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Decreto Legislativo Nº 1224 - Ley marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 254-2017-EF

颁布于 2015-09-24 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

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关于这部法律

语言
Spanish
类型
法令
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
General
关键词
financial agricultural measures, business/industry/corporations, innovation, investment, public private partnership (PPP)
类别
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  1. Artículo 1.- Aprobación del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos Apruébese el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, el cual consta de siete (07) títulos, cuarenta y cuatro (44) artículos, veintiséis (26) disposiciones complementarias finales, ocho (08) disposiciones complementarias transitorias, una (01) disposición complementaria modificatoria y dos (02) disposiciones complementarias derogatorias.

  2. Artículo 2.- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

  3. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO DEL MARCO DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA MEDIANTE ASOCIACIONES Aprueban el Texto Único Ordenado del PÚBLICO PRIVADAS Y PROYECTOS EN ACTIVOS Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto (Sistematiza el Decreto Legislativo Nº 1224 Legislativo del Marco de Promoción de la y el Decreto Legislativo Nº 1251) Inversión Privada mediante Asociaciones TÍTULO I Público Privadas y Proyectos en Activos TÍTULO PRELIMINAR DECRETO SUPREMO Nº 254-2017-EF Artículo 1.- Objeto La Ley marco de Promoción de la Inversión Privada EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, tiene por objeto establecer los procesos y modalidades CONSIDERANDO: de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados Que, el Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante tecnológica y la ejecución de proyectos en activos. Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos tiene por objeto establecer los procesos y modalidades (Texto según el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº de promoción de la inversión privada para el desarrollo de 1224) infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación Artículo 2.- Ámbito de aplicación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; El presente Texto Único Ordenado es de aplicación a Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1251, las entidades públicas pertenecientes al Sector Público modificado por el Decreto Legislativo Nº 1333, se modificó el No Financiero conforme lo dispuesto en el Decreto 12 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2017 / El Peruano Legislativo Nº 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del integrado por principios, normas, procedimientos, Sector Público No Financiero. lineamientos y directivas técnico normativas, con el fin de promover, fomentar y agilizar la inversión privada para (Texto según el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº contribuir a la dinamización de la economía nacional, la 1224) generación de empleo productivo y la competitividad del país. Está conformado por las entidades a las que se

  4. Artículo 3.- De la inversión privada refiere el artículo 2. 5.2 El Ministerio de Economía y Finanzas establece la 3.1 Declárese de interés nacional la promoción de política de promoción de la inversión privada. La Dirección la inversión privada mediante las Asociaciones Público General de Política de Promoción de la Inversión Privada Privadas y Proyectos en Activos para contribuir a la del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del dinamización de la economía nacional, la generación de Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada, empleo productivo y la competitividad del país. encargada de establecer los lineamientos de promoción y 3.2 El rol del Estado incluye las labores de seguimiento desarrollo de la inversión privada en Asociaciones Público y acciones para facilitar la ejecución oportuna de los Privadas y Proyectos en Activos y emitir opinión vinculante proyectos desarrollados bajo las modalidades reguladas exclusiva y excluyente, en el ámbito administrativo, sobre en el presente Texto Único Ordenado. la interpretación y aplicación del Decreto Legislativo y sus disposiciones, en relación a los temas de su competencia, (Texto según el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº de conformidad con lo establecido en la Ley 29158, Ley 1224) Orgánica del Poder Ejecutivo. Esta disposición no limita la potestad interpretativa de los órganos jurisdiccionales ni

  5. Artículo 4.- Principios del Congreso de la República. En todas las fases vinculadas al desarrollo de los 5.3 Proinversión, de acuerdo con este Texto Único proyectos regulados en el presente Texto Único Ordenado Ordenado, su reglamento y en el marco de las políticas se aplican los siguientes principios: y lineamientos establecidos en el numeral precedente, emite directivas técnico normativas respecto del proceso a) Competencia de evaluación de las Asociaciones Público Privadas Los procesos de promoción de la inversión privada en la fase de formulación, y respecto de las fases de promueven la búsqueda de competencia, igualdad de trato estructuración y transacción; así como para los Proyectos entre los postores y evitan conductas anticompetitivas o en Activos. colusorias. 5.4. Las políticas y lineamientos de promoción y desarrollo de la inversión privada en Asociaciones Público Privadas y b) Transparencia Proyectos en Activos regulados en el numeral 5.2 así como Toda la información cuantitativa y cualitativa que se las directivas técnico normativas que apruebe Proinversión, utilice para la toma de decisiones durante la evaluación, serán de cumplimiento obligatorio para las entidades del desarrollo, implementación y rendición de cuentas de Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada un proyecto llevado a cabo en el marco del presente que intervengan en alguna de las fases de una Asociación Texto Único Ordenado es de conocimiento público, Público Privada o Proyectos en Activos. bajo el principio de publicidad establecido en el artículo 5.5 Los actos y decisiones desarrollados durante 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley las fases de formulación, estructuración, transacción y de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ejecución contractual de una Asociación Público Privada, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. incluyendo las modificaciones contractuales reguladas en el presente Texto Único Ordenado, por su propia c) Enfoque de resultados naturaleza, son procesos inherentes para la toma de Las entidades públicas en el desarrollo de sus funciones decisiones referentes a la inversión a ejecutar; por lo que adoptan las acciones que permitan la ejecución oportuna se encuentran en el ámbito de la discrecionalidad de los de la inversión privada, así como identifican e informan las funcionarios respectivos. trabas existentes que afecten el desarrollo de los proyectos regulados bajo el presente Texto Único Ordenado. (Texto modificado según el Artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1251 y por el Artículo Único de la Ley Nº d) Planificación 30578) El Estado a través de los Ministerios, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, prioriza y orienta el Artículo 6.- Organismos Promotores de la desarrollo ordenado de las Asociaciones Público Privadas Inversión Privada y Proyectos en Activos según las prioridades nacionales, sectoriales, regionales y locales, considerando para ello la 6.1 En el caso del Gobierno Nacional, los Organismos política de descentralización del país. Promotores de la Inversión Privada son la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - Proinversión e) Responsabilidad presupuestal para los proyectos que se le asignen en función a su Debe considerarse la capacidad de pago del Estado relevancia nacional y los Ministerios a través del Comité para asumir los compromisos financieros, firmes y de Promoción de la Inversión Privada. contingentes, que se deriven directa e indirectamente de 6.2 Tratándose de Gobiernos Regionales y Gobiernos la ejecución de los contratos celebrados en el marco del Locales, las facultades del Organismo Promotor de la presente Texto Único Ordenado, sin comprometer en el Inversión Privada se ejercen en forma directa a través del corto, mediano ni largo plazo, el equilibrio presupuestario Comité de Promoción de la Inversión Privada. El órgano de las entidades públicas, la sostenibilidad de las finanzas máximo de estos Organismos Promotores de la Inversión públicas ni la prestación regular de los servicios públicos. Privada es el Consejo Regional o Concejo Municipal. 6.3 Los Ministerios, Gobiernos Regionales y Gobiernos (Texto según el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº Locales pueden encargar el proceso de promoción a 1224) Proinversión, así como solicitarle asistencia técnica en cualquiera de las fases del proceso. TÍTULO II (Texto según el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº MARCO INSTITUCIONAL 1224)

  6. Artículo 5.- Sistema Nacional de Promoción de la Artículo 7.- Ministerio, Gobierno Regional y Inversión Privada Gobierno Local 5.1 El Sistema Nacional de Promoción de la Inversión 7.1 El Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Privada es un sistema funcional para el desarrollo de las Local, titular del proyecto a desarrollarse mediante las El Peruano / Jueves 31 de agosto de 2017 NORMAS LEGALES 13 modalidades reguladas en el presente Texto Único los trámites y procedimientos dentro del proceso de Ordenado, ejerce las siguientes funciones: promoción respectivo en calidad de responsable de la entidad pública frente a Proinversión. a. Planificar la cartera de proyectos de inversión b. Velar por la ejecución de las decisiones adoptadas regulados en el presente Texto Único Ordenado. por el Consejo Directivo y Comités Especiales de b. Identificar, priorizar y formular los proyectos a ser Inversiones de Proinversión, vinculadas a los procesos ejecutados bajo las modalidades reguladas en el presente de promoción sin perjuicio de las funciones asignadas a Texto Único Ordenado, quien podrá efectuar encargos los órganos dentro de cada entidad pública; y, entregar a Proinversión para la elaboración de los estudios oportunamente la información solicitada por las entidades respectivos. involucradas. c. Elaborar el Informe de Evaluación. Tratándose c. Otras funciones asignadas mediante el Reglamento. de proyectos a cargo de Proinversión, el Informe de Evaluación será elaborado por éste y contará con la 8.4 El Comité de Promoción de la Inversión Privada aprobación previa del titular del proyecto. es responsable por la elaboración oportuna del Informe d. Coordinar con el Organismo Promotor de la Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Inversión Privada para el desarrollo de los procesos de Privadas. promoción de la inversión privada. e. Suscribir los contratos derivados de las modalidades (Texto según el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº reguladas en el presente Texto Único Ordenado. 1224) f. Gestionar y administrar los contratos derivados de las modalidades reguladas en el presente Texto Único Ordenado Artículo 9.- Seguimiento y facilitación de la y cumplir las obligaciones contractuales a su cargo. Inversión g. Hacer efectivas las penalidades por incumplimiento El acompañamiento, seguimiento, facilitación y del contrato, salvo que dicha función haya sido asignada simplificación en la fase de ejecución contractual de o delegada al organismo regulador respectivo. los proyectos de inversión que se desarrollen bajo los h. Modificar los contratos conforme las condiciones mecanismos regulados en el presente Texto Único que establezca el presente Texto Único Ordenado y su Ordenado es competencia de Proinversión, asumiendo, Reglamento. en lo que corresponda, las funciones y atribuciones del i. Efectuar el seguimiento de la ejecución física y Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversión financiera de los proyectos regulados en el presente Texto a que se refiere el artículo 38 de la Ley Nº 30327, Ley Único Ordenado bajo su competencia. de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento j. Sustentar la capacidad presupuestal para asumir Económico y el Desarrollo Sostenible, el artículo 25 de los compromisos de los contratos de Asociación Público la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, Privada y sus modificaciones. simplificación de procedimientos y permisos para la k. Declarar la suspensión o caducidad del contrato promoción y dinamización de la inversión en el país, entre cuando concurran las causales previstas en el respectivo otros, y normas complementarias. contrato. l. Otras funciones conforme al marco legal vigente. (Texto modificado según el Artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1251) 7.2 El Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local debe asignar sus funciones indicadas en el presente Artículo 10.- Supervisión de los Contratos de artículo vinculadas a la fase de ejecución contractual a un Asociaciones Público Privadas órgano dentro de su estructura organizacional o asignar dichas funciones al Comité de Promoción de la Inversión 10.1 Tratándose de proyectos en sectores regulados, Privada. la supervisión se sujeta a lo dispuesto en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión (Texto modificado según el Artículo 1 del Decreto Privada en los Servicios Públicos y la normatividad Legislativo Nº 1251) vigente. 10.2 Los contratos de Asociación Público Privada

