico (PE) 40 .2 Cuando el ambito territorial de un plan abarque cos 0 mas junsdicciones de nivel provincial, este debe ser aprobado per los respectfvcs gobiernos loca les provincia les Invofucradcs. Articulo 41.- De la iniciat iva en la formulaci 6n de planes De ecoercc con las funciones 'I competencies que les asigna la Ley N" 27972 - Ley Drqaruca de Municipalidades, las Municipalidades Distrilales podran tomar inicial iva en la formulaci6n de: Planes de Desarrollo Urbano. Esquemas de Ordenamiento Urbano 'I Planes Especificos ; 'I proponerlos mediante acuerdo de ccncejc , para su eprccaccn, a sus respectivas municipalidades provinciafes. Arti cu I0 42.- Plazo para la aprobac i6n, actual izac i6 n '110 modificaci6n de plan es La acrobacton de los planes , as! como su actualizaci6n '110 modificaci6n debe desarrollarse en cua renla 'I cinco (45 ) dias caencano. 'I cer'lirse ar procedirmento stqurente. 1. La Municipa lidad Provincial exnce el Proyecto del Plan en sus locales, en las Municipalidades Distntaes involucradas de su jurisdicci6n 'I a naves de su pagina Web. duran te treinla (30) dias calendano. 2. En lodos los casos . ra Municipalidad Provincia l, dentro del plazo selia lado. realiza una audiencia publ ica sob re el contenido de Plan , convocando en particular a los organismos del Gobierno Nacional, Regional 'I Oistrital involucrados en el ambito local. asi como a las universidades. organizaciones de la sociedad civ il e instituciones representativas del sector empresarial , profesiona l 'I laboral de la jurisdicci6n. 3, En todos los casos , las personas natura les 0 juridicas de la jurlsdicci6n provincial '110 distrital, formulan sus observaciones 'I recomendaciones, debidamente sustentadas 'I por escrito. dentro de l plazo establecido en el numeral 1) del presen le articulo. 4. En el caso del PAT, el proyecto de Plan es remitido al respective Gobiemo Reg ional para que dentro del plazo estab lecido en el numeral 1). emita su opini6n, incluidas sus observaciones 'I recomendaciones. si 10 estima conveniente. En los casos de POM, POU 0 EU.el Proyedode Plan es remitido a las Municipa lidades Oistritales involucradas de su jurisd icci6n para que dentro del plazo establecido en el numeral 1) emitan su opini6n incluidas sus observaciones 'I recomendaciones. si 10 estiman conveniente. 5, En el caso de los Planes Especificos: 5.a) La Municipahdad Prov incial dentro del plazo selialado real iza exposiciones tecnicas del conten ido del Plan, convocando a las municipa lidades distrita les 62 mvoiucraoas 'I a los propietancs de los preoios que conforman er ambi to del Plan ascecmco. 5,b) Los convocados, formu lan sus observaciones 'I recomendaocnes. debidamente susteotaoas 'I por escnto. centro del ptazo establecdo en er numeral 1) del presente art iculo, s.c) En el caso de los PE etabcraoos per ocenve privada '110 que no estan consioeraocsen los POM 0 POU. los mismos deben ser objeto de una consulta publica vecmat a los propietanos de los preoics que conrorman er arobitc del Plan escecnco. asr como a los propietarios de los inmuebles vecinos de acuerdo a 10selialado en el articulo 21° del presents Reglamento. 6 , En todos los cases. el equ ipo tecmcc responsable de ra e'aboracton del Plan, en el termoc de quince (15) etas calendano, posterioresat otazoestablecido en er numeral 1) del presente articulo, evaua e incluye 0 desestima las euqererctae 'I recornenoaccnes tcrmuraoas emitiendoun Informe recnrco debidarrente motivado. A rt ic ulo 43.- Nivel de dis pcsl tlv c aprc batcno de los pl anes Concluidos los procedimientos eslablecidos en el articulo anterior. el ccocec Provincial, mediante Ordenanza. aprueba el Plan de Acondicionamien to Territorial, el Plan de Desarrollo Metropolitano, el Plan de Desarrollo Urbano. Esquema de Ordenamientc Urbano '110 Plan Especifico , seqcn correspcrda . Cada uno de estos planes tercra una vigenciade diez (10) alios conlados a partirde su publicaci6n. Vencido eeie ptazo se crcceoera a su actuajzacon. Articul o 44.- Plaza para la aprobac i6n del Plan Urbano Distrital de areas Metropol itanas 0 conurbadas La aprobaci6n del Plan Urbano Dislr ltal de areas metropo litanas 0 areas conurbadas, debe desarrollarse en cua renta 'I cinco (45) eras carendano. de acuercc at procedimiento siguien te: 1) La Mumcipanda d Distntat exhibira el crcvectc del Plan en sus locales 'I a eaves de su paqina Web , duran te treinta (30) dias calendario. 2) La Mun icipalidad Oistrital centre del ptazo selialado en el numeral anterior , reanzara una audiencia publica sobre el contenido del Plan, convocando a las universioaoes, crqamzaciones de fa ecceeec civil e instituciones representatlvas del sector empresarial. profesional 'I laboral de la junsdiccicn . 3) Las personas natura les 0 jurfdicas del tnstrftc involucradas tcrmutaran sus observaciones, sugerencias 'I recomendaciones, deb idamente susten tadas 'I por eecrnc . centre del plazo estabiecoo en er numeral 1) del presente art icu lo. 4) EI equipo tecmcc responsable de la elaboraci6n del Plan. en eltermino de quince (15) dias calendario posteriores alplazoestablecido enel numerall )delpresente articulo, incluira las sugerencias 'I recomendaciones 0 las desestimara emmendc pronunciamientoroooerrenteoc. Articulo 45 .- Nivel de aprobac i6n 'I v igencia de l pl an urbano d is tr ita l Concluido el procedimiento estab lecido en el art iculo anterior, el Concejo Distrita l, median te Ordenanza. aprobara e!PianUrbano OistritaIque tendra una vigencia de cinco (05) alios contados desde su publicaci6n, remitiendo copia del mismo a la Municipalidad Metropolitana 0 Municipalidad Provincia l correspondiente, Articulo 46.- Plaza para la aprobac i6 n de modificaci on es al Plan Urbano Distrital EI Concejo Distrital podra aprobar modificaciones al Plan Urbano Oistrital du rante su vigencia , las mismas que se someteran al procedimiento ser'\alaao en el articulo 44° del presente Reglamen to. cuando: 1) Se aprueben Planes Especificos 2) Se dicten normas municip ales que alteren los aspectos selialados en el art iculo 14° del presen le Reglamento Articulo 47.