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Resolución No. DM-0018-2025 - Por la cual se modifica la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, en la cual se establecen los requisitos para la inscripción en el Nodo de Usuarios para el Beneficio del Eco-Desarrollo (N.U.B.E.) y se dictan otras disposiciones

颁布于 2025-01-28 · 文本截至 2026-10-01

以研究形式发布的公开法律与官方指引,不构成法律、税务或金融建议。

研究内容本身以英文撰写。标题和标签已翻译,调查结果和引文未翻译。

关于这部法律

语言
Spanish
类型
条例
国家
巴拿马
主题
Environment
关键词
institution, sustainable development, data collection/reporting, business/industry/corporations, protection of environment, governance, procedural matters, internal trade, ecofriendly products/ecofriendly processes, registration
类别
*

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文本

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  1. No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 4 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A REPÚBLICA DE PANAMÁ MINISTERIO DE AMBIENTE RESOLUCIÓN No. DM- oo/8 -2025 De a.,8 de ~ de2025 i i 1 1 i Porlacual se modifica la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, en la cual se estable~en . '' los requisitos para la inscripción en el Nodo de Usuarios para el Beneficio del Eco-Desarro}lo (N.U.B.E.) y se dictan otras disposiciones. 1 El suscrito Ministro de Ambiente, en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 8 de 25 de marzo de 2015, se crea el Ministerio de Ambiente como la entidad rectora del Estado en materia de protección, conservación, preservación y restauración del ambiente y el uso sostenible de los recursos naturales para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes, los reglamentos y la Política Nacional de Ambiente; Que el Decreto Ejecutivo No. 36 de 1 de marzo de 2007, aprueba la Política Nacional ;de Producción Limpia, sus principios, objetivos y líneas de acción destinadas a enmarcar las actividades que deberán desarrollarse para su implementación; Que mediante Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, se establecen los requisitos Pfll"ª la inscripción de :personas naturales y/o jurídicas en el Notlo de Usu,arios par~ el Beneficio del Eco-desarrollo (N.U.B.E.), en el registro que lleva la Dirección de Verificabdn del Desemp~ño Ambiental (antes !Dii"ección de Protección de la Calidad:Ambtental) dJt'Minist¿rio de Ambien~e; J :J • ' ¡ ., Que dicho Nodo tiene como intención principal la integración de tecnologías limpias, alinea~as con los mercados de bienes y servicios con . carácter sostenible • en 1a economía panamep.a, funcionando como una plataforma que brinda soluciones a los problemai;medioambientales; Que tras una revisión técnica de la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, la Direcdón de Verificación del Desempeño Ambiental recomienda su modificación, resaltando que el nom~re actual de "Nodo", genera confusiones con actividades de almacenamiento de datos, por lo 1'ue, requiere un cambio para mejor enfoque hacia los servicios ambientales; . ! Que los cambios sugeridos en el Informe Técnico No. 055-2024, para la modificación de la citada Resolución, son fundamentales para mejorar la efectividad del sistema, facilitar la participacióh y asegurar que las prácticas y regulaciones se mantengan alineadas con los objetivos de 1 la sostenibilidad y desarrollo ambiental, RESUELVE: Artículo l. ADVERTIR que lo correspondiente al Nodo de Usuarios para el Beneficio del Eco­ desarrollo, deberá leerse en adelante como Sistema de Negocios Eco-Circulares (SiNEC). Artículo 2. ADICIONAR un párrafo se~ undo al artícul~~.rimero de 11 Resolución No. DM-0@17 de 18 de enero de 2017, el cual queda asi. . ~...".., MIN!5TF.''"O r,~ ~~pu ' '" V~ n.. Bl.lf..4. Dli:: P.