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秘鲁的法律

Decreto Supremo Nº 003-2018-EM ─ Modifica el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería

颁布于 2018-02-07 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Mineral resources
关键词
mining, concession, access right, registration, offences/penalties, access-to-information, legal proceedings/administrative proceedings
类别
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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文本

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  1. 76.1 El Registro de Pagos de derecho de vigencia y penalidad es de acceso público, gratuito y de actualización ENERGIA Y MINAS permanente, a través de la página web del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico-INGEMMET. Modifican los Artículos 76, 77 y 102 del 76.2 Conforme al Registro de Pagos de derecho de Reglamento de diversos títulos del Texto vigencia y penalidad, la Dirección de Derecho de Vigencia pone a disposición de los administrados, a través de la Único Ordenado de la Ley General de página web del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico- Minería, aprobado por D.S. N° 03-94-EM INGEMMET, lo siguiente: DECRETO SUPREMO 1. El listado de los derechos mineros cuyos titulares Nº 003-2018-EM no han cumplido con el pago oportuno del derecho de vigencia, a más tardar el último día hábil del mes de EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA agosto de cada año; 2. El listado de concesiones mineras cuyos titulares CONSIDERANDO: no han cumplido con el pago oportuno de la penalidad, dentro de los treinta días naturales siguientes de recibido Que, el Registro de Pagos de derecho de vigencia y el listado que la Dirección General de Minería remite penalidad, indicado en el literal del k) del artículo 3 del conforme al artículo 78 del presente Reglamento. El Peruano / Jueves 8 de febrero de 2018 NORMAS LEGALES 23

  2. 76.3 La Dirección de Derecho de Vigencia, en caso aprobado por el Decreto Supremo Nº 03-94-EM, a las corresponda, actualiza los listados mencionados en el Resoluciones de no pago por derecho de vigencia y/o párrafo 76.2 en el Registro de Pagos indicado, e informa penalidad se entiende referida al listado de los derechos a los administrados de dicha actualización a través de la mineros que no han cumplido con el pago oportuno de las página web de INGEMMET, el último día hábil del mes.” citadas obligaciones. “Artículo 77.- Modificación al Registro de Pagos DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA del derecho de vigencia y penalidad ÚNICA.- Sobre el listado único de derechos

  3. 77.1 A partir de la publicación y actualización de mineros cuyos titulares no cumplieron con el pago los listados a que se refiere el artículo 76 del presente oportuno del derecho de vigencia y penalidad Reglamento, los titulares o cesionarios de derechos A partir del año 2019 y, en lo sucesivo, a más tardar mineros pueden, en cualquier momento, solicitar a la el último día hábil del mes de agosto de cada año, la Dirección de Derecho de Vigencia la modificación del Dirección de Derecho de Vigencia del Instituto Geológico, Registro de Pagos del derecho de vigencia y penalidad. Minero y Metalúrgico-INGEMMET pone a disposición

  4. 77.2 Las solicitudes de modificación al Registro de los administrados, a través de la página web del de Pagos de derecho de vigencia y penalidad u otras Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico-INGEMMET, solicitudes respecto del no pago, son resueltas por el un listado único de derechos mineros cuyos titulares no Presidente del Consejo Directivo de INGEMMET, previo cumplieron con el pago oportuno del derecho de vigencia informe de la Dirección de Derecho de Vigencia. Lo y penalidad, conforme al Decreto Legislativo Nº 1320 y resuelto sólo puede ser impugnado ante el Consejo de el Decreto Supremo Nº 011-2017-EM, manteniéndose el Minería, con la resolución de caducidad que corresponda. procedimiento previsto en el artículo 77 del Reglamento

