Decreto Legislativo Nº 1501 - Modifica el Decreto Legislativo Nº 1278, Ley de gestión integral de residuos sólidos
颁布于 2020-05-10 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 法令
- 组织
- Amazon Cooperation Treaty Organization
- 国家
- 秘鲁
- 主题
- Waste and hazardous substances, General
- 关键词
- coronavirus disease (COVID-19), hazards, public health, solid waste, pollution control, waste management, waste disposal, waste non-domestic sources
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
6 NORMAS LEGALES Lunes 11 de mayo de 2020 / El Peruano mercancías establecido por el Ministerio de Transportes al Sistema de Información para la Gestión de Residuos y Comunicaciones, por los gobiernos regionales y los Sólidos (SIGERSOL) para el ámbito municipal y no gobiernos locales, de acuerdo con sus competencias. municipal, como componente del Sistema Nacional El material de descarte que cuente con propiedades de Información Ambiental (SINIA), otorgándosele la peligrosas es considerado material peligroso, siéndoles coadministración del sistema junto al Ministerio del de aplicación las normas respectivas. Ambiente. El material de descarte debe ser considerado residuo i) Supervisar, fiscalizar y sancionar a los sólido en caso haya perdido su utilidad como insumo responsables de las áreas degradadas por residuos por el transcurso del tiempo, detrimento de su calidad, sólidos para recuperación o reconversión, cuenten razones sanitarias u otros factores y cuyo destino es la o no con instrumentos de gestión ambiental. Ello, disposición final en rellenos sanitarios, de seguridad, independientemente si están bajo responsabilidad del u otra infraestructura. Asimismo, debe ser considerado sector público o privado.” residuo sólido cuando, sin haber perdido su utilidad vaya a ser destinado a una infraestructura de tratamiento o “Artículo 19.- Ministerio de Salud (MINSA) valorización residuos sólidos, cuya titularidad es una El Ministerio de Salud, a través de la Dirección General Empresa Operadora de Residuos Sólidos.” de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) es la autoridad competente para: “Artículo 13.- Régimen especial de gestión de residuos de bienes priorizados a) Normar el manejo de los residuos sólidos de Es materia de este régimen, los bienes de establecimientos de salud, servicios y centros médicos consumo masivo que directa o indirectamente inciden de apoyo, así como de aquellos generados en campañas significativamente en la generación de residuos sólidos sanitarias y en la atención médica de los pacientes en volúmenes considerables o que por sus características realizada en los domicilios. de peligrosidad requieran de un manejo especial. b) Controlar los riesgos sanitarios generados por El Ministerio del Ambiente, mediante Decreto Supremo el manejo inadecuado de los residuos sólidos de refrendado por el o los sectores vinculados, aprueba la establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo, normativa de los bienes priorizados que se encuentran así como de aquellos generados en campañas sanitarias sujetos a este régimen especial de gestión de residuos y en la atención médica de los pacientes realizada en los sólidos, así como las obligaciones de los actores de la domicilios. cadena de valor, los objetivos, las metas, el sistema de c) Determinar la aplicación de las medidas de manejo y los plazos para la implementación de dicho seguridad, dirigidas a evitar riesgos y daños a la salud régimen u otros que correspondan. de la población derivados del inadecuado manejo de los El transporte de los residuos de bienes priorizados residuos de los establecimientos de salud y servicios puede ser realizado por los propios medios logísticos del médicos de apoyo, así como de aquellos generados productor, promoviendo la logística inversa, los cuales en campañas sanitarias y en la atención médica de los deben estar establecidos en el dispositivo legal señalado pacientes realizada en los domicilios. en el párrafo anterior.” d) Supervisar y fiscalizar la gestión de los residuos sólidos en los establecimientos de salud, servicios “Artículo 16.- Organismo de Evaluación y y centros médicos de apoyo, así como de aquellos Fiscalización Ambiental (OEFA) generados en campañas sanitarias.” El OEFA, en adición a sus funciones asignadas en la normativa vigente, es competente para: “Artículo 23.