- De las ac c iones de prom oci6n 'I control Corresponde a las Municipalidades Oistritales ejecutar las aceiones de promoci6n 'I contro l dirigidas al cumplimienlo del Plan Urbano Oistr itai. Articulo 48,- Implemen taci 6n de Observato r ios urbanos l ocal es los gobiernos locales implementan los Observatorios u rbaoos Locales , para ra eveuecrcn y monrtoreo de los PAT, PDM, PDU Y EU, score la base de los indicadcres de evaluaci6n y segu imiento , definidos en los respectivos planes . Articulo 49,- Apro bac i6n de modificaciones yl o actuallzaclcnes a los Plan es EI Concejo Municipal Provincial de caoa ambito jurisdiccional aprueba las modificaciones ylo actuanaacrones a los Planes que ccrre sponca . de acuerdo a los procedimientos establecidos en et presents Cap itulo, considerando que las modificaciones deben ser en procura de un cptimo beneficio para ta comunidad . 49.1 Las modif icaciones y 10 actualizaciones pueden versar score los siquien tes aspectos: 49.1.1 Plan de Acondici onamiento Territorial 1. Imprecisiones ligadas a riesgos a la cc blacicn y la protecci6n ecoloqica. 2, Ajuste a los programas y proyectos de trasceooencta nacional 0 regional no previstos en el Plan vigente que no contrar len er espiri tu del Plan en un plazo menor. 49.1.2 Plan de Desarrollo Metropolitano 1. Las monncacones de trazcs de las Vias Expreses, Arteria les y Colectoras. 2, Las que supriman . reduzcan 0 reubiquen las areas de reserva para equipamiento educauvc de salud 0 recreative. 3. Imprecisiones ligadas a la omisi6n a riesgos de la occrecon de protecci6n ecciocrce. 4. Redirigir la expans i6n urtlana hacia lugares y direceiones diferentes a las establecidas orig inalmente en el Plan. 5, Inclusion de nuevas areas urtlanas. 49.1.3 Plan de Desarrollo Urbano 1 Las modificaciones de trazcs y seccione s de las Vias Expresas, Arter iales y ccectcree. 2. Las que supriman , reduzcan 0 reubiquen las areas de reserva para equ ipamiento educativo de salud 0 recreative. 3. Las que dirijan la expansion urbana hacia lugares y direcciones diferent e a las establecidas crqmalmente en er Plan. 4,Lasquecambien lazcmncaccn Comercial, lndustrial, Pre Urbana, Recreaci6n, Usos Especiales, Servicios Pubnccs Complementarios, Zona de Reglamentaci6n Especial y Zon a Monumental, 0 impliquen la modificaci6n de Zona Residencial de Baja Densidad a Densidad Media oZona Residencat de Densid ad Media a Residencial de Alta Densidad 49,2 No se consideran modificaciones al Plan de Desarrol lo Urtlano en los siguientes aspectos : 49.2.1 Las adecuaciones de trazo de los ejes de vias produc to de la morfologia del sue\o 0 del disefio de las Habil itaciones Urbanas, siempre que se mantenga fa continuidad de fas mismas . 49.2.2 Los camb ios de Zonificaci6n a uso de menor intensidad, rea lizados excepcionalmente por razones de riesgo no mitigable CA PiTULO XIV OEL CAMBIO OE ZONIFICACION Articulo 50.- Formulaci on de propuesta s de cambios de zon ifi cac i6n y conle nido . Los cambios de zonificacion pueden ser propuestos de oficio por fa municipalidad interesada 0 pueden ser tramitados por sus propietarios ylo promotores ante la municipalidad distrital. 50.1 La solicitud del camb io de zon iflcaci6n debe compren der en su ambito a los inmuebles vecinos del predio materia de la solicitud, conformando un area minima de una manzana 0 un sector Se consideran como 63 inmuebles vecmos a ecueucs que comparten el frente de manzana del inmueble materia de ta sojotuc asr como los pred ios posteriores coundantes. 'rratendose de inmuebles que comparten la rrusma via local se consideran como inmuebles vecinos eouenoe que esten ubicados en ambos frentes de manzana. 50,2 La scncmo de cambro de zonificaci6n puede retenrse a uno 0 mas corncorentes 0 parametres contenidos en la norma vigente :zona de uso predomina nte. usos oerroucce. parametres urbantsucos, parametres arquitect6nicos . arectacrones por cbras de caracter prov incial (v ias primarias, intercambios viales . puentes , equoamientosurbancs). 503 Debe constoerarse como minimo los siquientes aspectos en fa propue sta 0 solicitud : 1) Copia literal de dominio expedida por er Registro de Predios con una anticipecicn no mayor a treinta (30) eras naturales , En case que el soncuante de! camotc de zonificaci6n es una persona jurldica se acorroanara vigencia de pode r exped ida por er Registro de Personas Juridicas con una anticip aci6n no mayor a treinta (30) etas naturales . 2) Documentos de los conce sionarios de los servicios de agua. aicantarmadc y enerqla eectnca que acrediten la viabi lidad del cambio de zcnmcaccn soucnaco. en caso que fa solicitud impl ique un incremento en dc tacicn de estos services. 3) Memoria Descriptiva suscrita por un Arqu itecto o Ingeniero Civil colegiado que sustente et cambio soticitado . senatancc ra suncenca de los services pubhccs, como vialidad, Iimpieza publ ica, transporte y de ta dotacicn de equipamientos urbanos de educaci6n, salud y recreacon . Articul o 51,- Pro cedimiento para la autorizac i6 n de cam bios de zon ificac i6n 51.1 La municipalidad distrital , en ccva junsdiccion se encuentre ut scacc er inmueble, errsura opinion tecmca fundam entada en un plazo de tre inta (30) dias calendano. 51,2 Dentro del plazo antes ronceoc ta mumcpafidad distrital hara de conocimiento, la solicitud de cambio de zonificaci6n , entre los propietarios de los inmuebles vecincs que conforman el ambito de ta solicitud y de los pred ios posterio res colindantes ; quienes podran op inar dando su conformidad 0 formulando observaciones tecnicamente scstentaoas por escrto. 51,3 Se constderaran como inmuebles vecinos aquellos que comparten el frente de manzana de! mmueble materia de la ecncmo. 