跳到主要内容
Nelum
秘鲁的法律

Decreto Legislativo Nº 1105 - Disposiciones para el proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal

颁布于 2012-04-18 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
法令
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Mineral resources
关键词
exploration, environmental standards, mining, soil pollution/quality, environmental impact assessment (EIA), environmental audit, classification/declassification, authorization/permit, registration, child labour, labour, standards, protection of environment, pollution control
类别
metals-base, metals-precious, minerals-critical

在哪里阅读

    该法律没有记录来源链接。

文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Articulo 10".- De la Autorizac i6 n para Inidol EI Ministerio de Energ ia y Minas, el Service Naclona! aetntc!c de Acti vi dades de Explora ci 6n , Expl ota ci 6n de Areas Naturales Proteg idas pcr et Estado - SERNANP, '1 /0 Benefici o de Mine rales el Ministerio de Cultura y la Autoridad Nacional del Agua , Para iniciar 0 remiciar actlv'oaoes de explcracon 0 en coordinaci6n con el Gobiemo Regional, ejecutaran las exptotacco. as! como benencrar mmerales se requiere la acciones necesarias para efectos de brinda r sus servicios auto rtaac icn de! Gobierno Regional correspondiente. relacionados con la formalizaci6n a traves de la Ventanilla La autorizaci6n referida oeoera ser emitida previa uoce. . opinion favorable del Ministeri o de Energia '1 Minas, l a mstaraccn de ra ventanma Unica no implica ra basada en et informe de evaluacicn emitido por et mcomcecoo de las ccmpetencias que por ley uene caoa Gobierno Regional, y consrsnra en la verificaci6n del una de las entoaoes mencicnadas. cumprouento de los pasos contemocs en el arti culo 4° del presente dispositive. A rt ic ulo 16°,_ De la Ejecu ci 6n del Proceso de EI Ministerio de Energia 'I Minas establecera mediante Formaliz aci6n Decreto Supremo , en un plazo maximo de treinta (30) EI Ministerio de Energia '1 Minas, en coordinaci6n con ores calendario contaoos a partir de la entrada en vcence los Gobiernos Regionales, uevara a cabo las acccres de la presente norma, las medidas complementarias para que sean recesanas para ejecutar er Proceso de fa autorizaci6n para el inicio/reinicio a que se refiere et Formalizaci 6n de ra acuvroac rnmera a eaves de otclnas presente articulo , eer como su canceiaccn. oesconcentraoas. las que pcdran encargarse de una 0 mas Regiones .

  2. Articulo 11°._ De la Partici paci 6n del Servici o l as cemas entidade s del Gobierno Nacional Naci on al de A reas Naturales Protegi das por el Estado involucradas en la implementaci6n del Programa - SERNANP en el Proc eso de Form ali zaci 6n de Forma lizaci6n deberan prestar apoyo tecucc a En aquellos casos en que la actividad minera se requerimient o del Ministerio de Energia y Minas. efectua en A reas Naturales Prolegidas , '1 que sea necesaria la opinion tecnica favorable 0 compatibilidad del service Nac onal de Areas Naturales Protegidas ocr A rt ic ulo 17°._Flnan ci ami ento de las Ac tiv idades de el Estado - SERNANP, eeta debera ser solicitada por el Formali zaci6n sujeto de rormauzacon. Esta entidad oeoera emer su opinion tecnica en un plazc no mayor de eeme (30) eras 17.1 Crease el Fondo para el Proceso de calend anc, bajo responsabilidad . Formalizaci6n de las Actividades de Pequena Mineria y Mineria Artesanal, cuyos recursos se ran deslinados a A rt ic ulo 12°._ Culmin ac i6n del Pro ceso de nnancrar las accicnes de rormanzactcn a las que