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Decreto Supremo Nº 003-2013-EM ─ Precisa las condiciones para el proceso de formalización para actividades de pequeña minería y minería artesanal

颁布于 2013-02-05 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Mineral resources
关键词
pollution control, exploration, environmental standards, mining, soil pollution/quality, environmental impact assessment (EIA), environmental audit, certification, residues, soil rehabilitation, classification/declassification, authorization/permit, registration, standards, protection of environment
类别
metals-base, metals-precious, minerals-critical

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文本

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  1. Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de las de la Declaración de Compromisos en el proceso señoras Rosa Isabel Flores Arévalo y Flor Aidee Pablo de formalización en las zonas de Madre de Dios, Medina, Directora General de la Dirección General de comprendidas en el Anexo 1 del Decreto Legislativo N° Educación Superior y Técnico Profesional y Directora 1100, se encuentre supeditado al cumplimiento de los de la Dirección de Educación Primaria de la Dirección requisitos del proceso de formalización; General de Educación Básica Regular del Ministerio de Que, asimismo, es necesario regular etapas de Educación, respectivamente, del 06 al 08 de febrero de carácter preclusivo con precisión de plazos que hagan 2013, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, posible el cumplimiento de dichas etapas para ambos para los fines expuestos en la parte considerativa de la procesos, así como establecer disposiciones comunes presente Resolución. aplicables a los dos procesos de formalización;

  2. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento De conformidad con lo establecido en el numeral de la presente Resolución Suprema serán con cargo al 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; Pliego Presupuestal Nº 010: Ministerio de Educación y, el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley - Unidad Ejecutora 026, de acuerdo al siguiente Orgánica del Poder Ejecutivo; detalle: DECRETA: ROSA ISABEL FLORES AREVALO Pasajes aéreos (incluye TUUA) : S/. 6 400,00 Artículo 1.- Del objeto y ámbito de aplicación Viáticos (por 02 días) : S/. 1 228,80 Es objeto del presente dispositivo, precisar las condiciones necesarias para que las personas que han FLOR AIDEE PABLO MEDINA iniciado el proceso de formalización para actividades Pasajes aéreos (incluye TUUA) : S/. 6 400,00 de pequeña minería y minería artesanal, conforme a Viáticos (por 02 días) : S/. 1 228,80 ley y mediante la presentación de la declaración de Normas Legales del 06.02.2013 12 compromisos correspondiente, mantengan vigente su Declaraciones de Compromisos a cargo del Ministerio de condición de sujetos en procesos de formalización, en Energía y Minas. tanto cumplan con los requisitos establecidos para tal fin. 2. Acreditación de Titularidad, Contrato de Cesión, Establézcase como ámbito de aplicación del presente Acuerdo o Contrato de Explotación sobre la Concesión dispositivo a los procesos de formalización en Madre Minera. de Dios y a nivel nacional, debiendo entenderse como Los sujetos de formalización deberán cumplir con tales, para efectos del presente Decreto Supremo, a: presentar dicho requisito hasta el 05 de setiembre de 2013 Proceso de Formalización a nivel nacional: 3. Acreditación de Propiedad o Autorización de Los procesos de formalización de la actividad minera Uso del Terreno Superficial. informal de la pequeña minería y de la minería artesanal, Los sujetos de formalización deberán cumplir con ejercida en zonas no prohibidas para la realización de presentar dicho requisito hasta el 16 de setiembre de dichas actividades a nivel nacional, el cual se encuentra 2013 regulado mediante Decreto Legislativo N° 1105. El cumplimiento de requisitos en el proceso de 4. Autorización de Uso de Aguas. formalización a nivel nacional, está sujeto al cumplimiento Los sujetos de formalización deberán cumplir con de etapas preclusivas, entendiéndose que cada paso presentar dicho requisito hasta el 25 de setiembre de es un requisito del anterior, sin perjuicio de que algunos 2013 pudieran tramitarse de manera simultánea. 5. Aprobación del Instrumento de Gestión Proceso de Formalización en Madre de Dios Ambiental Correctivo. Los sujetos de formalización deberán cumplir con Los procesos de formalización de la actividad minera dicho requisito dentro de los plazos previstos en el informal de la pequeña minería y de la minería artesanal, Decreto Supremo N° 004-2012-MINAM y sus normas ejercida en las zonas del departamento de Madre de modificatorias. Dios comprendidas en el Anexo 1 del Decreto Legislativo Nº 1100, proceso que se encuentra regulado mediante 6. Autorización para Inicio/Reinicio de Actividades Decreto Supremo N° 006-2012-EM. de Exploración, Explotación y/o Beneficio de Minerales.