~l'JAMi AMM:il!TE Ministerio de Ambiente - Go&,rnNo ,.,,c,oNAL - Resolución DM 00/8- a.o él 6"" F!:::L CO t nE ~P ORl-1"• r.. Fecha: a.B-1-aoas- ~..., - ...,.., 'd~Hi l'-i.s!-.l Página I de 4 ~ ~ ~ 1/~ ¿ Sf? ret r.o Ger.~rai F~cha: ..31.=O l~S No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 5 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A "PRIMERO. CREAR el Sistema de Negocios Eco-Circulares, denominado en adelante SiNEC., para impulsar la generación de mercados de bienes y servicios con carácter sostenible en la economía panameña. Las empresas sean persona natural o jurídicas que deseen formar parte del Sistema de Negocios Eco-Circulares, deberán tomar en cuenta las siguientes clasificaciones, en la cual aplique su operación, para su identificación correcta en el formulario: • NEGOCIOS VERDES: Son aquellos que integran el uso sostenible de recursos y aplican buenas prácticas ambientales en su modelo de negocio. Estos negocios generan impactos positivos y beneficios para todas las partes interesadas, contribuyendo a la conservación de los recursos naturales, los ecosistemas y al desarrollo humano. • SERVICIOS AMBIENTALES: Empresas que se especializan en proporcionar soluciones y servicios para la bioremediación, utilizando procesos naturales para la eliminación de la neutralización o reducción de contaminantes en el suelo, agua y aire. Además, se enfocan en la mitigación de los impactos ambientales, ofreciendo estrategias integrales que ayudan a las organizaciones a cumplir con normativas ambientales, contribuyendo así a la sostenibilidad y protección del medio ambiente. • GESTORES DE RESIDUOS: Persona natural o jurídica autorizada y registrada por la Autoridad competente paras llevar a cabó una o más actividades de manejo de residuos. Esto puede incluir la recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento, rec;idaje o disposición final de residuos, con la aplicación de modelos circulares de· acuerd.o con las norm.ativas ambientales vigentes. i ' ' 1 Artículo 3. ADVERTIR que la presente Resolución, modifica el artíiulo tet~ero de la Resolución ' 1 ', ' ' No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, el cual queda así: . "TERCERO: Para inscribirse en el Sistema de Negocios Eco.-Circulares (SiNEC),: el solicitante deberá cumplir con los siguientes requisitos: A. Como persona natural: 1. Presentar formulario de inscripción debidamente completado. 2. Descripción de las actividades por las cuales deba·ser incluido en el SiNEC. 3. Descripción del volumen aproximado de productos tratados, producidos o cantidad de personas capacitadas en temas ambientales mensual 4. Coordenadas UTM en formato Excel o shapefile, digital e impresa de la ubicación de la empresa. 5. Aviso de operación emitido por el Ministerio de Comercios e Industrias. 6. Copia del permiso, resolución o autorización, según sea el caso, emitidos por la Autoridad rectora de la o las actividades respectivas a registrar. Al momento de la recepción el mismo deberá ser cotejado con el respectivo original. 7. Copia de la resolución de inscripción/actualización ante el registro de consultor y/o audl~biental r n caso que por la · , , . ";::p1u· . . , MINISTF.lillO DI: Mmtsteno de Ambiente "-·· Bi •• lC.~ Dlc PAl'-JPJ'J'iA AMEti:NTC: - GOBH:Ri~ú NACIONAL - Resolución DM =º ~º~L~B~-~él ......... O~d.~S:.. 1· Fecha: aS-/-s.oas FIFL CO A DE SU ORIGINAL Página2de4 ~ ~ n JA --,....-'..,f....A... -¼! / )~ Í'i.:)Cha: 31 ·O 1,i;)o;25 No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 6 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A naturaleza del alcance del bien o servicio a inscribir así lo amerite. 8. Paz y Salvo emitido por el Ministerio de Ambiente. B. Como persona jurídica: 9. Presentar formulario de inscripción debidamente completado. 