Resuelto Nº 12 - Requisitos fitosanitarios para la importación de manzanas originarias de Chile
颁布于 2006-12-22 · 文本截至 2026-10-01
以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。
研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。
关于这部法律
- 语言
- Spanish
- 类型
- 条例
- 组织
- Caribbean Community (CARICOM)
- 国家
- 巴拿马
- 主题
- Food and nutrition, Cultivated plants
- 关键词
- hygiene/sanitary procedures, fruits/edible nuts, international trade, food safety and quality, plant protection, pests/diseases
- 类别
- *, agriculture
在哪里阅读
该法律没有记录来源链接。
文本
所收录的法律原文,按条款排列。每个条款都有自己的链接。
4 Gaceta Oflclal, lunes 26 de febrero de 2007 AUTORIDAD PANAMENA DE SEGURIDAD DE ALiMENTOS RESUELTO AUPSA-D1NAN-012-2006 (de 22 de diciembre de 2006) "Pormedio del eual se emite el Requisito Sanitario y Fitosanitario parala importaciande Manzanas (Malus domestica) fiescas, paraCODSumO bumano y/otransformaci6~ originarias de Chile." EI DIRECfOR NACIONALDE NORMAS PARALA IMPORTACION DE ALIMENTOS, en usode sus &cultades legales CONSIDERANDO: Que el Decrcto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 crea Ia Autoridad Panamefta de Seguridad de A1imentos, como entidad rectora del Estado para asegurar el cumplimiento y aplicaci6n de las leycs y reg1ameutos en materia de seguridad de hrtroduccilm de alimentos at tenitorionaci~ bajocriterios estrietamente cientfficos y tecDicos. Que la Autoridad Panamefla de Seguridad de A.limentos tienecomo objetivo principal el proteger 1a saludburnana, el patrimooio animal y vegetal del pais, mediante la aplicaci6nde las medidas sanitarias y fitosanitarias aplicables a la introducci6n dealimentos atterritorio oacional. Que el articulo 38, numeral 1 del Decreto Ley 11 de 22 de febrero de 2006 establece que es funci6n de la Direcci6n Nacional de Normas para la Importacicm de Alimentos, emitir los requisitos sanitarios y fitosaoitarios que deberU eumplir los alimentos para su inUOduooi6n al territorio nacional. Que Ia Autoridad Panamefta deSegwidad de Alimentos ba considerado pertinente Iaemisi6ndel R.equisito Fitosanitario, con el fin de complementar los aspectos sanitarios. de inocuidad y caUdad para la importaci6n de Manmnas (Malus domestlco) ftescas, pam consumo humano. originarias deChile. Que la Autoridad Panamefia de Segurldad de Alimentos reconoce la declaratoria de Areas y sitios libres 0 de bajas prevalencia de plagas de inteta cuarentenario para la RepUblica de PanamA, otorgado a Chile por la Direcci6n Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario, en baseatArticulo 17 del decreto ley 11 de 22de febrero de 2006. Que el incumplimiento de las buenas pnidicasagricolas y de manejo de estos alimentos puede ocasionar la aparici6n 0 prevalencia contammantes biolOgioos. qufmicos 0 fisicos, afectando la salud de los consumidores y es responsabilidad de la Autoridad, verificar que los mismos no sobrepasen losniveJes adecuados de proteccl6n de la salud pUblica. Que luego de las consider.aciones antesexpuestas. RESUELVE: PRIMERO: Emitirlos Requisitos Fitosanitarios, de Inocuidad y Calidad para la Importacl6n de Mantanas (Mqlus dornestica) frescas, para consumo bumano y/o transfonnaci6n, originarias de Chile, descrita en la siguiente fracci6n del Arancel Nacional de Importaci6n: Gaceta Oficial, lunes 26 de febrero de 2007 s J'rMd6a AJueeIa'" Delcrtpd6tldel......aIimttIddo............. 