  7. Artículo 8.- Comité de Promoción de la Inversión contienen las disposiciones necesarias para asegurar Privada una supervisión oportuna y eficiente durante la fase de ejecución contractual con la finalidad de salvaguardar 8.1 El Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local primordialmente el cumplimiento de los niveles de servicio. que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades (Texto según el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº reguladas en la presente norma, crea el Comité de 1224) Promoción de la Inversión Privada para desempeñarse como: TÍTULO III a. Organismo Promotor de la Inversión Privada ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS para los procesos de promoción bajo su competencia conforme lo establecido en el artículo 6. En este CAPÍTULO I supuesto, el Viceministro, Consejo Regional y Concejo Municipal ejercen las funciones del Consejo Directivo de Disposiciones Generales Proinversión; y, b. Órgano de coordinación con Proinversión en los Artículo 11.- Definición procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último. 11.1 Las Asociaciones Público Privadas son modalidades de participación de la inversión privada, 8.2 La designación de los miembros del Comité de en las que se incorpora experiencia, conocimientos, Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante equipos, tecnología, y se distribuyen riesgos y recursos, Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador preferentemente privados, con el objeto de crear, Regional o Resolución de Alcaldía, que debe ser publicada desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura en el Diario Oficial El Peruano y comunicada al Registro pública y/o proveer servicios públicos bajo los mecanismos Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. contractuales permitidos por el marco legal vigente. Las 8.3 El Comité de Promoción de la Inversión Privada Asociaciones Público Privadas se originan por iniciativa en calidad de órgano de coordinación tiene las siguientes estatal o iniciativa privada. funciones: 11.2 Los contratos de Asociaciones Público Privadas son de largo plazo, en los cuales debe existir una adecuada a. Coordinar con los órganos de cada Ministerio, distribución de riesgos entre las partes, de manera que Gobierno Regional y Gobierno Local a fin de agilizar los riesgos sean asignados a aquella parte con mayores 14 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2017 / El Peruano capacidades para administrarlos, considerando el perfil b. Formulación: comprende el diseño del proyecto y/o de riesgos del proyecto. Asimismo, en todas las fases evaluación del mismo, a cargo del Ministerio, Gobierno de desarrollo de las Asociaciones Público Privadas debe Regional o Gobierno Local, o Proinversión en el marco de contemplarse el principio de valor por dinero, buscando sus competencias. la combinación óptima entre los costos y la calidad del En caso de Asociaciones Público Privadas servicio público ofrecido a los usuarios, a lo largo de la cofinanciadas, la formulación de la Asociación Público vida del proyecto. Privada comprende dos componentes; el Proyecto de 11.3 Puede desarrollarse un proyecto de Asociación Inversión Pública, que se regula por la normativa del Público Privada sobre la base de uno o más proyectos Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de inversión pública, siempre que estos últimos sean de Inversiones en concordancia con lo dispuesto en declarados viables en el marco del Sistema Nacional de la Octava Disposición Complementaria Transitoria del Programación Multianual y Gestión de Inversiones. presente Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 11.4 En una Asociación Público Privada participan el Nº 1224, y el Informe de Evaluación, regulado por la Estado, a través de alguna de las entidades públicas, y normativa del Sistema Nacional de Promoción de la uno o más inversionistas privados. Inversión Privada. En caso de Asociaciones Público Privadas (Texto según el artículo 11 del Decreto Legislativo Nº autofinanciadas, la formulación es regulada por la 1224) normativa del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada.

  8. Artículo 12.- Sobre los contratos Todos los estudios requeridos para la formulación de los proyectos pueden ser elaborados por una 12.1 El contrato desarrollado bajo la modalidad de entidad privada conforme a la normatividad vigente o el Asociación Público Privada constituye título suficiente para proponente de una iniciativa privada, de corresponder. que el inversionista haga valer los derechos que dicho c. Estructuración: comprende el diseño del contrato le otorga frente a terceros, en especial el de cobrar proyecto como Asociación Público Privada, incluida su las tarifas, precios, peajes u otros sistemas de recuperación estructuración económico financiera, mecanismo de de las inversiones, así como los beneficios adicionales retribución en caso corresponda, asignación de riesgos expresamente convenidos en el contrato, pudiendo incluir y el diseño del contrato a cargo del Organismo Promotor servicios complementarios. El inversionista puede explotar de la Inversión Privada, quien debe coordinar con el el o los bienes objeto de la Asociación Público Privada por Ministerio, organismo regulador de corresponder y el cuenta propia o por medio de terceros, quedando siempre Ministerio de Economía y Finanzas. como único responsable frente al Estado. Sin perjuicio d. Transacción: comprende la apertura al mercado de lo anterior, la modalidad de entrega en concesión al del proyecto. El Organismo Promotor de la Inversión inversionista que recaiga sobre bienes públicos no otorga un Privada recibe y evalúa los comentarios de los postores, derecho real sobre los mismos. determina el mecanismo aplicable, el cual podrá ser la 12.2 El inversionista no puede establecer licitación pública, concurso de proyectos integrales u unilateralmente exenciones en favor de usuario alguno, otros mecanismos competitivos. Tratándose de iniciativas salvo lo establecido por ley expresa. privadas esta fase se inicia con la publicación de la Declaratoria de Interés. (Texto según el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº e. Ejecución contractual: comprende el periodo de 1224) vigencia del contrato de Asociación Público Privada, bajo responsabilidad del Ministerio, Gobierno Regional o

  9. Artículo 13.- Clasificación Gobierno Local. Asimismo, comprende el seguimiento y El Informe de Evaluación a cargo de Proinversión, supervisión de las obligaciones contractuales. Ministerio, Gobierno Regional o Gobierno Local indica la clasificación del proyecto de Asociación Público Privada, 14.2 Los requisitos y procedimientos de cada fase según: se establecen en el Reglamento así como los plazos, de corresponder. a. Cofinanciada: es aquel proyecto de Asociación 14.3 Es responsabilidad del Ministerio, Gobierno Público Privada que requiere cofinanciamiento o el Regional y Gobierno Local iniciar de manera temprana otorgamiento o contratación de garantías financieras el proceso de adquisición, expropiación y saneamiento o garantías no financieras que tienen probabilidad de los predios y áreas necesarias y de respaldo para la significativa de demandar cofinanciamiento. ejecución de los proyectos. El Organismo Promotor de la b. Autofinanciada: es aquel proyecto de Asociación Inversión Privada establecerá en el Informe de Evaluación Público Privada con capacidad propia de generación de la meta respecto a la liberación de predios y áreas que ingresos, que no requiere cofinanciamiento y cumple con requiere el proyecto para ser adjudicado. las siguientes condiciones: El Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local puede destinar una partida presupuestal específica para - Demanda mínima o nula de garantía financiera por estos fines, incluso antes que se declare la viabilidad de parte del Estado, conforme lo establece el Texto Único los proyectos. Ordenado del Reglamento. - Las garantías no financieras tengan una probabilidad (Texto modificado según el Artículo 1 del Decreto nula o mínima de demandar cofinanciamiento, conforme Legislativo Nº 1251) lo establece el Texto Único Ordenado del Reglamento.

  10. Artículo 15.- Fase de Planeamiento y Programación (Texto modificado según el Artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1251) 15.1 El Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas incluye los proyectos a

  11. Artículo 14.- Fases ejecutarse mediante la modalidad de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, que se elabora sobre la 14.1 Las Asociaciones Público Privadas, base de las normas que regulan el Sistema Nacional de independientemente de su clasificación y origen, se Programación Multianual y Gestión de Inversiones. sujetan a las siguientes fases: 15.2 De manera previa a la aprobación del referido Informe, el Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno a. Planeamiento y programación: comprende la Local solicita opinión de Proinversión sobre la modalidad planificación de los proyectos y compromisos de las de Asociación Público Privada o Proyecto en Activos Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos propuesta. La opinión de Proinversión se basa en un articulada con la Programación Multianual de Inversiones análisis preliminar de los beneficios de desarrollar el conforme lo dispuesto en el artículo 15. La presentación proyecto bajo la modalidad de Asociación Público Privada de iniciativas privadas no se limita al contenido de la en comparación con la modalidad de obra pública, en referida programación. función a los criterios establecidos en el Reglamento. El Peruano / Jueves 31 de agosto de 2017 NORMAS LEGALES 15 15.3 Tratándose del informe a cargo de los Ministerios, sin excepción y bajo responsabilidad, debe contar con la opinión que emita Proinversión es vinculante para la las siguientes opiniones sobre la respectiva versión del inclusión de proyectos bajo la modalidad de Asociaciones contrato de Asociación Público Privada: Público Privadas o Proyectos en Activos. Asimismo, Proinversión puede emitir opinión no vinculante sobre los a) Opinión previa favorable del Ministerio, proyectos que el Ministerio no haya considerado para su Gobierno Regional y/o Gobierno Local, conforme a sus ejecución mediante la modalidad de Asociaciones Público competencias. Privadas o Proyectos en Activos. b) Opinión previa no vinculante del organismo 15.4 Tratándose del informe a cargo de los Gobiernos regulador exclusivamente sobre los temas materia de sus Regionales y Gobiernos Locales, la opinión que emita competencias legales. Proinversión sobre los proyectos para los que se c) Opinión previa favorable del Ministerio de Economía proponga la modalidad de Asociaciones Público Privadas y Finanzas a la respectiva versión del contrato de o Proyectos en Activos tiene carácter de no vinculante. Asociación Público Privada conforme a sus competencias. 15.5 El presente artículo es de aplicación únicamente La opinión previa favorable del Ministerio de Economía a aquellos Ministerios, Gobiernos Regionales y Gobiernos y Finanzas, a la versión del contrato solicitada antes del Locales que incorporen en su programación multianual de inicio de la fase de transacción, puede emitirse incluyendo inversiones proyectos a ser ejecutados bajo la modalidad observaciones a ser subsanadas por el Organismo de Asociaciones Público Privadas o Proyectos en Activos. Promotor de la Inversión Privada durante la fase de transacción. La opinión previa favorable del Ministerio (Texto según el Artículo 2 del Decreto Legislativo Nº de Economía y Finanzas a la versión final del contrato 1251) de Asociación Público Privada sólo puede referirse a aquellos aspectos sobre los cuales se emitió observación