'r ratanoose de inmuebles que comparten la misma via local se ccnsoeraran como inmuebles vecinos aquellos que eaten ubicados a ambos frentes de manzana 51,4 'rratanoose de inmuebles ubicados en areas de expansion urbana , con zonificaci6n asignada pero aun no habilitados, no sera necesana Ia notificaci6n a los inmuebles vecinos, 51,5 La municipalid ad distrital elevara la propue sta de cambio de zonificaci6n a la municipalidad provincial mediante Acuerdo de Concejo . Vencido el plazo sefialado en el presente articulo, de no haber emitido opini6n la Municipalidad Distrital, et interesado continua con el tram ite del cambio de zonificaci6n en la Municipalidad Provincial , debiendo consignar se este hecho en la Ordenanza respectiva, Articul o 52.- De la evaluac i6 n de la so lic it ud de cam blo de zo nlflcaci6n 52,1 Con la opini6n tecnica emitida poria municipalidad distrital. 0 vencido el plazo para emit irla. la unidad organica responsable del desarrollo urbano de la municipalid ad provincial evaluara )a solicitud y emit ira pronunciamiento tecnico : el cual sera remitido al Concejo Provincia l para que resuefva el cambio de zonificacion solicitado, mediante Ordenanza. 522La opini6n de la unkjad organica responsab le de! Desarrollo Urbano de la Municipalidad Prov incial debe considerar: 1. Que sean suflcientes los servicios publicos , como vialidad , servicios de agua . desague , electrick1ad, limpieza publ ica. transport e y, ademas se cuente con la suflciente dotaci6n de equipamientos urbanos de ecucacicn . salud y recreaccn que et cambic de zcnmcacon solicitado demande; 0 2. Que et promotor ylo el propie tario del inmuetne que sonoita er carroc de zcnmcaccn garantice er financiamiento de la ejecuci6n de las cores que demanden er deficit identificado en er numeral anterior. Articulo 53.- Condiciones a las que se suje tan los cambios de zcntflcaclon Cvafquier modificaci6n de la zonmcacon posterior a la aprobaci6n de los PDM, PDU Y EU, queda sujeta a las siguien tes cond iciones: 53,1 Ninqun cambio de zonificaci6n se puede realizar dentrodel prazc ceoos (02) enceoe ecrctecc el PDM, PDU YEU.Sin embargose podra sonotar camcosoe zcnmcacon que se consideren justiflcadamenle necesarios y de interes distritat, provincial 0 rnetropcutenc. Para tal erectc . se debe incluir los estudos tecnicos pertinentes . entre eros los de existence suficienle de factibilidad de servicios, el estudio de tacjoaoes de acceso y el de impacto vial; as! como la constance expresa de haberse convocado y uevadc a cabo la consulta publica con los propietarios de los inmuebes que resunen directa e indirectamente arectaoos con el cambio solicilado , organizaciones de vecmcs - st las hubiere - y agentes econ6micos presentes en et area en cuesti6n, oeoencc cctenerse mayoria absoluta sustentaoa en aetas suscritas par los memes. En ella deben figurar obl igatoriamenle los propietarios de los inmuebles veonos y de los crecrcs posteriores coundames. quenes tan-bien deben opinar expresamenle a favor, dando su conformidad al cambio de zonificaci6n. 53.2 EI cambc de zcnmcaccn no precede s! el uso vigente es de mayor nive! que et soncrtaco. salvo par razones de nesgo usee no mltlgable. 53.3 EI cameo de zcruficaccn debe comprenoer los inmuebles vecmos , conformando un area minima de una manzana 0 un sector. Se consideran como inmuebles vecnos aquejos que comparten e! frente de manzana del inmueble male ria de la solicitud y los predios posteriares colindanles. Tratandcse de inmuebies que comparten la misma via local se consceran como inmuebles vecnos aquel los que esten ubicados en ambos frentes de manzana . CAPiTULO XV DE LA UNlOAD DE GESTl6N URBANisTI CA Articul o 54.- Definici on La Unidad de GesIi6n Urbanislica conslrtuye un sector 0 la totali:lad del area del Plan Especifico donde se aplica un mecanismo asociativo que liene como objelivo garantizar el desarrollo inlegral de Zonas de Reglamenlaci6n Especial. mediante integradones inmobHiarias de predios que perlenecen a mas de un propietario, para su ejecuOOn urbanislica. Los proyectos de Planes Especificos de las Unidades de Gesli6n Urbanistica esrnn dirigidos por los propielarios de los predios del area de limitada, por los inversionistas, personas natura les 0 jurldicas. nacionales 0 extranjeras, publicas 0 privadas . Articu lo 55,- Requ isitos para la const it uc i6 n de la Unidad de Gestion Urbanist ica Paraconstituci6n de una Unidad de Gesti6n Urbanistica y el planeamiento y gest i6n del Area materia de la Zona de Reglamenlaci6n Espedal, se requiere: 1 La aprobaci6 n del Plan Especifico. 2. Idenlificar fa modalidad del proyeclo a ejecular habilitaci6n urbana, reajuste de suelos, reurbanizaci6n, renovaci6n urbana u otra modalida d. 3. EI Proyeeto debe conlar con la aceplaci6n a lraves del voto unanime de los prapietarios del area compromel ida en la actuaci6n y la defrnici6n de los compromisos de los inversionis las para perm ilir la inlegraci6n inmobil iaria de los predios que la conforman. 4. Plano del trazado original (predios , manzanas, loles, vias y servicios publicos , segun sea el caso) 5. EI trazado urbano propueslo , con el nuevo manzaneo y 10lizaci6n, asi como las caracteristicas fisicas de espacios y vias publicas . 6. La localizaci6n y dimensionamienlo de las areas de equipamiento, cuyas dimensiones minimas son las 64 estaoiecoas para los aportes gratuitos , pa ra los proyectos de habil iiaci6n urbana en er Reptamento Naccnat de Ediflcaciones. 7. certmceccs de rectouoeo de servclos de agua y afcantarillado y de energia electrica. 8. Gertificado de inexistencia de restos arqueol6gicos, de ser el case. Articulo 56.