Resuelto Nº 50/ALP - Incorpora requisito para el registro de plaguicidas de uso agrícola
颁布于 2003-08-18 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 巴拿马
- 主题
- Cultivated plants
- 关键词
- pesticides, registration, standards, certification, plant protection
- 类别
- agriculture
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文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
MINISTERIO DE.DESARROLLO AGROPECUARIO RESUELTO NI ALP 050-03 (De 1Q de ·aouto de 2003) La Mlnlstra de DesarrolJo Ag,opecuarlo, En USO de SUS facultades legates, . CONSIDERA■ DO: Que la Ley NO 47 de 9 de Julio de 1996, en s, Artbdo 46, Numeral 1, faculta a la Ofrea:kSn NadOnaf de 5anldad Veget.al para ef'ectuar el registro y ftscafaar la calldad de fos plaguiddas V ferUUzantes. ,pa· medlante el Resuefto NO. ALP-019-ADM-01 de 22 de M>rero c1e· 2001, se adopt.a ·en el MfnlstlriO de Oesarroffo ~rio ef manual de proadmlento NOONSV-DA--001-01, para. et regtstro de acltivoS, fertlllzant:es, materias tm'llr.as y pfaguicldas, para uso en ta agrtcultura. Que el muestreo y armlisis qufmlco a los plaguiddas importados y fonnulados en e1·· . pals .es una herramlent.a que · permltira contribuir a. que se ofrezcan productos • atta calklad a los ~ultDres. Que para fadfitar y agHlmr el proceso de muestreo y anallsis de formuladOnes de ~ qt..tfmk:os de USO agric;o&a, se hace . necesarto que los registrantes y tJtulares de regfstro comerdal, aporten et est,6ndar anafftlco o material tecnico. PRIMERO: SEGUNDO: RESU ELVE: lncorporar c:omo requlslto para los registros de ptaguiddaS de USO agricola, los alterioS relatlvos al sumlrnstro de estandares analCtia>s o material tecnlm y actualizad6n de informad6n respectD al nM!todo de anatlsls (le plaguldda$ •. Todo reglstrante de plagulddas. para USO en la agriCUlb,ra, -debera entregar eJ esttndar analftlco de los JrJQtedleim actNOS, en la TERCERO: CUARTO: camfdad de 25g C3Cla 5 allos, cada est.ilndar debe estar ac:ompaftado dtd mtiftcado de riists y aMm-.er la slguiente lnfonnad6n: ncmbre gena1a) 0 qwmk:o, Plftll, fecha de fabricacldn' y fecha de Wl1ClmJentx>, Podr6 .ser enb9gado mmo estandar seamdarlo el materlaf tKnkX> ; :;:: de 9()IM, def lngndente actlvo (aa,mpaflado ·de ~ §lcado del conlenldo eato), y CIJVIS forrnuladones no •---· en esta concanbaddn o m6s. En el caso de que el eslandar expire en un peafodo menor de s al\os, se debera sumiristrar nuevamente la cantida~ indk:ada para el estandar' analft:k:o O material tecnico. Los actuajes titulares de reglstro comerdal de pfaguic:ica"S para uso en la agrlcultura, deberan actuaHzar la lnformad6n relativa al ~ de · an6fisls y entregar el· esbindar anafltla> 0 materiaf tecnico oomo · 1o lndica en et artbdo prtrnero. Se ac11ciona ei Resue1to N° ALP-019-ADM de 22 de febrero de 2001. QUINTO: Este Resuelto empezara a regir a partir de sesenta (60) dias de5plJeS de su publlr.ad6n en la Gaceta Ofidal, NOTtflQUESE Y CUMPLASE. LYNETTE STANZIOLA Miniatra de Desarrollo Agropecuario RAFAEL E. FLORES CARVAJAL Vlcemlnistro de DNarrollo Agropecuarlo