  12. Artículo 16.- Criterios para la incorporación de los y a los aspectos distintos o adicionales respecto de la proyectos al proceso de promoción versión del contrato solicitada antes del inicio de la fase de transacción. 16.1 El proceso de promoción está conformado por De no contar con la opinión previa favorable del las fases de Estructuración y Transacción. El Reglamento Ministerio de Economía y Finanzas a la versión final del establece los requisitos, oportunidad y criterios de contrato de Asociación Público Privada, el contrato y elegibilidad de los proyectos a ser incorporados a los su adjudicación no surten efectos y son nulos de pleno procesos de promoción. derecho, salvo el supuesto señalado en el numeral 17.7 16.2 El Consejo Directivo aprueba la incorporación de del presente artículo. proyectos al proceso de promoción, el cual puede estar, supeditada a la reformulación del mismo. 17.5 El Informe Previo de la Contraloría General El Reglamento establece los casos en los cuales la de la República respecto de la versión final del incorporación de proyectos a cargo de Proinversión es contrato de Asociación Público Privada, así como de ratificada mediante Resolución Suprema refrendada por las modificaciones contractuales que correspondan, el Ministerio respectivo y el Ministerio de Economía y únicamente puede referirse a aquellos aspectos que Finanzas, salvo para los supuestos previstos en el artículo comprometan el crédito o la capacidad financiera del 31 y el Título V. Estado de conformidad con el inciso l) del artículo 22 de la En los proyectos de alcance regional o local, la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control incorporación es realizada mediante Acuerdo del Consejo y de la Contraloría General de la República. Dicho Informe Regional o Acuerdo de Concejo Municipal. Previo no es vinculante, sin perjuicio de control posterior. 17.6 Las entidades que emiten las opiniones e (Texto modificado según el Artículo 2 del Decreto informes regulados en el presente artículo se encuentran Legislativo Nº 1251) obligadas a realizar una revisión integral de las versiones de contratos respectivos respecto a las materias de su

  13. Artículo 17.- Opiniones previas competencia y a formular, en una sola oportunidad, todas las observaciones que correspondan. Los plazos 17.1 De manera previa al inicio del proceso de y procedimientos para la emisión de los informes y promoción del proyecto de Asociación Público Privada, opiniones son establecidos en el Reglamento. el Organismo Promotor de la Inversión Privada, sin 17.7 Habiéndose solicitado los informes y opiniones excepción y bajo responsabilidad, debe contar con la previas y de no emitirse éstos dentro de los plazos opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas previstos, son considerados favorables. Sin perjuicio de lo sobre el Informe de Evaluación. anterior, tratándose de proyectos a cargo de Proinversión, 17.2. De manera previa al inicio de la fase de el Consejo Directivo puede decidir la exclusión del proyecto transacción, el Organismo Promotor de la Inversión al proceso de promoción ante la falta de pronunciamiento Privada, elabora la versión del contrato y solicita las del titular del proyecto en los plazos previstos. opiniones establecidas en el numeral 17.4. 17.8 El Ministerio de Economía y Finanzas publica El Reglamento determina los requisitos e información los informes que emita a las respectivas versiones del que debe cumplir el Organismo Promotor de la Inversión contrato. Privada para la elaboración de dicha versión del contrato, entre los cuales se encuentran, por lo menos, estudios (Texto modificado según el Artículo 1 del Decreto técnicos, estudios económico financieros, informe que Legislativo Nº 1251 y por el Articulo Único de la Ley Nº sustente la adecuada asignación de riesgos y valuación 30594) de contingencias, modelo económico financiero que sustente el esquema de financiamiento y pagos del Artículo 18.- Oferta del adjudicatario proyecto e informe sobre el estado de terrenos necesarios El organismo regulador y el Ministerio, Gobierno para ejecución del proyecto. Regional o Gobierno Local correspondiente, velan por el Tratándose de proyectos autofinanciados que no cumplimiento de los términos y condiciones propuestos requieran garantías financieras o no financieras y cuyo en la oferta del adjudicatario del proceso de promoción, Costo Total de Inversión no supere el monto establecido los cuales son incorporados en el contrato de Asociación en el Reglamento, no resulta exigible los requisitos Público Privada. establecidos en el presente numeral ni requieren las opiniones previas establecidas en el numeral 17.4 en esta (Texto según el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº fase. 1224) 17.3 De manera previa a la adjudicación, el Organismo Promotor de la Inversión Privada, elabora la Versión Final Artículo 19.- Impedimentos del contrato y sin excepción y bajo responsabilidad, debe No pueden participar como postores o inversionistas, contar con las opiniones establecidas en el numeral 17.4. directa ni indirectamente, las personas a que se refieren 17.4 Conforme lo señalado en el numeral 17.2 y el Artículo 1366 del Código Civil, las personas con 17.3, el Organismo Promotor de la Inversión Privada, impedimentos establecidos en la Ley Nº 30225, las 16 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2017 / El Peruano personas con impedimentos establecidos por normas con Inversión Privada, que estuvo a cargo del proceso de rango de Ley, ni aquellos que habiendo sido inversionistas promoción en que se originó el contrato, o del órgano que en contratos de Asociación Público Privada hubieren haga sus veces. dejado de serlo por su incumplimiento en el contrato. Éste En los contratos de Asociaciones Público Privadas a último impedimento se extiende a los socios estratégicos cargo de Proinversión las propuestas de modificación a y/o aquellos que hayan ejercido control del inversionista dichos contratos se presentan ante dicha entidad dentro al momento de la resolución y/o caducidad del respectivo del periodo establecido en el Reglamento, quien convoca contrato. y conduce el proceso de evaluación conjunta, y emite opinión de acuerdo a lo establecido en el Reglamento. (Texto según el artículo 18 del Decreto Legislativo Nº En los supuestos previstos en el presente numeral, el 1224) inversionista puede solicitar su participación en el proceso de evaluación conjunta. CAPÍTULO II 23.3 Culminado el proceso de evaluación conjunta, el Ministerio, Gobierno Regional o Gobierno Local evalúa Desarrollo de las Asociaciones Público Privadas y sustenta las modificaciones contractuales; y solicita la opinión no vinculante del organismo regulador respectivo

  14. Artículo 20.- Plazo en los proyectos bajo su competencia, y tratándose de Los proyectos bajo la modalidad de Asociación Público materias de competencia del Ministerio de Economía Privada se otorgan por el plazo de vigencia indicado en el y Finanzas, debe requerirse la opinión previa favorable contrato, el que en ningún caso excede de sesenta años, de dicho Ministerio. Los acuerdos que contengan salvo plazos menores establecidos en norma especial. El modificaciones al contrato de Asociación Público Privada plazo de vigencia se inicia en la fecha de suscripción del que no cuenten con opinión previa favorable del Ministerio respectivo contrato. de Economía y Finanzas, no surten efectos y son nulos de pleno derecho. (Texto según el artículo 19 del Decreto Legislativo Nº El proceso de modificación contractual regulado 1224) en el presente artículo, requerirá la participación de la Contraloría General de la República, a través de la

  15. Artículo 21.- Régimen de bienes emisión de un informe previo, en un plazo máximo de diez días hábiles, el cual será solicitado una vez concluido el 21.1 Los bienes que devengan en partes integrantes proceso de evaluación conjunta. Dicho informe previo no o accesorias del proyecto de Asociación Público Privada, es vinculante y deberá contener opinión sobre aquellos no pueden ser transferidos separadamente de ésta, aspectos que comprometan el crédito o la capacidad hipotecados, prendados o sometidos a gravámenes de financiera del Estado de conformidad con el inciso l) del ningún tipo, durante el plazo del contrato, sin la aprobación Artículo 22 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema del Ministerio, Gobierno Regional o Gobierno Local. Al Nacional de Control y de la Contraloría General de la término del contrato, pasan al dominio del Estado. República. Es emitido sin perjuicio del control posterior. 21.2 El inversionista puede transferir el derecho sobre 23.4 Los plazos y procedimientos dispuestos en el el contrato de Asociación Público Privada a otra persona presente artículo, son establecidos en el Reglamento. De jurídica con la previa aprobación del Ministerio, Gobierno no emitirse opinión dentro de los plazos previstos, son Regional y Gobierno Local y conforme las limitaciones que consideradas como favorables. establezcan los contratos de Asociación Público Privada. (Texto modificado según el Artículo 1 del Decreto (Texto según el artículo 20 del Decreto Legislativo Nº Legislativo Nº 1251 y por el Articulo Único de la Ley Nº 1224) 30594)

  16. Artículo 22.- Fideicomiso Artículo 24.- Solución de controversias 22.1 El Ministerio, el Gobierno Regional y el Gobierno 24.1 Los contratos de Asociación Público Privada Local pueden constituir fideicomisos para la administración deben incluir la vía arbitral como mecanismo de solución de los pagos e ingresos derivados de los contratos de de controversias. Asimismo, pueden incluir dentro de Asociación Público Privada. la etapa de trato directo, la intervención de un tercero 22.2 La constitución de los fideicomisos es aprobada neutral, denominado Amigable Componedor, quien de manera previa mediante Resolución Ministerial del propone una fórmula de solución de controversias que, sector. Tratándose de Asociaciones Público Privadas de de ser aceptada de manera parcial o total por las partes, competencia de los Gobiernos Regionales y Gobiernos produce los efectos legales de una transacción. Locales, la constitución de fideicomisos es aprobada de La entidad pública debe garantizar la participación manera previa mediante Acuerdo de Consejo Regional oportuna de los organismos reguladores en los procesos o Acuerdo de Concejo Municipal, según corresponda. arbitrales para coadyuvar con el debido patrocinio del En ambos casos se requiere opinión previa favorable Estado. El árbitro o Tribunal Arbitral respectivo tiene la del Ministerio de Economía y Finanzas tratándose de obligación de permitir la participación de los organismos Asociaciones Público Privadas cofinanciadas. reguladores. 24.2 De igual modo las partes pueden someter sus (Texto según el artículo 21 del Decreto Legislativo Nº controversias a una Junta de Resolución de Disputas 1224) conforme a lo dispuesto en los contratos, siendo su decisión vinculante para las partes, lo cual no limita su