- Municipalidades Provinciales Las Municipalidades Provinciales son competentes a) Regular el ejercicio de sus funciones de supervisión, para: fiscalización y sanción del manejo de residuos sólidos aplicables a los titulares de infraestructuras de residuos a) Planificar y aprobar la gestión integral de los sólidos, sean municipalidades provinciales y/o distritales residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción, a de acuerdo a sus competencias o Empresas Operadoras través de los Planes Provinciales de Gestión Integral de Residuos Sólidos. de Residuos Sólidos, (PIGARS) los cuales deben b) Supervisar, fiscalizar y sancionar el manejo identificar los espacios geográficos para la ubicación de de residuos sólidos que realicen los titulares de las infraestructuras de residuos, compatibilizando los infraestructuras de residuos sólidos, sean municipalidades, planes de manejo de residuos sólidos de sus distritos provinciales y/o distritales de acuerdo a sus competencias, y centros poblados menores, con las políticas de o empresas, se encuentren o no inscritas en el Registro desarrollo local y regional y con sus respectivos Planes de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos, en el caso de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano, que ésta se localice fuera de las instalaciones industriales Planes de Desarrollo Regional Concertados y demás o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del instrumentos de planificación nacionales, regionales y proyecto. locales. c) Supervisar, fiscalizar y sancionar a los b) Evaluar la propuesta de ubicación de infraestructuras responsables de las áreas degradadas por residuos de residuos sólidos a efectos de emitir el certificado sólidos para recuperación o reconversión, cuenten de compatibilidad de uso de suelo correspondiente o no con instrumentos de gestión ambiental. Ello, o documento similar. En caso la ubicación de la independientemente si están bajo responsabilidad del infraestructura se encuentre en un área sin zonificación, sector público o privado. el procedimiento es definido en el Reglamento de la d) Tipificar las conductas infractoras y aprobar la presente norma. escala de sanciones, en el marco de las facultades de c) Normar y supervisar en su jurisdicción el manejo supervisión, fiscalización y sanción establecidas en el de residuos, excluyendo las infraestructuras de residuos presente artículo. en concordancia a lo establecido por el Ministerio del e) Elaborar, administrar y actualizar el Inventario Ambiente. Nacional de Áreas Degradadas por Residuos Sólidos y d) Supervisar, fiscalizar y sancionar el manejo y la de infraestructuras de residuos sólidos, que forma parte prestación de los servicios de residuos sólidos que realicen del SINIA. las Municipalidades Distritales y Empresas Operadoras f) Supervisar, fiscalizar y sancionar el cumplimiento de Residuos Sólidos a excepción de las infraestructuras de las obligaciones establecidas en el marco del régimen de residuos sólidos, que es una competencia del OEFA. especial de gestión de residuos de bienes priorizados. e) Emitir opinión fundamentada sobre los proyectos g) Supervisar, fiscalizar y sancionar respecto de la de ordenanzas distritales referidos al manejo de residuos implementación y operación de las celdas transitorias sólidos, incluyendo la determinación de las tasas por instaladas en el marco de la declaratoria de emergencia servicios públicos o arbitrios correspondientes, de en la gestión y manejo de los residuos sólidos. acuerdo con la normativa vigente. h) Gestionar la información que se generen como f) Aprobar los proyectos y los Instrumentos de Gestión resultado del ejercicio de sus competencias e ingresarla Ambiental de proyectos de inversión pública y privada El Peruano / Lunes 11 de mayo de 2020 NORMAS LEGALES 7 de infraestructura de residuos de gestión municipal si h) Implementar programas de segregación en la fuente el servicio que presta se brinde a uno o más distritos de y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el su jurisdicción, y en el caso que ésta se localice fuera de ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los las instalaciones industriales o productivas, áreas de la residuos y asegurando una disposición final técnicamente concesión o lote del titular del proyecto o sean de titularidad adecuada. de una Empresa Operadora de Residuos Sólidos. i) Promover la formalización de asociaciones de g) Aprobar los instrumentos de gestión ambiental recicladores que operan en su jurisdicción, lo cual debe complementarios del SEIA de infraestructura de residuos ser comunicado al Ministerio del Ambiente, para su sólidos de gestión municipal, pública o privada, incluyendo inclusión en el Registro Nacional de Recicladores. los de recuperación o reconversión de áreas