se refiere Formalizaci 6n er presente dispositive y et Decretc Leqislanvo N° 1100. Cumplidos los pasos set'ialados en los articulos la edmimstracicn del Fondocorrespcnoe er Minister io de precedentes, er Gobierno Regional ccrresccncente Energia y Minas. emmra ra correspondiente Resclucion de IniciolR einicio 17,2 Son recursos del Fondo: de Actividades de Exploraci6n , Explotaci6n '1/0 Beneficio de Minerales, con la cual culminara e! Proceso de a) Los provenientes de la lucha contra la mineria Formalizac i6n ilegal, que sean establecidos mediante Decreto Supremo , con vote aprobatcno del Consejo de Ministros;

  3. Articulo 13°,- Parti cipa ci 6n del titular de co nces i6 n b) l os provenientes de ta cooperaci6n internacional, minera en el pro ceso de forma lizaci6n de conform idad a ta normauvioao vigente: y Con ra finalidad de tacmtar la tormauzacrcn a que se c)ones que el Ministerio de Energia y Minas determine suje ta el presente d ispositivo , dentro de los sesenta (60) de acuerdo a ley. dias contados desde ta recne de entrada en vceocre de esta norma , et titu lar de una concesion minera 17.3 Los recursos del Fondo estaran depositados debera presente r ante la autoridad competente un en la cuenta que determine el Ministerio de Economia documento en et cual declarera . bajo responsabilidad , 'I Finanzas. a traves de ra Direcci6n General de ta extstencra de ecuvceo minera informal en er area de Endeudamiento '1 Tesoro Publico , los memos que son su ccnceslc n. autorizados a traves de escoeccnee fmancieras, previo Dicha declaraci6n contendra, asimismo ,la intenci6ndel requerimiento de la entidad administradora del fondo . tilular minero de suscribir con los sujetos que desarrollen son aplicados unicamente para los fines del Fondo, y se actividad minera informal en su concesi6n mine ra, un incorporan en las entidades beneficia rias en la fuente contrato de explotaciOn 0 un contrato de cesi6n minera de flOanciamiento Recursos Detennin ados conforme al 0, de ser el caso, su decisi6n de explota r directamente fa articulo 42° de la ley N° 28411. concesi6 n minera en su beneflcio. EI Gobierno Regional efectuara un cruce de A rt ic ulo 18°._ Financ iami ent o de Instrume nto s y informaci6n entre fo expresado por el minero informal en su Declaraci6n de Compromiso y 10 expresado por el A cc io nes a Cargo del Sector Ambiente titular respecto de su concesion minera en la decla raci6n EI Comite de Administraci6n del Fideicomiso, a que se reflere el primer parrafo del presente articulo , eslablecido por el Decreto Supremo W 011-2011-MINAM . con la finalidad de establecer la naluraleza de la relaci6n podra desl inar dichos recursos a1 financiamiento de las existente entre el minero informal, la concesi on minera y siguientes acciones 0 medidas, sin perjuicio de las que se eltitular de esta. establezcan en aplicaci6n a 10 dispuesto por el articulo 21° de fa l ey N° 28245, Ley del Sistema Nacional de Gesti6n A rt ic ulo 14°._ Restricci on es para el Ac ceso al Ambiental: Prog rama Sin perjuicio de 10 dispuesto en el articulo 11°, no a) Acciones de vigilancia ambiental y de flscalizacion podran acogerse al Proceso de Formaliza cion regido por ambienlal a que sa refiere el articulo 10" del Decreto la presente norma aquellas personas natura les 0 juridicas legislativo N" 1100. que ocupen areas no permitidas para el ejercicio de fa b) Elaboraci6n e impleme ntaci6n de instrumentos mine ria , tales como zonas arqueol6g icas, areas naturales vinculados a la remed iaci6n, descontaminaci6n 0 protegidas, y otras de acuerdo a la legislaci6n vigente . rehabilitaci6n de las zonas afectadas por la mineria ilegaL