  17. Artículo 23.- Modificaciones contractuales facultad de recurrir al arbitraje. 24.3 Los procedimientos, instituciones elegibles, 23.1 El Estado, de común acuerdo con el inversionista, plazos y condiciones para la elección, designación y/o podrá modificar el contrato de Asociación Público Privada constitución del Amigable Componedor y de las Juntas manteniendo su equilibrio económico financiero y las de Resolución de Disputas son establecidos en el condiciones de competencia del proceso de promoción, Reglamento. conforme a las condiciones y requisitos que establezca 24.4 Lo dispuesto en los numerales precedentes, el Reglamento. no es de aplicación cuando se trate de controversias 23.2 En un plazo máximo de diez (10) días hábiles internacionales de inversión conforme a la Ley Nº 28933, de recibida la solicitud de adenda, el Ministerio, Gobierno cuando se remite la controversia a un Mecanismo Regional o Gobierno Local convoca a las entidades Internacional de Solución de Controversias a que se públicas que deben emitir opinión a la adenda propuesta, refiere dicha ley. quienes asisten al proceso de evaluación conjunta, a la 24.5 No se encuentran dentro del ámbito de aplicación cual también puede ser convocado el inversionista. En de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, los esta etapa se puede solicitar información sobre el diseño servicios a ser brindados por el Amigable Componedor, del proyecto y contrato al Organismo Promotor de la los miembros de la Junta de Resolución de Disputas, los El Peruano / Jueves 31 de agosto de 2017 NORMAS LEGALES 17 Centros ni las Instituciones que administren los citados a. Garantías Financieras: son aquellos aseguramientos mecanismos alternativos de resolución de conflictos, de carácter incondicional y de ejecución inmediata, cuyo siempre que dichos servicios sean requeridos dentro de la otorgamiento y contratación por el Estado tiene por objeto ejecución de los contratos de Asociación Público Privada. respaldar las obligaciones de la contraparte del Ministerio, Gobierno Regional o Gobierno Local, derivadas de (Texto según el artículo 23 del Decreto Legislativo Nº préstamos o bonos emitidos para financiar los proyectos 1224) de Asociaciones Público Privadas, o para respaldar obligaciones de pago del Estado. CAPÍTULO III b. Garantías No Financieras: son aquellos aseguramientos estipulados en el contrato de Asociación Garantías Público Privada que potencialmente pueden generar obligaciones de pago a cargo del Estado por la ocurrencia

  18. Artículo 25.- Seguridades y garantías de uno o más eventos de riesgos propios del proyecto de Asociación Público Privada. 25.1 Los contratos de Asociación Público Privada pueden contener cláusulas que estipulen la indemnización 27.2 Mediante acuerdo de su Consejo Directivo, a la cual tendrá derecho el inversionista en caso que el Proinversión está facultado para solicitar al Ministerio Estado suspenda o deje sin efecto el contrato de manera de Economía y Finanzas, por encargo del Ministerio, unilateral o por incumplimiento de éste. Dichas cláusulas Gobierno Regional o Gobierno Local, el otorgamiento indemnizatorias son garantizadas mediante contrato o contratación de garantías financieras por parte del celebrado entre el Estado y el inversionista, a solicitud de Gobierno Nacional a favor de la contraparte del Ministerio, este último. Gobierno Regional o Gobierno Local. 25.2 De acuerdo a lo señalado en el Artículo 1357 del Código Civil, el Estado queda autorizado para otorgar (Texto según el artículo 26 del Decreto Legislativo Nº mediante contrato, a las personas naturales y jurídicas, 1224) nacionales y extranjeras, que realicen inversiones al amparo de la presente norma, las seguridades y garantías Artículo 28.- Compromisos firmes y contingentes que mediante Decreto Supremo, en cada caso, se Los compromisos firmes y contingentes que asumen consideren necesarias para proteger sus inversiones, de las entidades públicas en los proyectos de Asociación acuerdo a la legislación vigente. Público Privada son clasificados conforme a lo siguiente: 25.3 Tratándose de contratos de Asociación Público Privada, resulta aplicable lo previsto en el artículo 19 del a. Compromisos firmes: Son las obligaciones de pago Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley de importes específicos o cuantificables a favor de su que regulan la entrega en concesión al sector privado contraparte, correspondiente a una contraprestación por de las obras públicas de infraestructura y de servicios la realización de los actos previstos en el contrato de públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 059- Asociación Público Privada. 96-PCM. b. Compromisos contingentes: Son las potenciales obligaciones de pago a favor de su contraparte (Texto según el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº estipuladas en el contrato de Asociación Público Privada 1224) que se derivan por la ocurrencia de uno o más eventos correspondientes a riesgos propios del proyecto de

  19. Artículo 26.- Autorización para el otorgamiento de Asociación Público Privada. garantías (Texto según el artículo 27 del Decreto Legislativo Nº 26.1 Tratándose de concesiones de obras públicas de 1224) infraestructura y de servicios públicos, el Ministerio, Gobierno Regional o Gobierno Local puede autorizar al inversionista Artículo 29.- Registro de compromisos el establecimiento de una hipoteca sobre el derecho de concesión. Dicha hipoteca surte efectos desde su inscripción 29.1 El Ministerio de Economía y Finanzas queda en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. La autorizado a emitir las disposiciones correspondientes hipoteca puede ser ejecutada extrajudicialmente en la forma para el adecuado registro de los compromisos firmes pactada por las partes al constituirse la obligación con la y contingentes cuantificables, las garantías, pasivos y participación del Estado y los acreedores. demás instrumentos conexos y colaterales, así como de 26.2 Para la ejecución de la hipoteca es necesaria los ingresos derivados de los proyectos ejecutados bajo la la opinión favorable del Ministerio, Gobierno Regional modalidad de Asociación Público Privada. o Gobierno Local correspondiente, de manera que el 29.2 Para este efecto, la entidad pública derecho de concesión sólo pueda ser transferido a correspondiente que posea la información, la suministra, favor de quien cumpla, como mínimo, con los requisitos bajo responsabilidad, al Ministerio de Economía y establecidos en las bases del proceso de promoción. Finanzas, en los términos y condiciones que dicho 26.3 En los contratos de Asociación Público Privada Ministerio establezca. puede constituirse, entre otros, garantía sobre los ingresos respecto a obligaciones derivadas de dicho contrato y de (Texto según el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº su explotación y garantía mobiliaria sobre las acciones o 1224) participaciones del inversionista. 26.4 Cuando el Contrato de Asociación Público Artículo 30.- Límite Privada a cargo de Proinversión establece la revisión de los documentos que sustenten el Endeudamiento 30.1 El stock acumulado por los compromisos firmes y Garantizado Permitido o Cierre Financiero o análogos, contingentes cuantificables, netos de ingresos, asumidos corresponde a Proinversión la revisión de éstos. Sin por el Sector Público No Financiero en los contratos de perjuicio de lo establecido en el presente numeral, el Asociación Público Privada calculado a valor presente, no Reglamento puede establecer los supuestos en los que se podrá exceder de 12% del Producto Bruto Interno. requiere opinión previa del Ministerio, Gobierno Regional 30.2 Este límite podrá ser revisado cada tres años, o Gobierno Local y/o del organismo regulador. pudiendo ser modificado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, teniendo (Texto según el Artículo 2 del Decreto Legislativo Nº en cuenta los requerimientos de infraestructura y servicios 1251) públicos en el país y el impacto de los compromisos sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas.

  20. Artículo 27.- Garantías del Estado 30.3 Mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas se establecen los indicadores, 27.1 Las garantías en la modalidad de Asociación parámetros y metodologías de cálculo para los Público Privada se clasifican en: compromisos firmes y contingentes cuantificables, gasto 18 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2017 / El Peruano disponible y los pasivos a ser asumidos por las entidades de Asociaciones Público Privadas, Proyectos en Activos y públicas en los contratos de Asociación Público Privada. los proyectos regulados en el Decreto Legislativo Nº 674 vinculados a empresas del Estado. Las iniciativas privadas (Texto según el artículo 29 del Decreto Legislativo Nº son presentadas por personas jurídicas nacionales o 1224) extranjeras, por consorcios de éstas, o por consorcio de personas naturales con personas jurídicas nacionales o CAPÍTULO IV extranjeras. 34.2 Las iniciativas privadas de ámbito nacional que Proceso simplificado recaen sobre proyectos de Asociaciones Público Privadas autofinanciadas, Proyectos en Activos y los proyectos

  21. Artículo 31.- Proceso simplificado regulados en el Decreto Legislativo Nº 674, así como las iniciativas privadas cofinanciadas de todos los niveles de 31.1 Los proyectos destinados al desarrollo de gobierno, se presentan ante Proinversión, quien asume servicios vinculados a la infraestructura pública o servicios la competencia de Organismo Promotor de la Inversión públicos que requiera brindar el Estado, proyectos de Privada. La formulación de las iniciativas privadas investigación aplicada y/o innovación tecnológica, así cofinanciadas se sujeta a lo dispuesto en el numeral 34.3 como aquellas Asociaciones Público Privadas que no del artículo 34 del Decreto Legislativo Nº 1224, modificado contengan componente de inversión, se tramitan en un por el Decreto Legislativo Nº 1251. procedimiento simplificado conforme a las fases y plazos 34.3 Las iniciativas privadas para Asociaciones establecidos en el Reglamento. Público Privadas autofinanciadas y Proyectos en Activos 31.2 En este proceso simplificado, actúan como de ámbito regional o local, son presentadas ante los Organismos Promotores de la Inversión Privada, el Ministerio, Organismos Promotores de la Inversión Privada de Gobierno Regional, Gobierno Local o Proinversión de acuerdo los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, según a criterios de relevancia y magnitud. Sin perjuicio de ello, corresponda. el Ministerio, Gobierno Regional o Gobierno Local pueden 34.4 Las iniciativas privadas tienen el carácter de encargar el desarrollo del proceso a Proinversión. peticiones de gracia a que se refiere el artículo 121 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del (Texto según el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº Procedimiento Administrativo General, aprobado por 1224) Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, en lo que sea pertinente. En consecuencia, el derecho del proponente TÍTULO IV se agota con la presentación de la iniciativa privada ante el Organismo Promotor de la Inversión Privada, PROYECTOS EN ACTIVOS sin posibilidad de cuestionamiento o impugnación del pronunciamiento en sede administrativa o judicial. Las