- Modalidades optat ivas para la ejecuc lon de proyect os 56.1 Para la ejecud6n de estes proyeclos se puede adoptar la modalidad de nceccnssc de ccorcmsoeo con la normativdad viqente sabre la materia 0 cuancera de tas modalidades normadas en la Ley General de Sociedades , presentence el Proyecto de ta Unidad de Gesti6n urnanrsnca ante la Municipalidad Distrital de la jurisdicci6n, la que realiza la evaluaci6n tecruca correspondiente , aprobanocse er Proyecto , de eccerec a 10 senataco en la ley N" 29090 - ley de Regulaci6n de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y su reglamenlaci6n. 56.2 Cuando se aprueben los proyectos de las Unidades de Gesli6n Urbanislica. los promotores pubhcos o privados pueden solicrtar la mtervencce de (a Gomisi6n de ccoromaccn creaoa per oecretc Supremo N° 01().. 2002-MTG. 56.3 Para la autorizaci6n de la ejecuci6n del proyecto se requiere de la constituci6n del noeccmec 0 de ta modalidad socetana escogida. Art iculo 57.- Requisitos para la integ raci 6n in mobiliaria medi ante el reaju ste de suelos 0 la reurbanizac i6n Para ta otecrecion omccnerie mediante el reaiuste de suelos 0 la reurbanizaci6n , en la Unidad de Gesli6n Urbanislica, debe tener en cuenta los siguientes aspectos: 1 Identificaci6n y cuantificaci6n de los beneficios y costos del Prcyectc. 2. Valorizaci6n de las contribuciones de cada miembro. 3. Mecanismos de restituci6n de las contnouclones de cada miembro. Arti culo 58,- Co ndic iones a las que se suje ta la ejecuci6n de proyect os en las Unidades de Gesti6n Urbani stica Los proyectos a ejecutarse en las Unidades de Gesti6n Urbanislica deben sujelarse a las normas de Habililad 6n Urbana y de Edificaci6n vigenles. Art iculo 59.- De la inscripci6 n del Proyecto de reaju ste de suelos 0 de reurbani zaci on en los Registros Publicos Una vez Que esle aprobado el Proyeeto de reajusle de suelos 0 de reurbanizaci6n, se debe olorgar ESCfitura Publica e inscribirse en los Registros Pubticos. En esta inscripci6n se debe indicar los participes del proceso , terrenos e inmuebles y su acumulaci6n. Debe contener las nuevas dimens iones de los lotes y aportes , describiendo las reslituciones de los nuevos loles, seiialando su va lor y la correspondencia con el predio aportado . CA PiTULO XVI DEL OBSERVATORIO URBANO NAC IONAL Articu lo 60.- Definici on EI Observalorio Urbano Nacional es el inslrumento de gesti6n que se encarga de recolectar, generar, seleccionar, manejar y apl icar indicadores . esladislicas y datos geo espaciales para medir y dar seguimienlo a las cond iciones urbanas de las ciudades Articulo 61.- Objet ivo EI Observatorio Urbano Nacional tiene como objetivo princ ipal coadyuvar a fas acdones de asislencia lecn ica, de desarrollo de capacidades, identificar lemas prioritarios por medic de la investigad6n y procesos consul tivos; ademas liene etprinc ipal compromiso de elaborar y analizar peri6dicamente indicadores generales, socioecon6micos, vivienda . seNicios urbanos, ambientales, gesti6n local y transporte , asi como olros indicadores adicionales que correspondan a las necesidades y requerimienlos que exige la dinamica actua l de los centres poblados . Arti culo 62 - Entidades responaabres EI Observatonc Urbano Nac onal estara a cargo de la Direcci6n Nacional de Urbanismo con fa asetencra tecnica y coorcmaccn de ra oscoe General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Vivienda , construcccn y Sanearruentc. con la participaci6n de los gobiemos locales y regionales, CAPiTULO XVII DE LA COO PERACION INTERIN STITUCIONAl PARA El ACONDICIONAMI ENTO TERRITORIAL Y El DESARROllO URBANO Articulo 63.- De los enca rgados de la cocrdlnactcn. asistencia tecmca V ca pacttaclcn EI Ministerio de vveoce . Construcci6n V Saneamento, cooro ina con las municipalidades, gobiemos regionales y onas entidades pLiblicas V privadas vinculadas con el acondconamentoterritorial Vdesarrollourbano, tonoanooes asistenca tecocaVcecectecon en estostemas as! como en Iaelaboracon. implemenlaci6n yejeaJci6nde los instrumentos a que se refiere er presente Reglamento. Articulo 64 .- Su scripci6n de convenios de coope raci6n tecn tca entre entidades vincuradas con el acondici onamiento territorial V desarrollo urban e y el Min isteri o de Viv iend a, ccnstruccren y Saneam iento Para los etectos de ra cooperaccn otennsunccoer a que se refiere el presente Capi tulo. las municipalidades. gobiemos regionales V otras entidad es pLiblicas v privadas vmcuraoas con el aconorcronarmento territorial y desarro llo urbane proponen , al Ministerio de Vivienda. Construcci6n V Saneam iento. fa celebracicn de convenios de ccoperacio n tecoce destinados a: 1 Recibir capacitaci6n V propuestas tecmcas. en mate ria de aconorcooamento territo rial y desarrollo urbano , adecuadas a sus necesidades y a las funciones que deben lIevar a cabo en el ambito de su competencia ; z.Acucenemetodologia acecuaoapara laprepa racicn, armonizaci6n y/o actualizaci6n de los instrumentos a que se refiere er presente reglamento . de conformidad con las neceeoeces de la entlcao souctante: y. 3, Poner en practica procedimi entos conducentes a incorporar (as politicas V criterios tecmcc s sectoriales de desarrollo urbane y de acondlclcnamento territorial en fa tcrmulacicn . implementacic n V ejecucicn de los PAT. POM. PDU. EU Y PE. Art iculo 65.- Suscripci6n de conve nios de cooperaclcn interinstituci onal ent re municipalidades con otras entidades u organizac iones vincu ladas co n el acondic io nam iento territorial y desarro llo urbano las municipa lidades, podran promov er v suscr ibir convenios de cooperaci6n interinstitucional con universidades, colegios profesionales , organizaciones no gubernamentales y otras entidades 0 institucione s locales que tengan como prop6sito promover el cumpl imento de sus obligacion es en materia de desarrollo urbano y acondicionamie nto territori al. CAPiTULO XVIII DE LA IMPLEMENTACION DE LOS PLANES Articulo 66.