1 O. Certificado de persona jurídica (Sociedad) original, en el cual conste información de la Junta Directiva, agente residente y las generales de la sociedad, o en su defecto copia cotejada por el Notario Público. Dicho certificado deberá contar con una vigencia no mayor a tres meses, al momento de la presentación de la solicitud. 11. Copia de cédula de identidad personal o pasaporte vigente del representante legal o quien ostente la representación legal de la sociedad. 12. Descripción del volumen aproximado de productos tratados, producidos o cantidad de personas capacitadas en temas ambientales mensual 13. Coordenadas UTM en formato Excel o shapefile, digital e impresa de la ubicación de la empresa. 14. Aviso de operación emitido por el Ministério de Comercios e Industrias. 15. Copia del permiso, resolución o autorización, según sea el caso, . ,/ \ . emitidos por la Autoridad rectora qe la o l¡is activtdades respectivas a registrar. Al momento d~ la recepcion el mismo deberá ser cotejado con el respectivo oFiginal. • •I • 16. Copia de la resolución de iiiscrip,cióh/actuarización ante el registro de consultor y/o auditor ambiental en caso que por la naturaleza del alcance del bien o servicio a 1jn~cribir así lo amerite. 17. Paz y Salvo emitido por el Ministerio de Ambiente." Artículo 4. ADVERTIR que la presente Resolución, modifica el artículo décimo de la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, el cual queda así: "DÉCIMO: El Ministerio de Ambiente, publicará, a través de la plataforma de Sistema'de Negocios Eco-Circulares (SiNEC), una vez firmada y ejecutoriada, la Resolución de inscripción y/o actualización en el SiNEC." Artículo 5. ADVERTIR que la presente Resolución, modifica el artículo décimo segundo de la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, el cual queda así: "DÉCIMO SEGUNDO: Las personas naturales y jurídicas inscritas en el Sistema de Negocios Eco-Circulares (SiNEC), deberán realizar la actualización de su registro cada cuatro (4) años, cuyo plazo se computará desde la respectiva notificación. La permanencia de la persona natural o jurídica inscrita en el Registro del Sistema de Negocios Eco-Circulares (SiNEC), estará sujeta a las inspecciones de control, que realice la Dirección de Verificación del Desempeño Ambiental a través del Centro Nacional de Información sobre Producción Más Limpia y Consumo Sustentablelcada d.·. os (2) años, a partir de la respectiva notificación, a fin de verificar s~ejo ambi nt~1~ 1STF.mo 02 Ministerio de Ambiente R~PÚBLICA DE PAl'JAMÁ AM&,ENTE Resolución DM o o J 8 · Qt o a. S - Go o,rn;,o N .. c,oNAL - Fec?a: .18· /- ~o~s- FIEL C P!A DE SU ORIGINAL Págma 3 de 4 /1,-V,1,.M't-- ( µ ~~ ;::~~ha: ::.31--JJI ~~x No. 30224 Gaceta Oficial Digital, viernes 21 de febrero de 2025 7 Gaceta Oficial Digital Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese el código en el sitio web www.gacetaoficial.gob.pa/validar-gaceta GO67B896887BC1A Artículo 6. Mantener en todas sus partes, el resto de la Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017. Artículo 7. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su promulgación en Gaceta Oficial. FUNDAMENTO DE DERECHO: Constitución Política de la República de Panamá, Texto único de la Ley General de Ambiente, Ley 8 de 25 de marzo de 2015; Decreto Ejecutivo No. 36 de 1 de marzo de 2007; Resolución No. DM-0017 de 18 de enero de 2017, y demás normas concordantes y complementarias. Dada en la ciudad de Panamá, a los '1/4~ ...lHtJ.~---IIA--~---' del año dos mil veinticinco (2025). ( :J. 8 ) días, del mes de PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Ministerio de Ambiente Resolución DM 00 {8· ao aS: Fecha: GL8· /· ótoól.5" Página 4 de 4 ? ~ ' t"", ANC~OS ~ VARRO --• ~ • Ministro ~~ 1 R!!PÚBLICA Di' PANAMÁ MIN!STF.FHO 02 - GO~ii<RNO NACIONAL AMBIENTE FIEL IA DE SU ORIGINAL (