  22. Artículo 32.- Definición iniciativas privadas mantienen su carácter de petición de gracia hasta que se convoque el proceso de selección que 32.1 Los Ministerios, Gobiernos Regionales y corresponda, en cuyo caso es de aplicación lo dispuesto Gobiernos Locales promueven la inversión privada sobre en las respectivas bases y/o en la legislación aplicable en activos de su titularidad a través del Organismo Promotor lo que sea pertinente; o hasta la suscripción del contrato de la Inversión Privada respectivo, bajo los siguientes correspondiente en caso se adjudique directamente por esquemas: no haber terceros interesados. 34.5 Los Organismos Promotores de la Inversión a) Disposición de activos, que incluye la transferencia Privada deben mantener el carácter confidencial y total o parcial, incluso mediante la permuta de los bienes reservado de las iniciativas privadas presentadas, bajo inmuebles. responsabilidad. Esta obligación, se extiende a las b) Contratos de cesión en uso, arrendamiento, entidades públicas, funcionarios públicos, asesores, usufructo, superficie u otras modalidades permitidas por consultores o cualquier otra persona que por su cargo, ley. función o servicio, tomen conocimiento de la presentación y contenido de la iniciativa privada. El carácter confidencial 32.2 Los contratos de Proyectos en Activos no pueden y reservado de las iniciativas privadas se mantiene hasta comprometer recursos públicos ni trasladar riesgos a la la Declaratoria de Interés. entidad pública, salvo disposición legal expresa. 32.3 Proinversión, los Gobiernos Regionales y (Texto según el artículo 33 del Decreto Legislativo Nº Gobiernos Locales, en calidad de Organismos Promotores 1224, en concordancia con el numeral 34.3 del artículo de la Inversión Privada, determinan las condiciones 34 incorporado por el artículo 2 del Decreto Legislativo económicas del proyecto, ingresos a favor del Estado y Nº 1251) en su caso, compromisos de inversión. 32.4 En caso que el proyecto así lo requiera, puede Artículo 35.- Presentación de iniciativas privadas constituirse fideicomisos conforme lo previsto en el cofinanciadas artículo 22 de la presente norma en lo que corresponda. 35.1 La presentación de iniciativas privadas (Texto según el artículo 31 del Decreto Legislativo Nº cofinanciadas para proyectos a ser financiados total o 1224) parcialmente por el Gobierno Nacional se realizan en la oportunidad y sobre las materias que se determinen

  23. Artículo 33.- Proceso de adjudicación mediante Decreto Supremo refrendado por los ministerios Tratándose de Proyectos en Activos, el proceso de solicitantes y el Ministerio de Economía y Finanzas. Los adjudicación se tramita en un procedimiento simplificado sectores incluidos en el Decreto Supremo deben publicar conforme a las fases y plazos establecidos en el las necesidades de intervención en infraestructura Reglamento. pública y servicios públicos, servicios vinculados a estos, investigación aplicada y/o innovación tecnológica, así (Texto según el artículo 32 del Decreto Legislativo Nº como la capacidad presupuestal máxima con la que 1224) cuentan para asumir dichos compromisos, previamente informada por el Ministerio de Economía y Finanzas. TÍTULO V 35.2 La presentación de las iniciativas privadas INICIATIVAS PRIVADAS cofinanciadas para proyectos a ser financiados por los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se presentan

  24. Artículo 34.- De la naturaleza de las iniciativas anualmente ante Proinversión durante el plazo que privadas determine el Reglamento. Previamente, el Gobierno Regional y Gobierno Local publica las necesidades 34.1 La iniciativa privada es el mecanismo mediante el de intervención en infraestructura pública y servicios cual el sector privado presenta proyectos para el desarrollo públicos, servicios vinculados a estos, investigación El Peruano / Jueves 31 de agosto de 2017 NORMAS LEGALES 19 aplicada y/o innovación tecnológica, así como la 38.2 Proinversión es la entidad encargada de brindar capacidad presupuestal máxima con la que cuentan para asistencia técnica y apoyo a los Gobiernos Regionales asumir dichos compromisos, previamente informada por y Gobiernos Locales, y otras entidades, en las distintas el Ministerio de Economía y Finanzas. fases de los proyectos de Asociaciones Público Privadas 35.3 La formulación y declaratoria de viabilidad de y Proyectos en Activos. Para ello, establece Oficinas los proyectos de inversión pública comprendidos dentro Desconcentradas conforme a la normatividad vigente. de la Iniciativa Privada Cofinanciada es responsabilidad 38.3 Proinversión está integrado por el Consejo del Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local Directivo, la Dirección Ejecutiva y los Comités Especiales respectivo, el cual puede encargar la contratación de la de Inversiones. La organización de Proinversión se rige asesoría a Proinversión. La elaboración del Informe de por su Reglamento de Organización y Funciones. Evaluación, la estructuración y transacción está a cargo 38.4 El Consejo Directivo es la más alta autoridad de únicamente de Proinversión. Proinversión y está integrado por seis miembros. Uno Los contratos y modificaciones derivados de proyectos de ellos es el Ministro de Economía y Finanzas, quien de competencia del Gobierno Regional y Gobierno Local preside el Consejo Directivo. Es integrado además por dos son suscritos con el adjudicatario con la intervención de Ministros de Estado del sector cuya cartera de proyectos los sectores intervinientes. La administración del referido incorporados al proceso de promoción sean de mayor contrato puede ser delegada al sector interviniente. valor monetario, conforme a los criterios que determine el Reglamento. Los otros miembros son designados (Artículo incorporado por el Artículo 2 del Decreto por Resolución Suprema con el refrendo del Presidente Legislativo Nº 1251) del Consejo de Ministros y del Ministro de Economía y Finanzas.

  25. Artículo 36.- Procedimiento Las personas designadas deben contar con capacidad y experiencia en el desarrollo y financiamiento de 36.1 El periodo y los procedimientos de presentación, infraestructura, banca de inversión, gobierno corporativo, priorización, formulación y estructuración de las iniciativas gestión pública o materias afines. privadas son establecidos en el Texto Único Ordenado del Ninguna de las personas elegidas como miembros Reglamento. del Consejo Directivo, con excepción de los Ministros 36.2 Si transcurrido el plazo de noventa (90) días de Estado, puede encontrase ejerciendo, a la fecha de calendario desde la publicación de la Declaratoria de su designación, un cargo que califique como funcionario Interés y sin que ningún tercero manifieste su interés en público, ni ejercer durante su designación, algún otro la ejecución del proyecto, se procede a la adjudicación cargo público. La restricción a la que se refiere el presente directa a favor del proponente de la iniciativa privada. párrafo no aplica cuando éstos perciban dietas del Estado. 36.3 Las iniciativas privadas para proyectos regulados Los miembros del Consejo Directivo son designados en el Decreto Legislativo Nº 674 son tramitadas conforme por un período de cinco años prorrogables por un periodo el procedimiento simplificado que establezca el Texto adicional. El cargo de miembro del Consejo Directivo Único Ordenado del Reglamento. cesa por renuncia o por destitución debido a falta grave debidamente tipificada en el Reglamento del presente (Texto modificado por el Artículo 1 del Decreto Texto Único Ordenado. Legislativo Nº 1251) Los miembros del Consejo Directivo son retribuidos con dietas por el ejercicio de sus funciones, conforme a

  26. Artículo 37.- Reembolso de gastos a favor del la legislación vigente. El número máximo de dietas y el proponente monto que pueden percibir cada uno de los miembros se En el caso que el proponente participe en el proceso define por Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de promoción que se convoque y presente una propuesta de Economía y Finanzas. económica declarada válida, se reconoce a favor de 38.5 El Consejo Directivo tiene como funciones éste los gastos efectivamente realizados y directamente generales aprobar y dirigir la estrategia de Proinversión; vinculados en la elaboración de la iniciativa privada establecer objetivos, metas y planes de acción; controlar incluyendo los gastos correspondientes a los estudios y supervisar la gestión y el adecuado desarrollo de los de preinversión de ser el caso, así como los mayores procesos de promoción de la inversión privada así como gastos originados por la preparación de la información encargarse del gobierno y de la organización de la adicional solicitada por el Organismo Promotor de la institución. Inversión Privada, que a criterio de éste sean razonables El Consejo Directivo cuenta con las siguientes y hayan sido debidamente sustentados. Lo dispuesto en funciones específicas: el presente numeral no es de aplicación si el proponente de la iniciativa hubiese sido favorecido con la adjudicación a) Designar al Director Ejecutivo y crear los Comités de la buena pro. Especiales de Inversiones y designar a sus miembros, aprobando sus funciones, poderes y niveles de decisión, (Texto según el artículo 36 del Decreto Legislativo Nº en el marco de lo establecido en el presente Texto Único 1224) Ordenado y su Reglamento. b) Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas el TÍTULO VI Reglamento de Organización y Funciones de Proinversión. c) Proponer al Ministerio de Economía y Finanzas la PROINVERSIÓN escala remunerativa para su aprobación, en el marco de la Cuarta Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado

