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秘鲁的法律

Decreto de Urgencia Nº 076-97 ─ Crea el Fondo Rotatorio Nacional de Fertilizantes, Agroquímicos y Semillas (FRONFAS)

颁布于 1997-08-11 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
法令
组织
Amazon Cooperation Treaty Organization
国家
秘鲁
主题
Cultivated plants
关键词
institution, seeds/planting material, pesticides, special fund, smallholders/peasants, subsidy/incentive, plant production, plant protection, governance, fertilizers/nutrients
类别
agriculture

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文本

所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。

  1. Constituyen el Fondo Rotatorio Nacio nal de Fertilizantes, Agroqulmicos y ~millas DECRETO DE URGENCIA N" 076·97 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislative N° 885 se aprueba Ii Ley de Promoci6n del Sector Agrario, declarando de interes prioritario la inversi6n y desarrollo del sector agrario; Que, el Gobierno ha decidido acelerar el proceso de inversi6n y modernizaci6n del agro, a fin de fomentar la creaci6n de empleo y mejorar las condiciones de vida en las areas rurales, reduciendo los niveles de pobreza; Que, por 10 expuesto en los considerandos precedentes es necesario abaratar el aceeso de los pequenos producto res agrarios a la adquisici6n de fertihzantes\ agroqufmi cos y semillas a fin de incrementar su proauctividad y mejorar sus ingresos; En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del Articulo 118"de la Constituci6n Polftica del Peru; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y. Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1°. Constitl1yase el FONDO ROTATORIO NACIONAL DE FERTILIZANTES, AGROQUIMICOS Y SEMILLAS -FRONFAS·, destinado a la compra de ferti lizantes, agroquimicos y semillas para contribuir a finan ciar los costos de producci6n a traves del otorgamiento de prestamos a los pequeftos productores agricolas a nivel nacional; dicho fondo sera administrado por el Ministerio de Agricultura. Articulo 2"., EI FONDO ROTATORIO NACIONAL DE FERTILIZANTES, AGROQUIMICOS Y SEMILLAS FRONFAS-, inicialmente contara con un aporte de DIE CISEISMILLONESyoo/IOODOLARESAMERICANOS (US$ 16 000 000,00) provenientes de los saldos de las cuentas del Fondo de Desarrollo Agrario y de la sobretasa adicional arancelaria a que se re5ere el Decreto Supremo N° 035-97-EF y de un credito de hasta por elequivalente a NUEVE MILLONES Y 001100 DOLARES AMERICA NOS (US$ 9 000 00000) que el Banco de la Naci6n otorgara al Ministerio de Economia y Finanzas, siendo la Unidad Ejecutora el Ministerio de Agricultura. Articulo 3".- Autorlzase al Ministerio de Agricultura a incorporar adicionalmente al FRONFAS la suma de SEIS MILLONES Y 001100 DOLARES AMERICANOS (US$ 6 000 000,00) equivalente al valor de hasta 25 000 TM de fertilizantes e insumos agrlcolas transferidos de los ex Fondeagros Regionales en aplicaci6n del Decreta de Urgencia N° 038-97. Articulo 4°. La aplicaci6n inicial de los recursos del FRONFAS se destinara a financiar la compra, a precios actuales de Mercado en el lugar de destino, de hasta 52 700TM de fertilizantes que posee la EmpresaNacional de Comercializaci6n de Insumos S.A. -ENCI-. Articulo 6°. EI valor unitario de los fertilizantes, agroquimicos y semillas sera fijado tomando en cuenta el precio de costo en los lugares de destino; asumiendo el Estado, a traves de FRONFAS el monto de los derechos de importaci6n y del Impuesto General a las Ventas. Articulo eo.- Los fertilizantes, agroquimicos ysemi lIas que se otorguen con cargo a los recursos del FRON FAS seran entregados en calidad de prestamo. Articulo r.· Por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Agricultura y de Economia y Finanzas se dictaran las medidas reglamentarias para la mejor aplica ci6n del presente dispositivo legal. Articulo 8°. Dejanse en suspenso las disposiciones legales que se oponfan al presente Decreto de Urgencia. Articulo SO.' E presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Agricultura y de Economia y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once dtas del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros RODOLFO MuN'ANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura JORGE CAMET DICKMANN Ministro de Economia y Finanzas 9090 ,

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