Decreto Supremo Nº 002-2010-EM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 001-2010-EM, sobre medidas respecto a la remuneración de la potencia y energía eléctrica
颁布于 2010-01-26 · 文本截至 2026-10-01
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研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Energy
- 关键词
- energy conservation/energy production, renewable energy, hydropower generation, transport/storage, nuclear energy, internal trade, contracts
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Sistema Peruano de Informacion Juridica ENERGIA Y MINAS Decreta Supremo que incorpora una Disposici6n Transitoria al Decreta Supremo N° 001- 2010-EM que establece diversas medidas respecto de la remuneracion de la pctencia y energia DECRETO SUPREMO N" 002-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que mediante Decreta Supremo N° 001-2010-EM se dispuso, incorporar la Tercera Disposici6n Complementaria del Reglamento de Licitaciones del Suministro de Electricidad, aprobado par el Reglamento de Decreta Supremo W 052-2007-EM. con el fin de establecer que los precios de energia activa para efectos de la facturaci6n par el suministro de electricidad de los generadores que resulten adjudicatarios en los procesos de licitaci6n, deberan considerar las variaciones par perdidas de energfa actfva y limite de capacidad que se produzcan en el Sistema de Transmisi6n. que son determfnados y aplfcados en las valorfzaciones mensuales de transferencfas de energia active que elabora el Comite de Operacion Econ6mica del Sistema (COES): Que. a la fecha se encuentran en curso varias Licitaciones convocadas por los Distrtbuidores al amparo de la Ley NO 28832, por 10 que resulta neceeerto disponer que se publique en el plazo de sfete (7) dfas el procedimiento especffico para la aplicacion de la mencionada Tercera Disposfcion Complementarfa del Reglamento de Licitaciones del Suminfstro de Electricidad: Que mediante Decreto Supremo NO 001-2010-EM se dispuso, entre otras medidas. modificar el articulo 2 del Reglamento del Mecanismo de Compensacion entre los Usuaries Regulados del SEIN, aprobado por el Decreto Supremo NO 019-2007-EM; de modo tal que, para el calculo del Precio a Nivel de Generacf6n, los precios de energfa aplicados sequn los contratos resultantes de licitaciones, se reflejaran en la barra de referencia considerando las variaciones por perdidas de energfa activa y limite de capacfdad que se produzcan en el Sistema de Transmisi6n, que son determinados y aplicados en las valorizaciones mensuales de transferencias de enerqla activa que elabora el Comite de Operaci6n Econ6mica del Sistema (COESSINAC); Que, a la fecha de entrada en vigencfa del Decreto Supremo N° 001-2010-EM, se encuentran vigentes contratos resultantes de Iicitaciones conducfdas al amparo de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832, para cuyos preclos de enerqla no resulta aplicable la modificaci6n senalada en el considerando anterior: Que, en consecuencia es necesario precisar mediante una disposicf6n transitoria al Decreto Supremo N° 001-2010-EM, que para calcular el Precio a Nivel de Generacf6n conforme al Reglamento del Mecanismo de Compensacf6n entre los Usuarios Regulados del SEIN, en los casos de los contratos resultantes de la licitaciones conducfdas al amparo de la Cuarta Disposicf6n Complementaria Transitoria de la Ley NO 22832, suscritos con anterioridad al Decreto Supremo NO 001-2010-EM que se encuentren vigentes, los precios de energfa correspondientes se reflejaran en la barra de referencfa conforme a los procedimientos establecidos por el Organismo Supervisor de la Inversi6n en Energfa y Minerfa (OSINERGMIN); De conformidad con las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24} del articulo 118 de la Constituci6n Polltica del Peru: DECRETA Paqlna 17 Sistema Peruano de Informacion Juridica Articulo 1.- Procedimiento de la Tercera mspostcron Complementaria del Reglamento de Licitaciones del Suministro de Electricidad: Dentro del plaza de siete (7) dias de publicado el presente Decreta Supremo, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Minetta (OSINERGMIN), debera publicar el procedimiento especffico para la aplicacion de la Tercera Disposfcion Complementaria del Reglamento de Licitaciones del Suministro de Electricidad, aprobado par el Decreta Supremo NO 052-2007-EM.
Articulo 2.- Se incorpora la Tercera Dlapcelclon Transitoria al Decreto Supremo N° 00l-2010-EM: Incorp6rese la Tercera Disposici6n Transitoria a! Decreta Supremo N° 001-2010-EM, en los terminos siguientes: "(... ) Tercera.- La dispuesto en el segundo parrafo del numeral 2.2 del articulo 2 del Reglamento del Mecanismo de Compensaci6n entre los Usuarios Regulados del SEIN, incorporado mediante el presente Decreta Supremo, no sera aplicable a los contratos resultantes de la licitaciones conducidas al amparo de la Cuarta Disposici6n Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832, suscritos can anterioridad al presente Decreta Supremo que se encuentren vigentes. Para el caso de dichos contratos, los precios de enerqfa correspondientes se reflejaran en la barra de referencia conforme a los procedimientos establecidos par OSINERGMIN.·· Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiseis dias del mes de enero del ana dos mil diez ALAN GARCiA PEREZ Presidente Constitucional de la Republica PEDRO SANCHEZ GAMARRA Ministro de Energia y Minas Paqlna 18