  27. Artículo 38.- Proinversión de la Ley Nº 28411, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 38.1 Proinversión es el organismo técnico d) Decidir la incorporación y exclusión de un proyecto especializado adscrito al Ministerio de Economía y al proceso de promoción. Finanzas con personería jurídica, autonomía técnica, e) Sin perjuicio de lo establecido en los numerales funcional, administrativa, económica y financiera, 38.2 y 38.3 del artículo 38, el Consejo Directivo puede encargado de diseñar, conducir y concluir el proceso de constituirse como un nivel adicional de decisión del promoción de la inversión privada mediante la modalidad proceso de Asociación Público Privada o Proyectos en de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos Activos. Tratándose de proyectos cuyos Costo Total de bajo el ámbito de su competencia, unificando la toma de Inversión supere 300,000 UIT, corresponde al Consejo decisiones dentro del proceso conforme a lo dispuesto Directivo la aprobación de los principales hitos del proceso en el presente Texto Único Ordenado. Asimismo, le de Asociación Público Privada o Proyectos en Activos. corresponde aprobar directivas técnico normativas en Dicho límite puede ser modificado mediante Decreto los términos establecidos en el numeral 5.3 del artículo Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y 5. Interviene en la etapa de Ejecución Contractual de Finanzas. acuerdo a lo previsto en este Texto Único Ordenado y su f) Aprobar directivas técnico normativas aplicables a Reglamento. las Asociaciones Públicos Privadas y Proyectos en Activos 20 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2017 / El Peruano conforme lo dispuesto en el numeral 5.3 del artículo 5, en responsable de ejecutar los acuerdos del Consejo el marco de sus competencias. Directivo, así como presentarle y sustentar las propuestas g) Aprobar el presupuesto a propuesta del Director de acuerdos y decisiones que se requieran para Ejecutivo. desarrollar y ejecutar los proyectos de inversión; y de h) Las demás funciones que establezca el Reglamento. dirigir y supervisar la marcha institucional de Proinversión. El Director Ejecutivo supervisa y decide sobre los procesos Las entidades del Estado deben adoptar los acuerdos de promoción de la inversión privada en Asociaciones o realizar las gestiones o los actos necesarios para Público Privadas y Proyectos en Activos. Ejerce las ejecutar las decisiones del Consejo Directivo y de los funciones y poderes que se precisen en el Reglamento de Comités Especiales de Inversiones, sin excepción. En Organización y Funciones y todas aquellas que le atribuya el caso de las decisiones de los Comités Especiales de el Consejo Directivo. Inversiones, éstas deben contar con la conformidad del 39.2 Los Directores de Proyecto son designados por Director Ejecutivo. Se presume que todas estas decisiones el Director Ejecutivo. Son los encargados de conducir el tienen relación, directa o indirecta, con la promoción de la proceso de evaluación dentro de la fase de formulación inversión privada para el desarrollo de las Asociaciones y el proceso de promoción de la inversión privada, bajo Público Privadas y Proyectos en Activos. la supervisión del Director Ejecutivo. Las Direcciones de En estos casos, la responsabilidad que emane de Proyecto pueden agruparse en Direcciones Especiales los acuerdos que adopten o de las gestiones y actos que con la finalidad de conglomerar determinados tipos de ejecuten tales entidades, corresponde exclusivamente al proyectos o activos, o según otros criterios que determine Consejo Directivo de Proinversión, a los Comités Especiales la Dirección Ejecutiva. de Inversiones y al Director Ejecutivo, según sea el caso. 39.3 El Consejo Directivo nombra Comités Especiales 38.6 Trimestralmente el Consejo Directivo de de Inversiones con la finalidad de realizar una revisión Proinversión sustenta ante el Presidente de la República independiente de los proyectos de Asociaciones Público y el Presidente del Consejo de Ministros, su reporte de Privadas y Proyectos en Activos. Los Comités Especiales avances en la promoción y desarrollo de los proyectos de de Inversiones revisan y dan conformidad sobre el Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. Informe de Evaluación, Plan de Promoción, Bases, Este reporte debe incluir los avances, metas alcanzadas, Versión del Contrato al inicio de la transacción, Versión problemas encontrados y riesgos que pudieran afectar Final del Contrato y sus respectivas modificaciones el desarrollo de las Asociaciones Público Privadas y sustanciales, así como aquellos actos dispuestos por el Proyectos en Activos. Consejo Directivo; elevándolos al Director Ejecutivo para 38.7 La gestión de Proinversión está orientada a su aprobación. resultados, con eficiencia, eficacia, transparencia y calidad. 39.4 En caso de discrepancia entre los Comités El Consejo Directivo de Proinversión, previa Especiales de Inversiones y el Director Ejecutivo respecto coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, de los actos a los que se refiere el numeral 39.3, este establece los objetivos estratégicos institucionales que último debe elevarlos al Consejo Directivo para que este prioriza y las metas que se planteen para tal efecto. dirima. Los objetivos estratégicos institucionales, las metas y los indicadores que se establezcan deben vincularse (Texto según el Artículo 1 del Decreto Legislativo Nº necesariamente a la promoción y desarrollo de las 1251) Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, la transparencia en la gestión y la rendición de cuentas. Artículo 40.- Seguros por responsabilidad de Asimismo, el Consejo Directivo de Proinversión publica funcionarios en su portal institucional un informe trimestral de avance en Proinversión contratará seguros de responsabilidad función a las metas establecidas en el párrafo anterior. administrativa, civil y penal para los funcionarios de la 38.8 Al momento de su designación, los miembros del entidad responsables de adoptar decisiones en el marco Consejo Directivo y miembros de los Comités Especiales de los proyectos de inversión regulados por el presente de Inversiones no deben tener conflictos de interés que, Texto Único Ordenado. por su frecuencia o magnitud, los inhabiliten para el pleno ejercicio de sus funciones. En los casos en los que un (Artículo incorporado por el Artículo 2 del Decreto conflicto de interés de tal naturaleza se presente de Legislativo Nº 1251) manera sobreviniente, el miembro del Consejo Directivo o miembro de los Comités Especiales de Inversiones debe Artículo 41.- Publicidad de acuerdos ser cesado y se designa a otro en su reemplazo. En los casos en los que se presenta un conflicto 41.1 Los actos referidos a la aprobación de la de interés en un determinado proceso, el miembro del modalidad de promoción de la inversión privada y sus Consejo Directivo o miembro de los Comités Especiales modificatorias, y del Plan de Promoción de la Inversión de Inversiones debe declararlo y abstenerse de participar Privada y sus modificatorias, de los proyectos en y votar en dichas cuestiones. El Consejo Directivo Asociaciones Público Privadas a cargo de Proinversión, establece los lineamientos para la gestión de conflictos requieren únicamente de la aprobación de su Consejo de interés y ética conforme el marco normativo vigente y Directivo, mediante acuerdo publicado en el diario oficial buenas prácticas internacionales. El Peruano. En caso de falta de quórum debido a abstenciones, el 41.2 Los actos referidos a la aprobación de la Consejo Directivo puede integrar a uno o más presidentes modalidad de promoción de la inversión privada y sus de Comité Especial de Inversiones modificatorias, y del Plan de Promoción de la Inversión 38.9 Los acuerdos del Consejo Directivo son Privada y sus modificatorias, de los Proyectos en Activos adoptados por mayoría simple. Solo en caso de empate, a cargo de Proinversión, requieren únicamente de la el Presidente del Consejo Directivo tiene voto dirimente. aprobación de su Consejo Directivo, mediante acuerdo 38.10 El Reglamento establece las condiciones bajo publicado en el Diario Oficial El Peruano. las cuales Proinversión evalúa los encargos de procesos 41.3 Las publicaciones a que se refiere el numeral 4 del de promoción de la inversión privada por parte de los artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 674, son realizadas titulares del proyecto. mediante publicación en el diario oficial El Peruano, de los avisos que indican la dirección electrónica y el enlace (Texto modificado por el Artículo 1 del Decreto en el que se puede acceder al proyecto de contrato a Legislativo Nº 1251) suscribirse. La publicación del proyecto de contrato debe realizarse con una anticipación no menor de quince días

  28. Artículo 39.- Del Director Ejecutivo, los Comités hábiles a la fecha de su suscripción. El contrato definitivo Especiales de Inversiones y los Directores de es publicado de la misma forma, dentro de los cinco días Proyecto hábiles posteriores a la fecha de la suscripción del mismo. 41.4 Las opiniones emitidas por los organismos 39.1 El Director Ejecutivo es la máxima autoridad reguladores en los procesos de promoción regulados en ejecutiva y representante legal de Proinversión. Es la presente norma y en el Decreto Legislativo Nº 674 bajo El Peruano / Jueves 31 de agosto de 2017 NORMAS LEGALES 21 su competencia, son publicadas por Proinversión, dentro el Reglamento, bajo responsabilidad del Titular de la de un plazo no menor de quince días calendario anterior Entidad. a la fecha de aprobación de la versión final del Contrato, en su portal electrónico. Asimismo, dentro de dicho plazo, (Texto según artículo 41 del Decreto Legislativo Nº debe publicar un aviso en el diario oficial El Peruano 1224) indicando la dirección electrónica y el enlace en el cual se encuentran las mencionadas disposiciones y opiniones, DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES para su conocimiento público. PRIMERA.- La información vinculada a las (Texto según el Artículo 1 del Decreto Legislativo evaluaciones económico financieras que sirvan para Nº1251) determinar las variables de competencia utilizadas en el diseño y estructuración de los procesos de promoción de

  29. Artículo 42.- Transparencia la inversión privada que forme parte del Registro Nacional El Consejo Directivo determina los proyectos y/o de Contratos de Asociaciones Público Privadas, se etapas que, por su impacto y envergadura, son sometidos, encuentra sujeto a la excepción al ejercicio del derecho a una consultoría para asegurar la calidad de gestión del de acceso a la información, por calificar como información proceso de la inversión privada a cargo de una empresa confidencial, de acuerdo a lo estipulado por el numeral especializada de reconocido prestigio, contratada por 1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº Proinversión. Corresponde al Ministerio de Economía 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información y Finanzas dictar los términos de referencia, ámbito Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003- de evaluación y la selección de dicha empresa. Para PCM. dichos efectos será aplicable lo dispuesto en la Décima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30225. (Texto según la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224) (Texto según el Artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1251) SEGUNDA.- Los compromisos netos de ingresos y gastos derivados directa e indirectamente de los contratos