  4. Articulo 15°,_De la Ventanilla Uni ca c) Acciones para el fortalecim iento del Sistema Establezcase el mecan ismo de la Ventanilla Unica Nacional de Gesti6n Ambien tal y ta adecuada como herramienta para la agilizaci6 n de los tramiles aplica ci6n de los instru mentos de gest ion ambiental de formalizaci6n de la actividad minera; ventanilla ante correspondientes, que sea n determinadas por el Comite cual el interesado podra realizar los tramites y solicitar de Admi nistraci6n de! Fideicomiso eslablecido por et informacion sobre su proceso de formalizaci6n. Decreto Supremo N° 011·2011-MI NAM , 11 Artic ul o 19",- Dispos lc lon es para Pequ eno Asmusmc , los Gobi ernos Region ales son ccrrcetentes Productor Miner o y Produ ct or MintHO Artesanal para recibe, evercer y resolve r los Inetrumentcs emtnentales Los Peque llos Produdores Mineros y Productcres prese nlad os per los administrados que se encuenlren en Mineros Artesanales con concesiones mineras ctcrgadas los supuestos del articu lo 91° del Texto Dru ce Ordenado basta ta teeha de ent rada en vigencia del presente Decreto de la ley Genera l de Minerla , aprobad o per Decreto legislativo , debe ran acred itar en un plazo maximo de Supremo N" 0 14-92-EM, sa eecuenire 0 no acredilado dos (02) ancs ante el Gobiemo Reg ional compel enl e, la como tal ante la D irecci6 n Gene ral de Mlneria , realizaci6n de ccereecoes mineras a su carg o. Para el caso de los Peq uell os Prcc uctores M ,neros, ta reauzacoe TERCERA .- Act l v ldades 'I /o Aecl ones de Im paeto 0 de operaciones mine ras pod ra ser med iante contretos de Ell.temalidad Medioambiental 0 Social Po s iti l/as explota ciOn 0 de cesen rmnera . l os litulares mine ros pueden proplCiar acuerdos con La acrecea cen del plazo rN ~imo de dos (02) alios a m ineros informales ubiCaClos en su area de coocesen que se refiere el pa rrato ante nor, tambien es aplicable a que procuren acccoes que preserve n 0 lTleJore n sq uenos que han suscrito cooiretcs de explotaciOn 0 de et medioambienle 0 que ge neren eeoe see social. ceeee mlnera con Ilt ulares de cco ceson minera consc eraocc se estes como ecccnes de impad o 0 EI M iniste tiO de Energia y M inas emitira medi anl e externalidad posll illa med ioambiental y/o SOCial. Decret o Supremo , en un ptazo rN ~ imo de treota (30) En et ma rco de la aetividad mnera . cualq uiera sea ta di as cale ndario cont ado s a part ir de la entrada en viganda moda lidad de Ia acbl/idad , si el titu lar minero planlea 0 se de La prese nte norma , las drspoSiCiOnes complementarias acoge a eceveeoee e ecceoeeque impaden posllrv amenle rece sanas para la me;or implemen taci6n del prese nte para la preservaccn del ambie nte 0 de bene ficio social articulo , dent ro de su area de conceseo. La aut ondad amb iental corceteot e 110 e~ ig lra necesariame nle una moctificaciOn Arti cu lo 200,- Regulaci6n de Planta s de Bene fi c io al instrumenlo de gestiOn ambiental corrective 0 a la Estanezcase el Sist ema Inleg rado de Informa ciOn certificaciOn ambiental aprobado prel/iame nle al Irtular Inierco ne<:tada, as. como el Reg isl ro en Linea de Plantas minero para su fundon amiento, siem pre que el imp ado de BenefiCiaA utorizada s, ambos a cargo del M lnisle rio de o exte ma lidad Que se produz ca sea conSlderada posl1iva Energ ia y Minas par el Minisle rio de Ene rgia y M,nas