  3. Artículo 2.- Admisión a trámite de Declaración de Cumplidos los pasos señalados en los artículos Compromisos precedentes; y, previa opinión favorable del Ministerio de Precísese que no procede la admisión por parte de los Energía y Minas el Gobierno Regional correspondiente Gobiernos Regionales de la Declaración de Compromisos, emitirá la correspondiente Resolución de Inicio/Reinicio en tanto han vencido los plazos establecidos en el artículo de Actividades de Exploración, Explotación y/o Beneficio 5 del Decreto Legislativo N° 1105, modificado por la Ley de Minerales, con la cual culminará el Proceso de N° 29910; y, en el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 006- Formalización. 2012-EM, modificado por Decreto Supremo N° 023-2012- Las personas naturales o jurídicas que se someten EM, para su presentación a nivel nacional y en Madre de al proceso de formalización deben cumplir con todos los Dios, respectivamente. pasos y sus requisitos a efectos de que la actividad que Las Declaraciones de Compromisos presentadas fuera ejercen pueda ser considerada como formal. de las fechas de vencimiento establecidas en cada una de Asimismo, el Expediente Técnico para la autorización las normas citadas o que no se encuentren inscritas en los de inicio o reinicio de actividades de exploración, Registros correspondientes se consideran inválidas. explotación y/o beneficio de minerales deberá contener la constancia de registro de las maquinarias que se

  4. Artículo 3.- Disposiciones comunes para los utilizarán para el desarrollo de las actividades mineras procesos de formalización a nivel nacional y en Madre en la Superintendencia Nacional de Registro Públicos- de Dios SUNARP, así como el Certificado de Inexistencia de Restos En los procesos de formalización a nivel nacional y Arqueológicos respecto del área en que se desarrolle la en Madre de Dios, se deberán observar las siguientes actividad minera, conforme al procedimiento simplificado disposiciones: y plazos que para tal efecto establezca el Ministerio de Cultura; sin perjuicio de los demás autorizaciones o 3.1. Las personas que hayan presentado Declaración requisitos exigidos por la normativa vigente. de Compromisos en los plazos previstos para tal fin, mantendrán la condición de sujetos en proceso de Artículo 5.- De los requisitos para el proceso de formalización y; por ende, mantendrán vigente su formalización en Madre de Dios Declaración de Compromisos, en tanto cumplan con todos El proceso de formalización en Madre de Dios se y cada uno de los requisitos o pasos establecidos en el encuentra regulado por el Decreto Supremo N° 006-2012- presente dispositivo y en las normas que regulan ambos EM y sus normas modificatorias y complementarias, y procesos de formalización, en los plazos previstos para sujeto al cumplimiento de los siguientes requisitos sujetos cada caso. En caso de incumplimiento de los requisitos o a plazos que se detallan a continuación: pasos establecidos en el marco legal vigente se aplicará la cancelación de pleno derecho a que hace referencia el 1) Declaración de Compromisos artículo 6° del presente Decreto Supremo. Presentada en el plazo previsto en el artículo 4 del 3.2. El Gobierno Regional competente está obligado Decreto Supremo N° 006-2012-EM, modificado por a verificar la identidad de los sujetos de formalización Decreto Supremo Nº 023-2012-EM; y, debidamente durante el desarrollo de todo el proceso de formalización registrada por el Gobierno Regional de Madre de Dios a través de las consultas correspondientes al Registro e inscrita en el Registro Nacional de Declaraciones de Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC Compromisos a cargo del Ministerio de Energía y Minas.

  5. Artículo 4.- De los pasos para el proceso de 2) Presentación del documento que acredite la formalización a nivel nacional Titularidad, Contrato de Cesión, Acuerdo o Contrato Los pasos para la formalización a nivel nacional de Explotación sobre la Concesión Minera previstos en el Decreto Legislativo N° 1105, se encuentran Los sujetos de formalización deberán cumplir con sujetos al cumplimiento de los siguientes plazos: presentar dicho requisito hasta el 05 de setiembre de 2013 1. Declaración de Compromisos 3) Acreditación de la Propiedad o Autorización de Presentada dentro de los plazos previstos en el Uso del Terreno Superficial artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1105, modificado por El Gobierno Regional de Madre de Dios deberá la Ley N° 29910, y debidamente registrada por el Gobierno verificar el cumplimiento de dicho requisito hasta el 16 de Regional competente e inscrita en el Registro Nacional de setiembre de 2013. Normas Legales del 06.02.2013 13 4) Presentación del Instrumento de Gestión en este dispositivo y la normativa vigente para la obtención Ambiental Correctivo-IGAC, de dicha autorización. Los sujetos de formalización deberán cumplir con El Gobierno Regional de Madre de Dios deberá dicho requisito en el plazo previsto en el Decreto Supremo conducir y culminar el proceso de formalización hasta el 19 N° 004-2012-MINAM y sus normas modificatorias. de abril del 2014, respecto a los administrados que hayan cumplido con presentar los requisitos para la obtención 5) Autorización para Inicio/Reinicio de Actividades de la autorización de inicio/ reinicio de actividades de de Exploración, Explotación y/o Beneficio de exploración en los plazos previstos en las normas que Minerales. regulan dicho proceso. Cumplidos los pasos señalados en los artículos El plazo establecido no habilita el ingreso de nuevos precedentes; y, previa opinión favorable del Ministerio administrados al proceso de formalización regulado en el de Energía y Minas, el Gobierno Regional de Madre de presente dispositivo, lo que se encontró determinado por Dios emitirá la correspondiente Resolución de Inicio/ la presentación de las Declaraciones de Compromisos Reinicio de Actividades de Exploración, Explotación y/o en el plazo previsto en el Decreto Supremo Nº 023-2012- Beneficio de Minerales, con la cual culminará el Proceso EM. de Formalización. Las personas naturales o jurídicas que se someten Segunda.- Modificación del artículo 4 del Decreto al proceso de formalización deben cumplir con todos los Supremo N° 006-2012-EM requisitos a efectos de que la actividad que ejercen pueda Modifíquese el artículo 4 del Decreto Supremo N° 006- ser considerada como formal. 2012-EM, cuyo texto será el siguiente: El Expediente Técnico para la autorización de inicio o reinicio de actividades de exploración, explotación y/o “Artículo 4.- Requisito para el inicio del proceso beneficio de minerales deberá contener la constancia de formalización de registro de las maquinarias que se utilizarán para el (…….) desarrollo de las actividades mineras en la Superintendencia Dicha declaración será materia de registro por el Nacional de Registros Públicos-SUNARP; y, demás Gobierno Regional de Madre de Dios y el Registro autorizaciones o requisitos exigidos por la normativa Nacional del Ministerio de Energía y Minas y tendrá vigente para el otorgamiento de autorización de Inicio/ vigencia hasta el otorgamiento al administrado de Reinicio de Actividades de Exploración, Explotación y/o la autorización de inicio/reinicio de actividades de Beneficio de Minerales. exploración, explotación y/o beneficio de minerales; o, hasta el momento en que se verifique el incumplimiento