degradadas, j) Supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades cuando sirvan a uno o más distritos. realizadas por recicladores formales e informales, que h) Autorizar, supervisar, fiscalizar y sancionar el operen en su jurisdicción. transporte de residuos peligrosos en su jurisdicción, k) Las demás responsabilidades establecidas la ley en concordancia con lo establecido por el Ministerio de y/o el reglamento. Transportes y Comunicaciones, con excepción del que se realiza en las vías nacionales y regionales a cargo de la 24.2 Las municipalidades distritales y las provinciales Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, en lo que concierne a los distritos del cercado, son Carga y Mercancías (SUTRAN). responsables por: i) Coadyuvar en las acciones para prevenir la contaminación ambiental y en la recuperación o a) Asegurar que se presten los servicios de limpieza reconversión de áreas degradadas por residuos sólidos. pública, recolección, transporte, transferencia, tratamiento j) Promover y orientar procesos de mancomunidad o o disposición final de residuos, de acuerdo con las acuerdos entre municipalidades distritales, para generar disposiciones reglamentarias aprobadas por el MINAM economías de escala y mayor eficiencia en la gestión de y los criterios que la municipalidad provincial establezca, residuos, además de menores impactos ambientales y bajo responsabilidad. sociales. b) La prestación de los servicios de recolección y k) Implementar programas de gestión y manejo de transporte de los residuos sólidos municipales y de la residuos que incluyan necesariamente obligaciones de limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en minimización y valorización de residuos. su jurisdicción. Los residuos sólidos en su totalidad l) Consolidar las acciones de fiscalización en residuos deberán ser conducidos directamente a infraestructuras de la construcción en un informe anual a ser remitido al de residuos autorizadas por la municipalidad provincial, Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento. estando obligados los municipios distritales al pago de los m) Reportar a través del SIGERSOL la información derechos correspondientes. solicitada por el Ministerio del Ambiente, relativa a la c) Suscribir contratos de prestación de servicios con gestión de los residuos. empresas registradas en el Ministerio del Ambiente. n) Apoyar en la prestación del servicio de limpieza d) Implementar obligatoriamente programas de pública a aquellas municipalidades distritales que no segregación en la fuente y la recolección selectiva de puedan hacerse cargo de uno o más procesos del los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, servicio de limpieza pública o que hayan sido declarados facilitando la valorización de los residuos y asegurando en emergencia por la gestión y el manejo inadecuado de una disposición final técnicamente adecuada. residuos sólidos municipales.” e) Ejecutar programas para la formalización de recicladores, operadores y demás entidades que Las Municipalidades Provinciales pueden implementar intervienen en el manejo de los residuos sólidos sin las infraestructuras de gestión de residuos no municipales, autorizaciones correspondientes. cuyas condiciones son establecidas en el Reglamento.” f) Supervisar, fiscalizar y sancionar a los recicladores y/o asociaciones de recicladores en el cumplimiento de sus “Artículo 24.- Municipalidades Distritales obligaciones en el marco del sistema municipal de gestión y manejo de residuos sólidos en el distrito del cercado. 24.1 Las Municipalidades Distritales en materia de g) Supervisar, fiscalizar y sancionar a los generadores manejo de residuos sólidos son competentes para: del ámbito de su competencia por incumplimiento del presente Decreto Legislativo y su Reglamento.” a) Asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su “Artículo 28.- Gestión de residuos municipales jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición especiales final de los mismos. Se consideran residuos municipales especiales a b) Suscribir convenios con la empresa de servicios de aquellos que siendo generados en áreas urbanas, por saneamiento u otras de la jurisdicción con la finalidad de su volumen y/o características, requieren de un manejo que realice el cobro de las tasas por la prestación de los particular, tales como residuos de laboratorios de servicios indicados en el numeral anterior. ensayos ambientales y similares, distintos a los clínicos, c) Normar, en su jurisdicción, el manejo de los servicios lubricentros, centros veterinarios, centros comerciales, de residuos sólidos bajo su