para el ambie nte 0 EI M,nlSleriO de Energia y Mmas eeoe ra brind ar Ia SOCiedad. Pa ra este efectc . et MmlSteriO de Energia acceso a dicho Sist ema a las eetoeoes de fiscal izaciOn 'I Minas ser.alara mediante Decreto Supremo . en un con coreetencas en la materia plazo maximo de treinta (30) din calend ariO cont accs a EI MlOisle riO de Energ ia y Minas aprobera las partir de Ia entrada en vigencia de te presente norma , las dispos iciones necesanas para ta implementaciOn gradual condiciones, plaz os y oportunidad para la aplica ci6n de de 10 estab lecid o en e1 presente articu lo, as. como otras esla dispos ici6n . d isposiciones que sea n requerida s para la regutaci6 n y contro l de las planla s de bene ficia . CUA RTA ,- Cierre de Mi nas Aba ndofladas Faeultese a las aul oOdades competentes de Los Iitulares mineros Que tuviera n en sus areas de fiscal izaci6n, segu n corresponda y de acuerdo a sus conces iOn minas aband onadas , deberan decla rar esle compelencias , a tlpificar y esla blecer las sanciones hecho anle el Ministerio de Energ ia y M inas y deberan pot incumplimiento de las dlSposiciones que regulan el presenta r en un plazo de sesenla (60) dias habiles los funcionamlQnto de las plantas de benefi Cia estudios a etedos de proceder con el cie rre de los mismos , bajo responsabilidad. Articu lo 21°._Vige nci a En caso que el titular minero no eumpla con esta obligaci6n , el Mmisteri o de Energ ia y M inas, a tral/es de EI presenle d,sposit ivo enlra en I/igencia a partir del Ad ivos Mineros 0 de empresas especia!izada s, procedera dia siguiente de su pub licaci6n . con el cierre de diehas m inas , replicando contra los titulares de las co ncesiones mineras en donde se ubican Arti cul o 22".- De la Aplicac lOn de la presente eslas minas abandonadas. norma EI Minisl er'o de Energla y Mmas didara mediante l a presente norma sera aplicada sin afedar las Decreto Suprem o, en un plaz o maximo de treinta (30) accionesde interdi cciOna los mineros ilegales eslableeidos di as calen dar io contados a part ir de la entrada en I/igencia por normas vige nles . de la presenle norma , las medidas complementarias para la correda aplicaci6n de esta disposieiOn DISPOSICIONES CO MPLEMENTA RIA S FINALES QUINTA.- Pr ot oc ol o de Interv en cl 6n Co nj u nta en l as Aceiones de Supervisi6n y Fiscalizaci 6n Ambiental PR IMERA ._ Planes Regionales d e Formalizaei On Minera Los Gobiernos Reg ionales, en un plazo de treinta (30) Establezease el Protoeolo de Intervenci6n Conjun ta dia s ca lendario contados a partir de la entrada en I/igeneia en las Acciones de Supervisi6n y Fiscalizaei6n Amb iental del presente dispositivo, podran establecer planes Minera, et que debera coniempiar los siguientes regionales de formaliza ci6n enmarcados en la presente aspedos: norma, teniendo en consideraci6 n las particu laridades de la mine ria que sa desarrolla en cada Regi6n . 1_ La eSlrateg ia de coordinaei6n entre las entidades Los planes regionales que establezca cada Gobierno con competen cias l/ineuLadas a la flscs lizac iOn de las Regiona l debe ran contemplar, como requ isitos min imos , activid ades mine ras ilegales. los establecidos en la prese nte norma 2 , Plan de acci6n para la inl ervenci6 n conjunta Los Gobie rnos Reg ionales deberan informar ord inaria , mensualmente al M,nisteriO de Energ ia y Minas el 3. Plan de acciOn para la inl el'llenciOn conj unta anle desar rollo, al/ance y resu ltados de los planes regio nales situaciones extraordinarias de formalizaci6 n, ASlmismo , publicaran dieM informa ciOn en sus portales de transparenCia EI Protocolo de InterventiOn sera elaborado pot el Org anismo de El/a luaciOn y FiScalizaciOn Ambiental - SEGUNOA .