- Efectos de la aprobaci6n de planes de acond ic ionamiento territori al V desarro llo urbano los efectos de fa aprobaci6n de los planes de acondicionamiento territorial y de desarrollo urbano son fos siguiente s: 66.1Sujeci6na losPlanesdeAcondicionamientoTerritorial y de Desarrollo Urbano, Las actividades ylo proyectos de inversi6n que promuevan 0 ejecuten tas entidades del Gobiemo Nacional, los Gobiemos Regionales y Gobiemos Locales, necesariamente se sujetan a las disposiciones eslablecidas en los Planes de Acondicionamiento Territorial y Planes de Desarrollo Urbano. Salvo casos debidamente fundamentados pueden llevarse a cabo actividades y/o proyectos no considerados en estos Planes 66.2 Articulacion de los Planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano V el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Gobierno Local. EI Plan Estrategico Institucional, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Gobierno Local. debe formularse. aprobarse y 65 ejecutarse inciuyendo necesariamente el respective PAT. PDM, PDU ylo EU, de ser er caso DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALE S Pri mera .- De los aportes preexistentes. Los aportes otorgados a consecuencta de los procedim ientos de Habijtacic n Urbana concluidos y que se oesarrojen a futuro. son Inafenabies, inembargables e imprescriptibles y, en ningun caso. pueden ser trans retcos a particulares ylo modificarse el usc para el que fueron dest inados originalmen te, salvo los casos previstos por LeV· Seg unda.- Del mate rial cartcqraficoencoorde nadas UTM de los Planes urbanos. EImaterialcartoqratco de los PlanesdeAcondicionamiento Territorial y de DesarrolloUrbano debe estar georeferenciado con cooroeoeoas UTM en eI Datum Oficial. Asimismo. se sei'ialan las coordenadas qeoqraficas de los perimetros del area de otervencon de las areas wbanas y de expansion urbanaestablecidasen los planes resoecevcs. Tercera.- Aprc baclon de moornc acroo es no previ stas en el Plan vigente, en un plazo menor Solo por razones de situacio nes de riesgo para la poblacion 0 por ta pos ibilidad de oesarrouar proyectos de trascendencia naciona l 0 regional no prev istos en el Plan de Acondicionamiento Territorial vigente, el Concejo Provincia! puede aprobar modificaciones que no contra rien el objetivo especffico y general del referido Plan en un plazo menor al establecicc, las mismas que sa someten al procedim iento establecdo en el presente Reqlamen to. Cuarta .-Plazo para que las munici pali dades remitan sus planes a la Di recci6n Naci onal de Urbanism o. Las MunicipaHdades remiten a Ia rxrecccn Nacic nat de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Ccnstruccicn y Saneamento. copia de ta cccumeotaclon y arcrsvos intormencos de los Planes de Acondicionamiento Territorial (PAT), Planes de Desarrollo Metropolitano (PDM}, Planes de Desarrollo Urbano (PDU). Esquemas de Ordenamiento Urbano (EU) y Planes Espec lfico (PE ) aprobados. est como sus modificaciones, con copia de ra pubjcacion 0 trenecrccen de las ordenanzas de aprobacicn correspondientes , dentro de los lreinta (30) d las calendario siguientes a su pubncacion, para au rocusion en er Observatono Urbano Naconat. Quinta. - Normativa aplicable respecto de la co nservaci6n de l medic amblente V los recu rsos naturales En todo 10 ccocemente a la conservaccn del medic ambiente y los recursos naturales, se aplica 10 narmado en la Ley N" 28611 , Ley General delAmbiente; la Ley N"27446. Ley del Sistema Nacional de Evaluaci6n de ImpadoAmbienlal, su modificatOlia aprobada por Decreta Legislativo N° 1078 Y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 019-2009 MINAM;el Reglamentode Zoniflcaci6nEcol6gica Econ6mica. aprobado por Decreto Supremo NO 087-2004-PCM: asi como las dermis normas vigentessobre la materia. Sexta.· l os catas tros, inventa rios tecni cos descr iptivos de la propiedad y de las act iv idades eco n6micas, como fu ente de informaci6n para la pl anifi caci 6n, la gesti6n urbana V tributacl6n local Los catastros urbano , rural y minero . como inventarios tecnicos y descriptivo s de la propiedad y de las actividades econ6micas. conslituven fuenle de informacion para la planificacion , la gesli6n urbana y !a tributaci6n local , teniendo caracler de sarvicio pUblico, Corresponde a las Municipalidades el catastro de los pred ios urbanos, as! como de los predios rListicos y eriazos que sa ubican dentro del area de expansion urbana prevista en los planes urbanos. de acuerdo a la normativa vigenle aplicable al catastro . Septima .- De la entidad enca rgada de la expedici6n de la nonna de esm ndares urbanos para el ca lc ulo de areas de reserva para equ ipamiento urbano. La reglamentaci6n de la norma de Estandares Urbanos para el calculo de Areas de Resarva para Equipamiento Urbano sera expedid a por el Minisle rio de Vivienda . Construcci6n y Saneam iento. en el plazo de 180 dias ceieocerc. contaoos a partir de la tecna de publicacon del presente Reglamento. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Prim era.- Del plazo para ta adecuaci6n de las dis pcsicicnes mu nlclpales en materia de acondic ionamiento territori al y desarroll o urb ano; y prevatencla de norma l as municipafidaces. en un plazo oerentonc de cuatrc (04) ence. contados a partir de la vigencia de la presente norma, cecen adecuar sus dispcsicione s en materia de acordiccnamento territorial y desarrollo urbane a las contenidas en este Reqlamento. De existir mccmpatibijdad entre ncrmas. en materia de aconotconamento territorial y desarrollo urbane, de alguna Provincia 0 Distrito y el presente Reglamento, prevaece este uftsno por ser una norma de aicance y vigencia nactcnal. Segunda.. De ta vig encia excepclcnal del procedi m ient o estab lec ido en el Decreta Supremo N° 027· 200J·V IVIENDA, para la aprobaci6 n de Planes de Acondici on amient o Ter r it or ial y de Desarroll o Urbano en giro , hasta s u culminaci6n Los Planes de Acond icionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano que se encoentren en proceso de aprobaci6n, a !a entrada en vigencia del presente Reglamento, pueden conlinuar , de manera excepcional, hasta su culminaci6n al amparo del procedimiento administrativo narmado en et nee-etc Supremo