competencia, en concordancia eventos masivos como conciertos, concentraciones con las disposiciones emitidas por las municipalidades y movilización temporal humana, ferias, residuos de provinciales. la construcción y/o demolición generados en obras d) Aprobar y actualizar el plan distrital de manejo de menores, entre otros, salvo los que están dentro del residuos, para la gestión eficiente de los residuos de su ámbito de competencias sectoriales. La responsabilidad jurisdicción, en concordancia con los planes provinciales de su gestión está a cargo de los generadores. y el plan nacional. Las municipalidades deben establecer una tarifa para e) Emitir la licencia de funcionamiento de la la gestión y manejo de los residuos sólidos especiales, infraestructura de residuos del ámbito de gestión municipal en caso cuenten con la capacidad para brindar este y no municipal, en el ámbito de su jurisdicción y acorde a servicio de manera adecuada y sus generadores decidan la vida útil de dicha infraestructura. su entrega al servicio de limpieza pública. En caso f) Regular, supervisar, fiscalizar y sancionar a los contrario, estos residuos deben ser manejados a través generadores de residuos sólidos de la construcción y de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos. demolición en el ámbito de su jurisdicción, con excepción El manejo de los residuos sólidos municipales de los proyectos de inversión sujetos al Sistema Nacional especiales debe estar incluido en los Planes de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental o a un instrumento de Residuos Sólidos de los Gobiernos Locales.” de gestión ambiental complementario bajo el ámbito de competencia de las autoridades sectoriales. “Artículo 32.- Las operaciones de los residuos g) Suscribir acuerdos interdistritales para la integración sólidos de los servicios bajo criterios de economía de escala y El manejo de los residuos sólidos comprende las eficiencia de los servicios de residuos sólidos. siguientes operaciones:
8 NORMAS LEGALES Lunes 11 de mayo de 2020 / El Peruano a) Segregación Los residuos sólidos que serán objeto de b) Barrido y limpieza de espacios públicos coprocesamiento pueden prevenir de distintas fuentes c) Recolección selectiva de generación, a excepción de aquellos regulados en el d) Transporte Artículo 68 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº e) Almacenamiento 1278.” f) Acondicionamiento g) Valorización “Artículo 60.- Empresas Operadoras de Residuos h) Transferencia Sólidos i) Tratamiento La Empresa Operadora de Residuos Sólidos es toda j) Disposición final” persona jurídica que presta los servicios de limpieza de vías y espacios públicos, recolección y transporte, “Artículo 34.- Segregación en la fuente acondicionamiento, valorización, transferencia, tratamiento La segregación de residuos de gestión municipal y no o disposición final de residuos sólidos. Asimismo, puede municipal es obligatoria y debe realizarse en la fuente de realizar las actividades de comercialización. generación. Sin perjuicio de las competencias municipales, Los generadores de residuos no municipales se la prestación de servicios de residuos, incluyendo la encuentran obligados a entregar los residuos debidamente actividad de comercialización, puede ser realizada a segregados en la fuente, a los operadores de residuos través de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos, sólidos debidamente autorizados; así como a las constituidas prioritariamente como empresas privadas o asociaciones de recicladores formalizadas, siempre que mixtas, de acuerdo a la actividad que realizan. se trate de residuos sólidos similares a los municipales. Para hacerse cargo de la prestación de servicios Los generadores de residuos municipales se de residuos, o realizar actividades de comercialización, encuentran obligados a entregar los residuos debidamente las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos deben segregados a asociaciones de recicladores formalizados u estar debidamente registradas ante el Ministerio del operadores de residuos sólidos debidamente autorizados Ambiente, según lo dispuesto en el literal q) del artículo o a las municipalidades que presten el servicio. 