- De las Compet en clas de los Gobiemos OEFA. enle rect or del Sisl ema Naciana l de El/aluaciOn y Reg ional es Fisca lizaciOn Am biental , y aproba do pot Decret o Sup remo Corresponde a los Go biemos Reg ionales recibir , del Ministerio delAmbiente. en un plazo maximo de tre inla lJamitar y resoll/er los pelrtolio s que prese nten los (30) di as calenda riO contados a partir de La entrada en admin istrados que se en.cuentren en los supueslos del I/igencia de la prese nle norma articu lo 91° de l Texto UniCO Orde nado de la ley General l a aprobaciOn del Protocolo no afecta las acoones de Mlneria . aprobado por Decreto Supremo N'"014 -92-EM , de supel'llisiOn y fiscat izaci6n que vienen realizando se encue nlre 0 no acredllado como tal ante la D irecci6n las ent idades de fiscaliz ac:iOn en 81 ambito de sus General de Mlleria ~tencias 12 SEXl A .- Creac i 6n de la Co misi6n Perm anente de Dado en ra Casa de ccbemc. en Lima . a los oiecocnc Seg uim ie nto de l as A ccl o nes de l Gobie rno treote a la dia s del mes de abril del enc dos mil doce Min eri a lIegal Disponqase ra creation de ta comrscn perrnanente OLLAN TA HUMALA TASSO de Segu imiento de las Acetones de! Gobierno r-ente Presidents Constituconal de la Republica a la Miner ia lIegal y del Desar rollo del Proceso de Fcrmajaacicn, la misma que depen oera de la Presidencia OSCAR VALDES DANCUART del Consejo de Ministros - PCM Yestara conformada por Presidente del c c neejc de Ministros un represen tante titular y un alterno de: MANUEL PULGAR V IDAL 1. La Presidencia de Consejos de Ministros , quien la Ministro del Ambiente presidira: 2, EI Ministerio de Enerqla y Minas ; LUIS ALBERTO PEIRAN O FALCO Ni 3, EI Ministerio del Ambien te; Ministro de Cultura 4 EI Ministerio de Cullura; 5 EI Ministerio del Interior; LUIS AL BERTO OTAROLA PE NARA NDA 6 EI Ministerio de Detensa: Ministro de Defensa 7. La Super intendencia Nacional de Aduanas y de Adm inistration lributaria - SUNAl; y, JORGE MER INO TAFUR 8 , La Asamblea Nacional de Gobiernos Region ales . Ministro de Ene rgia y Minas As imism o, podran ser invitados a partici par en la DANIEL E. LOZADACASAPJA Com ision. otras entidades pubhcas con competenoa s Ministro del Interior vmcuracas a ta probiematica de ta mine ria ilegal y en pequena escara JOSE URQUI ZO MAGGIA La Com isi6n tendra las siguientes funccnes. Ministro de la Prooucccn 1 Establecer ta Estrategia Nacional para raintereiccon 778 570-2 de la Mineria ueqat. 2 , Dar seguimiento al Proceso de Formalizati6n DECRETO LEGISLATIVO establecdc en la presente norma. N91106 3 , Elabora r informes semestrales sabre el avance y resultados de la implementaci6n de las accicnes establecidas en los Decretos Legislat ivos eroruoos en el DECRETO LEGISLATIVO mar co de ta Ley N° 298 15, en sus aspectos productivos, DE LUCHA EFICAZ CONTRA ELLAVADO economicos . socaes y errceoteies. 4, Reccmendar ejuetes y mejo ras a la Estrategia DE ACTIVOS YOTROS DELITOS RELACIONADOS National para ta Interdiccon de ta Mineria lIegal y at A LA MINERiA ILEGAL Y CRIMEN ORGANIZADO Proceso de Formalization establecco en er presente Decreto Leqislafivo. EL PRES IDENTE DE LA REPUBLICA 5 , Elaborar propuestas de desarrollo alternat ivo y remediacicn en las zonas afectadas por la mine ria Hegal, POR CUAN TO 6, Desarro!la r prog ramas sociales para ta erradicaci6n del trabajo infantil y prostitucicn de menores en las zonas Que , el Congre so de Ia Republica per Ley N° 29815 donde se real iza act ividades mineras . Y de conformklad con el arti culo 104" de ta Constitution 7. Otras que sean determinadas por fa Comisi6n . Poiiti ca del Peru , ha delegado en el Poder Ejecuti vo la facu ltad de leg islar sobre materias especificas, entre las SElIMA .