N° 027 20D3-VIVIENDA, 66 las moncceuceoee que cuenten con Planes aprobados a! amparc de esta Dispostcion Transitoria. tienen un plazo de cinco (05) enos para adecuar sus cecceccoes en materia de acondrctooemento territorial y desarrollo urbane a las contenidas en er oresente Reqlamento. Durante e! periodo que se indica en er carretc precedents. y de conformidad con los estudios de sus correspondientes Planes de Desarrollo Urbano, las muoccenceoee provinciales deben adapter a las caractensncas esoec'ales de su realidad local, con la sustentaci6n teenice correspondiente, e! Cuadro Resumen de la zcomcecon contendo en etanexo N° 1, del presents Reglamento 'rercera- Apli caci6n supletona de los in dices establecidos para las areas de apo rte de habntta creo urbana en el Reglamento Nacional de Edificacion es En tanto se aprueba el R.eglamento de Estandares u rbar os.para ercalcufcd e lasAreas de Reserva parannes de Equipamiento uroenos. se apncara supletoriamente los indices estaoiecdos para las areas de aporte de habilitaci6n urbana establecidcs en et Reglamento Nacional de Ediflcacicnes. DISPOSICI6N COMPLEMENTARIA OEROGATORIA untca.. Der6guense el Decreto Supremo NO 027 2003·VtVIENDA, salvo la excepci6n indicada en la Segunda Disposicion Ccmptementana Transitcria: y las cemas disposiciones legales vigentes que se opongan al presente Reglamento. CUADRO: ANEXO N° 1 CUADRD RESUMEN DE ZDNIACACION URBANA ZONIFICACION DENSIDADIINTENSIDADDE USO Residential I: DerlSidad Baja (ROB) DensidadMedia(RDMI Oensidad Alta(RDA) Vrvienda Taller ~ R OensidadBruta(hab.JHa) 110 330 1200 NOOIlas00usc reSlooncial Oensidad Nela (hab./Ha) 165 1300 2250 Densldad Neta para Conjuntos,600 Residenciales (hab./lia) Comercio Vftcinal ICV) Nlvelde Se1vlclo(hab.j De 2.000 a7500 Industrial IndustriaElemental (11) 22~ ZanaJ ICZI De30,000a 500,000 l;"';ar18 (121 22~ MetropaMano(CM) 300,000 a 1'000,000 Gran Industria(13j EspeQslizsoo{CE) De 1,000a 200.000 GranIndustriaPesada (14) Nlvel de Servicio (hab.) Norroesani peligmsa Nom~esls ni pel iglOsa M~esta C(X1 cienogrsoode Moiestaypel iglOsa pe"grosldad Hospital General (H3) 30 OOסס. a 1 2 OOסס.5 Eduea<;i6n Nlvel de Servieio (hab,) "'"' Nlvel de Se1vicio (hab.) Edvcaci~ BaSlcaIEl ) InidalE basta7.000 El tes ta 30,000 Posta MMica(HI) 2oooa7.000 Ed..caeiOn Tecn\ll6gica (E21 Basta 50,000 Centro de Salud(H2) 20,000 a50,000 Superior Educaci6n Universitsris (E3) Masde50,000 SuperiorEducaeiOn Superior Grsoo (E41 Mas 00 50.000 Has!lIta l Especl.dizada(H4) A125.000 ANEXQ N° 2- GLOSARIQ DE TERMINQS Para los fines del presents Reqlamento. eotenoase por: Acti vidad ecc nemrca Conjunto de cpe raciones retaconao as con ta produccion 'I distribuci6n de bienes 'I services. Pueden ser prrmartas (agropecuarias 'I extractivas j . secundaria (manufactura e industria) y tercartas (servicios). Area de Expansion urbana Espacio del terrrtorio comprendk:lo por et suelo urbanizable. Area de Influencia Territorial Zona susceptible de permitir la interrelaci6n espacial, econ6mica y SOCial de la poblaci6n urbana y rural. Area rural Tierras, aguas y bosques que son susceptibles de aprovecham iento en explotaci6n agraria, ganadera, forestal, de fauna snvesfre. piscicola . 0 minera so ee estar delimitada en los planes urbancs . Area urbana Territorio urbanizado. es decir octaoc de los elementos ccnsntuwos de los centres poblados. Oeun utaoa en los planes urbanos. Centro pc btado Es lodo lugar del terrilorio nacional rural 0 urbano, identificado mediante un nombre y habilado con animo de permanencia. Sus habitantes se encuentran vinculados por inlereses comunes de caracler econ6mico, social, cultural e hist6rico, Dichos centros poblados pueden acceder, segun sus atributos. a categorias como: caserio, pueblo, villa, ciudad y melr6poli. Cent ro pob lado urba no Aquellos lugares que tienen como minima cien viviendas agrupadas contiguamente . formando manzanas 'I calles, por 10 general, estan conformados por uno 0 mas 67 oucece urbancs. Cuando cuentan con mas de cinco mil habitantes se les denomina ctudad, cumple una funcon urbana en la organizaci6n de! temtcno y goza de un equipamiento urbane basco. Ccmprende las cucaoes mayores. lntermedas y menores Centro poblado rura l Acueuos lugares que no tenen cen vlvendas agrupadas contiguamen te 0 teniendo mas de cen vvenoas estes se encuentran disperses 0 orsemoeoee sin tormar btoques 0 nccieos. Ciudad Es un area urbana con alta densidad ccoeccrer destinada a brindar servccs publcos 0 de meres general, y espacios oesnneocs a ta resoenca 0 acnvoaoes cornercaes, industriales0 de servco. sediferencia de was entidades urbanas por diversos coteries, entre los que se ind uyen pcclacon densidad pobladonal 0 estatuto legal,Son areas mas densarrente pobladas y consolcadas: 10 coauas distinguede los centros pobladosurbanos y ruralesque tene n una menor jerarqula urbana y menor densidad pobtados. Las ciudades se crasmcaran en ciudades rrenores. intermedias y mayores, Su poblaci6n comprendera entre 5001 y 500,000 naoitantes. Conglomerado urbano Conjunto urnancrorrnaoo poretcasco etenode masoe un centro poblado y su correspondiente area de influencia. que por su cercania 10 conforman y no necesariamente constituye una umoao politica ecroneneuve . Es et producto de la expansion y fusion de vanas ciudades 0 centros poblados cercanos. incluso ecicmerecrcoes. y por 10 tanto ccucenmccs. Con urbaci6n Proceso y resuuaccdel crecmento de variescentres poblados los cuales se integran y forman parte de una unidad,aun cuando lasd istintasunidades que 10conforman rnantienen 0 pueoen rnantener su inoependencia funconat y dmamfca. Fen6meno dado entre dos 0 mas zonas urbanas geog raficamente separacas que se unen generando problemas de jurisdicci6n y administraci6n. Desarrollo Urbano Proceso de ordenamiento y adecuaci6n de los centros poblados en el ambito urbano y rural, a traves de la planeaci6n en sus aspectos que promueve el incremento