15 de la presente Ley y de acuerdo con los criterios que La segregación en la fuente del generador que se determinen en el Reglamento de la presente norma. se constituye como una segregación primaria, debe Además, deben contar con un ingeniero sanitario u otro considerar lo siguiente: profesional con especialización y experiencia en gestión y manejo de residuos que esté calificado para hacerse a) Generador de residuos sólidos municipales. - El cargo de la dirección técnica de las operaciones, según generador de residuos municipales está obligado a separar corresponda. Las Empresas Operadoras de Residuos y entregar los residuos, debidamente clasificados para Sólidos deben contar también con equipos, plantas de facilitar su aprovechamiento. Las municipalidades deben operaciones y/o infraestructuras de residuos sólidos definir por instrumento legal los criterios de segregación. autorizadas para la actividad que realizan. La municipalidad que no cuente con instrumento legal que Las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos establezca los criterios de segregación en la fuente debe son supervisadas, fiscalizadas y sancionadas por las aprobarlo en el plazo de un año, a partir de la entrada en autoridades competentes. Si como resultado de dichas vigencia de esta norma. acciones, se determina la necesidad de cancelar el registro b) Generador de residuos no municipales. - El de empresa operadora de residuos sólidos, la autoridad generador debe entregar al operador autorizado los competente debe comunicarlo al Ministerio del Ambiente residuos debidamente segregados y/o almacenados, con a fin de que este proceda con dicha cancelación, según la finalidad de garantizar su posterior acondicionamiento, corresponda. valorización o disposición final.” La prestación de servicios de residuos, incluyendo la comercialización, por microempresas y pequeñas “Artículo 37.- Valorización empresas está restringida a los residuos no peligrosos, La valorización constituye la alternativa de gestión conforme a las disposiciones reglamentarias que al efecto y manejo que debe priorizarse frente a la disposición se dicten para promover su participación.” final de los residuos. Dicha operación consiste en la transformación química y/o biológica de los residuos “Artículo 65.- Infraestructura de residuos sólidos sólidos, para constituirse, de manera total o parcial, Las infraestructuras para el manejo de residuos como insumos, materiales o recursos en los diversos sólidos son: procesos; así como en la recuperación de componentes o materiales, establecida en la normativa. a) Infraestructuras de valorización La valorización se realiza en infraestructuras b) Plantas de transferencia adecuadas y autorizadas para tal fin. Las actividades de c) Plantas de tratamiento valorización que se realizan de forma complementaria a d) Infraestructuras de disposición final. las instalaciones industriales, productivas o de servicios, áreas de la concesión o lote de un titular de proyecto Pueden implementarse otro tipo de infraestructuras cuya actividad principal es la productiva o industrial, no de manejo de residuos, siempre que se demuestre su constituyen infraestructuras de valorización. utilidad dentro del ciclo de gestión de los residuos. Las Las operaciones descritas como formas de condiciones para la implementación y funcionamiento son valorización material, a las que se refiere el artículo 48 de establecidas en el Reglamento de la presente Ley.” la presente Ley, se encuentran sujetas a lo establecido en su Reglamento.” “Artículo 70.- Gestión de los Recursos en las Municipalidades “Artículo 52.- Coprocesamiento Las municipalidades pueden suscribir convenios Los titulares de las actividades productivas o extractivas interinstitucionales con las empresas que brindan servicios que cuenten con Instrumento de Gestión Ambiental públicos, como las de distribución de energía eléctrica, aprobado y que requieran realizar pruebas previas para la que operen en sus jurisdicciones, con la finalidad de implementación del coprocesamiento de residuos sólidos fortalecer la sostenibilidad del servicio de limpieza pública para el desarrollo de su actividad, deben, previamente, y las inversiones en infraestructura de residuos sólidos presentar una comunicación con carácter de declaración que comprenda éste. Dichas empresas están facultadas jurada ante la autoridad ambiental competente y a la entidad para actuar como entes recaudadores del cobro de de fiscalización ambiental, señalando la descripción de las arbitrios referidos al servicio de limpieza pública. actividades a realizar, así como su cronograma de ejecución. Para la recaudación, las municipalidades pueden Si de los resultados obtenidos, el titular decide cobrar fraccionadamente el monto del arbitrio, lo cual realizar el coprocesamiento, y para ello requiere realizar se considera como un pago parcial del monto total cambios en su actividad, debe presentar la modificación del arbitrio fijado por la municipalidad