- De la Co m erc iali zac l6n del O ro que figur an la rncotncaccn de ra leg islaci6n sustannva EI Pcder Epscutivc. con el fin de prcmover ta y oeccesat que regula ta mvestqacion, procesamientc y tormanzacc n de los Pequeecs Productores Mineros sanci6n de personas, naturales y juridicas, vinculadas con y Productores Mineros Artesanales. podra . med iante el lavado de active s y otros del itos retaccnacos al crimen Decreto Sup remo refrendadc per los Ministros de organizado con particular entasis en Ia mroena ilegal; Economia y Finanzas y de Energia y Minas. em itir las Que , actualmente asist imos a un preocupante normas complementarias referidas a la come rcializaci6n incremen to de la criminatidad vinculada con las actividades del oro provenente de la activ idad minera de los de minerta ilegal. las ccee s edemas de dai'iar gravemente Productores anteriormente mencionados. er ecosistema. fa vida y la salud de las personas , representan tambien una considerable cesestaeneaccn OCl AYA.- Apli caci on de l Anexo 10 del Decreto de l orden ecce econ6mico, pues estas acnvoaoes metes Legisl atl v o N° 1100 se encuentran estrechamente ligadas con er blanqu ec Pa ra los casos estabtecidcs en et Anexo N° 1 de actives a de capi tales . que buscan dar una apariencia del Decreto Legislativo W 1100. son aplicables las de legalidad a bienes de origen delictivo e introduci rlos cnsposiciones establecidas en er Dec reto Supremo N° mdebidamente al tralico econcrmcoucac: 0oo-20l 2-EM . Que , er lavaco de activos se conv ierte hoy en un facto r que desestabi liza ef orden econ6m ico y pefJudica NOYENA .- Emi si 6n de Disp osi ci ones de manera grave el trarlco cornercial contaminando et Co mp leme ntarias mercado con bienes y recursos de origen ilicito: Med iante Decre to Sup remo refrendado por el Ministerio Que , sin pe~uicio de otros delitos de especial de Energia y M inas a par et Ministerio delAmbiente, segun gravedad e incidencia social , las actividades de m ineria sus competen cias , podran estab lecerse disposiciones ilegal representan una considerable fuente del detito de complementa rias a la presen te norma lavado de activ os que actualmente constituye uno de los fen6menos delictivos mas complejos del Derecho penal DECIMA .- Coexistenc la de Sustanc ias Metil licas y econ 6mico yes, sin duda , uno de los mas les ivos del No Metillica s orden juri dico-social, por 10 que la luena del Estado contra En caso que en una concesi6n minera coexistan estas activid ades ilicitas debe abordarse de forma integral. sustanc ias metalicas y no metalicas explo tables, el titular tanto en un plano de prevenci6n , com o de represi6n ; de concesion miner a metalica podra celebrar con personas Que , la Iegislaci6 n actual sabre lavado de activos en proceso de formalizacion, con tratos de explotaci6n 0 requie re innegab lemente perfeccionarse tanto en de cesion minera para explota r sustancias no metalicas term inos de tipicidad como de procedimiento , el cual debe en dicha conces i6n m inera. caracterizarse par contener reglas que faci!iten y viabil icen