  30. Artículo 43.- Fondo de Promoción de la Inversión de Asociación Público Privada se financian con cargo al Privada presupuesto institucional de las entidades involucradas, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al 43.1 Proinversión está a cargo, administra y dirige el Tesoro Público. Fondo de Promoción de la Inversión Privada - FONCEPRI. Las entidades públicas, con cargo a los límites de la Los recursos de dicho fondo son destinados a financiar asignación presupuestal total y en concordancia con los las actividades propias de los procesos de promoción límites de gasto establecidos en el Marco Macroeconómico de los proyectos regulados en el presente Texto Único Multianual, deberán incluir en su presupuesto institucional, Ordenado. los créditos presupuestarios necesarios para financiar 43.2 Son recursos del FONCEPRI los siguientes: los compromisos derivados de los contratos suscritos o por adjudicar bajo la modalidad de Asociación Público a. Un monto que se establece en cada caso mediante Privada, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, en acuerdo de Consejo Directivo de Proinversión, sobre la el marco de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de base del tipo de proyecto de que se trate, salvo para el la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de caso establecido en el literal b). Por Decreto Supremo Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas 304-2012-EF. se determina el mecanismo general para el cálculo del indicado monto. (Texto según la Tercera Disposición Complementaria b. Un monto del 2% del producto de la venta de Final del Decreto Legislativo Nº 1224) los activos de las entidades públicas, para el caso de Proyectos en Activos bajo su competencia. TERCERA.- Las entidades públicas señaladas en el c. Los créditos o donaciones internas y externas que artículo 2 dan prioridad a los proyectos a desarrollarse se obtengan para el cumplimiento del presente Texto mediante Asociaciones Público Privadas, en la valoración Único Ordenado. y trámites respecto del cumplimiento de los requisitos d. Los ingresos financieros que genere la para la obtención de licencias, permisos y autorizaciones administración de sus propios recursos. requeridas para el inicio y continuación de obras. El e. Otros que se le asignen. solicitante de cada una de las autorizaciones, licencias y permisos debe señalar expresamente que el proyecto se (Texto según artículo 40 del Decreto Legislativo Nº refiere a una Asociación Público Privada. 1224) (Texto según la Cuarta Disposición Complementaria TÍTULO VII Final del Decreto Legislativo Nº 1224) REGISTRO NACIONAL DE CONTRATOS DE CUARTA.- El Seguro Social de Salud - ESSALUD, ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS en el marco de la autonomía que la ley le confiere, se encuentra facultado a promover, tramitar y suscribir