de la jurisdicción del Instrumento de Gestión Ambiental ante la autoridad del contribuyente, de conformidad con la legislación competente. tributaria municipal. Las municipalidades pueden efectuar El Peruano / Lunes 11 de mayo de 2020 NORMAS LEGALES 9 descuentos en el pago de arbitrios como incentivo a los sectoriales, de ser el caso, no se requiere cumplir con ciudadanos que cumplan con realizar la segregación en el trámite de evaluación ambiental para implementar la fuente de los residuos que generan, en el marco del infraestructuras de residuos sólidos, así como para la Programa de Segregación en la Fuente y Recolección incorporación de nuevos componentes, instalaciones, Selectiva, entre otro tipo de incentivos. equipamiento u otro que se requiera en la infraestructura El monto mínimo y máximo de recaudación es de residuos sólidos, siempre que la nueva infraestructura, determinado en el reglamento de la presente norma, así como las modificaciones mencionadas se encuentren pudiendo incrementarse progresivamente hasta alcanzar vinculadas de manera directa con la mitigación y el monto total del arbitrio. Cada municipalidad determina minimización de los efectos negativos de dicho evento y el monto fraccionado aplicable a cada contribuyente en que se cumplan con los criterios técnicos establecidos en su jurisdicción conforme a los mismos procedimientos el reglamento de la presente Ley. y criterios que utiliza para determinar el monto de los El Titular a cargo de dicha ejecución debe informar arbitrios. previamente a la autoridad competente. Asimismo, es El total de lo recaudado se destina única y responsable de implementar las medidas de manejo exclusivamente para los fines que correspondan a los ambiental necesarias e informar sobre lo actuado a la servicios citados en los párrafos precedentes, conforme entidad de fiscalización ambiental correspondiente; sin al ordenamiento legal aplicable y a los servicios e perjuicio de la posterior evaluación ambiental y aprobación inversiones en materia de residuos sólidos previstos por de un instrumento de gestión ambiental complementario, cada Municipalidad. Dichos convenios deben ser puestos por parte de la autoridad competente, una vez concluida en conocimiento del Ministerio del Ambiente.” la situación de emergencia. Artículo 2.- Incorporación de los artículos 35-A y Artículo 85.- Continuidad del servicio integral de 36-A y Título IX que comprende los artículos 84, 85 y residuos sólidos 86, en el Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la El servicio público de la gestión de residuos sólidos Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos municipales es un servicio básico, esencial y prioritario, Incorpóranse los artículos 35-A y 36-A, así como el cuya continuidad debe ser garantizada por los gobiernos Título IX que comprende los artículos 84, 85 y 86, en locales en el marco de las situaciones de emergencia el Decreto Legislativo Nº 1278, que aprueba la Ley de decretadas oficialmente por el gobierno nacional y/o Gestión Integral de Residuos Sólidos, de acuerdo con lo autoridades sectoriales. siguiente: Los gobiernos regionales, en el marco de sus competencias, coadyuvan a las municipalidades “Artículo 35-A.- Barrido y Limpieza de espacios provinciales y distritales, de oficio o de parte, en la públicos ejecución de las acciones que resulten necesarias La operación de barrido y limpieza tiene por finalidad para dar continuidad al manejo de los residuos sólidos, que los espacios públicos que incluyen vías, plazas y teniendo en cuenta las disposiciones establecidas por demás áreas públicas, tanto en el ámbito urbano como las autoridades competentes, durante las situaciones rural, queden libres de residuos sólidos. Esta operación de emergencia decretadas oficialmente por el gobierno se desarrolla en dos (2) componentes principales: barrido nacional y/o autoridades sectoriales. en vías públicas y limpieza en espacios públicos. Las municipalidades provinciales y distritales, apoyan Como parte de la limpieza en espacios públicos en las acciones que correspondan para la atención de la se desarrolla el almacenamiento, el cual consiste en prestación del servicio de limpieza pública, de aquellas acumular de manera temporal los residuos sólidos, municipalidades que no puedan hacerse cargo de dicha mediante un equipamiento técnicamente dimensionado prestación en una situación de emergencia decretada y diseñado, el cual está comprendido por papeleras y oficialmente por el gobierno nacional y/o autoridades contenedores. Dicho almacenamiento se constituye como sectoriales. almacenamiento primario. En todos los casos, la municipalidad que se encuentra El almacenamiento de residuos municipales y no impedida de cumplir con la prestación del servicio de municipales deben cumplir con la Norma Técnica Peruana limpieza pública debe acreditarlo ante aquella que y NTP 900.058:2019 GESTIÓN DE RESIDUOS. Código de emplear los mecanismos previstos en su ley especial para colores para el almacenamiento de residuos sólidos, o su solicitar el apoyo de otra entidad. De otro lado, la entidad versión actualizada.” de apoyo podrá establecer el alcance de la prestación del servicio de limpieza pública y el plazo máximo de la “Artículo 36-A.