  5. 77.3 Las solicitudes de modificación del Registro de diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley de Pagos de derecho de vigencia y penalidad u otras General de Minería, aprobado por el Decreto Supremo solicitudes respecto del no pago del segundo año o más se Nº 03-94-EM, sobre modificación al Registro de Pagos de resuelven, en caso de improcedencia, con la Resolución derecho de vigencia y penalidad. que declara la caducidad.” DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA “Artículo 102.- Procedimiento de Caducidad ÚNICA.- Derogación del segundo párrafo del 102.1 Considerando la información obtenida del artículo 8 del Decreto Supremo N° 084-2007-EM Registro de Pagos de derecho de vigencia y penalidad, Deróguese el segundo párrafo del artículo 8 del la Dirección de Derecho de Vigencia elabora el informe Decreto Supremo N° 084-2007-EM. sustentatorio de caducidad por no pago de derecho de vigencia y lo remite a la Dirección de Concesiones Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete Mineras. días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. 102.2 Dentro del mes siguiente de recibido el informe sustentatorio indicado en el párrafo 102.1, la PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Dirección de Concesiones Mineras remite al Presidente Presidente de la República del Consejo Directivo del INGEMMET los expedientes de las concesiones, denuncios y petitorios incursos en ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS causal de caducidad, con el proyecto de Resolución Ministra de Energía y Minas correspondiente. 102.3 Las solicitudes referidas a cumplimiento de 1614917-2 pagos, actualizaciones o modificaciones al Registro de Pagos; así como las caducidades por el no pago de penalidad, son sustentadas por la Dirección de Derecho Otorgan autorización a favor de SURPACK de Vigencia, la cual remite los expedientes al Presidente S.A. para desarrollar la actividad de del Consejo Directivo del INGEMMET con el proyecto de generación de energía eléctrica en las Resolución correspondiente. 102.4 El Presidente del Consejo Directivo del instalaciones de la Central Térmica Surpack, INGEMMET declara la caducidad de los petitorios, ubicada en el distrito de Lurín, provincia y denuncios o concesiones mineras dentro de los quince días departamento de Lima hábiles siguientes de remitido el proyecto de Resolución correspondiente; y, remite a la Superintendencia Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL de los Registros Públicos–SUNARP, en cada caso, copia N° 009-2018-MEM/DM certificada de la Resolución de caducidad debidamente consentida o ejecutoriada, para que la Oficina Registral Lima, 8 de enero de 2018 competente proceda a su inscripción. 102.5 En el caso de concesiones mineras y petitorios VISTOS: El Expediente N° 33382217 sobre la solicitud bajo el ámbito de los Gobiernos Regionales, el Presidente de otorgamiento de autorización para desarrollar la del Consejo Directivo del INGEMMET informa al Gobierno actividad de generación de energía eléctrica en la Central Regional los derechos mineros incursos en causal Térmica Surpack, presentada por SURPACK S.A.; y, de caducidad, adjuntando el informe sustentatorio de los Informes N° 714-2017-MEM/DGE-DCE y N° 655- la Dirección de Derecho de Vigencia que evalúe, en 2017-MEM/OGJ elaborados por la Dirección General de su caso, las solicitudes que se hubieran presentado Electricidad y por la Oficina General de Asesoría Jurídica, respecto al cumplimiento de pagos de derecho vigencia respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; y penalidad. El Gobierno Regional declara la caducidad correspondiente dentro de los quince días calendario CONSIDERANDO: siguientes de recibida la comunicación del INGEMMET.” Que, mediante documento con Registro N° 2753382, Artículo 2.-Refrendo de fecha 27 de octubre de 2017, SURPACK S.A. solicita El presente Decreto Supremo es refrendado por la el otorgamiento de autorización para desarrollar la Ministra de Energía y Minas. actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Surpack, con una potencia instalada de 2,61 MW, DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL ubicada en el distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) figuran en el ÚNICA.- Sobre las Resoluciones de no pago por Expediente; Derecho de Vigencia y/o Penalidad Que, mediante Resolución Directoral N° Toda mención en el Reglamento de diversos Títulos 211-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGAAMI, la Dirección del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, General de Asuntos Ambientales de Industria del

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