0808.10.00 Manzanas (MqIus domestlcal tiesc::as, paraconsumo humano. SEGUNDO: EI importador est6. oblipdo a informar a la Autoridad Panamefla de Seguridadde Alimentos, a traves del Fonnulario de notificaci6n de importacion, manualmente 0 via electrOnica, mfnimo de tiempo de 48 horasprevia a la llegadadel producto al puntode iagreso, TERCERO: Las manzanas frescas deben estar amparadas por un certificado fitosanitario, expedido por la Organizacit.'m Nacionalde ProteceionFitosanitaria del pais exportador, en el que se haga constar el cumplimiento de los siguientes requisites: Que: 1. Ha sido eultivada y embalada en Chile. 2. Procede de Areas 0 unidades de producci6n libres de plagas cuarentenarias para Panama sujetas a inspeccion durante el perlodos de crecimiento activo, cosecha y embarque por parte de la Organizacion Nacional de Protecci6n Fitosanitaria (ONPF) del pais de origea, realizada por funcionarios idoneos,oficiales0 acreditados, descritasa continuaci6n: • Cvdia pomonellQ • Eriosoma /anigerum • Di(lS1Jidiofus pernicioIUS 3. Las manzanasfrescas recibieren tratamiento adecuado contra insectos y 6caros. Se debe registrar el tratamiento utilizado, asf como el tiempo, temperatura y humedad presentes durante el tratamiento. 4. Las manzanas frescas·deben venir sin hojas. libre de COD1BDJinantes biologicos. embalada en recipientcs cerrados, que no permitan la exposicioo del alimento at medio ambicnte y resistentc a la manipulacilm. 5. El embalaje debe ester identificado con el pais de origen, n-wnero de planta empacadora y c6digo de lotes, Los materiales de embalaje y/o manipulaci6n no deben contener fibras vegetales U otro material bospedero de plagas, 6. El contenedor, previo at embarque de las manzanas tiescas. debi6 ser lavado y desinfectado intemamente con agua y detergente, 10 cual tendri. que set verificado por Ia ONPF del pais exportador. 7. Presentar resultados de los an8Iisis. que indique que los productos qufmicos utilizados para la protecci6n de cultivos, DO sobrepasan los lfmitcs m8ximos deresiduos estab1ecidos en el Codex Alimentarius de FAO/OMS. 8. Los contenedores, deben estar precintados (merchamados, flejados) y sellados de maneraque dichos sellos solo puedan set retirados por la Organizaci6n Nacional de Protecci6n Fitosanitaria, del paisdetransite y/o destino. 9. Los contenedores y los vehfculos termo refrigerados, fue lavado, desinfectado y ban sido precintados (marchamados, tlejados) y sellados de manera que dichos sellos solo puedan ser retirados por las autoridades sanitarias respectivas, del pais de tnlnsito y/o destino. 6 Gaeeta Oticial, lunes 26 de febrero de 2007 CUARTO: Adem6s del certificado fitosanitario, las man 7N\8S :&escas deber6n estar amparadas con la siguiente doeumentaci6n comprobatoria,en cadaenvfo: 1. Certificado de origendel producto. 2. Copiade facturacomerclal del producto. 3. Pre-declaraci6nde aduanas. DISPOSICIONES ADICIONALES: 1. La Autoridad Panameda de Seguridad de AJimentos se reserva el derecho de tomar las muestras requeridas a su ingreso y/o en cualquier punto de 18 cadena aUmentaria., para eI aruilisis de las caracterlsticas organol6pticas. residues tOxicos y para el analisis microbiologico. 2. Estos requisitos son exclusivos para la importaci6n de manzanas freseas, no obstante, no eximedel cumpJimiento de las normasnacionales pamIII comercializaci6n en eltenitorio nacional. QUINTO: Este Resuelto deroga toda disposicion que le sea contraria. SEXTO: El presente Resuelto empezara a tegir a partir de su firma y deber6 ser publicado inmediatamente en la OacetaOficial. FUNDAMENTODE DERECBO: Decreto Ley 11 de 22 de febrerode 2006. Ley23 de 15dejulio de 1997. coMUNtQUESE Y ciJMrLASE. ~\g.~(~p, BUMBERTO A. BERMiJDEZ a Director Nacional de Normas para IaImport.aci6n deAlimentos