- Acondicionamiento misma no debe exceder el plazo de la emergencia. Consiste en la transformación física que permite y/o facilita la valorización de los residuos sólidos, la Artículo 86.- Intervención del Ministerio del que se puede efectuar a través de actividades de Ambiente segregación, almacenamiento, limpieza, trituración o El Ministerio del Ambiente elabora y aprueba molido, compactación física y empaque o embalaje, disposiciones, lineamientos, protocolos, u otros entre otros. Dichas actividades se realizan en áreas de instrumentos similares de obligatorio cumplimiento durante acondicionamiento, considerando las características y situaciones de emergencia decretadas oficialmente por el naturaleza de dichos residuos. gobierno nacional y/o autoridades sectoriales, que permita Las condiciones para la implementación y que los actores involucrados en la gestión de los residuos funcionamiento de estas áreas son establecidas en el sólidos, realicen el adecuado manejo de los mismos, en Reglamento de la presente Ley. las operaciones y procesos que correspondan.” Asimismo, la operación de acondicionamiento puede realizarse en infraestructuras de valorización, a fin de Artículo 3.- Refrendo facilitar el posterior aprovechamiento de los residuos.” El presente Decreto Legislativo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, “TÍTULO IX el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, la GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS EN Ministra del Ambiente. SITUACIONES DE EMERGENCIA DECRETADAS OFICIALMENTE POR EL GOBIERNO NACIONAL DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES PARA EL MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS EN SITUACIONES DE Primera. - Adecuación del Reglamento del Decreto EMERGENCIA Legislativo Nº 1278, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM Artículo 84.- Instrumentos de gestión ambiental de En un plazo no mayor a treinta (30) días calendario infraestructuras de residuos sólidos. contados a partir del día siguiente de la publicación de En el marco de situaciones de emergencia decretadas la presente norma, se realizan las adecuaciones que oficialmente por el gobierno nacional y/o autoridades correspondan al Reglamento del Decreto Legislativo
10 NORMAS LEGALES Lunes 11 de mayo de 2020 / El Peruano Nº 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, por el Sólidos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº término de cuarenta y cinco días calendario; 014-2017-MINAM, y los instrumentos técnico normativos Que, el inciso 8 del artículo 2 de la Ley N° 31011 que permitan implementar las disposiciones del presente establece que la delegación de facultades comprende la Decreto Legislativo. facultad de legislar en materia de bienes y servicios para la población, con la finalidad de garantizar la prestación de Segunda. - Financiamiento los servicios públicos, gestión interna de residuos sólidos, La implementación de lo dispuesto en el presente la continuidad de la cadena logística y sus actividades Decreto Legislativo se financia con cargo al presupuesto conexas, los servicios esenciales y los derechos de institucional de los pliegos involucrados, sin demandar los consumidores y usuarios, durante la vigencia del recursos adicionales al Tesoro Público. Estado de Emergencia Sanitaria por el COVID-19, la reconstrucción y el cierre de brechas en infraestructura y Tercera.