de las actividades humanas y et mejoramiento de las cond iciones de vida de la poblacion , median te el acceso a bienes , servk:ios. infraestructuras y equipamientos adecuados, en un medio ambiente sa ludable que no comprometa las necesidades de generaciones futuras . Desarrollo sostenible Es un proceso de mejoramien to sostenido y equitativo de la calidad de vida , fundado en la conseNaci6n y protecci6n del medio ambiente, de manera de no comprometer las expeclativas de generaciones futuras : asimismo . postula un equilibrio entre las dimensiones sociales , econ6micas y ambientales del desarrollo. Termino equivalen te a sustentable 0 permanente. Edificaci6n Obra de caracter permanente cuyo destino es albergar aclividades humanas . Comprende las instalaciones fljas y complemen tarias adscritas a ella Espado publico Red conformad a por el conjunto de espacios abiertos de dominic y uso publ ico. destinados por su naturaleza, uso 0 afectaci6n a la satisfacci6n de necesidades colectivas. Estos pueden ser naturales 0 creados por el hombre, Estructura de l Sistema Urbano Conjunto de centros poblados en un ambito espacial especifico, con actividades organizadas y con relaciones funciona les. Estructura Urbana Una estructura urbana esta const ituida por la organizaci6n de las actividades en los centros poblados y su area de innuencia, por los espacios adaptados para estas cemanoas y por las reracones tunclonares que entre enos se generan , centro de los cuales son relevantes ra de los principales factcres de producci6n , trabajo, capital e mocvecon. Equipamiento urbano Conjun to de eomceccnee e mstalacones predom inantemen te de usc publico utilizado para prestar services a la personas en los centres pobtados y ceserrcner ecuvceoee humanas compementanas de habttaclon. Infraestructura urbana Conjun to de reoes que constituyen er sooorte de! funcionamiento de las actividades humanas en los centros poblados y hacen posible el usc del suelo en condiciones adecuadas. Metr6poli Denommacon a los centres poblados covesespacios geoecon6micos definidos funcionalmen te a partir de un centro principal 0 centro metropoutano que por su gran volumen de poblacicn , por sus acnvoaces (sccales: econ6micas, politicos administrativas; culturales), asi como por sus n'veies de equipamento. services. y comportam iento de mercedes, ejerce una fuerle innuencia sobre espacios y centros poblados con los que intercambia intensemente nujos de poblacicn. bienes y services. Su poblaci6n comprende mas de 500 ,001 habitantes. Ocupaci 6n del territorio Es el proceso de posici6n del espacio fisico con caracter permanente, por parte de la sociedad . Tlene reiecrco con cos aspectos : • Que la poblaci6n ocupa el territorio por medio de sus crcaneeccree economicas. cutturates. etc. es deer como scceoad . • Que la ocupaci6n tiene sentido econ6mico y resioenciaf. que se sustenta en er valor de usc que la sociedad asigna a los recursos naturales con nnes de producci6n 0 restdencia . Part ic ipaci6n social Proceso omamcc que permite la activa partic ipaci6n orqanizada del sector cnveoc social y empresariat en ra ccnsuuccce de l modele de desarrollo territorial y urbano como en su correspondiente gest i6n 0 ejecuci6n . Paisaje urbano Cualqu ier parte del territorio tal como la percibe la poblaci6n , cuyo caracter sea el resullado de la acci6n y la interacc i6n de factores naturales yfo humanos Plan de Acondicionamiento Territorial Instrumento tecnico- normativo de planificacion en el ambito territorial provincia l ylo de cuenca ylo de Iitoral y/o zonas marino costeras , que orienta y regula la organizaci6n fisico-espacial de las actividades humanas en cuanto a la distribuci6n, jera rquia , roles y funciones de los centros poblados en el ambito urbano y rural ; la conservacion y proteccion de! recursoy patrimonio natura! y cultura l; y, la ocupaCl6n y uso planrficado del territorlo , para lograr el mejoramiento de los niveles y calidad de vida de la pobtaci6n urbana y fural, bajo el enfoque territorial prospectivo, competit ivo y de sostenibilidad. Plan de Desa rro llo Urbano Instrumento tecnico-normativo que promueve y orienta las acciones para el desarrollo de los centros poblados urbanos en concordancia con los Planes de Acondicionamiento Territorial . Poblaci6n Conjun to de personas que interactuan entre sl y con un territorio . et cual crean y recrean permanentemente en funcion de sus necesidades y de la organizaci6n que adopten para la apropiaci6n, producci6n y consume de bienes y servicios Proceso de Urbanizaci6n Desde el punto de vista ecol6g ico-demograflco, el proceso de urbanizacion es el proceso de concentracion de fa poblaci6n y de las actividades humanas en determinados puntos los centros poblados 68 Servicios urbancs Activdades operatives cccncee prestadas directamente por la autorklad competente 0 concesion ada para satistacer oeceeoaoes corecnvas en los centros poblados urbanos y rurales Suelo rceuec Aquel que no cuenta con habilitaci6n urbana Aoernas, esta destinado 0 es susceptible de serlo para fines ecrence . ce necerce. forestaies y de fauna snvestre y actividades anatoqas s uerc urbano Aquer que se cuenta con cores de habihtacicn urbana y que esta destinado 0 son susceptibles de ser destinados para fines de vivienda, comerco. industria, equipamiento o cualouier ctra actividad urbana . Suelo urbani zable Aquel suelo rceucc cuyas caracterrsucas 10 hacen susceptible de aprovechamiento en la fundaci6n 0 crecmento de los centres pobtados. mediante procesos de habnitacicn urbana. Territorio Base fisica, sociocultural, eccnormca . polftica , dmarruca y beteroqenea. formada por las areas urbanas y rurates. e integ rante interactive del sistema ambental. Estructuralmente et territorio esta conformado por el suelo, subsue\o y sobresuelo. Urbano Cuando en la presente ley se hace referencia a urbane, ennencase que ccrreeccooe tanto a los centros pcblados urbanos