  6. Artículo 6.- De la cancelación de la Declaración de de los requisitos establecidos en este dispositivo y la Compromisos normativa vigente. De verificarse la no presentación de cualquiera de los La Declaración de Compromisos deberá ser requisitos o pasos establecidos, en los plazos señalados comunicada por el Gobierno Regional al Ministerio de en los artículos 4 y 5 de la presente norma, la Declaración Energía y Minas, bajo responsabilidad, sin cuyo requisito de Compromisos queda cancelada de pleno derecho. carecerá de validez. El Gobierno Regional correspondiente deberá cumplir (……………..) con inscribir la cancelación en el Registro correspondiente en un plazo de veinticuatro (24) horas de verificado el Tercera.- Vigencia incumplimiento de cualquiera de los requisitos o pasos, lo El presente dispositivo entra en vigencia a partir del que deberá ser comunicado el mismo día al Ministerio de día siguiente de su publicación. Energía y Minas, para la inscripción de la cancelación en Precísese que mantienen plena vigencia los Decretos el Registro Nacional a cargo de dicho sector. Legislativos N°s 1100 y 1105; así como el Decreto Supremo N° 006-2012-EM y demás normas que regulan

  7. Artículo 7.- De la fiscalización y de las acciones de los procesos de formalización respecto a las disposiciones interdicción que no se opongan a lo dispuesto en el presente Los sujetos de formalización se encuentran sujetos dispositivo. durante todo el proceso de formalización a las acciones de fiscalización que se generen por el incumplimiento de Cuarta.- Refrendo la legislación en materia minera y ambiental. El presente decreto supremo será refrendado por el Para efectos de la ejecución de las acciones de Presidente del Consejo de Ministros y los Ministros de fiscalización e interdicción frente a la minería ilegal, se Energía y Minas, del Ambiente, Agricultura, Vivienda, tomará en consideración la información consignada en Construcción y Saneamiento, y de Cultura. el Registro Nacional de Declaraciones de Compromisos del Ministerio de Energía y Minas, en lo correspondiente Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco y de acuerdo a la naturaleza de dichas acciones, días del mes de febrero del año dos mil trece. al que se podrá tener acceso a través de su Portal Institucional. OLLANTA HUMALA TASSO Los interesados se encuentran obligados a verificar la Presidente Constitucional de la República vigencia de la presente Declaración de Compromisos en el Registro Nacional de Declaraciones de Compromisos a JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR cargo del Ministerio de Energía y Minas. Presidente del Consejo de Ministros DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS JORGE MERINO TAFUR MODIFICATORIAS Ministro de Energía y Minas Primera.- Modificación del artículo 3° del Decreto MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA Supremo N° 006-2012-EM Ministro del Ambiente Modifíquese el segundo párrafo del artículo 3 del Decreto Supremo N° 006-2012-EM, cuyo texto será el CAROLINA TRIVELLI AVILA siguiente: Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Encargada del Despacho del

  8. “Artículo 3.- Sobre la formalización en el área Ministerio de Agricultura comprendida en el Anexo 1 del Decreto legislativo N° 1100 RENÉ CORNEJO DIAZ (………………………) Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento El proceso de formalización culminará respecto a cada administrado, con la obtención de la autorización de LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI inicio/reinicio de actividades de exploración, explotación Ministro de Cultura y/o beneficio de minerales o hasta el momento en que se verifique el incumplimiento de los requisitos establecidos 898513-2

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