- Documentos técnicos y normativos en servicios durante o como producto de la emergencia, y la materia de residuos sólidos de la construcción y preservación del patrimonio cultural de la nación; demolición Que, de los reportes publicados por el Organismo El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones aprueba los documentos técnicos y normativos en materia – OSIPTEL se aprecia que iniciado el período de de residuos sólidos de la construcción y demolición, para Emergencia Sanitaria por el COVID-19, el tráfico de datos el ejercicio de las funciones de los gobiernos locales, general se incrementó de forma inusual tanto en redes en el marco de lo establecido en el presente Decreto móviles como en redes fijas; Legislativo. Que, en ese sentido es necesario establecer esquemas que garanticen y aseguren la conectividad y POR TANTO: servicios públicos de telecomunicaciones que utilizan las instituciones públicas durante la Emergencia Sanitaria, Mando se publique y cumpla, dando cuenta al como es promover el uso de la Red Dorsal Nacional de Congreso de la República. Fibra Óptica y la reserva de capacidad de la Red Nacional del Estado – REDNACE, facilidad que permitirá lograr Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días dicho fin; del mes de mayo del año dos mil veinte. De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú, y en el inciso 8) del MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO artículo 2 de la Ley N° 31011, Ley que delega en el Poder Presidente de la República ejecutivo la facultad de legislar en diversas materias para la atención de la Emergencia Sanitaria producida por el VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS COVID-19; Presidente del Consejo de Ministros Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; FABIOLA MUÑOZ DODERO Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: Ministra del Ambiente VÍCTOR ZAMORA MESÍA DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECE Ministro de Salud DISPOSICIONES EXCEPCIONALES SOBRE EL RODOLFO YAÑEZ WENDORFF USO DE LA CAPACIDAD DE LA RED DORSAL Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento NACIONAL DE FIBRA ÓPTICA, RESERVADA PARA 1866220-2 LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REDNACE, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA Decreto Legislativo POR EL COVID-19 Nº 1502 Artículo 1. Objeto y finalidad EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 1.1 El presente Decreto Legislativo tiene por objeto POR CUANTO: promover el uso de la capacidad de telecomunicaciones de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, reservada Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA se para la implementación de la Red Nacional del Estado declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el – REDNACE, establecida en el artículo 18 de la Ley plazo de noventa días calendario, por la existencia del N° 29904, Ley de promoción de la Banda Ancha y COVID-19 declarada como pandemia por la Organización Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica, Mundial de la Salud; a fin de atender la demanda de conectividad de las Que, por Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se entidades de la administración pública, en el marco de la declara Estado de Emergencia Nacional por el plazo de Emergencia Sanitaria por el COVID-19. quince días calendario, disponiéndose el aislamiento 1.2 El presente Decreto Legislativo tiene por finalidad social obligatorio, por las graves circunstancias que atender el incremento de la demanda en los servicios afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del de conectividad de las entidades de la administración COVID-19; posteriormente, dicha medida es prorrogada a pública, de modo tal que puedan atender sus actividades través del Decreto Supremo N° 051-2020- PCM, Decreto y prestar los servicios de su competencia, en el marco de Supremo N° 064-2020-PCM y Decreto Supremo N° 075- la Emergencia Sanitaria por el COVID-19. 2020-PCM. Que, de acuerdo al numeral 2.1 del artículo 2 del Artículo 2. Contratación directa de la capacidad Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, se establece reservada que, durante el Estado de Emergencia Nacional, se garantiza el abastecimiento de alimentos, medicinas, 2.1 En el marco de la Emergencia Sanitaria por el así como la continuidad de los servicios de agua, COVID-19, la capacidad a la que se hace referencia en saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, el artículo 18 de la Ley N° 29904, Ley de Promoción de la telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos Banda Ancha y Construcción de la Red Dorsal Nacional sólidos, servicios funerarios y otros establecidos en de Fibra Óptica, es contratada directamente por los el citado Decreto Supremo; operadores de servicios públicos de telecomunicaciones Que, mediante la Ley N° 31011, el Congreso de para la atención de la demanda de conectividad de la República delega en el Poder Ejecutivo la facultad las entidades de la administración pública a las que de legislar en diversas materias para la atención de la se refieren los numerales 1 al 7 del artículo I del Título