como a los centres poblados rurales Uso del s uelo Destino dado por la poblaci6n al temtcoc, tanto urbane como rural, para satisfacer sus necesidades de vivienda, de esparcsniento. de prooucccn de cornercio. culturates. de circulaci6n y de acceso a los servicios. Uso potenci al de l sue lo Destino propuesto para su area del territorio por un programa de desarrollO regional sustentable y el consecuente desarrollo territorial. Desoe er punto de vista agron6mico el uso potencial se refiere a los sistemas de producci6n aconsejables para lograr\a mejorproductividad permanen ts . preservando ra integridad del recurso. Vulnerabili dad Es er grado de debitidad que presenta una sociedad , frente a las amenazas que la afectan y su capacidad de sobrepone rse luego del momento de la afectaci6n , Se relaciQna con los bajos niveles econ6mico s y de bienestar de la poblacion, escasa organizaci6n sodal, bajos estandares educativos , y caracteristicas cultura les e ideol6gicas que dificultan fa reducei6n de riesgos. 654554-14 Transfi eren inmueble s en propie dad a favor del Minist er io de Defensa co n la fin ali dad de se r desti nados a la re a liz aci6n de l Proye cto de Vivienda ~ La Alameda del Rim ac" RESOlUCI6 N SUPREMA N"007-2011-VIVIENOA lima, 16 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, \a l ey N" 29006. ley que autoriza la disposici6n de inmuebles del Sedor Defensa, autoriz6 al Ministeoo de Defensa y a sus Orgaoos de Ejecud6n (Ejercito, Marina de Guerra y Fuerza Aerea) a realizar aetos de administraci6n y disposici6n, a titulo oneroso, de los inmuebles de su propiedad quenoresultennecesariosparae\cump\imientode su finalidad 0 no se encuentren considerados en sus planes estrategicos, destinando los recursos que se obtengan para fines de bienestar de su personal, considerando asimismo, por excecccn lacepceclonde bienes recesanos para fines de Defensa Nacona! especialmente los ubicaccs en areas urbanas que almacenen materiales que represenlan un riesgo para ta cccecco. Que. mediante Resclucion de ra ccmanoanca General del Ejercjto N° 026 de fecha 18 de enero de 2008, se aprob6 ra rerec on de inmuebles que pueoen ser objeto de administ racicn yfo deposicon en cumplim iento de )0 establecido en la ley N° 29006 Y su Reglamento, dentro de los cuaies se encuentra el creoc oeromroaco "Fuerte Milrtar Rafael Hoyos Rubio"; Que, en mente a fa cuaoa l ey, el Servicio de Ingenieria del Ejercito del Peru-SINGE del Ministerio de Defense. mediante Oficio N° 973-2009 T-12·i ·2/10.00, de fecha 09 de setiembre de 2009, inicio fas gestiones para el revantamento de reserva parcial y posterior transrerencla en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru de un area de 319 680,97 m' del predio cenorrmaoo "Fuerte Militar Rafael Hoyos Rubio"; Que, la Jefatura deAdquisiciones y Recuperaciones de la Superintendenda Nacional de Bienes Estatales - SBN, mediante Informes Nros 756-2009/SBN-GO-JAR-B5, 902 2009/SBN-GO-JAR-B5, Y 618-2010/SBN-GO-JAR-B5 de fechas 17 de setiembre de 2009, 06 de noviembre de 2009, y 25 de agosto de 2010, respecnvarrente, manifiesta que es procedente el levantamiento de la reserva parcial respecto del area de 314 026,60 m' . conformada por • EI predio de 92 357,83 m' . ubicado en parte de) predio constituido por el actual Poligono de Trro, que form6 parte del Fundo Munoz, en er orstnto del Rimae, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N° 12400170 del Registro de Predios de lima; y • EI creoc de 221 668,77 m' , uocacc connoante at predlc denominado Pofigono Nacional de Tiro con accesc per la Prolongad6n de la Avenida Alberto Gamarra, en el ctstctc del Rimae, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida N" 12395562 del Registro de Predios de Lima: Que , los predios descritos en el considerando anterior forman parte de un area de mayor extensi6n de 1 423 647,64 m' que se encuentra reservaoa para fines de defensa nacional, conforme a la reconstrucc i6n realizada de 10 dispueslo mediante Resolud6n Suprema N' 142 del 22 de novemore de 1962, rncorncaca con Resclucon Suprema N' 52 del 22 de [unio de 1963; Que, la Jefatura de Adjud icaciones mediante Informe N° 996-2009/S BN-GO-JAD de recna 09 de cicembre de 2009, otorg6 su conformidad para la transferencia del area de 314 026,60 m' a fa....or del Ministerio de Defensa Eiercito del Peru; Que , con fecha 22 de enero de 2010 , el Comandan le General de! Ejercito aprueba ellnforme Tecnico N° 001rr 12.j.2/10,00 de fecha 20 de enero de 2010, el cual da la sustentacion tecnica para la solicitud dellevantamiento de reserva y transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru del predio sub materia; Que, e! area de 314 026,60 m' materia del presente caso, sera destinada al Proyecto de Vivienda denominado "La Alameda def Rim ae" - Lima, como parte del Conven io Especifico de Cooperacion Interinstitud onal suscrilo entre el Minister io de Defensa - Ejercito del Peru y el Ministerio de Vivienda , Construcci6n y Saneamiento , y en concordanda con la finalidad y procedimientos de la Ley N° 29006 Y su Reglamento; Que, el articulo 30 de! Reglamento de la ley N° 29006, establece que ellevanlamienlo de reserva y lransferencia, seran aprobados por Resolucion Suprema refrendada por el Presklente del Consejo de Ministros, el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Vivienda, Construcd6n y Saneamiento ; Que, en este sentido, resulta necesario aprobar el levantamiento de reserva parcial y la transferencia en propiedad a favor del Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru; De conformidad con 10 dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la ley N° 29006 Y Decreto Supremo N" 021-2007-DElSG; SE RESUElVE: Articulo 1°. Disponer el levantamiento de reserva parcial del area de 314 026,60 m' , conformada por los predios inscrilos en las Partidas Nros 12400170 y REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL REAL TIME EIRL