  31. Artículo 44.- Del registro contratos de Asociación Público Privada con el objeto de incorporar inversión y gestión privada en los servicios 44.1 El Ministerio de Economía y Finanzas administra que presta a los asegurados, los cuales se sujetan a los el Registro Nacional de Contratos de Asociaciones requisitos y procedimientos establecidos en el presente Público Privadas, en el cual se incorpora la Resolución Texto Único Ordenado. Suprema, Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal que disponga la incorporación del proyecto al (Texto según la Quinta Disposición Complementaria proceso de promoción, contratos de Asociación Público Final del Decreto Legislativo Nº 1224) Privada suscritos y sus adendas, entre otros. Las entidades públicas comprendidas en el artículo 2 QUINTA.- La facultad legalmente establecida para y el Comité de Promoción de la Inversión Privada, tienen actuar discrecionalmente, de las entidades públicas que la obligación de remitir la información indicada en el tienen a su cargo la aprobación, conducción, ejecución, párrafo anterior. La solicitud de registro es de aprobación supervisión y fiscalización de los procesos de promoción automática, sujeto a fiscalización posterior. de la inversión privada, se ejerce para optar por la decisión 44.2 Los Organismos Promotores de la Inversión administrativa debidamente sustentada que se considere Privada de los Ministerios, Gobiernos Regionales y más conveniente, dentro del marco que establece la ley, Gobiernos Locales, deben solicitar su inscripción en el teniendo en consideración los criterios establecidos por Registro, dentro de los diez días hábiles de publicado la cuarta disposición complementaria final de la Ley Nº 22 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2017 / El Peruano 29622, Ley que modifica la Ley Nº 27785, Ley Orgánica NOVENA.- La aplicación del principio de valor del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría por dinero establecido en el artículo 11 del presente General de la República y amplía las facultades en el Texto Único Ordenado se evalúa conforme los criterios proceso para sancionar en materia de responsabilidad de elegibilidad que determine el Reglamento. Esta administrativa funcional. disposición es aplicable incluso a los procesos que se encuentren en trámite. (Texto según la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224) (Texto según la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224) SEXTA.- Todas las entidades de la administración pública del Estado, en todos sus niveles de gobierno, DÉCIMA.- El Decreto Legislativo Nº 1224 entra en bajo responsabilidad, quedan obligadas a no realizar vigencia al día siguiente de publicado el Reglamento. actos o dictar disposiciones que constituyan barreras burocráticas para la obtención de los permisos, licencias, (Texto según la Undécima Disposición Complementaria o autorizaciones que resulten necesarias para la Final del Decreto Legislativo Nº 1224) ejecución del proyecto, a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones del Estado peruano contenidas en los UNDÉCIMA.- El Reglamento del Decreto Legislativo contratos de Asociación Público Privada. Nº 1224 es aprobado por Decreto Supremo refrendado Señálase que de conformidad con lo establecido en la por el Ministro de Economía y Finanzas en un plazo no Ley Nº 28996, Ley de Eliminación de Sobrecostos, Trabas mayor a 60 días calendario posteriores a la publicación de y Restricciones a la Inversión Privada, y en aplicación la presente norma. del Decreto Legislativo Nº 1256, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras (Texto según la Duodécima Disposición Burocráticas, en concordancia con el Decreto Legislativo Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224) Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la ley de organización y funciones del Instituto Nacional de Defensa DUODÉCIMA.- A partir de la vigencia del Decreto de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Legislativo Nº 1224 y sus modificatorias, toda referencia Intelectual - INDECOPI, la Comisión de Eliminación de normativa que se haga a las normas señaladas en la Barreras Burocráticas del INDECOPI es competente para Primera Disposición Complementaria Derogatoria se garantizar el cumplimento de la presente disposición. entiende realizada al presente Texto Único Ordenado y su Reglamento, según corresponda. (Texto según la Séptima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224) (Texto según la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224) SÉTIMA.- Proinversión es la entidad encargada del registro contable de los saldos de las acreencias, así como DÉCIMO TERCERA.- El Ministerio de Economía y de las cuentas por cobrar y gestión de acreencias que se Finanzas formula la política nacional de promoción de generen en el marco de los procesos de promoción de la la inversión privada en Asociaciones Público Privadas inversión privada de competencia del Gobierno Nacional y Proyectos en Activos, la misma que será aprobada a que se refiere el presente Texto Único Ordenado y el mediante Decreto Supremo en un plazo no mayor a 90 Decreto Legislativo Nº 674. El registro contable es llevado días calendario posteriores a la publicación del Decreto por Proinversión de forma separada e independiente a su Legislativo Nº 1224. propia contabilidad. Vinculado al encargo referido en el numeral (Texto según la Décimo Cuarta Disposición precedente, los funcionarios de las entidades públicas y Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224) privadas están obligados a remitir, bajo responsabilidad, la información requerida por Proinversión, dentro de los DÉCIMO CUARTA.- El Ministerio de Economía plazos establecidos en el Reglamento. y Finanzas en el marco del Sistema Nacional de Los registros contables, correspondientes a los Programación Multianual y Gestión de Inversiones procesos de promoción de la inversión privada para evaluará y emitirá, conforme corresponda, las el desarrollo de Asociaciones Público Privadas de herramientas metodológicas para optimizar los proyectos competencia del Ministerio, Gobierno Regional y de inversión pública contenidos en las Asociaciones Gobierno Local están a cargo de estas entidades; Público Privadas Cofinanciadas. salvo que estos hayan sido encargados a Proinversión, en cuyo caso el registro contable es de cargo de esta (Texto según la Décimo Quinta Disposición entidad. Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1224) Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, el Ministerio, Gobierno Regional y Gobierno Local deben DÉCIMO QUINTA.- Constituyen reglas para la informar de los registros contables de los procesos de aplicación del principio de Enfoque de Resultados en promoción de la inversión privada para el desarrollo de la toma de decisiones de las entidades públicas, las Asociaciones Público Privadas de su competencia a siguientes: Proinversión, en los plazos establecidos en el segundo párrafo de la presente disposición. a. Entre dos o más alternativas legalmente viables, En cualquiera de los casos mencionados, las entidades se debe optar por aquella que permita la ejecución involucradas aplican las normas de procedimiento contable oportuna del proyecto, promueva la inversión, garantice la emitidas por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública disponibilidad del servicio y/o permita alcanzar o mantener del Ministerio de Economía y Finanzas, Órgano Rector del los niveles de servicio del proyecto. Sistema Nacional de Contabilidad. b. En todas las fases del proyecto, las entidades públicas deben dar celeridad a sus actuaciones, evitando (Texto según la Octava Disposición Complementaria acciones que generen retrasos basados en meros Final del Decreto Legislativo Nº 1224) formalismos. c. En caso de controversias durante la ejecución del OCTAVA.- El incumplimiento injustificado de la proyecto, cuando se cuenten con pruebas, evaluaciones o remisión de la información a los Registros establecidos elementos de juicio que permitan determinar que es más en el presente Texto Único Ordenado, da lugar al inicio conveniente en términos de costo beneficio, optar por del procedimiento sancionador contra el funcionario el trato directo en lugar de acudir al arbitraje, la entidad responsable por dicha falta, independientemente al pública debe optar por resolver dichas controversias régimen laboral al que pertenece. mediante trato directo. (Texto según la Novena Disposición Complementaria (Texto según el Artículo 2 del Decreto Legislativo Nº Final del Decreto Legislativo Nº 1224) 1251) El Peruano / Jueves 31 de agosto de 2017 NORMAS LEGALES 23 DÉCIMO SÉXTA.- Proinversión, con aprobación (Texto según la Cuarta Disposición Complementaria de su Consejo Directivo, puede realizar el mapeo de Final del Decreto Legislativo Nº 1251) interferencias y evaluar el estado legal de los predios y áreas en aquellas zonas que considere prioritarias para el VIGÉSIMO SEGUNDA.- Autorícese al Ministerio desarrollo de proyectos de Asociación Público Privadas, de Economía y Finanzas, a desarrollar instrumentos así como evaluar el estado de otros procedimientos financieros destinados a asegurar los riesgos derivados administrativos indispensables para el desarrollo de un de los proyectos de Asociaciones Público Privadas, que proyecto. Para ello, facúltese a Proinversión a requerir promuevan el desarrollo del mercado financiero local y información a distintas entidades públicas y empresas en aumenten la participación del mercado internacional. el marco de lo dispuesto en los numerales 43.1 y 43.2 del Mediante Decreto Supremo, el Ministerio de Economía artículo 43 del Decreto Legislativo Nº 1192. y Finanzas, implementará lo dispuesto en el párrafo precedente. (Texto según el Artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1251) (Texto según la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1251) DÉCIMO SÉPTIMA.- El Ministerio de Economía y Finanzas sobre la base de las programaciones VIGÉSIMO TERCERA.- La Agencia de Promoción multianuales de inversiones de los Ministerios, propone, de la Inversión Privada, por un plazo de doscientos periódicamente, un Plan Nacional de Infraestructura para cuarenta (240) días, puede realizar las reformas, cambios la aprobación del Consejo de Ministros. Progresivamente o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar se puede incorporar las programaciones multianuales sus recursos y funciones. de inversiones de los Gobiernos Regionales y Locales. El Reglamento establece los procedimientos para la (Texto según la Sexta Disposición Complementaria aprobación del Plan Nacional de Infraestructura. Final del Decreto Legislativo Nº 1251) (Texto según el Artículo 2 del Decreto Legislativo Nº VIGÉSIMO CUARTA.- Autorícese al Ministerio de 1251) Economía y Finanzas a aprobar las modificaciones a su Reglamento de Organización y Funciones, conforme a la DÉCIMO OCTAVA.- Proinversión, con el objeto legislación vigente. de simplificar el proceso de Saneamiento Físico Legal, Adquisición y Liberación de Predios, contará (Texto según la Sétima Disposición Complementaria con la participación obligatoria de los funcionarios Final del Decreto Legislativo Nº 1251) públicos responsables de la evaluación y trámite para el saneamiento físico legal, así como la adquisición y VIGÉSIMO QUINTA.- El Decreto Legislativo Nº 1251 liberación de predios, quienes ejercen sus funciones en el entrará en vigencia al día siguiente de la publicación ámbito de las competencias de las entidades a las cuales del Decreto Supremo que modifica el Reglamento del representan. Decreto Legislativo Nº 1224, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 410-2015-EF. (Texto según la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1251) (Texto según la Octava Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1251) DÉCIMO NOVENA.- En el marco del desarrollo de los proyectos de inversión regulados por el Texto Único VIGÉSIMO SEXTA.- El Poder Ejecutivo, a propuesta Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, los funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas aprueba las responsables de tomar decisiones que implican el ejercicio modificaciones al Reglamento del Decreto Legislativo Nº de discrecionalidad no pueden ser objeto de sanciones 1224, en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles ni determinaciones de responsabilidad, a menos que contados desde el día siguiente de la publicación del existan indicios razonables de que actuaron con dolo o Decreto Legislativo Nº 1251. negligencia. (Texto según la Novena Disposición Complementaria (Texto según la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1251) Final del Decreto Legislativo Nº 1251) DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS VIGÉSIMA.- En el Texto Único Ordenado del Decreto TRANSITORIAS Legislativo Nº 1224 y su Reglamento, todas las referencias a los Comités Especiales debe entenderse realizada a PRIMERA.- Las iniciativas privadas que a la fecha los Comités Especiales de Inversiones, toda referencia de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1224 a Comité de Inversiones debe entenderse al Comité de hayan sido admitidas a trámite y hasta la suscripción del Promoción de la Inversión Privada. contrato, seguirán sujetas al procedimiento vigente hasta antes de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo (Texto según la Tercera Disposición Complementaria Nº 1224. Final del Decreto Legislativo Nº 1251) (Texto según la Primera Disposición Complementaria VIGÉSIMO PRIMERA.- Autorícese la aprobación de Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1224) dietas para el Consejo Directivo y Comités Especiales de Inversiones de Proinversión y la aprobación de la SEGUNDA.- Las iniciativas estatales que a la fecha escala remunerativa a la que se refiere el presente Texto de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1224 Único Ordenado la cual tiene carácter transitorio hasta hayan sido incorporadas al proceso de promoción y la implementación del régimen de la Ley Nº 30057, hasta su adjudicación, seguirán sujetas al procedimiento Ley del Servicio Civil, la misma que debe culminar vigente hasta antes de la entrada en vigencia del Decreto como máximo hasta el mes de junio de 2019, lo cual Legislativo Nº 1224. se sujeta a lo establecido en el numeral 1 de la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General (Texto según la Segunda Disposición Complementaria del Sistema Nacional de Presupuesto. Lo dispuesto en la Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1224) presente disposición se financia con cargo al presupuesto institucional de Proinversión, sin demandar recursos TERCERA.- Las iniciativas privadas cofinanciadas que adicionales al Tesoro Público, y rige a partir del 2 de enero a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo de 2017. Nº 1251 se encuentren en la etapa de formulación del Para efectos de implementar lo dispuesto en la proyecto de inversión pública, pueden adecuarse a presente disposición, exonérese a Proinversión de lo lo dispuesto en el artículo 35.3 dentro de los noventa establecido en el Decreto de Urgencia Nº 038-2006. (90) días calendario siguientes a la entrada en vigencia 24 NORMAS LEGALES Jueves 31 de agosto de 2017 / El Peruano del Decreto Legislativo Nº 1251. Para ello se requiere (Texto según la Cuarta Disposición Complementaria previo acuerdo entre el Ministerio, Gobierno Regional Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1251) o Gobierno Local correspondientes y el proponente. En caso que Proinversión haya contratado los servicios de SÉPTIMA.- Tratándose de iniciativas privadas que consultoría o asesoría, éstos continuarán su vigencia a involucren competencia de Gobiernos Locales, en caso cargo de Proinversión y a servicio de la entidad que ejerza las municipalidades provinciales no emitan opinión las funciones de formulación y evaluación del Proyecto de favorable de relevancia a proyectos de competencia Inversión Pública. distrital, sustentan su respectiva opinión. Las iniciativas privadas cofinanciadas que no se adecuen a lo previsto en el párrafo precedente, seguirán (Texto según la Quinta Disposición Complementaria sujetas a las normas vigentes antes de la entrada en Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1251) vigencia del Decreto Legislativo Nº 1251, en lo que respecta a su formulación. El Reglamento establecerá las OCTAVA.- De acuerdo con lo dispuesto en la Décimo condiciones para la aplicación de esta disposición. Cuarta Disposición Complementaria Final del presente Texto Salvo lo previsto en los párrafos anteriores, las Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, el Ministerio competencias y facultades atribuidas a Proinversión en de Economía y Finanzas emite en el plazo de noventa (90) el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224 días, contados a partir del día siguiente de la entrada en y sus disposiciones reglamentarias y complementarias, vigencia del Decreto Legislativo Nº 1251, los lineamientos y resultan de aplicación inmediata a los procesos en trámite metodologías para formular proyectos de inversión pública de en el estado en que se encuentren, a la fecha de su Asociaciones Público Privadas Cofinanciadas. entrada en vigencia. Las iniciativas privadas sobre proyectos de (Texto según la Sexta Disposición Complementaria Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1251) que a los ciento ochenta (180) días calendario contados a partir de la vigencia del Decreto Legislativo Nº 1251 aún DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA no hayan sido declaradas de interés por el Organismo MODIFICATORIA Promotor de la Inversión Privada respectivo, se sujetarán en el estado en el que se encuentren, a lo dispuesto en el ÚNICA.- Modifíquese el literal c) del artículo 2 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224 así Decreto Legislativo Nº 674 de acuerdo al texto siguiente: como disposiciones reglamentarias y complementarias. Tratándose de proyectos autofinanciados, esta regla “Artículo 2.- Las modalidades bajo las cuales se resulta aplicable a aquellos proyectos cuyo Costo Total de promueve el crecimiento de la inversión privada en el Inversión supere el límite que determine el Reglamento. ámbito de las empresas que conforman la Actividad Tratándose de iniciativas estatales reguladas en la Empresarial del Estado, son las siguientes: Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, (...) a partir de la vigencia del Decreto Legislativo Nº 1251, se c. La celebración de contratos de asociación, “joint sujetarán en el estado que se encuentren, a lo dispuesto venture”, asociación en participación, prestación de en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo servicios, arrendamiento, gerencia, u otros similares.” Nº 1224 así como disposiciones reglamentarias y complementarias (Texto según la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1224) (Texto según la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1251, modificado DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS por la Primera Disposición Complementaria Modificatoria DEROGATORIAS del Decreto Legislativo Nº 1333) PRIMERA.- Deróguese la Ley Nº 26440, Ley Nº 27701, CUARTA.- Las reglas establecidas para las Ley Nº 28059, Decreto de Urgencia Nº 008-2005, Decreto modificaciones contractuales previstas en el numeral 23.2 de Urgencia Nº 011-2005, Ley Nº 26885, Ley Nº 29096, del artículo 23 y para las revisiones del Endeudamiento el Decreto Legislativo Nº 1012 y el Texto Único Ordenado Garantizado Permitido o Cierre Financiero o análogos de las normas con rango de Ley que regulan la entrega a las que se refiere el numeral 26.4 del artículo 26, se en concesión al sector privado de las obras públicas de aplican a los contratos que se suscriban con posterioridad infraestructura y de servicios públicos, aprobado mediante a la vigencia del Decreto Legislativo Nº 1251, salvo que Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, excepto el primer y los mismos cuenten con opinión previa favorable del segundo párrafo del artículo 19 y el artículo 22. Ministerio de Economía y Finanzas a la Versión Final del Contrato. (Texto según la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1224) (Texto según la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1251) SEGUNDA.- Deróguese la Nonagésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, QUINTA.- Los primeros miembros del Consejo Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal Directivo son designados por períodos de tres, cuatro y 2013. cinco años, con la finalidad de asegurar la renovación alternada. Esta regla no aplica a los Ministros de Estado (Texto según la Única Disposición Complementaria que integran el Consejo Directivo. Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1251) (Texto según la Tercera Disposición Complementaria 1560188-2 Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1251) SEXTA.- Para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1224, el Equipo Especializado de Seguimiento de Inversión transfiere las funciones, el acervo documentario, personal, logística y otros que pudieran corresponder a los proyectos de Asociación Pública Privada y Proyectos en Activos a Proinversión en el plazo establecido en el Reglamento. El acompañamiento, seguimiento, facilitación y simplificación de los proyectos no comprendidos en el presente Texto Único Ordenado siguen a cargo del Equipo Especializado de Seguimiento de Inversión

Decreto Legislativo Nº 1224 - Ley marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos. Texto Único Ordenado aprobado por el Decreto Supremo Nº 254-2017-EF · Nelum